Contract
Referencia: | 2018/00000604D |
Procedemento:: | Expedientes de contratos de suministros |
Interesado: | XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX |
Representante: | |
SECCIÓN DE CONTRATACIÓN (1519) |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DURANTE EL AÑO 2018 PARA EL PARQUE MÓVIL Y DE MAQUINARIA DE LA DIPUTACIÓN DE OURENSE EN LA ZONA DE INFLUENCIA DE LA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE RSU EN O CARBALLIÑO.
I.-OBJETO, JUSTIFICACIÓN DE LAS NECESIDADES A SATISFACER Y CÓDIGO CPV
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 86 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (en adelante RGLCAP) -en cuanto no se oponga a lo establecido en el TRLCSP- así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en lo relativo al acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el objeto de este pliego de cláusulas administrativas particulares es regular la contratación del suministro de combustible durante el año 2018 para el Parque Móvil y de Maquinaria de la Diputación de Ourense en la zona de influencia de la planta de transferencia de RSU en O Carballiño, con sujeción a lo dispuesto en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
Los combustibles a suministrar son los siguientes:
- Gasolina sin plomo 95
- Gasolina sin plomo 98
- Gasóleo A
- Gasóleo A de altas prestaciones.
- Producto adBlue
Los suministros a realizar estarán en función de las necesidades de la Diputación, sin que se garantice la adquisición de una cantidad mínima de combustible ni el agotamiento del gasto máximo autorizado.
La contratación de este suministro viene justificada por su vinculación al funcionamiento ordinario del Parque Móvil y de Maquinaria de la Diputación de Ourense.
Código CPV: 09100000-0
II.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La contratación del suministro de combustible durante el año 2018 para el Parque Móvil y de Maquinaria de la Diputación de Ourense en la zona de influencia de la planta de transferencia de RSU en O Carballiño, se verificará mediante procedimiento abierto (artículos 157 a 161 del TRLCSP) y en trámite ordinario
(artículos 109 y 110 del TRLCSP).
III.- NATURALEZA
Este contrato se califica como contrato administrativo de suministro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5, 9 y 19.1.a) del TRLCSP.
IV.- FINANCIACIÓN
El importe de la adjudicación se abonará con cargo al presupuesto de la Diputación para el ejercicio 2018.
V.- GASTO AUTORIZADO
El gasto máximo autorizado queda fijado en la cantidad de 92.975,21 € (IVA excluido).
VI.- PLAZOS Y PENALIDADES
La duración del suministro se extenderá desde la firma del contrato al 31 de diciembre de 2018, obligándose el adjudicatario a continuar suministrando en las mismas condiciones, hasta que se haga nueva adjudicación y por un tiempo máximo de un mes.
Si el adjudicatario incurriera en demora en la realización de la prestación contratada, incluidos los plazos parciales establecidos, la Diputación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades por demora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP.
La resolución del contrato se acordará, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 211 y 223 d) del TRLCSP, determinando el deber del contratista de indemnizar los daños y perjuicios causados a la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 225.3 del TRLCSP, indemnización que se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía definitiva constituida, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista respecto del importe que exceda de la garantía incautada.
Si la Diputación optara por la imposición de penalidades por demora y sin perjuicio de la efectividad de estas mediante deducción en los documentos de pago correspondientes o sobre la garantía constituida, el contratista deberá indemnizar los daños y perjuicios irrogados a la Administración como consecuencia del retraso culpable, debiendo acordar la Administración la ampliación del plazo de ejecución, en la medida que se estime necesaria para la terminación del contrato, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98 y 99 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP).
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista y si este se comprometiera a ejecutar la prestación con prórroga del plazo, deberá ser acordada esta prórroga por la Administración, en los términos del artículo 213.2 del TRLCSP.
VII.- GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige garantía provisional, habida cuenta de su carácter potestativo al amparo de lo dispuesto en el artículo 103.1 del TRLCSP.
VIII.- GARANTÍA DEFINITIVA
El importe de la garantía definitiva a constituir por el adjudicatario, en
cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 96.1 del TRLCSP, será del 5% (IVA excluido) del gasto total autorizado.
En todo caso, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 55 y siguientes del RGLCAP, así como a los modelos que figuran en los anexos del expresado reglamento.
Dicha garantía se constituirá (mediante documento original) en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente al de la recepción del requerimiento efectuado por el órgano de contratación con dicho fin a través de la plataforma de licitación electrónica XXXX. En el caso de demora se presumirá que el licitador retiró su oferta y se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP.
IX.- CONDICIONES DE LOS LICITADORES
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económico- financiera y técnica en los términos previstos en este pliego, no se encuentren incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar con el sector público del artículo 60 del TRLCSP y dispongan de la habilitación empresarial o profesional necesaria para la ejecución de la prestación que constituye el objeto de este contrato (artículo 54. del TRLCSP).
