TRACTAMENT I SELECCIÓ DE RESIDUS, S.A. PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES CONTRATACIÓN ARMONIZADA
TRACTAMENT I SELECCIÓ DE RESIDUS, S.A.
PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES CONTRATACIÓN ARMONIZADA
SERVICIOS DE REMODELACION DE LOS CUADROS DE DISTRIBUCION DE POTENCIA EN BAJA TENSION EN LA PLANTA DE VALORIZACION ENERGÉTICA DE SANT ADRIA DE BESOS.
EXP. CTPVE087
CUADRO-RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
A. - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 285.918,23.- EUROS (IVA excluido). Este importe incluye el 10% adicional de posibilidad de modificacion contractual, tal como establece la cláusula 22 del presente pliego.
B. - PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: 259.925,67.-€ EUROS (IVA excluido)
C. - PLAZO DE EJECUCIÓN: VER PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
D. - LOTES: NO
E. - VALORACIÓN DE PLAZOS: NO
F. - GARANTÍA PROVISIONAL: NO APLICA
G. - GARANTÍA DEFINITIVA: 5% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÓN
H. - PLAZO DE GARANTÍA: 2 AÑOS
I. - ADMISIBILIDAD DE MEJORAS: SI
J. - REVISIÓN DE PRECIOS: NO
K. - CAPACIDAD Y SOLVÈNCIA: VER CLAUSULA 6 Y 9 XXX XXXXXX
L. - PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
Lugar: TRACTAMENT I SELECCIÓ DE RESIDUS, SA
Av. Xxxxxx Xxxxxxxxx 44, (Departamento Jurídico y Contratación) Sant Adrià de Besòs (Barcelona)
Fecha: 20 de febrero de 2012 Hasta las 14:00 horas
M. - GASTOS DE PUBLICIDAD: no superiores a 3.000,00.-EUROS
N. - APERTURA DEL SOBRE Nº.2 CONFORMADO POR LA PROPUESTA EVALUABLE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR
Lugar: TRACTAMENT I SELECCIÓ DE RESIDUS, SA
Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx 00, (0x xxxxxx) Xxxx Xxxxx xx Xxxxx (Xxxxxxxxx)
Fecha: 28 de febrero de 2012 Hora: 10 horas
Ñ.- APERTURA DEL SOBRE Nº.3 CONFORMADO POR LA PROPUESTA EVALUABLE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FORMULAS AUTOMATICAS
Lugar: TRACTAMENT I SELECCIÓ DE RESIDUS, SA
Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx 00, (0x xxxxxx) Xxxx Xxxxx xx Xxxxx (Xxxxxxxxx)
Fecha: SE COMUNICARÁ OPORTUNAMENTE
O. - CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN: NO
P. - CESIÓN DEL CONTRATO: NO
Q.- SUBCONTRATACIÓN: SI
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL SERVICIO DE REMODELACION DE LOS CUADROS DE DISTRIBUCION DE POTENCIA EN BAJA TENSION EN LA PLANTA DE VALORIZACION ENERGETICA
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
CONTRATO DE SERVICIOS TRAMITACIÓN: HARMONIZADA PROCEDIMIENTO: ABIERTO
CLÁUSULA 1. - OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
1. El objeto de este Pliego de cláusulas particulares es el establecimiento de las condiciones que regirán la adjudicación, por parte de Tractament i Selecció de Residus, S.A. (en lo sucesivo, TERSA) del Contrato de servicios de remodelación de los cuadros de distribución de potencia en baja tensión en la Planta de Valorización Energética en Sant Adrià de Besòs (Barcelona) .
2. TERSA está sujeta a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre de 2011, (en lo sucesivo, TRLCSP) modificada por la Ley 34/2010 de 5 agosto, de modificación de la Ley de Contratos del Sector Público y el RD 817/2009 de 8 xx xxxx que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, todas ellas relativas a la preparación de los contratos y selección del contratista y adjudicación del contrato que, como poder adjudicador que no tiene el carácter de Administración Pública le son aplicables, en todo aquello relativo a la contratación armonizada.
3. En lo que se refiere a las fases de ejecución y extinción del Contrato, éste queda sujeto al derecho privado, rigiéndose por este Xxxxxx, para el contrato y documentación anexada, y en todo aquello no previsto, por la legislación civil y mercantil aplicable. El contrato tiene la consideración de contrato privado.
4. Para resolver cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del Contrato, las partes se someterán a la jurisdicción civil y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
5. El presente Pliego de cláusulas particulares, sus Anexos y el Pliego de prescripciones técnicas revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente Xxxxxx, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del respectivo contrato.
6. La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicionada por los licitadores del contenido del presente Xxxxxx y de la totalidad de la documentación que conforma la presente licitación, sin ninguna salvedad o reserva.
7. La interpretación del contrato y las discrepancias sobre su aplicación se hará teniendo en cuenta en primer lugar el Pliego de cláusulas particulares y las prescripciones técnicas, que prevalecerán sobre cualquier otra norma.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos.
CLÁUSULA 2. – PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO
1. El valor estimado del contrato a efectos de determinar el procedimiento de adjudicación, la publicidad y la competencia del órgano de contratación se fija en 288.806,30.-€, IVA excluido, tal y como consta en el apartado X. xxx Xxxxxx- Resumen de características. Dicho importe incluye la posibilidad de modificarlo hasta un 10% sobre el presupuesto de licitación.
Quedarán excluidas las ofertas que presenten un importe superior al valor estimado del contrato.
Este valor estimado incluye todos los factores de valoración establecidos en el artículo 88 del TRLCSP.
2. El presupuesto de licitación es el que figura en el apartado B. del Cuadro- resumen de características, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que tenga que ser soportado por XXXXX.
Este presupuesto incluye todos los factores de valoración y los gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente corren por cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier tipo, a excepción del IVA.
Quedarán excluidas las ofertas que presenten un importe superior al presupuesto de licitación.
3. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y tendrá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos el resto de tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
El importe de adjudicación en ningún caso superará el presupuesto de licitación.
La partida de imprevistos, y las otras cifradas a precio alzado en el presupuesto de licitación, no suponen derecho a su percepción por parte del contratista, sólo en la cuantía o unidad de obra de los trabajos realmente realizados.
4. Los gastos de los anuncios de licitación y de adjudicación que en su caso se publiquen así como los de formalización del contrato irán a cargo del adjudicatario. El importe máximo será el que figura en el apartado M. del Cuadro-Resumen de características.
5. Tal como se establece en el apartado J del Cuadro-Resumen de características no se establece la posibilidad de revisión de precios.
6. Se hace constar que se dispone de crédito suficiente para atender las obligaciones económicas que se derivan por la entidad contratante del cumplimiento del contrato al que se refiere el presente Xxxxxx, hasta su conclusión.
CLÁUSULA 3. - PLAZO DEL CONTRATO
El plazo para llevar a cabo los trabajos objeto de contratación se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
CLÁUSULA 4. - EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES
La contratación de los servicios de referencia se adjudicará por el procedimiento abierto, de acuerdo con el artículo 190 TRLCSP y lo que dispone el presente Xxxxxx.
La adjudicación del contrato se realizará a la oferta económicamente más ventajosa en su conjunto de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el presente Pliego.
NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO: Las necesidades que TERSA trata de satisfacer mediante este Contrato son las que a continuación se determinan: La finalidad principal es actualizar la instalación de distribución existente que se alimenta de los transformadores DM1 y DM2, y adecuarlo a las nuevas necesidades de la Planta de Valorización Energética.
DOCUMENTACIÓN QUE SE FACILITARÁ A LOS LICITADORES: Desde el día de la
publicación del anuncio de licitación, las empresas interesadas podrán:
Obtener la documentación a través del Perfil de Contratante a la página web xxx.xxxxx.xxx/xxxxxx del contratante.
La mencionada documentación incluye los siguientes documentos:
- Este Pliego de Cláusulas Particulares.
- Pliego de prescripciones técnicas y anexos .
- Contrato tipo.
De conformidad con el artículo 158.1 del TRLCSP, XXXXX quedará obligado a remitir a los licitadores que así lo requieran por escrito, los pliegos u otra documentación complementaria, en el plazo de 6 días a partir de la recepción de la solicitud en éste sentido, siempre y cuando el licitador lo haya solicitado con 15 días de antelación antes de la finalización del plazo para presentar las ofertas.
