BANCO CENTRAL DEL URUGUAY
Resolución del Sr. Gerente de Servicios Institucionales de 29 xx xxxxxx de 2008:
I. Adjudicar el llamado a Licitación Abreviada Nº 113/07 cuyo objeto es:”Contratación de una empresa que brinde servicios en las áreas de medicina, odontología y psicología” a la propuesta presentada el 12 xx xxxxxx de 2008 por la empresa XXXXXXX S.A. (SEMM) por un importe total de $ 90.750,00 mensuales impuestos incluidos.
II. La presente adjudicación se realiza en un todo de acuerdo a las bases que rigieran el mencionado procedimiento licitatorio y a las ofertas de la empresa adjudicatarias en cuanto no se oponga a las mismas.
BANCO CENTRAL DEL URUGUAY
AREA DE SERVICIOS Y SEGURIDAD LICITACION ABREVIADA Nº 113/07
OBJETO:
Contratación de una empresa que brinde servicios en las áreas de medicina, odontología y psicología.
Los servicios a contratar refieren a:
1) Certificaciones Médicas, Juntas Médicas e Informes Médicos
2) Certificaciones Odontológicas, incluidas las endodoncias y ortodoncias
3) Certificaciones en Psicodiagnósticos, Psicoterapias, Tratamientos Psicomotrices, Psicopedagógicos y Fonoaudiológicos
4) Carga inicial de la Base de Datos de la Clínica Médica de la Institución
5) Provisión de Médico suplente para la Clínica Médica de la Institución
6) Servicio de asesoramiento
RECEPCION DE CONSULTAS: Hasta las 17.00 horas del día miércoles 11 xx xxxxx de 2008.
RECEPCION DE OFERTAS: Diagonal Xxxxxx Nº 777 (entrepiso) - Área de Servicios y Seguridad - Unidad Adquisiciones hasta el día y hora indicados para la apertura de ofertas.
APERTURA DE OFERTAS: Jueves 26 xx xxxxx de 2008 a las 15.00 horas. VALOR XXX XXXXXX: $ 1.500 (mil quinientos pesos uruguayos)
Banco Central del Uruguay
ANEXO I
FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE
LICITACION ABREVIADA Nº 113/07.
RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA
NOMBRE COMERCIAL DE LA EMPRESA
REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES
DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACION:
Calle: Nº:
Localidad:
Código Postal: País:
Teléfono: Fax: Email
Declaro estar en condiciones para contratar con el Estado
FIRMA/S:
Aclaración de firmas:
ACLARACIONES A CONSULTAS RECIBIDAS:
Pregunta 1. "La nómina de profesionales que realizaran las tareas de certificaciones en sus distintas variantes, se debe presentar junto con la propuesta o en caso de ser adjudicatarios?"
Respuesta. Se deberá presentar junto con la propuesta, no obstante "En todos los casos el cambio o incorporación de nuevos profesionales deberá ser propuesto por escrito, adjuntando antecedentes del postulante y estará sujeto a la aprobación por parte del Banco Central del Uruguay. De ocurrir que los postulantes no cuenten con la aprobación del Banco, este último podrá rescindir automáticamente la contratación sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación alguna." Numeral 3.2 xxx Xxxxxx Complementaria de Condiciones.
Pregunta 2. "Solicito se aclare del punto 3.2 xxx xxxxxx particular (complementario) de condiciones de la Lic. Abr. 113/07, a que profesionales refiere, si son los que integran la nómina de médicos prestadores del servicio y que documento es el que se deberá presentar firmado."
Respuesta. De acuerdo al Numeral 3.2 xxx Xxxxxx Complementario de Condiciones: “Deberá presentarse una nómina de todos los profesionales propuestos para cumplir con los servicios licitados, proporcionando copia del título habilitante, registro en el Ministerio de Salud Pública, currículum vitae, 3 referencias profesionales y/o empresariales vinculadas a la profesión y carné de salud vigente expedido por el Ministerio de Salud Pública o equivalente.”