X.- DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR
La Diputación de Ourense, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Décimo Sexta del Real Decreto 3/2011, de 14 de Noviembre, en el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, apartado 3o, en cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, fomentará y preferirá el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos contemplados en el Real Decreto 3/2011, así como con lo dispuesto en la Disposición Adicional Única del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, para fomentar la agilidad, eficacia y eficiencia de los procedimientos regulados en este Real Decreto, y de acuerdo con lo previsto en las disposiciones adicionales decimoquinta y decimosexta del Real Decreto 3/2011, de 14 de Noviembre, las comunicaciones, requerimientos y notificaciones previstos en este Real Decreto podrán realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Es por ello que, Diputación de Ourense en base a la normativa indicada en el párrafo anterior, así como en la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación y en previsión del gran número de licitadores que pueden llegar a concurrir y de la dificultad y gran coste en tiempo y recursos que supondría la tramitación en formato analógico, ha decidido la necesidad de que los licitadores concurran al procedimiento de contratación pública únicamente en formato electrónico, mediante la presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre licitador y Órgano de Contratación a través de la plataforma de contratación pública electrónica que, la Diputación de Ourense, pone a su disposición desde la siguiente dirección web xxx.xxxx.xxx, garantizándose en todo momento la libre concurrencia, no discriminación y restricción de acceso a dicho procedimiento.
Desde la página web de la Diputación de Ourense, se encuentra disponible el acceso directo a la Plataforma de Licitación Electrónica de la Administración Local de
Galicia (en adelante plataforma XXXX), empleada por la Diputación de Ourense, ubicada en la dirección web xxx.xxxx.xxx, donde tienen a su plena disposición toda la documentación relativa a la licitación en curso, así como un canal de comunicación directa con el Órgano de Contratación pública de la Diputación de Ourense, al que podrán plantearle preguntas, solicitar aclaraciones, presentar las ofertas y recibir las notificaciones, así como el ejercicio de cualesquiera otros derechos que la normativa aplicable al proceso de contratación en curso le confiera como licitante.
La plataforma XXXX utilizada por la Diputación de Ourense, cumple íntegramente con todos los requisitos legales y técnicos dispuestos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás normativa de desarrollo, garantizándose en todo momento que:
• No son discriminatorios, encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías de la información y comunicación de uso general.
• Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se encuentran a disposición de todas las partes interesadas en la plataforma XXXX, siendo de uso general y amplia implantación.
• Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de los datos transmitidos y que sólo los órganos competentes, en la fecha señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que en caso de quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede detectarse con claridad.
• La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y destinatario de las mismas.
• Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan tanto en la fase preparatoria como en las fases de licitación, adjudicación y ejecución del contrato son autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose técnicamente que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.
La presentación de proposiciones y documentos, así como las notificaciones y comunicaciones entre el Órgano de Contratación y los interesados para este procedimiento se realizará exclusivamente a través de la plataforma XXXX en la dirección xxx.xxxx.xxx, con la excepción del documento acreditativo de constitución de la garantía definitiva, el cual se entregará en soporte documental analógico original.
El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los pliegos del procedimiento, notificaciones electrónicas así como la presentación de proposiciones.
Para acceder a la plataforma XXXX los licitadores que no están dados de alta, deberán registrarse en la dirección electrónica xxx.xxxx.xxx, de tal manera que:
- Deberá seleccionar “Darse de alta” y cumplimentar el registro de usuario.
- Posteriormente, deberá registrar su empresa, o asociarse a una empresa ya existente en la plataforma.
- Y por último, si lo desea, podrá solicitar un certificado de autenticación emitido por VORTAL (cuya utilidad es la de autenticarse en la propia plataforma y que es gratuito) para acceder a la misma y a la información detallada del procedimiento.
Una vez efectuado el registro gratuito en la plataforma de licitación electrónica VORTAL, tal y como se indica en el presente pliego, siga los pasos que se describen a continuación para acceder al expediente:
1. Diríjase a la página de acceso a la plataforma XxXX xxx.xxxx.xxx.
2. Pulse sobre la opción “Buscar licitaciones” donde encontrará la información relativa a este expediente. Localice y copie el número de este expediente.
3. Acceda a la plataforma mediante el usuario y la contraseña definidos en el proceso de registro, e introduzca el número de expediente en el buscador disponible para tal fin en el Área de trabajo. Pulse sobre la lupa para realizar la búsqueda.
Para acceder a toda la información del procedimiento, deberá pulsar en el botón “Detalle”.
Tras pulsar en “Estoy interesado”, para enviar una oferta, deberá pulsar en el botón “Crear oferta” en el bloque “MIS OFERTAS”:
- En la pestaña Información General, introduzca una referencia para su oferta.
- En la pestaña Formulario de respuesta deberá contestar a las preguntas en cada uno de los sobres del procedimiento. En este apartado se pueden efectuar preguntas de respuestas abiertas, listados de precios unitarios, etc. y donde tendrá que cumplimentar los precios de su oferta.
- En la pestaña Documentos deberá adjuntar toda la documentación requerida en el presente pliego en sus Sobres correspondientes.
Una vez realizados todos los pasos anteriores, deberá pulsar el botón “Finalizar creación”. Posteriormente deberá pulsar el botón “Firmar todos” y seleccionar un certificado reconocido para la firma de los documentos.
