CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
GOBIERNO REGIONAL
HUANCAVELICA
Nº ..............-2007/ORA.
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios, en adelante “EL CONTRATO”, en el que interviene de una parte EL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA, debidamente representado por su Directora Regional de Administración ING. XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX, identificada con DNI Nº 00000000, señalando domicilio legal en el Jr. Xxxxx Xxxxx Nº 336 de ésta ciudad, a quién en adelante se le denominará GOBIERNO REGIONAL, y de la otra parte el Xx. XXXXXX XXXXXX, Xxxxxxx Xxxxxxx, Identificado con DNI. N° 00000000, RUC N° 10232710972, señalando domicilio actual en la Xx. Xxxxxxx X. Xxxxxx Xx 000 Xxxxxxx xxx xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, en adelante se le denominará “EL LOCADOR”, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- DE LA DECLARACION DE LAS PARTES
EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. y EL LOCADOR, en adelante LAS PARTES, declaran que la celebración, ejecución e interpretación de las cláusulas de EL CONTRATO se realizan bajo las reglas de la buena fe y común intención de LAS PARTES.
LAS PARTES declaran que son de aplicación para la celebración, ejecución e interpretación de las cláusulas de EL CONTRATO, las siguientes normas legales, sus modificatorias, aclaratorias y demás normas conexas:
Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. EL TUO.
Reglamento de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. EL REGLAMENTO.
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. LA LEY.
Código Civil. EL CODIGO.
Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2,007.
LAS PARTES declaran expresamente que EL CONTRATO, no genera vínculo laboral alguno entre EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. y EL LOCADOR, ni entre sus trabajadores dependientes.
SEGUNDO.- DE LOS ANTECEDENTES
Mediante proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía N° 0162-2007/GOB.REG.HVCA/CEP., EL GOBIERNO REGIONAL ha otorgado la Buena Pro a EL LOCADOR para la contratación del Servicios de un Topografo en la Elaboraciòn del Estudio de Pre Invesiòn a Nivel de Perfil del Proyecto: “Mejoramiento de la Carretera Imperial – Pampas”, en adelante EL SERVICIO, cuyo detalle se encuentra señalado en las Bases de la AMC N° 0162-2007-GOB.REG.HVCA/CEP., en adelante LAS BASES y en la Propuesta Técnica presentada por el LOCADOR las mismas que forman parte integrante de EL CONTRATO.
TERCERO.- DEL OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto de EL CONTRATO la prestación de EL SERVICIO por parte de EL LOCADOR, atendiendo a los términos contenidos en LAS BASES, las mismas que forman parte integrante de EL CONTRATO.
En ese sentido, por el presente instrumento EL LOCADOR se compromete a realizar los servicios que se precisan a continuación:
Para realizar los trabajos topográficos, estos deberán ser desarrollados teniendo en cuenta la categoría de la vía y la importancia de carácter local que representa.
Las Funciones del Técnico en Topografía son las siguientes:
Levantamiento Topográfico
El levantamiento de la poligonal principal y las poligonales auxiliares de cierre deberá ser realizado utilizando estación total. Para el cálculo de las coordenadas de los vértices de la poligonal, se tomarán como referencia las coordenadas de los puntos referenciales más cercanos que existan en la zona.
El trazo y replanteo del eje de la carretera se ejecutara por el método indirecto y/o directo, en el primero el Estudio levantara la topografía del terreno luego procesara los datos de campo y después replanteará el eje, y en el segundo caso el topógrafo ejecutara el trazo en campo y luego seccionara y nivelará las estacas, pudiéndose ejecutar también con una combinación de los dos métodos.
El Estudio efectuará la materialización del eje propuesto, estacando cada 20 metros para tramos en tangente y cada 10 m para tramos en curva en topografía plana a ondulada del terreno, de igual forma en topografía accidentada del terreno, el estacado se reducirá a 20 metros en tramos en tangentes y 10 metros en tramos en curva.
