ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SUMINISTRO DE PASAJES AEREOS A NIVEL NACIONAL
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SUMINISTRO DE PASAJES AEREOS A NIVEL NACIONAL
SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA
(LEY 80 DE 1993, Ley 1150 de 2007 y el decreto 734 de 2012)
1. DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD ESTATAL.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Tiene como Misión, Fortalecer la debida y adecuada protección de los titulares de derecho de autor y de los derechos conexos contribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto a estos derechos.
La DNDA inculca la noción del derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticas que contribuyen a engrandecer la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, y responde a los retos impuestos por los avances tecnológicos.
Convertimos el conocimiento en oportunidad formando a los funcionarios de la entidad para que sean promotores y difusores del respeto por el derecho de autor y los derechos conexos. Para ello constituimos alianzas estratégicas, a nivel nacional e internacional, con los sectores público y privado para hacer realidad una cultura de respeto por el derecho de autor y los derechos conexos.
Que en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos” en el capítulo III Crecimiento sostenible y competitividad subíndice A. 2 “Propiedad intelectual, instrumento de innovación” nos habla de los impedimentos para la utilización efectiva del sistema de propiedad intelectual dentro de los cuales se destacan limitada promoción y aprovechamiento comercial de las creaciones protegidas por el derecho de autor y las industrias culturales, y la necesidad de modernizar los sistemas de información y la adecuación de la legislación a los retos del entorno digital y las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones. Además en los lineamientos estratégicos de este mismo documento, recomienda implementar un programa de competencia ciudadana
para propender por el respeto al l Derecho de Autor y demás formas de protección y aprovechamiento del conocimiento y la creatividad.
En cumplimiento de la misión y con el fin de fortalecer el Sistema de Propiedad Intelectual de Derecho de Autor e Industrias Creativas a Nivel Nacional, la DNDA formuló un Proyecto de Inversión ante el Departamento Nacional de Planeación para el año 2012, el cual fue aprobado por esté departamento, procediendo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a asignar una partida presupuestal de conformidad con el Decreto No. 4970 del 30 de Diciembre de 2011 por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2012 por valor de $1.415.000.000,oo.
Que de acuerdo a la Metodología General Ajustada (MGA) se formuló el proyecto de inversión para la DNDA, el cual se encuentra en las fichas Estadísticas Básicas de Inversión (EBI) y en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional (BPIN) con código No. 2011-01100-0222 (anexo al presente estudio previo) donde se detalla el proyecto y dentro de una actividad macro denominada “ELABORACIÓN Y DIVULGACIÓN DE CONTENIDOS” relacionados con el Derecho de Autor en la Industria Editorial, Industria Audiovisual, Industria del Software, en materia de conciliación y arbitraje entre otros.
Los contenidos antes mencionados se incluyeron dentro del proyecto de inversión porque es de vital importancia que el conocimiento en el tema de Derecho de Autor sea divulgado y se conozca desde la educación básica, pasando por los estudiantes universitarios, autores, compositores y ciudadanía en general a nivel nacional, a ciudades como Medellín, Barranquilla Armenia, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Ibagué, Leticia, Manizales, Montería, Neiva, Pereira, Popayán, Santa Xxxxx, Sincelejo, Apartado, Arauca, Araracuara, Bahía Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Caucacia, Condoto, Corozal, Guapi, Mitú, Providencia, Puerto Inírida, Puerto Asís, Puerto Xxxxxxx, Puerto Xxxxxxxx, Tame, Quibdó, San Xxxx del Guaviare, San Xxxxxxx, Villa Xxxxxx y Villavicencio entre otras.
Con el objeto de satisfacer estas necesidades de una manera rápida, oportuna y permanente, se requiere el apoyo de una firma que suministre los pasajes aéreos nacionales, preste ocasionalmente el servicio de vuelos charter, apoye en el proceso de definición de itinerarios y reservas y, en general, asesore en relación con servicios conexos o inherentes al asunto y de esta manera se garantice el traslado de los funcionarios y contratistas en el cumplimiento de las comisiones oficiales , de manera que se cumpla oportunamente con la finalidad misional de la entidad, divulgando los contenidos que sean elaborados para su uso por parte de la DNA
Por las anteriores consideraciones, la DNDA ha contemplado la contratación para la adquisición de pasajes aéreos a nivel nacional con el propósito de divulgar los contenidos
anteriormente mencionados, para poder realizar capacitaciones en diferentes ciudades a nivel nacional y por tal motivo se debe garantizar los desplazamientos de los servidores públicos autorizados por el Director General con el fin de apoyar la gestión de la Entidad y así lograr los cometidos estatales.
