PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL “DIAGNÓSTICO GLOBAL DEL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DE MADRID 2022”
Ref: 05/502969.9/22
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL “DIAGNÓSTICO GLOBAL DEL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DE MADRID 2022”
1. JUSTIFICACIÓN
El artículo 26.3.1.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid atribuye a la misma la competencia exclusiva en materia de comercio interior, sin perjuicio de la política general de precios, de la libre circulación de bienes en el territorio del Estado, y de la legislación sobre defensa de la competencia.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1203021008255770176119
Conforme a lo anterior, la Comunidad de Madrid ejerce sus competencias en materia de comercio a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de las atribuciones que en esta materia le confiere el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería, el cual establece dentro del ámbito competencial de la Dirección General de Comercio y Consumo, la asistencia técnica a las empresas y asociaciones del sector comercial y de servicios.
En uso de sus atribuciones, la Dirección General de Comercio y Consumo se plantea la realización de un Diagnóstico Global del Pequeño Comercio Minorista de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2022, analizando un ámbito territorial y/o sectorial de nuestra región diferente al de años precedentes, que analice la situación competitiva de los comercios situados en aquellas zonas y sectores comerciales caracterizados por un mayor riesgo de pérdida de competitividad.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es establecer las condiciones para la contratación de un Diagnóstico Global del Pequeño Comercio Minorista 2022, a partir del análisis de 220 pequeños comercios minoristas de la Comunidad de Madrid, dentro de las zonas geográficas y sectores comerciales objeto de actuación en el presente contrato, entre los que se distribuirán las empresas participantes, con el contenido y alcance establecidos en este Pliego de Prescripciones Técnicas y con las consideraciones sociales y ambientales procedentes.
Se entenderá como comercio minorista susceptible de participar en el Programa, el descrito en el apartado “4. IDENTIFICACIÓN, CAPTACIÓN Y
SELECCIÓN DE COMERCIOS PARA EL DIAGNÓSTICO”, del presente Xxxxxx
de Prescripciones Técnicas.
3. OBJETIVOS DEL DIAGNÓSTICO
La empresa adjudicataria deberá atender a los siguientes objetivos básicos:
- Identificar, captar y seleccionar los 220 comercios (más, en su caso, los propuestos como mejora por la adjudicataria en su oferta) participantes en el Diagnóstico pertenecientes a las zonas y sectores que serán objeto del análisis.
- Elaborar un Informe Global, con detalle por zona y sector de actuación que incluya un diagnóstico de posicionamiento competitivo del comercio minorista de la Comunidad de Madrid, identificando los puntos débiles detectados, así como las mejoras propuestas. Este informe se realizará a partir del análisis de los comercios participantes de la Comunidad de Madrid, cuyas conclusiones se traducirán en cada uno de los correspondientes Informes Individuales.
- Estos Informes definirán líneas básicas de actuación en relación con los comercios minoristas seleccionados, de acuerdo con los siguientes objetivos:
• Fomentar en los comercios participantes un cambio de mentalidad y del modo de trabajar “de comercio a empresa”, mediante el entendimiento y la xxxxxxxx de nuevas estrategias del pequeño comercio en base al comportamiento del consumo, al proceso de venta, y a la detección de oportunidades de negocio en el contexto actual.
• Detectar las necesidades de asesoramiento de los pequeños comercios participantes, orientado a incidir en la capacidad innovadora fundamentalmente en el ámbito comercial.
• Integrar el marketing estratégico con la estrategia del pequeño comercio, aportando soluciones adaptadas a la realidad del establecimiento, que les permitan poder seguir siendo competitivos, analizando la situación en la que se encuentran y conociendo sus posibles áreas de mejora.
• Realizar conjuntamente con el comerciante una evaluación de la situación xx xxxxxxx de su pequeño comercio, un análisis de la
situación real de cada establecimiento para conocer su problemática y así poder obtener los indicadores que reflejen la situación actual en temas relacionados con el mercado, su proceso comercial, fidelización de clientela, comunicación, gestión empresarial, desarrollo digital y gestión sostenible del establecimiento.
• Diseñar conjuntamente con los comercios minoristas seleccionados, a partir del diagnóstico realizado, un plan de activación comercial de su establecimiento, que se concrete en iniciativas y soluciones a desarrollar a corto y medio plazo que ayuden a la supervivencia y al crecimiento de la empresa.
• Facilitar la reorientación del pequeño comercio, enfocándolo hacia la clientela, y hacia las nuevas situaciones xx xxxxxxx.
• Fomentar en el responsable del comercio el convencimiento de la necesidad de su “reciclaje” continuo, a través de una capacitación especializada, para hacer frente a la evolución xxx xxxxxxx y adaptarse con éxito a los continuos cambios que se vienen produciendo en los hábitos de consumo.
• Promover el asociacionismo del pequeño comercio como fórmula eficaz para la consecución en las mejores condiciones posibles de sus propios objetivos individuales.
4. IDENTIFICACIÓN, CAPTACIÓN Y SELECCIÓN DE COMERCIOS PARA EL DIAGNÓSTICO
El trabajo a contratar supone una continuación de los realizados en años anteriores, extendiendo las empresas y zonas objeto de diagnóstico y asesoramiento, con los objetivos y el marco estratégico descrito en la Memoria que justifica la necesidad de la contratación.
