Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN EL MANTENIMIENTO DE LOS ASCENSORES EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del contrato la adjudicación del Servicio consistente en el de los servicios de Mantenimiento de los Ascensores de los Edificios Municipales xx Xxxxxxxxxx.
Codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CNAE): 432. Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción.
Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV): 42416100-6 Ascensores. 50750000-7. Servicios de mantenimiento de ascensores.
El contrato ha sido calificado de contrato de servicios ya que el objeto del mismo está constituido por la prestación de hacer consistente en los trabajos de mantenimiento tanto preventivo como correctivo de los ascensores de los edificios municipales y se encuentra dentro del artículo 10 en la categoría 1 del anexo II de la Ley de Contratos del Sector Público.
2.- ÓRGANO COMPETENTE.
El órgano competente para aprobar la presente licitación será La Concejal Delegada de Contratación, en los municipios de Gran Población, conforme lo dispuesto en el punto tercero de la Disposición Adicional Segunda de la LCSP / y según las delegaciones efectuadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 23 xx xxxxx de 2009.
3.- FUNDAMENTO.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato consisten en garantizar el correcto funcionamiento de los ascensores existentes en los edificios municipales así como el cumplimiento de la Normativa en vigor en lo relativo al mantenimiento de dichos sistemas.
4.- CONTENIDO DEL CONTRATO.
El contenido del contrato consiste en:
La ejecución de los trabajos de mantenimiento tanto preventivo como correctivo de los ascensores instalados en los edificios municipales que se relacionan en el Anexo II del presente pliego.
La emisión de Informes de Mantenimiento.
La prestación de Asesoramiento Técnico.
La prestación del Servicio 24 horas para situaciones de emergencia.
El contrato abarcará la garantía total entendiendo por tal la prestación del servicio con responsabilidad total de la empresa adjudicataria, que asegura el funcionamiento y repara las instalaciones que lo precisen, cualquiera que fuera la causa o naturaleza.
4.1 Mantenimiento Preventivo
Las actuaciones a realizar en este punto son las siguientes:
Se realizarán las operaciones de mantenimiento que sean obligatorias de conformidad con la normativa vigente en todo momento.
El adjudicatario estará obligado a prestar su colaboración en las revisiones que efectúen los Organismo de Control Autorizados o el Ministerio de Industria.
Se realizarán revisiones a las nuevas instalaciones incorporadas al contrato de mantenimiento, con la emisión de un informe del estado de la instalación, en el plazo máximo de 10 días.
Se efectuará una revisión mensual a todos los equipos incluidos en el anexo nº II, en la que se verificarán todas las partes mecánicas y eléctricas, así como el engrasado y limpieza de todos los elementos que por su naturaleza lo precisen. Se dedicará especial atención al estado de los cables, enclavamientos mecánicos y eléctricos, freno, y, en general, todos los dispositivos de seguridad.
Se realizará una programación de los sistemas de comunicación bidireccional instalados en los aparatos elevadores con las empresas de nuevas instalaciones, empresas mantenedoras de ascensores incorporados al contrato de mantenimiento o nuevas empresas adjudicatarias.
El adjudicatario deberá designar una persona de su plantilla que tendrá para el Ayuntamiento la condición de delegado del contratista y al que se deberá dotar de capacidad suficiente para:
o Organizar la ejecución del servicio y poner en práctica las órdenes que reciba.
o Representar a la empresa adjudicataria en las actuaciones que sea necesario derivadas de la ejecución del contrato, y servir como interlocutor con capacidad suficiente.
o Colaborar con el Ayuntamiento en la buena marcha del servicio, proponiendo soluciones a los problemas técnicos que pudieran plantearse.
Este delegado deberá poner a disposición del Ayuntamiento un número de teléfono en el que esté localizable, ya que será el destinatario de los avisos de urgencia y otras cuestiones que se planteen provenientes del Ayuntamiento, cuyos técnicos no se relacionarán nunca en primer lugar con los operarios de la empresa.
