CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “Compra de valores – Black Friday 2020”
CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “Compra de valores – Black Friday 2020”
1. Participantes
Podrán beneficiarse de la presente acción promocional (en adelante, “la Promoción”) todos los clientes de Banco Santander, S.A., ya sean personas físicas o jurídicas, titulares de un contrato de custodia y administración de valores o un contrato de custodia y administración de instrumentos financieros, en ambos casos, plenamente disponibles (no afectados por trabas, bloqueos, embargos o situaciones similares) y que tengan asimismo contratado el servicio de banca a distancia (contrato multicanal “CMC”), en adelante “los Participantes”.
No podrán acogerse a la Promoción aquellos clientes que tengan la consideración de United States Person1.
Tampoco será de aplicación la presente Promoción a aquellos clientes titulares o cotitulares de productos en el Banco que se encuentren en situación de morosidad o en cualquier otra situación de irregularidad frente a Banco Santander, S.A. en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo durante el período promocional.
2. Promotor
Promueve la presente Promoción la Entidad Banco Santander, S.A. (en adelante, el “Promotor” o el “Banco”).
3. Periodo promocional
Del día 23 de noviembre de 2020 al día 2 de diciembre de 2020, ambos inclusive (en adelante, el “Periodo Promocional”).
4. Objeto de la Promoción
El objeto de la presente Promoción es la aplicación temporal, durante el Periodo Promocional, de una tarifa especial bonificada a determinadas operaciones de compra de valores en mercados xx xxxxx variable ordenadas por los Participantes a través xx xxxxxxx digitales (APP Móvil de Banco Santander y servicio de banca por Internet-SO:FIA) y que hayan sido ejecutadas durante el Periodo Promocional.
Las operaciones objeto de la Promoción (en adelante, las “Operaciones de Compra”) serán, exclusivamente, las operaciones de compra de valores xx xxxxx variable cuya ejecución tenga lugar durante el Periodo Promocional y que hayan sido instruidas por los Participantes, a través de los canales digitales antes indicados, sobre las siguientes tipologías de valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales (Bolsas de valores) nacionales y/o extranjeros:
▪ Acciones xx xxxxx variable nacionales y/o extranjeras cotizadas en Bolsa
▪ Fondos de inversión cotizados en Bolsa (ETFs)
▪ Warrants negociables en Bolsa
En el caso de órdenes de compra parcialmente ejecutadas, se considerarán “Operaciones de Compra” a los efectos de la presente Promoción únicamente las ejecuciones parciales realizadas durante el Periodo Promocional.
Quedan expresamente excluidas de la presente Promoción cualesquiera operaciones de venta de valores, así como las operaciones de compra de valores negociados en el Mercado Alternativo Bursátil español, de derechos de suscripción preferente negociados en las Bolsas, las Ofertas Públicas de Adquisición, las Ofertas Públicas de Venta y las operaciones sobre activos xx xxxxx fija y sobre participaciones en fondos de inversión no cotizados.
1 US Person, de conformidad con la legislación americana Regulation S (promulgated under the Securities Act of 1933) en su Sección 902 (k)
5. Tarifa bonificada promocional
Los Participantes que cumplan la totalidad de los requisitos establecidos en el presente documento se beneficiarán de una tarifa bonificada que resultará de aplicación a sus Operaciones de Compra, según se definen en el anterior punto 4., de acuerdo con el siguiente detalle:
La tarifa de comisiones aplicables a las Operaciones de Compra por los servicios de recepción, transmisión, ejecución y liquidación de órdenes será de 0€ (cero euros), en adelante “la Tarifa Bonificada”.
La Tarifa Bonificada incluye exclusivamente los gastos y comisiones percibidos por el Banco en contraprestación por los servicios indicados (recepción, transmisión, ejecución y liquidación de órdenes). Por consiguiente, sin perjuicio de la aplicación de la Tarifa Bonificada, en las Operaciones de Compra el Banco repercutirá a los Participantes (i) los gastos de correo, télex, fax y Swift, si los hubiera, (ii) las tarifas que correspondan por los cambios de divisa distinta del euro, y (iii) los importes que en cada caso sean liquidados por terceras entidades u organismos, tales como las comisiones, gastos, tasas y cánones que repercutan los intermediarios internacionales, los mercados extranjeros y/o los sistemas de compensación y liquidación, así como los impuestos que procedan de acuerdo con la legislación vigente.
La presente Promoción tiene un carácter transitorio y su vigencia está limitada al periodo promocional indicado en el anterior punto 3. La participación en esta Promoción no implica modificación alguna de los productos o contratos suscritos entre el Banco y los Participantes, ni de las condiciones económicas pactadas en los mismos. Esta Promoción no supone en ningún caso la novación contractual de los contratos que los Participantes tengan formalizados con el Banco.
Los Participantes tendrán a su disposición en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxx-x- promociones los términos y condiciones correspondientes a la presente acción promocional que se regulan en el presente documento.