Los interesados podrán efectuar cualquier consulta formal sobre las características y el ámbito de la documentación puesta a su disposición en el plazo de 5 días a contar desde la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante de la Entidad Contratante. Concluido este plazo, la Entidad Contratante responderá todas las cuestiones formuladas en una única nota informativa que será publicada en el perfil del contratante de la Entidad Contratante como mínimo 10 días antes de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas. Estas respuestas tendrán carácter vinculante y se tendrán que hacer públicas de manera que se garantice la igualdad y la concurrencia en el proceso de licitación, ajustándose su actuación al principio de transparencia.
Adicionalmente y con carácter previo a la presentación de ofertas, la Entidad Contratante podrá convocar una reunión informativa para todas aquellas empresas que estuvieran interesadas, con la finalidad de informar a los asistentes sobre las partes más relevantes de la convocatoria de la licitación. La convocatoria se publicará en el perfil de contratante con un mínimo de 3 días de antelación a la fecha prevista de la reunión.
Responsable del contrato:
Se designa como responsable del contrato al Director de Planta de la PVE, a quien corresponderá supervisar la ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con la finalidad de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que se le atribuyan.
CLÁUSULA 5. - PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se publicará mediante anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), el Perfil de Contratante de la entidad en la página web xxx.xxxxx.xxx/ perfil y en la Plataforma de Contratación que corresponda.
En el anuncio se hará constar la fecha de envío en el DOUE.
El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación y formalización del contrato en los Diarios o Boletines Oficiales, o en otros medios de difusión, irán a cargo del adjudicatario y no será superior a 3.000,00.- euros.
CLÁUSULA 6- CONDICIONES DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
Están facultados para contratar con TERSA las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo que establece el artículo 54 TRLCSP, que no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones de contratar que se recogen en el artículo 60 de la referida Ley y que acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
De conformidad con el artículo 63 del TRLCSP se podrá acreditar la solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, con independencia de la naturaleza jurídica de los vínculos existentes, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de estos medios.
Las empresas extranjeras no comunitarias tendrán que cumplir, además, con los requisitos del artículo 55 del TRLCSP.
XXXXX puede contratar con uniones de empresarios o agrupaciones que se constituyan temporalmente al efecto. Esta participación se instrumentalizará, en la fase de licitación, mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyen, la participación de cada uno de ellos y designando un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados en otros aspectos, asumiendo el compromiso de constituirse formalmente en el caso de resultar adjudicatarios. No será necesaria la formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.
Estos empresarios quedarán obligados solidariamente ante TERSA.
No obstante lo que se ha indicado en los párrafos anteriores, no pueden concurrir a la presente licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato, si esta participación pudiera provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un tratamiento de privilegio en relación al resto de las empresas licitadoras.
Las personas jurídicas sólo podrán ser objeto de adjudicación de contratos que sus prestaciones estén comprendidas dentro de las finalidades, objeto o ámbito de actividad que de acuerdo con sus estatutos o reglas fundacionales les sean propias.
CLÁUSULA 7. - PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES: NORMAS GENERALES
1. Las proposiciones se referirán al conjunto de los servicios objeto del presente Xxxxxx, y no se admitirán ofertas parciales.
Las proposiciones se podrán presentar en las dependencias de TERSA o enviar por correo dentro del plazo de admisión.
Las proposiciones se presentarán en las fechas establecidas en el cuadro resumen del presente Xxxxxx y en el anuncio de licitación.
Las proposiciones presentadas fuera de plazo establecido en el anuncio de licitación no serán admitidas bajo ningún concepto ni en ninguna circunstancia.
Todos los licitadores tienen que señalar en el momento de presentar sus propuestas un domicilio, teléfono, fax, correo electrónico y persona de contacto para las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del presente procedimiento o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
2. En caso de que las ofertas se envíen por correo dentro de plazo, los licitadores tendrán que justificar que la fecha y la hora de imposición del envío en la Oficina de Correos son, como máximo, las señaladas en el anuncio de licitación y anunciarlas a TERSA mediante telegrama, telefax o correo electrónico que TERSA tendrá que recibir antes de la finalización del plazo para la presentación de ofertas. La comunicación por correo electrónico sólo será válida si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y si identifica de forma fehaciente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la oferta no será admitida si es recibida por TERSA con posterioridad al plazo señalado en el anuncio. En caso de que después de 5 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de proposiciones no hubiera llegado la proposición enviada por correo a TERSA, ésta no será admitida en ningún caso.
3. Las ofertas tendrán que tener una validez de cinco meses, contados a partir de la fecha de la recepción de las proposiciones.
4. Los licitadores tendrán que presentar sus proposiciones de acuerdo con lo previsto en el presente Xxxxxx.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en participación conjunta con otros licitadores si ya lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de estas agrupaciones. La infracción de lo que se distingue en este párrafo dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones que haya presentado.
5. La presentación simultánea por parte de empresas vinculadas supondrá los efectos que se establezcan en el presente Pliego, en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados.
6. En caso de que se trate de un contrato que tenga por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de una obra o instalación, el contrato no se podrá adjudicar a una empresa que no sea adjudicataria de la ejecución de la obra ni a una empresa vinculada a aquélla.
CLÁUSULA 8. - FORMA DE PRESENTAR LAS PROPOSICIONES: NORMAS GENERALES
1. Las proposiciones constarán de tres (3) sobres.
Los sobres tendrán que estar cerrados, identificados, en el exterior, con indicación de la licitación a la que se concurra, con los datos de la empresa y firmados por el licitador o persona que lo represente.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, pronunciado numéricamente. Uno de los sobres contendrá los documentos a los que refiere el artículo 146 del TRLCSP y los otros dos, respectivamente, los documentos relativos a los criterios cuya evaluación dependen de un juicio de valor (sobre numero 2) y los relativos a los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas automáticas, que incluirá en todo caso la oferta económica de conformidad con el presente Pliego (sobre número 3), ajustándose al mismo.
2. El licitador podrá presentar la documentación exigida, en caso de que sea notarial, ajustada a los requisitos que establece el Reglamento Notarial, con respecto a la legalización y legitimación. En el caso de documentos administrativos podrán ser presentados los originales, copia o fotocopia debidamente compulsados.
3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina o de otros tipos de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
4. No serán admitidas, en ningún caso, las ofertas de aquellas personas en las cuales concurra algunas de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP sobre prohibiciones de contratar.
CLÁUSULA 9. - PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES. DOCUMENTACIÓN
9. 1. - Sobre nº. 1 (cerrado) Título: Título de la licitación
SOBRE Nº 1. DOCUMENTACIÓN GENERAL
El sobre ha de contener los documentos que se relacionan a continuación:
9.1.1 Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador
a) Para las personas físicas (empresarios individuales y profesionales), será obligatoria la presentación del documento nacional de identidad (DNI), o
documento que lo sustituya, y del número de identificación fiscal (NIF), en caso de que éste no conste en el referido DNI.
b) Para las personas jurídicas, será obligatoria la presentación del CIF y de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y/o inscripción a otros registros de sociedades profesionales que corresponda, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación que le sea aplicable. Cuando esta inscripción no sea exigida, la acreditación se realizará mediante la aportación de la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional, en la que consten las normas reguladoras de la actividad de la empresa, inscritos, en su caso, en el Registro oficial correspondiente.
c) Si el empresario actúa mediante representante o se trata de una persona jurídica, hace falta aportar:
c.1.) Documento público de apoderamiento, debidamente inscrito en el Registro público correspondiente.
c.2.) DNI y NIF del representante y del firmante de la proposición económica.
Se adjuntará también una declaración responsable conforme a que el documento de apoderamiento es plenamente vigente y no ha sido objeto de revocación.
9.1.2 Documento que acredite la inscripción en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras (RELI), en el caso de estar inscritos en el mismo.
