APERTURA DE LAS OFERTAS
APERTURA DE LAS OFERTAS
Día: 12 Mes: 04 Año: 2019 Hora: 10:00
Expediente Nº I-009-DP/19 Licitación Pública Nº 01/19
Domicilio:
SELLADO PROVINCIAL $ 756,00.-
Sírvanse formular oferta por los artículos que se indica a continuación de acuerdo a las especificaciones detalladas, debiendo remitir el presente formulario y anexos debidamente firmados y sellados y aún en caso de no ofertar o de entregar la misma por separado.
Renglón | Cantidad | ||
1 | 1 | AUTOMÓVIL 0 KM último modelo, de fabricación nacional o Mercosur, 4 puertas y portón trasero, con las siguiente características técnicas como mínimo: Motor: Cuatro (4) cilindros. Cilindrada mínima: 2.8 L. +/- 10% Tracción delantera y trasera con selector electrónico de tracción. Transmisión Automática. Caja de velocidades: Manual/Automática, mínimo (6) velocidades Alimentación: Inyección directa electrónica. Dirección: Hidráulica o superior Combustible: Diesel Seguridad: Frenos delanteros y traseros disco ventilados con ABS con distribución electrónica. Asistencia de frenado de emergencia. Luces de emergencia de frenado. Control de estabilidad. Control de tracción. Faros delanteros y traseros Led. Xxxxx diurnas Faros antiniebla delanteros y traseros. Airbag frontales para conductor y acompañante y de rodilla para conductor Airbags laterales para las plazas delanteras y xx xxxxxxx para las 3 líneas de asientos. Aire acondicionado y climatizador. Cinturones de seguridad: delanteros de tres puntos regulables en altura y traseros de tres puntos retractiles. Apoyacabezas delanteros y traseros. Alarma antirrobo con control remoto o inmovilizador de motor. Alarma de puertas abiertas Asiento de conductor y acompañante regulable en altura. Tapizados en eco cuero Tercer fila de asientos con respaldo reclinables. Accesorios: Levanta cristales eléctricos delanteros y traseros, desempañador de luneta, sistema de audio con pantalla táctil – DVD – Bluetooth, USB. Navegador satelital Control de velocidad crucero. Tuercas antirrobo originales para las ruedas. Protector xx xxxxxx. El vehículo deberá ser provisto con los elementos mínimos de seguridad consistentes en: |
Renglón | Cantidad | D E S C R I P C I O N | PRECIO TOTAL |
Extinguidor de fuego en polvo tipo ABC, con arnés o sujeción colocada en el piso del habitáculo, balizas de emergencia tipo triángulo, chaleco reflectivo y guantes. Llave xx xxxxxx, crique, rueda de auxilio armada completa. Equipamiento interior y exterior, de seguridad y confort con el que vienen dotadas de fábrica y que es publicitado en folletería y página Web oficial de Internet, conforme modelo. Se deberán entregar la totalidad de los manuales del vehículo. Garantía: El vehículos deberán estar garantizados en forma escrita, por un lapso de tres (3) años o cien mil kilómetros (100.000 km), lo primero que se cumpla, a partir de la fecha efectiva de recepción. Gastos de Patentamiento: el vehículo deberá ser registrado a nombre de la Defensoría del Pueblo de Río Negro. Los gastos de patentamiento y flete estarán a cargo de la firma adjudicataria. Lugar de entrega: El vehículo será entregado en la ciudad xx Xxxxxx. Servicios: el adjudicatario se deberá hacer cargo de la totalidad de los gastos que generen la realización de los tres (3) primeros service de rigor que indique la garantía incluido repuestos, lubricantes, filtros, mano de obra y/o accesorios que sean necesarios cambiar. A estos efectos deberá indicar una (1) agencia o concesionario oficial ubicado en la Provincia de Río Negro o a 300 Km de los límites provinciales. INDICAR MARCA Y MODELO COTIZADO A estos efectos deberá indicar una (1) agencia o concesionario oficial ubicado en la Provincia de Río Negro o a 300 Km de los límites provinciales. |
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Asciende la presente cotización a la suma pesos (expresado en letras)….…………...........................
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……………………………………….…… Firma y Sello del Oferente
EXPEDIENTE N° I-009-DP-19.-
LICITACIÓN PUBLICA N° 01/2019
APERTURA
DÍA: 12 MES: 04 AÑO: 2019 HORA: 10:00 LUGAR: 25 xx Xxxx 565 – Viedma.-
Los Oferentes deberán llenar los datos indicados en el cuadro que sigue. Se hace saber que deberán constituir domicilio en la Provincia de Río Negro.
