Convenio de cooperación educativa con (nombre de la empresa)
Convenio de cooperación educativa con (nombre de la empresa)
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE (nombre de la empresa) Y LA UNIVERSIDADE XX XXXX PARA REALIZAR PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS
SE REÚNEN:
De una parte, Xxxxxxxxxx Xxxx de la Iglesia, rector de la Universidade xx Xxxx, nombrado segundo el Decreto de la comunidad autónoma de Galicia 47/2014, del 24 xx xxxxx, publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 79 del 25 xx xxxxx de 2014, de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, del 21 de diciembre, de universidades, y el artículo 58 de los Estatutos de la Universidade xx Xxxx, aprobados por el Decreto 7/2010, del 14 de enero, y publicados en el DOG núm. 21, del 2 de febrero de 2010 (BOE núm. 69, del 00 xx xxxxx xx 0000).
Xx xxxx, , (xxxxx), en representación de(empresa)y con dirección social en calle , núm.
, de y CIF .
Ambas partes tienen plena capacidad para llevar adelante el presente convenio de cooperación educativa y:
EXPONEN:
1. Que el interés de ambas entidades es facilitar la preparación para el ejercicio profesional del alumnado universitario en las áreas operativas de las empresas y su incorporación futura al trabajo dentro de la sociedad.
2. Con este fin, acuerdan establecer un convenio de cooperación educativa sometido a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA
El objeto de este convenio es regular un programa de prácticas académicas externas entre la Universidade xx Xxxx y (empresa/entidad) para facilitar la preparación para el ejercicio profesional del estudiantado en áreas operativas de la empresa, relacionadas con su formación universitaria y las posibles salidas profesionales desde los estudios cursados en la Universidade xx Xxxx. Así, se promoverá el futuro desarrollo profesional y el acceso al mercado laboral de las futuras personas tituladas universitarias.
SEGUNDA
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán en ningún caso deberes propios de una relación laboral ni su contenido podrá dar lugar al relevo de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
TERCERA
La Universidade xx Xxxx se ajustará a la normativa aprobada para tramitar, gestionar y difundir las prácticas académicas externas.
De acuerdo con dicha normativa, la Universidade xx Xxxx podrá delegar en una entidad gestora la ejecución de prácticas externas extracurriculares. En virtud del convenio firmado para tal efecto entre la Universidade xx Xxxx y la Fundación Universidade xx Xxxx, la tramitación, la gestión y la difusión de las prácticas externas extracurriculares será responsabilidad de la Fundación Universidade xx Xxxx (Fuvi).
CUARTA
1) Pueden realizar prácticas académicas externas:
a) El alumnado matriculado en cualquier enseñanza impartida por la Universidade y por los centros adscritos a la misma.
b) El estudiantado de otras universidades españolas o extranjeras que, por razón de programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre ellas, se encuentren cursando estudios en la Universidade xx Xxxx o en los centros adscritos a la misma.
2) Para realizar las prácticas externas el alumnado deberá cumplir, cuando proceda, los siguientes requisitos:
a) Estar matriculado en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las competencias básicas, genéricas y/o específicas que adquirirá al realizar la práctica.
b) En el caso de prácticas externas curriculares, estar matriculado en la materia vinculada, segundo el plan de estudios de que se trate.
c) No mantener ninguna relación contractual con la empresa, institución o entidad pública o personal, o la propia universidad en que se van a realizar las prácticas, salvo autorización conforme a la normativa interna de cada universidad.
3) La Universidade xx Xxxx o la entidad gestora realizará una convocatoria pública en los centros universitarios afectados, en que se indicará el número de alumnado de prácticas y las condiciones de la práctica académica externa, garantizando los principios de transparencia, publicidad e igualdad de oportunidades.
QUINTA
El programa de prácticas académicas se desarrollará conforme los siguientes términos:
1) La duración de las prácticas externas curriculares será la que establezca el plan de estudios correspondiente en los términos establecidos por el artículo 12.6 del Real decreto 1393/2007, del 29 de octubre.
2) La duración de las prácticas externas extracurriculares se ajustará a la normativa complementaria desarrollada por la Universidade xx Xxxx.
3) El alumnado contará con una persona tutora de la entidad colaboradora y con otra de la Universidade xx Xxxx para realizar las prácticas.
