Contract
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GAF-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
PREESCOLAR --- PARVULO
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido: R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: PREESCOLAR- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación y los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO” , proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
*********************************************************************************************************************************************************************** CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL,
COMPROMETIDA CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. *********** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) conocer los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecidos************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales. *******************************************
tiene un costo anual de: Siete Millones Novecientos Cuarenta y Un Mil Pesos M/L ($7.941.000,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Setecientos Veinte Mil Pesos M/L.($720.000,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Seiscientos Cuarenta y Ocho Mil Pesos M/L. ($648.000.oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Cuarenta y Un Mil Pesos M/L. ($741.000,oo), los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
PREESCOLAR --- PREJARDIN
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido: R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber. *************** CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: PREESCOLAR- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación y los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO” , proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL, COMPROMETIDA
CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. ******************************* CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Xxxxxx la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecidos. ***********************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales. ******************************************
tiene un costo anual de: Siete Millones Novecientos Once Mil Ciento Nueve Pesos M/L. ($7.911.109,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Setecientos Diecisiete Mil Once Pesos M/L. ($717.011,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Seiscientos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Diez Pesos M/L. ($645.310,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Cuarenta y Un Mil Pesos M/L. ($741.000,oo) los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo***************************************** PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
PREESCOLAR (JARDIN)
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido: R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: PREESCOLAR- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación y los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO” , proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL,
COMPROMETIDA CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. *********** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecidos*************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales****************************************** CLAUSULA SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO: Constituyen obligaciones del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”,
correlativas al cumplimiento de las obligaciones del Alumno-Beneficiario y al de sus Padres o Acudientes, la de brindar en forma regular el proceso curricular y la dotación institucional adecuada para el desarrollo de éstos procesos de formación y capacitación, según lo diseñado y configurado
tiene un costo anual de: Siete Millones Ochocientos Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta Pesos M/L. ($7.864.460,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Setecientos Doce Mil Trescientos Cuarenta y Seis Pesos M/L. ($712.346,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Seiscientos Cuarenta y Un Mil Ciento Once Pesos M/L. ($641.111,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Cuarenta y Un Mil Pesos M/L. ($741.000,oo), los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
PREESCOLAR (TRANSICIÒN)
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido: R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: PREESCOLAR- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación y los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL,
COMPROMETIDA CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. *********** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecidos*************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales****************************************** CLAUSULA SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO: Constituyen obligaciones del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”,
correlativas al cumplimiento de las obligaciones del Alumno-Beneficiario y al de sus Padres o Acudientes, la de brindar en forma regular el proceso curricular y la dotación institucional adecuada para el desarrollo de éstos procesos de formación y capacitación, según lo diseñado y configurado