NOMBRE O RAZON SOCIAL:..................................................................................................
DOMICILIO REAL:....................................................................................................................
DOMICILIO CONSTITUIDO: ……………………...………………………………………...
CUIT Nº: …..............................…..................................................................................................
TEL./FAX:.................................….................................................................................................
E-MAIL:.......................................................................................................…..............................
Nº DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES:.........................................
CONDICIONES GENERALES Y CLAUSULAS PARTICULARES
1. OBJETO: Adquisición de UN (1) vehículo automotor cero kilómetro de fabricación nacional o MERCOSUR, libre de todo gasto.-
2. DESTINO: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Río Negro.-
3. COSTO TÉCNICAMENTE ESTIMADO: PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 2.300.000,00.-).
4. RÉGIMEN LEGAL: La presente Licitación Pública se rige por la Ley H Nº 3186 de Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Provincial, el Reglamento de Contrataciones de la Provincia aprobado por Decreto 123/19, Ley A Nº 2938 de Procedimiento Administrativo, Ley D Nº 3475, Ley I Nº 4798, Ley B Nº 4187, Ley Nº 5099 y Cláusulas Particulares.-
5. MODO DE COMPUTAR LOS PLAZOS: Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo que expresamente se establezca lo contrario. (art. 4° del Decreto 123/19).
6. COMUNICACIONES: Las comunicaciones entre la Defensoría del Pueblo de Río Negro y los interesados, oferentes o adjudicatario, se llevarán a cabo personalmente, por nota, por e-mail, fax, por carta certificada, carta documento, y/o por telegrama. Se deja expresamente establecido que se considerarán válidas todas las comunicaciones y notificaciones cursadas al domicilio electrónico constituido por los interesados, oferentes o adjudicatario.
7. CONSULTA Y ENTREGA DE PLIEGOS: El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser consultado o requerido en el Área Administrativa de la Defensoría del Pueblo, sito en 00 xx Xxxx Xx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 13:00, o bajado del sitio oficial de Internet de conformidad con la Cláusula 10º del presente Pliego de Bases y Condiciones.-
8. CONSULTAS Y ACLARACIONES: Las consultas que los proponentes deseen hacer respecto a los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, deberán efectuarlas por escrito, con una antelación no menor a diez (10) días de la fecha fijada para la apertura de sobres, en la Defensoría del Pueblo de Río Negro, sito en xxxxx 00 xx Xxxx 000 - Telefax (02920) 422045 - xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx -8500 - Viedma - Río Negro. No se aceptarán consultas telefónicas.
Si a criterio de la Defensoría del Pueblo, la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación xxx Xxxxxx en cuestión, esta elaborará una circular aclaratoria que será comunicada en forma fehaciente al menos VEINTICUATRO (24) horas antes de la fecha de apertura, a todas las personas que hubiesen obtenido el pliego y al que hubiere efectuado la consulta que origina la circular y se la incluirá como parte integrante xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
La Defensoría de Pueblo podrá también realizar de oficio las aclaraciones que sean pertinentes, las que serán comunicadas por el procedimiento mencionado precedentemente y formarán parte xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones correspondiente.
Es responsabilidad del proponente verificar, en el sitio oficial de Internet, cualquier alteración o modificación de las condiciones del llamado.
9. PARTICIPANTES: Solo podrán cotizar las firmas inscriptas en el Registro Único de Proveedores del Estado de la Provincia de Río Negro o aquellas ofertas de firmas que, a la fecha de apertura, tengan en trámite su pedido de inscripción, siempre que antes de la preadjudicación hayan obtenido su inscripción definitiva en la sección correspondiente a este tipo de contratación. Se deberá acreditar obligatoriamente la existencia del proponente y en su caso, la personería del representante o apoderado de la empresa o sociedad de conformidad a lo establecido en los Artículos 28°, 31°, 32° y concordantes de la Ley A Nº 2938. Asimismo no deben ser deudores alimentarios, conforme lo exige el Artículo 7°, Inciso d) de la Ley D Nº 3475.
10. REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS: La oferta deberá estar redactada en idioma nacional y el precio expresado en moneda
nacional, en el formulario original provisto a tal efecto por el Organismo. Deberá considerarse al comprador como consumidor final (I.V.A. incluido).