El Ayuntamiento a través del Departamento competente, podrá justificadamente, exigir de la empresa contratada la designación de otro delegado de la misma.
4.2 Otras prestaciones Atención Avisos:
En el caso del funcionamiento irregular en cualquier instalación, el Ayuntamiento comunicará de ello al adjudicatario, quien esta obligado a reparar dichas irregularidades en un plazo máximo de 24 horas.
Atención Emergencias:
El Adjudicatario dispondrá de un teléfono en el que se pueda contactar durante las 24 horas al día, los 365 días del año, para cualquier emergencia, la cual será atendida de inmediato.
4.3 Exclusiones
Quedan excluidas del objeto del contrato las reparaciones o sustituciones de elementos de cabina de ascensores siempre y cuando se constate a juicio municipal que los destrozos son derivados de actos vandálicos.
El Ayuntamiento se reserva la facultad en estos casos de contratar la reparación y sustitución con quien más convenga o bien realizarla con sus propios medios sin que ello pueda ser causa de variación alguna en las condiciones y objeto del contrato de mantenimiento firmado.
4.4 Emisión de Informes de Mantenimiento
4.4.1 Informe Inicial
En el plazo máximo de dos meses desde la firma del contrato, el adjudicatario presentará un Informe Inicial que incluirá:
Revisión y actualización del inventario de las instalaciones y equipos existentes en cada edificio.
El estado en que se encuentran dichas instalaciones y las deficiencias que presentan.
4.4.2 Informes Trimestrales
El adjudicatario presentará informes trimestrales sin necesidad de que sean requeridos por el técnico municipal, en el que se hará constar:
Pruebas y ensayos realizados en las revisiones.
Incidencias observadas.
Reparaciones efectuadas.
Valores y parámetros de funcionamiento, así como la comparación de los mismos con la normativa en vigor.
4.4.3 Informes Anuales
Anualmente, se presentará un informe por cada ascensor en el que como mínimo deberá figurar el contenido siguiente:
Estado de las Instalaciones
Incidencias observadas.
Actuaciones de mantenimiento y mejora relevantes realizadas durante el año
Propuesta actualizada de actuaciones de mejora, conforme los criterios del punto 4.5 Asesoramiento Técnico del presente pliego.
4.5 Asesoramiento Técnico
El adjudicatario presentará en el Informe Anual una propuesta de actuaciones de mejora con los siguientes criterios:
En el caso de instalaciones, que aún cumpliendo la normativa, sea recomendable su modernización en aras a mejorar sus prestaciones, se propondrán las actuaciones de mejora debidamente justificadas y valoradas.
El adjudicatario prestará Asesoramiento Técnico cuando le sea requerido por el Ayuntamiento en la revisión de nuevas instalaciones de edificios municipales para su recepción, presentando informe de dicha revisión.
Igualmente, el adjudicatario prestará Asesoramiento Técnico cuando le sea requerido por el Ayuntamiento en la revisión de Proyectos de nuevos edificios y/ o nuevas instalaciones, presentando informe de dicha Revisión.
5.- TIPO DE LICITACIÓN.
Se señala como tipo máximo de licitación anual la cantidad de Cuarenta Mil (40.000,00) Euros sin IVA (El importe correspondiente al IVA (18%) es de Siete Mil Doscientos (7.200,00) Euros. El importe total anual asciende a Cuarenta y Siete Mil Doscientos (47.200,00) Euros IVA incluido. Siendo el total de la contratación 94.400,00 Euros IVA incluido, tal y como figura en la clausula nº 7.
Los gastos de transporte, entrega e instalación en las dependencias municipales estarán incluidos en el tipo de licitación.
La oferta económica deberá presentarse desglosada indicando el importe de cada una de las instalaciones relacionadas en el anexo II. También se indicará el importe total del contrato que será el resultante de la suma de todos los importes parciales.
