CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL E INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DEL PERÚ Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA)
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL E INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DEL PERÚ Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA)
XXXXXXXX Xx -0000-XXXXX
Xxxxxxx digitalmente por
Conste por el presente documento, el Convenio Xxxxx de Cooperación Internacional e Interinstitucional que celebran, de una parte, el MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, en adelante MIDIS, con domicilio legal en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 000, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, debidamente representado por la Ministra de Estado en la cartera de Desarrollo e Inclusión Social, Señora Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, designada mediante Resolución Suprema N° 082-2021-PCM ; y, de otra parte, el INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA, en adelante
identi Repú electr
IICA, con domicilio en Xx. Xx Xxxxxx Xx 0000, xxxxxxxx xx Xx Xxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, debidamente representado por el representante del IICA en Perú, Señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx-Xxxxx, ficado con Carnet de Identidad N° 20192032 expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la
blica del Perú con poderes inscritos el Registro de Personas Jurídicas de Lima según partida ónica N° 11393790, en los términos y condiciones que se especifican en las cláusulas siguientes:
XXXXXXXX XXXXXX Xxxxx
Abigunda FAU 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B° CLAUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES.
Fecha: 24.08.2021 19:40:01 -05:00
1.1. El MIDIS, de acuerdo con su norma de creación, organización y funciones, Ley N° 29792, es el ente rector del sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende todas las entidades del Estado en sus tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad. Asimismo, compete al MIDIS formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en
Firmado digitalmente por XXXXXX
XXXXX Xxxxx Xxxxxxx FAU 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.08.2021 10:30:37 -05:00
materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial.
1.2. El IICA es el Organismo Internacional Especializado en Agricultura del Sistema Interamericano, con
estimular, promover y apoyar los esfuerzos de los Estados Miembros para lograr su desarrollo agrícola y el bienestar rural por
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXX Xxxxxxx Xxxxxxxx FAU 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 16.08.2021 16:18:04 -05:00
el Plan xx Xxxxxxx Plazo 2018-2022 son: (i) aumentar las contribuciones del sector agropecuario al crecimiento económico y al desarrollo sostenible, (ii) contribuir al bienestar de todos los habitantes en los territorios rurales, (iii) mejorar el comercio internacional y regional de los países de la región, y (iv) aumentar la resiliencia de los territorios rurales y los sistemas agroalimentarios a los eventos extremos.
CLAUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL
El presente convenio tiene como base legal las siguientes disposiciones:
2.1. Constitución Política del Perú
2.2. Ley N°27783, Ley de Bases de la Descentralización
2.3. Ley N°27658, Xxx Xxxxx de Modernización de la Gestión del Estado.
2.4. Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
2.5. Ley N°29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
2.6. Decreto Supremo N°056-2018-PCM, Aprobación de la Política General de Gobierno al 2021
2.7. Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
2.8.
Decreto Supremo Nro. 050-2012-RE, que aprueba la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI).
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXX Xxxxxxxxxx Germayne FAU 20545565359 soft Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.08.2021 09:36:16 -05:00
Firmado digitalmente por DEMARTINI XXXXXX Xxxxx Xxxxxx XXX 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.09.2021 15:06:55 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXXXXX XXXXXX Xxxxxxx
Xxxx FAU 20545565359 hard Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.09.2021 17:23:02 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XX Xxxx Xxxxxxx FAU 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.08.2021 16:34:37 -05:00
2.9. Ley Nro. 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional no Reembolsable.
2.10. Decreto Supremo Nro. 027-2019-RE, que aprueba el Reglamento de la Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional no Reembolsable.
2.11. Resolución Ministerial Nro. 007-2019-RE, que aprueba la Declaración de Política de la Cooperación Técnica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores.
CLAUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONVENIO
El objetivo del presente Convenio Xxxxx es establecer mecanismos para incrementar la cooperación entre las Partes, que contribuya a fortalecer las capacidades institucionales en el desarrollo territorial rural, extensión rural, agricultura familiar, capacidades productivas, innovaciones tecnológicas productivas, emprendimientos rurales y comercialización rural.