La oferta deberá estar firmada en todas sus hojas por el oferente o su representante legal y con los sellados xx Xxx, contenida en sobres, cajas o paquetes perfectamente cerrados, identificados con los datos del procedimiento de contratación al que correspondan, lugar, día y hora de apertura, sin raspaduras ni enmiendas que no estén debidamente salvadas.
Serán válidos para cotizar los Pliegos publicados en el sitio oficial de Internet de la Provincia de Río Negro (xxx.xxxxxxxx.xxx.xx). Bajo esta modalidad cualquier alteración xxx xxxxxx de bases y condiciones implicara la desestimación de la propuesta y la eventual comunicación al Registro Único de Proveedores para la aplicación de las sanciones que correspondan. A los efectos de acreditar las circunstancias antes mencionadas se cotejara el pliego presentado por el oferente con el pliego oficial aprobado que obre en el expediente de la presente licitación.-
Cada propuesta indefectiblemente deberá estar acompañada por el Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación pública, firmado en cada una de sus hojas por el oferente o representante legal y la respectiva garantía de mantenimiento de oferta.
11. SELLADO: El pliego se sellará con Timbre Fiscal de la Provincia, por la suma de Pesos SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 756,00.-). Los sellados podrán integrarse en el Acto de Apertura.
12. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: La presentación de la oferta, significa el pleno conocimiento de toda las Cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, de la reglamentación y toda normativa que rige el presente llamado a licitación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación por parte del oferente de plena conformidad de las bases y condiciones estipuladas.-
13. CONTENIDO DE LA OFERTA: La oferta deberá especificar:
a) El precio unitario y cierto, en números y el precio total del renglón, en números y el total general de la oferta, expresado en letras y números.
b) El proponente podrá formular ofertas por la cantidad de renglones que estime conveniente, pudiendo asimismo proponer a cada oferta las alternativas que crea de interés. No serán consideradas propuestas que se aparten xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones o de la normativa que rige la presente Licitación.
c) La bonificación o rebaja por pago en determinado plazo, si la hubiera, que podrá ser aceptada por la administración contratante, entendiéndose que el mismo es al solo efecto del descuento y no condición de cumplimiento del contrato.
d) El origen del producto cotizado. Si no se indicara lo contrario, se entiende que es de producción nacional.
a. APERTURA: Las ofertas serán recibidas hasta una (1) hora antes del día y hora fijados para el acto de apertura de ofertas, en la Defensoría del Pueblo de Río Negro,
sito en xxxxx 00 xx Xxxx Xx 000 - Xxxxxxx (02920) 422045 – xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx -8500 - Viedma - Río Negro.
Trascurrido ese plazo, no serán aceptadas nuevas ofertas, bajo ningún concepto, aun cuando el comienzo del acto se hubiera demorado. Tampoco serán aceptadas ofertas complementarias o modificatorias, entregadas con posterioridad al acto de apertura, pero los oferentes podrán formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen.
14. RECHAZO, DESESTIMACIÓN Y ADMISIBILIDAD DE OFERTAS: Ninguna oferta presentada a término será desestimada en el acto de apertura.
Dentro de Los tres (3) de finalizado el acto de apertura de ofertas, el servicio de asesoramiento jurídico permanente del Organismo sustanciara la admisibilidad formal de las ofertas presentadas, de acuerdo a los principios y procedimiento establecidos en el Artículo 74° del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 123/19).
Serán objeto de rechazo las ofertas que:
a) No estén firmadas en todas sus fojas por el oferente o su representante legal, no provengan en sobre cerrado o falten los sellados xx xxx;
b) Estén escritas con lápiz;
c) Carecieran u omitieran integrar las garantías requeridas.
d) Xxxx presentadas por firmas no habilitadas por el Registro Único de Proveedores;
e) Tengan raspaduras o enmiendas en partes fundamentales, sin salvar;
f) Contengan cláusulas que no se sujeten o se contrapongan con las xxx xxxxxx de bases y condiciones; como asimismo, las que condicionen la oferta o alteren las bases de la contratación;
g) Ofrezcan variantes no previstas en el pliego, o se realicen sin cotizar el objeto básico o sin definir el monto total de la oferta;
h) Contengan algún vicio que importe su nulidad absoluta.
i) En caso que no se detalle el precio unitario de uno o varios renglones, el recalzo se limitara a los mismos.