De acuerdo con lo que establece la Disposición transitoria del Decreto 107/2005, de
31 xx xxxx, de creación del Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya, con la inscripción en dicho Registro, los licitadores pueden sustituir la entrega de material de la documentación que acredita los puntos que se distinguen a continuación, por la aportación de un documento en el que aparezcan impresos todos los datos que, en relación al licitador en concreto, constan en la web del Registro de licitadores y, que en todo caso, tendrá que incluir las siguientes:
1. La personalidad jurídica
2. Objeto social
3. El pago del Impuesto de Actividades Económicas
4. Su representación
5. La declaración responsable de no encontrarse en circunstancia de prohibición de contratar y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No será válida, a estos efectos, la mera aportación del certificado de inscripción registral emitido por el responsable de la Secretaría Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, siendo indispensable aportar el documento impreso donde conste la documentación que se ha presentado. Asimismo, tendrá que adjuntarse la declaración responsable de la vigencia de los datos que aquel documento impreso incluye.
Las empresas inscritas están exentas de entregar materialmente la documentación que acredita: la personalidad jurídica; la capacidad de obrar y la representación; el alta en el Impuesto de Actividades económicas, y el recibo del último pago o, si procede, la declaración de exención.
Asimismo, se dispensa la empresa inscrita de presentar la declaración según la cual no se encuentra en ninguna de las circunstancias que dan lugar a la prohibición de contratar que establece el artículo 60 del TRLCSP, no se ha dado de baja en la matrícula del impuesto de actividades económicas y, especialmente, según la cual
está al corriente en el cumplimiento tanto de las obligaciones tributarias como de las relativas a la Seguridad Social.
Finalmente, las empresas inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras no tienen que presentar los datos y los documentos de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional solicitados en el presente procedimiento de adjudicación que figuren en el mencionado Registro, excepto aquellos documentos acreditativos específicos que no figuren en el Registro y solicitados explícitamente en el presente procedimiento.
9.1.3 La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se tiene que acreditar mediante la inscripción a los registros procedentes de acuerdo con la legislación del estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada, o de una certificación en los términos que se establezcan reglamentariamente, con las disposiciones comunitarias de aplicación.
9.1.4 La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado anterior se tiene que acreditar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina Consular en el ámbito territorial de la cual, radique el domicilio de la empresa, en los términos que disponen los artículos 72.3 y 55.1 del TRLCSP. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
9.1.5 Tal y como se ha adelantado, se podrán presentar ofertas licitadas por uniones o agrupaciones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que haga falta su formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estas empresas quedarán obligadas solidariamente ante TERSA.
En estos supuestos, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de sus componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, siendo obligatorio indicar en documento separado los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y tendrán que nombrar un representante o apoderado con facultades suficientes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del Contrato hasta su extinción.
El licitador que forme parte de una agrupación o unión de empresarios a los cuales se constituya temporalmente no podrá concurrir individualmente en el mismo procedimiento o no figurar en más de una agrupación o unión de empresarios.
9.1.6 Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica
La solvencia técnica y profesional se acreditara por todos los medios siguientes:
a) Aportación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la Empresa cumple con las normas de calidad y/o prevención y/o medioambiente, en especial la norma UNE-EN-ISO-9000, 14001 y OSHAS 18001 o equivalentes.
b) Listado de referencias de los últimos servicios realizados con características similares a las expuestas en el Pliego de Prescripciones técnicas (PPT). Indicar tipo de Industria, año, importe y trabajo realizado.
La solvencia económica y financiera se acreditará por los medios siguientes:
a) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda de los últimos tres años, en el supuesto de que esta publicación sea obligatoria. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Si por razones justificadas, una empresa no pudiera facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante cualquier otra documentación considerada como suficiente por TERSA.
9.1.7 Declaración responsables y documentación adicional
a) Acreditación de no encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, la cuál se puede realizar mediante testigo judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando este documento no pueda ser expedido por la autoridad competente podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional calificado. Esta declaración tendrá que contener expresamente el hecho de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito haya de representarse antes de la adjudicación, por el empresario a favor del cual deba hacerse ésta, según Anexo nº 1.
Cuándo se trate de una empresa perteneciente a un Estado Miembro de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, esta certificación se podrá también sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial.
b) Declaración responsable de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificidades técnicas o en los documentos preparatorios del contrato, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido que establece la LSCP, según Anexo nº 1.
Declaración por parte del licitador de aceptación de la documentación mencionada en el presente Xxxxxx tendrá carácter contractual, según Anexo nº 1.
c) Declaración sobre grupo empresarial: A los efectos de determinar el carácter anormal o desproporcionado de las bajas, los licitadores tendrán que presentar una declaración en la que manifiesten si pertenecen a algún Grupo de Sociedades y en caso afirmativo se tendrá que indicar las empresas que conforman este Grupo de Sociedades. Se entiende por empresas pertenecientes a un grupo de sociedades aquéllas que se encuentren en cualquiera de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio.
d) Sumisión jurisdiccional de las empresas extranjeras: En caso de empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que directamente o indirectamente se derivaran del Contrato, con renuncia, si procede, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
9.1.8 En caso que toda o parte de la documentación relacionada a continuación ya se hubiera entregado a TERSA y no hubiera sido objeto de ninguna modificación o actualización, siendo por lo tanto de plena vigencia, no hará falta que el licitador lo aporte de nuevo, siempre y cuando acompañe debidamente cumplimentada y bajo su responsabilidad certificación de la vigencia de la mencionada documentación según el modelo del anexo nº. 2:
a) Escritura de constitución y/o modificación.
b) Tarjeta del número de identificación fiscal.
c) Documento acreditativo de la legítima y suficiente representación del firmante de la oferta.
9.1.9 Declaración de compromiso de aportación de la documentación relativa a Prevención de Riesgos Laborales.
9.1.10 Declaración de compromiso de aportación de las Pólizas de Seguros
Declaración de compromiso de aportar en el plazo xx xxxx días, en caso de resultar adjudicatario, desde la comunicación del requerimiento, las pólizas que se detallan en el Anexo nº 4.
9.1.11 Declaración responsable sobre protección de datos y confidencialidad
Declaración responsable sobre protección de datos y confidencialidad de información en base a lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre y al Real Decreto 1720/2007, de 00 xx xxxxxxxxx, xxxxx xx Xxxxx xx 5.
9.1.12 Delegado del Servicio y responsable de Seguridad y Salud
Documento en el que la empresa nombra y se compromete a tener como Delegado del Servicio la persona designada, con capacidad suficiente para representarla en todo aquello que afecte al contrato, y documento en el que la empresa designa y se compromete a tener como responsable de seguridad y salud en la instalación una persona con titulación suficiente para esta función y con capacidad para representar a la empresa en todo aquello que afecte al suministro e instalación.
9. 2. - Sobre nº. 2 (cerrado)
SOBRE Nº 2. CONTENEDOR DE REFERENCIAS TÉCNICAS QUE CORRESPONDEN A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES EN BASE A JUICIOS DE VALOR.
Este sobre contendrá toda la documentación acreditativa de las referencias técnicas que corresponden a los criterios de adjudicación evaluables en base a juicios de valor, señalados en el presente pliego.
La oferta técnica incluirá todos los capítulos desarrollados a continuación los cuales definirán los servicios que se están ofertando. Sólo se considerará válida, a efectos de evaluación de la oferta, la información contenida en la misma, excluyendo aquella contenida en posibles catálogos que se anexen a la oferta.
Quedarán excluidos de la licitación las propuestas que presenten dentro del presente sobre nº2, datos o información que permitan conocer el contenido del sobre nº3, y por tanto no se ajusten a las bases y documentación que explicita el pliego.
Todas las hojas de la documentación a incluir en el sobre nº 2, y que se relacionan a continuación, tendrán que estar firmadas por el licitador, redactadas en castellano o catalán, y se presentarán dos (2) copias en soporte papel y una (1) en soporte informático.
El software a utilizar será el siguiente:
- MS Office 2003 o superior para los documentos y hojas de datos
- AUTOCAD 2006 o superior para planos
El licitador deberá estar dispuesto para cualquier aclaración técnica y aportar la documentación requerida en el plazo establecido.
Título: Propuesta Técnica - (Título de la licitación).
9.2.1 Memoria Descriptiva del servicio.
En este capítulo el Ofertante incluirá una descripción detallada del alcance del servicio, montaje, operación y mantenimiento, explicando la función de los elementos que participan e informaciones complementarias que puedan ayudar a la comprensión del alcance y calidad del servicio.
