CONTRATO DE ALQUILER
Nº contrato:
CONTRATO DE ALQUILER
Desde el inicio de las gestiones para realizar la reserva de una autocaravana, las siguientes condiciones de alquiler son de aplicación y pasan a formar parte del contrato de arrendamiento del vehículo que se formalizará entre ambas partes: la empresa TRAVEL LIVE VAN, en adelante arrendador y USTED, en adelante arrendatario.
Condiciones generales de alquiler de TRAVEL LIVE VAN,
1. Ámbito de aplicación, contenido del contrato, derecho aplicable
1.1 Las presentes condiciones generales serán válidas para todos aquellos contratos de alquiler de autocaravanas o furgonetas camper entre TRAVEL LIVE VAN y sus clientes, rigiendo las relaciones contractuales entre ambos, junto con los contratos que pudiesen firmar las partes, señalando las condiciones particulares de cada caso concreto (bien para formalizar reserva u otro servicio).
1.2 El objeto del contrato formalizado con el arrendatario, es únicamente la entrega en régimen de alquiler de la autocaravana, en su caso, de los accesorios extras y opcionales ofrecidos por el arrendador y reservados por el cliente con anterioridad.
1.3 En caso de reserva, entre el arrendatario y el/los arrendador/es se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará el mismo su viaje y utilizara el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un periodo indeterminado debido a un uso continuado.
1.4 Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizaran por escrito, ya sea por vía telemática, postal o presencial.
2. Edad mínima, conductores autorizados
2.1 El arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener como mínimo 25 años, y estar en posesión de un permiso de conducción clase B con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional correspondiente. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor correspondiente a este tipo de vehículos. Por cada conductor adicional se abonará la cantidad diaria establecida en la lista de precios vigentes del arrendador.
2.2 Los vehículos del arrendador tienen un peso total igual o inferior a las 3,5 toneladas, siendo necesaria la posesión de un permiso de conducción de clase B para circular con los mismos.
2.3 La posesión de un permiso de circulación clase B, resulta requisito indispensable e imprescindible para la formalización del contrato. En caso de que el mismo no se posea, o no se haya poseído en algún momento, facultará a TRAVEL LIVE VAN para resolver el contrato.
2.4 Tan solo podrán conducir el vehículo el arrendatario y los conductores mencionados en el contrato de alquiler y que cumplan las condiciones previstas en el apartado 2.1 de este documento. En el momento de la reserva del vehículo, el conductor titular está obligado a enviar al arrendador copia en vigor de los siguientes documentos:
- Documento nacional de identidad (DNI), o en su defecto pasaporte.
- Carnet de conducir europeo, en su defecto carnet de conducir internacional
- Factura o recibo actualizado (2 meses max.) de suministro doméstico (teléfono, agua, electricidad, banco, etc,…) que confirme su domicilio. En el momento de la recogida del vehículo será obligatorio presentar los originales de dicha documentación. El cliente autoriza expresamente al arrendador que las consecuencias económicas de cualquier infracción personal cometida durante el tiempo que dura el alquiler será cargado en su tarjeta de crédito en los siguientes doce meses.
3. Precios de alquiler y cálculo, duración del alquiler
3.1 Los precios de alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. El periodo mínimo establecido de alquiler durante determinadas épocas del año, también se deriva de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de firmar el contrato. En función de los días de alquiler reservados, serán validos los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cuantía también se puede consultar en la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato.
3.2 Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato.
3.3 El alquiler mínimo es de tres (3) días y máximo de cuarenta y cinco (45) días.
3.4 Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA vigente, kilometraje ilimitado (en alquileres de más de 5 días), seguro a todo riesgo según la correspondiente cobertura del seguro (véase más abajo apdo. 11), garantía de movilidad del fabricante del chasis-cabina o compañía aseguradora. En alquileres de períodos inferiores se permite un máximo de 300 Km diarios con un coste de 0,30 euros más IVA por kilómetro de exceso. El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas o sólo si las superan por causas imputables al arrendador.
3.5 El periodo de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario en el centro de alquiler y finaliza con la recogida del vehículo por parte del arrendador del centro de alquiler.
3.6 Si cumplido el tiempo estipulado en cada contrato particular, el arrendatario devolviese con retraso la autocaravana, ello facultará al arrendador para cobrarle una tarifa de 60€ más IVA al arrendatario, por cada hora de retraso (pudiendo cobrar cada día, como máximo, 500€ más IVA).
3.7 En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el periodo de alquiler contratado, se deberá igualmente pagar el precio íntegro de alquiler acordado contractualmente, sin que venga obligado el arrendador a devolver al cliente cantidad alguna.