Los vértices (PIs) de la poligonal deberán ser marcados en el terreno o monumentados con concreto, en área que no esté sujeta a su remoción por los equipos de construcción.
Se nivelarán todas las estacas del eje, levantándose el perfil longitudinal del terreno tomando como punto de referencia las cotas de los hitos geodésicos más cercanos que existan en la zona y se diseñará la rasante correspondiente.
Las nivelaciones se cerrarán cada 500 m con una precisión de 0.012 m/Km., colocándose asimismo un Bench – Xxxx (BM) con monumentación de concreto, cada 500 m en lugares debidamente protegidos, fuera del alcance de los trabajos y referidos a puntos inamovibles.
Las secciones transversales serán levantadas en cada estaca, en un ancho no menor de 30 metros a cada lado del eje, debiendo permitir la obtención de los volúmenes de movimientos de tierra y el diseño de obras de arte.
Se tomarán secciones, perfiles y niveles en los cruces con otras vías, intersección de calles, canales, acequias y otros que tengan incidencia en el trazo, para poder definir las soluciones más convenientes.
Levantamientos Topográficos
Se incluyen en esta actividad los levantamientos topográficos requeridos, para el pre-diseño xx xxxxxxx y muros, áreas afectadas, áreas xx xxxxxxx de materiales, botaderos, etc.
En las zonas urbanas la topografía deberá incluir todos los detalles existentes, incluyendo cotas, veredas, líneas de fachada, tapas de buzones, postes, etc. Los planos se presentarán a escala 1:500, con curvas de nivel cada metro. Se ubicarán los centros de concentración de habitantes, tales como mercados, escuelas, postas sanitarias, municipalidad, plaza mayor, ferias, etc., hasta 200 metros a cada lado del eje de la vía.
Plano de planta, a escala H 1:1500 y escala V 1:150, de poblados atravesados por la vía, en una faja mínima de 50 metros a cada lado del eje del camino, indicando el ancho de la vía, bermas, veredas peatonales, construcciones (línea de fachadas), intersecciones con calles ó caminos, paradas de buses, postes, tapas de buzones, etc.
En los cauces xx xxxx, cursos de agua menores y huaycos, se efectuarán los levantamientos topográficos necesarios para diseñar las obras de drenaje y obras de arte complementarias, materializando poligonales auxiliares a lo largo del cauce, que para el caso, no será menor de 300 metros aguas arriba y 300 metros aguas abajo del eje, las mismas que serán niveladas y a partir de ello se obtendrán secciones transversales al cauce y las pendientes de los cauces naturales.
Diseño Geométrico
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El trazo de la vía proyectada deberá estar en concordancia con la intervención del Especialista en Diseño Vial, Geología y Geotecnia, Hidrológica, suelos quienes evaluarán las condiciones del levantamiento topográfico.
Se presentará un Plano Base en Planta y Perfil, sobre el cual se establecerá la ubicación exacta (progresiva) de los puntos referenciales fijos; como puentes, xxxxxxxx, xxxxxx xx xxxx y/o quebradas, poblaciones, etc, con las respectivas toponimias y cotas; los cuales servirán como puntos clave de referencia para el desarrollo integral del Estudio (inventarios y evaluaciones de campo).
El Proyecto debe considerar en lo posible, el alineamiento actual de la carretera. No obstante, con el fin de mantener las condiciones de seguridad y de operación de la vía, se debe proponer variantes del eje, en zonas o sectores que el análisis, técnico, económico y ambiental que determine el Especialista en Diseño Vial, lo justifique.
El diseño tendrá en cuenta los niveles y límites de las edificaciones existentes. En caso de ser necesario expropiar viviendas o terrenos para que la vía y su vereda mantengan sus condiciones de diseño, se marcará estas propiedades en su plano de forma tal de individualizarlas perfectamente.
El diseño de los cortes a media ladera y cortes cerrados deberá contar con la conformidad del especialista en geotecnia y geología.
