CONTRATO No. 94/2016 CONTRATACION DIRECTA CD-008/2016
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CONTRATO No. 94/2016 CONTRATACION DIRECTA CD-008/2016
SERVICIOS DE CONSULTORiA INDIVIDUAL ESPECIALJSTA TECNICO CONTRATO DE PR ESTAMO No. 2369/0C-ES
Nosotros: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX co noc ido por XXXXXX XXXXxXXX,
actuando en n ombre y representaci6n del Estado y Gobi erno de El Xxxxxxxx en e l Ramo de Obras Publicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, con Numero de lden tificaci6n Tributaria
en mi ca lid ad de MIN ISTRO, instituci6n que en lo sucesivo se denominara "EL MINISTERIO" o "EL CONTRATANTE"; y XXXXXXX XxXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX,
actuando en mi ca racter personal; quien en el transcurso del presente instrumento me denominare ·EL CONSULTOR"; convenimos en celebrar el presente contrato de prestaci6n de servicios, financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a traves del Contrato xx Xxxxxxxx Numero
2369/0C-ES y en nuestros caracteres MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar e l
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presente Contrato de Servicios de Consultorf a, de conformidad a las Polfticas para Ia
Se l ecci6n y Con trataci6n de Cons ultores Financiados por el Banco lnteramericano de Desarrollo; l os Termi nos de Referenda de Contrataci6n Directa CD-008/2016; no objeci6n del e nte financiero, y en especial a las obligaciones, co ndi ciones, pactos y renuncias de acuerdo co n las clausulas que a continuaci6n se especifica n : CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es establecer y regular las relaciones,
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derechos y ob li gaciones de las partes contratantes en cuanto a los servicios de Consultoda Individual den om in ada: " ESPECIALI STA TECNICO", bajo las condiciones detalladas e ;z-
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Terminos de Referenda, con Ia finalidad de que el consultor apoye las actividades de los prograrnas, para desa rrollar actividades de brindar asistencia tecnica, programar, monitorear y dar seguimiento efectivo a los proyectos de l os contratos de prestamos No. 2369/0C-ES y 2581/0C-ES, desarrollando las actividad es detalladas en el romano Ill. Objetivos y Actividades de Ia Consultoria, y el roma no IV. Productos Esperados e loformes, y demas condiciones detalladas en los Terminos de Referenda de Ia Consultorla Individual antes relacionada. CLAUSULA SEGUNDA; DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Los sigu ie n tes documentos se consideran parte del presente contrato: a) Los Terminos de Referencia; b) C ur rfculo presentado por el Consultor; c) Resoluci6n de Adjudicaci6n N 9 54/2016, de fecha veinte xx xxxxx de 2016; d) notificaci6n del Contratante al Consultor de que se le ha adjudicado el contrato; e) Orden de lnicio; f) Resoluciones modificativas al contrato si las hubiere; y g) otros documentos que emanen del presente contrato. Estos documentos fo r man parte integral del contrato y lo plasmado en ellos es de estricto cumplimiento para las Partes. El presente contrato xxxxxx ecera en caso de discrepancia entre los documentos antes mencionados. cLAUSULATERCERA: LiNEA DE AUTORIDAP. El Consultor, para Ia prestaci6n de sus se rvicios, atendera lo estipul ado en los Terminos de Referenda y este co n trato; y respondera a los lineamientos e indicaciones que dicte el contratante, a traves del Gerente de Proyectos. Asl mismo debera interrelacionarse con funcionarios del Ministerio y de otras entidades del sector asi como otros consul tores que apoyen al ministerio. El Lagro de las metas de Ia co nsultorla sera reflejado en Ia aprobaci6n por parte de Ia referida gerencia, de los informes presentados y en Ia aprobaci6n de Ia Evaluaci6n de Desempeiio, el cual se realizara al entregar el informc final. Durante el tiempo que dure Ia consul torfa. Durante el tiempo que dure Ia consultorfa, el especialista se obliga a realizar Ia consultoria en las instalaciones del Ministerio, en un horario no menos de ocho horas habiles diarias y estar a disposici6n cuando le sea requerido su apoyo, ademas debera cumpl ir con las directrices y lineamientos emanados por Ia Gerencia del Programa del Ministerio. CLAUSULA CUARTA; PRECIO Y FORMA DE PAGO. El contratante se ob liga a pagar al consultor hasta Ia cantidad de VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS SETENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, (US $21,870.00), inclu ido el lmpuesto a