6.- VARIANTES Y/O MEJORAS.
Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes.
No obstante podrán presentarse mejoras que serán valoradas conforme se prevé en el apartado relativo a los criterios de adjudicación.
Se consideran mejoras, las que no tengan coste para el Ayuntamiento y variantes aquéllas que, en caso de ser aceptadas, incrementen el precio del contrato.
7.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Para el gasto que supone esta contratación existe consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 603 92015 21304 del Presupuesto Ordinario del año 2011 comprometiéndose el Ayuntamiento a consignar los créditos precisos para atender las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato hasta su conclusión.
La previsión del gasto incluidas las posibles prórrogas para atender el precio global del contrato, asciende a la cantidad de 188.800,00 Euros.
El desglose por anualidades es el siguiente:
Año 2011 (Del 1 Mayo a 31 diciembre) (27.533,33) Euros IVAincluido
Año 2012 (47.200,00) Euros IVA incluido
Año 2013 (Del 1 Enero a 30 xx Xxxxx) (19.666,67) Euros IVA incluido
En el caso de que existieran las posibles prorrogas, el desglose por anualidades es el siguiente:
Año 2013 (Del 1 Mayo a 31 Diciembre) (27.533,33) Euros IVA incluido
Año 2014 (47.200,00) Euros IVA incluido
Año 2015 (Del 1 Enero a 30 xx Xxxxx) (19.666,67) Euros IVA incluido
8.- FACTURACIÓN.
Se facturará mensualmente presentándose en la factura desglose de los conceptos liquidados según la oferta económica presentada.
9.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Asimismo deberá subsanar los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables, otorgándole al efecto el correspondiente plazo que no podrá exceder de dos meses, de conformidad con el artículo 286 de la LCSP.
10.- REVISION DE PRECIOS
La revisión de precios tendrá lugar en los términos establecidos en el Capítulo II del Título III de la Ley de Contratos del Sector Público.
El primer año de contrato queda excluido de revisión de precios, no obstante el contratista puede solicitar dicha revisión de precios a partir del año siguiente a su formalización, en el porcentaje correspondiente al IPC general del último año natural previo a la revisión, que será del 85 por ciento de variación experimentada por el índice adoptado .
11.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será de 2 AÑOS contado desde el día 1 xx xxxx de 2.011, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante dicho periodo.
De mutuo acuerdo entre las partes el plazo podrá prorrogarse en el plazo de DOS AÑOS, si las necesidades de la prestación del servicio que se oferta así lo aconsejan.
12.- GARANTÍAS.
No se fija garantía provisional.
13.- GASTOS.
Se fija en 400 euros el importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el art. 126.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, que debe abonar el adjudicatario, de conformidad con el art. 75 del RGLCAP.
14.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR.
Para concurrir a esta licitación, los ofertantes deberán estar en posesión de la clasificación como empresa de servicios en el registro oficial de empresas clasificadas del Ministerio de Economía y Hacienda,
Grupo P, Subgrupo 07, Categoría A
15. PUBLICIDAD PREVIA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
De conformidad con lo señalado en los artículos art. 126 y 143 de la Ley de Contratos del Sector Público el procedimiento a que se refiere el presente Pliego será anunciado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Además los anuncios se publicarán en el perfil de contratante ubicado en la página web institucional, en cumplimiento del art. 42 LCSP.
El plazo para presentar ofertas será de 15 DIAS NATURALES a contar desde el día posterior a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
16.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente.
Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica:
Oferta económica. Hasta 80 Puntos
Memoria técnica que deberá incluir la organización de los trabajos y estructura técnica de relación con el Ayuntamiento. Hasta 10 Puntos
Mejoras. Hasta 5 puntos.
Proximidad del centro operativo desde el que se prestará el servicio de mantenimiento. Hasta 5 puntos.
1) CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR:
1. Memoria técnica que deberá incluir la organización de los trabajos y estructura técnica de relación con el Ayuntamiento.(hasta 10 puntos).