Respecto a “…que documento es el que se deberá presentar firmado.”, de acuerdo al Numeral
3.2 xxx Xxxxxx Complementario de Condiciones: “Asimismo, se deberá presentar documentación firmada por los profesionales que integran la oferta de la empresa avalando la pertenencia a la misma.”. Para satisfacer este extremo alcanzará nota firmada por los profesionales.
SE RESUELVE
III. Adjudicar el llamado a Licitación Abreviada Nº 113/07 cuyo objeto es:”Contratación de una empresa que brinde servicios en las áreas de medicina, odontología y psicología” a la propuesta presentada el 12 xx xxxxxx de 2008 por la empresa XXXXXXX S.A. (SEMM) por un importe total de $ 90.750,00 mensuales impuestos incluidos.
IV. La presente adjudicación se realiza en un todo de acuerdo a las bases que rigieran el mencionado procedimiento licitatorio y a las ofertas de la empresa adjudicatarias en cuanto no se oponga a las mismas.
PLIEGO COMPLEMENTARIO DE CONDICIONES
Capítulo 1
Objeto del llamado
Contratación de una empresa que brinde servicios en las áreas de medicina, odontología y psicología.
Los servicios a contratar refieren a:
1) Certificaciones Médicas, Juntas Médicas e Informes Médicos.
2) Certificaciones Odontológicas, incluidas las endodoncias y ortodoncias.
3) Certificaciones en Psicodiagnósticos, Psicoterapias, Tratamientos Psicomotrices, Psicopedagógicos y Fonoaudiológicos.
4) Carga inicial de la Base de Datos de la Clínica Médica de la Institución.
5) Provisión de médico suplente para la Clínica Médica de la Institución.
6) Servicio de asesoramiento.
Capítulo 2
Alcance y características de los servicios contratados
Los servicios objeto del llamado deberán cumplirse durante todo el año, los días hábiles, de lunes a viernes, de acuerdo al siguiente detalle:
2.1) Certificaciones Médicas, Juntas Médicas e Informes Médicos
2.1.1 - El objeto de la certificación médica será constatar las ausencias laborales que se produzcan por causas médicas de los funcionarios del Banco Central del Uruguay (en adelante, Banco), y determinar el período de licencia por enfermedad que a criterio del certificador se considere adecuado.
2.1.2 - Las Certificaciones Médicas serán realizadas en la ciudad de Montevideo y Xxxxx de Oro (hasta el peaje del Balneario El Pinar). Excepcionalmente podrá extenderse a localidades de los Departamentos limítrofes de Montevideo.
2.1.3 - Las certificaciones serán solicitadas por el Área de Recursos Humanos del Banco hasta las 13:00 horas y deberán ser llevadas a cabo antes de las 20:30 hs. del mismo día en que la empresa recibe la comunicación, en el domicilio del funcionario o en su lugar de internación.
2.1.4 - El médico certificador deberá efectuar una valoración del paciente, certificando sólo aquellos elementos que haya podido constatar personalmente y que resulten de su propio juicio, actuando con total independencia y sentido crítico respecto de las manifestaciones del paciente o de las certificaciones u opiniones de otros profesionales expresadas por cualquier medio.
La certificación médica realizada se escriturará en todas las vías del formulario que será proporcionado por el Banco.
2.1.5 - La empresa deberá informar al Área de Recursos Humanos del Banco por escrito (personalmente, por correo electrónico o por fax) únicamente respecto al período de licencia por enfermedad otorgado, dentro del día hábil siguiente a haberse realizado la certificación y antes de la hora 13:00.
Asimismo, una de las vías de los formularios completados, deberá ser entregada debidamente firmada antes xxx xxxxxx día hábil del mes siguiente, al Área de Recursos Humanos.
2.1.6 - Ante requerimiento de la Gerencia del Área de Recursos Humanos del Banco, los médicos certificadores deberán facilitar los informes escritos o verbales que correspondan respecto de las altas o licencias otorgadas.
