CONTRATO DE AFILIACION SERVICIO DE ACOMPAÑANTES
CONTRATO DE AFILIACION SERVICIO DE ACOMPAÑANTES
1er. nombre | 2do. nombre | 1er. apellido | 2do. apellido | X. Nac. | Edad | CI | Plan |
Dirección: | |||||||
Teléfono: |
Como solicitante del servicio, declaro que:
1- La información declarada es correcta y formará parte del contrato suscripto. 2- Acepto las condiciones del contrato detallado en este formulario.
3- Fui informado del alcance y utilización de los datos personales que completé en esta solicitud.
Por una parte: Compañía Xxxxxxxxx Ltda., empresa que brinda servicio de compañía y enfermería domiciliaria, en adelante Vigilia y por otra parte, el afiliado cuyos datos se expresan en el presente formulario; acuerdan la celebración del presente contrato de prestación de servicios.
PRIMERO. OBJETO.
1. Vigilia se obliga a prestar al Afiliado, los servicios que le fueren contratados, según las características y condiciones especiales que se establezcan para cada producto, cuya descripción se incluye en el presente contrato, dentro de los límites y condiciones generales estipuladas en este instrumento y a criterio del Director Técnico de la empresa.
2. En caso de contratarse Servicio de Enfermería a domicilio, este será prestado y supervisado por personal técnico habilitado por el M.S.P., quien cumplirá las indicaciones médicas escritas por el médico tratante, de la cual la empresa llevará archivo, dejando constancia del procedimiento realizado en el libro de enfermería de acuerdo a la normativa dictada por el M.S.P. Los materiales, insumos y medicamentos serán suministrados por el afiliado. Quedan comprendidos dentro de estos servicios, todos aquellos procedimientos que el Técnico está habilitado a realizar por el M.S.P. en su carácter de Auxiliar de Enfermería o Licenciado en Enfermería diplomado y que puedan llevarse a cabo en un domicilio.
SEGUNDO. OBLIGACIONES DEL AFILIADO.
1. Pagar mensualmente la cuota correspondiente a su categoría y a los servicios contratados, dentro de los primeros 10 días de cada mes. El precio de la cuota mensual será fijado por Xxxxxxx, de acuerdo al servicio contratado y se actualizará semestralmente en función del aumento acumulado del IPC del semestre anterior y de la variación de los cuidados médicos para el rubro salud.
2. La falta de pago de dos mensualidades consecutivas, facultará a Xxxxxxx a considerar suspendidas sus obligaciones, y si el servicio se estuviera prestando, podrá cancelarlo, una vez constatada la omisión del pago. No obstante lo expresado, si el socio abonare lo adeudado antes de su pase al departamento de gestión de morosidad, podrá recibir el servicio.
3. La falta de pago de tres cuotas consecutivas, determinará la rescisión del contrato, en forma automática, perdiendo el asociado todos los derechos adquiridos (Cláusula cuarta), sin derecho a reclamo alguno, pudiendo Vigilia, en concepto de multa, reclamar las cuotas que quedaron pendientes de pago hasta la finalización del contrato. En caso que el afiliado se pusiera al día con su cuota, antes de operada la referida rescisión – pasado los dos meses y estando su caso en el departamento de gestión de morosidad - y desee continuar su afiliación, tendrá una carencia de 30 días para recibir los servicios, los que se contarán a partir de la fecha de pago.
4. Producida la rescisión, de contratar nuevamente servicios, adquirirá los derechos en la forma determinada para los socios nuevos, tomando como punto xx xxxxxxx la fecha de la nueva contratación.
5. Comunicar a Vigilia - por cualquier medio fehaciente – todo cambio de domicilio, número telefónico y/o correo electrónico, si correspondiere.
6. Para el caso de pago de la cuota mediante débito de tarjeta de crédito, se debe notificar el cese del mismo a Vigilia, por escrito, con una antelación no menor a 30 días. En caso de incumplimiento de lo antes referido, Xxxxxxx queda exenta de toda responsabilidad por los débitos que se efectuaren.
TERCERO. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO.
1. El servicio será suministrado por Xxxxxxx, a la brevedad, dentro de las 24 horas de solicitado al Centro de Coordinación de Servicios.
2. Al momento de solicitar el servicio, el Afiliado deberá estar al día con el pago de la cuota, según los registros de Vigilia, y en caso de diferencia, deberá acreditar en forma fehaciente tal circunstancia.