Ia Transferencia de Bienes Muebles y a Ia Prestaci6n de Servicios; pagados de Ia siguiente mancra: SEIS (6) Pagos mensuales, iguales y sucesivos de DOS MIL SETECIENTOS 00/100 (USD$2,700.00) DOLARES
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DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, previa presentaci6n y aprobaci6n de cada lnforme mensual, por el Gerente de Programa. UN (1) Pago Final de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA 00/100 (USD$5,670.00) DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, previa
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presentaci6n y aprobaci6n del lnforme Final. El pago de los servicios debera ajustarse al plazo real de ejecuci6n del contrato y conforme a I a cuota que se ha establecido mensualmente. Si n embargo en caso que no se compl eta re el mes de servicio, debera realizarse el pago en forma proporcional a los dfas que ha l aborado el consultor. El perfodo de pages co mi e n za a partir de Ia fecha de I a Orden de I nicio ernitida por el Xxxxx te de Proyectos, a cuyo manto l e seran im putables todas las obligaciones fisca l es de Ia legislaci6n salvadoreiia. Para ta l efecto y una vez aprobados l os i nforrnes mensuales o finales segun sea el caso, el consultor debera presentar a GFI·MOP I a correspondiente factura de consumidor final con el lmpuesto a Ia Transferencia de Bienes Mueb l es y Prestaci6n de Servicios (IVA) incluido, y el Acta de Recepci6n del mismo. CLAUSULA QUINTA: PLAZO. El plaza para I a ejecuci6n de Ia consultorfa sera por un periodo de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES (243) DfAS CALENDARIO con vencimiento al diecisiete de diciembre de dos mi l dieciseis, contados a partir de Ia Orden de lnicio. No obstante, en caso que al momenta de I a emisi6n de Ia orden de inicio el pl aza excediere de Ia fecha de vencimiento antes relacionada, debera el administrador de contrato ajustar Ia ejecuci6n de Ia consu ltorfa conforme al plaza real de ejecuci6n y rea l izar el calcu l o de pago co nforme a las cuo tas mensualmente pactadas. Sin embargo en caso qu e no llegase a compl eta rse el mes, debera realizar el pago en forma proporcional a los dfas en que ha sido prestado el servici o. La disponibilidad d el co nsultor a ser contratado se requiere a partir de Ia fecha de firma del contrato. Para efectos de renovaci6n del contrato sera necesaria Ia aprobaci6n del Gerente de Proyectos mediante nota expresa. Durante Ia ejecuci6n de I a consultorfa, el Ministerio pondra a disposici6n del consultor y exclusivamente para el cumpl imiento del contrato los siguientes recursos: Espacio ffsico debidamente acondicionado y equipado para desarrolla r los servicios contratados, entre ellos, equipo informatica e implementos informaticos, acceso telef6nico para uso nacional e Internet, archivador, insumos de papelerfa y servicio de transporte cuando las actividades de campo a desarrollar Ia demande. La base para el trabajo sera en Ia
ciudad de San Xxxxxxxx, por lo que para el desarrollo efectivo de esta consul toria, el