4.1.- Se analizarán un total de 220 comercios (más las correspondientes ofertas de mejora propuestas por el adjudicatario, en su caso), distribuidos entre los dos grupos siguientes:
4.1.1.- Por un lado, comercios correspondientes a cualquier sector comercial, localizados en las siguientes zonas:
- Cinco municipios de la Comunidad de Madrid, según los siguientes estratos de población:
Uno con población inferior a 10.000 habitantes.
Dos con población entre 10.000 y 80.000 habitantes. Dos con población superior a 80.000 habitantes.
- Un distrito del municipio de Madrid.
4.1.2.- Por otro lado, y no coincidentes con los anteriores, comercios localizados en cualquier zona de la Comunidad de Madrid, pertenecientes a los siguientes sectores comerciales:
- Sector del comercio de alimentación
- Sector de ópticas
- Sector del comercio xx xxxxxxx
La Comunidad de Madrid, una vez formalizado el contrato, determinará la distribución final de la totalidad de comercios participantes en el Diagnóstico (220 comercios), pertenecientes a las zonas y sectores descritos, sin perjuicio de las mejoras que se oferten en uno u otro caso. Con el fin de evitar cualquier duplicidad, los comercios participantes contenidos en el apartado 4.1.1, no podrán ser coincidentes, en ningún caso, con los comercios participantes contenidos en el apartado 4.1.2. La distribución final del número de comercios participantes correspondientes a cada uno de dichos apartados será determinada por la DGCC una vez formalizado el contrato.
4.2.- La identificación, captación y selección de los comercios minoristas que participarán en el Diagnóstico, se realizará de acuerdo con el apartado 6.1 del presente pliego y teniendo en cuenta los siguientes requisitos de participación en el programa:
◘ Comercios al por menor que tengan la consideración de trabajador autónomo o de micropyme (empresa que tenga un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros anuales y que ocupe a menos de 10 personas).
◘ Comercios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes) y 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente) del Impuesto de Actividades Económicas
◘ Estar en situación laboral de activos en el momento de inicio del
Programa en pequeños comercios ubicados en la Comunidad de Madrid.
5.- CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
5.1. Con carácter general, el mantenimiento de los estándares de calidad se garantizará mediante el cumplimiento íntegro de lo establecido por la entidad adjudicataria en su oferta técnica presentada ante la Dirección General de Comercio y Consumo (en adelante DGCC).
5.2. La DGCC validará, en caso de ser necesario, las modificaciones que se pudieran proponer por parte de la adjudicataria cuando supongan mejoras respecto a lo ofertado por ésta en su proyecto.
5.3. La DGCC se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio, debiendo someterse el adjudicatario en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación.
5.4. El contratista deberá presentar, previamente a la prestación del servicio, calendario metodológico o cronograma detallado de tareas necesarias para la ejecución de la actividad, incluida la captación de los comercios susceptibles de participar en el programa (en adelante, Plan de trabajo) recogida en este pliego, de acuerdo con su oferta técnica.
5.5. La difusión de la realización del Diagnóstico entre los comercios minoristas, será llevada a cabo por la DGCC por los medios que estime adecuados. La adjudicataria pondrá a disposición de la DGCC los materiales generados para el cumplimiento de los objetivos y obligaciones del contrato, que sean de interés para la información y difusión del programa.
6. CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
6.1.- Identificación, captación y selección de los comercios participantes.
6.1.1.- La empresa adjudicataria será la encargada de desarrollar los trabajos de identificación y captación de los comercios susceptibles de participar en el mismo, a partir del perfil y propuesta de localización geográfica establecida desde la DGCC tras la firma del contrato.
6.1.2.- La empresa aplicará los criterios objetivos de selección descritos más abajo y una ponderación de los mismos, validados por la Comunidad de Madrid, a partir del perfil y propuesta de localización geográfica y sectorial anteriormente indicados, que permita su aplicación a las solicitudes de los comerciantes susceptibles de participar en el Programa.
A) De la persona candidata (comerciante):
1) Edad 2) Relación con el comercio, cargo
B) Del comercio minorista:
1) Empresa familiar 2) Nº de trabajadores/as, 3) Forma societaria, 4) Años de actividad
Cada candidatura, obtendrá una puntuación como resultado de cumplimentar los datos referentes al apartado A y al B.
PUNTUACIÓN TOTAL DE LA CANDIDATURA | |
TOTAL PUNTUACIÓN PERSONA CANDIDATA (PA) | |
TOTAL PUNTUACIÓN DEL COMERCIO (PB) | |
TOTAL PUNTUACIÓN DE LA CANDIDATURA = ( PA x 0,5) + (PB x 0,5) = PD | Puntuación Definitiva (PD) |
CRITERIOS Y PONDERACIONES (A) DE LA PERSONA CANDIDATA: | PUNTOS | PONDERACIÓN | TOTAL VALORACIÓN |
EDAD | 40% | ||
• Menos de 25 años | 10 | ||
• De 26 a 35 años | 30 |
• De 36 a 45 años | 35 | ||
• Más de 45 años | 25 | ||
CARGO | 60% | ||
• Propietario/a | 35 | ||
• Gerente | 30 | ||
• Encargado xx Xxxxxx | 25 | ||
• Otro tipo de puesto de trabajo | 10 | ||
TOTAL PUNTUACIÓN PONDERADA DEL PERFIL DE LA PERSONA | P (A) |
CRITERIOS Y PONDERACIONES B) COMERCIO MINORISTA: | PUNTOS | PONDERACIÓN | TOTAL VALORACIÓN |
EMPRESA FAMILIAR | 20% | ||
Nº ACTUAL DE TRABAJADORES/AS | 25% | ||
• Sin personal asalariado | 10 | ||
• De 1 a 3 | 30 | ||
• De 4 a 5 | 40 | ||
• Más de 5 (hasta 10) | 20 | ||
TIPO EMPRESA | 25% | ||
• Empresario/a individual/Economía Social | 60 |
• Sociedad limitada | 25 | ||
• Otras formas | 15 | ||
AÑOS DE ACTIVIDAD | 30% | ||
• Menos de 1 año | 10 | ||
• Entre 2 y 3 años | 25 | ||
• Entre 4 y 5 años | 30 | ||
• Más de 5 años | 35 | ||
TOTAL PUNTUACIÓN PONDERADA DEL COMERCIO | P (B) |
6.1.3. La empresa adjudicataria será responsable de la preselección de los candidatos, encargándose de la recepción de la documentación a aportar por parte de los solicitantes, de aplicar los criterios de valoración establecidos, de ordenar el ranking de los candidatos por sus puntuaciones, y de comunicar el resultado a los candidatos seleccionados o no, gestionando en caso de bajas (en los primeros quince días) las reservas.