Deberá incluir las especificaciones técnicas de los principales equipos objeto de suministro, así como la distribución de la implantación de los equipos.
9.2.2 Documentación complementaria.
El Ofertante incluirá la siguiente documentación:
– Esquemas eléctricos preliminares.
– Modelo de listas de chequeo de final de montaje.
– Instrucciones de puesta en marcha en vacío.
– Protocolos de puesta en marcha en carga.
– Índice de contenidos del Manual de Operación y Mantenimiento.
Junto a lo especificado en el apartado del PPT “Documentación a entregar por el adjudicatario”.
9.2.3 Plan de Control de Calidad.
El Ofertante incluirá un Plan de Control de Calidad para la fabricación, montaje y puesta en servicio de su instalación de acuerdo con lo establecido en los PPT y adjuntando la siguiente documentación:
– Programas de Puntos de Inspección.
9.2.4 Planos.
El Ofertante incluirá los siguientes planos a su Oferta:
– Plano constructivo preliminar de los cuadros CCD-DM1 y CCD-DM2.
– Esquema eléctrico unifilar de los cuadros CCD-DM1 y CCD-DM2.
9.2.5 Organización
El Ofertante incluirá una descripción de la organización ofrecida para el cumplimiento del contrato. Se indicará el personal clave de contacto del Ofertante, así como los técnicos responsables de la realización de los trabajos ofertados.
En este capítulo se adjuntará también una lista con los principales subcontratistas que pueden participar en los trabajos, si los hubiera.
9. 3. - Sobre nº. 3 (cerrado)
TÍTULO: Título de la licitación señalando el lote
SOBRE Nº 3. CONTENEDOR DE REFERENCIAS TÉCNICAS Y/O ECONÓMICAS QUE CORRESPONDEN A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS AUTOMÁTICAS.
Este sobre contendrá toda la documentación acreditativa de las referencias económicas o técnicas que corresponden a los criterios de adjudicación evaluables en función de fórmulas automáticas, señalados en el presente pliego.
Todas las hojas de la documentación a incluir en el sobre nº 3 y que se relacionan a continuación, tendrán que estar firmadas por el licitador, redactadas en castellano o catalán, y se presentarán dos copias en soporte papel e informático.
Propuesta Económica y plazos- (Título de la licitación).
9.3.1 Propuesta económica y plazos de montaje (Anexo nº.6)
Dentro del precio ofertado están incluidos todo tipo de gastos, arbitrios o tasas necesarias que se originen por motivo del Contrato y de su correcta ejecución.
Además, en el precio propuesto estará desglosado el 'Impuesto sobre el Valor Añadido’ vigente. Cualquier variación del tipo del IVA será aplicable a partir de su vigencia.
Indicación de los plazos de cada una de las fases y reducción del mismo en caso de existir, tal como establece el anexo n. 6
9.3.2 Relación de precios complementarios (Anexo nº 7)
CLÁUSULA 10. - CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Las proposiciones presentadas y admitidas serán estudiadas, homogeneizadas, valoradas y ponderadas, de acuerdo con todo aquello que se menciona y formula en el anexo nº. 8.
La adjudicación se hará a la proposición económicamente más ventajosa, que será aquélla que obtenga la mayor puntuación de entre todas aquellas proposiciones admitidas a licitación que igualen o superen todos los mínimos de puntuación establecidos en el anexo nº. 8. No obstante lo anterior, TERSA podrá rechazar, cuando no se alcance la puntuación mínima exigida para ser adjudicatario de conformidad con el anexo nº 7 y en base a los criterios de adjudicación, igualmente todas las ofertas y declarar desierto el procedimiento de licitación.
Las resoluciones serán motivadas y, a menos que la resolución sea contradictoria con la propuesta de la Mesa de contratación o se base en consideraciones diferentes, se entenderá que adopta los motivos contenidos en la propuesta de la Mesa.
Las ofertas presuntamente anormales o desproporcionadas se apreciarán de conformidad con lo que se indica en el Anexo nº.8.
Si de la aplicación de estos criterios se identifica una determinada proposición como presuntamente anormal o desproporcionada, el órgano de Contratación solicitará a los licitadores afectados, por escrito, la información y las justificaciones que considere oportunas en relación a los diferentes componentes de su proposición, lo que tendrá que cumplimentarse en el plazo de 5 días.
Una vez recibida la información y las justificaciones solicitadas, el órgano de contratación pedirá un informe técnico de los servicios técnicos de la entidad de valoración de las justificaciones de los licitadores incurridos en presunta oferta anormal o desproporcionada.
CLÁUSULA 11. - MESA DE CONTRATACIÓN
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
Presidente: Xx. Xxxxx Xxxx-Xxxxxxx, Director de Servicios Corporativos o persona en quien delegue.
Vocal: Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Director de Planta o persona en quien delegue Vocal: Xx. Xxxxx Xxxx, Director de Compras o persona en quien delegue Vocal: Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Jefe de Mantenimiento de la Planta o
persona en quien delegue
Vocal: Xx. Xxxxxxx Xxxxx, Director de Administración y finanzas de TERSA o persona en quien delegue
Secretario: Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Directora Xxxxxxxx y de Contratación, que actúa como Secretario de la Mesa de Contratación, o persona en quien delegue.
CLÁUSULA 12. - APERTURA Y EXAMEN DE LAS OFERTAS
12.1 Finalizado el plazo establecido en el presente pliego y en el anuncio para la presentación de ofertas, se procederá a la apertura del sobre número 1 de las ofertas recibidas dentro del plazo a los efectos de verificar que contengan la documentación a la que se refiere el artículo 146 del TRLCSP y la aportación de la documentación exigida y de calificar la validez formal de la misma.
12.2 Seguidamente, y si procede, se comunicará a los licitadores (verbalmente y por medio alternativo que garantice la notificación) la existencia de defectos u omisiones enmendables, fijándose un plazo a fin de que los licitadores puedan presentar la oportuna enmienda. Este plazo no podrá ser en ningún caso superior a tres días hábiles a contar desde la fecha de la referida comunicación.
Se considerarán no enmendables los defectos consistentes en la falta de los requisitos exigidos, y enmendables aquéllos que hagan referencia a la mera falta de acreditación de los mismos.
Procederá la no admisión y la exclusión del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que tengan defectos no enmendables o no hayan enmendado los defectos en el plazo otorgado.
Además, la Mesa de Contratación podrá solicitar del licitador aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que tendrá que ser cumplimentado ante la Mesa de Contratación en el plazo de cinco días naturales.
12.3 Será causa de exclusión del procedimiento de licitación la falta de presentación de alguno de los documentos que deban incluirse en la documentación general de la oferta (sobre nº. 1), a menos que sea considerada enmendable por la Mesa de Contratación.
12.4 Dentro del plazo no superior a 7 días hábiles a contar des de la fecha de apertura de la documentación administrativa del sobre nº.1, en la fecha y hora señalados en el anuncio de licitación o través de la información que se publique en el Perfil del Contratante de la entidad, la Mesa de Contratación procederá en acto público, a la apertura del sobre nº.2 dando a conocer la información relativa al resultado de la apertura del sobre nº.1.
Las proposiciones que correspondan a empresarios excluidos de la licitación quedarán fuera del procedimiento de adjudicación y los sobres que las contengan no serán abiertos.
Así mismo, quedarán excluidas de la licitación las propuestas que presenten dentro del sobre nº.2 datos que permitan conocer el contenido del sobre nº.3 y las que no se ajusten a las bases explicitadas en este pliego y documentación que conforma la licitación.
Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores asistentes a que manifiesten las dudas que se les presentan o soliciten las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de Contratación a las aclaraciones y respuestas oportunas, pero sin que en ese momento la Mesa se pueda hacer cargo de documentos que no hayan sido librados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
Se dejará constancia documental, en el acta que se levante, de todas las actuaciones realizadas.
12.5 La Mesa de Contratación con los informes que estime oportuno solicitar, estudiará, valorará y ponderará las ofertas contenidas en el sobre nº.2 de conformidad con los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor señalados en el presente Xxxxxx.