2.1.7 - El médico certificador podrá promover ante el Banco, así como el Banco podrá disponerlo cuando lo estime conveniente, la realización de Juntas Médicas. Éstas se llevarán a cabo en el lugar que determine el Banco y estarán integradas por el médico certificador, el médico consultante de la empresa en la especialidad requerida y el médico tratante. Asimismo, podrá integrarla el médico del Banco y/o el profesional que el Banco determine.
Será responsabilidad de la empresa la entrega del informe de la Junta Médica al Banco.
2.1.8 - Cuando el Banco lo entienda oportuno, la empresa deberá realizar los informes técnicos de asesoramiento sobre tratamientos médicos especiales.
El plazo máximo para su entrega será de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la solicitud formulada por el Área de Recursos Humanos, pudiendo la empresa solicitar por escrito una prórroga en casos debidamente justificados.
2.2) Certificaciones Odontológicas, incluidas las relativas a endodoncias y ortodoncias
2.2.1 - El objeto de este servicio será la evaluación y certificación de los trabajos odontológicos, incluidos los relativos a endodoncia y ortodoncia, que contratan los beneficiarios de la asistencia otorgada por el Banco con profesionales particulares (inicio y/o finalización).
Dicha certificación se realizará en el formulario de trabajos a realizar preestablecido por el Banco, que será llenado y signado por el profesional particular contratado por el beneficiario. Junto con el citado formulario, el beneficiario entregará una orden emitida por el Banco, que lo identificará como beneficiario junto con la presentación de su documento de identidad.
2.2.2 - Este Servicio deberá ser cubierto, como mínimo, con 4 turnos semanales: 3 vespertinos de 16 a 19 horas y 1 matutino de 8:30 a 11:30 horas, en consultorios radicados en zonas céntricas.
2.2.3 - El o los consultorios deberán estar provistos de, al menos, un PC con tecnología adecuada para el mantenimiento de las historias clínicas, que permita ingresar toda la información que le sea brindada por el Banco y la que surja de las certificaciones que realiza.
2.3) Certificaciones en Psicodiagnósticos, Psicoterapias, Tratamientos Psicomotrices, Psicopedagógicos y Fonoaudiológicos
2.3.1 - El objeto de este Servicio será la evaluación y certificación de los psicodiagnósticos y tratamientos psicoterapéuticos, psicomotrices, psicopedagógicos y fonoaudiológicos, que contraten los funcionarios con profesionales particulares.
El beneficiario presentará el informe signado por el profesional particular que ha contratado y una orden emitida por el Banco, que lo identificará como beneficiario junto con la presentación de su documento de identidad.
2.3.2 - Dentro de las 48 horas hábiles de haberse realizado la entrevista, el técnico certificador deberá elaborar y presentar un informe dirigido al Área de Recursos Humanos del Banco, indicando únicamente la justificación y adecuación del o de los tratamientos indicados, la duración y periodicidad de los mismos, sin mencionar ni directa ni indirectamente el diagnóstico u otros datos del paciente que resulten confidenciales.
2.3.3 - Conjuntamente con el precedente informe y con destino a los técnicos del Banco, la empresa deberá realizar una valoración pormenorizada y confidencial respecto a la necesidad del tratamiento recomendado, la adecuación de la modalidad terapéutica y el tiempo de duración proyectado, basándose en los elementos que surgen de:
a) los informes realizados por los profesionales a cargo de los tratamientos contratados y/o de las evaluaciones realizadas.
b) la entrevista que deberá realizar al funcionario solicitante o excepcionalmente a su cónyuge o menores a cargo si correspondiera. Estas entrevistas serán realizadas en el Banco o en el lugar que se acuerde con la empresa.
c) todo otro elemento que contribuya, de manera razonable, a esclarecer la situación inicial y determinar su posterior evolución.
2.3.4 - Excepcionalmente el certificador podrá solicitar al Banco, por causas justificadas, entrevistas con el técnico tratante para valorar el tratamiento indicado.
2.3.5 - En todo momento, el certificador deberá actuar con total independencia y sentido crítico respecto de las manifestaciones del paciente o de las opiniones de otros profesionales expresadas por cualquier medio.