tiene un costo anual de: Siete Millones Ochocientos Cincuenta y Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos Pesos M/L. ($7.858.442,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Setecientos Once Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro Pesos M/L. ($711.744,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Seiscientos Cuarenta Mil Quinientos Setenta Pesos M/L. ($640.570,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Cuarenta y Un Mil Pesos M/L. ($741.000,oo), los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I. _ C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
BÁSICA PRIMARIA (PRIMERO)
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido:
R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: BASICA PRIMARIA- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación, al Decreto 1290 del 16 xx Xxxxx del 2009 que establece el nuevo sistema de evaluación y aprendizaje y a los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL,
COMPROMETIDA CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. *********** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto de presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecido*************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales. ******************************************* CLAUSULA SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO: Constituyen obligaciones del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”,
correlativas al cumplimiento de las obligaciones del Alumno-Beneficiario y al de sus Padres o Acudientes, la de brindar en forma regular el proceso
tiene un costo anual de: Siete Millones Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Ciento Noventa y Seis Pesos M/L. ($7.855.196,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Setecientos Ocho Mil Ciento Veinte Pesos M/L. ($708.120,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Seiscientos Treinta y Siete Mil Trescientos Ocho Pesos M/L. ($637.308,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Setenta y Cuatro Mil Pesos M/L. ($774.000,oo), los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
BÁSICA PRIMARIA (SEGUNDO)
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido: R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: BASICA PRIMARIA- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación, al Decreto 1290 del 16 xx Xxxxx del 2009 que establece el nuevo sistema de evaluación y aprendizaje y a los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO” , proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL,
COMPROMETIDA CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. *********** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto de presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecido*************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales. ******************************************* CLAUSULA SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO: Constituyen obligaciones del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”,
correlativas al cumplimiento de las obligaciones del Alumno-Beneficiario y al de sus Padres o Acudientes, la de brindar en forma regular el proceso
tiene un costo anual de: Siete Millones Setecientos Ochenta y Nueve Mil Seiscientos Treinta Pesos M/L. ($7.789.630,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Setecientos Un Mil Quinientos Sesenta y Tres Pesos M/L. ($701.563,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Seiscientos Treinta y Un Mil Cuatrocientos Siete Pesos M/L. ($631.407,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Setenta y Cuatro Mil Pesos M/L. ($774.000,oo), los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
BÁSICA PRIMARIA (TERCERO)
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido: R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: BASICA PRIMARIA- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación, al Decreto 1290 del 16 xx Xxxxx del 2009 que establece el nuevo sistema de evaluación y aprendizaje y a los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO” , proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL,
COMPROMETIDA CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. *********** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto de presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecido*************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales. ******************************************* CLAUSULA SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO: Constituyen obligaciones del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”,
correlativas al cumplimiento de las obligaciones del Alumno-Beneficiario y al de sus Padres o Acudientes, la de brindar en forma regular el proceso
tiene un costo anual de: Siete Millones Seiscientos Cuarenta y Ocho Mil Quinientos Noventa y Cinco Pesos M/L. ($7.648.595,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Seiscientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta Pesos M/L. ($687.460,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Seiscientos Dieciocho Mil Setecientos Catorce Pesos M/L. ($618.714,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Setenta y Cuatro Mil Pesos M/L. ($774.000,oo), los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