3.8 La autocaravana se entrega con el depósito de combustible y Adblue lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrara 3€
brutos por litro de combustible diesel. El arrendatario correrá con los gastos de carburante, Adblue y mantenimiento durante el periodo de alquiler. El combustible del vehículo es sólo DIESEL, excluyendo el uso de biodiesel, expresamente prohibido. Serán de cuenta del cliente todos los gastos que se ocasionen como consecuencia de usar un combustible distinto a DIESEL. El depósito de Adblue solo se podrá rellenar en gasolineras y se deberá de adjuntar al arrendador el ticket de pago. Si el vehículo no se devuelve con el depósito de Adblue completamente lleno, el arrendador le cobrará al arrendatario los costes de repostaje, además de un recargo de 0.50 € más IVA por litro.
3.9 Para devolver el vehículo en un lugar distinto al de recogida, se requerirá un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio que se pactara antes de la recogida de la autocaravana.
4. Reserva
4.1 Las reservas solo serán vinculantes tras la confirmación del arrendador, según el apdo. 4.2 y exclusivamente para grupos de vehículos, no para modelos de vehículos o vehículos concretos. Esto también será válido cuando en la descripción del grupo de vehículos se indique a modo de ejemplo un vehículo concreto.
4.2 Una vez que el arrendatario haya pagado un depósito del 30% del importe total del alquiler como señal, la reserva será vinculante para ambas partes. En caso de que el cliente rescinda la reserva vinculante, este último deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a partir de la primera reserva confirmada:
Si se comunica la anulación antes de 30 días del inicio del alquiler….50% de la reserva. Si se comunica entre 30 y 16 días antes del inicio del alquiler… 80% de la reserva.
Si se comunica con menos de 16 días antes del inicio del alquiler….100% de la reserva.
4.3 Es posible cambiar la fecha de su alquiler una única vez, bajo acuerdo expreso con TRAVEL LIVE VAN. Para que sea válido, hay que avisar del cambio, como mínimo, con 15 días. Hay que informar de la nueva fecha elegida en el momento del cambio y esta tiene que estar dentro de los 6 meses siguientes contando desde el primer día de alquiler original. Este cambio solo será posible si la nueva fecha elegida está disponible y se adaptará al precio de la temporada. Este servicio conlleva un sobrecargo del 20% del total de su alquiler siempre con un mínimo de 100 € más IVA.
5. Condiciones de pago fianza
5.1 El precio del alquiler previsto en función de las fechas de reserva se deberá pagar antes de la salida.
5.2 A más tardar, en el momento de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá abonar la cantidad de 700€, mediante tarjeta de crédito, en concepto de fianza y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones de este contrato.
5.3 En caso de reservas a corto plazo (menos de 14 días antes de la fecha de alquiler), la fianza y el precio del alquiler vencerán de inmediato.
5.4 La fianza será devuelta a partir de las cuarenta y ocho (48) horas laborales siguientes a la devolución del vehículo y después de ser examinado el vehículo por el arrendador o un responsable de la empresa arrendadora, el cual en caso de desperfectos por mal uso o falta de alguno de los elementos del inventario de entrega, dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 60 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo y el vehículo se reparará en un taller elegido por el arrendador. Si se cubre uno o más partes de accidentes, el arrendatario deberá de abonar tantas franquicias como partes presente.
5.5 La fianza será utilizada para cubrir el coste de cualquier pérdida o daño del equipamiento, complementos, extras, reparaciones o daño negligente en vehículo o extras alquilados.
5.6 El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:
A. Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, sin la autorización del arrendador.
B. El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de este contrato de alquiler, a no ser que se hayan originado por culpa del arrendador.
C. En el supuesto de que por culpa del arrendatario fuese el vehículo retenido, paralizado, precintado, depositado, embargado o de cualquier manera inmovilizado por cualquier causa, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
X. Xxxxxx incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.
E. El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes y no están asegurados los daños ocasionados en el interior de la vivienda por el mal uso de la misma por parte del arrendatario, estando este obligado a hacerse cargo del importe total de los mismos). En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 700€ por siniestro.
5.7 Todos aquellos daños causados a un tercero o al arrendador no cubiertos por el seguro del vehículo y que sean evaluables económicamente en ese momento, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5.4.
5.8 Si el arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicaran intereses por demora de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
6. Entrega y devolución del vehículo
6.1 Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el arrendador en el punto de entrega. Asimismo se elaborará un acta de entrega (check in) en el que se describirá el estado del vehículo e inventario a bordo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción de manejo del vehículo.
6.2 Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final del vehículo en el punto de alquiler. Se elaborará un acta de devolución (check out), que deberán firmar el arrendador y el arrendatario. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del arrendatario, además el arrendador tendrá 48 horas después de la devolución del vehículo para realizar otra inspección exhaustiva; los desperfectos que se encuentren que no estén en el acta de entrega correrán a cargo del arrendatario.