2.3.6 - Cuando la situación ofrezca dudas desde el punto de vista técnico y/o formal, el certificador podrá solicitar una reunión con el equipo técnico del Banco a efectos de valorar la situación y sugerir caminos de acción.
2.4) Carga Inicial de la Base de Datos de la Clínica Médica del Banco
La empresa deberá realizar la carga inicial de la Base de Datos del Banco (ficha patronímica de los funcionarios del Banco).
Dicha tarea deberá ser realizada y supervisada por un Licenciado en Registros Médicos, pudiendo disponerse adicionalmente de un Técnico en Registros Médicos.
2.5) Provisión de médico suplente para la Clínica Médica del Banco
La empresa deberá estar en condiciones de asegurar la presencia en la Clínica Médica del Banco de uno de los tres médicos titulares propuestos en el numeral 3.2.1., siempre que se produzcan ausencias superiores a quince días del profesional funcionario del Banco. Esta tarea se desarrollará los días hábiles, entre las 12:00 y 16:00 horas, y será coordinada por el Banco con no menos de dos días de antelación.
Cuando las ausencias del profesional funcionario del Banco resulten menores a los quince días, la empresa deberá cubrir, cuando el Banco lo requiera, el servicio en el mismo
horario. Este servicio podrá ser realizado por un médico diferente a los presentados en la nómina, quien deberá estar debidamente acreditado.
2.6) Servicios de Asesoramiento
La empresa deberá estar en condiciones de prestar servicios de asesoramiento, en materia de salud ocupacional cuando el Banco así lo requiera.
Tanto la contratación como la prestación de todos y cada uno de los servicios detallados precedentemente estarán sujetas al mantenimiento de la normativa referente a la Asistencia Médica que presta el Banco a los beneficiarios que en cada caso corresponda. El Banco quedará eximido de responsabilidad frente a la empresa en caso de que a raíz de modificaciones en la normativa actualmente vigente se elimine alguno o algunos de los servicios objeto de la presente licitación.
Capítulo 3
Requisitos de admisibilidad del oferente
Serán consideradas ofertas válidas o admisibles, únicamente aquéllas que cumplan con las siguientes condiciones:
3.1) Empresas calificadas para ofertar
La naturaleza jurídica del presente llamado es la contratación de un arrendamiento de servicios a una empresa para el cumplimiento de servicios en las áreas de medicina, odontología, psicología y otras relacionadas a la salud ocupacional (cuyo detalle se realiza en el Capítulo 1 de este Pliego - Objeto del llamado), por lo que no se considerarán ofertas de personas físicas, aún cuando partieran de profesionales independientes, en el libre ejercicio de su profesión.
Se consideran empresas calificadas para ofertar, aquellas que acrediten los siguientes requisitos:
3.1.1 - Que su ramo principal de actividad sea el de prestaciones y/o certificaciones médicas, con una experiencia mínima previa de tres años en dichas áreas y que su constitución tenga una antigüedad mayor a tres años. Con el objeto de acreditar estos extremos, se deberá presentar antecedentes y referencias de prestaciones similares en cuanto a su naturaleza, realizados a no menos de dos empresas públicas y/o privadas en los tres últimos años que contaran con un personal mínimo supervisado de 100 personas cada una.
3.1.2 - Se admitirá que la firma oferente asocie empresas, previo a la fecha de apertura del llamado y a los efectos de completar los requerimientos solicitados. Ésta asociación deberá presentarse debidamente documentada a través de certificado expedido por Escribano Público.
Asimismo, se deberá presentar referencias y antecedentes de las empresas asociadas, respecto a la especialidad por la cual se asocian; las que deberán reunir las mismas características indicadas en el numeral 3.1.1 anterior.
Dichas empresas responderán como sub-contrato de la oferente durante toda la vigencia de la contratación y no mantendrán ninguna relación contractual con el Banco.
En caso de cualquier tipo de variación contractual que se produzca entre dichas partes, la misma deberá ser comunicada inmediatamente al Banco, quien evaluará esta situación, pudiendo rescindir automáticamente la contratación sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación alguna.