6.1.4. Corresponderá a la DGCC la validación definitiva de la relación de establecimientos participantes en el Programa.
6.1.5. Sin perjuicio de las acciones de difusión y promoción del Programa que la empresa adjudicataria, en colaboración con la DGCC, realice con carácter previo al período de presentación de solicitudes para participar en el Diagnóstico, la adjudicataria deberá habilitar una página web informativa, que posibilitará a los comerciantes su solicitud de participación en el programa.
Corresponderá a la empresa adjudicataria disponer de todos los medios técnicos necesarios para el diseño, desarrollo, mantenimiento y actualización de la web informativa del programa durante toda la ejecución del contrato.
Correrá a cargo del adjudicatario la generación del correspondiente dominio (que deberá contar con la aprobación de la DGCC) y permanecerá operativo durante todo el plazo de ejecución del contrato, procediéndose a su baja a la fecha de
finalización del mismo.
Todo ello, sin perjuicio de la correspondiente información acerca del programa contenido en la web institucional de la Comunidad de Madrid xxx.xxxxxxxxx.xxxxxx
6.1.6.- A lo largo de la fase de identificación, captación y selección de los comercios participantes y, en todo caso, antes del comienzo de la fase de Diagnóstico descrita en los apartados 6.2.1.1, 6.2.1.2 y 6.2.1.3 de este pliego, la adjudicataria presentará, para su validación definitiva por la DGCC, las Unidades Digitales de Capacitación (UDC), a las cuales se refieren dichos apartados.
Este material deberá cumplir con los contenidos, duración, especificaciones técnicas, etc., que la adjudicataria incluyó en su oferta técnica, llevando a cabo, en caso necesario, las adaptaciones oportunas antes del comienzo de la fase de descrita en el apartado 6.2.1.1 de este pliego.
Dichas unidades deberán ser aprobadas por la DGCC antes de su implantación y deberán corresponder a las ofertadas por la adjudicataria en su propuesta técnica de licitación, teniendo en cuenta, no obstante, lo estipulado en los apartados 5.1,
5.2 y 5.3 del presente pliego.
6.2.- Elaboración de los Informes del Diagnóstico
6.2.1.- Fases y contenido de los trabajos. Plan de trabajo
Tanto para la realización del Diagnóstico de la empresa, así como para el diseño del Plan de Activación Comercial del establecimiento, el equipo consultor dedicará las horas necesarias de trabajo de campo y de gabinete, teniendo en cuenta que dedicará a dichos trabajos considerados en su conjunto, un mínimo de 10 horas por cada comercio participante.
El trabajo de campo deberá distribuirse en, al menos, dos visitas. Se identifican las siguientes fases de análisis:
6.2.1.1.- Diagnóstico: En esta fase del análisis se realizarán actividades y trabajos encaminados a realizar el diagnóstico de los comercios participantes, para lo cual se revisará toda su actividad comercial, mediante la utilización de herramientas estratégicas para conocer aspectos de mejora y puntos diferenciales frente a la competencia.
Serán analizados aspectos relacionados, al menos, con las siguientes Áreas básicas:
a) Escaparatismo y merchandising.
b) Gestión de la superficie de ventas.
c) Gestión del lineal.
d) Promoción y comunicación de ventas.
Además, en caso de que el contratista hubiese propuesto en su oferta Áreas adicionales de diagnóstico de los comercios añadidas a éstas, deberán ser analizados los aspectos correspondientes a ellas recogidos en dicha oferta.
Como resultado de las consultorías, se elaborará por el técnico consultor asignado el Informe de Diagnóstico y Plan de Activación Individual que deberá ser entregado a cada comercio participante en formato papel y digital, el cual, contendrá las propuestas de mejora planteadas para dicho comercio.
6.2.1.2.- El participante en el programa dispondrá de forma complementaria a los servicios de consultoría de un apoyo clave para su capacitación a la hora de entender el diagnóstico de su establecimiento y sobre todo a la hora de aplicar las mejoras que se propongan en su Plan de Activación, son las denominadas: Unidades Digitales de Capacitación (UDC).
Las empresas licitantes deben tener en cuenta la concepción de ambos procesos de forma complementaria e integradora, es decir, estos recursos de apoyo no deben concebirse como piezas aisladas, sino que deben de estar conectadas con las grandes áreas de análisis para el diagnóstico del comercio.