BÁSICA PRIMARIA (De 4° y 5°)
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido:
_R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: *********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: BASICA PRIMARIA- GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación, al Decreto 1290 del 16 xx Xxxxx del 2009 que establece el nuevo sistema de evaluación y aprendizaje y a los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO” , proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL,
COMPROMETIDA CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. *********** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto de presente contrato además de las contempladas en el Manual de Convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecido*************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales. ******************************************* CLAUSULA SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO: Constituyen obligaciones del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”,
correlativas al cumplimiento de las obligaciones del Alumno-Beneficiario y al de sus Padres o Acudientes, la de brindar en forma regular el proceso
tiene un costo anual de: Seis Millones Novecientos Ochenta y Tres Mil Novecientos Ochenta y Seis Pesos M/L. ($6.983.986,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Seiscientos Veinte Mil Novecientos Noventa y Nueve Pesos M/L. ($620.999,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Nueve Pesos M/L. ($558.899,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Setenta y Cuatro Mil Pesos M/L. ($774.000,oo), los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
Colegio Diocesano “San Xxxx” | GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PROCESO DE MATRÍCULA FORMATO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO COMPARTIDO | CÓDIGO: GA-FO – FCPSEC - 29 VERSIÓN: 03 06/ DIC 2018 PÁGINA: 1 de 1 |
BÁSICA SECUNDARIA (6º a 11º)
AÑO LECTIVO 2023
Entre los suscritos: con C.C. de y
con C.C. de , en su condición de Padres de Familia o Acudientes certificados, responsables de facilitar y asegurar el “derecho a la educación” de su hijo o acudido: R.C. - T.I. - C.C. quien para efectos del presente contrato se denominará Alumno Beneficiario o Educando, copartícipe a su vez del proceso educativo y el Padre Rector XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con la C.C. No. 4.979.897 expedida en la ciudad de Santa Xxxxx, en su calidad de Rector, actuando en nombre y representación de la Institución Educativa no Oficial Denominada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” identificado con NIT. 819.006.581-6, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO EDUCATIVO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, atendiendo a las normas constitucionales establecidas en el Artículo 67 y 68 y a la Ley General de Educación Artículos 6, 7, 91, 95 y 96, rigiéndose por las siguientes cláusulas: **********************************************************************************************************************************************
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DEL CONTRATO: El presente Contrato formaliza la vinculación del EDUCANDO al Servicio Educativo que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, en los términos del Artículo 95 de la Ley 115 de 1994 y compromete a las partes y al educando en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para la consecución del objeto y de los fines comunes, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber. **************** CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El objeto específico del siguiente Contrato es brindar un SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, que en forma autónoma y singular, permita una capacitación y formación integral al educando beneficiario
en el NIVEL de: BASICA SECUNDARIA-MEDIA GRADO , mediante el aporte de las exigencias y responsabilidades que le competen tanto a los Padres de Familia, al Alumno Beneficiario como a la Institución Educativa, atendiendo a la estructura y objetivos establecidos en el Capítulo 1º de la Ley General de Educación, al Decreto 1290 del 16 xx Xxxxx del 2009 que establece el nuevo sistema de evaluación y aprendizaje y los presupuestos, estrategias y acciones configuradas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, proyecto que identifica y caracteriza a la Institución, distinguiéndola de otras alternativas educativas, como lo establece la misma Ley en el Artículo 73.