Plano de los centros poblados atravesados por la vía, a la escala 1:1000, en una faja mínima de 50 metros a cada lado del eje del camino, indicando el ancho de la vía, bermas (si las tuviera), veredas peatonales, construcciones (línea de fachadas), intersecciones con calles o caminos, paradas de ómnibus, postes, tapas de buzones, etc.
RESPONSABILIDAD DEL TECNICO EN TOPOGRAFIA :
El Técnico en Topografía realizara su trabajo en estrecha coordinación con el especialista en diseño vial, geología, hidrología, suelos y el resto del equipo.
El Técnico asumirá la responsabilidad técnica total por los servicios prestados en relación a su especialidad lo cual formara parte del Estudio de Preinversión y Estudio Definitivo del Proyecto “Mejoramiento de la carretera Imperial Pampas”.
La revisión de los documentos por parte de la Entidad, durante la elaboración del Estudio, no exime al Técnico en Topografía de la responsabilidad absoluta y total del mismo.
En atención a que el Técnico es el responsable de los Estudios de su especialidad que realiza, deberá garantizar la calidad del Estudio y responder del trabajo realizado en los Estudios durante los siguientes cinco (5) años, desde la fecha de aprobación del Informe Final por parte de la Entidad , por lo que en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, no podrá negar su concurrencia.
En caso de no concurrir a la citación indicada en el párrafo anterior se hará conocer su negativa inicialmente al Vice Ministro de Transportes y finalmente al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y/o a la Contraloría General de la República, a los efectos legales consiguientes, en razón de que el servicio prestado es un acto administrativo por el cual es responsable ante el Estado.
El Técnico en Topografía será parte de un equipo multidisciplinario encargado de realizar el Estudio de factibilidad para lo cual deberá coordinar en forma estrecha con todos los especialistas en lo que respecta a su especialidad y con la información primaria deberá plantear las diferentes alternativas de trazo de la carretera y definiendo la mejor alternativa para el mejoramiento de la misma.
Recursos Operacionales
Los servicios de topografía es A TODO COSTO, es decir, comprende, equipo, herramientas, mano de obra, estadía, alimentación, transporte, de todo el personal que comprende dicha labor.
Recursos humano
Los servicios de topografía es a todo costo por lo que el técnico en topografía proporcionara todo
el personal requerido.
CUARTO.- DEL PAGO DE LOS SERVICIOS
EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. acuerda pagar a EL LOCADOR la suma total de S/. 15,500.00 (Quince Mil Quinientos con 00/100 Nuevos Soles), la misma que incluye todos los tributos que establezcan las normas legales pertinentes.
El pago del servicio Consignado en el presente documento, se efectuará según avance a la presentación del Informe correspondiente la misma que estará ratificado con el Acta de Conformidad de Servicios suscrito por el Responsable del Proyecto, Sub Gerente de Estudios y Gerente Regional de Infraestructura de la siguiente manera:
30 % del monto total del contrato: a la presentación del primer avance previa verificación del Jefe del proyecto y Especialista en Diseño Vial.
40% del Monto del contrato a la terminación de los trabajos según Términos de Referencia previa aprobación del Jefe de Proyecto.
10 % a la aprobación y Viabilidad.
El egreso que origine el cumplimiento del presente contrato será afectado con cargo a la Fte.Fto. 00 Recursos Ordinarios, Mnemónico 0011 – Estudios de Pre Inversión Huancavelica, Presupuesto correspondiente al Ejercicio Presupuestal de año 2007.
EL LOCADOR reconoce que el monto de LA RETRIBUCION incluye todos los costos por concepto de honorarios, organización técnica y administrativa, tributos y cualquier otro gasto necesario para la correcta prestación de EL SERVICIO.
La oportunidad de pago de LA RETRIBUCION será siempre posterior a la prestación de EL SERVICIO, para lo cual EL LOCADOR deberá presentar su Factura o Recibo por Honorarios dentro de los 10 días de recibida la conformidad por parte de EL GOBIERNO REGIONAL HVCA., de acuerdo a lo señalado en la cláusula sétima.