3. En los días en que por cualquier motivo se encuentre afectado el transporte colectivo de pasajeros, el cumplimiento del servicio quedará supeditado a la disponibilidad del mismo, pudiendo acordarse entre las partes que el traslado sea de cargo del socio.
4. Vigilia queda exonerada del cumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato, en situaciones excepcionales, tales como conmoción social, grave alteración del orden público, epidemias, accidentes naturales que afecten gravemente el clima, etc., al igual que en toda circunstancia de fuerza mayor, caso fortuito, causa extraña o imposibilidad fáctica de cumplimiento de la prestación. Así mismo se entenderá comprendidas en esta causal la existencia de condiciones particulares de los servicios que pongan en peligro la integridad de los acompañantes, cualquiera sea la causa.
CUARTO. DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS Y ADQUISICION DE DERECHOS.
1. Condiciones generales.
1.1. Las funciones de las acompañantes, serán exclusivamente de compañía. En ningún caso incluirán aspectos técnicos o de enfermería ni labores domésticas o de cocina, rigiéndose las mismas por el manual de tareas del acompañante publicado en la página web del MTSS.
1.2. La adquisición de derechos a la prestación de los servicios se efectuará en la forma determinada en los anexos descriptivos para los distintos servicios contratados.
1.3. En ningún caso los derechos serán acumulables.
1.4. El derecho a utilizar los servicios contratados, comenzarán una vez transcurridos 30 días corridos desde la afiliación.
QUINTO. PLAZO.
El plazo del presente contrato es de 1 (un) año a partir de su suscripción y se renovará automáticamente por igual periodo, salvo que cualquiera de las partes, comunique su intención de no renovarlo, con una anticipación de 30 días del vencimiento. Sin perjuicio de lo expresado, el afiliado podrá, dentro de los 60 días corridos, a partir de la fecha de la renovación automática, rescindir el contrato, debiendo comunicarlo con un preaviso de 15 días corridos.
En caso de contratos promocionales, que contemplen descuentos especiales en el valor de la cuota o beneficios adicionales, el plazo del mismo será de 2 (dos) años, manteniéndose el resto de las condiciones establecidas.
En todos los casos el afiliado dispondrá de 5 días hábiles a partir de la suscripción del contrato, para rescindirlo sin responsabilidad, debiendo comunicar tal resolución a la empresa por medio fehaciente.
Cualquier contratación que implique modificación a los contratos vigentes, se entenderá a los solos efectos del plazo del contrato, como una renovación del contrato original.
SEXTO. DESCRIPCION DEL PRODUCTO CONTRATADO
VIGILIA se obliga a brindar a los afiliados a Planes Preferenciales de la Asistencial Médica los siguientes servicios: 1) servicio de compañía en caso de internación por un máximo de 5 días, 8 horas por día, en cada oportunidad en que deba estar internado. El beneficiario podrá usar el servicio a su elección, ya sea en sanatorio o domicilio durante su convalecencia, o una combinación de ambos, siempre con el máximo previsto anteriormente. 2.-) Servicio de enfermería domiciliaria, con un máximo de 10 procedimientos simples de enfermería mensuales y un máximo de 25 procedimientos anuales. Los materiales que se utilicen serán de cargo del afiliado. Vigilia brindará el servicio de compañía en todas las capitales departamentales de la República y otras ciudades con Centros de Internación hospitalaria.
SÉPTIMO. RESERVA DE AFILIACION.
Vigilia se reserva el derecho a rescindir el contrato en forma unilateral, si dentro de los 3 meses de la afiliación, comprobare que el socio omitió información determinante para su ingreso y que hubiera sido oportunamente solicitada por la empresa. En caso de darse esta hipótesis Vigilia se obliga a devolver al afiliado la totalidad de lo que hubiera abonado por concepto de cuotas mensuales, siempre y cuando no haya usado el servicio.
OCTAVO. DOMICILIOS.
A todos los efectos a que pueda dar lugar el presente contrato, Vigilia, constituye domicilio especial en la calle X. Xxxxx xx Xxxxxxxx y 3 de Febrero Local 4 de esta ciudad y el afiliado en el indicado como suyo en el formulario adjunto, los cuales se tendrán por válidos y vigentes mientras no se comunique su cambio a la contraparte, por medio fehaciente. Y para constancia se firma en dos ejemplares de idéntico tenor, en el lugar y fecha indicados en la comparecencia.
Fecha de vigencia del presente:
Xxxxxxxxx, de de 20 .
Firma del Responsable del pago. Firma del Asesor