PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE RRPP Y CAPTACIÓN DE SPONSORS PARA POSICIONAMIENTO DE MARCA DE HIPÓDROMO DE LA ZARZUELA
(EXPEDIENTE Nº 01/2017)
JULIO 2017
INDICE
DISPOSICIONES GENERALES 3
1. DEFINICIONES 3
2. OBJETO 3
3. PLAZOS 4
3.1. Plazo del contrato 4
3.2. Interpretación de los plazos 4
4. PRESUPUESTO DE LA LICITACIÓN 4
5. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 4
6. ÓRGANO Y MESA DE CONTRATACIÓN 5
7. PERFIL DEL CONTRATANTE, INFORMACION ADICIONAL Y CONSULTAS 5
8. CONDICIONES GENERALES DE APTITUD DEL CONTRATISTA 5
PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 7
9. PRINCIPIOS A LOS QUE SE SOMETE EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN 7
10. ANUNCIO DE LICITACIÓN 7
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 7
12. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 9
12.1. Sobre A: Documentación general y solvencia económico financiera y técnica 9
12.2. Sobre B: propuesta técnica 12
12.3. Sobre C: propuesta económica 12
13. APERTURA, EXAMEN Y VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 13
13.1. Apertura y examen de las proposiciones 13
13.2. Valoración de las proposiciones 13
14. ADJUDICACIÓN 15
15. SUSPENSIÓN O FINALIZACIÓN DE LA LICITACIÓN POR HZ 16
FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO 17
16. FORMALIZACIÓN 17
17. CONTENIDO DEL CONTRATO 17
17.1. Contenido general 17
17.2. Contenido específico 18
18. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 21
19. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 21
20. FORMA DE PAGO 22
21. EXTINCIÓN DEL CONTRATO 22
22. RESPONSABLE DEL CONTRATO 00
XXXXXX
Xxxxx 0 Modelo de proposición económica
I DISPOSICIONES GENERALES
1. DEFINICIONES
Adjudicatario: | Xxxxxxxxx en quien recaiga la adjudicación del Contrato |
Contratista: | Firmante del Contrato con HZ |
Contrato: | El Contrato para la prestación de los servicios de RRPP y captación de sponsors para posicionamiento de marca de HZ |
HZ: | Hipódromo de la Zarzuela, S.A., S.M.E. |
RRPP | Servicios de Relaciones Públicas |
IIC: | Instrucciones Internas de Contratación de HZ |
TRLCSP: | Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre |
Licitador: | Persona física o jurídica que toma parte en la presente licitación y presenta oferta |
PCP: | Pliego de Condiciones Particulares |
Pliegos: | Pliegos de la licitación, incluyendo tanto el PCP como el de PPT |
PPT | Pliego de Prescripciones Técnicas |
SEPI: | Sociedad Estatal de Participaciones Industriales |
2. OBJETO
El presente pliego tiene por objeto la contratación de la prestación de los servicios de RRPP y captación de sponsors para posicionamiento de marca de HZ. En concreto:
1. Captación de sponsors vinculados al sector ecuestre, primeras marcas y consumo aspiracional.
2. Invitación y recibimiento de personajes VIP/celebrities, para potenciar la visibilidad de HZ en los medios de comunicación y redes sociales.
3. PLAZOS
3.1. Plazo del contrato
La duración del Contrato se extenderá hasta finales de la Temporada xx Xxxxxxxx 2018.
3.2. Interpretación de los plazos
Cuando se haga referencia a plazos expresados en días hábiles, se entenderán excluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y demás días festivos correspondientes al domicilio social de HZ.
Si los plazos se expresan en días, sin concretar si son naturales o hábiles, se entenderá que se refiere a días hábiles. Si se expresaran en meses o años, se entenderán naturales, tomándose el plazo de fecha a fecha.
4. PRESUPUESTO DE LA LICITACIÓN
El presupuesto máximo de licitación es de 90.000 € (NOVENTA MIL EUROS).
En este importe se incluyen todos los gastos que el Adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, incluidos los tributos en que pueda incurrir, con excepción del IVA o impuesto indirecto equivalente.
El presupuesto de licitación corresponde a la totalidad del período previsto para la ejecución del Contrato.
HZ se reserva la facultad de excluir aquellas ofertas que presenten un presupuesto superior al indicado.
5. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El Contrato tiene naturaleza privada y se regirá por lo previsto en su clausulado, en los Pliegos, en las IIC y normativa aplicable.
Los Pliegos y sus anexos, al igual que el documento de formalización del Contrato -que se ajustará al contenido de los Pliegos- tienen carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el Contratista en el acto de formalización del Contrato, cuyas cláusulas prevalecerán en caso de duda.
El desconocimiento del Contrato en cualquiera de sus términos, de los anexos que forman parte del mismo, o normativa de toda índole que pueda tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al Contratista de la obligación de su cumplimiento.
El conocimiento de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación, adjudicación, efectos, ejecución, cumplimiento y extinción del Contrato corresponderá al orden jurisdiccional civil.
6. ÓRGANO Y MESA DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación y adjudicación será el Comité de Dirección de HZ.
El Órgano de Contratación estará asistido por una Mesa de Contratación. La composición de la Mesa será la siguiente:
Presidente: | Presidenta de HZ |
Vocal Jurídica y Secretaria: | Asesora Jurídica |
Vocal de control económico y presupuestario: | Director Económico- Administrativo |
Vocal técnico 1: | Responsable de Eventos y Relaciones Institucionales |
7. PERFIL DEL CONTRATANTE, INFORMACION ADICIONAL Y CONSULTAS
Los Pliegos y la documentación contractual relativa a la presente licitación serán accesibles a través del Perfil del Contratante ubicado en la página web de HZ (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) o a través de la Plataforma de Contratación del Estado.
Para cualquier aclaración relativa al presente Pliego, los licitadores deberán dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
8. CONDICIONES GENERALES DE APTITUD DEL CONTRATISTA
Serán de aplicación al Contratista los requisitos generales de capacidad, prohibiciones de contratar y solvencia indicados en las IIC de HZ.
Podrán concurrir a la licitación de este contrato, por sí o por medio de los representantes debidamente autorizados, las personas naturales o jurídicas, españoles o extranjeras que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 54 a 59 del TRLCSP tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en las causas de prohibición de contratar
establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones y acrediten solvencia económica, financiera y técnico o profesional, en los términos exigidos en este Pliego.
Es potestativa la clasificación del empresario en los registros oficiales de Licitadores y empresas clasificadas. Sin embargo, los certificados de clasificación que acrediten la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los estados miembros de la Unión Europea, sientan una presunción de aptitud de los empresarios incluidos en ellas.
El Contratista no podrá estar incurso en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones con HZ, ni adeudarle cantidad alguna con motivo de otras relaciones comerciales o contractuales.
I I
PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
9. PRINCIPIOS A LOS QUE SE SOMETE EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
La adjudicación del Contrato está sometida a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, en los términos previstos en las IIC.
10. ANUNCIO DE LICITACIÓN
Los Pliegos de licitación se publicará en el Perfil del Contratante ubicado en la página web de HZ (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Los Pliegos será accesible y estará a disposición de los interesados desde el día de la publicación del anuncio.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones para la licitación se presentarán en 3 sobres cerrados (A, B y C), identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el Licitador o la persona que lo represente, e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, teléfono de contacto y correo electrónico para notificaciones.
Las proposiciones deberán ir acompañadas de la documentación en castellano que a continuación se detalla. Se dirigirá al Departamento de Asesoría Jurídica de HZ y se presentarán en las oficinas de HZ, en la Xxxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxxxx x/x (xxxxxx 0, X-0), 00000 Xxxxxx, antes de las 10.00 horas del día 21 xx xxxxxx de 2017. Las proposiciones se entregarán, bien personalmente o bien por mensajería, pero siempre deberán haberse recibido por HZ dentro del plazo señalado. A solicitud del Licitador, HZ expedirá como acreditación para el mismo recibo en el que constará el nombre del Licitador, la licitación a la que concurre y el día y hora de presentación.
En el supuesto de que liciten Uniones Temporales de Empresas (UTEs), los documentos a aportar serán los generales enumerados en los apartados siguientes, respecto a cada una de las empresas que las constituyan.
Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada, salvo causa justificada.
Cada persona licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otras si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por ella suscritas.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá esta última.
HZ podrá rechazar aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que a juicio de HZ resulte fundamental para la oferta.
La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicionada por el Licitador del contenido de la totalidad de los Pliegos, sin salvedad o reserva alguna.