QUINTO.- DEL PLAZO DEL CONTRATO
El plazo del contrato será a partir del día 25 de Julio de 2007 y culminará el día 24 xx Xxxxxx de 2007, inclusive, en adelante EL PLAZO.
EL PLAZO concluirá con la conformidad por parte de EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. de la prestación de EL SERVICIO de acuerdo a lo señalado en la cláusula sétima.
SEXTO.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE EL LOCADOR
EL LOCADOR se compromete y se obliga bajo responsabilidad además de cumplir con las obligaciones y/o responsabilidades pactadas en el resto de EL CONTRATO y dispuestas por EL TUO y EL REGLAMENTO, a dar cumplimiento a lo siguiente:
Cumplir con las responsabilidades y obligaciones derivadas de EL CONTRATO, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento, de acuerdo a lo señalado por los artículos 293° y siguientes de EL REGLAMENTO.
Cumplir con funciones señaladas del modo y la forma indicada en LAS BASES, de manera diligente, asumiendo la total responsabilidad sobre la ejecución de las mismas.
Responder por cualquier error u omisión en el cumplimiento de sus obligaciones y/o por los perjuicios que cause a EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. en el desarrollo de EL SERVICIO, obligándose a subsanar y corregir los defectos que se produzcan. EL LOCADOR reconoce que todo perjuicio económico causado a EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. en la prestación de EL SERVICIO que se origine como consecuencia de un hecho imputable a EL LOCADOR, tales como negligencia en sus funciones y otras acciones u omisiones, serán asumidas por EL LOCADOR. EL LOCADOR autoriza a EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. para que descuente del monto de EL CONTRATO, los importes respectivos por las causas indicadas anteriormente.
EL LOCADOR se compromete a guardar absoluta confidencialidad respecto a los documentos entregados por EL GOBIERNO REGIONAL HVCA., así como de la información a la que pueda tener acceso en razón del servicio prestado, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
EL LOCADOR se obliga a facilitar una adecuada revisión de la prestación de servicios materia del presente contrato, por parte de EL GOBIERNO REGIONAL HVCA., la Unidad de Auditoria Interna, Sociedad de Auditoria Externa, o la persona que esta designe.
Garantizar EL SERVICIO prestado por el plazo de un (01) año, contado a partir de la conformidad de EL CONTRATO por parte de EL GOBIERNO REGIONAL, de acuerdo con la cláusula sétima, el artículo 51º de EL TUO y los artículos 233° y siguientes de EL REGLAMENTO.
Proporcionar toda la información necesaria para efectos de lo establecido en el último párrafo de la cláusula tercera y se obliga además a brindar las facilidades a los funcionarios de EL GOBIERNO REGIONAL HVCA para el seguimiento de EL SERVICIO.
Presentar su Factura o Recibo por Honorarios, cualquiera sea el caso, dentro del plazo establecido para tal efecto por EL CONTRATO y supletoriamente por las normas legales pertinentes. Cualquier demora en la presentación será imputable a EL LOCADOR y no generará derecho al reconocimiento de intereses.
No transferir parcial ni totalmente sus derechos en EL CONTRATO a favor de terceros salvo en casos excepcionales debidamente justificados y con autorización previa por escrito de EL GOBIERNO REGIONAL HVCA.
EL LOCADOR declara bajo responsabilidad que se encuentra hábil para ejercer legalmente su profesión en todo el territorio nacional.
EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. se reserva el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes para el resarcimiento de los daños y perjuicios que se irrogue por deficiencia en la prestación de EL SERVICIO así como para efectuar el cobro de los importes que no fuesen cubiertos con LA RETRIBUCION de EL LOCADOR.
SETIMO.- DE LA CONFORMIDAD DEL SERVICIO
EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. ejercerá control de la ejecución y cumplimiento de los términos contractuales a través de Responsable del Proyecto, Sub Gerente de Estudios y Gerente Regional de Infraestructura quien deberá elaborar y suscribir el Acta de Conformidad respectiva y un Informe Final al culminar EL SERVICIO.