6.3 Por norma general las entregas de los vehículos se efectuarán de lunes x xxxxxxx, se realizará a las 12:00 horas del día contratado, pudiendo las partes acordar otro horario. La devolución deberá realizarse, como máximo, antes de las 12:00 horas del último contratado. Los horarios que aparezcan en el contrato de alquiler se considerarán los acordados. El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas o sólo si las superan por causas imputables al arrendador.
6.4 Los retrasos en la devolución, no autorizados, se tarifarán según la cláusula 3.6. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que este la acepte, en caso contrario se considerará retraso no autorizado.
6.5 Si el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de tres días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prorroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto este último ningún compromiso previo alguno.
6.6 Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo o en las presentes condiciones generales.
6.7 En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, entrega por buzón o no disponibilidad, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el arrendador.
6.8 El vehículo se devolverá limpio exterior e interiormente y con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos. En caso contrario se le cobrará al arrendatario un suplemento de 100€ más IVA.
6.9 El hecho de llenar el depósito de agua potable con diesel u otro combustible, o el depósito de diesel con agua u otro combustible, implicara una penalización de 600€ + IVA.
7. Usos prohibidos, obligaciones de mantenimiento y protección
7.1 El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:
A. No permitir que lo conduzcan otras personas más que el mismo o las que expresamente estén autorizadas.
B. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
C. No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
D. No transportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos, explosivos o inflamables, ni encender o utilizar velas en el interior del vehículo.
E. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes
F. No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos
G. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga, enfermedad o uso de medicamentos.
H. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
I. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
X. Xx desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
K. No circular fuera de los siguientes países, sin la autorización expresa del arrendador: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Croacia, Rep. Checa, Chipre, Dinamarca, Estonia, Rep. Eslovaca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza. La no comunicación del uso del vehículo en cualquiera de los
anteriores países dará lugar a la pérdida de la fianza.
L. Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.
M. Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
N. Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción de este artículo, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación. En caso de pérdida de las llaves o de la documentación de vehículo el arrendador cargará al arrendatario la calidad de 200€ + IVA.
Ñ. Para viajar a Portugal es necesario la utilización de un dispositivo de telepeaje. Los cargos de los peajes tanto de autopistas como autovías en cualquier país correrán a cargo del arredatario. La no comunicación del uso del vehículo en territorio luso dará lugar a la pérdida de la fianza.
O. No utilizar aparatos con más potencia que la que indica el inversor (600W). En caso de hacer un mal uso de este, el arrendatario correrá con los gastos de los desperfectos sufridos en el mismo. El arrendador no se hará cargo si se produce alguna posible avería en los aparatos electrónicos utilizados por el arrendatario.
7.2 El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana de alquiler está en perfectas condiciones para circular con seguridad. Si
resultase dañado el vehículo como consecuencia de un sobrecalentamiento debido a niveles bajos de aceite o refrigerante del motor, el cliente perderá íntegramente la fianza
7.3 Está prohibido fumar en todos los vehículos. Se podrá llevar animales de compañía siempre que el arrendador haya dado su autorización expresa bajo sus condiciones. Los gastos de limpieza, derivados de cualquier incumplimiento, correrán a cargo del arrendatario. Asimismo, este último deberá asumir los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.
7.4 En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apdos. 7.1, 7.2 y 7.3, el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler, solicitar la devolución del vehículo y el arrendatario vendrá obligado a abonar la totalidad del precio del arrendamiento así como los gastos que en los citados apartados se relacionan.
8 Comportamiento a seguir en caso de accidente
8.1 En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales xx xxxx, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía y al arrendador llamando al número de teléfono del centro de alquiler, a más tardar el día laboral siguiente al día del accidente. El arrendatario estará obligado a abonar todos los daños o perjuicios que provoquen la falta o el retraso en la comunicación al arrendador de cualquiera de estas eventualidades.
8.2 Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la "Declaración Amistosa de Accidentes", teniendo en cuenta que ésta deberá estar refrendada por las compañías aseguradoras intervinientes en el litigio. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre, la dirección y teléfonos de las personas implicadas, sus datos del carnet de conducir, los datos del contrario con el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados.
8.3 En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.
8.4 Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no elabora el informe, no importa cuál sea la razón, e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente de su totalidad.
8.5 No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.
8.6 En caso de incumplimiento por el cliente de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario los daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante del arrendador durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
9. Defectos de la autocaravana
9.1 Xxxxxx excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.
9.2 El arrendatario deberá indicar lo antes posible y por escrito al arrendador los defectos que haya detectado en la autocaravana o su equipamiento una vez iniciado el periodo de alquiler. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad.
l0. Reparaciones y vehículo de recambio
10.1 El desgaste mecánico normal de vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizaran las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.