No serán desestimadas las propuestas que contengan defectos de forma, tales como la falta del precio unitario u otras imperfecciones que no impidan su exacta comparación con las demás ofertas presentadas; y en general las que presenten defectos no esenciales, los que podrán ser saneados, a cuyo fin se intimará a los presentantes para que, en el perentorio plazo de setenta y dos (72) horas, subsanen el/los vicio/s detectado/s en tiempo y forma, bajo apercibimiento de desistimiento de la oferta.
15. DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA: En el momento de presentar la oferta y formando parte de esta, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
a) La oferta, en las condiciones previstas en las Cláusulas 10º y 13º del presente Pliego de Bases y Condiciones;
b) Garantía de oferta por el monto y en la forma prevista en la Cláusula 17º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones;
c) Sellado provincial por la suma de Pesos SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 756,00.-)
d) Pliego de Bases y Xxxxxxxxxxx completo, firmado en todas sus hojas por el proponente o su representante legal;
e) Constancia del Registro Único de Proveedores de la Provincia en el rubro correspondiente. En el caso de que a la fecha de apertura no estuviera aún inscripto, se deberá presentar constancia de haberse iniciado el trámite y al momento de la Preadjudicación deberán acompañarse las constancias definitivas vigentes que acreditan la inscripción solicitada.
f) Constancia actualizada de inscripción en la A.F.I.P. (Administración Federal de Ingresos Públicos);
g) Constancia actualizada de inscripción en de la Provincia de Río Negro ante el Impuesto a los Ingresos Brutos;
h) Certificado de Libre Deuda extendido por la Agencia de Recaudación Tributaria. La presentación de la propuesta implica la conformidad al descuento voluntario, por parte de la Tesorería encargada de realizar el pago, de las sumas de dinero necesarias para atender la cancelación de los tributos provinciales que se devenguen durante la respectiva contratación, adeudados al día de la fecha de pago (Conf. Ley I Nº 4798 y Decreto Reglamentario Nº 605/13).
i) Documentación pertinente para acreditar la existencia del proponente y de corresponder, la personería del representante o apoderado de la empresa o sociedad, de conformidad a lo establecido en los Artículos 28º, 31º, 32º y ccdtes. de la Ley A N° 2938.
j) Para poder ser comprendidos como beneficiaros de la Ley B Nº 4187, deberán acreditarse los extremos requeridos en el Artículo 2° de la misma.
k) Certificación de situación jurídica de morosidad alimentaria del Registro de Deudores Alimentarios (Artículo 2º, Inciso b) de la Ley Nº 3475).-
16. GARANTÍA DE OFERTA: Se deberá constituir garantía equivalente al uno por ciento (1%) del monto total cotizado, de acuerdo a las formas previstas en el Art. 89º del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 123/19). Si se presentare pagaré, deberá realizarse con el correspondiente sellado xx Xxx Provincial I N° 4256 por el diez por mil (10%o) de su valor y con la cláusula “sin protesto”.-
17. MANTENIMIENTO DE OFERTA: La oferta tendrá una validez de CUARENTA Y CINCO (45) días como mínimo de acuerdo a lo indicado en el Artículo 76° del Reglamento de Contrataciones ( Decreto 123/19), contemplando la posibilidad de vencido el mismo, una prórroga de un período equivalente.-
18. MARCA Y FOLLETOS: Se deberá indicar marca en pliego (solamente una por ítem) y en caso de ofrecer más de una marca deberá hacerlo por separado en oferta alternativa. Adjuntar folletos ilustrativos y especificaciones técnicas que contengan los datos necesarios para una correcta evaluación, tanto para las ofertas bases como para las alternativas.-
19. COMISIÓN DE PREADJUDICACIONES: A los efectos de dictaminar sobre la conveniencia de las ofertas presentadas, se conformará una Comisión de
Preadjudicaciones, conforme al Artículo 78º del Reglamento de Contrataciones (Decreto 123/19), la cual evaluará las ofertas declaradas formalmente válidas, en los términos del Artículo 74º de dicho Reglamento y aconsejará la adjudicación que se considere más conveniente para el Estado Provincial.
Del dictamen de la Comisión se dejará constancia en un acta, que deberá emitirse dentro de los ocho (8) días de recibidas las actuaciones. La Comisión podrá requerir de la autoridad competente para adjudicar, una prórroga por igual plazo cuando la complejidad de las cuestiones a tratar impida su cumplimiento en tiempo.
La preadjudicación no genera derecho alguno al oferente preseleccionado a la celebración y ejecución del contrato y tendrá solamente carácter de dictamen para la autoridad competente.