3.1.3 - Por su parte y mediante certificación notarial, deberá aportarse nombres completos y documentos de identidad de los Directores y/o Administradores de la persona jurídica oferente. Lo mismo deberá cumplirse para el caso de presentar empresas asociadas, respecto a las mismas.
3.1.4 - En procura de información adicional, el Banco se reserva el derecho de recurrir a otras referencias que no sean las aportadas por los oferentes.
3.2) Equipo de profesionales a presentar por la empresa
Deberá presentarse una nómina de todos los profesionales propuestos para cumplir con los servicios licitados, proporcionando copia del título habilitante, registro en el Ministerio de Salud Pública, currículum vitae, 3 referencias profesionales y/o empresariales vinculadas a la profesión y carné de salud vigente expedido por el Ministerio de Salud Pública o equivalente. Asimismo, se deberá presentar documentación firmada por los profesionales que integran la oferta de la empresa avalando la pertenencia a la misma.
Las cantidades y perfiles de los profesionales asignados a cada especialidad serán los siguientes:
3.2.1 - Médicos para certificaciones médicas.
La nómina de médicos para las certificaciones médicas no será inferior a tres médicos, pudiendo realizarlas cualquiera de ellos en forma indistinta.
Se exigirá que por lo menos dos de ellos cuenten con título de Postgrado en la especialidad de Medicina Laboral, quienes supervisarán la actuación del equipo. El Banco podrá solicitar la actuación de dichos especialistas en casos especiales. Todos los profesionales propuestos deberán acreditar una experiencia previa en certificaciones médicas no menor a tres años.
3.2.2 - Odontólogos para certificaciones odontológicas.
Para cumplir con el servicio licitado la empresa deberá presentar una nómina con no menos de dos odontólogos, pudiendo realizar la certificación cualquiera de ellos en forma indistinta.
Se exigirá que al menos uno acredite experiencia previa en certificaciones odontológicas en los últimos tres años, quien supervisará la actuación del equipo. Asimismo, se exigirá que al menos uno acredite experiencia previa en endodoncia y ortodoncia, para aquellas certificaciones que requieran de esas especialidades.
3.2.3 - Profesionales para evaluaciones referentes a tratamientos psicológicos y/o similares.
Para cumplir con el servicio licitado la empresa deberá asignar por lo menos dos profesionales con título de Psicólogos o Licenciados en Psicología, pudiendo realizar el informe cualquiera de ellos en forma indistinta.
Se exigirá que, al menos uno, acredite experiencia previa en la tarea en los últimos tres años, quien supervisará la actuación del equipo.
3.2.4 - Médicos Consultantes.
Los oferentes deberán acompañar su oferta con una nómina de los profesionales que acompañarán al certificador en las Juntas Médicas, la que deberá abarcar la mayor gama de especialidades posibles, indicando el grado académico de cada uno, currículum vitae y especialidad en la que se desempeña.
3.2.5 - Suplentes.
En virtud que la actividad de certificaciones médicas, odontológicas y/o evaluaciones psicológicas se deberá realizar en forma permanente, la empresa deberá presentar como mínimo un suplente por cada especialidad, debiéndose acreditar la misma idoneidad técnica y experiencia que los titulares propuestos.
En todos los casos el cambio o incorporación de nuevos profesionales deberá ser propuesto por escrito, adjuntando antecedentes del postulante y estará sujeto a la aprobación por parte del Banco Central del Uruguay. De ocurrir que los postulantes no cuenten con la aprobación del Banco, este último podrá rescindir automáticamente la contratación sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación alguna.
El Banco podrá, asimismo, exigir la sustitución de cualquier profesional sin expresión de causa. En tal caso, la empresa deberá de inmediato asignar al servicio un nuevo técnico en las mismas condiciones exigidas en el presente pliego; quien deberá contar con la previa aprobación del Banco.