La infracción de estas normas facultará a HZ para la no admisión de las correspondientes propuestas.
De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta de cada sobre se consignarán los datos siguientes:
SOBRE A, B y C
Identificación de la Licitación: ................................................................
Licitador: ..........................................................................................................
C.I.F. o N.I.F.:.....................................................................................................
Dirección:..........................................................................................................
Teléfono: .......................................... Fax:......................................................
Correo electrónico:……................................................................................
Firma(s):
Los licitadores, presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Los documentos y datos presentados pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.
12. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones y documentación se presentarán en tres (3) sobres o, en su caso, paquetes, cerrados e identificados con las letras A, B y C.
12.1. Sobre A: Documentación general y solvencia económico financiera y técnica
Sólo podrán ser Contratistas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del Contrato. De igual modo, no podrán encontrarse en xxxx con HZ ni tener ninguna deuda pendiente con ésta.
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica
Los empresarios individuales deberán aportar copia auténtica del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias si las prestaciones del contrato se encuentran comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
La capacidad de obrar de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos en la UTE y deberán designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante el Adjudicador
2º) Documentos acreditativos de la representación
Poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, junto con una copia del DNI del o de los apoderados.
Declaración responsable del o de los apoderados, relativa a la subsistencia del poder de representación.
3º) Ausencia de prohibición de contratar
Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de contratar según el art. 60 TRLCSP, así como de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el Licitador a cuyo favor se vaya a efectuar la misma.
En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes presentará una declaración responsable debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos en la UTE y deberán designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante el adjudicador.
4º) Documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional
Los licitadores deberán presentar la garantía provisional de 2.500€ (DOS MIL QUINIENTOS EUROS).
La constitución de la garantía provisional se podrá efectuarse mediante transferencia bancaria o aval bancario con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, en el que se renuncie expresamente a los beneficios de excusión, orden y división.
Esta garantía será devuelta a los licitadores no adjudicatarios inmediatamente después de la adjudicación.
Si algún licitador retirara injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no constituyese la garantía definitiva, o por causa imputable al mismo no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por él constituida.
5º) Acreditación de la solvencia
La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional del empresario deberán acreditarse por los siguientes medios:
Solvencia financiera.
Para acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera, las personas jurídicas deberán aportar:
- Cuentas anuales del licitador referidas a los tres últimos ejercicios, en función de la fecha de creación o de inicio de actividades del empresario, incluyendo el informe de auditoría, debidamente auditadas (siempre que exista obligación legal), aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil.
- Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si del examen de las cuentas presentadas se deduce que el volumen de negocio anual, durante cada uno de los tres últimos ejercicios, es igual o superior al doble del valor estimado del contrato.
Para acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera, las personas físicas deberán presentar:
- Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales no inferior al 75% del presupuesto de licitación del contrato.
Solvencia técnica y profesional.
Se acreditará presentando la documentación que a continuación se relaciona:
a) Acreditar documentalmente la posesión de experiencia en las actividades de RRPP en eventos relacionados con el mundo del caballo.
Esta acreditación deberá realizarse mediante una declaración responsable, con clara expresión de cumplimiento de los requisitos indicados. No obstante, HZ podrá requerir el debido soporte, pudiendo excluir a quien considere que no lo ha acreditado suficientemente.
b) Acreditar documentalmente la posesión de experiencia en RRPP en eventos relacionados con primeras marcas y consumo aspiracional.
Esta acreditación deberá realizarse mediante una declaración responsable, con clara expresión de cumplimiento de los requisitos indicados. No obstante, HZ podrá requerir el debido soporte, pudiendo excluir a quien considere que no lo ha acreditado suficientemente.
c) Acreditar documentalmente la conexión o contacto con empresas o celebrities a los que se refiere el objeto del contrato.
6º) Sometimiento a fuero español
Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa al fuero jurisdiccional extranjero que, en su caso, pudiera corresponder al Licitador.
7º) Trabajadores con discapacidad
Los empresarios podrán presentar, al sólo efecto de determinar la preferencia en la adjudicación del contrato, conforme a la Disposición adicional 4ª, apartado 2 de TRLCSP, documentación que acredite que la empresa tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%.
12.2. Sobre B: propuesta técnica
El Licitador incluirá una propuesta con sujeción a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Se especificarán separadamente los servicios a prestar.