Si durante la verificación EL SERVICIO se produjesen observaciones, se levantará un Acta suscrita por EL GOBIERNO REGIONAL HVCA., obligándose EL LOCADOR a subsanarlas en un plazo no menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días, contados a partir de la suscripción de dicha Acta. La no suscripción del Acta por parte de EL LOCADOR no invalida el instrumento.
Si pese al plazo otorgado EL LOCADOR no cumpliese a cabalidad con la subsanación, EL GOBIERNO REGIONAL HVCA podrá resolver EL CONTRATO, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
La recepción conforme de la Entidad no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
OCTAVO.- DE LAS PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto de EL CONTRATO, EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. aplicará automáticamente a EL LOCADOR una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto total de EL CONTRATO. Dichas penalidades se aplicarán, calcularán y ejecutarán de conformidad con lo dispuesto por el artículo 222° de EL REGLAMENTO.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. podrá resolver EL CONTRATO por incumplimiento.
EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. se reserva el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes para el cobro de los montos insolutos que correspondan y el consiguiente resarcimiento de los daños y perjuicios que se irroguen.
NOVENO.- DE LA RESOLUCIÓN DE EL CONTRATO
EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. podrá resolver EL CONTRATO ante el incumplimiento por parte de EL LOCADOR de todas o algunas de sus obligaciones pactadas en EL CONTRATO o en las normas legales pertinentes.
Para tal efecto, EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. deberá requerir el cumplimiento a EL LOCADOR mediante el envío de una carta notarial, otorgándole un plazo máximo de tres (03) días para que cumpla, bajo apercibimiento de resolver EL CONTRATO. Vencido dicho plazo y no habiéndose cumplido el requerimiento EL GOBIERNO REGIONAL HVCA resolverá EL CONTRATO de forma parcial o total mediante el envío de una segunda carta notarial en la que manifieste esta decisión y el motivo que la justifica. EL CONTRATO queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de la segunda carta notarial.
EL LOCADOR podrá resolver EL CONTRATO ante el incumplimiento por parte de EL GOBIERNO REGIONAL HVCA. de su obligación de pago de LA RETRIBUCIÓN, siguiendo el procedimiento detallado en el párrafo anterior.
Asimismo, LAS PARTES podrán resolver EL CONTRATO por mutuo acuerdo por causas no atribuibles a éstas o por caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente acreditados, mediante la suscripción de un Acta en este sentido, en cuyo caso se liquidará en forma exclusiva la parte efectivamente ejecutada. EL CONTRATO queda resuelto de pleno derecho a partir de la suscripción de dicha Acta.
Las demás causales de resolución establecidas en EL TUO y EL REGLAMENTO deberán seguir el mismo procedimiento establecido a partir del envío de la segunda carta notarial señalado en el primer párrafo de la presente cláusula, en lo que fuere pertinente.
Sin perjuicio de lo antes indicado, cualquiera de LAS PARTES podrá resolver EL CONTRATO sin expresión de causa, mediante el envío de una carta notarial con una anticipación de quince (15) días.
DECIMO.- DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
LAS PARTES declaran que ante cualquier controversia o reclamo que surja después de la suscripción de EL CONTRATO, serán resueltas de manera definitiva e inapelable mediante Arbitraje de Derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
Para tal efecto, LAS PARTES acuerdan designar un Arbitro Único conforme a lo señalado por el artículo 280º de EL REGLAMENTO.
DECIMO PRIMERO.- DEL DOMICILIO
LAS PARTES declaran como domicilio válido para notificaciones y comunicaciones en general el consignado en la introducción de EL CONTRATO. En caso alguna de LAS PARTES requiera modificar el domicilio señalado, deberán hacerlo vía notarial; dicha comunicación tendrá validez a partir de las 48 horas de recibida por la otra parte.
LAS PARTES suscriben el presente documento en señal de absoluta conformidad con la redacción e intención de todos los términos y condiciones pactados en las cláusulas precedentes, en la ciudad de Huancavelica, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil siete.
POR EL GOBIERNO REGIONAL: EL LOCADOR:
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