REGISTRO DE CONTRATOS COMERCIALES
REGISTRO DE CONTRATOS COMERCIALES
Es aquel acuerdo cuya prestación, en función del fenómeno circulatorio, tiene por objeto la realización de actos propios del tráfico económico de la sociedad comercial o comerciante individual, persiguiéndose un beneficio de orden patrimonial.
Se entiende por contrato de Riesgo Compartido al suscrito entre sociedades constituidas en el país, así como entidades o corporaciones del Estado, incluyendo las empresas autárquicas y las personas individuales nacionales o extranjeras, domiciliadas o representadas en el país, que se asocian para el desarrollo o ejecución de trabajos proyectos, obras, servicios, suministros y otros, dentro o fuera del territorio del Estado.
El Contrato de Riesgo Compartido debe celebrarse por escritura pública, no constituye sociedad ni establece personalidad jurídica. Los derechos y obligaciones se rigen por la libertad contractual entre partes.
Requisitos
1. Formulario Nº 0080 de solicitud de Registro de Contratos Comerciales con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal de la sociedad comercial o comerciante individual o cliente.
2. Testimonio notarial de escritura pública que contenga el contrato correspondiente, original o fotocopia legalizada legible.
3. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial o la empresa unipersonal cuente con la Matrícula de Comercio actualizada
Costos
Empresa Unipersonal: Bs. 78,00
S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 136,50 S.A./X.X.X. y en Comandita por Acciones: Bs. 175,00
Plazos: Dos días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.