La Mesa de Contratación podrá solicitar de los licitadores la presentación de la información adicional que a efectos de aclaración estime necesaria en relación con los sobres nº.2 , la cual habrá de cumplimentarse ante la Mesa de Contratación en el plazo que se otorgue a tal efecto, que no podrá ser superior a cinco días naturales.
Quedarán excluidas las propuestas con calidad técnica inaceptable, considerándose como tales, las que obtengan una puntuación inferior al mínimo establecido en el anexo nº16 del presente Pliego, de acuerdo con los criterios de adjudicación cuya valoración dependa de un juicio de valor y, por tanto, no se procederá a la apertura del sobre nº.3 de dichas propuestas.
12.6 Practicada la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor, la cual deberá realizarse en un plazo no superior a dos meses a contar desde la apertura del sobre nº.2, se notificará a los licitadores la fecha de apertura de la documentación contenida en el sobre nº.3. Dicha fecha, también se dará a conocer a través del Perfil del Contratante. La apertura del sobre nº.3 también se celebrará en acto público.
Antes de la apertura del sobre nº.3, TERSA, a través del Perfil del Contratante o el mismo día de la apertura publica del sobre nº.3, con carácter previo, dará a conocer la valoración obtenida por los licitadores admitidos en relación con la documentación contenida en el sobre nº.2.
Así mismo, también dará a conocer, si procede, los licitadores excluidos y la causa de exclusión y procederá a la apertura del sobre nº.3 de las propuestas admitidas y a leer el resumen de las propuestas contenidas en el sobre nº.3.
Una vez abiertas las proposiciones valorables mediante formulas automáticas y comprobadas la documentación incorporada para cada una de ellas, la Mesa de Contratación indicará aquellas ofertas que deberán estar excluidas por no ajustarse a las bases explicitadas en este Pliego de Clausulas Particulares.
Las propuestas contenidas en el sobre nº.3 serán estudiadas, homogeneizadas, valoradas y ponderadas, de conformidad con los criterios de adjudicación evaluables de forma automática señalados en el presente Pliego.
12.7 Teniendo en cuenta aquello mencionado anteriormente, la Mesa de Contratación, con las valoraciones efectuadas y los informes que considere oportuno solicitar, clasificará las proposiciones presentadas por los licitadores, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de valoración, y procederá a realizar la propuesta de adjudicación o en su caso, a proponer dejar desierta la licitación cuando no exista ninguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación determinados en el presente Xxxxxx, o proponer la renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento de adjudicación por las razones establecidas en el artículo 155 del TRLCSP.
CLÁUSULA 13. - ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, y último recibo, siempre que ejercite actividades sujetas y no exentas del mencionado Impuesto.
b) Certificado de contratistas y subcontratistas específico de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Administración Tributaria, con validez de 12 meses, a los efectos del artículo 43 f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
c) Certificado positivo, emitido por el órgano competente, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
d) Certificado positivo emitido por el Ayuntamiento de Barcelona acreditativo de la inexistencia de deudas tributarias con la mencionada Administración.
e) Garantía definitiva.
g) Seguros específicos solicitados en el presente pliego.
h) Documentación exigida por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales y por el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
i) Otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiera comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
Una vez recibida la documentación tras el requerimiento efectuado por el órgano de contratación, la adjudicación se publicará en el perfil del contratante y simultáneamente se notificará a candidatos o licitadores.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones.
TERSA se reserva el derecho de condicionar la adjudicación a la aceptación de las condiciones o requerimientos que TERSA pueda establecer a la vista de las ofertas, en el objeto de completarlas u homogeneizarlas.
CLÁUSULA 14. - GARANTÍAS DEFINITIVAS.
Garantía definitiva:
El adjudicatario tendrá que constituir la garantía definitiva, por importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, antes de la formalización del Contrato, pudiéndose presentar en las formas establecidas en el presente Pliego para las garantías provisionales.
En caso de tratarse de un aval bancario, el citado aval se tendrá que formalizar según el aval tipo que figura en el anexo nº. 9A de este Pliego, y el avalista tendrá que cumplir los requisitos legalmente exigibles.
En el caso de tratarse de un contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y las condiciones que reglamentariamente se establecen, con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo del seguro de caución, siendo necesario entregar el certificado del contrato al correspondiente Órgano de contratación de TERSA.
Este seguro se tendrá que formalizar en la correspondiente póliza que se concretará en un certificado, cuyo modelo tipo figura en el anexo nº. 9. B de este Pliego, y la compañía aseguradora tendrá que cumplir los requisitos legalmente exigibles.
El contratista tendrá que acreditar la constitución de la garantía definitiva en el plazo de los quince días hábiles siguientes al requerimiento del órgano de contratación.
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, por cualquier circunstancia, el precio del mismo experimente variación al alza o a la baja, se reajustará la garantía constituida por el importe necesario a fin de que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto del contrato vigente en cada momento.
De conformidad con aquello establecido por el artículo 102 del TRLCSP la devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste por causas no imputables al contratista.
CLÁUSULA 15. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Se entenderá perfeccionado el contrato en el momento de la formalización del mismo.
Los contratos que deriven de procedimientos de contratación susceptibles de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del TRLCSP, no podrán formalizarse antes de que transcurran 15 días hábiles desde que se notifique la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Una vez transcurrido este plazo, siempre y cuando no se haya interpuesto ningún recurso que comporte la suspensión del acto de formalización del contrato, o en
todo caso, una vez acordado el levantamiento de la suspensión, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento para su formalización.
Cuando lo soliciten el contratista o contratistas, el contrato se formalizará en escritura pública y los gastos derivados de su otorgamiento correrán a su cargo.
Las empresas que hayan licitado en una unión temporal deberán presentar la escritura pública de constitución de la unión temporal en la cual conste el nombramiento de representante o apoderado único con poderes suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante, y si procede, de acuerdo con lo regulado en el artículo 154.2 del TRLCSP, mediante la inserción en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado, en el plazo de cuarenta y ocho días desde la fecha de la misma.
CLÁUSULA 16. - CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones del contratista, derivados del contrato, pueden ser cedidos a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, con autorización expresa de TERSA y con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
CLÁUSULA 17. SUBCONTRATACIÓN
1. El adjudicatario puede subcontratar con terceros la realización parcial del contrato, con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el TRLCSP y en este pliego.
2. En todo caso, los licitadores tendrán que indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia en las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los contratistas a los que se tenga que encomendar su realización.
3. El adjudicatario tendrá que comunicar anticipadamente y por escrito a TERSA la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y su experiencia.
Si la prestación que es objeto de subcontratación tuviera que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional, podrá sustituirse por el compromiso del empresario de subcontratar la ejecución de esta porción con otros empresarios que dispongan de la habilitación y, siempre que el importe de la parte que tenga que ser ejecutada por éstos no exceda del 40 por 100 del precio del contrato.
La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si ésta es necesaria para atender a una
situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica debidamente.
4. Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios diferentes a los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes en las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiera cursado la notificación y aportándose las justificaciones a las que hace referencia el apartado Tercero de esta cláusula, a menos que con anterioridad hubieran sido autorizadas expresamente, siempre que TERSA, no hubiera notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubieran sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
Bajo la responsabilidad del contratista, los subcontratos podrán concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.
5. Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del 40% del importe de adjudicación. Para el cómputo de este porcentaje máximo no se tendrán en cuenta los subcontratos concluidos con empresas vinculadas al contratista principal, entendiéndose por tales las que se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
6. La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del contratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrán dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalización de hasta el 50% del importe del subcontrato.
7. Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por lo tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato ante TERSA, de conformidad estricta a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y a los términos del contrato.