Capítulo 4
Condiciones de Cotización
4.1) Xxxxxxx, consultas y aclaraciones
Los Pliegos se podrán adquirir hasta el día y hora de la apertura de ofertas.
La empresa que desee solicitar aclaraciones referentes a este llamado, podrá realizarlas por escrito al Área Servicios y Seguridad - Unidad Adquisiciones hasta las 17.00 horas del día Miércoles 11 xx xxxxx de 2008.
Entrega escritos: Xxxxxxxx Xxxx X. Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxxxx Vía Fax: (00) 000 00 00
Vía Correo Electrónico: xxxxxx@xxx.xxx.xx
Las consultas deberán ser específicas y las respuestas serán comunicadas por escrito, luego de la fecha mencionada en el párrafo anterior, a todas las firmas que previamente hayan adquirido los pliegos.
Una vez cumplida dicha instancia, será de total responsabilidad del oferente analizar y salvar las dificultades que se presenten en la formulación de su propuesta.
4.2) Datos estadísticos
Seguidamente, a los solos efectos que las empresas cuenten con un modelo de referencia y sin que ello obligue al Banco a la realización de los mismos en las cantidades descriptas, en más o en menos, ni a ningún pago que no surgiera del precio mensual adjudicado por los servicios, se detallan los siguientes datos estadísticos como modelo de prestaciones:
1a - Certificaciones Médicas:
- 1.100 anuales en Montevideo y Xxxxx de Oro.
- 10 anuales en localidades de departamentos limítrofes a Montevideo.
1b - Juntas Médicas - 3 anuales.
1c - Informes Médicos Técnicos - 6 anuales.
2 - Certificaciones Odontológicas, incluidas las relativas a endodoncias y ortodoncias
- 800 anuales.
3 - Certificaciones en Psicodiagnósticos, Psicoterapias, Tratamientos Psicomotriz, Psicopedagógico y Fonoaudiológico - 150 anuales.
4 - Carga inicial de la base de datos de la Clínica Médica de la Institución - 600 personas.
5 - Provisión de médico suplente para la precitada Clínica Médica (hora médico) - 240 horas anuales.
6 - Servicio de asesoramiento - 3 anuales.
4.3) Cotización
Las empresas ofertarán un único COSTO TOTAL MENSUAL por el conjunto de los servicios licitados (Rubros 1 al 6) y deberán determinar la rebaja a aplicar al mismo de acontecer modificaciones normativas que eliminen la necesidad de realizar determinados servicios (Capítulo 2, in fine).
Deberá cotizarse en moneda nacional, en el cuadro de cotización que se adjunta (Anexo II), en las condiciones que allí específicamente se indican. La omisión de la cotización de alguno de los rubros invalidará toda la oferta. Cualquier otra observación o propuesta que la empresa considerase necesario agregar, deberá adjuntarse por separado.
Los precios deberán ser cotizados en condiciones de pago a treinta días del mes de facturación a mes cumplido, y serán al "firme" por 120 (ciento veinte) días calendario a partir de la fecha de apertura del presente llamado.
La inclusión de la discriminación por Xxxxxx, en el cuadro de cotización y según el Modelo Estadístico (numeral 4.2) podrá servir como antecedente para el Banco a fin de determinar las multas a la empresa en caso de que incurra en incumplimientos. La misma no se considerará para la comparación de ofertas, ni para establecer diferencias en la cotización ofrecida por el conjunto de los servicios.
No se cotizarán los timbres profesionales que puedan corresponder. Los mismos deberán ser provistos por la adjudicataria y su importe será incluido en la facturación mensual para su reintegro por parte del Banco.
4.4) Ajuste de precios
El Banco sólo reconocerá ajustar el precio mensual ofertado, semestralmente en los meses de enero y julio de cada año, de acuerdo a los ajustes de precios producidos por la variación en el Indice de Precios al Consumo (I.P.C.), en el rubro “CUIDADOS MEDICOS Y CONSERVACION DE LA SALUD” publicado por el Instituto Nacional de Estadística; comparando los índices del mes anterior a la fecha de apertura de las ofertas y del mes anterior al período considerado.