4) El horario de las prácticas procurará en todos los casos adaptarse a los horarios lectivos. En particular, el alumnado tiene derecho a realizar las probas de evaluación correspondentes a los estudios en que se matriculara y la empresa está obligada a concederle los permisos necesarios para asistir a ellas.
5) El proyecto formativo en que se concreta la realización de cada práctica académica externa fijará los objetivos educativos y las actividades que se desarrollarán.
6) Derechos y deberes de la persona tutora de la entidad colaboradora.
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la Universidade xx Xxxx, en función de los términos establecidos por la misma.
b) A ser informado de la normativa que regula las prácticas externas así como del Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidade xx Xxxx para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Asimismo tendrá los siguientes deberes:
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la Universidade xx Xxxx el desarrollo de las actividades establecidas, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para lo normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidentes que pudieran surgir en el desarrollo de la misma y el control de permisos para la realización de exámenes.
e) Emitir un informe final que remitirá al tutor académico de la Universidade xx Xxxx a la conclusión de las prácticas, que recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y en el cual podrá valorar los siguientes aspectos referidos, en su caso, tanto a las competencias genéricas cómo a las específicas, previstas en el correspondiente proyecto formativo:
e.1) Capacidad técnica.
e.2) Capacidad de aprendizaje.
e.3) Administración de trabajos.
e.4) Habilidades de comunicación oral y escrita. En el caso de estudiantes con discapacidad que tengan dificultades en la expresión oral, deberá indicarse el grado de autonomía para esta habilidad y si requiere de algún tipo de recurso técnico y/o humano para la misma.
e.5) Sentido de la responsabilidad.
e.6) Facilidad de adaptación.
e.7) Creatividad e iniciativa.
e.8) Implicación personal.
e.9) Motivación.
e.10) Receptividad a las críticas.
e.11) Puntualidad.
e.12) Relaciones con su entorno laboral.
e.13) Capacidad de trabajo en equipo.
e.14) Aquellos otros aspectos que se consideren oportunos.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, avance y emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de la Universidade xx Xxxx el acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Xxxxxxx confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las actividades que realiza en la misma.
7) Derechos y deberes del tutor académico de la Universidade xx Xxxx El tutor/a académico/la de la Universidade xx Xxxx tendrá los siguientes derechos:
a) Al reconocimiento efectivo de su actividad académica en los términos que establezca la Universidade xx Xxxx, de acuerdo con su normativa interna.
b) A ser informado de la normativa que regula las prácticas externas así como de las condiciones bajo las que se desarrollará la estancia del estudiante a tutelar.
c) Tener acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Asimismo, tendrá los siguientes deberes:
a) Velar por el normal desarrollo del Proyecto Formativo, garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para eso con el tutor de la entidad colaboradora y visto, en su caso, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Proyecto Formativo.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado de conformidad con los procedimientos que establece la Universidade xx Xxxx, cumplimentando el correspondiente informe de evaluación.
y) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor.
f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas en la Universidade xx Xxxx de los posibles incidentes surgidos.
g) Xxxxxxxxxx, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
8) Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la Universidade xx Xxxx y por un profesional que preste servicios en la empresa, institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidade xx Xxxx.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde realizó las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
y) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros, en su caso, previstos en la normativa de la Universidade xx Xxxx.
Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la Universidade xx Xxxx.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la Universidade xx Xxxx.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la Universidade xx Xxxx durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos y la memoria final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
y) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas en la que deberá figurar, entre otros, los siguientes aspectos: datos personales del estudiante; entidad colaboradora donde realizó las prácticas y lugar de ubicación; descripción concreta y detallada de las tareas; trabajos desarrollados y departamentos de la entidad a los que estuvo asignado; valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los estudios universitarios; relación de los problemas suscitados y el procedimiento sucesivo para su resolución; identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, supusieron las prácticas; evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
g) Xxxxxxx confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) Xxxxxxx, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.
9) Al finalizar las prácticas, la empresa y la Universidade xx Xxxx le entregarán a cada estudiante un certificado que contendrá como mínimo los siguientes aspectos:
a) Titular del documento.
b) Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
c) Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
d) Actividades realizadas.