8. En ningún caso podrá concertarse la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60.
9. El contratista tendrá que informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral.
10. Las empresas subcontratadas deberán aportar en el momento de la entrada en Planta los siguientes documentos:
- Certificado específico de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Administración Tributaria, a los efectos del artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Certificado positivo emitido por el órgano competente, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
CLÁUSULA 19. - PROTECCIÓN DE DATOS
1. En cumplimiento de lo que dispone el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, en el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos de carácter personal, y de acuerdo con el Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, se deja constancia de los extremos siguientes:
a. La documentación requerida al licitador invitado en el presente procedimiento de contratación que contenga datos de carácter personal es necesaria para poder participar.
b. En relación con la documentación presentada por el licitador que contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc.), el licitador garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas interesadas / afectadas para facilitar la referida información a TERSA con el fin de la presente contratación.
c. La documentación presentada por el licitador que contenga datos de carácter personal será depositada en las oficinas de TERSA, ubicadas en Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, 00 xx Xxxx Xxxxx xx Xxxxx (Xxxxxxxxx) y será tratada por TERSA para la calificación, valoración y comparación de las proposiciones de los licitadores y para dar cumplimiento a las finalidades establecidas en la normativa de contratación del sector público que sea de aplicación a TERSA. Los destinatarios de esta información serán la propia TERSA, así como los terceros que realicen tareas de fiscalización o aquellos terceros que, en la ejecución del contrato, necesariamente tengan que acceder a la misma.
d. La presentación de la oferta y de la documentación solicitada implica que el licitador autoriza a TERSA a tratarla en los términos informados y, en el supuesto de que efectivamente se le adjudique el contrato, en el marco de la ejecución del mismo.
e. Los interesados / afectados podrán ejercitar los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y de oposición dirigiendo un escrito a TERSA como entidad responsable del tratamiento, a la dirección indicada en la letra c), dónde se adjuntará una copia del Documento Nacional de Identidad u otro documento oficial que acredite la identidad de la persona que ejercite el derecho.
2. A los efectos previstos en la presente cláusula, los licitadores tendrán que aportar una declaración responsable, de conformidad con el modelo que se adjunta como anexo nº 5.
3. El contratista se obliga al cumplimiento de todo aquello que establece la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, al Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en relación con los datos personales a las cuales tenga acceso durante la vigencia de este contrato.
La documentación o información que se desprenda o a la que tenga acceso el contratista con ocasión de la prestación de las obligaciones derivadas del contrato, que corresponde a TERSA responsable del fichero de datos personales, tiene carácter confidencial y no podrá ser objeto de reproducción total o parcial por ningún medio o soporte, no se podrá hacer ni tratamiento ni edición informática, ni
transmisión a terceras personas fuera del estricto ámbito de la ejecución directa del contrato, ni tan solo entre el resto del personal que tenga o pueda tener el contratista.
La entidad adjudicataria del contrato, encargada del tratamiento de los datos personales que son de la titularidad de TERSA responsable del fichero, se compromete a utilizarlas con la única y exclusiva finalidad de prestar los trabajos encargados.
La entidad adjudicataria del contrato se compromete, de acuerdo con lo que dispone el art. 12.2 LOPD, a tratar los datos conforme a las instrucciones de TERSA responsable del fichero, para la estricta ejecución del contrato; a no aplicar o utilizar los datos personales que provengan de los ficheros titularidad de TERSA contratante responsable del fichero con una finalidad diferente a la de este contrato y a no comunicarlas ni cederlas, ni tan solo para su conservación, a otras personas.
Los datos personales contenidos en los ficheros titularidad de TERSA responsable del fichero quedarán durante todo el tiempo de ejecución contractual amparadas bajo este contrato al poder de la entidad adjudicataria del contrato.
La entidad adjudicataria del contrato se compromete, de acuerdo con lo que dispone el art. 12.3 LOPD, a borrar o retornar los soportes en los cuales consten los datos personales obtenidos como consecuencia de la ejecución del contrato sin conservar ninguna copia y sin que ninguna persona externa tenga acceso a los datos si no es porque dispone de autorización expresa de TERSA responsable del fichero.
De acuerdo con lo establecido por el art. 9 LOPD, la entidad adjudicataria del contrato se compromete a adoptar las medidas necesarias de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos personales que provienen de los ficheros de titularidad de TERSA responsable del fichero y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, atendido el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a qué están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
La entidad adjudicataria del contrato y sus trabajadores se obligan a guardar estricto secreto de toda aquella información a la que tengan acceso y del cumplimiento de todas aquellas medidas técnicas y organizativas que se establezcan para garantizar la confidencialidad e integridad de la información. Estas obligaciones subsistirán incluso después de finalizar y extinguirse este contrato.
CLÁUSULA 20. - CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario y XXXXX estarán obligados a respetar el carácter confidencial de toda aquella información a la que tengan acceso para la ejecución del contrato que así se indique en el mismo o que así le indique la entidad, o que por su propia naturaleza tenga que ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo mínimo de 5 años, a excepción de que en el contrato se establezca un plazo superior.
Asimismo, el empresario tendrá que señalar expresamente aquella documentación y/o información que considere confidencial de su oferta.
CLÁUSULA 21. - RÉGIMEN DE RECURSOS
Serán susceptibles de recurso especial los anuncios de licitación, los pliegos, los documentos contractuales que establezcan las condiciones que han de regir la contratación, los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derecho o intereses legítimos y los acuerdo de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores. Se considerarán actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, los actos de la Mesa de Contratación por los cuales se acuerde la exclusión de licitadores.
Los defectos de tramitación que afecten a actos diferentes de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos en manifestación por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efectos de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recorrer el acto de adjudicación.
El recurso podrá interponer-se por las personas físicas y jurídicas a las cuales sus derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan ser afectados por las decisiones objeto de recurso y, en todo caso por los licitadores.
Previamente a la interposición del recurso especial en materia de contratación, las personas legitimadas podrán solicitar ante el órgano competente la adopción de las medidas provisionales, las cuales están reguladas en el artículo 43 del TRLCSP.
El que pretenda interponer recurso especial deberá anunciarlo previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que haya de ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contratación en el plazo previsto para la interposición.
El plazo para interponer el recurso especial en materia de contratación será de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado.
No obstante:
- Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y resto de documentos contractuales, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que los mismos hayan sido recibidos o puesto a disposición de los licitadores o candidatos para su conocimiento conforme lo que dispone el artículo 158 del TRLCSP.
- Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción.
- Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación.
La presentación del escrito de interposición se hará en el registro del órgano de contratación o a la Área Metropolitana de Barcelona.
En el escrito de interposición se tendrá que hacer constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que se pretenda valer el recurrente y, en su caso, las medidas provisionales, cuya adopción solicite.
A este escrito se acompañará:
a) El documento que acredite la presentación del compareciente, excepto si figurara unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano,
en este caso se podrá solicitar que se expida certificación para su unión al procedimiento.
b) El documento o documentos que acrediten la legitimación del acto cuando la ostente por haber sido transmitida por herencia o por cualquier otro título.
c) La copia o traslado del acto expreso que se recurra, o indicación del expediente donde haya recaído o del diario oficial o perfil del contratante donde se haya publicado.
d) El documento o documentos en los cuales se fundamente su derecho.
e) El justificante de haber anunciado el recurso debidamente ante el órgano de contratación. Sin este justificante no se dará curso al escrito de interposición.
En caso de omisión de algunos de estos documentos, se requerirá al interesado, porque en el plazo de 3 días hábiles, subsane la omisión o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que en el caso que no lo haga, se le tendrá desistido de su petición.
Si el acto recurrido es el de adjudicación quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación hasta que resuelva expresamente el recurso, sin que pueda, por tanto, proceder a la formalización del contrato.
En los cinco días hábiles siguientes a la interposición del recurso, el órgano competente para resolver dará traslado del mismo al resto de interesados, dando un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones y resolverá de forma simultánea en el mismo escrito sobre las medidas provisionales si se han solicitado en el escrito de interposición.
Recibidas las alegaciones de los interesados, o transcurrido el plazo señalado para su formulación, y el de la prueba en su caso, el órgano competente resolverá el recurso en el plazo de 5 días hábiles siguientes, notificando la resolución a todos los interesados.
Según lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 34/2010 de 5 xx xxxxxx, que modifica la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, y mientras tanto la Comunidad Autónoma no regule el tema, el órgano competente para resolver el recurso es la Área Metropolitana de Barcelona.
Contra la resolución del recurso tan solo podrá procederse a la interposición del recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa administrativa.
CLÁUSULA 22.- MODIFICACIÓN CONTRACTUAL
El presente contrato podrá ser objeto de modificación según lo previsto en la presente cláusula.
En ningún caso, se podrá realizar una modificación con la finalidad de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas, ampliar el objeto del contrato para poder cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo, o incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente. En este caso se procederá a una nueva contratación de la prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente.