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diferentes p royectos. CLAUSULA SEXTA; CESJON DEL CONTRATO. El Consu ltor no podra ceder en todo o e n parte, el cont rato en referencia, a ninguna persona natural o jurfdica, n acio nal o ex tranjera. CLAUSULA SEPTIMA: PROPUCTOS ESPERADOS. El Consu ltor se abliga a presentar a sa tisfacci6n del Ministerio a traves del Gerente del Proyectos, Ia establ ecido en el Romano IV. Productos Esperados e lnformes de los Terminos de Referencia de Ia Consultorfa Individua l. CLAUSULA OCTAVA: MODJFICACIONES. De comun acu erdo el presente contrato podra ser modificado o prorrogado en su plazo de co nfor midad a las Polfticas para I a Selecci6n y Contra taci6n de Consultares Fin a nciados por el Banco lnteramericano de Desarrollo con los mismos procedimientos del presente instrumento, previa No Objeci6n del BID. En tales casas, el Ministeria emitira Ia co rrespondiente Resaluci6n Razanada de Modificaci6n cumpliendo con el procedimiento administrat i ve, y el Contratista en su caso debera modificar o a mpli ar l os plazos y mon tos de las gara ntfas cor respondien tes. CLAUSULA NOVENA: GARANTiA. Dentro de l os quince dfas habiles siguientes a Ia fecha establ eci da en Ia arden de inicio, el Consultor debera oto rga r a favor del Estada y Gobierno de El Sa lvador en el Ramo de Obras Publicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo U rbano y presentar a Ia Gerencia de Adqulslclanes y Cantrataciones lnsti tu ciuual, un Pagancomo Garantfa de Cumplimiento de Con trata; cq uiva lente a t diez por ciento (1 0%) del m onta total del cantrato, para garantizar el fiel cumplimiento del mismo y estara vigente desde Ia fecha de I a orden de inicio hasta qu e E l Ministerio haya recibido Ia totalidad de los servicios a entera sa tisfacci6n, mediante el Acta de Recepci6n Fina l e lnforme Final correspondi e nte. La no presentaci6n de esta e n el pl azo y forma requeridos, sera causal de caducidad del cont rato, con las correspondi entes responsabilidades, segt'•n to estipulado en I x Xxx de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n Publi ca. CLAUSULA DECIMA: RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR: El Consu ltor desarrollara las actividades necesarias para Ia ca nsec uci6n del objetivo planteado, debiendo cubrir al men os l os si guientes as pectos y actividades: 1) Gestionar y asegurar el fiel cu mplimiento en las fechas de presentaci6n de los documentos solicitados por el BID para cada etapa del desarrollo de los Prestamos, ve ri fica nd o que los mismos cumplan con to requerido, a fin de obtener del BID las respectivas No Objeciones; 2) Sup erv isar Ia revision de documentos relacionados co n l os procesos licitatorios a efecto de verificar el cumplimi ento de Ia Polflica para Ia obtenci6n de Bicnes, Obras y Servicios Relacionados y Servicios de Consultorla del Bl D; 3) I nformar
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opo rtunamcnte al Gerente del Programa, sabre cua lqui er desviaci6n del Plan de Trabajo que puede incidir en Ia co rrecta ejecuci6n de los Contratos xx Xxxxxxxx; 4) Dar seguimiento al Plan de cjecuci6n de los Programas; 5) Elaborar y ejecutar Plan Operative de los Programas;
6) Dar seguimiento al presupuesto asignado a los Programas; 7) Planifi car las actividades interinstitucionales del Programa con entidades gubernamentales, ONG's, empresa privada o cua lqui er otro actor que se requiera, para un eficiente desarrollo de los proyectos; 8) Elaborar los In formes que sean requeridos por el Bl D, o por el Gerente del Programa, o por el Ministerio; 9) El Consultor programara reuniones mensuales a efecto de da rle seguimiento
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l as funciones acordadas, para verificar los avances del programa; 10)Realizan1 reuniones con las Gerencias correspondientes, para verificar el avance del plan operative y resolver cualqui er problema que pueda afectar Ia ejecu ci6n del programa; 11) Coordinar reuniones con el especialista en transporte del BID, para Ia revisi6n de Bases y Terminos de Referencia de los procesos de adquisiciones de bienes, servicios, obras y consultorfas a desarrollarse en el Programa, principalmente en lo relacionado a l os documentos tecnicos; 12) Apoyar al Gerente del Programa en los procesos de plan ificaci6n, ejecuci6n, y liquidaci6n de los Conven1os de Prestamos BID 2369/0C-ES y BID 2581/0C- ES; 13) Garantizar Ia eficiente adm ini slraci6n de los contratos de obras y supervision, a traves de los