Cada comerciante a sugerencia de su consultor/a trabajará, en la medida de lo posible, en la puesta en marcha de sus mejoras, ayudándose de las UDC puestas a su disposición. Estos materiales de capacitación les permitirán entender los aspectos primordiales de las áreas a mejorar en su comercio.
Dicho material de apoyo complementario a las consultorías estará disponible en exclusiva para los participantes en el programa, una vez comenzada la fase de diagnóstico y hasta la finalización de la vigencia del contrato.
Las Unidades Digitales de Capacitación (UDC) del Programa Diagnóstico Global del Pequeño Comercio Minorista de Madrid contendrán, como unidad de contenido, los siguientes elementos de capacitación:
1.- Videopíldoras:
Descripción: vídeo que desarrolla una idea central de forma concisa y atractiva con carátula específica del Programa de inicio y cierre.
o Duración: de 5 a 10 minutos.
o Formato: archivo MP4 o similar de alta calidad.
o Tipologías posibles de videopíldoras:
- Video scribing
- Charla magistral con infografías
- Webminar asíncrono.
2.- Guía-Recurso:
Descripción: documentos que desarrollan como un recurso técnico el tema de la UDC por medio de texto e imágenes.
- Formato: PDF.
- Número de páginas: 5-10 páginas.
- Se facilitará su posterior descarga.
3.- Infografía:
Descripción: medio para transmitir información de forma gráfica. Se trata de representaciones visuales, esquemas o diagramas que resumen ideas o conceptos. En definitiva, imágenes sintéticas, explicativas y de fácil comprensión con textos breves que comunican la información de manera visual.
Formato: GIF, PNG, JPG o PDF para facilitar su posterior descarga.
Es decir, cada Unidad Digital de Capacitación incluirá como mínimo: un vídeo, una Guía-Recurso y, al menos, una infografía.
Todos estos contenidos deberán desarrollarse en formato Responsive.
Número de Unidades Digitales de Capacitación: la adjudicataria se compromete a aportar al Programa al menos una Unidad Digital de Capacitación correspondiente a cada una de las 4 Áreas básicas objeto de análisis: Escaparatismo y merchandising, Gestión de la superficie de ventas, Gestión del lineal y Promoción
y Comunicación de Ventas.
El licitante propondrá en su oferta técnica los temas concretos a abordar en cada una de las UDC.
El tema propuesto para cada UDC por el adjudicatario en su oferta, así como su contenido, deberá contar finalmente con la aprobación de la DGCC.
Para la gestión de las UDC programadas, el adjudicatario deberá poner a disposición del programa la correspondiente plataforma.
El adjudicatario deberá poner a disposición de los participantes finalmente seleccionados para el programa el catálogo completo de UDCs mediante las correspondientes licencias de uso.
El acceso exclusivo a dicho catalogo por parte de los participantes en el Programa, será gestionado por el adjudicatario mediante claves de acceso. Correrá a su cargo la resolución de las incidencias que puedan producirse.
Cada uno de los participantes en el programa tendrá acceso a la totalidad de las UDC, no obstante, el/la consultor/a recomendará a cada comercio la/s que estime más necesaria/s o conveniente/s en función del diagnóstico realizado.
El acceso a las UDC estará a disposición de los comercios desde el día que se realice la primera visita de asesoramiento individualizado y hasta que finalice el Programa.
Las videopíldoras podrán ser visionadas por los participantes en el programa cuantas veces estimen conveniente desde el inicio de los diagnósticos hasta la finalización del plazo de ejecución del contrato, pudiendo ser objeto de descarga por su parte y en el mismo plazo, tanto las guías-recurso como las infografías.
Trabajos a realizar por el adjudicatario en este apartado:
- Puesta a disposición del programa de las 4 UDC mediante las correspondientes licencias de uso para cada uno de los comercios participantes (además de las UDCs adicionales propuestas por el adjudicatario, en su caso, como mejora en su oferta).
- Alojamiento en plataforma, soporte responsive.
- Servicio de atención a usuarios (CAU) que conllevará, al menos, los siguientes trabajos: gestión de claves de acceso, gestión de descargas y sus posibles incidencias.
- Recopilación de datos acerca del número de descargas realizadas para su
inclusión en la Memoria final del programa.
6.2.1.3.- Plan de Activación Comercial: Esta fase de análisis concluirá con el plan de activación comercial del establecimiento, en el que la adjudicataria, conjuntamente con el participante, elaborará un informe personalizado con un resumen y análisis final, en el que se dictaminen claramente aquellas áreas que se necesitan mejorar para poder competir con éxito. Las diferentes propuestas de mejora deberán ser expuestas de forma graduada, diferenciando las medidas y acciones a implementar por el comercio a corto, a medio y/o largo plazo.
Dichos informes personalizados (Informe diagnóstico y Plan de Activación Individual) serán entregados por el/la técnico consultor/a asignado a cada comerciante en soporte papel y digital. Dicha entrega por el personal técnico y recepción por parte de la persona responsable del comercio participante en el programa, se plasmará en el correspondiente documento que será firmado por ambas partes.
6.2.1.4.- Encuesta de satisfacción: Tras la entrega del Informe Diagnóstico y Plan de Activación Individual a cada participante, se facilitará al mismo la realización de la correspondiente encuesta de satisfacción del programa, la cual recogerá, entre otros aspectos, la opinión acerca de la mayor o menor utilidad de las UDC puestas a su disposición para la comprensión de las mejoras propuestas en dicho informe para implementar en su comercio.