Los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás disposiciones de contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, si procede, que deberán ser en todo caso originales.
La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica es la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido (válidamente emitida por un Prestador de Servicios de
Certificación) y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma, (por ejemplo DNIe, u otras tarjetas criptográficas que reúnan los requisitos establecidos en la norma de referencia).
Una vez firmada la documentación u oferta, deberá pulsar el botón “Cifrar y enviar” de tal manera que toda su oferta, junto con la documentación asociada a la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a su contenido hasta la constitución de la mesa de contratación. Seguidamente, aparecerá una ventana donde tendrá que aceptar las recomendaciones para el envío de la oferta en la plataforma y para terminar, deberá pulsar el botón “Enviar oferta”.
Una vez presentada una oferta a través de la plataforma XXXX se generará un recibo electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de su oferta.
La presentación de las proposiciones se hará de la siguiente forma:
SOBRE NÚM. 1. “Documentación administrativa”, deberá contener, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146 del TRLCSP y según el modelo que se adjunta como anexo I a este pliego, una declaración jurada del licitador indicativa de disponer de la capacidad de obrar y de la habilitación empresarial necesaria para la ejecución del contrato, de no encontrarse incurso en prohibición de contratar del artículo 60 del TRLCSP, con indicación expresa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de disponer de la solvencia económico-financiera y técnica exigidas para participar en esta licitación.
SOBRE NÚM. 2. “Oferta económica y documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática”. Incluirá las siguientes determinaciones:
1.- Precio Total ofertado: se presentará consignando en esta casilla el gasto máximo autorizado por el importe de 92.975,21 € (IVA EXCLUIDO)
2.- Oferta Integral: se presentará adjuntando el modelo que se consigna como anexo II a este pliego, debidamente cumplimentado.
La presentación de proposiciones y documentos para este procedimiento se realizará exclusivamente a través de la plataforma XXXX en la dirección xxx.xxxx.xxx. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones
exigidas para contratar con la Administración, conforme al artículo 145.1 del TRLCSP.
Este pliego de cláusulas administrativas particulares forma parte del expediente de contratación que comprende además:
- La autorización del gasto.
- El justificante de disponibilidad de crédito, debidamente intervenido y
- El pliego de prescripciones técnicas particulares.
El expediente será aprobado por el órgano de contratación competente y comprenderá también la aprobación del gasto, conforme al artículo 110.1 del TRLCSP, previamente a la apertura del procedimiento de licitación y adjudicación.
XI.- MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratación estará integrada, de conformidad con lo dispuesto en el
apartado 10 de la D.A. 2ª del TRLCSP, del siguiente modo:
- Presidente: el vicepresidente de la Corporación, X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
- Vocales: el Vicesecretario, X. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, la Interventora, D.ª Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx y el Jefe del Parque de Maquinaria, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.
- Secretario: el jefe del Servicio provincial de Inversiones, Contratación y Patrimonio, X. Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxx.
XII.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
La presentación de proposiciones y documentos para este procedimiento se realizará exclusivamente a través de la plataforma XXXX en la dirección xxx.xxxx.xxx, siendo posible realizarla durante 24 horas al día, hasta las 14:00 horas del décimo quinto (15) día natural siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el DOGA. El anuncio de licitación se publicará igualmente en el BOP de Ourense y las bases íntegras en el perfil del contratante (xxx.xxxxxxxxxx.xx). Si el último día del plazo de presentación de la documentación fuese inhábil, se entenderá prorrogado dicho plazo al primer día hábil siguiente.
Los licitadores podrán solicitar del órgano de contratación, dentro de los cinco primeros días del plazo de presentación de proposiciones y documentación, cuanta información adicional y documentación complementaria estimen necesaria para la presentación de sus ofertas, debiendo serles facilitada con al menos seis días de antelación a la finalización del plazo de presentación de ofertas (artículo 92.1 del RGLCAP, en relación con el artículo 158.2 del TRLCSP).
XIII.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL Y APERTURA DE PROPOSICIONES
El acto licitatorio se desarrollará, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 a 84 del RGLCAP, en los términos siguientes:
El día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de proposiciones se constituirá la mesa de contratación para la calificación de los documentos presentados en tiempo y forma en el sobre n.º 1, formalizándose el acta correspondiente. Si no existieran deficiencias que subsanar, la apertura del sobre número 2 se efectuará el día siguiente hábil, a las 12:00 horas, en la sala de comisiones xxx Xxxx Provincial.
En otro caso, la mesa de contratación, si observara defectos u omisiones enmendables en la documentación presentada, se lo comunicará a los interesados a través de la plataforma XXXX. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias deberán hacerse públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para la corrección o rectificación de los defectos u omisiones ante la mesa de contratación a través de la herramienta de notificaciones electrónicas de la plataforma XXXX, procediéndose a la apertura en acto público del sobre n.º 2, el quinto día hábil posterior al del vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, a las 12:00 horas, en el salón de comisiones xxx Xxxx Provincial.