2. OBJETO A CONTRATAR
Prestación del servicio para el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales, para los funcionarios y los contratistas de LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR, autorizados que deban desplazarse en comisión oficial para realizar la
divulgación de los Contenidos en Temática Autoral, atendiendo la ejecución de las actividades del proyecto de inversión aprobado por el Departamento Nacional de Planeación para la vigencia 2012, y las demás actividades conexas y relacionadas, tales como definición de itinerarios, reservas y ocasionalmente la contratación de vuelos charter, si ello fuera necesario.
2.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL CONTRATO A CELEBRAR.
Para la correcta ejecución y prestación de los servicios objeto del presente proceso, el oferente deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas que se describen en el ANEXO Técnico Condiciones Técnicas Esenciales para la Prestación del Servicio y/o entrega del bien que serán de obligatorio
cumplimiento en caso de resultar favorecido dentro del presente proceso de selección.
3. FUNDAMENTO JURÍDICO
Para el presente proceso de contratación le son aplicables las disposiciones de la Constitución Política de Colombia, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), la Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012, demás decretos reglamentarios y en lo que no esté particularmente regulado en ellas, las normas legales comerciales y civiles colombianas vigentes que sean pertinentes, y demás normas reglamentarias.
3.1 MODALIDAD DE SELECCIÓN – FUNDAMENTO JURÍDICO
La selección del contratista para la contratar los pasajes aéreos que requiera la Entidad para atender sus obligaciones misionales en eventos nacionales e internacionales, se realizará mediante la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA – MENOR CUANTÍA de acuerdo con Artículo 2 númeral 2 literal b) de la ley 1150 de 2007, teniendo en cuenta que por su cuantía y objeto se ajusta a lo dispuesto en la citada Ley.
El numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, establece que: “La selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.”
Para el suministro de tiquetes aéreos, la frecuencia y destinos son un factor circunstancial, que no puede ser determinado ni garantizado con exactitud, ya que varía permanentemente, de acuerdo a las exigencias y circunstancias en las labores rutinarias y actuaciones de carácter misional de los funcionarios de la Entidad, además, el valor mínimo de los tiquetes y el porcentaje de comisión sobre las ventas de estos, se encuentra regulado por la Aeronáutica Civil, y un ofrecimiento por debajo de estos mínimos puede tomarse como competencia desleal.
Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar, sus prestaciones y la cuantía del mismo que asciende a la suma de 96,43 SMLMV, el cual no supera el tope de la menor cuantía en consideración a que el presupuesto anual de la entidad determinado en SMLMV es inferior a 120.000, y la menor cuantía será hasta 280 SMLMV.
El presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 literal b del artículo 2 de la ley 1150 de 2007.
Por lo anterior el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, en virtud de lo establecido en el literal
b) del numeral 2º del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con en el
articulo 3.2.2.1 del Decreto 734 de 2012; y además que las características y condiciones de dicho servicio, no se enmarcan dentro de la definición de características técnicas uniformes.
En materia de publicidad del proceso de selección se debe observar y cumplir lo dispuesto por el Artículo 2.2.5 del Decreto Reglamentario 734 de 2012, referente a la convocatoria pública en los procesos de licitación, selección abreviada y concurso de méritos y lo señalado en el artículo 224 del Decreto 0019 de 2012.
4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Para el correcto desarrollo del objeto contractual, el contratista seleccionado debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
❖ Generales:
a. Obrar con lealtad, responsabilidad y buena fe durante la ejecución del contrato.
b. Cumplir con el objeto y obligaciones del contrato, presentando los informes sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato.
c. Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato y el Director General con el fin de que el servicio se realice a entera satisfacción de la Entidad.
d. Pagar los impuestos a su cargo .
e. Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato.
f. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilaciones innecesarias.
g. No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
h. No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
i. Dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
j. Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que sean sub-contratistas o dependan del contratista.
k. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales.
l. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato.
m. Suministrar todos los recursos técnicos y el apoyo logístico que se requiera para llevar a cabo el desarrollo del contrato.
n. No ceder ni subcontratar el presente contrato, sin la autorización previa y escrita de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, so pena de las sanciones a lugar.
o. Garantizar la calidad de sus servicios.
p. Constituir las garantías requeridas por la entidad.
q. Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
❖ Especificas:
a) Adelantar las gestiones necesarias para la consecución y entrega en forma oportuna de tiquetes aéreos nacionales e internacionales para el desplazamiento de los funcionarios y/o servidores públicos y contratistas de la DNDA.
b) Proveer pasajes y servicios aéreos nacionales en rutas operadas por todas las aerolíneas, con el fin de que por dichos servicios permita a la DNDA, acceder a los beneficios establecidos por cada aerolínea para pasajeros y cuentas corporativas, millas o acuerdos especiales vigentes, los cuales se le trasladarán en su totalidad.
c) Suministrar los pasajes en la medida que la Entidad autorice reservas y expedición de los mismos atendiendo las necesidades o hasta agotar la partida presupuestal asignada, para lo cual deberá aplicarse la tarifa vigente a la fecha de expedición del tiquete. Sobre estas tarifas, igualmente deberá liquidarse los derechos e impuestos que sean exigibles en cada caso, como es el IVA, la tasa aeroportuaria, el cargo por combustible y la tarifa administrativa.
d) Aplicar la tarifa más económica al momento en el que la DNDA realice la solicitud de la reserva del pasaje aéreo nacional.
e) Manejar cuando se requiera tiquetes aéreos electrónicos, para los cuales al momento de viajar solo bastará con la presentación del documento de identidad en cada aerolínea en el counter del Aeropuerto y ello no generara costo adicional para la DNDA ni para la agencia de viajes que se contrate.
f) Efectuar las conexiones, reservas y confirmación xx xxxxxx en los casos que las tarifas y clase lo permitan en los vuelos solicitados por la DNDA. En cumplimiento de lo anterior deberá enviar vía fax o por correo electrónico dentro de las dos (2) horas siguientes al requerimiento que se le haya efectuado la confirmación de la reserva, indicando el costo y clase del pasaje reservado.
g) Disponer el contratista para la correcta prestación del servicio y el suministro de tiquetes, de sistemas de información y comunicación adecuados y eficientes, tales como: correo electrónico; equipo de computadores de la capacidad y velocidad que agilicen las informaciones; líneas telefónicas de acceso inmediato; comunicaciones vía sistema (servicio celular); informaciones vía telefax; call center y por lo menos uno de los siguientes sistemas computarizados de información de distribución: Amadeus y Sabre.
h) Mantener una base de datos actualizada con la información de los tiquetes suministrados y presentar mensualmente al supervisor, un informe por tipo de servicio
(viajes nacionales, usuarios, ciudades de destino), con el valor de los pasajes adquiridos y reembolsos efectuados y el estado de cuenta del contrato con la DNDA.
i) Entregar los tiquetes aéreos en el lugar que indique el supervisor designado para el contrato, sin costo adicional para la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
j) Las demás que se desprendan de la propuesta y que según la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, decretos reglamentarios y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
5. COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, así, entregará toda la información que sea necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual.
6. ANÁLISIS TECNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR DEL CONTRATO
Para soportar el valor de la presente contratación se tuvieron en cuenta las consultas del costo de los tiquetes a los destinos a donde se desplazarían los funcionarios y contratistas para cumplir con el plan de divulgación, anexando estos resultados al estudio previo.
Para efectos de estimar el presupuesto oficial indispensable para la adquisición de pasajes aéreos a nivel nacional tarifa económica, se efectuó un estudio xx xxxxxxx con Avianca, Taca, Lan, para proveer pasajes y servicios aéreos nacionales en rutas operadas por todas las aerolíneas a cualquier destino a nivel nacional a las cuales aplica el descuento directo al momento de emitir el tiquete, acorde con el cuadro ANEXO al presente estudio.
Las tarifas consultadas en el estudio xx xxxxxxx se realizaron a las siguientes ciudades y atendiendo las condiciones que oferta el mercado aéreo, así: en vuelos comerciales de amplía demanda como Avianca, Taca y Lan a las principales ciudades del país como Armenia, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Ibagué, Leticia, Manizales, Montería, Medellín, Neiva, Pereira, Popayán, Santa Xxxxxx.
El resultado del análisis de antecedentes, estudio xx xxxxxxx y consulta de precios se encuentra anexo al presente estudio previo. (Ver anexo).
6.1 Variables para calcular el presupuesto
Los precios de los tiquetes varían al momento de su adquisición dependiendo del número de pasajes aéreos, fecha de compra, horario de vuelo, itinerario, disponibilidad de cupos, promociones del día, costos administrativos, impuestos y otros considerados acorde con el objeto.