De ig Espe Parte
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXX Xxxxxxxxxx Germayne FAU 20545565359 soft
ual manera, es objetivo del presente Convenio dar marco y fundamento legal a futuros Convenios cíficos, sean procedentes de intereses comunes o de proposición de colaboración de una u otra de las s.
Motivo: Doy V° B°
CLAUSULA CUARTA: ALCANCES
Fecha: 21.08.2021 09:38:22 -05:00
El Co derive ejecut
nvenio Marco de Cooperación Internacional e Interinstitucional, y las actividades que del mismo se n, se desarrollarán en el ámbito de las competencias funcionales de LAS PARTES, se interpreta y a conforme a sus respectivas políticas y normativas y no genera obligaciones internacionales para sus
Firmado digitalmente proer ZsAPpAeTActivas instituciones.
XXXXX Xxxxx Xxxxxxx XXX
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.08.2021 10:3C1:0L4 A-05U:00SULA QUINTA: ÁREAS DE COOPERACIÓN
Las Partes extenderán la cooperación a aquellas áreas que consideren pertinentes tras alcanzar consensos y en razón de los recursos disponibles. Para efectos de concretar los objetivos contemplados en el Clausula Quinta del presente Convenio, las Partes han identificado las siguientes áreas de cooperación:
a) Desarrollo rural territorial (Desarrollo productivo, protección social, infraestructura rural, emprendimientos rurales inclusivos, entre otros temas)
b) Apoyo a la Agricultura familiar como herramienta para reducir la pobreza (Extensión, gestión comercial, innovaciones comerciales, entre otros temas)
c) Cambio climático, recursos naturales y gestión de riesgos productivos.
d) Cualquier otra área de cooperación que las Partes acuerden en el ámbito del objeto del Convenio.
CLAUSULA SEXTA: IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN Y MODALIDADES DE LAS ACTIVIDADES
Para la ejecución del presente Convenio Xxxxx de Cooperación, las Partes podrán acordar la celebración de convenios específicos o la adopción de un plan de trabajo anual o bianual, pudiendo considerar para su ejecución el acompañamiento de otras instituciones nacionales o internacionales para llevar a cabo el desarrollo de las actividades de cooperación en las siguientes modalidades:
a) Cooperación técnica para la elaboración y ejecución de proyectos relacionados con los objetivos estratégicos antes señalados; y, ejecución de proyectos y actividades conjuntas sobre las áreas de cooperación.
b) Cooperación técnica interinstitucional para la formulación de proyectos a ser presentados y/o postulados a fondos financieros externos.
c) Capacitación por medio de cursos, seminarios, adiestramiento en servicio, visitas de estudio, entre otras modalidades de aprendizaje que las partes estimen conveniente.
Firmado digitalmente por DEMARTINI XXXXXX Xxxxx Xxxxxx XXX 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.09.2021 16:31:57 -05:00
d) Intercambio de conocimientos y experiencias virtuosas con videoconferencias y, de ser posible visitas In Situ de equipos técnicos.
e) Intercambio de información, documentación y materiales técnicos adicionales, salvo aquellas excepciones establecidas en la legislación o normativa interna de cada una de las Partes.
f) Organización y/o participación de cursos, seminarios, talleres, entre otros instrumentos determinados que coadyuven a la gestión del conocimiento que promuevan las partes.
g) Desarrollo de investigaciones y estudios conjuntos.
h) Asesoría directa por medio de misiones técnicas o expertos individuales.
i) Cooperación horizontal entre países, en especial la cooperación Sur-Sur y triangular.
j) F
i l
acilitar el intercambio de base de datos, conocimientos, apoyo técnico, capacitación y coordinación de niciativas conjuntas, conforme a sus necesidades y prioridades, cumpliendo con las disposiciones egales vigentes en la materia para la protección de datos personales.
Firmado digitalmente pokr Z)APATACualquier otra actividad de cooperación que las Partes acuerden en el ámbito del objeto del presente
XXXXX Xxxxx Xxxxxxx XXX
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Convenio.