XIV.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DESEMPATES
A los efectos de la adjudicación de este contrato, se considerará como oferta económicamente más ventajosa para la diputación, la que obtenga el mayor valor positivo o, en su defecto, el menor valor negativo, tras la aplicación de la siguiente
fórmula:
(Do x Lc) – (0,32 x Nr x De) Siendo:
- Do: descuento ofertado para todos los combustibles sobre el precio del monolito en el momento del repostaje.
- Lc: consumo de combustible (litros) estimado en la zona, según pliego de prescripciones técnicas.
- 0,32: coste medio por kilómetro y vehículo.
- Nr: número de repostajes estimados en la zona, según pliego de prescripciones técnicas.
- De: distancia del centro de trabajo a la estación de servicio.
En todo caso se rechazarán las ofertas de estaciones de servicio sitas a una distancia superior a 10 kilómetros del centro de trabajo de la Diputación en el ámbito territorial del contrato. A estos efectos, se entiende por distancia al centro de trabajo la correspondiente a la ruta por carretera de ancho tal que permita la circulación de todos los vehículos y equipos de esta Deputación, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
Los eventuales empates se resolverán por sorteo público, con ocasión de la apertura de las plicas, o bien, en acto público posterior al que serán convocados los licitadores interesados.
XV.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La mesa de contratación, previa solicitud y análisis, en su caso, de los informes, técnicos o jurídicos, que estime pertinentes relacionados con el objeto del contrato, presentará las proposiciones con el acta correspondiente y la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación para la adjudicación del contrato.
Una vez vista la propuesta de la mesa, el órgano de contratación clasificará las ofertas presentadas y admisibles por orden decreciente de calificación, en atención a los criterios de adjudicación, y requerirá, a través de la plataforma XXXX al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa para la Diputación, para que dentro de los diez días hábiles siguientes al de la recepción de dicho requerimiento aporte la siguiente documentación:
1. Aquella que acredite la personalidad del empresario, mediante NIF o documento que lo substituya. La capacidad de obrar de las personas jurídicas se acreditará, bien mediante la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, bien mediante escritura o documento de constitución, modificación, estatutos o acto fundacional, inscrito, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Los que acudan a la licitación en representación de otro, así como en los casos en que el licitador sea una sociedad o persona jurídica, deberán presentar también escritura de poder para el efecto, validada por el vicesecretario de la Diputación, o por los servicios jurídicos de la misma, y acreditar su personalidad mediante el NIF.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
2. Justificación de la solvencia económico-financiera, mediante la acreditación del volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los últimos tres concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado (considerando como tal el gasto autorizado IVA excluido) del contrato. La acreditación se llevará a cabo mediante las cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil –o registro oficial correspondiente- o, en el caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, mediante los libros inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil, conforme con lo dispuesto en el artículo 11.4.a) del RGLCAP modificado por R.D. 773/2015.
3. Acreditación de la solvencia técnica o profesional, mediante la presentación de una relación de los principales suministros de bienes similares realizadas en los últimos cinco años, acompañada de certificados de buena ejecución para los más importantes, siendo requisito indispensable que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado (considerando como tal el gasto autorizado IVA excluido) del contrato, conforme con lo dispuesto en el artículo 11.4.b) del RGLCAP modificado por R.D. 773/2015.
4. Justificación de encontrarse al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente, presentada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 73 del TRLCSP.
5. Acreditación de constitución de la garantía definitiva exigible.
6. Para las empresas extranjeras, declaración expresa de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan derivarse de este contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiese corresponderles. Las empresas extranjeras no comunitarias, además, deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
Toda la documentación se aportará en original o fotocopia debidamente compulsada. La acreditación de la constitución de la garantía definitiva se hará, en todo caso, aportando documento original.
De no cumplimentarse dicho requerimiento en tiempo y forma, se entenderá que la oferta ha sido retirada, recabándose la documentación indicada del siguiente licitador, de conformidad con el orden de clasificación de las ofertas. Cumplido el requerimiento y en el plazo máximo de cinco días hábiles, el órgano de contratación dictará resolución motivada en la que adjudique el contrato, sin que pueda declararse desierto el expediente cuando exista alguna oferta admisible (artículo 151.3 del
TRLCSP).
No obstante lo anterior y antes de la adjudicación, el órgano de contratación podrá, mediante resolución motivada, renunciar a la celebración del contrato o desistir del procedimiento, en los términos regulados en el artículo 155 del TRLCSP.
La adjudicación será notificada a los licitadores a través de la plataforma XXXX y publicada en el perfil del contratante (xxxx.xxx.xxxxxxxxxx.xx).
XVI.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato, en documento administrativo y, en su caso, en escritura pública, se materializará dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la recepción de la notificación por los licitadores del acuerdo de adjudicación (artículo 156 del TRLCSP). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del TRLCSP, la formalización se publicará, en todo caso, en el perfil del contratante.