10.2 El arrendatario vendrá obligado a detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de asistencia concertada por el arrendador y sólo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.
10.3 El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el periodo de alquiler y que no superen los 150 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño según el apdo. 11. Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos, llantas, lunas y cristales del vehículo ocurridos durante el plazo de duración del arrendamiento, que serán siempre y en cualquier caso de cuenta del arrendatario.
10.4 En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (p. ej. Infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.
10.5 En el caso de cualquier avería del vehículo o de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.
10.6 En caso de que sin culpa alguna por parte del arrendatario, la autocaravana sufra graves daños, se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un período superior a 48 horas o se deba retirar de la circulación y el cliente se encuentra en un radio de 300 kilómetros del centro de alquiler, el arrendador, si tuviera disponibilidad, deberá poner a disposición del arrendatario en un plazo máximo de 48 horas, un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, quedaría excluida una rescisión del contrato y por tanto debe de ser aceptado por el cliente el nuevo vehículo, sin obligación por parte del arrendador de indemnizar los posibles perjuicios o daños causados al cliente.
10.7 En caso de que siendo culpable el arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante largo periodo de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario, quien vendrá obligado a abonar la totalidad del precio del arrendamiento, además de los gastos que su actuación hubiera producido. Si el arrendador tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario un vehículo de recambio, podrá cobrarle al arrendatario los eventuales gastos derivados de ello.
11. Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo
11.1 El arrendador tiene suscrita una póliza de seguro para el vehículo arrendado. El pago de dicha póliza está incluido en el precio del arrendamiento. Según los principios de dicho seguro, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al cliente de la responsabilidad de los daños materiales sufridos en el vehículo, con una franquicia de 700 Euros, que deberá asumir el arrendatario. Se entrega copia del número de póliza al arrendatario en este acto, según indica el presente contrato firmado por las partes en prueba de conformidad con lo anterior. El arrendatario se obliga a cumplir las condiciones particulares y generales del seguro.
11.2 El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso o culposo.
11.3 La eximente de la responsabilidad indicada en el apdo. 11.1 no tendrá efecto si el arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos de los apartados 7 y 8.
11.4 El arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso o culposo en los siguientes casos:
A. Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del país donde esté circulando.
B. Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
C. Si el arrendatario o el conductor, a quién el arrendador a dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
D. Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apartado 8, no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos de daño ni en el alcance de este último.
E. Si los daños se deben a un uso prohibido en el apartado 7.1.
F. Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el apartado 7.2.
G. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo.
H. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).
I. Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional
11.5 El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a éste último.
11.6 En caso de ser varios los clientes y/o conductores, todos estos responderán en calidad de deudores solidarios.
12. Responsabilidad del arrendador, prescripción
12.1 El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.
12.2 Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.
12.3 El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador durante el periodo de alquiler de la autocaravana.
12.4 Los vehículos pueden disponer de un sistema para su localización y monitorización del estado del vehículo.
12.5 Serán válidas las Condiciones Comerciales Generales expuestas en el centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler.
12.6 Las presentes “Condiciones Generales de Alquiler” vinculan a las partes desde el momento inicial de hacer la reserva y son parte integrante del contrato de arrendamiento de vehículos.
12.7 El contrato de entrega y devolución de la autocaravana que contiene el check in y check out son parte integrante del contrato de arrendamiento de vehículos. El cual se le facilitará una copia al arrendantario si lo solicita.
13 Ley de Protección de datos.
En cumplimiento de la LOPD/ 1999 y de la normativa que la complementa y desarrolla, los datos de carácter personal
del arrendatario, facilitados por él mismo en virtud de este documento y/o cualquier parte integrante del contrato de arrendamiento, serán incorporados a un fichero automatizado cuya titularidad y responsabilidad ostenta el arrendador, autorizando el arrendatario a la utilización y tratamiento de los mismos en relación con el desenvolvimiento del arrendamiento convenido, así como con fines informáticos y promocionales, incluyendo, expresamente, aquellas comunicaciones que, en su caso, pudieran realizarse por medio de
correo electrónico. El interesado podrá ejecutar respecto a sus datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición, así como revocar en cualquier momento las autorizaciones concedidas, dirigiendo, para ello, comunicación al domicilio del arrendador: Xxxxxxx xxx Xxxxxxx 00 00000 Xxxx, Xxxxxxx (X Xxxxxx).
14. Jurisdicción
En caso de litigios derivados o relacionados con cualquiera de los actos relativos a la reserva o el contrato de alquiler
de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea la de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de A Coruña (España).
En el caso de posible discrepancia entre las versiones español/inglés de las presentes condiciones generales, prevalecerá la versión española.