administradores de Contratos, manteniendo un registro de Ia informacion contractual en aspectos tales como: fechas de inicio y vencimiento, control de pr6rrogas y cua lqui cr otra actividad que derive del contrato; 14) Dar segu imi ento a Ia revision, actualizaci6n y modificacion de las sigui entes herramientas: matriz de Adquisiciones, Matriz de riesgos y el Presupuesto de Ejecuci6n Plurianual (PEP), etc., bajo el modelo PM4R; 15) Realizar cua lqui er otra funci6n necesaria de tipo tecnico que tenga relacion con Ia ejecucion de programas y proyectos que contribuya at lagro de los objeti vos institucionales que le sea delegada por el Viceministro de Obras Publicas o por el Gerente del Programa; 16) El Consultor ejercera, primariamente, como pl anificador de los programas con el objeto de mantener informado a Ia gerencia de cualquier posible desviacion de los mismos; 17) Colaborar con el Coordinador de Programas BID con el sistema de seguimiento Fisico y financiero de los proyectos. CLAUSULA DECIMA PRIMERA: TERMINACI6N DEL CONTRATO. El presente contrato podra darse por te rminado por las
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finalizaci6n del mismo, y d) Por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente justificados y aceptados por el contratante. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: XxXXXXXXX. Si el Consultor, incurriese en xxxx en el cumplimi ento de las obli gaciones establecidas en el presenle contrato, el Contratante le aplicara las sanciones establecidas en el articul o 85 de Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Admin istraci6n Publica, las cuales se descontaran del pago correspondicnte, lo cual es aceptado por el CONSULTOR. CLAUSULA DECIMA TERCERA: FINANCIAMIENTO. El contratante, hace constar que el importe del presentc contrato sera fina nciado con Fondos del Convenio xx Xxxxxxxx 81 0-2369/0C-ES, de conformidad a disponibi l idad presupuestaria emitida por Ia Gerencia Financiera lnstitucional, mediante ficha de respuesta a Ia verificaci6n de asignaci6n presupuestaria, numero trescientos treinta y siete de fecha xxxxx xx xxxxx de dos mil dieciseis, que corre agregada al expediente adm i nistrativo. No obstan te lo sefialado y siempre que mediare Ia correspondiente resol uci6n razonada de modificaci6n de este Contrato, podra variarse el financiamiento senalado con cargo a cualquier otro Fondo autorizado. CLAUSULA DEC IMA CUARTA: INCUMPLIMIENTO. Si el Consultor incu rriese en xxxx en el cumplimiento de sus ob ligaciones contractuales por causas t mputables al mismo, podra declararse I a caducidac.J del contrato o imponer el pago de una mu l ta, todo de conformidad al articu lo 85 de Ia LACAP. "EI Consultor'' autoriza, que se le descuente de l os pagos correspondientes, el monto de las multas que le fueren impuestas. CLAUSULA DECIMA QUINTA: LEGISLACI6N APLICABLE. El presente contrato estara regu l ado por las Leyes de Ia Reptlb l ica de El Xxxxxxxx, en especial por las Polit icas para Ia Selecci6n y Cont rataci6n de Consul tores Fina nciados por el Banco lnteramericano de Desarrollo, Ia Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Ia Administraci6n Publica, su Reglamento y subsidiariamente por el Derecho Comun. CLAUSULA DECIMA SEXTA; SOLUCI6N DE CONFLICTOS. Pa ra resolver las diferencias o conflictos que surgieren entre l as partes nos sometemos a: 1) ARREGLO D I RECTO; l as partes contrates procuraran solucionar l as diferencias a traves de sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en acta de los puntos controvertidos y de las soluciones en su caso y; 2) ARBITRAJE; una vez agotado el arreglo directo sin xxxx ar soluci6n alguna a las di ferencias, podra recurrirse al arbitraje de Derecho, de conformidad a Ia Ley de Mediaci6n, Conciliaci6n y Arbitraje. En caso que el contrato sea objeto de arbitraje se regira por las siguientes condiciones: 1) La clase de Arbitraje sera institucional; 2) Ia sede del