Capítulo 5
Evaluación de ofertas y Adjudicación, Pagos y Vigencia del Contrato
5.1) Evaluación de ofertas y Adjudicación
En primera instancia se evaluará el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en los pliegos, calificando para la siguiente etapa aquellas ofertas que den cumplimiento a los mismos.
Seguidamente, para la comparación de ofertas, se tomará el COSTO TOTAL MENSUAL cotizado por el conjunto de los servicios licitados - Rubros 1 al 6 - (Anexo II Cuadro de Cotización)
La adjudicación se realizará a la oferta que, a juicio del Banco, resulte la más conveniente para sus intereses.
Conforme a la resolución de Directorio de esta Institución Nº 599/2002 de 4 de setiembre de 2002, serán tenidos en cuenta además, los antecedentes de las empresas que obren en el Registro de Proveedores del Banco Central del Uruguay.
5.2) Confidencialidad
La contratación de la empresa que resulte adjudicataria del presente llamado, implica que la misma, sus empleados y sus empresas asociadas (en el caso en que cuenten con ellas), se obligan a guardar estricto secreto y absoluta reserva sobre todos los asuntos que lleguen a su conocimiento en el ejercicio de funciones al servicio del Banco Central del Uruguay, prohibiéndose utilizar toda información o dato que surja del ejercicio y/o cumplimiento de los servicios contratados. La violación del deber de guardar secreto y reserva aparejará la rescisión unilateral del contrato sin responsabilidad alguna para el Banco Central del Uruguay y sin perjuicio de las eventuales responsabilidades civiles y penales derivadas.
5.3) Topes para la constitución de garantías
5.3.1) Mantenimiento de oferta - Los oferentes deben garantizar el mantenimiento de su oferta, mediante cualquiera de los mecanismos previstos en el numeral 2.8 xxx Xxxxxx Particular de Condiciones. Corresponde su constitución siempre y cuando el importe de la oferta supere los $ 1.972.000 (pesos uruguayos un millón novecientos setenta y dos mil).
5.3.2) Fiel cumplimiento de contrato - La empresa adjudicataria deberá garantizar el fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo establecido en el Art. 7º xxx Xxxxxx Particular de Condiciones. Corresponde su constitución, siempre y cuando el monto de la adjudicación supere los $ 788.800 (pesos uruguayos setecientos ochenta y ocho mil ochocientos).
Cuando la Garantía de mantenimiento de oferta se realice de acuerdo al literal e) del numeral 2.8. xxx Xxxxxx Particular de Condiciones de llamados a Licitación (Depósito en efectivo en el Banco Central del Uruguay), conjuntamente con la realización del depósito se deberá instruir al Banco Central del Uruguay en qué cuenta bancaria se realizará la eventual devolución del depósito.
La autorización deberá contener, además de la identificación de la Licitación, los datos del oferente, número y Banco de la cuenta, junto con el siguiente texto:
“Por cada uno de los créditos que se efectúen en cuenta bancaria otorgo desde ya carta de pago total en la fecha y por el importe que figure en la transferencia realizada por el Banco Central, exonerándolo de toda responsabilidad por la demora en que pueda incurrir la Institución Financiera a quien se transferirán los fondos o por cualquier otra circunstancia vinculada a la acreditación en cuenta, cuando se comprobare que la transferencia se ha realizado debidamente.
La presente autorización tendrá vigencia y validez hasta que no comunique de forma fehaciente y por escrito su revocación a la Gerencia a la cual me dirijo o a la repartición que indique el Banco Central.
Igual validez y vigencia tendrá la identificación de la/s cuenta/s en la/s cual/es se autoriza a realizar la transferencia.
Cualquier modificación en relación a éstas deberá ser comunicada por escrito y de forma fehaciente al Banco Central del Uruguay, y la transferencia a las cuentas que se puedan indicar en el futuro, será con el mismo efecto cancelatorio.
Declaro conocer que los fondos depositados en cuentas bancarias tienen el carácter de embargables.”