Asimismo, el licitador deberá expresar la persona y sus datos de contacto a efectos de aclaración de posibles dudas.
12.3. Sobre C: propuesta económica
El tercer sobre, marcado con la letra C en lugar visible, contendrá la oferta económica, que habrá de referirse a la totalidad de los servicios objeto de la convocatoria y que se ajustará estrictamente al modelo que figura en el Anexo 1 de este Xxxxxx.
La oferta económica estará firmada en todas sus hojas por quien tenga capacidad para formular la proposición. En el importe de la oferta se considerarán incluidos todos los gastos precisos para la ejecución de los trabajos objeto de esta licitación, excepto el IVA.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá esta última.
Podrán ser excluidas de la Licitación aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo de licitación.
13. APERTURA, EXAMEN Y VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
La Mesa de Contratación procederá a la apertura, calificación, examen y valoración de las ofertas. De todas las actuaciones se dejará constancia en acta.
13.1. Apertura y examen de las proposiciones
El Presidente ordenará la apertura de los sobres y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación del sobre A, lo comunicará a los interesados, concediendo un plazo no superior a 3 días hábiles para que los Licitadores los corrijan o subsanen.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa declarará los Licitadores admitidos y los excluidos, indicando las razones de dicha exclusión.
Declarados los Licitadores admitidos, la Mesa de Contratación procederá a abrir únicamente los Sobres B. El Presidente ordenará la apertura de los Sobres B para el examen y valoración de las ofertas y el Secretario certificará la relación del contenido que figure en cada uno de ellos, dejando constancia en acta.
Una vez abiertos los Sobres B se comprobará si las proposiciones cumplen con el contenido requerido, excluyéndose en ese mismo momento aquellas que incumplan. Las proposiciones que sí cumplan serán valoradas siguiendo los criterios expresados en el apartado siguiente. Las propuestas quedarán clasificadas, de acuerdo con la puntuación obtenida.
El contenido del Sobre B no será devuelto a los Licitadores en ningún caso, sin que por ello puedan reclamar ningún tipo de indemnización.
De todas las proposiciones no excluidas se abrirá el Sobre C.
La apertura de los Sobres C será pública. Se convocará expresamente a los Licitadores cuyo Sobre C vaya a ser abierto.
13.2. Valoración de las proposiciones
Las ofertas se valorarán conforme a las siguientes pautas:
a) PUNTUACIÓN GLOBAL (PG)
La PG estará compuesta por la suma de la puntuación técnica y la puntuación económica con un máximo de 100 puntos.
b) PUNTUACIÓN TÉCNICA
La puntuación técnica de la oferta estará constituida por la suma de las puntuaciones parciales asignadas a cada uno de los criterios a valorar, con un máximo de 50 puntos:
Nº | Criterio | Rango de puntuación |
1 | Modelo de organización, plan de acción y procedimientos de reporting, control y seguimiento | 20 |
2 | Propuesta de acciones para la captación de sponsors. Ingresos y retornos previstos | 20 |
3 | Notoriedad / seguimiento en redes sociales | 10 |
.
Las ofertas que no alcancen una puntuación mínima de 35 puntos o sean puntuadas con cero puntos en alguno de los criterios valorables, podrán ser eliminadas a juicio de la Mesa de Contratación.
Durante el proceso de evaluación técnica, HZ podrá solicitar al licitador la realización de una presentación oral ante el Comité de Dirección de HZ, para la que se concretará una fecha. Esta defensa de la propuesta permitirá la resolución de las dudas que al equipo de HZ le quepan sobre la misma y facilitará su tarea al equipo evaluador.
c) PUNTUACIÓN ECONÓMICA
Las ofertas económicas serán valoradas utilizando la siguiente fórmula:
Puntuación económica: (1-[(oferta - oferta más barata)/oferta más barata]) * nº máximo de puntos
Podrán quedar excluidas y no tomarse en consideración aquellas ofertas que hagan una proposición económica anormalmente baja, consideradas así aquellas con un porcentaje de baja que exceda, por lo menos, de veinte unidades porcentuales de la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las ofertas admitidas.
HZ solicitará por escrito al licitador o licitadores cuya oferta económica sea anormalmente baja las justificaciones que considere oportunas sobre la composición de la citada oferta económica, con el fin de determinar si la misma
debe ser tomada en consideración. Desde la fecha en que reciba la solicitud, el licitador requerido dispondrá de tres (3) días hábiles para presentar las justificaciones que estime convenientes. Si transcurrido este plazo no se hubiera recibido dichas justificaciones, la empresa licitadora quedará excluida.
