EUROCONTRATO DE ALQUILER DE COCHE 1
EUROCONTRATO DE ALQUILER DE COCHE 1
Pistoia, Contrato N°
La Sociedad/ Empresa de alquiler de coches
(Xxxxxxxxxxx), concede en aquiler al/ a la Sr./ Sociedad
que firma el presente contrato, en su nombre/ en calidad de representante legal de la Sociedad (Arrendatario, Cliente) el vehículo indicado en el presente contrato:
MODELO:
PLACA
1) ESTADO DEL VEHICULO
El vehículo se debe entregar al cliente en perfecto orden. El coche debe estar dotado xx xxxxxx de repuesto, normales herramientas, triángulo, documentación del coche, cuentakilómetros sellado. El arrendatario es responsable de la pérdida y del extravío de los documentos de circulación. El cliente está obligado a devolver el vehículo en las mismas condiciones que lo recibió, con el equipo completo en dotación, salvaguardando la eficiencia del vehículo mismo, excepto el normal deterioro por el uso (art. 996 c.c.)
2) USO DEL VEHICULO
El cliente usará el coche alquilado exclusivamante según lo previsto por la Documento de Circulación y deberá usar la debida diligencia (art. 1001 c.c.). El cliente podrá conducir el vehículo u otras personas precedentemente indicadas por él sólo si poseen una licencia de conducir válida otorgada por lo menos un año antes.
3) DEVOLUCIÓN
La devolución del coche deberá tener lugar dentro de las hs. 10.00 del día previsto para la vuelta, excepto en los casos específicos que se acordarán preventivamente y por escrito.
En el caso de retraso en la devolución del coche respecto al horario indicado, se aplicará una multa horaria igual al 10% de la tarifa diaria, con un mínimo de tres horas.
Si el cliente avisa a la Arrendadora que desea prorrogar el contrato por lo menos 24 horas antes del vencimiento del término previsto para la devolución, el presente contrato se extenderá hasta la efectiva fecha de devolución del vehículo sin ninguna multa. En casos específicos se puede establecer, preventivamente y por escrito, un término distinto de aviso previo entre las partes.
Después que transcurrieron 24 horas del término previsto para la devolución del vehículo sin que la Arrendadora reciba noticias de parte del Cliente, ésta tendrá la facultad de denunciar el cliente mismo a las Autoridades competentes por apropiación indebida del vehículo alquilado.
1 EL PRESENTE CONTRATO HA SIDO PREDISPUESTO POR LA COMISION REGULACION XXX XXXXXXX DE LA CCIAA XX XXXXXXX
4) ROBO
El vehículo está asegurado contra robo.
En el caso de robo el cliente no deberá nada a la Arrendadora , excepto en la hipótesis de culpa o dolo en la custodia del coche.
En todo caso, el Cliente, a partir del momento en el cual llega a conocimiento del hecho, deberá denunciarlo tempestivamente a las autoridades competentes y dentro de 24 horas de la denuncia estará obligado a entregar una copia a la Arrendadora, junto con las llaves del vehículo.
5) DAÑOS A COSAS O ANIMALES
La Arrendadora no será responsable por pérdida o daños a las cosas transportadas, abandonadas u olvidadas en el vehículo, sea durante que después del alquiler del coche, excepto en el caso que dichos eventos sean imputables a dolo o culpa de la Arrendadora.
6) MULTAS E INFRACCIONES
Son a cargo del Arrendatario las multas y las contravenciones por infracciones al código de la circulación del vehículo, cometidas durante el período del alquiler. El arrendatario está obligado a reembolsar a la Arrendadora lo que le ha anticipado para el pago de las infracciones arriba mencionadas, sin contar lo que depende del eventual pago atrasado.
En el caso de bloqueo forzado del vehículo que depende de hechos imputables al Cliente o al conductor autorizado, se le reconoce a la Arrendadora una suma correspondiente a la tarifa mínima diaria de alquiler, de todas maneras que no excede en su total el valor comercial del coche.
7) RESPONSABILIDAD
El Cliente será responsable de todo tipo de daño sufrido durante el alquiler, excepto en las hipótesis de caso fortuito y fuerza mayor. El Cliente podrá pedir un seguro suplementario “kasko”, y en dicho caso serán a su cargo de todas maneras los daños que no cubre el seguro.
8) COMUNICACIONES
El Cliente está obligado a efectuar a la Arrendadora las comunicaciones de siniestro, robo e incendio en el tiempo más breve posible y de todas maneras no más allá del primer día laborable sucesivo al conocimiento del hecho, por medio de fax o telegrana.
9) REPARACIONES
Las reparaciones y manutenciones del vehículo, ordinarias y extraordinarias, serán efectuadas por la Arrendadora. En el caso que se verifique una necesidad urgente durante el período de alquiler, el Cliente podrá ocuparse, con gastos a cargo de la Arrendadora sólo con preventiva autorización escrita de la misma.