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Arbitraje sera en San Xxxxxxxx, El Xxxxxxxx.; 3) Derecho sustantivo aplicable sera Ia l egislaci6n nacional vigente en El Xxxxxxxx; y el procedimiento para resolver el conflicto sometido arbitraje sera el establecido e n Ia Ley de Mediaci6n, Conciliaci6n y Arbitraje y supletoriamente el C6digo Procesal C i vil y Mercantil de El Xxxxxxxx en lo que no estuviese previsto; 4) La instituci6n Arbitral sera el Centro de Mediaci6n y A rbitraje de Ia Camara de Comercio de El Xxxxxxxx; 5) Los arbitros senin tres, uno nombrado por cada una de las partes y un tercero nombrado por el Centro de Mediaci6n y Arbitraje de Ia Camara de Comercio de El Xxxxxxxx. Los arbitros designados deberan poseer experiencia respecto del objeto del contrato; 6) El idioma para conducir el arbitraje sera e l castellano; 7) El Laudo Arbitral tendra carckter definitivo y vinculante y no admitira recurso alguno, excepto el de nulidad;
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8) El arbitraje sera pagado por partes iguales incluyendo cualquier otro gasto de conformidad a Ia tab l a del Centro de Mediaci6n; 9) Los puntas controvertidos seran plan teados por cada parte en su demanda. E n caso de improcedencia del arreglo directo, toda controversia debera someterse a sede judicial. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: PRACTICAS ANTICORRUPTIVAS. El BID como ente financiero exige a todos los prestatarios (incluyendo los beneficiarios de las donaciones), los organismos ejecutores y los organismos contratantes, al igual que todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en proyectos financiados por el Banco, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes). observar los mas altos niveles eticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de fraudc o corrupci6n del cual tengan cono cimiento o sea informado durante el proceso de selecci6n y las negociaciones o Ia ejecuci6n de un contrato. Los actos de fraude y corrupci6n estan prohibidos. Fraude y corrupci6n comprenden actos de: i) practica corruptiva; ii) pnktica fraudulenta; iii) practica coercitiva; y iv) practica colusoria. La definicion de estos actos es Ia indicada por el BID en sus polfticas. CLAUSULA DECIMA N OYENA: DEREC HO SOBRE DOCUMENTOS. El Consultor, queda entendido, que el t.'lnico propietario de toda Ia informaci6n y documentaci6n a que tenga acceso y sea producida por efectos de este contrato, sera EL CONTRATANTE. XXXXXXXX XXXXXXXX:ADMINISTRADOR DE CONTRATO. Mediante Acuerdo Ejecutivo numero doscientos noventa y tres de fecha
veintiseis xx xxxxx de dos mil dieciseis, se nombr6 Administrador del presente Contrato• ,·-...
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ingeniero Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx; qui en actualmente se desempefia como Ger,e.n... ¥
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Programas 81 D, quien dentro de sus atribuciones tendra las responsabilidades que establece el articulo Ochenta y Dos Bis de Ia Ley de Adquisiciones y Con trataciones de Ia Administraci6n Publica y Setenta y Cuatro de su Reglamento, asimismo, tendra que remitir a Ia Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones lnstitucional Ia documentaci6n, tales como Ia orden de inicio, acta de recepci6n final, constancia de procedencia de devo l uci6n de garantfas e i nformes de incumplimiento, este ultimo cuando proceda, en el termino de tres dfas habi l es contados a partir del requerimiento o de Ia fecha de em isi6n de los enunciados documentos. C LAUSULA DEC I MA VIGESI MA PR IMERA: PRO H IBI CI6N DE CONTRATAC J 6N DE MANO DE