Las modificaciones en ningún caso excederán en más o en menos el 10 por ciento del precio de adjudicación del contrato, en el caso de modificaciones sucesivas, el conjunto de ellas no podrán superar este límite.
Las modificaciones se podrán efectuar cuando se justifique suficientemente la concurrencia de las siguientes circunstancias:
- Que como consecuencia de la realización del servicio o en el decurso del mismo se den circunstancias excepcionales que no permitan cumplir la finalidad para la cual se ha de realizar dicho servicio.
- Que ante las actuaciones previstas establecidas en el Pliego técnico, la reparación produzca variaciones en el material y mano de obra que provoque una diferencia tanto a la alza como a la baja en el precio definitivo del contrato.
- Que en fase de ejecución se evidencie la necesidad de realizar trabajos de obra civil de un alcance no previsto en el Pliego técnico.
Antes de producirse la modificación se deberá darse audiencia al adjudicatario, para que formule las consideraciones oportunas.
El expediente de modificación se deberá incluir necesariamente las siguientes actuaciones:
a) Propuesta técnica motivada efectuada por el responsable del contrato, donde figure el importe aproximado de la modificación así como la descripción básica de los servicios a realizar.
b) Audiencia al contratista.
c) Conformidad del órgano de contratación, mediante resolución.
Cuando las modificaciones supongan la introducción de unidades no previstas en el proyecto, los precios los fijará TERSA, previa audiencia del contratista en un plazo mínimo de tres días. Si este no aceptara los precios fijados el órgano de contratación podrá contratarlas con otro empresario que con los mismos precios que los hubiera fijado o ejecutarlos directamente.
CPISR-1 Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 2011.12.23
11:05:50
+01'00'
ANEXO Nº. 1
DECLARACIÓN RESPONSABLE
(es imprescindible la firma legitimada por notario o hacerse delante del mismo)
Señores,
El abajo firmante , declara:
1. - Que ni ..................... (en lo sucesivo el licitador) ni sus administradores y/o representantes se encuentran incluidos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
2. - Que el licitador se encuentra al corriente de obligaciones tributarias con el Estado.
3. - Que el licitador se encuentra al corriente de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Barcelona.
4. - Que el licitador se encuentra al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.
5. - Que el licitador está dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente de su pago, cuándo se ejerzan actividades sujetas a este impuesto.
6. - Que el licitador acepta que la documentación mencionada en el presente xxxxxx tiene carácter contractual.
7.- Que el licitador declara de forma responsable no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificidades técnicas o en los documentos preparatorios del contrato, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido que establece la LSCP.
Y a los efectos oportunos, se firma la presente, en ............ de de
............
Firma
ANEXO Nº. 2
( en caso de haberse presentado en anteriores licitaciones)
XXXXXXXXXX, SA
...................
...................
Barcelona, ......... de ...............de..............
Señores,
El abajo firmante , certifica:
Que las escrituras solicitadas en el Pliego de Cláusulas Particulares reguladoras de esta licitación con el fin de acreditar la personalidad y capacidad del Licitador no han estado modificadas con respecto a las que tienen en su poder, presentadas en fecha ......... para participar en el procedimiento ... ...
Que la tarjeta del número de identificación fiscal es la que ustedes ya tienen en su poder, presentada en fecha ...... para participar en el procedimiento.. ...
Que los documentos acreditativos de mi representación como firmante de la proposición no han sido modificados ni revocados respecto de los que tienen en su poder, presentadas en fecha ...... para participar en el procedimiento.
...
Y en prueba de conformidad, se firma la presente, en ............ de de
............
Firma
ANEXO Nº. 3
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Señores,
El abajo firmante declara:
Y a los efectos oportunos, se firma la presente, a ........... de ................. de..........
Firma,
POLIZAS DE SEGUROS
El adjudicatario contratará y mantendrá a cargo las pólizas de seguros que cumplan satisfactoriamente los requisitos que se determinan a continuación. Cualquier excepción requerirá la previa aceptación expresa por parte de TERSA.
REQUISITOS GENERALES:
1.- Las pólizas deberán ser contratadas, en castellano y bajo legislación Española, con compañías de seguros con sede dentro del Estado Español, de reconocida capacidad y solvencia acreditada.
2.- Se admitirán las exclusiones de riesgos y franquicias normalmente aceptadas por los usos mercantiles en este tipo de seguros.
3.- Cualquier modificación en las mismas deberá ser informada a Tersa y anualmente deberá demostrar mediante certificado de la Compañía Aseguradora del adjudicatario que las mismas se encuentran en vigor y al corriente de pago.
4.-Las pólizas contratadas para cada uno de los riesgos serán aceptadas siempre y cuando cumplan con todos los requisitos generales de este epígrafe y los específicos indicados a continuación.
REQUISITOS SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL:
1.- El seguro de responsabilidad civil extracontractual cubrirá:
e) Responsabilidad Civil de Explotación: Las indemnizaciones que el asegurado tuviese que satisfacer a terceros como civilmente responsable por daños causados a éstos en sus personas o bienes, por acción u omisión, ya sea esta responsabilidad directa o subsidiaria, como consecuencia de accidentes relacionados con la ejecución de la obra.
f) Responsabilidad Civil Patronal.
g) Responsabilidad Civil Cruzada.
h) Responsabilidad Civil Subsidiaria de subcontratistas.
k) Responsabilidad Civil Preexistentes.
l) Responsabilidad Civil Post-trabajos (6 meses).
m) Gastos de defensa Civil y Penal.
n) Fianzas judiciales por cubrimiento de responsabilidades.
o) Liberación de gastos.
2.- El capital asegurado o límite de cobertura en cuanto a las garantías tendrá que ser como mínimo de 1.000.000 € con uno sublimite por víctima de 180.000 €.
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS Y CARÁCTER CONFIDENCIAL DE LA OFERTA/DOCUMENTACIÓN
Señores,
El abajo firmante declara
1. Que en relación a toda la documentación que presenta para participar en la licitación del contrato "................." que contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc) garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas afectadas para facilitar la referida información a TERSA la finalidad de licitar en el presente procedimiento.
2. Que en caso de resultar adjudicatario, se obliga al cumplimiento de todo aquello que establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre y a mantener la confidencialidad de toda aquella información en la que tenga acceso para la ejecución del contrato en los términos contemplados en el pliego de cláusulas del contrato " "
3. Que en relación a la presente licitación, declaro como documentación y/o información que considero confidencial la relación de documentos que detallo a continuación:
-....................... (establecer nombre del documento o relación de páginas afectadas).
-.......................
-......................
Y a los efectos oportunos, se firma la presente, a........... de de
Firma
ANEXO Nº. 6
PROPUESTA ECONÓMICA
El Sr. .............................. con residencia en calle
...................................... nº. ................ enterado del anuncio publicado en el
.................................... y de las condiciones y requisitos que se exigen para la
adjudicación del servicio de " ", se compromete en nombre
(propio o de la empresa que representa) a realizarlas con estricta sujeción a los mencionados requisitos y condiciones por la calidad de (expresad claramente escrito en letras y números la cantidad en euros por la cual se compromete el proponente a la ejecución de los servicios .................., más la cantidad de (valor del IVA) euros por el IVA, en caso que sea procedente.
CONCEPTO | PRESUPUESTO OFERTADO (XXX excluido) | PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (IVA excluido) |
259.925,67.-€ |
PLAZOS DE REDUCCION DE MONTAJE
FASE 1: 2012 (estimado del 6 al 21 xx xxxxxx 2012)
Plazo estimado de montaje según Pliego técnico 16 días | |
Propuesta de montaje 15 días | |
Propuesta de montaje 14 días | |
Propuesta de montaje 13 días | |
Propuesta de montaje 12 días | |
Propuesta de montaje 11 días |
Marcar con una X la opción ofertada
FASE 2: 2013 (estimado del 19 al 28 xx xxxxxx 2013)
Plazo estimado de montaje según Pliego técnico 10 días | |
Propuesta de montaje 9 días | |
Propuesta de montaje 8 días | |
Propuesta de montaje 7 días | |
Propuesta de montaje 6 días | |
Propuesta de montaje 5 días |
Marcar con una X la opción ofertada
Plazo de validez de la oferta 5 meses
(Quedarán excluidas del procedimiento de licitación las ofertas que presenten un importe y/o plazo superior al de licitación)
PRECIOS COMPLEMENTARIOS | ANEXO Nº7 (1 de 1) |
CTPVE087. REMODELACIÓN DE LOS CUADROS CCD-DM1 Y CCD-DM2.