20. EMPATE DE OFERTAS: Si se presentaren dos o más ofertas iguales, entre algunas de las ofertas admisibles y convenientes, se solicitará a los proponentes respectivos que formulen una mejora de precios sin alterar el resto de las condiciones de sus ofertas originales, por escrito y en sobre cerrado, hasta la fecha y hora que les fije el Organismo.
Además de la aplicación en el caso de los postulados de la Ley Provincial B N° 4.187, se tomarán en cuenta los siguientes elementos de juicio para determinar la adjudicación, y en la medida que sean necesarios por subsistir la igualdad:
a) Menor plazo de entrega.
b) Radicación de la firma en la Provincia.
c) Mejora de la oferta presentada en un plazo de veinticuatro (24) horas.
d) Sorteo.
21. EMPATE TÉCNICO: Se considerará que existe Empate Técnico en caso de desigualdad y siempre que la diferencia entre las ofertas convenientes no supere el cinco (5) por ciento (%) de la oferta más baja. En este caso se aplicará lo dispuesto en el Artículo 79° del Reglamento de Contrataciones.
22. ADJUDICACIÓN: La Defensoría del Pueblo procederá a emitir el acto administrativo de adjudicación, teniendo en cuenta lo dictaminado por la Comisión de Preadjudicaciones.
La adjudicación será comunicada al interesado mediante orden de compra y al resto de los oferentes dentro de los tres (3) días de su emisión y siempre que la misma se haya producido dentro del plazo de validez de las ofertas o de sus prórrogas.
Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de preadjudicación, estas serán resueltas en el acto que disponga la adjudicación.
23. REGIMEN IMPUGNATORIO: Los oferentes podrán impugnar la contratación en cualquier etapa de su trámite y en las condiciones establecidas en el Artículo 86° del Reglamento de Contrataciones ( Decreto Nº 123/19).
1. Las personas humanas o jurídicas que tengan interés en participar de un procedimiento de selección podrán reclamar la modificación total o parcial xxx Xxxxxx aprobado por la autoridad competente, cuando tenga vicios que impongan algún tipo de nulidad. En tales casos, concordante a lo establecido en el Artículo 64º del Reglamento de Contrataciones ( Decreto Nº 123/19), se podrá efectuar el requerimiento hasta tres (3) días anteriores a la fecha de apertura de sobres.
2. Los oferentes podrán impugnar la preadjudicación dentro de los tres (3) días de notificados, en los términos del Artículo 84° del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 123/19). Durante ese plazo el expediente se pondrá a disposición de los oferentes para su vista.
3. Las impugnaciones deberán presentarse ante la Defensoría del Pueblo.
4. Si de la impugnación resultare la comprobación de irregularidades, se anulará el llamado y se instruirá sumario para determinar al responsable; si resultare consecuencia de error de interpretación de la parte interesada y quedare resuelta por no existir irregularidades, se continuará el trámite, siendo tal acto irrecurrible en sede administrativa.
5. Si la impugnación fuere infundada por negligencia de la parte interesada, se dispondrá su archivo previa notificación, salvo que se comprobare mala fe, en cuyo caso se tomará nota para aplicar sanciones de apercibimiento, suspensión o eliminación del Registro Único de Proveedores, sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder por reparación del daño que la impugnación hubiere causado.
24. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN: Conjuntamente con el escrito de impugnación, el impugnante deberá adjuntar al escrito impugnatorio, como requisito para su consideración, Garantía de Impugnación, la que representará el 1% del monto de su oferta, la que será restituida dentro de los 5 días de notificado el acto administrativo que haga lugar a impugnación efectuada. Las garantías deberán constituirse en las formas establecidas para la Garantía de Mantenimiento de Oferta.-
25. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se perfeccionará ante la comunicación de la Orden de Compra y la notificación fehaciente al proveedor del acto administrativo que dispuso la adjudicación.
La Defensoría del Pueblo podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a derecho a compensación o indemnización alguna a favor del preadjudicatario o los demás oferentes o interesados.
26. GARANTÍA DEL CONTRATO: Dentro de los ocho (08) días de comunicada la orden de compra, la garantía deberá ampliarse al diez por ciento (10%) del total del monto adjudicado; el cumplimiento de la provisión dentro del plazo antes mencionado, exime al proveedor de la integración de la misma. Las formas de integración son las previstas en el Artículo 90º del Decreto N° 123/19.-
27. ENTREGA DEL VEHÍCULO: El vehículo se entregará, libre de todo gasto, en la Defensoría del Pueblo de Río Negro, sita en xxxxx 00 xx Xxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, en un máximo de QUINCE (15) DÍAS CORRIDOS, contados desde el día
siguiente a la recepción de la Orden de Compra correspondiente. Los plazos se prorrogarán automáticamente por el lapso que se demore la inspección correspondiente cuando ella tuviere lugar.