OBRA INFANTIL. Si durante Ia ejecuci6n del contrato se comprobare par Ia Direcci6n General de lnspecci6n de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Prevision Social, incumplimiento par parte del Contratista a Ia normativa que prohfbe el trabajo infantil y de protecci6n de Ia persona adolescente trabajadora, se debera tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el articulo Ciento Sesenta de Ia LACAP para determinar el cometimiento o no durante Ia ejecuci6n del Contrato de Ia conducta tipificada como causal de inhabilitaci6n en el articulo Ciento Cincuenta y Ocho Romano V literal b) de Ia LACAP relativa a Ia invocaci6n de hechos falsos para obtener Ia adjudicaci6n de Ia contrataci6n. Se xxxxxxxx0 por comprobado el incumplimiento a Ia normativa par parte de Ia Direcci6n General de lnspecci6n de Trabajo, si durante el tramite de reinspecci6n se determina que hubo subsanaci6n par haber cometido una infracci6n, o par el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en este ultimo caso debera finalizar el procedimi ento para conocer Ia resol uci6n final. CLAUSULA DEC I MA V I GESI MA SEGUNDA: NOTI FICACJON ES. Todas las notificaciones referentes a Ia ejecuci6n de este contrato, seran validas y tendran efecto a partir de su recepci6n solamente cuando sean hechas par escrito a las direcciones de las partes contratantes, para cuyos efectos l as partes sefialan como I ugar para recibir notificaciones las siguientes: "El Ministerio" Alameda Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Kil 6metro cinco y media, carretcra a Santa Tecla, plantel La Lechuza, frente al Estado Mayor de Ia Fuerza Armada, San Xxxxxxxx y por su oarte "EI Cons u ltor" sus oficinas ubicadas en
Tanto "El Ministerio" como "El Consu l tor" podn1n cambiar sus lugares de domicilio, quedando obligados a notificarlo en un plazo no mayor de cinco (5) dfas calendario, posteriores a dicho cambia; mientras tanto el domicilio
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sefialado o el ultimo notificado, sera valido para los efectos l egales. XXXXXXXX XXXXXXXX TERCERA: CONFORMIDAD. En fe, a lo expresado en el presente documento firmamos, en Ia ciudad de San Xxxxxxxx a los veintiseis dfas del mes de xxxxx xxxxxx
mildieciseis.
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XXXXXXX
"E1 CONSULTOR"
: :::: ;; ;: horas del dfa veintiseis xx xxxxx de dos mil dieciseis.
Ante xX XXXXX EDJNORA XXXXXXX XXXXXX, Notaria, xxx xxxxx ilio de
departamento de COMPARECEN: Por una parte el senor XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, conocido por XXXXXX XXXXXXXX,
actuando en nombre y representaci6n del ESTADO Y GOBIERNO DE EL XXXXXXXX, EN EL RAMO DE OBRAS PUBLICA$,
TRANSPORTE Y DE VlV IENDA Y DESARROLLO URBANO, con Numero de ldentificaci6n Tributaria
en su calidad de MINISTRO DE OBRAS PUBLJCAS, TRANSPORTE Y DE VIVIE NDA Y DESARROLLO URBANO,
personeria que day fe de ser legftima y suficiente por haber tenido a Ia vista: el Acuerdo Numero
ONCE de fecha uno xx xxxxx de dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial Numero noventa y nueve, Torno cuatrocientos tres de fecha uno xx xxxxx de dos mil catorce, mediante el cual el Senor Presidente de Ia Republica, xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en uso de sus facultades constitucionales concedidas por el articulo ciento cincuenta y nueve y ciento sesenta y dos de Ia Constituci6n de la Republica de El Xxxxxxxx y de conformidad a \ articulo veintiocho del Reglamento lnterno del Organa Ejecutivo, acord6 nombrar Ministros, entre los cuales aparece que el compareciente fue nombrado en el cargo de MINISTRO DE OBRAS PUBLICA$,
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TRANSPORTE, Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, lnstituci6n que en lo sucesivo se denominara "EL MINISTERIO" o " EL CONTRATANTE" y el senor XXXXXXX XXXXXXXX CHAC6N XXXXXXXXX,
actuando en su caracter personal; ME DICEN: Que con el objeto de darle valor de instrumento publico, me presentan cl Contrato que antecede, el cual han suscrito este dfa, en esta ciudad, que reconocen como propias las firmas que en el han puesto de su puno y letra, asi como de sus represcntados los derechos y las obligaciones contenidas en el mismo. En dicho Contrato, el Contralista se ha comprometido a proporcionar al Ministerio Ia consultoria Individual denominada: " ESPECIALISTA TECNICO", de conformidad a Ia clausula primera de dicho conlrato. El Ministerio por su parte, se ha cornprometido a pagar al Contratista de conformidad a Ia clausula cuarta del referido contrato