Concepto | Unidades | Coste unitario | Observaciones |
Asistencia técnica especializada | €/h hombre | Incluir hora extra normal y fin de semana | |
Asistencia técnica no especializada | €/h hombre | Incluir hora extra normal y fin de semana | |
Asistencia operario | €/h hombre | Incluir hora extra normal y fin de semana | |
Suministro, tendido y conexionado de cable 1x150 mm2 Al XLPE 18/30 kV | €/ml | ||
Suministro, tendido y conexionado de cable de Cu 1x240 mm2 RZ1-K 0,6/1kV | €/ml | ||
Suministro, tendido y conexionado de cable de Cu 5x6 mm2 RZ1-K 0,6/1kV | €/ml | ||
Suministro, tendido y conexionado de cable de Cu 5x4 mm2 RZ1-K 0,6/1kV | €/ml | ||
Suministro, tendido y conexionado de cable de Cu 5x2,5 mm2 RZ1-K 0,6/1kV | €/ml | ||
Suministro, tendido y conexionado de cable de Cu 5x1,5 mm2 RZ1-K 0,6/1kV | €/ml | ||
Suministro e instalación de bandeja de rejilla galvanizada de 600 x 100 mm (incluso p.p. soporte) | €/ml | ||
Suministro e instalación de bandeja de rejilla galvanizada de 500 x 100 mm (incluso p.p. soporte) | €/ml | ||
Suministro e instalación de bandeja de rejilla galvanizada de 150 x 60 mm (incluso p.p. soporte) | €/ml | ||
Suministro e instalación de bandeja de rejilla galvanizada de 100 x 60 mm (incluso p.p. soporte) | €/ml | ||
Suministro y montaje de cable de tierra de Cu 1 x 95 mm2, 0,6/1kV incluyendo elementos de conexión y fijación | €/ml | ||
Suministro y montaje de cable de tierra de Cu desnudo 1 x 16 mm2, 0,6/1 kV incluyendo elementos de conexión y fijación | €/ml |
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Sello y firma del Ofertante
ANEXO Nº 8 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
SOBRE Nº2. – CRITERIOS VALORABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE
VALOR (hasta 30 puntos)
Este apartado evalúa el grado de calidad técnica de los equipos ofertados. La calidad técnica incluye no sólo los materiales y dimensionamiento, sino también aspectos como facilidad de operación y mantenimiento, grado de desarrollo tecnológico del concepto ofertado y adecuación a la utilización propuesta.
a) Memoria técnica – hasta 25 puntos
Descripción detallada de la arquitectura tecnológica propuesta, con un inventario exhaustivo de los componentes y la descripción gráfica de la solución de disposición de la implantación de los equipos suministrados.
b) Propuesta de mejoras -hasta 5 puntos
Se ponderará con un punto cada mejora valorable y hasta un máximo de cinco puntos. Mejoras valorables son aquellas que presenten ventajas sustanciales respecto de la oferta técnica, no contabilizándose las mejoras o ventajas no sustanciales.
Se requiere la obtención de un mínimo de 18 puntos en el contenido de oferta técnica para poder proceder con la apertura del sobre 3.
SOBRE Nº 3.- CRITERIOS VALORABLES EN FUNCION DE FORMULAS
AUTOMATICAS (hasta 70 puntos.)
a) Oferta económica -hasta 50 puntos.
Dentro del precio ofertado se consideran incluidos todos los costes necesarios para la correcta realización del contrato y, en especial, los generales de empresa del Adjudicatario, su beneficio industrial y toda suerte de arbitrios, honorarios, costes de autorización, tributos y tasas que se originan por motivo del contrato.
La oferta económica se valorará de 0 a 50 puntos. La valoración económica se realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:
P = P máx. * [1 – (I – I mín.) / I mín.].
Donde: P es la puntuación de la oferta económica.
P máx. es la puntuación máxima de la oferta económica (50). I es el importe de la oferta.
I mín. es el importe de la oferta más baja
La Mesa de contratación de acuerdo con el artículo 152 del TRLCSP, podrá apreciar que la proposición de una empresa sea considerada baja anormal o
desproporcionada, cuando en igualdad de condiciones técnicas, su oferta económica represente una baja con respecto del precio de licitación igual o superior al 20%.
b) Plazos de montaje – hasta 20 puntos
Plazos de montaje – hasta 10 puntos por fase: se valorará la reducción de los plazos de ejecución del montaje a razón de 2 puntos por día reducido. Reducción es la disponibilidad del sistema previa a la fecha indicada de finalización de los trabajos, habiéndose realizado ya las pruebas en vacío de los equipos.
ANEXO Nº 9.A
MODELO DE AVAL BANCARIO DEFINITIVO
(Intervenido notarialmente de conformidad con el art. 197.1 bis del Reglamento Notarial, Validado por la Asesoría Jurídica de Caja General de Depósitos, Abogacía del Estado de la provincia o por los órganos equivalentes de las restantes administraciones)
El Banco .................. y en su nombre y representación ..................... en calidad de ................... y según las facultades dimanadas de la Escritura de Poder otorgada ante el Notario de ..............., D. ....................................... con fecha de ............., número ........... de su protocolo, y que afirman encontrarse íntegramente subsistentes, se constituye avalista fiador solidario de la empresa
......................., en interés y beneficio de "XXXXXXXXXX SA", y hasta la suma de euros (...% del importe del Contrato), a efectos de garantizar el exacto cumplimiento por la empresa mencionada de todas y cada una de las obligaciones concretadas en el correspondiente Contrato de " ".
El aval indicado se presta por el Banco ..................., con expresa y formal renuncia de los beneficios de excusión, división, orden y cualquier otro que pudiera en su caso ser de aplicación, y al efecto declara el Banco que quiere obligarse y se obliga conjuntamente y solidariamente con la compañía ........................ hasta la liquidación por "XXXXXXXXXX SA" del contrato antes mencionado y finalización del plazo de garantía, a pagar con carácter incondicional y dentro como máximo, de los ocho días siguientes a ser requerido, la suma o sumas que, hasta la concurrencia de la cifra fiada de (...% del importe del Contrato) EUROS se exprese en el requerimiento, renunciando el Banco, expresamente y solemnemente, en toda excepción o reserva en cuanto a la entrega de las cantidades que le fueran reclamadas fuera la causa o motivo en que éstas pudieran fundamentarse, y aunque se manifestara oposición o reclamación por parte de
................................., o de terceros, cualesquiera que éstos fueran.
ANEXO Nº 9B
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN PARA LA GARANTÍA DEFINITIVA
(Intervenido notarialmente de conformidad con el art. 197.1 bis del Reglamento Notarial, Validado por la Asesoría Jurídica de Caja General de Depósitos, Abogacía del Estado de la provincia o por los órganos equivalentes de las restantes administraciones)
Certificado número ................................
................................................................................................. (en lo sucesivo, asegurador), con
domicilio en ......................................., xxxxx , y CIF
................................, debidamente representado por el señor
..............................................................
......................., con poderes suficientes para obligarlo en este acto, según resulta de ……………………………………………………………………………………………………………………………………
ASEGURA
A ..............................................................................., NIF/CIF
......................................, en concepto de tomador del seguro, frente XXXXXXXXXXX, SA, en lo sucesivo el asegurado, hasta el importe de euros
................. (...% del importe del contrato)..............., a efectos de garantizar el exacto cumplimiento por el asegurado de todas y cada una de las obligaciones que le resulten como consecuencia de la adjudicación del contrato de
................................................................................ .
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el Contrato, ni éste restará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, en caso de que el asegurador tenga que hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderlo contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de XXXXXXXXXX, SA, y a pagar con carácter incondicional y dentro como máximo, de los ocho días siguientes a ser requerido a hacer efectiva, la suma o sumas que hasta la concurrencia de la cifra asegurada se exprese en el requerimiento.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta la liquidación del contrato y finalización del plazo de garantía.
En ........................................., el ................. de ...........................................
de ............
Firma: Asegurador