El licitador presentará una memoria explicativa del desarrollo y organización previsto de los trabajos, con una descripción detallada de los equipos humanos y técnicos que va a emplear para la prestación del servicio. También detallará los modelos de informes de revisión, y los soportes en los que presentará la información, tanto de actuaciones de preventivo como de correctivo.
2. Mejoras (hasta 5 puntos).
El licitador podrá presentar mejoras al contrato debidamente valoradas, sin que las mismas supongan un aumento del Presupuesto de Licitación.
3. Proximidad del centro operativo desde el que se prestará el servicio de mantenimiento. (hasta 5 puntos).
2) CRITERIOS QUE SE APLICARÁN MEDIANTE FÓRMULA.
1.- Oferta económica Hasta 80 Puntos.
La puntuación de las ofertas económicas se determinará según la siguiente fórmula:
La oferta mas baja respecto al tipo de licitación, obtendría la máxima puntuación
No obstante, la puntuación máxima se calcula valorando el porcentaje de baja que la media aritmética de las ofertas válidas presentadas tiene sobre el tipo de licitación, según la siguiente fórmula:
Tipo licitación - media de las ofertas
D(en tanto por ciento)= x 100
Tipo licitación
D <= | 3% | 12,00 | |
3% | < D <= | 6% | 24,00 |
6% | < D <= | 9% | 40,00 |
9% | < D <= | 12% | 48,00 |
12% | < D <= | 15% | 56,00 |
15% | < D <= | 18% | 64,00 |
18% | < D <= | 21% | 72,00 |
D > | 21% | 80,00 |
El tramo de la escala que corresponda con la baja media respecto al tipo de licitación (variable “D”), corresponderá a la puntuación máxima (“PM”) que se otorgue a la mejor oferta. La puntuación de cada oferta, se hallará por una simple regla de tres según la siguiente fórmula:
TL - Ox
Px = x PM TL -Om
Px:puntuación de la oferta. TL: tipo de licitación.
Ox:oferta que se puntúa. Om:oferta más baja
PM:puntuación máxima (según la escala)
Se calculará la media aritmética de las ofertas y se considerarán desproporcionadas o temerarias las que se encuentren en los supuestos previstos en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, previos los informes adecuados y la audiencia al contratista, si la oferta puede o no ser cumplida.
SUMA TOTAL 100 puntos
En caso de empate entre varias empresas licitadoras tendrá preferencia la empresa que acredite un mayor porcentaje de discapacitados en plantilla, siempre que dicho porcentaje supere el 2 %.
En defecto de la anterior preferencia, y en caso de empate, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta presentada por empresa dedicada expresamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social.
Las anteriores preferencias se aplicarán conforme lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la LCSP.
17.- RESPONSABLE DEL CONTRATO
Se podrá designar a un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que se le atribuyan.
18.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación la constituirán las personas que a continuación se relacionan:
Presidenta: Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Vocales:
- Dos concejales del PP: X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. El concejal del área que promueve la contratación
- Un concejal del PSOE: X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
- Un concejal de IU: X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx.
- La Interventora General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
- El Director de la Asesoría Jurídica o funcionario en quien delegue.
- El Director del Área que promueva la contratación o técnico de dicha Área en quien delegue.
Secretaria de la mesa: La Jefa del Departamento de Contratación o funcionario en quien delegue.
En caso de ausencia de la Presidencia, asumirá su función el Concejal Delegado del Área que promueve la contratación. Los vocales Concejales podrán delegar su función en otro Concejal.
A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, actuando con voz pero sin voto.
Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha de la secretaria que sólo tendrá voz.
Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, la Secretaria, y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.
19.- SUBCONTRATACIÓN.
No se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación.
20.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN .
No se establecen condiciones especiales de ejecución.