Todas las actividades descritas en este apartado 6.2.1., se integrarán en un Plan de trabajo, consistente en un cronograma de las actividades a realizar como un proceso integral, describiendo la relación entre la metodología presencial y online, con los comercios minoristas participantes, todo ello de acuerdo y previa validación de la Dirección General de Comercio y Consumo, para lo cual dicho Plan de trabajo habrá de presentarse por parte del contratista en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de formalización del contrato.
6.2.2.- Herramienta Tecnológica de Gestión del Diagnóstico
El adjudicatario desarrollará y/o pondrá a disposición del programa, para su correcta ejecución, la Herramienta Tecnológica de Gestión del mismo necesaria para llevar a cabo por su parte, al menos, las siguientes actividades: descarga de documentaciones, realización de consultas, elaboración de los diagnósticos y planes de activación individuales y grupales, de forma que permita la sistematización, coherencia y rigor técnico de los mismos, así como la explotación estadística de todos los datos incluidos en ella.
Esta Herramienta Tecnológica de Gestión, se configura como un instrumento de trabajo interno clave para la prestación del servicio por parte del adjudicatario.
6.2.3.-Lugar y horarios de realización de las actividades del Plan de trabajo
Los trabajos se realizarán, tanto mediante trabajo de campo en los locales de los comercios seleccionados, con al menos dos visitas por establecimiento por parte del técnico consultor, como mediante trabajo de gabinete, para la realización de los trabajos de dirección y coordinación del diagnóstico, organización y desarrollo de las acciones de capacitación y de apoyo al mismo y para la elaboración de los informes.
La realización del trabajo de campo se realizará en el horario y días de la semana que se acuerde con los comercios seleccionados.
6.2.4.- Informes resultantes del Diagnóstico
6.2.4.1. El adjudicatario hará entrega a la DGCC, como resultado de los trabajos realizados para la elaboración del Diagnóstico, de los siguientes conjuntos de informes:
- Informe Diagnóstico Individual y Plan de Activación Comercial de cada uno de los comercios participantes en el Diagnóstico, con el siguiente contenido mínimo: análisis de cada uno de los aspectos diagnosticados incluidos en cada área de análisis (situación xx xxxxxxx) y propuestas de mejora de los aspectos en los que se precisa su aplicación, con graduación de la necesidad de su implementación a corto, medio o largo plazo.
- Informe Diagnóstico Global y Memoria final, para el conjunto de los comercios participantes en el Diagnóstico. Este Informe Global, contendrá necesariamente apartados específicos donde se resuman los Diagnósticos y Planes de Activación Comercial correspondientes a cada una de las zonas y a cada uno de los sectores comerciales analizados de acuerdo al proceso de selección de los mismos. Además, la Memoria final, contendrá un apartado relativo a los resultados de la encuesta final de satisfacción practicada a los participantes en el diagnóstico, así como los datos relativos al número de descargas por parte de los participantes en él de los elementos que componen las unidades digitales de capacitación (UDC).
6.2.4.2. En virtud de lo estipulado en el apartado 5.3. del presente PPT, la adjudicataria someterá a la aprobación de la DGCC el modelo final de Informe Diagnóstico Individual - Plan de Activación, sobre la base del presentado en su oferta técnica en la fase de licitación del contrato.
6.2.4.3. Los informes indicados en el apartado 6.2.4.1, serán facilitados a la Dirección General de Comercio y Consumo en soporte digital.
6.2.4.4. Todos los Informes, así como la información, documentos y resultados generados a partir de los trabajos realizados para la elaboración del Diagnóstico serán propiedad de la Comunidad de Madrid, que podrá ejercer el derecho de explotación, que incluirá la reproducción, distribución, divulgación, comunicación, publicación y transformación.
7.- RECURSOS HUMANOS NECESARIOS
Para la ejecución del contrato, se considera necesario disponer, por parte de la empresa adjudicataria, de los medios humanos descritos a continuación:
- 1 Director del Proyecto (consultor senior con experiencia de, al menos, 5 años en dirección de trabajos de consultoría de Marketing y Ventas y en posesión de titulación universitaria).
- 1 Técnico informático, con experiencia en programación y desarrollo de páginas web de al menos 2 años
- 2 Administrativos
- 6 Consultores seniors (sin considerar al Director del Proyecto) con experiencia profesional igual o superior a 5 años en consultoría de Marketing y Ventas, así como con titulación universitaria relacionada con una u otra área.
8.- SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO.
La Unidad encargada de la supervisión del contrato será la Subdirección General de Entidades Comerciales y Promoción, adscrita a la Dirección General de Comercio y Consumo (DGCC).
La DGCC se reserva el derecho a vigilar y comprobar en todo momento el correcto cumplimiento, por parte de la adjudicataria, de todas las obligaciones que asume a través de esta contratación, teniendo libre acceso a los lugares físicos de desarrollo del Diagnóstico.
Con idéntica finalidad de disponer de un conocimiento inmediato y puntual, la Unidad supervisora podrá recabar de la adjudicataria la información necesaria,
obligándose ésta última a facilitar los datos solicitados.