Fecha: 23.08.2021 10:31:17 -05:00
CLAUSULA SÉPTIMA: COORDINACIÓN Y EJECUCIÓN
Para efectos de coordinar la implementación del presente Convenio Xxxxx de Cooperación, por una Parte, el MIDIS, designa al Director Ejecutivo del Programa FONCODES; y de la otra Parte, el IICA designa al Coordinador Técnico de la Representación del IICA en Perú, quienes deberán dar seguimiento a las
activi
De Conv
dades dentro de la periodicidad que acuerden.
Firmado digitalmente por
conformidad con la sexta clausula, la ejecución de acciones específicas se regirá por medio de enios Específicos o Planes de Trabajo los cuales deberán detallar en cada caso: los objetivos; medios
Germayne FAU 20545565359 soft
XXXXXXXX XXXXXXX Kadtheerinnae cción; formas de participación; obligaciones de cada Parte por separado; contribuciones técnicas, de
Motivo: Doy V° B°
recursos humanos y de ser el caso contribuciones financieras; disposiciones y normas aplicables en la
Fecha: 21.08.2021 09:39:01 -05:00
administración de los recursos y otros; presupuestos; y de ser el caso, la Recuperación de Costos Indirectos (RCI) a ser cobrados por el IICA en concepto de costos incrementales e indirectos, correspondientes a servicios de apoyo y supervisión brindados por la Oficina y la Sede Central del IICA, tales como apoyo técnico y capacitaciones a través de la red de especialistas nacionales e internacionales y conocimientos disponibles en América Latina y el Caribe, además de los servicios financieros, de programación, seguimiento, rendición de cuentas, auditoria y demás elementos que aseguren el normal y adecuado cumplimiento de lo que se pacte.
Cuando se juzgue necesario, las Partes podrán constituir grupos o misiones técnicas para estudiar la naturaleza, intensidad y extensión de los proyectos y actividades que se llevan o pueden llevarse a cabo bajo el amparo del presente Convenio Xxxxx, y proponer las recomendaciones y proyectos que sean procedentes y que serán objeto de Convenios Específicos.
Los Convenios Específicos que se alude en el presente Convenio podrán celebrarse también con la participación de otras entidades multilaterales o bilaterales de cooperación técnica y de ayuda financiera; o de gobiernos de países interesados en el mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural en América Latina y el Caribe; o entidades privadas cuyos objetivos sean compatibles con los de las Partes, si así se juzga conveniente y necesario por quienes suscriben el presente Convenio.
CLAUSULA OCTAVA: COMPROMISOS DE LAS PARTES
De los compromisos del MIDIS:
a) Definir las prioridades de acción que permita fortalecer las capacidades institucionales y definir las intervenciones enfocadas al desarrollo del territorial rural, extensión rural, agricultura familiar, capacidades productivas, innovaciones tecnológicas productivas, emprendimientos rurales y comercialización rural.
b) Apoyar la generación de alianzas estratégicas en torno a las áreas de cooperación definidas.
Firmado digitalmente por DEMARTINI XXXXXX Xxxxx Xxxxxx XXX 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.09.2021 16:32:10 -05:00
c) Apoyar en la supervisión de la ejecución del presente Convenio Xxxxx.
De los compromisos del IICA:
a) Apoyar en la ejecución de las actividades definidas, mediante la participación de equipo técnico y administrativo de la Representación del IICA en Perú y de los Especialistas Internacionales.
b) Promover la coordinación entre las diferentes instituciones participantes en el proceso.
c) Apoyar técnicamente todas las actividades definidas conjuntamente a realizarse a través de sus Programas Hemisféricos y su capacidad internacional.
CLAUSULA NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
LAS PARTES declaran que el Convenio Xxxxx se celebra de acuerdo a las reglas de la buena fe y la común intención entre LAS PARTES. En ese espíritu, LAS PARTES celebrantes tratarán en lo posible de resolver cualquier desavenencia o diferencia de criterios que se pudiera originar durante el desarrollo y/o ejecución del presente Convenio, mediante el trato directo y el común entendimiento.
