RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2014, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para...
XXXXXXXXXX xx 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad al Acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para fijar las condiciones de la adquisición agregada de medicamentos. (2014060781)
Habiéndose firmado el día 4 de septiembre de 2013, el Acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para fijar las condiciones de la adquisición agregada de medica- mentos, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de no- viembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figura como Anexo de la presente resolución.
Mérida, a 7 xx xxxxx de 2014.
La Secretaria General,
PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 xx xxxxxx),
M.9 XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD, EL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, PARA FIJAR LAS CONDICIONES DE LA ADQUISICIÓN AGREGADA DE MEDICAMENTOS
En Mérida a 4 de septiembre de 2013.
REUNIDOS:
DE UNA PARTE:
Xxxx Xxx Xxxx Xxxxxxx, Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, cargo que os- tenta en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 1826/2011, de 21 de di- ciembre, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 xx xxxxx, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y
D. Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (en lo suce- sivo INGESA), cargo que ostenta en virtud de acuerdo de la Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de 9 xx xxxxx de 2012, en virtud de las competencias que se le atribuyen en el artículo 15, apartado 4 del Real Decreto 1087/2003, de 29 xx xxxxxx, por el que se establecía la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
Y DE OTRA PARTE:
Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, en su calidad de Consejero de Salud y Política Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por Decreto del Presidente 8/2012, de 9 xx xxxx (DOE n.º 89 de 10 xx xxxx), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la delegación de firma otorgada mediante Resolución de 11 de ma- yo de 2012 por el Presidente de la Junta de Extremadura, según la competencia que le con- fiere el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; debidamente autorizado para la suscripción del presente Convenio por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha de 4 de septiembre de 2013.
Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con la que cada uno interviene, así como la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Acuerdo y, al efecto,
EXPONEN:
1. Que, para afrontar de manera adecuada la sostenibilidad de la calidad del Sistema Nacional de Salud, el Pleno del Consejo Interterritorial de 18 xx xxxxx de 2010 consideró necesa- rio trabajar con medidas de refuerzo de la calidad, la equidad y la cohesión junto con otras de contención y de ahorro a corto y medio plazo.
2. Que el Real Decreto-Ley 8/2010 estableció las bases para materializar el establecimiento de un procedimiento de compras agregadas para el conjunto del Sistema Nacional de Salud, al que los órganos de contratación de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas se pueden sumar de manera voluntaria, al introducir una modi- ficación en la Ley de Contratos del Sector Público, que incorpora a la misma la disposición adicional trigésimo cuarta sobre adquisición centralizada de medicamentos y productos
sanitarios, específicamente destinada al Sistema Nacional de Salud, previsión que ha que- dado incorporada al texto refundido de la Ley de contratos del sector público, en su dis- posición adicional vigésima octava.
3. Que asimismo el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 xx xxxxx, de medidas urgentes para ga- rantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, contempla la previsión de medidas de eficiencia en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, mediante el fomento de actuaciones conjuntas de los servi- cios de salud en las adquisiciones que sean susceptibles de un mecanismo de compra con- junta y centralizado.
4. Que las partes coinciden en la conveniencia y necesidad de aunar esfuerzos, e impulsar iniciativas que contribuyan a la consecución de los objetivos de estabilidad presupuesta- ria, a través de la racionalización del gasto sanitario.
El Acuerdo que hoy se suscribe lleva a efecto la voluntad de las Administraciones intervinien- tes de articular un sistema de compras agregadas y posibilitar el objetivo último, que es co- adyuvar a la reducción del déficit con medidas concretas de contención del gasto y ahorro en costes de adquisición y, en consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formaliza- ción del presente Acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS:
PRIMERA. Objeto del Acuerdo.
El presente acuerdo tiene como objeto articular el modo en que se formalizará la vinculación del Servicio de Salud de Extremadura al Acuerdo Marco que se tramitará desde el INGESA pa- ra la compra de epoetínas e Inmunosupresores con diferentes Comunidades Autónomas y en- tidades de la Administración General del Estado.
El régimen jurídico del Acuerdo Marco al que hace referencia el anterior párrafo, es el regu- lado en los artículos 196 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviem- bre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Este Acuerdo Xxxxx tendrá como finalidad la selección de suministradores, la fijación de precios y el establecimiento de las bases que regirán los contratos derivados de los correspondientes suministros.
SEGUNDA. Contenido del Acuerdo.
La Comunidad Autónoma de Extremadura acuerda con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el INGESA que éste último asuma la tramitación del procedimiento pa- ra fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos de suministro según detalle que se refleja en el Anexo I.
Para llevar a cabo dicho objetivo el INGESA, con la conformidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ha elaborado los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que se acompañan como Anexo II a este Acuerdo (previos a su apro- bación por el órgano de contratación) con el fin de tramitar el procedimiento por el que se se- leccionará a los suministradores y se fijarán los precios de los suministros, todo ello de acuer- do con los principios de igualdad, concurrencia y una eficiente utilización de los fondos públicos.