9.- DEBERES DEL ADJUDICATARIO
Además de las obligaciones recogidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, el adjudicatario se compromete a:
9.1. Proporcionar a la DGCC, en formato digital, los siguientes documentos:
- Informe de Captación y Selección de los participantes, que incluirá: una relación de comerciantes seleccionados candidatos para participar en las actividades a realizar en la elaboración del Diagnóstico, previa validación por la DGCC, evaluación de las candidaturas y resultados del proceso, admitidos, reservas y candidatos rechazados.
- Declaración Responsable de Participación firmada por la persona responsable de cada comercio participante en el programa.
- Informes periódicos (mensuales), seguimiento y control mensuales de los trabajos realizados de acuerdo al Plan de trabajo y al cronograma propuestos.
- Acreditación de la realización de las consultorías de cada comercio participante en el programa, así como de la entrega del Informe Individual y Plan de Activación Individual a cada comerciante.
- Informe Individual de Diagnóstico y Plan de Activación Individual de cada comercio participante en el programa.
- Informe Diagnóstico Global del Pequeño Comercio Minorista de Madrid 2022, que incluirá, el resumen de resultados de los diagnósticos individuales realizados, de las propuestas de mejora contenidas en los planes de activación individuales, con apartados específicos relativos a los comercios pertenecientes a cada zona y sector objeto de diagnóstico, informe de unidades digitales de capacitación complementarias a las consultorías realizadas, así
como los apartados correspondientes a conclusiones y propuestas finales globales del estudio, estadísticas y resultados obtenidos de acuerdo con los objetivos del programa.
- Memoria final del Diagnóstico: descripción y resumen de las actuaciones, procedimientos y trabajos realizados para la ejecución del servicio contratado, incluyendo resultado de las encuestas de satisfacción facilitadas a los participantes en el programa.
9.2. La adjudicataria será responsable del personal que ejecute el Programa, estando éste sometido a su poder de dirección y organización (retribuciones, horarios, instrucciones, etc.), siendo de su competencia la relación jurídico-laboral con dicho personal, por lo que éste no tendrá en ningún caso, vinculación jurídico laboral con la Comunidad de Madrid.
9.3. La entidad adjudicataria deberá garantizar que todas las personas que integran el equipo técnico, equipo consultor, coordinación, se comprometen a preservar en todo momento la confidencialidad de los datos que conozcan por razón de la ejecución del servicio.
9.4. Si durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria tuviera que sustituir a alguna persona del equipo, se garantizará que el servicio quede cubierto con personas que reúnan los mismos requisitos de las sustituidas, poniéndolo en conocimiento de la Unidad encargada de la supervisión del contrato.
9.5. La entidad adjudicataria se responsabilizará de la puesta en marcha y funcionamiento operativo de la Herramienta Tecnológica de Gestión del Programa. Esta herramienta interna permitirá la descarga de documentaciones, seguimiento a los participantes, realización de consultas, elaboración de diagnósticos y planes de acción individuales y grupales, constituyendo un instrumento clave en el desarrollo del servicio.
9.6. El Director del Proyecto será el responsable de la puesta en marcha, dirección, coordinación y supervisión de todos los servicios que comprende el contrato. Dicha coordinación incluirá, entre otras, las siguientes actividades para asegurar el buen funcionamiento y desarrollo del Diagnóstico:
✓ Selección de los comercios participantes.
✓ Resolución de cuantas incidencias puedan producirse durante el desarrollo del contrato.
✓ Relación permanente con la Dirección General de Comercio y Consumo.
10. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
En la ejecución del presente contrato, la empresa adjudicataria tendrá en cuenta, como mínimo, las siguientes condiciones especiales:
- En el desarrollo de la “web informativa” descrita en el apartado 6.1.5 del PPT, y puesto que la misma se dirigirá a un amplio colectivo de potenciales comercios participantes, el empresario adjudicatario deberá contar con certificación acreditativa suficiente de cumplimiento de las condiciones básicas para el acceso de las personas con diversidad funcional a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
El adjudicatario deberá acreditar mediante la certificación correspondiente, ante la Unidad responsable de la supervisión del contrato, el cumplimiento de dicha condición especial de ejecución.
Este certificado deberá estar vigente en la fecha inicio de su utilización, y certificar el nivel de conformidad: A o bien AA establecido en las Pautas de Accesibilidad al Contenido de la Web
2.0 de la Web Accessibility Initiative (WAI 2.0) o el cumplimiento de los requisitos para satisfacer la Norma UNE 139.803:2012 y en el que no se evidencie ninguna barrera grave.
Este certificado deberá estar expedido por perito informático forense o judicial; o por una entidad de reconocido prestigio en programación de páginas web y multimedia que cumpla la Norma UNE 139.803:2012 o las pautas de accesibilidad WAI 2.0.
- En todos aquellos trabajos incluidos en el contrato que implican suministro o utilización de papel (por ejemplo, Informes Individuales), éste sólo podrá ser de dos tipos: reciclado, con un mínimo 85% de fibras reutilizadas y con proceso de blanqueado completamente libre de cloro, o de fibra virgen procedente de bosques de gestión sostenible.
El adjudicatario deberá acreditar que dicho papel cuenta con certificado de explotación forestal sostenible tipo FSC, PEFC o equivalente, para lo cual el adjudicatario pedirá a su proveedor una copia del Certificado xx xxxxxx de Custodia FSC, PEFC o equivalente que esté en vigor y a nombre del proveedor. Además, se
acompañará dicho certificado, o bien con una declaración responsable del adjudicatario, o bien de la factura o albarán de los productos certificados que haya adquirido el mismo a dicho proveedor.