28. RECEPCIÓN PROVISIONAL: La recepción del vehículo tendrá carácter provisional y el recibo o remito que se firme quedará sujeto a la recepción definitiva y a los requisitos establecidos en el art 99 del Reglamento de Contrataciones (decreto Nº 123/19) para la recepción definitiva.
29. RECEPCIÓN DEFINITIVA: Será responsable de la recepción definitiva el Jefe xx Xxxx de Entradas de la Defensoría del Pueblo. La recepción definitiva se otorgará dentro de los siete (7) días de la entrega del vehículo. En caso de silencio, una vez vencido el plazo y dentro de los tres (3) días siguientes, el adjudicatario podrá intimar la recepción. Si la Defensoría no se expidiera dentro de los tres (3) días siguientes al de la recepción de la intimación, el vehículo se tendrá por recibido de conformidad.
30. FACTURACIÓN: La factura será presentada una vez recibida la conformidad definitiva de recepción, con el original de la Orden de Compra debidamente firmada, en la Defensoría del Pueblo, sito en xxxxx 00 xx Xxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, en horario de 08:00 a 12:00 horas.
31. CONDICIONES DE PAGO: La factura se liquidará sobre la base de la constancia definitiva de recepción y será pagada dentro del plazo de 30 (treinta) días de recibida.
Los plazos comenzarán a partir del día siguiente de la conformidad definitiva, siempre que esté presentada la factura correspondiente. Si la factura fuera presentada con posterioridad a la fecha de conformidad, el plazo para el pago será computado desde su presentación.
El plazo fijado se suspenderá si existieran observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir imputables al acreedor. En estos casos el tiempo que haya demandado el trámite suspendido se descontará del plazo de pago establecido precedentemente al reanudárselo.
32. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: El incumplimiento del contrato por culpa del contratista será causal de rescisión, la que deberá ser declarada por la Defensoría, previa interpelación fehaciente, en plazo y bajo apercibimiento; con pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato y la comunicación al Registro de Proveedores para las eventuales sanciones. Todo ello, sin perjuicio de la acción por los daños y perjuicios emergentes y la facultad para encomendar la realización del objeto del contrato por un tercero, siendo a cargo del adjudicatario la diferencia de precios que pudiera resultar. Si el nuevo precio obtenido fuere menor, la diferencia quedará a favor del Organismo. En este caso, ante la acreditación de falta grave del contratista, luego de haber agotado todos los medios posibles para lograr el cumplimiento del contrato y haberlo constituido en xxxx, la Defensoría detentará la facultad de aplicar sanciones al adjudicatario, de multa o apercibimiento, graduadas en función de su gravedad, y
conforme lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones y el Reglamento de Contrataciones ( Decreto Nº 123/19).
33. XXXX EN EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Los casos xx xxxx en el cumplimiento de la provisión o en la reposición de elementos rechazados, previa intimación y constitución en xxxx, se sancionará con multa del uno por ciento (1%) del monto del contrato por cada cinco (5) xxxx xx xxxx, que será aplicada por la Defensoría. En caso de rescisión por culpa del adjudicatario, conforme las condiciones dispuestas en el Artículo 112° del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 123/19), la Defensoría podrá aplicar gradualmente sanciones de multas de hasta el quince por ciento (15%) del monto del contrato, a cuyo vencimiento devengarán los intereses descriptos en el Artículo 109º del Reglamento mencionado. En el supuesto en que la sanción a aplicar implique únicamente la imposición de una multa a cargo del adjudicatario y la misma sea abonada, el Organismo no obstante podrá emplazar al cumplimiento de la obligación en cuestión bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias progresivas derivadas del retardo en la efectiva realización de la prestación.
34. JURISDICCION TRIBUNALICIA: La presentación de los Pliegos, significa la aceptación de la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la provincia de Río Negro, en la ciudad xx Xxxxxx, debiendo hacer constar su domicilio legal. A éstos efectos el organismo licitante fija su domicilio en la xxxxx 00 xx Xxxx Xx 000 - Xxxxxx; el oferente deberá constituir domicilio en la provincia de Río Negro.-