7. PRESUPUESTO ESTIMADO
Luego de valorar las necesidades de la Entidad para atender la divulgación de los contenidos relacionados con el Derecho de Autor en la Industria Editorial, Industria Audiovisual, Industria del Software, en materia de conciliación y arbitraje entre otros, producto de la ejecución del proyecto de inversión aprobado para la vigencia 2012 y realización de estudios xx xxxxxxx, se estableció como presupuesto oficial estimado la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS
($54’650.000,oo) M/CTE IVA incluido, tasas y demás impuestos, el cual se encuentra respaldado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 9012 del 04 xx xxxxx de 2012 Rubro C-520-406-1 Fortalecimiento al Sistema de Propiedad Intelectual de Derechos de Autor e Industrias Creativas a Nivel Nacional expedido por la Subdirectora Administrativa.
8. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato que se suscriba será el que corresponda a la fecha de legalización y perfeccionamiento del contrato y máximo el 31 de diciembre de 2012 o hasta agotar el presupuesto de inversión designado al presente proceso. Su ejecución se realizará en Bogotá, D.C., en conexión con todas las ciudades a nivel nacional a donde haya lugar comisiones en ejercicio de las funciones de los servidores públicos de la Entidad autorizados para desplazarse y en cumplimiento de la divulgación de los contenidos producto de las actividades a realizar con el proyecto de inversión aprobado para la vigencia 2012.
9. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE
La Dirección Nacional de Derecho de Autor, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, seleccionará el ofrecimiento más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas, lo que permite asegurar una selección objetiva y la escogencia del ofrecimiento más favorable para la entidad, teniendo en cuenta para el efecto lo dispuesto por el artículo 5 de la ley 1150 de 2007.
En primera instancia, serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgara puntaje alguno a los proponentes: CAPACIDAD JURIDICA, CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD
TÉCNICA (Experiencia y Requisitos técnicos mínimos). La verificación de tales de factores será CUMPLE/ NO CUMPLE y habilitarán a los proponentes para participar en la segunda fase del proceso.
9.1. REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES
9.1.1 EXPERIENCIA PROBABLE DEL PROPONENTE
De acuerdo con lo establecido en el numeral 10 del artículo 2 y artículo 31 y siguientes del decreto 1464 de 2010, la Experiencia Probable es la experiencia del proponente derivada del tiempo en que ha podido ejercer la actividad. Por tanto para acreditar la experiencia probable, el proponente, deberá acreditar una experiencia probable de acuerdo con el certificado del RUP de mínimo 50 puntos. Para el caso de los Consorcios o Uniones Temporales cada integrante individualmente considerado deberá cumplir con este requisito, al igual que la persona natural que pretenda participar en el presente proceso.
9.1.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE.
El proponente deberá presentar TRES (3) certificaciones de contratos que hayan sido ejecutados y terminados en Colombia en los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, cuyo objeto sea igual o similar al del presente proceso y cuya sumatoria sea igual o superior al presupuesto oficial del presente proceso expresado en SMLMV.
9.1.3 ORGANIZACIÓN DEL PROPONENTE.
El proponente debe presentar con su propuesta un documento en el que se describa de manera clara y precisa lo siguiente:
• El proponente debe tener sus instalaciones ubicadas en la ciudad de Bogotá, D.C.
• Indicar la(s) dirección(es), número telefónico, fijo y celular, fax, e-mail
• Descripción de las instalaciones con que cuenta para prestar el servicio.
• Organigrama
• Personal
• Otros considerados por el proponente
Para el presente proceso, la capacidad de organización será 99 SMMLV, como Proveedor.
Para Consorcios, uniones Temporales u otra forma de asociación, cada uno de sus integrantes deberá cumplir individualmente con la capacidad organizacional (Co) exigida, proporcional a su porcentaje de participación.
NOTA: Esta información será tomada del Registro Único de Proponentes.
9.1.4 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO.
El oferente deberá presentar el correspondiente certificado de inscripción en el registro nacional de turismo expedido por la Dirección General del Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el que conste que se encuentra inscrito en dicho Registro, de conformidad con lo establecido en la Ley 300 de 1966 y su Decreto Reglamentario 504 de 1997.
NOTA: El certificado debe estar vigente a la fecha de presentación de la oferta y mantenerse vigente durante la suscripción y ejecución del contrato resultante del presente proceso.
9.1.5 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO IATA
El oferente deberá presentar la licencia de funcionamiento vigente de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo IATA. Se aceptará como documento supletorio, la presentación de los dos (2) últimos pagos de reportes (anexar la factura general y el comprobante de pago).