El incumplimiento de cualquiera de estas dos condiciones especiales de ejecución del contrato dará lugar a la resolución del mismo conforme a lo regulado en los artículos 202.3 y 211.1 f) de LCSP.
11. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
11.1 Confidencialidad
El adjudicatario se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por la Dirección General de Comercio y Consumo y que sean concernientes a la prestación del Servicio aquí regulado.
En particular, será considerado como Información Confidencial todo el know how o saber hacer resultante de la ejecución de los servicios contratados, debiendo el adjudicatario mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del contrato.
11.2 Protección de datos
11.2.1. Normativa
De conformidad con la Disposición adicional 25ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD), y la normativa complementaria.
Para el caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, aquél tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a esos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla
lo previsto en el artículo 28 del RGPD. En todo caso, las previsiones de este deberán de constar por escrito.
11.2.2. Tratamiento de Datos Personales
Para el cumplimiento del objeto de este pliego, el adjudicatario deberá tratar los datos personales de los cuales esta Dirección General es Responsable del Tratamiento (Responsable del Tratamiento) de la manera que se especifica en el Anexo a este pliego, denominado “Tratamiento de Datos Personales”.
Ello conlleva que el adjudicatario actúe en calidad de Encargado del Tratamiento (Encargado del Tratamiento) y, por tanto, tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los Datos Personales.
Por tanto, sobre la Dirección General de Comercio y Consumo recaen las responsabilidades del Responsable del Tratamiento y sobre el adjudicatario las de Encargado de Tratamiento. Si el adjudicatario destinase los datos a otra finalidad, los comunicara o los utilizara incumpliendo las estipulaciones del contrato y/o la normativa vigente, será considerado también como Responsable del Tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
El Anexo “Tratamiento de Datos Personales” describe en detalle los Datos Personales a proteger, así como el tratamiento a realizar y las medidas a implementar por el adjudicatario.
En caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales”, el adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que la Dirección General de Comercio y Consumo estuviese de acuerdo con lo solicitado emitiría un Anexo “Tratamiento de Datos Personales” actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento.
11.2.3 Estipulaciones como Encargado de Tratamiento
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del RGPD, el adjudicatario se obliga a y garantiza el cumplimiento de las siguientes obligaciones, complementadas con lo detallado en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales”:
a) Tratar los Datos Personales conforme a las instrucciones documentadas en el presente Pliego o demás documentos contractuales aplicables a la ejecución del contrato y aquellas que, en su caso, reciba de la Dirección General de Comercio y Consumo por escrito en cada momento.
El adjudicatario informará inmediatamente a la Dirección General de Comercio y Consumo cuando, en su opinión, una instrucción sea contraria a la normativa de protección de Datos Personales aplicable en cada momento.
b) No utilizar ni aplicar los Datos Personales con una finalidad distinta a la ejecución del objeto del Contrato.
c) Tratar los Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los Datos Personales a los que tenga acceso.
En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del nivel de riesgo y seguridad detalladas en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales”.
d) Xxxxxxxx la más absoluta confidencialidad sobre los Datos Personales a los que tenga acceso para la ejecución del contrato, así como sobre los que resulten de su tratamiento, cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario, siendo deber del adjudicatario instruir a las personas que de él dependan, de este deber xx xxxxxxx, y del mantenimiento de dicho deber aún después de la terminación de la prestación del Servicio o de su desvinculación.
e) Llevar un listado de personas autorizadas para tratar los Datos Personales objeto de este pliego y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad, y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que les debe informar convenientemente. Y mantener a disposición de la Dirección General de Comercio y Consumo dicha documentación acreditativa.
f) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de Datos Personales de las personas autorizadas a su tratamiento.
g) Salvo que cuente en cada caso con la autorización expresa del Responsable del Tratamiento, no comunicar (ceder) ni difundir los Datos Personales a terceros, ni siquiera para su conservación.
h) Nombrar Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario según el RGPD, y comunicarlo a la Dirección General de Comercio y Consumo, también cuando la designación sea voluntaria, así como la identidad y datos de contacto de la(s) persona(s) física(s) designada(s) por el adjudicatario como sus
representante(s) a efectos de protección de los Datos Personales (representantes del Encargado de Tratamiento), responsable(s) del cumplimiento de la regulación del tratamiento de Datos Personales, en las vertientes legales/formales y en las de seguridad.
i) Una vez finalizada la prestación contractual objeto del presente Xxxxxx, se compromete, según corresponda y se instruya en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales”, a devolver o destruir los Datos Personales a los que haya tenido acceso; los Datos Personales generados por el adjudicatario por causa del tratamiento; y los soportes y documentos en que cualquiera de estos datos consten, sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera por ley o por norma de derecho comunitario su conservación, en cuyo caso no procederá la destrucción. El Encargado del Tratamiento podrá, no obstante, conservar los datos durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el Responsable del Tratamiento. En este último caso, los Datos Personales se conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo.
j) Según corresponda y se indique en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales”, a llevar a cabo el tratamiento de los Datos Personales en los sistemas/dispositivos de tratamiento, manuales y automatizados, y en las ubicaciones que en el citado Anexo se especifican, equipamiento que podrá estar bajo el control de la Dirección General o bajo el control directo o indirecto del adjudicatario, u otros que hayan sido expresamente autorizados por escrito por la Dirección General de Comercio y Consumo, según se establezca en dicho Anexo en su caso, y únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la ejecución del objeto de este Pliego.
k) Salvo que se indique otra cosa en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales” o se instruya así expresamente por la Dirección General de Comercio y Consumo, a tratar los Datos Personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro espacio considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en este Pliego o demás documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación.