en Ia forma que literalmente dice: "PRECJO Y FORMA DE PAGO.El contratante se obliga a pagar al consultor hasta Ia canlidad de VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS SETENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, incluido el lmpuesto a Ia Transferencia de Bienes Muebles y a Ia Prestaci6n de Servicios; pagados de Ia siguiente manera: SEIS Pagos mensuales, iguales y sucesivos de DOS MIL SETECIENTOS D6LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, previa presentaci6n y aprobaci6n de cada lnforme mensual, por el Gerente de Programa. UN Pago Final de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA D6LARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, previa presentaci6n y aprohaci6n del lnforme Final. El pago de los
servicios debera ajustarse al plazo real de ejecuci6n del conlrato y conforme a Ia cuota que se ha establecido mensualmente. Sin embargo en caso que nose completare el mes de servicio, debera realizarse el pago en forma proporcional a los dfas que ha laborado el consultor. El perfodo de pagos comienza a partir de Ia fecha de Ia Orden de lnicio emitida por el Gerente de Proyectos. a cuyo monto le seran imputahles todas las obligaciones fiscales de Ia legislaci6n salvadorena. Para tal efecto y una vez aprobados los informes mensuales o finales segun sea el caso, el consultor debera presentar a GFI-MOP Ia correspondiente factura de consumidor final con el lmpuesto a Ia Transferencia de Bienes Muebles y Prestaci6n de Servicios (IVA) incluido, y el Acta de Recepci6n del mismo". El plaza de dicho Contrato lo regula Ia clausula quinta plazo de dicho contrato, Ia cual literalmente dice: " PLAZO. El plazo para Ia ejecuci6n de Ia consultorfa sera por un periodo de DOSCJENTOS CUARENTA Y TRES DlAS CALENDARIO con vencimiento al diecisiete
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de diciembre de dos mil dieciseis, contados a partir de Ia Orden de lnicio. No obstante, en caso que al momento de Ia emisi6n de Ia orden de inicio el p lazo excediere de Ia fecha de vencimiento antes relacionada, debera el administrador de contrato ajustar Ia ejecuci6n de Ia consultorfa conforme al plazo real de ejecuci6n y real izar el cal culo de pago conforme a las cuotas mensualmente pactadas. Sin embargo en caso que no llegase a completarse el mes, debera realizar el pago en forma proporcional a los dias en que ha sido prestado el servicio. La disponibilidad del consultor a ser contratado se requiere a partir de Ia fecha de firma del contrato. Para efectos de renovaci6n del contrato sed necesaria Ia aprobaci6n del Gerente de Proyectos mediante nota expresa. Durante Ia ejecuci6n de Ia consultoria, el Ministerio pondra a disposici6n del consu l tor y exclusivamente para el cumplimiento del contrato los siguientes recursos: Espacio ffsico debidamente acondicionado y equipado para desarrollar los servicios contratados, entre ellos, equipo informatica e implementos informaticos, acceso lelef6nico para uso nacional e Internet, archivador, insumos de papeleria y servicio de transporte cuando las actividades de campo a desarroJiar Ia demande. La base para e l trabajo sera en Ia ciudad de San Xxxxxxxx, por lo que para el desarrollo efectivo de esta consultoria, el Consultor requerini transportarse a los silios de ejecuci6n para dar seguimiento a los diferentes proyectos". Los otorgantes manifiestan que aceptan y reconocen todas las demas clausulas estipuladas en el documento que antecede Yo Ia Notario DOY FE: Que l as firmas que aparecen al pie del referido Contrato, son AUTENTICAS por haber sido puestas a mi presencia de su pufio y tetra por los comparecientes en el caracter y personeria indicados, quienes ademas aceptaron de sus representados los derechos y las obligaciones correlativas que han contraido. Xxx se expresaron los comparecientes a quienes explique los efectos legales de Ia presente Acta Notarial que consta en dos folios; y despues de haberselas lefdo fntegramente, en un solo acto, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos. OOY FE.