21.- MODIFICACION DEL CONTRATO
Además de lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas, podrá producirse la modificación del contrato por las siguientes causas:
- La incorporación o supresión de algún edificio
22. PLAZO DE GARANTIA
Finalizado el contrato, comenzará a transcurrir el plazo de garantía, que será de 1 Año.
23. CLASIFICACIÓN DE INFRACCIONES
De conformidad con lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas, las infracciones que puedan cometerse en la ejecución de este contrato, se tipifican en leves, graves y muy graves.
Se considerarán infracciones muy graves:
La prestación del servicio contratado con personal que no sea del adjudicatario o con la empresa subcontratada.
Desobediencia a las órdenes oficiales de los servicios técnicos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
El incumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
El incumplimiento de las normas y condiciones que regulan la prestación del servicio así como de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Pliego cuando supongan un perjuicio muy grave a las personas, los bienes o el medio ambiente, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
La comisión de dos o más infracciones graves en el plazo de seis meses.
Tendrán la consideración de infracciones graves:
Retraso de más de dos días en la atención de avisos.
Cualquier retraso superior a dos horas en la atención de emergencias.
Incumplimiento en la colaboración con los Organismos de Control Autorizado.
Retraso superior a dos semanas en la ejecución del mantenimiento correctivo.
La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios y sancionada más de dos veces en un año.
El retraso sistemático en los horarios, la no utilización de los medios mecánicos establecidos o el mal estado de conservación de los mismos.
Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria con el vecindario o personal municipal, tanto por trato incorrecto como por deficiencias en la prestación del servicio.
El incumplimiento de las normas y condiciones que regulan la prestación del servicio así como de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Pliego cuando supongan un perjuicio subsanable a las personas, los bienes o el medio ambiente.
La comisión de dos o más infracciones leves en el plazo de tres meses.
Tendrán la consideración de infracciones leves:
La imperfección no reiterada en la prestación de los servicios.
La descortesía mostrada hacia el personal municipal.
La falta o deficiencia en la uniformidad o identificación del personal encargado de ejecutar los servicios.
Atender los requerimientos de actuación (avisos) del Departamento de mantenimiento e instalaciones, en un plazo superior a 24 horas e inferior a dos días.
Incumplimiento en la ejecución del mantenimiento predictivo, así como la no presentación de los informes trimestrales.
Todas aquellas infracciones no previstas en los puntos anteriores y que signifiquen detrimento de las condiciones de servicio establecidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, con perjuicio no grave.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICION
D. con domicilio en
---------------- y D.N.I. nº -----------------, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de ------------------------
-----------------, según se acredita debidamente, hace constar:
1º.- Que enterado de los Pliegos de Cláusulas Económico – Administrativas y Técnicas aprobado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir en el contrato para los servicios de
......................................................................................., lo acepta
íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca.
2º) Que ofrece como precio para la ejecución de los citados servicios la cantidad de ......................................................... euros, más el IVA
correspondiente, que asciende a euros.
Siendo el importe total del contrato, IVA incluido de
........................................................................................... euros.
(expresar en letra y número)
Asimismo ofrece como precio unitario que correspondan de cada uno de los ascensores relacionados en el anexo II (Relación de ascensores).
3º) Que ofrece las siguientes mejoras y/o variantes............
4º) Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En ..............., a ... de de 2010 .