NOTA: El certificado debe estar vigente a la fecha de presentación de la oferta y mantenerse vigente durante la suscripción y ejecución del contrato resultante del presente proceso.
9.2 PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará a través de un estudio jurídico, financiero, económico y técnico, el cual se realizará dentro de la fecha establecida para el efecto en el cronograma que rige el presente proceso.
Tal procedimiento, comprenderá una verificación inicial respecto del cumplimiento en los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, capacidad financiera, condiciones de experiencia, capacidad técnica) cuyo resultado será HABILITA O INHABILITA.
9.2.1 PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS ELEGIBLES.
Una vez la DNDA haya determinado que la (s) propuesta (s) cumplan los requisitos habilitantes, se catalogará como HABILITADA y se procederá a su evaluación y comparación.
La oferta más favorable para la entidad será aquella que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la evaluación de los criterios establecidos en el presente pliego de condiciones, por tanto, la ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se hará con base en un máximo de MIL (1000) puntos distribuidos de la siguiente forma:
FACTOR | PUNTAJE |
Otorgamiento xx Xxxxxx | 300 puntos |
Sucursales Adicionales de la Agencia de Viajes | 300 puntos |
Valores Agregados | 200 puntos |
Seguro Adicional contra Accidente en Vuelo | 200 puntos |
Total puntaje | 1000 puntos |
Nota: La ponderación de las ofertas aplicará únicamente a aquellas que hayan sido habilitadas con base en el cumplimiento de los requisitos habilitantes contemplados en el presente estudio previo de conveniencia y oportunidad.
9.2.2 OTORGAMIENTO XX XXXXXX 300 puntos
Los oferentes garantizan que de acuerdo con los convenios vigentes suscritos con las aerolíneas, permitirán que se efectúe la acumulación xx xxxxxx a nombre de la DNDA, dando así derecho a millas redimibles en tiquetes. Para lo anterior el oferente anexara a su propuesta una carta en la que manifieste este compromiso. Se asignaran 300 puntos.
9.2.3 SUCURSALES ADICIONALES DE LA AGENCIA DE VIAJE 300 puntos
La DNDA mediante el Certificado de Existencia y Representación legal, aportado por los oferentes, verificara las sucursales adicionales a las solicitadas en las especificaciones técnicas, que el oferente tenga matriculadas, y se asignara el puntaje de la siguiente manera, hasta un total de 300 puntos así:
No. ADCIONAL DE SUCURSALES | PUNTAJE |
De 1 a 2 sucursales | 100 puntos |
De 3 a 4 sucursales | 200 puntos |
Mas de 4 sucursales | 300 puntos |
9.2.4 VALORES AGREGADOS 200 PUNTOS
CRITERIO | PUNTAJE |
PROMOCIONES, DESCUENTOS, ENTRE OTROS | 200 |
El proponente deberá explicar de forma clara y concreta los servicios adicionales o valores agregados que ofrecerá con el fin de mejorar su propuesta, explicando el alcance, cobertura, durabilidad, condiciones de otorgamiento y frecuencia de los plus ofrecidos.
Por cada valor agregado ofrecido se le asignarán 50 PUNTOS hasta completar el máximo puntaje de 200 PUNTOS.
NOTA: Se aclara que el ofrecimiento por parte del proponente, no genera mayor costo en la ejecución del contrato.
9.2.5. SEGURO ADICIONAL CONTRA ACCIDENTE EN VUELO 200 puntos
El oferente que brinde un seguro adicional, gratuito y automático, contra accidente en vuelo, diferente al otorgando por la aerolínea, debe mencionar el valor de dicho seguro y cubrir como mínimo los siguientes amparos:
• Muerte accidental
• Invalidez
Se asignaran 200 puntos distribuidos de la siguiente manera:
MONTO SEGURO | PUNTAJE |
Entre 100 y 300 millones | 50 puntos |
Entre 301 y 500 millones | 100 puntos |
Entre 501 y 1000 millones | 150 puntos |
Más de 1000 millones | 200 puntos |
9.3 FACTOR ECONOMICO
Los precios de los tiquetes requeridos por la entidad no son objeto de ponderación en razón a que los componentes (tarifa, impuesto de combustible, tasa aeroportuaria, IVA, cargo administrativo) son refrendadas por la Aeronáutica Civil y dependen de la temporada, el precio del combustible y la antelación de la solicitud de compra, entre otros aspectos.