Si se recibieran en plazo las citadas justificaciones, HZ decidirá, de forma motivada, bien la aceptación de la oferta, contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato o bien el rechazo de dicha oferta cuando presuma fundadamente que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados.
En el caso de que una de estas ofertas económicas consideradas anormalmente bajas resulte adjudicataria, se exigirá una garantía definitiva equivalente al porcentaje de baja propuesto aplicado sobre el importe de adjudicación y nunca inferior al 20% de dicho importe, excluido IVA o cualquier otro impuesto directo equivalente.
La Mesa de Contratación, una vez realizadas las valoraciones, clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente. En caso de coincidencia se atenderá a la acreditación, si es el caso, de que la empresa tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2% (Disposición adicional cuarta, apartado 2 de TRLCSP).
Una vez clasificadas las proposiciones de los Licitadores, la Mesa de Contratación elevará la clasificación al Órgano de Contratación, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación.
No obstante lo anterior, el Órgano de Contratación, a la vista de las proposiciones presentadas, podrá declarar desierta la contratación, sin que por ello tengan los oferentes derecho a reclamación alguna.
14. ADJUDICACIÓN
El Órgano de Contratación, una vez ponderadas las valoraciones efectuadas por la Mesa, clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo al criterio de la proposición que resulte económicamente más ventajosa y más adecuada, entendiéndose por tal la que haya alcanzado la mejor puntuación, conforme a los criterios económicos de valoración.
El Órgano de Contratación requerirá al Licitador que figure en primer lugar para que presente la documentación siguiente en un plazo no superior a diez días hábiles:
Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La acreditación de hallarse al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas en los términos establecidos en la normativa vigente.
Cuando se trate de una UTE, la escritura de constitución.
Resguardo de la garantía (5% del presupuesto de licitación).
De no presentarse la referida documentación en los términos anteriores, se entenderá que el Licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al Licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La adjudicación deberá efectuarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada y deberá notificarse a los Licitadores y publicarse en el perfil del contratante.
Si los interesados lo solicitan, se les facilitará información, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del Adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor.
El Órgano de Contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere. Justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas.
15. SUSPENSIÓN O FINALIZACIÓN DE LA LICITACIÓN POR HZ
En cualquier momento, antes de la formalización del contrato, podrá HZ, de forma motivada, suspender o finalizar la licitación, sin asumir obligación ni compromiso alguno con los interesados.
En ningún caso procederá indemnización ni compensación alguna por gastos, costes, etc., para los interesados, sin perjuicio de la devolución de las fianzas o garantías que, en su caso, hubieren consignado.
En todo caso, el acuerdo de suspensión o finalización figurará en resolución motivada del Órgano de Contratación, se publicará en el Perfil del Contratante y, en su caso, se notificará a los licitadores que hubieren presentado oferta.
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FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
16. FORMALIZACIÓN
El Contrato se formalizará por HZ y el Adjudicatario, en documento privado, dentro de un plazo no superior a cinco días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de adjudicación. Sin el requisito de la formalización no podrá iniciarse la ejecución del Contrato.
Deberá, estar firmado por ambas partes en todas las hojas que conforman el contrato
17. CONTENIDO DEL CONTRATO
17.1. Contenido general
El contenido del contrato se ajustará a lo dispuesto en el Pliego, en las IIC y demás normativa aplicable, e incluirá, entre otros extremos, el que se indica a continuación.
(1) El Contratista desarrollará su actividad de forma regular y conforme a los más altos niveles de calidad, respetando y adaptándola en todo caso al normal desarrollo de las carreras y actividad del Hipódromo.
(2) HZ prestará al Contratista la mayor colaboración en el desarrollo de su actividad.
(3) El Contratista deberá disponer los medios humanos y materiales necesarios para desarrollar su actividad, observando estrictamente la normativa aplicable. En particular, deberá: cumplir la normativa y obligaciones tributarias, laborales, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales, higiénico-sanitaria y de seguridad.
(4) El Contratista garantizará la debida confidencialidad y la ausencia de conflictos de intereses.