10) La persona tutora de la entidad colaboradora podrá recibir el reconocimiento de la Universidade xx Xxxx por la labor realizada.
11) Con la finalidad de mantener en todo momento el registro de estudiantes participantes bajo este convenio, (empresa/entidad) le comunicará a la Universidade xx Xxxx o a la entidad gestora cualquier alta y baja que se produzca en la empresa. Junto al alta de cada estudiante, la empresa comunicará la fecha del comienzo y finalización de las prácticas, el período de vacaciones si lo hubiera, el lugar del desarrollo y su contenido.
SEXTA
El período de prácticas no constituye, bajo ningún concepto, una relación laboral entre el alumnado y (empresa/entidad)ni con la Universidade xx Xxxx o la entidad gestora.
No podrá formalizarse un contrato de trabajo entre la empresa y el estudiantado mientras no finalice la práctica.
SÉPTIMA
(empresa/entidad)podrá concederle a cada estudiante seleccionado una bolsa mensual para realizar prácticas académicas externas, ajustándose a la normativa complementaria desarrollada por la Universidad.
OCTAVA
Según la Resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, del 25 xx xxxxx de 1999, las prácticas en empresas que realicen las y los estudiantes estarán cubiertas por el seguro escolar, siempre que el alumnado esté matriculado y al corriente del pago del citado seguro.
A Universidade xx Xxxx tiene subscrito además un seguro de responsabilidad civil y otro de accidentes, complementarios al seguro escolar.
La inclusión en el régimen general de la Seguridad Social del estudiantado que realice prácticas académicas externas, se regirá por el establecido en el R.D. 1493/2011 de 24 de octubre y por el desarrollo normativo establecido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
NOVENA
Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal con la finalidad exclusiva de realizar el servicio, que no serán objeto de ningún tratamiento distinto a los previstos en este convenio, de conformidad con el dispuesto en la Ley orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y el dispuesto en el Real decreto 1720/2007, por lo que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la mencionada ley orgánica y, en todo momento, las disposiciones vigentes en la materia.
DÉCIMA
Este convenio no supone ningún gasto para la Universidade xx Xxxx, por lo que no se precisa consignación presupuestaria.
DÉCIMO PRIMERA
Se crea una comisión paritaria de seguimiento del presente convenio integrada por:
El Vicerrector de Estudiantes o persona en quien delegue, en representación de la Universidade xx Xxxx.
El representante de la Entidad colaboradora que firma el presente Convenio o persona en quien delegue, en representación de (empresa/entidad).
Esta comisión resolverá los problemas que suscite este convenio en su ejecución, garantizará el desarrollo normal de los compromisos asumidos y les propondrá a las entidades otorgantes formas de aumentar su eficacia. Se reunirán cuándo así lo considere oportuno cada una de las partes.
DÉCIMO SEGUNDA
1) Este convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración de un año. Se prorrogará automáticamente por un período igual de tiempo, salvo una denuncia expresa por alguna de las partes, que deberá comunicarlo con una antelación mínima de un mes antes de su vencimiento.
2) El presente convenio podrá finalizar además por las siguientes causas:
a) Por acuerdo mutuo de las personas firmantes.
b) Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible realizar las actuaciones previstas en el convenio.
c) Por el incumplimiento de los compromisos y de las obligaciones establecidas en el presente convenio.
3) Si en el momento de la rescisión algún o alguna estudiante estuviese realizando prácticas, continuará estas hasta el final establecido.
4) Con la firma de este convenio queda derogado cualquier otro que con la misma finalidad firmaran las partes.
DÉCIMO TERCERA
1 (empresa/entidad)y la Universidade xx Xxxx se comprometen a resolver de forma amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente convenio.
2 Las cuestiones litigiosas que surjan con respecto a la interpretación, modificación, resolución y efectos del presente convenio serán resueltas, en primera instancia, por la comisión mixta paritaria. Los conflictos que puedan surgir por las partes, y que no se puedan resolver en la comisión mixta, se someterán a la resolución de la jurisdicción contencioso-administrativa, dado el carácter administrativo del convenio.
Y, como prueba de conformidad, las partes comparecientes firman por triplicado el presente convenio, en el lugar y fecha indicados a continuación.
, de de
El rector de la Universidade xx Xxxx (Cargo y empresa/institución)