En caso de que continúe la divergencia, las partes se someten incondicional e irrevocablemente al procedimiento y fallo de un Comité de Conciliación integrado por tres árbitros, designados en la forma siguiente: un árbitro nombrado y financiado por cada una de las partes en forma individual y un tercero nombrado de común acuerdo entre las partes y financiado en forma conjunta e igualitaria, al igual que los costos de funcionamiento del Comité. Es entendido que el Comité de Conciliación podrá decidir todas las cuestiones de procedimiento para aquellos casos en que las partes no estén de acuerdo sobre la materia. El fallo del Comité de Conciliación será definitivo, inapelable y jurídicamente vinculante para las partes
CLA
10.1
USULA DÉCIMA: DE LA RESOLUCION DEL CONVENIO
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXX Xxxxxxxxxx Germayne FAU 20545565359 soft
El presente Convenio Xxxxx podrá ser resuelto antes de su vencimiento previo acuerdo entre las partes, para lo cual suscribirán la Adenda correspondiente.
Motivo: Doy V° B°
10.2 Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Convenio Xxxxx, sin que medie causal de
Fecha: 21.08.2021 09:39:33 -05:00
10.3
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXX Xxxxx Xxxxxxx FAU
resolución alguna, siendo suficiente para ello la remisión de una Carta Notarial cursada con quince
(15) días calendario de anticipación a los domicilios señaladas en la parte introductoria del presente documento.
El término del Convenio, no afectará la marcha y conclusión de los Convenios Específicos o Planes de Acción que se encuentren en ejecución.
20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: RECIPROCIDAD
Fecha: 23.08.2021 10:31:26 -05:00
Cada una de las partes del Convenio Xxxxx se compromete a reconocer a las otras sus contribuciones para la ejecución de las actividades pactadas, en las publicaciones, informes, material informativo, mensajes y cualquier otro medio de difusión de estas actividades.
Cualquier documento a ser emitido utilizando el nombre del IICA o del MIDIS o usando sus logotipos, que se desee publicar como parte de un proyecto especial, proyecto conjunto, esfuerzo de investigación o cualquier otra actividad, deberá seguir los lineamientos de comunicación de ambas instituciones vigentes para las publicaciones.
CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PLAZO DE VIGENCIA
El Convenio Marco de Cooperación tendrá una duración de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de suscripción del mismo.
Firmado digitalmente por DEMARTINI XXXXXX Xxxxx Xxxxxx XXX 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.09.2021 16:32:22 -05:00
Los términos del presente Convenio podrán ser modificados por acuerdo expreso de las Partes mediante Adenda, la cual formará parte integral del Convenio original. Este Convenio podrá ser modificado solamente durante el período de vigencia.
El pr en el análi
Firmado digitalmente por XXXXXX
esente Convenio podrá renovarse, previo análisis conjunto de las Partes de los resultados alcanzados período que finaliza, con tres meses de antelación al plazo de vencimiento, siendo el resultado de ese sis determinante para su renovación. Toda renovación debe hacerse mediante una Adenda dentro del
20545565359 hard
XXXXX Xxxxx Xxxxxxx XXXxxxxxxx de vigencia de este instrumento, la cual formará parte integral del Convenio principal; además, en
Motivo: Doy V° B°
los considerandos deberán identificarse los resultados producto del análisis realizado para la renovación.
Fecha: 23.08.2021 10:31:42 -05:00
CLAUSULA DÉCIMO TERCERA: PRIVILEGIO E INMUNIDADES
Nada de lo conferido en el presente Convenio o relacionado con el mismo, se considera renuncia expresa o tácita de las inmunidades y privilegios, exoneraciones y facilidades de que goza el IICA y su personal, de conformidad con el derecho internacional, tratados o convenios internacionales o la legislación nacional de
sus
CLA
Estados Miembros.
USULA DÉCIMO CUARTA: FINANCIAMIENTO
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXX Xxxxxxxxxx
Motivo: Doy V° B°
Germayne FAU 20545565E359l xXxxx onvenio Xxxxx de Cooperación no generará ningún tipo de compromiso financiero por ambas PARTES.