Posteriormente, de acuerdo con sus necesidades, el órgano de contratación competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura formalizará los correspondientes contratos específicos de suministro, de acuerdo con lo estipulado en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de prescripciones Técnicas que rigen la contratación del Acuerdo Marco.
TERCERA. Compromisos de las partes.
Las partes firmantes del presente Acuerdo se comprometen a:
a) El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se compromete a instrumentar el contenido de este acuerdo a través del INGESA. A tal efecto:
1.º El INGESA actuara como órgano de contratación en la celebración del Acuerdo Marco, por el que se fijarán los precios de los suministros, la selección de las empresas y el establecimiento de las bases que rigen los contratos basados en el Xxxxxxx Xxxxx.
0.x Tramitará, en los términos acordados con la Comunidad Autónoma de Extremadura, la gestión del procedimiento de contratación del Acuerdo Marco, de acuerdo con las normas de procedimiento establecidas en el Libro II, y en el Capítulo I del Título I del Libro III del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprue- ba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3.º Publicará en el “Perfil del Contratante del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad” toda la información relativa al Acuerdo Marco.
b) La Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a:
1.º Adquirir los suministros estimados por xxxx, que figuran en el Anexo I, según sus ne- cesidades, exclusivamente a las empresas suministradoras previamente selecciona- das en el Acuerdo Marco, de conformidad con los términos fijados en el mismo, y a suscribir los correspondientes contratos administrativos de suministro.
2.º Adquirir los citados suministros conforme al procedimiento establecido en el artículo 198 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y cumpliendo lo dispuesto en los pliegos que rigen el Xxxxxxx Xxxxx.
0.x Comunicar al INGESA, para cada uno de los lotes, los suministros adquiridos a cada uno de los empresarios adjudicatarios del acuerdo marco, desglosando el precio uni- tario y los impuestos y gastos conexos.
CUARTA. Obligaciones Económicas.
Las obligaciones económicas derivarán de los contratos de suministros que se formalicen por los diferentes órganos de contratación, basados en el correspondiente Acuerdo Marco.
QUINTA. Duración del Acuerdo.
La duración del presente Acuerdo será desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2014, sin perjuicio de que, a su finalización, pueda ser prorrogado expresamente, por perio- do de un año, por acuerdo de las partes.
SEXTA. Causas de extinción.
El presente acuerdo se extinguirá por las causas siguientes:
1. Por trascurso del plazo de vigencia prevista en el mismo.
2. Por la imposibilidad material de ejecutar sus prestaciones.
3. Por la ejecución total de las prestaciones contemplas en el mismo.
4. Por el mutuo disenso de las partes.
En caso de extinción por estas causas, o cualesquiera otras causas que determinen la impo- sibilidad de ejecutar el presente Acuerdo en sus propios términos, el INGESA propondrá las condiciones para la finalización de las actuaciones derivadas del presente Acuerdo que se ha- llen en ejecución.
SÉPTIMA. Resolución de conflictos.
Las partes se comprometen a resolver pacíficamente cualquier conflicto que pudiera surgir en la interpretación y ejecución del presente Acuerdo.
En caso de que resulte posible la solución amistosa, se estará a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, se firma por duplicado ejemplar de un mismo tenor y a un so- lo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
POR EL MINISTERIO DE SANIDAD, POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE EXTREMADURA
PD Presidente de la Junta de Extremadura Resolución 11-05-2012
D.9 Xxx Xxxx Xxxxxxx D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
POR EL INGESA
X. Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx
ANEXO 1
EXTREMADURA EPOETINAS | Nº ESTIMADO DE UNIDADES | ||
LOTE | Año 2013 | Año 2014 | Total |
Darbepoetina | 283.383 | 1.133.532 | 1.416.915 |
Epoetina metoxi x | 0 | 0 | 0 |
Epoetina Beta | 43.495 | 173.979 | 217.474 |
Epoetina Theta | 0 | 0 | 0 |
Epoetina Zeta | 0 | 0 | 0 |
EXTREMADURA INMUNOSUPRESORES | Nº estimado de unidades | ||||
Lote | Año 2013 | Año 2014 | Total | ||
MEDICAMENTOS | 1 | ABATACEPT | 36.000 | 144.000 | 180.000 |
2 | ANAKINRA | 15.850 | 63.400 | 79.250 | |
3 | TOCILIZUMAB | 35.310 | 141.240 | 176.550 | |
4 | USTEKINUMAB | 3.622 | 14.488 | 18.110 | |
5 | ETANERCEPT | 169.050 | 676.200 | 845.250 | |
6 | CERTOLIZUMAB | 900 | 3.600 | 4.500 | |
7 | GOLIMUMAD | 5.890 | 23.560 | 29.450 | |
8 | ADALIMUMAD | 122.310 | 489.240 | 611.550 | |
9 | INFLIXIMAB | 163.300 | 653.200 | 816.500 |
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