(5) El Contratista prestará una fianza por importe equivalente al 5% del presupuesto de la licitación. Esta fianza se podrá prestar mediante transferencia, cheque bancario o aval bancario ejecutable a primer requerimiento.
(6) El Contratista justificará ante HZ, antes de la firma del Contrato, la suscripción de una póliza de seguros de Responsabilidad Civil General, que cubra los riesgos de los accidentes que eventualmente pudieran ocurrirle a su personal o al de terceros, así como los daños producidos a las instalaciones de HZ, a consecuencia de la prestación de los Servicios.
(7) El Contratista no podrá ceder el Contrato en todo o en parte, ni subcontratar su cumplimento o ejecución, sin el previo consentimiento, expreso y fehaciente,
de HZ. El adjudicatario del Contrato será, en todo momento, ante HZ, la responsable de los servicios prestados.
17.2. Contenido específico
(a) REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DEL CONTRATISTA:
(1) Corresponde exclusivamente al contratista la selección del personal formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
El Contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio [cuando existan razones que justifiquen esta exigencia], informando en todo momento a la "entidad contratante”.
(2) El Contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
(3) El Contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
(4) El Contratista tuviera que ejecutar el contrato en las dependencias de la entidad contratante y la persona ocupara espacios diferenciados del que ocupan el resto de empleados.
En ningún caso podrá considerarse que con motivo o consecuencia del presente Contrato se ha producido cesión de personal a los efectos de lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que ambas partes se obligan a cumplir la legislación vigente para no incurrir en dicho supuesto.
El Contratista se compromete a mantener a todo el personal que participe en los trabajos o servicios que se puedan contratar al amparo de este Contrato, afiliados y de alta en la Seguridad Social y amparados bajo póliza de seguros de accidentes de trabajo.
Las partes se obligan a cumplir rigurosamente lo establecido en la normativa de prevención de riesgos laborales y en especial las obligaciones fijadas en el art. 24 de la Ley 31/1995, y en el Real Decreto 171/2004, en lo atinente a las medidas que deben adoptarse cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades, trabajadores de dos o más empresas. En consecuencia con lo
anterior, se obligan en relación con todos los trabajadores, profesionales y empresarios individuales que utilicen directa o indirectamente para el cumplimiento de los trabajos que se deriven del desarrollo del presente Contrato:
Al cumplimiento estricto de la normativa de prevención de riesgos laborales y, en especial, al cumplimiento de las obligaciones de formación e información previa de riesgos laborales genéricos propios de la actividad y específicos de sus respectivos puestos de trabajo, y al cumplimiento de la revisión médica anual.
A cumplir estrictamente lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación en materia de salud laboral y, en especial, a seguir las instrucciones que establezca la empresa titular del centro de trabajo en relación con los riesgos existentes en dicho contrato.
(b) SEGURIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
El Contratista queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el responsable del Contrato.
El Contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del Contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del Contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo
140.2 del TRLCSP.
El Contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del Órgano de Contratación.
El Contratista adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.
El Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
A estos efectos, el Contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse
claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
Como efecto de la adjudicación del presente Contrato, el Adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por lo que como consecuencia de la celebración del mismo, el Adjudicatario adquiere la condición de Encargado de Tratamiento, y queda obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de prestación del servicio.
El acceso del Adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros de HZ para la prestación del servicio objeto del Contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos de la LOPD, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en el Artículo 12 de la LOPD. Por lo que como consecuencia, el Adjudicatario queda obligado específicamente a:
- Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines de la ejecución del presente Contrato.
- Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el Artículo 9 de la LOPD y desarrolladas reglamentariamente en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (RDLOPD), aplicando de esta manera, las medidas de seguridad del nivel que correspondan en función del tipo de datos a tratar conforme al contenido del Artículo 81 del RDLOPD.
- Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda tener acceso para la prestación objeto del Contrato así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
- No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su conservación, salvo que en el Contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario, en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.
- Comunicar al personal que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento el deber de guardar secreto profesional sobre los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del Contrato, obligándose de igual manera a hacer cumplir las medidas de seguridad.
- Destruir o devolver a HZ, según las instrucciones que al respecto se den, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia alguna de aquellos.
La infracción de estos deberes por parte del Adjudicatario, será calificada como grave y será causa de resolución del Contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente, respondiendo, en todo caso éste, como Responsable del Fichero, sobre los daños y perjuicios que en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de las mismas.