Firma
ANEXO II: RELACION DE ASCENSORES
CONTRATOS DE MANTENIMIENTO COLEGIOS Y EDIFICIOS MUNICIPALES | |||||||
DOMICILIO | EDIFICIO | RAE | MARCA | TIPO (H/E) | VEL(m/s) | CARGA (Kg) | PARADAS |
c/ Xxxxxx, nº 19 | C.E.I.P. Profesor Xxxxxx Xxxxxx | 97.165 | H | 0,60 | 575 | 2 | |
c/ Xxxxxx, nº 19 | C.E.I.P. Profesor Xxxxxx Xxxxxx | 79.899 | H | 0,46 | 600 | 2 | |
c/ Xxxxxx, nº 19 | C.E.I.P. Profesor Xxxxxx Xxxxxx | 85.561 | H | 0,63 | 450 | 3 | |
Plaza Mayor, nº 1 | Ayuntamiento | 80.346 | Zardoya Xxxx, S.A. | E | 1,00 | 800 | 5 |
Plaza Mayor, nº 1 | Ayuntamiento | 80.347 | Zardoya Xxxx, S.A. | E | 1,00 | 800 | 5 |
Plaza Mayor, nº 1 | Ayuntamiento | 80.348 | Zardoya Xxxx, S.A. | E | 1,00 | 800 | 5 |
Plaza Mayor, nº 1 | Ayuntamiento | 80.349 | Zardoya Xxxx, S.A. | E | 1,00 | 800 | 5 |
Plaza Mayor, nº 1 | Ayuntamiento | 80.406 | Xxxxxxx Xxxx, S.A. | H | 0,63 | 450 | 2 |
Plaza Mayor, nº 1 | Ayuntamiento | 80.407 | Xxxxxxx Xxxx, S.A. | H | 0,63 | 450 | 3 |
Plaza Mayor, nº 1 | Ayuntamiento, Montapaquetes | ||||||
c/ Libertad, nº 8 | Base Centro Policía Local | 68.450 | Xxxxxxxxx, S.A. | E | 1,00 | 450 | 4 |
Plaza del Pueblo, nº 1 | Edificio Antiguo Ayuntamiento | 29.839 | Zardoya Xxxx, S.A. | E | 0,60 | 450 | 2 |
Xxxx. Xxxxxxxxxxxx, xx 00 | X.X.X.X. Xxxxx x Xxxxxxx | 96.661 | H | 0,63 | 450 | 3 | |
c/ Orense, nº 5 | Centro de Mayores | 113.668 | Inapelsa | H | 0,62 | 450 | 4 |
c/ Fco. Xxxxx Xxxxxxxxx, s/n | CEIP Bachiller Xxxxxx Xxxxx | 121.037 | Excelsior 681H | H | 0,60 | 450 | 3 |
c/ Xxxxxx Xxxxxxx, nº 16 | C.E.I.P. Xxxxxx Xxxxxx | 607.774 | Macomsa, S.A. | H | 2 | ||
Xxxx. Xxxxxxxxxxxx, 000 | Base Policía Local | 118.721 | Express | E | 1,00 | 450 | 5 |
Xxxx. Xxxxxxxxxxxx, 000 | Base Policía Local | 118.722 | Express | E | 1,00 | 450 | 5 |
Bulevar Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 37 | Aparcamiento Bulevar | 131.001 | Xxxx 681H | H | 0,63 | 450 | 9 |
c/ Granada | Salvaesacaleras | - | Thyssenkrupp | H | 0,15 | 400 | 2 |
c/ Xxxxxxx, s/n | Trasteros | Xxxx 681H | H | 0,63 | 450 | 3 | |
x/ Xxxxx x Xxxxx, xx 0 | Xxxxxx de empresas | 128.973 | Otis/TS06822V | E | 0,60 | 450 | 3 |
c/ Xxxxxx Xxxxxxx, nº 16 | C.E.I.P. Xxxxxx Xxxxxx | 142.859 | Express 000-XXX- X0 | X | 1,00 | 450 | 3 |
c/ Fuego, 73 | C.E.E. Xxxxxxx Xxxxxx | 142.874 | Excelsior 682-OVF | 1,00 | 450 | 2 | |
c/ Segovia, nº 5 | C.E.I.P. Xxxxxx Xxxxxxxxx Pb A | 147.894 | Xxxxx | H | 450 | 8 | |
c/ Segovia, nº 5 | C.E.I.P. Xxxxxx Xxxxxxxxx Pb C | 147.895 | Xxxxx | H | 0,60 | 000 | 0 |