5.4) Principios de actuación
En aplicación de los principios generales de actuación y contralor en materia de contrataciones establecidos en el Art. 131 del T.O.C.A.F., el Banco se reserva el derecho de otorgar a los proponentes un plazo de 2 (dos) días hábiles (para empresas del país) o 4 (cuatro) días hábiles (para empresas del exterior que no tengan sucursal en el país), para salvar defectos, carencias, errores formales evidentes o de escasa importancia, así como para presentar documentos que atestigüen situaciones que existieran al momento del acto de apertura, siempre que no se altere el principio de igualdad de los oferentes.
5.5) Cumplimiento con la normativa laboral vigente
Tanto la empresa contratada como sus asociadas deberán cumplir con lo establecido en el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 475/005 de 14 de noviembre de 2005 y en las Leyes Nos.
18.098 y 18.099 publicadas el 7 de febrero de 2007.
5.6) Pagos
En ningún caso el Banco realizará entregas a cuenta.
El pago correspondiente a los servicios prestados se realizará a mes cumplido, en un plazo no mayor a los 7 días de conformada la factura por el Área de Recursos Humanos.
Para hacer efectivo el cobro de las facturas, la empresa deberá estar previamente registrada como proveedor del Banco y cumplir con los requisitos legales, en especial los certificados de B.P.S. y D.G.I. vigentes, los cuales deberán ser presentados en el Área de Contaduría de esta Institución, oficina 910.
La demora en el pago de las facturas por la no presentación de la documentación requerida no dará derecho a la empresa a reclamar diferencia económica de ninguna especie.
Durante la ejecución del contrato el Banco podrá, en cualquier momento, solicitar a la empresa adjudicataria la presentación de las planillas de trabajo, constancias de pago de sueldos, jornales, cargas sociales, seguro de enfermedad, etc. que devengue el cumplimiento de la contratación del servicio. En caso de constatarse cualquier clase de incumplimiento en el pago de los rubros anteriormente mencionados por parte de la empresa adjudicataria, y como medida cautelar, el Banco podrá retener los montos adeudados a la empresa adjudicataria, hasta que la misma acredite haber abonado las sumas correspondientes a dichos conceptos. La reiteración en este incumplimiento habilitará al Banco a promover la rescisión del contrato, dar cuenta a la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad sin que por ello incurra en responsabilidad de especie alguna y sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder a la adjudicataria por incumplimiento contractual.
5.7) Vigencia del contrato
El plazo del contrato será de un año a partir de la notificación de la adjudicación de la presente licitación, renovable automáticamente por iguales períodos hasta un máximo de cuatro, siempre y cuando ninguna de las partes manifieste su voluntad en contrario con una antelación de 60 (sesenta) días antes de cada vencimiento y sin necesidad de fundamentar causa alguna.
5.8) Penalidades
El adjudicatario caerá en xxxx de pleno derecho respecto a los plazos de atención y/o de entrega de la documentación e informes pertinentes, por el solo vencimiento del plazo pactado. La multa será aplicada y deducida en forma automática, sin ninguna interpelación judicial o extrajudicial, de las facturas presentadas para el cobro, o bien, responderá con otros bienes si aquellas resultaren insuficientes.
El atraso del proveedor en el cumplimiento del contrato podrá dar mérito a la aplicación de una multa, determinada por la siguiente fórmula:
Multa = Precio del contrato x días de atraso x 0,03; sin perjuicio de poder ser suspendido como proveedor del Banco por los siguientes 5 (cinco) años.
Asimismo, el Banco podrá deducir el importe correspondiente a aquellos servicios que la empresa no hubiese cumplido de acuerdo a los requisitos establecidos en pliegos, de acuerdo a lo importes (ajustados de corresponder) indicados en el Anexo II - Cuadro de Cotización; sin perjuicio de poder rescindir la contratación de acuerdo a lo indicado en el numeral siguiente.
5.9) Rescisión del contrato
En caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, el Banco Central del Uruguay tendrá la facultad de declarar rescindido el contrato sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación alguna y sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.