Estas obligaciones que se extienden durante la ejecución del Contrato, seguirán vigentes una vez que el Contrato haya finalizado o haya sido resuelto.
La infracción de estos deberes por parte del Contratista generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el Contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
18. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas y sus anexos.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Contratista.
El Contratista será responsable de la calidad técnica de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para HZ o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Contrato, tanto si dichos prestaciones y servicios se realizan en sus propias instalaciones, como en los centros o profesionales que tenga concertados para el debido cumplimiento del contrato.
19. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Sin perjuicio de lo previsto en la TRLCSP, las Partes, previo acuerdo expreso, podrán modificar el contrato supeditándose la modificación a la concurrencia de circunstancias o acontecimientos que objetivamente considerados justifiquen la necesidad de la modificación y en la proporcionalidad de ésta.
En particular, cabrá modificación del contrato en alguna de las siguientes circunstancias:
a/ Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en las especificaciones técnicas.
b/ Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, puestas de manifiesto con
posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional.
c/ Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
20. FORMA DE PAGO
El Contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada con arreglo al precio convenido y en los términos establecidos en este Pliego y en el contrato que se formalice en su momento con el adjudicatario.
El pago del precio se hará efectivo de acuerdo con facturación periódica a determinar, durante la vigencia del contrato, mediante factura expedida por el Contratista. Una vez la factura se haya recibido por HZ y siempre que no se hayan apreciado deficiencias en la prestación de los servicios, ésta se abonará en el plazo de 30 días naturales siguientes a su recepción, mediante transferencia bancaria.
21. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El Contrato se extinguirá por su vencimiento, mutuo acuerdo o resolución.
La resolución del Contrato se podrá acordar por el Órgano de Contratación, siendo causas de resolución las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista individual, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad Contratista.
b) El incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en el Pliego o en el Contrato. En este sentido se entenderán los siguientes incumplimientos: paralización de la actividad o no prestación de la misma durante una jornada; prestación manifiestamente defectuosa o irregular de forma reiterada de sus actividades y el retraso sistemático en la prestación de las mismas; o no utilizar los medios personales esenciales exigidos; cesión total o parcial del Contrato sin la previa, expresa y fehaciente autorización de HZ; incumplir sustancialmente las condiciones técnicas, administrativas o jurídicas de su actividad.
La resolución del contrato deberá comunicarse al Contratista y expresar justificadamente las razones que la motivan, con indicación de la fecha de efectividad de la misma, todo ello sin perjuicio del eventual derecho a indemnización de daños y perjuicios y/o a las acciones judiciales pertinentes.
22. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá designar un responsable del contrato. Al responsable del contrato le corresponderá supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las prestaciones pactadas, dentro del ámbito de facultades que se le atribuyan.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx , con D.N.I número
y con residencia en , Provincia de _ calle , en nombre/representación de la empresa , enterado/a de las condiciones y requisitos que se exigen para concurrir al procedimiento de contratación de LOS SERVICIOS DE RRPP Y CAPTACIÓN DE SPONSORS PARA POSICIONAMIENTO DE
MARCA DE HZ, se encuentra en situación de acudir como licitador al mismo, al tener plena capacidad de obrar y no estar comprendido en ninguna de las circunstancias determinadas en el artículo 60 del TRLCSP.
Que se compromete en su propio nombre y derecho, o en nombre de la empresa , con C.I.F. Nº , a la cual representa a tomar a su cargo la ejecución del citado contrato, todo ello de acuerdo con el correspondiente Xxxxxx, cuyo contenido declara conocer plenamente y cuyas cláusulas acepta incondicionalmente sin salvedad, sometiéndose a ellas y a la legislación de contratos del sector público.
A efectos de lo expresado en el párrafo anterior, se compromete a ejecutar el contrato de referencia, por el importe de euros.
En el Coeficiente contemplado en este Anexo debe entenderse incluidos todos los conceptos, excepto el I.V.A.
En a de de 2017
(1) En cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos personales serán tratados y quedarán incorporados a un fichero responsabilidad de la Hipódromo de la Zarzuela, S.A., S.M.E., registrado en la Agencia Española de Protección de Datos. El motivo por el que se le solicitan sus datos de carácter personal, no es otro, que gestionar el presente procedimiento abierto, pudiendo, usted ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la sede social, sita en Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxx x/x.