Este factor corresponde al precio ofertado por el proponente para la ejecución total del objeto contractual, e incluye todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos y gastos
de toda índole en que los proponentes puedan incurrir para la presentación de su oferta, suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato resultante de este proceso de selección, que estarán a cargo del proponente o contratista.
Por lo anterior la DNDA contratara el valor total del presupuesto oficial disponible para el presente proceso, por lo que los oferentes deberán proponer como valor de su propuesta la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS PESOS ($54.800.000)
M/CTE., incluido el IVA, tasas e impuestos.
10. SOPORTES PARA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES SIN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.
Para el estudio e iniciación del proceso contractual, se analizan los riesgos previsibles que afectan directamente la ejecución contractual del servicio requerido.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el numeral 6 del artículo 2.2.1 del Decreto 734 de 2012, se establecen los siguientes riesgos:
# | Tipificación | Evento | Severida d | Frecuenc ia | Asignación al contratista | Asignaci ón a la Entidad |
1 | Tributarios | Los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación tributaria, la creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta | Mínima | Poco probable | X En el 100% deberá soportar los riesgos tributarios | |
2 | Operacional | Cambio de fechas, horarios por problemas de clima que obliga a cerrar el aeropuerto. | Mínima | Mínima | X 100% ofreciendo otra alternativa de vuelos a nombre del mismo funcionario | |
3 | Operacional | Aquellos relacionados con el no cumplimiento de la agencia con las aerolíneas el 100% debe ser asumido por parte del contratista | Mínima | Mínima | X 100% | |
4 | Operacional | La demora o dificultad en el envió de los correos electrónicos y/o tiquetes aéreos en el email o dirección que ordene la DNDA | Mínima | Mínima | X 100% | |
5 | Operacional | Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de las | Mínima | Mínima | X 100% |
variaciones en los precios de tiquetes, cuando éstos se hayan solicitado con tiempo con la tarifa más baja. | ||||||
6 | Financiero | Incumplimiento en el pago en la fecha establecida | Mínima | Poco probable | X 100% | |
7 | Jurídica | No realizar el servicio en la fecha y lugar solicitados | Crítica | Probable por los cambios de clima | X 100% ofreciendo otra alternativa de vuelos a nombre del mismo funcionario que se expidió el tiquete | |
8 | Jurídica | El servicio exigido por la entidad no cumplen con las necesidades | Catastróf ica | Poco probable | X 100% | |
9 | Jurídica | Que el contratista no pueda dar cumplimiento total o parcial a la ejecución del contrato. | Catas trófica | Poco probable | X 100% | |
10 | Técnico | Hechos de la naturaleza | Crítica | Improbabl e | X 100% |
11. MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO:
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1.1 y siguientes del decreto 734 de 2012, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a su xxxxx y a favor de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y los demás riesgos asociados, la cual consistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que contenga los siguientes amparos:
a) Cumplimiento: por un valor correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, la cual deberá amparar además
b) Salarios y prestaciones sociales: por un valor correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres
(3) años más, contados a partir de la fecha de firma del contrato.
c) Calidad del servicio: por un valor correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
12. INVITACION MYPES Y MIPYMES
De conformidad con lo dispuesto al Capítulo I del Título IV del Decreto 734 de 2012, es de anotar que realizada la conversión xxx xxxxx a moneda Nacional según la tasa cambiaria
válida a la fecha de convocatoria del presente proceso de selección, se tiene que el presupuesto oficial correspondiente a CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/L ($ 54.800.000) IVA incluido, tasas e impuestos, es inferior a la suma de SETENTA Y CINCO MIL DOLARES (US 75.000), en consecuencia es procedente dar a aplicación a lo dispuesto al Capítulo I del Título IV del Decreto 734 de 2012, respecto a la convocatoria de MYPES y MIPYMES.
13. INDICACIÓN SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
Para dar cumplimiento al numeral 8 del artículo 2.1.1 Estudios y documentos previos… sobre la verificación a que se refiere el parágrafo 1º del artículo 8.1.17 del Decreto 734 de 2012. Se procedió a verificar el portal Único de Contratación y en la página del Ministerio de Comercio Industria y Turismo y se corroboró que los bienes y servicios a contratar no tienen regulación especial derivada de tratados de libre comercio vigentes.
14. SUPERVISIÓN
El supervisor del contrato resultante de la presente contratación designado por el Director General será la Coordinadora del Grupo de Compras o quien haga sus veces, de la Dirección Nacional de Derecho de Autor
El presente estudio previo se expide a los cuatro (04) días del mes xx xxxxx de 2012.