************************************************************************************************************************************************************************ CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: Son Obligaciones de la esencia del presente Contrato para cumplir con el fin común de la educación del EDUCANDO, las siguientes: A) EL SERVICIO EDUCATIVO FORMAL, del cual se habla en el presente contrato, es de RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, lo cual implica que el eficiente cumplimiento del mismo exige la concurrencia de obligaciones específicas de cada uno de los que suscriben, ya que la correlación y la cooperación entre los Padres de Familia, Educando e Institución es la única manera de lograr en calidad y eficiencia los procesos de formación integral y capacitación que estructuran el servicio educativo de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, del cual se beneficiará el educando, centro de éste contrato. B) Las partes contratantes declaran conocer, comprender y asumir el carácter y naturaleza propia de la comunidad educativa del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, como institución privada, del sector pastoral, sin ánimo de lucro, de la Diócesis de Santa Xxxxx, autónoma, con una misión específica que, como tal, atendiendo al Artículo 77 de la Ley de Educación, se diferencia de las instituciones estatales a pesar de tener la misma función social de prestar el Servicio Educativo, según las normas vigentes. Así mismo, aceptan que al suscribir este Contrato se integran a ésta COMUNIDAD EDUCATIVA, en donde la individualidad y singularidad del Contratante como miembro de ella, contribuye al desarrollo de las necesidades fundamentales en función del bien común, y ésta le aporta y facilita el ambiente educativo y procesos pedagógicos adecuados para el desarrollo formativo del Educando Beneficiario, de acuerdo al normal desenvolvimiento de escolaridad que éste presente. De acuerdo a ésta naturaleza se comprende que el bien común prima sobre el particular. C) Los Padres de Familia y el Educando Beneficiario, al suscribir éste contrato expresamente aceptan y manifiestan haber tenido previo y pleno conocimiento de las diferentes alternativas u ofertas de las Instituciones Educativas Oficiales y Privadas de carácter laico y religioso existentes en Santa Xxxxx, y, que al haber optado libremente entre ellas por los servicios educativos que ofrece el COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” a través de su P.E.I.: “CALIDAD HUMANA PARA UN NUEVO MILENIO”, han adquirido el compromiso de respetar, fortalecer y asumir la filosofía, fines, principios, procesos, estrategias y exigencias que se derivan de ser ésta una Institución de la Diócesis de Santa Xxxxx, afiliada a CONACED, con un marcado CARÁCTER CONFESIONAL CATOLICO, reconocido por el siguiente Perfil: HUMANIZANTE Y PERSONALIZADA, INTEGRADA AL PROCESO SOCIAL, CIENTÍFICO Y CULTURAL, COMPROMETIDA
CON LA JUSTICIA y cuya acción educativa tiene como eje dinamizador a Cristo en cada uno de sus procesos pedagógicos y así el educando pueda lograr la “asimilación y transmisión de la cultura, la educación para la vida en comunidad y la educación en la Fe. ****************************** CLAUSULA CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato además de las contempladas en el manual de convivencia, los Padres de Familia tienen los siguientes derechos y obligaciones: A) Conocer, apoyar y colaborar en el logro de los objetivos propuestos en el P.E.I., mediante la acción expresa que se solicita en el mencionado proyecto y en el Manual de Convivencia. B) Adoptar una actitud consecuente con la responsabilidad que implica la libre elección del Colegio, como Institución Privada, Confesional y adoptar una postura coherente de respeto, apoyo y proyección de los principios cristianos, católicos y los xxxxxx filosóficos, pedagógicos, que dinamizan todos los procesos del servicio educativo. C) Reforzar en la cotidiana convivencia del hogar, los procesos de formación integral fundamentados en el Colegio, mediante el testimonio ejemplificador de la familia y la exigencia racional de sus deberes. D) Atender los llamados, requerimientos o reuniones programadas que establezca el Colegio mediante citación urgente, normal o extraordinaria de parte de las Directivas o Docentes, cuya finalidad esté en función del mejoramiento del desarrollo integral del Alumno Beneficiario o del ambiente escolar comunitario. E) Dotar al alumno beneficiario del “material o equipo educativo” de dotación personal, tal como lo estipula el Artículo 45 del Decreto 1860, según las exigencias de los Proyectos Pedagógicos Curriculares integrados en el P.E.I. F) Responder económicamente por los extravíos y/o daños ocasionados a los enseres, equipos, mobiliarios, textos, instalaciones u otros elementos de la dotación institucional, cuando éstos, en forma comprobada, le sean imputados al Alumno Beneficiario por la irresponsabilidad en su manejo o acción directa sobre ellos. G) Asumir la responsabilidad que le compete frente a su hijo, beneficiario de este Contrato por la no continuidad y renovación del mismo en el siguiente año lectivo debido a la xxxx sistemática en el pago de las mensualidades dentro de los términos establecidos*************************************************************************************************************