XVII.- RESPONSABLE DEL CONTRATO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del TRLCSP, el Jefe del Parque de Maquinaria, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, ostentará la condición de responsable del contrato, con funciones de supervisión de la correcta ejecución de la prestación. Las instrucciones dictadas en interpretación del contrato por dicho responsable, serán vinculantes para el adjudicatario.
XVIII.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, el contrato se ejecutará con estricta sujeción a lo dispuesto en este pliego y en las prescripciones técnicas que sirven de base el contrato y en los artículos 292 a 300, ambos inclusive, del TRLCSP.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 118 del TRLCSP, no se establecen condiciones especiales de ejecución de este contrato.
XIX.- PAGOS Y REVISIÓN DE PRECIOS.
Los pagos se realizarán con periodicidad mensual, en función de los suministros realizados en el periodo correspondiente, contra factura expedida por el adjudicatario debidamente conformada por el responsable del contrato y con sujeción a lo dispuesto en el artículo 216.4 del TRLCSP y concordantes do RGLCAP.
El presente contrato no está sujeto a revisión de precios
En todo caso la facturación deberá realizarse dando cumplimiento a las determinaciones establecidas al efecto en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
XX.- INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son facultades del órgano de contratación la interpretación, modificación, suspensión y resolución del contrato, de conformidad con los artículos 105 a 108, 210 y 211, 219 y 220, 223 a 225, 296, 299 y 300 del TRLCSP.
En particular, podrá modificarse el contrato por incremento en los suministros a realizar, resultando dichas modificaciones obligatorias para el contratista siempre que, en su conjunto, no excedan del 50% del gasto inicialmente autorizado. La aprobación de
dicha modificación exigirá propuesta de los servicios provinciales con sujeción a los precios ofertados por el adjudicatario, audiencia al contratista por el plazo de tres días hábiles y resolución del órgano de contratación. Todo ello sin perjuicio de la obligación de formalizar la modificación y de reajustar la garantía constituida.
XXI.- RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO, LIQUIDACIÓN, PLAZO DE GARANTÍA Y PENALIDADES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA
Realizada la prestación se procederá a verificar la correcta ejecución de la actuación con presencia del contratista y del responsable del contrato, extendiéndose la correspondiente acta. En el supuesto de que el suministro se encuentre ejecutado correctamente, se extenderá acta positiva teniendo por recibida la prestación, comenzando a computarse desde la fecha de levantamiento de dicha acta el plazo de garantía, que será de 1 mes.
Si la prestación del suministro no se encontrase en estado de ser recibida, se dejará constancia en el acta de los defectos advertidos y de las instrucciones dictadas y del plazo concedido para la corrección de aquellos. Transcurrido dicho plazo, si persisten las deficiencias, podrá optar la Diputación entre la resolución del contrato o la concesión de un nuevo plazo de corrección con aplicación de una penalidad por el importe del 3% de la cuantía del contrato, IVA excluido. Todo esto al amparo de lo dispuesto en el artículo 222, en relación con el artículo 212.1 del TRLCSP. Esta previsión será de aplicación a lo largo de toda la vigencia del contrato, de advertirse defectos en el suministro.
XXII.- GASTOS
El adjudicatario quedará obligado a pagar el importe de los gastos de publicidad de la licitación hasta el importe máximo de 1.500,00 € y de cuantos otros gastos se deriven de los trámites de preparación, adjudicación, formalización y ejecución del contrato, incluidos todo género de tributos y precios públicos estatales, autonómicos o locales.
XXIII.- CÓMPUTO DE PLAZOS
De acuerdo con lo dispuesto en la DA 12ª del TRLCSP, todos los plazos que se señalen en días se entienden naturales, a no ser que expresamente se haga constar que se trata de días hábiles.
XXIV.- NORMATIVA APLICABLE Y FUERO JURISDICCIONAL
En todo lo no previsto en este pliego, regirá, en cuanto a la preparación, adjudicación, efectos y extinción del contrato, lo dispuesto en el TRLCSP y en sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado (artículo 19.2 del TRLCSP).
Las controversias que pudiesen surgir entre las partes en el ámbito de este contrato, se substanciarán, de ser el caso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa (artículo 21.1 del TRLCSP), con sumisión expresa de las partes al fuero del domicilio de la diputación.
XXV.- EXPOSICIÓN AL PÚBLICO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Y RECURSOS PROCEDENTES
El expediente de contratación en el que se integra el presente pliego, fue
aprobado por la Presidencia mediante resolución del día de la fecha y queda depositado en el Servicio de Contratación para que los licitadores y demás interesados, puedan examinarlo y formular las observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.
Sin perjuicio de cualesquiera otros recursos que se estimen procedentes, los pliegos de condiciones, los anuncios de licitación y los demás documentos contractuales que establezcan las condiciones que hayan de regir la licitación, serán susceptibles de recurso potestativo de reposición ante la presidencia de la diputación en el plazo de un mes y alternativamente de recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de los anuncios de licitación o, en su caso, de la última publicación (si no fuesen simultáneos).
En cualquier caso, la presentación de reclamaciones y la interposición de recursos no producirá, per se, efectos suspensivos sobre la tramitación del expediente.