Eventuales daños causados al vehículo por falta de respeto de las normas previstas por el manual “Uso y manutención”, serán resarcidas por el Cliente a la Sociedad.
El Cliente se compromete a no aportar ninguna modificación al vehículo alquilado.
10)RESERVACION
En el caso que el Cliente renuncie al vehículo reservado y lo comunique a la Arrendadora con aviso previo inferior a las 24 horas, este deberá pagar igualmente una suma correspondiente a la tarifa mínima de alquler por los días reservados, un importe análogo se deberá a la Arrendadora en el caso de entrega anticipada del vehículo sin el aviso previo arriba mencionado.
En el caso que la Arrendadora no entregue al Cliente el vehículo como acordado en la reservación, sin avisar dentro de la fecha arriba mencionada, ésta deberá pagar al Cliente el importe de la tarifa mínima del alquiler para los días reservados como resarcimiento de los daños.
11)TARIFA
El vehículo se entiende alquilado según las tarifas indicadas aquí abajo, en vigor en la fecha de firma del contrato. Eventuales variaciones para los contratos de duración superior a 18 días, se deben comunicar preventivamente al Cliente, dándole al mismo la facultad de aceptar o renunciar.
El período mínimo de alquiler es de La tarifa comprende:
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- La tarifa no comprende:
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12)CAUCION
En el momento que se retira el coche, la Arrendadora podrá pedir al Cliente una caución de Euros, que valdrá también como cuenta tarifa.
13)RESCISION DEL CONTRATO
El presente contrato se podrá rescindir anticipadamente, según el artículo 1456 c.c. por la Arrendadora, en el caso de uso no apropiado del vehículo de parte del Cliente, según el presente contrato y también en el caso de insolvenci , quiebra u otro procedimiento concursual a cargo del Cliente.
El Cliente, a su vez, podrá rescindir anticipadamente el contrato, según el art. 1456 c.c., en el caso que el coche y el equipo indicados en el presente contrato no resulten idóneos al uso y a la utlización.
Pistoia,
(El proponente) (El Cliente)
firma FACULTATIVA
14)ARBITRAJE Y CONCILIACION
Las partes se comprometen a presentar todo tipo de controversia que surgiera por la interpretación, ejecución, rescisión o validez del presente contrato preventivamente, también por medio de la Asociación de Consumidores y de categoría, al Registro de Conciliación de la Cámara de Comercio xx Xxxxxxx, según el reglamento previsto.
Las partes se comprometen además, en el caso que no se alcanzara el acuerdo con la Conciliación, a deferir la controversia a un árbitro único, nombrado conforme al Reglamento de la Cámara Arbitral de la CCIAA xx Xxxxxxx.
El árbitro único decidirá, amistosamente, según xxxxxxx, en el respeto de lo previsto por el Reglamento arriba mencionado.
Pistoia,
El proponente El Cliente
Según los artículos 1341 y siguientes, las partes declaran que aprueban expresamente las cláusulas siguientes: 3) DEVOLUCIÓN, 6) MULTAS E INFRACCIONES, 7) RESPONSABILIDADES, 13) RESCISION DEL CONTRATO, 14) ARBITRAJE Y CONCILIACION.
Pistoia,
El proponente El Cliente
15)TRATAMIENTO DE LOS DATOS
El Cliente ha sido informado que, según la Ley 675/96 (de ahora en adelante denominada “Ley”), los datos suministrados por él podrán ser objeto de tratamiento, en el respeto de dicha normativa.
Titular del tratamiento, según la ley, es Dichos datos se utilizarán para los fines económcos de la Sociedad/ Empresa , como:
- conclusión y ejecución de contratos de alquiler de vehículos y eventuales contratos en relación, como también la realización de un banco de datos de la Clientela a dichos fines;
- activación de los estándar internacionales de los sistemas de pago (como transferencias bancarias, tarjetas de crédito, de adeudo, etc.);
- actividades promocionales/ publicitarias.
La Sociedad/ Empresa , podrá utilizar dichos datos también con el fin de permitir a las autoridades públicas que envíen eventuales notificaciones al Cliente responsable de violaciones del Código de la Circulación o de otras normativas aplicables, para el pago de las relativas sanciones pecuniarias de parte del Cliente mismo.
En fin, los datos podrán ser utilizados por según el art. 24 de la Ley, para otras actividades autorizadas por específica disposición xx Xxx o disposición del Garante para la protección de los datos personales. El tratamiento de los datos tendrá lugar por medio de instrumentos idóneos para garantizar la seguridad y el secreto de los mismos.
La otorgación de los datos de parte del Cliente y la autorización al relativo tratamiento son libres y necesariamente funcionales a la instauración y al desarrollo del presente informe contractual.
En todo caso, el Cliente, en base al art. 13 de la Ley puede obtener en todo momento, la actualización, la rectificación o la cancelación de los datos que lo conciernen.
Pistoia,
El proponente El Cliente