PARÁGRAFO: Se obligan solidariamente, dentro de los términos del presente contrato para efectos del cumplimiento de todas sus cláusulas, tanto los padres de familia del educando como cualquier otra persona que suscriba el presente contrato. ***************************************************** CLAUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del presente contrato, el Alumno tiene los siguientes derechos y obligaciones: A) Además de los incorporados en el Manual de Convivencia, se constituye como obligación esencial del Alumno Beneficiario de éste contrato, el de “participar activamente en los procesos de su propia formación integral” contribuyendo en la consolidación de un ambiente educativo en donde la sana convivencia, permita alcanzar los objetivos propios que demanda un servicio educativo en calidad de excelencia en función de su propio beneficio. B) Conocer, asumir y respetar dentro de los principios de la autonomía consciente y liberadora, los principios, lineamientos y normas de convivencia comunitarias establecidas en el Manual de Convivencia del Colegio Diocesano “San Xxxx”, adoptado por el Consejo Directivo. C) Elegir y postularse como candidatos para los diferentes organismos de participación, ajustándose a las normas concertadas en el Proyecto de Participación Democrática; ser postulado y optar por los diferentes estímulos que establezca el Colegio, previo el lleno de los requisitos establecidos y regulación establecida en el Manual de Convivencia. D) Conocer el Manual de Convivencia o sus adendos en el proceso de Matrícula o solicitud de cupo para el nuevo año lectivo. E) Las demás establecidas en la Constitución Nacional y Normas Legales. ******************************************************************** CLAUSULA SEXTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO: Constituyen obligaciones del COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”,
correlativas al cumplimiento de las obligaciones del Alumno-Beneficiario y al de sus Padres o Acudientes, la de brindar en forma regular el proceso curricular y la dotación institucional adecuada para el desarrollo de éstos procesos de formación y capacitación, según lo diseñado y configurado
Padres de Familia la observación y cumplimiento del Manual de Convivencia y este Contrato en todas sus partes; el cumplimiento de las obligaciones que le corresponde como copartícipes del servicio educativo y postura actitudinal necesaria para la excelente formación integral, capacitación y convivencia comunitaria, que permita la adquisición procesal del Perfil del Alumno Diocesano: RELIGIOSO, RESPONSABLE, CRITERIOSO, INVESTIGATIVO, CREATIVO, CULTO, AUTONOMO Y PROMOTOR COMUNITARIO. ************************************************* XXXXXXXX XXXXXXX. COSTOS DEL SERVICIO EDUCATIVO: Los costos que demanden la prestación del servicio educativo, al haber optado libremente por la Institución Privada COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX”, serán asumidos totalmente por los Padres de Familia por el sólo hecho de serlo, así, como el Acudiente acreditado que suscribe este contrato. Los costos educativos de los cuales se habla en ésta cláusula corresponden a: Matrícula, Pensión y Otros Cobros contemplados en la Ley General de Educación y las normas que la adicionan o lo modifican, independientemente de los que le corresponden para adquirir el material y equipo didáctico de “dotación personal” del Alumno Beneficiario. El presente contrato de acuerdo a lo establecido en la Resolución 020310 del 14 de octubre de 2022, emanada del Ministerio de Educación Nacional, tiene un costo anual de: Seis Millones Novecientos Ochenta y Tres Mil Novecientos Ochenta y Seis Pesos M/L. ($6.983.986,oo), los cuales serán cancelados por los padres y/o acudientes, así: Matrícula: Seiscientos Veinte Mil Novecientos Noventa y Nueve Pesos M/L. ($620.999,oo), y diez (10) cuotas mensuales de: Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Nueve Pesos M/L. ($558.899,oo), cada una de las cuales serán pagadas dentro de los cinco (5) primeros días del mes o período al cual correspondan. El retardo en el pago de las pensiones o cuotas o el pago con cheques no corrientes, dará derecho a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Colegio. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas por parte del Ministerio de Educación Nacional y Acto Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital. El retardo sistemático de las mensualidades periódicas por fuera de los términos establecidos, constituyen causal determinante para la no renovación del contrato y por ende la no continuidad por parte del Alumno Beneficiario en el siguiente año lectivo en la Institución, independientemente del derecho a exigir por vía legal la deuda morosa más los costos de financiación de acuerdo con las disposiciones vigentes. Dentro de éstos costos educativos figuran Otros Cobros que se derivan de la prestación del servicio por valor de Setecientos Setenta y Cuatro Mil Pesos M/L. ($774.000,oo) los cuales serán cancelados en el momento de la matrícula por una sola vez durante el correspondiente año lectivo*****************************************