Ourense, 15 de febrero de 2018.
EL PRESIDENTE,
Asinado electrónicamente por 34962672G XXXX XXXXXX XXXXXX (R: P3200000B)
Presidente da Deputación de Ourense 26/02/2018 - 13:44:44
Diligencia: examinado el presente pliego de condiciones, se estima conforme a derecho.
Ourense, 15 de febrero de 2018.
EL VICESECRETARIO,
Asinado electrónicamente por XXXXXXXX XXXXXXX XXXX - DNI 00000000X
Vicesecretario 26/02/2018 - 14:12:16
Diligencia: examinado el presente pliego de condiciones, se informa favorablemente.
Ourense, 15 de febrero de 2018.
LA INTERVENTORA,
Asinado electrónicamente por XXXXXXX XXXX XXXXXX - DNI 00000000X
Interventora 27/02/2018 - 13:31:25
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DURANTE EL AÑO 2018 PARA EL PARQUE MÓVIL Y DE MAQUINARIA DE LA DIPUTACIÓN DE OURENSE EN LA ZONA DE INFLUENCIA DE LA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE RSU EN O CARBALLIÑO.
1. OBJETO
El procedimiento de contratación del suministro de combustible tiene como objeto regular las condiciones técnico-económicas obligatorias para desarrollar dicho suministro para los vehículos y máquinas del Parque Móvil y de Maquinaria en la zona de influencia del centro de trabajo de la Planta de Transferencia de RSU en O Carballiño.
El suministro de combustible a contratar incluye los diferentes hidrocarburos utilizados por los vehículos y equipos del Parque Móvil y de Maquinaria, e incluirá a todos los vehículos que conforman la flota así como maquinaria auxiliar de obra, herramientas y otros vehículos que durante la vigencia del contrato puedan incorporarse a la flota.
2. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL SUMINISTRO
El suministro de combustible al Parque Móvil y de Maquinaria de la Diputación Provincial de Ourense es una condición imprescindible para el desarrollo normal de las actividades de los equipos de trabajo y tareas designadas a los mismos.
Las necesidades administrativas a satisfacer mediante la presente propuesta consisten en:
La racionalización del gasto
Un mayor control por parte de la jefatura do Parque Móvil y de Maquinaria
Una mejora de la gestión del consumo de combustible.
El contrato obligará al adjudicatario a la entrega de los combustibles de forma sucesiva y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de firmarse el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la Diputación Provincial de Ourense, definidas estas con carácter estimado.
3. TIPOS DE COMBUSTIBLES
En todas las estaciones de suministro: GASOLINA sin plomo 95, GASOLINA sin plomo 98, GASOLEO A y GASOLEO A de altas prestaciones; y el producto AdBlue.
4. FLOTA
La flota de vehículos de la Deputación Provincial de Ourense está compuesta por turismos, todoterrenos, camiones y maquinas. La cantidad de equipos podrá reducirse o ampliarse de acuerdo con los criterios técnicos de la jefatura del Parque Móvil y de Maquinaria, sin que ello pueda suponer variación alguna en los precios del contrato.
Todos los vehículos realizan desplazamientos de acuerdo a las necesidades de los servicios que prestan, no pudiendo fijarse de modo preciso una frecuencia exacta de repostajes ni volúmenes anuales de carburante.
La flota de vehículos y equipos (Fuente: xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xx/) se compone de:
Turismos en propiedad
Turismos en modalidad de renting
Furgonetas, furgones y furgones mixtos
Todoterrenos
Cabezas tractoras con semirremolque
Camiones volquete y grúa
Camiones brigada caja fija
Camiones brigada volquete
Camiones cisterna
Camiones con equipos de gancho, grúa y remolque
Camiones gravilladora
Camiones volquete
Camiones dúmper 6x6
Vehículos recolectores r.s.u.
Vehículos destinados a viabilidad invernal
Autobús
Camiones bomberos
Palas cargadora xx xxxxx
Retrocargadoras
Excavadora hidráulica
Bulldozer
Motoniveladoras
Miniexcavadora
Minicargadora-barredora
Equipos desbroce y limpieza
Equipos de agricultura
Compactadores
Rodillos
Maquinaria auxiliar de obra
Herramientas
5. ZONA DE REPOSTAJE, LITROS COMBUSTIBLE Y NÚMERO REPOSTAJES A continuación se detallan la zona de repostaje en la cual el procedimiento de contratación para el año 2018 se declaró desierto.
Dicha zona se detalla mediante imagen gráfica y coordenadas del centro de trabajo, así como estimación de litros de combustible a repostar y número repostajes.
1) Planta de transferencia de RSU en O Carballiño
x: 579.468 m
y: 4.700.261 m
COORDENADAS
Xxxxxxxx 0 - Xxxxxxx 000 – XXXXXX (O CARBALLIÑO)
Litros estimados: 89.219,00 Diésel: 86.625,00
Gasolina: 1.312,00
AdBlue: 1.282,00
Número repostajes: 1.117,00
6. MARCO NORMATIVO
Se deberá satisfacer toda la normativa nacional y autonómica de referencia, en lo relativo al desarrollo de actividad de venta al por menor de combustibles a terceros, de las propias especificaciones y características de combustibles, así como de la metrología y control de precios de los productos petrolíferos.