Fecha: 21.08.2021 09:40:1P0 -a05r:0a0 el caso de programación de actividades específicas que irroguen costos, serán gestionados a través de los respectivos puntos focales de cooperación de cada Parte y/o utilizar mecanismos de financiamiento alternos para actividades específicas, conforme a su respectiva disponibilidad presupuestaria y en el marco de la normativa vigente en la materia.
CLAUSULA DÉCIMO QUINTA: POLÍTICA PARA PREVENIR EL LAVADO DE DINERO Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
Las PARTES cuentan con una política para la prevención xxx xxxxxx de dinero y del financiamiento del terrorismo, la cual es de aplicación obligatoria para todas las personas, naturales o jurídicas, que de alguna manera desarrollen actividades para o encomendadas por las PARTES. Siendo el caso particular en el Perú de la aplicación de la Política Nacional Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo
CLAUSULA DÉCIMO SEXTA: POLÍTICA ANTI-FRAUDE Y ANTI-CORRUPCIÓN
Las PARTES declaran que cuentan con mecanismos de prevención, detección, reporte, denuncia y sanción de fraude y corrupción como parte integral de sus buenas prácticas de gobierno y administración. Consistente con sus políticas internas, código de ética, sus valores y la ley aplicable en los países, las PARTES declaran que tanto su actuación en el mercado local y extranjero, como la de sus funcionarios, empleados, representantes y servidores, está orientada a impedir cualquier práctica de corrupción, soborno, extorsión y/o fraude que atente contra las Normas Anticorrupción y Antifraude.
CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: CONFIDENCIALIDAD
Las Partes se obligan a observar la mayor discrecionalidad y responsabilidad en el uso de la información objeto del presente Convenio Xxxxx y no podrá compartirla con terceras personas, sin la autorización escrita de la otra Parte. Esta obligación permanece vigente aún después del término del convenio.
CLAUSULA DÉCIMO OCTAVA: DE USO DE DATOS Y DERECHOS DE AUTOR
La información y el conocimiento derivados de los trabajos que son materia del presente Convenio Xxxxx, serán considerados bienes públicos. El Instituto y sus socios promueven el uso justo del conocimiento generado en este instrumento por medio de licencias Creativos Comunes. Las partes podrán poner a
Firmado digitalmente por DEMARTINI XXXXXX Xxxxx Xxxxxx XXX 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.09.2021 16:32:34 -05:00
Firmado digitalmente por
XXXXXXXX XXXXXXX Katdheirsinnpe osición de la comunidad científica o técnica la información y los datos derivados de las acciones de esta
Germayne FAU 20545565359 soft
Motivo: Doy V° B°
colaboración, a través de los medios que ellas mismas acuerden, en conjunto.
Fecha: 21.08.2021 09:40:39 -05:00
CLAUSULA DÉCIMO NOVENA: DISPOSICIONES FINALES
Cualquier comunicación que deba ser cursada entre las partes, se entenderá válidamente realizada en los domicilios legales consignados en la parte introductoria del presente convenio.
Los cambios de domicilio deberán ser puestos en conocimiento de la otra parte con quince (15) días hábiles de anticipación; caso contrario, toda comunicación o notificación al domicilio consignado en la introducción del presente Convenio surtirá todos sus efectos legales.
Las comunicaciones se realizarán mediante documentos formales cursados entre los funcionarios designados como representantes a que se refiere la cláusula séptima.
Estando las partes celebrantes de acuerdo con todas y cada una de las cláusulas del presente convenio, lo suscriben en dos (02) ejemplares originales con igual valor, en la ciudad de Lima, a los días del mes de del año 2021.
..
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXX Xxxx Xxxxxxx FAU 20545565359 hard
Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 08.09.2021 19:39:01 -05:00
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XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX MINISTRA
MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
XXXXXX XXXXXX XXXXX-XXXXX REPRESENTANTE EN PERÚ DEL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXX Xxxxx Xxxxxxx FAU 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.08.2021 10:31:55 -05:00
Firmado digitalmente por DEMARTINI XXXXXX Xxxxx Xxxxxx XXX 20545565359 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.09.2021 16:32:52 -05:00