PARÁGRAFO PRIMERO: El presente contrato contiene una obligación clara, expresa y exigible solidariamente ante el incumplimiento de sus cláusulas por parte de los Padres de Familias y/o Acudiente, y por lo tanto presta mérito ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 422 del C.G.P.; para hacer efectivo el pago de la obligación contraída en éste contrato, no será necesario ninguna clase de requerimientos para constituirlo en xxxx, requerimientos a los cuales éstos renuncian expresamente. ***************************************************************************************** PARÁGRAFO SEGUNDO: Los padres, representantes, acudientes y/o responsables económicos del Alumno Beneficiario o Educando, que suscriben el presente contrato, autorizan irrevocablemente al COLEGIO DIOCESANO “SAN XXXX” para verificar, y consultar en las Centrales de Riesgo como operadores de los bancos de datos, su historia crediticia, los datos consignados en esta autorización y los demás que considere necesario; para obtener referencia y difundir la misma sobre su comportamiento comercial y financiero, cuando lo considere del caso; informar a entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia de industria y comercio según la resolución No: 76434 de 2012 de diciembre 4. Esta autorización es expresa y previa, con el fin de dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 8° de la ley 1266 de 2008. *********************************** CLAUSULA OCTAVA. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno del Plantel o Manual de Convivencia registrado en la Secretaría de Educación Distrital, se considera parte integrante del presente Contrato. *********************** CLAUSULA NOVENA. CAUSALES DE TERMINACION O DE NO RENOVACION DEL CONTRATO: El presente Contrato terminará por una de las siguientes causas: A) Por decisión del Padre o Acudiente acreditado de retirar al Alumno Beneficiario en forma voluntaria, para lo cual debe oficializar su retiro en forma escrita con anterioridad. B) Por incumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes que suscriben éste contrato, previa presentación de un proceso de seguimiento y evaluación. C) Por decisión del Colegio, fundamentado en un proceso de seguimiento y evaluación por parte de un Comité de disciplina que establezca que el ambiente educativo del Colegio y su plan curricular no favorece el pleno desarrollo armónico de la personalidad del educando. D) Por suspensión de actividades del Colegio por más de sesenta (60) días o por clausura definitiva del establecimiento. E) Por el retraso en el pago de las obligaciones que se derivan del presente contrato cuando se considere pertinente; y F) Por las causales determinadas en el Manual de Convivencia. En cualesquiera de los casos anteriores el Padre o Acudiente debe presentar el Paz y Salvo con la Institución a la Secretaría del Plantel, a fin de obtener las certificaciones, constancias y documentos a que hubiere lugar.************************************************************************************************************************************************* CLAUSULA DECIMA. DURACION Y RENOVACION: El presente Contrato tiene vigencia de un año lectivo contado a partir del 1º de Febrero de 2023 hasta el 30 de Noviembre de 2023, su ejecución será sucesiva por períodos mensuales y podrá renovarse para el siguiente año siempre y cuando el EDUCANDO, los PADRES y/o ACUDIENTE hayan cumplido estrictamente las cláusulas y condiciones consagradas en el presente Contrato y en el Manual de Convivencia del COLEGIO. ********************************************************************************************************
Para constancia se firma en Santa Xxxxx, a los ( ) días del mes de de 20 .
Declaro de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que AUTORIZO al Colegio Diocesano San Xxxx para que, en los términos del literal a) del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, tratamiento de mis datos personales, así como de mi acudido incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la Ley.
De acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, El Colegio Diocesano San Xxxx se permite informar que, con anterioridad a la fecha de expedición del mencionado Decreto, ha recolectado y procesado datos personales para el desarrollo de sus actividades. Por lo anterior, El Colegio Diocesano San Xxxx solicita la autorización previa e informada de aquellas personas cuyos datos personales han sido recolectados, procesados y, en general, tratados (los “Titulares”), para continuar haciéndolo de manera xxxx, lícita, segura y confiable. El Colegio Diocesano San Xxxx ha creado una POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES en la cual se definen, entre otros, los principios que cumplirá al recolectar, almacenar, usar, transferir, transmitir y realizar cualquier actividad u operación con datos personales.
El alumno es representado ante el colegio, los docentes, directivos y demás órganos del gobierno escolar por los suscritos que firman el presente contrato.
PADRE MADRE
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
EDUCANDO ACUDIENTE CON PODER AUTENTICADO
T.I.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico
C.C.
Dir. Residencia Dir. de notificación Correo Electrónico