7. ALCANCE DEL SUMINISTRO
El presente contrato tiene como objeto el suministro de combustible para los equipos del Parque Móvil y Parque de Maquinaria en las trece zonas de influencia de los centros de trabajo que la Deputación Provincial de Ourense tiene localizados dentro de la provincia de Ourense.
El consumo medio anual estimado de los diferentes tipos de combustible no puede ser determinado de forma precisa, pero se puede estimar a partir de los datos de consumo de años anteriores, proporcionándose con carácter orientativo referencial.
La empresa adjudicataria estará obligada a entregar a los vehículos el combustible que sea demandado durante la vigencia del contrato, según las necesidades que se precisen en el momento de formalizar el contrato.
8. CONDICIONES GENERALES
El suministro de carburante se realizará en la estación de servicio indicada/as en la oferta de la adjudicataria.
En cada repostaje, la estacion de servicio entregará obligatoriamente un tícket de repostado al conductor del vehículo en el que figuren los datos identificativos de cada suministro, que como mínimo serán los siguientes:
Identificación matrícula y en caso de carecer de esta, identificador del equipo.
Fecha y hora del suministro
Tipo de combustible
Litros suministrados
Código de obra si posee
Kilómetros u horas en el momento del repostaje (dato a aportar por el conductor).
Estación de servicio
Importe total
Persona que solicita el repostaje mediante su firma, nombre y apellido legibles.
En el caso de repostajes en garrafas u otros recipientes, serán los mismos datos anteriores e indicando el equipo al que va destinado el combustible.
En cada repostaje, la estación de servicio se quedará con dos tíckets impresos y firmados en original por los trabajadores con el objetivo de adjuntar los tíckets del repostado en las facturaciones mensuales para poder supervisar ambos tíckets, el
entregado al trabajador y los que gestiona la estación de servicio. Todas las empresas adjudicatarias que no se ajusten a lo exigido, podrán ser excluidas.
En los casos en que los tíckets sean cumplimentados manualmente, estos se ajustarán a lo descrito anteriormente.
La empresa suministradora en cada suministro que se realice, será la responsable de la verificación de los datos, tanto del vehículo como conductor, así como la cumplimentación de todos los datos mínimos identificativos de cada suministro.
En el momento de facturación no serán admitidos los tíckets que no se ajusten a lo descrito con anterioridad.
Quedaran excluidos todos los sistemas de repostaje mediante tarjeta xx xxxxx magnética o sistema similar por la operativa actual del Parque Móvil y por la experiencia práctica con este sistema de los años 2015 y 2016, debido a los motivos principales que a continuación se detallan:
Por normativa legal vigente de las empresas mercantiles que funcionan con este tipo de sistema, nos encontramos en muchas situaciones de trabajadores que se juntan con tarjetas para uso de repostajes de su vehículo, para repostajes de las pequeñas herramientas y para repostajes de las máquinas de obra pública localizadas en los puntos de trabajo, lo que implica que el trabajador utilice como mínimo tres tarjetas en el caso de solo controlar una máquina, que en la práctica controla muchas más, y si le sumamos que cada tarjeta es distinta para cada zona de repostaje, se concluye que el trabajador puede juntarse con diversidad de tarjetas, por lo que consideramos inoperativo dicho sistema para las condiciones de trabajo de los diferentes servicios de esta Deputación.
Por otra banda, y según la operativa administrativa implantada en el Parque Móvil, con el uso del sistema de repostaje mediante tarjeta xx xxxxx magnética o sistema similar es imposible realizar una correcta comprobación de los repostajes realizados cada mes en un período de tiempo corto, por lo que también se considera poco eficiente.
En el caso de equipos del parque de maquinaria en obra con suministros superiores a 1000 litros, se podrá proceder al suministro por medio de vehículo cisterna por cuenta del adjudicatario, pudiendo optar por la colocación de depósito mediante instalación ajustada a la normativa vigente. En estos casos los vehículos cisterna como los depósitos deberán contar con contador volumétrico para la descarga.
La empresa adjudicataria deberá garantizar mediante certificado de empresa propietaria del programa de gestión la imposibilidad de modificar los litros suministrados en cada surtidor por parte del operario de la estación de servicio.
Desde el punto de vista técnico, se deberán satisfacer las vigentes condiciones técnicas en las instalaciones para el subministro y venta de gasolinas y gasóleos de automoción a terceros, así como el resto de la normativa estatal y autonómica vigente en la materia.
En este caso, en el suministro podrá exigirse la acreditación de la trazabilidad del combustible, con el fin de garantizar el cumplimiento de los parámetros de calidad
ofertados por el licitador y exigidos por la normativa vigente.
Serán por cuenta del adjudicatario cuantos gastos se deriven de posibles incumplimientos normativos, así como de la calidad de los combustibles suministrados.
