CONTRATO DE ARRENDAMIENTO No. 028A- 2020
OTROSÍ No. 1
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO No. 028A- 2020
ARRENDADOR: | Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín |
ARRENDATARIO: | ANDEAN TOWER PARTNERS COLOMBIA S.A.S. |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN: | 000.000.000-7 |
CANON: | $1.392.311 |
OBJETO: | Entrega a título de arrendamiento de un espacio físico para permitir la instalación, operación y mantenimiento de un ePole, que consiste en un poste modular con dos antenas para comunicaciones móviles con su respectivo cableado y equipos para diferentes operadores. |
VALOR TOTAL PRESUPUESTADO: | $33.415.464 |
FECHA DE INICIO: | Con la suscripción del acta de Inicio |
FECHA TERMINACIÓN: | 31 de octubre de 2022 |
Entre los suscritos a saber: por una parte, XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, ma- yor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.260.807 de Medellín, ac- tuando en su calidad de Director de Servicios Compartidos de la Universidad Nacional de Colombia - Sede Medellín, nombrado mediante Resolución No. M.VS-0249 del 14 de febrero de 2017, expedida por la Vicerrectoría de Sede y delegado para suscribir el pre- sente contrato de arrendamiento de conformidad con la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, artículo 13 numeral 12 (Manual de Convenios y Contratos), quien para los efectos del presente instrumento obra en nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - SEDE MEDELLÍN, ente universitario autónomo, del orden nacional, en- tidad de derecho público, con régimen especial, sin ánimo de lucro, cuya creación fue determinada por la Ley 66 de 1867 y con personería jurídica que deriva de la Ley 68 de 1935, con NIT 899.999.063-3 y que en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD; y por la otra XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX, mayor de edad, identificada con cé- dula de ciudadanía No. 41.950.042 de Armenia (Xxxxxxx), quien en su condición de Representante Legal, debidamente facultada para el efecto, de acuerdo a lo estipulado en el Certificado de Existencia y Representación Legal, obra en representación de la empresa ANDEAN TOWER PARTNERS COLOMBIA S.A.S., identificada con NIT 900.868.635-7, quien en adelante y para efectos del presente contrato se denominará EL ARRENDATARIO, hemos convenido suscribir el presente otrosí, previas las siguientes consideraciones: a) Que el día 2 de octubre de 2020 LA UNIVERSIDAD y EL ARRENDA- TARIO, suscribieron el contrato de arrendamiento 028 A-2020, el cual tiene como fecha
de finalización el próximo 31 de octubre de 2022. b) Que el Director de Sostenibilidad y Gestión Logística de la Sede mediante oficio del día 26 de octubre de 2022, solicita la elaboración del otrosí del contrato de arrendamiento 028 A-2020 hasta el 31 de diciem- bre de 2022. c) EL ARRENDATARIO, después de tener suficiente ilustración sobre los detalles del presente otrosí, declara que está en condiciones de cumplir con los com- promisos que adquiere d) Que el suscrito Director de Servicios Compartidos de la Sede, acepta e imparte aprobación del presente otrosí. e) Que en virtud de lo anterior las partes acuerdan:
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO: Modificar la CLÁUSULA QUINTA. DURACIÓN del Con-
trato de Arrendamiento No. 028ª-2020, en el sentido de prorrogar su plazo de ejecu- ción hasta el 31 de diciembre de 2022.
CLÁUSULA SEGUNDA.MODIFICACIÓN DE LAS GARANTÍAS: EL ARRENDATARIO modifi-
cará por su cuenta y en los términos del presente otrosí, las pólizas y/o garantías que amparan los siguientes riesgos:
a) Cumplimiento del contrato y de todas las obligaciones adquiridas, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por el término del mismo y seis (6) meses más. b) De Responsabilidad Civil Extracontractual, por cuantía equiva- lente a cien (100) SMLMV para cada uno de los siguientes amparos: predios, labores y operaciones, responsabilidad civil patronal, contratistas y subcontratistas y vehículos propios y no propios, con una vigencia igual al plazo del contrato. Un deducible del 10% del valor del valor de cada pérdida y de mínimo 1 SMLMV. PARAGRAFO I: Estas garan- tías deberán constituirse dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del otrosí y presentarse en este mismo término para aprobación de LA UNIVERSIDAD, ante el Jefe Unidad de Gestión Administrativa y de Servicios, en la carrera 65 N° 59ª-110, Uni- versidad Nacional de Colombia, sede Medellín, bloque 42. -------------------------------------
CLÁUSULA TERCERA. VIGENCIA DE LAS CLÁUSULAS. Los demás términos y condiciones del Contrato de Arrendamiento No. 028ª-2020 no se modifican, por lo que continúan vigentes.
CLÁUSULA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El presente
otrosí se perfecciona con la suscripción de las partes. Para su legalización se requiere la modificación de las garantías por parte de EL ARRENDATARIO, y aprobación de las mismas por parte de LA UNIVERSIDAD. Con el cumplimiento y aprobación de los ante- riores requisitos y los demás pactados en el presente Otrosí, podrá dar inicio a su eje- cución. Será obligación del Jefe Unidad de Gestión Administrativa y de Servicios o quien haga sus veces informar al supervisor o interventor y a EL ARRENDATARIO, a través de cualquier medio escrito, la fecha a partir de la cual se han cumplido todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución. Así mismo, deberá publicar la presente prórroga en el sitio web de contratación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su legalización.
Para constancia se firma en Medellín por LA UNIVERSIDAD y por EL ARRENDATARIO el día 26 de Octubre de 2022
LA UNIVERSIDAD, Original firmado XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Director de Servicios Compartidos Universidad Nacional de Colombia Sede Medellín Original firmado XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX Jefe Unidad de Gestión Administrativa y de Servicios Uni- versidad Nacional de Colombia Sede Medellín | EL ARRENDATARIO, Original firmado XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX Representante Legal Andean Tower Partnes Colombia S.A.S. |