El acceso a la estacion de servicio adjudicataria del contrato estará adaptado para todos los equipos pertenecientes al Parque Móvil y Parque de Maquinaria de esta Diputación, sin ninguna excepción, incluyendo la carga (dimensiones totales) que transporten los equipos, quedando excluidas las estaciones que no cumplan este requisito. Por parte de los servicios técnicos del Parque Móvil de la Diputación Provincial de Ourense se podrán hacer cuantas comprobaciones y pruebas que sean necesarias en las estaciones que resulten adjudicatarias.
9. GESTIÓN DE INFORMACIÓN
Será de obligado cumplimiento para el adjudicatario la existencia de un sistema de gestión de consumos por vehículo y el envío de información, con carácter mínimo mensual en fichero editable, pudiendo la Deputación Provincial de Ourense solicitarla con la periodicidad que desee.
El adjudicatario nombrará un interlocutor a disposición de la Deputación Provincial de Ourense para la gestión de todos los trámites relacionados con la contratación del combustible y prestación del suministro.
El adjudicatario deberá acreditar Licencia municipal de actividad, Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales, Inscripción en el Registro Autonómico de Estaciones de Servicio en la Dirección General de Industria Energía y Minas y Verificaciones Periódicas actualizadas de los surtidores de combustible.
10. CERTIFICACIONES O FACTURACIÓN
El combustible será facturado mensualmente. Se emitirá una factura mensual por cada área o código facilitado por el Parque Móvil y de Maquinaria. En la factura se incluirá información individualizada por matrícula de vehículo, reflejando la estación de servicio, fecha de suministro, hora, litros y tipo de combustible, precio unitario, descuento, importe en euros, IVA, coste total y con posibilidad de que figuren los kilómetros en el momento de repostar.
Las facturas debidamente conformadas por la persona responsable del Parque Móvil y de Maquinaria, serán tramitadas administrativamente para su abono al suministrador.
No
se aceptarán las facturas que adjunten albaranes que no reflejen el código correspondiente y datos identificativos.
Con la facturación, la empresa adjudicataria entregará mediante correo electrónico dirigido a “xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx” en soporte informático (hoja excel), la
información del consumo detallado de los diferentes vehículos que realizasen repostajes sin que ello suponga coste adicional alguno, detallando de la forma que a continuación se detalla los repostajes realizados:
Identificador factura.
Matrícula.
Fecha de la factura
Fecha del repostaje
Tipo de combustible y cantidad en litros de combustible.
Kilómetros u horas (según el equipo) al momento del repostaje.
Período facturado.
Código de obra.
Precio unitario aplicado.
Descuento aplicado.
Importe total, por tipo de combustible e I.V.A. – 21%.
Coste total facturado.
Nombre de la estación de servicio y dirección.
El adjudicatario estará obligado a entregar al Parque Móvil los tickets originales en el momento de la facturación, tanto sea en formato papel o mediante el sistema FACe de facturación electrónica.
No será admitida la facturación (tanto en papel como la facturación electrónica) que no se ajuste en su presentación a lo descrito en los apartados 10, 11 y 12 de esta propuesta.
Ourense, 15 de febrero de 2018.
EL PRESIDENTE
Anexo I
DECLARACION RESPONSABLE
Don con D.N.I. nº. , en representación de la empresa
………………………………………….…………… con CIF: , domicilio en
y teléfono de contacto:
DECLARA:
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la letra c) del apartado 1 del Art. 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ni él ni la empresa a la que representa se encuentran incursos en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades establecidas en el Art. 60 del citado texto legal.
Que los mismos están al corriente en el pago de todas sus obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, y por ello, si fuera propuesto adjudicatario, presentaría ante el órgano de contratación en el plazo concedido para ello, certificados positivos originales, expedidos por la Agencia Tributaria de la Delegación de Hacienda y por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Que la empresa dispone de la capacidad de obrar, de la habilitación empresarial y de la solvencia económico-financiera y técnica exigidas para participar en esta licitación.
Y para que así conste, lo firmo en a de de 2018.
(firma y sello de la empresa)
Fdo: …………………………………….
Anexo II- MODELO DE OFERTA INTEGRAL
«D./D.ª..., con domicilio en..., calle..., núm. ... con DNI núm , mayor de edad, en nombre propio (o en
representación de la empresa..., con domicilio en..., calle... núm ), una vez conocidas las condiciones
exigidas para optar al procedimiento para la contratación del suministro de combustible para el parque móvil y de maquinaria de la Diputación de Ourense en la zona de influencia de la planta de transferencia de RSU en O Carballiño se compromete a realizarlas con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, en las siguientes condiciones:
Descuento para todos los combustibles a suministrar sobre el precio del monolito en cada repostaje | Distancia del centro de trabajo de la diputación - planta de transferencia de RSU en O Carballiño, sita en la parcela 366, del Polígono 5, Xxxxxx (O Carballiño) - a la estación de servicio |
………€/litro (IVA NO incluido) | ……………………. metros |
Lugar, fecha y firma.