En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea el adjudicatario se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos, el adjudicatario informará por escrito a la Dirección General de Comercio y Consumo de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables a la Dirección General de Comercio y Consumo, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público.
l) De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicar a la Dirección General de Comercio y Consumo, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de72 horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los Datos Personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad.
m) Cuando una persona ejerza un derecho (de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa aplicable (conjuntamente, los “Derechos”), ante el Encargado del Tratamiento, éste debe comunicarlo a la Dirección General de Comercio y Consumo con la mayor prontitud. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso, con la documentación y otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder, e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho.
Asistirá a la Dirección General de Comercio y Consumo, siempre que sea posible, para que ésta pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de Derechos.
n) Colaborar con la Dirección General de Comercio y Consumo en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de medidas de seguridad, comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados, y colaborar en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga.
Asimismo, pondrá a disposición de la Dirección General de Comercio y Consumo, a requerimiento de esta, toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este Pliego y demás documentos contractuales y colaborará en la realización de auditoras e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por dicha Dirección General.
En los casos en que la normativa así lo exija (ver art. 30.5 RGPD), llevar, por escrito, incluso en formato electrónico, y de conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 del RGPD un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de la Dirección General de Comercio y
Consumo (Responsable del tratamiento), que contenga, al menos, las circunstancias a que se refiere dicho artículo.
o) Disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de protección de Datos Personales y del deber de responsabilidad activa, como, a título de ejemplo, certificados previos sobre el grado de cumplimiento o resulta- dos de auditorías, que habrá de poner a disposición de la Dirección General de Comercio y Consumo a requerimiento de esta. Asimismo, durante la vigencia del contrato, pondrá a disposición de la Dirección General de Comercio y Consumo toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento.
p) Derecho de información: El encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la in- formación se debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos.
La presente cláusula y las obligaciones en ella establecidas, así como el Anexo correspondiente de este pliego relativo al Tratamiento de Datos Personales constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre la Dirección General y el adjudicatario a que hace referencia el artículo 28.3 RGPD. Las obligaciones y prestaciones que aquí se contienen no son retribuirles de forma distinta de lo previsto en el presente pliego y demás documentos contractuales y tendrán la misma duración que la prestación de Servicio objeto de este pliego y su contrato, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización del contrato, el deber xx xxxxxxx continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas involucradas en la ejecución del contrato.
Para el cumplimiento del objeto de este pliego no se requiere que el adjudicatario acceda a ningún otro Dato Personal responsabilidad de la Dirección General de Comercio y Consumo y por tanto no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que no sean los especificados en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales”. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del contrato, que conllevara un acceso accidental o incidental a Datos Personales responsabilidad de la Dirección General de Comercio y Consumo no contemplados en el Anexo “Tratamiento de Datos Personales”, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento de dicha Dirección General, en concreto de su Delegado de Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 72 horas.
11.2.4. Sub-encargos de tratamiento asociados a Subcontrataciones
Cuando el pliego permita la subcontratación de actividades objeto xxx xxxxxx, y en caso de que el adjudicatario pretenda subcontratar con terceros la ejecución del contrato y el subcontratista, si fuera contratado, deba acceder a Datos Personales,
el adjudicatario lo pondrá en conocimiento previo de la Dirección General de Comercio y Consumo, identificando qué tratamiento de datos personales conlleva, para que la Dirección General decida, en su caso, si otorgar o no su autorización a dicha subcontratación.
En todo caso, para autorizar la contratación, es requisito imprescindible que se cumplan las siguientes condiciones (si bien, aun cumpliéndose las mismas, corresponde a la Dirección General de Comercio y Consumo la decisión de si otorgar, o no, dicho consentimiento):
- Que el tratamiento de datos personales por parte del subcontratista se ajuste a la legalidad vigente, lo contemplado en este pliego y a las instrucciones de la Dirección General de Comercio y Consumo.
- Que el adjudicatario y la empresa subcontratista formalicen un contrato de encargo de tratamiento de datos en términos no menos restrictivos a los previstos en el presente pliego, el cual será puesto a disposición de la Dirección General de Comercio y Consumo a su mera solicitud para verificar su existencia y contenido.
El adjudicatario informará a la Dirección General de Comercio y Consumo de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros subcontratistas, dando así a dicha Dirección General la oportunidad de otorgar el consentimiento previsto en esta cláusula. La no respuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo a dicha solicitud por el contratista equivale a oponerse a dichos cambios.
ANEXO “TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES”
Descripción general del tratamiento de Datos Personales a efectuar
El tratamiento consistirá en la obtención de datos relativos a las personas responsables de las empresas participantes en el contrato, con el fin de elaborar los correspondientes informes sectoriales y territoriales, así como de un informe global, de diagnóstico de las empresas correspondientes a las áreas y sectores que, en su momento, se determinen por la Comunidad de Madrid, cuyas conclusiones y propuestas han de recogerse en un Informe de Diagnóstico Global del Pequeño Comercio Minorista 2022.
El personal adscrito por la organización adjudicataria, para proporcionar los Servicios establecidos en el Pliego puede tratar Datos Personales. Los Datos Personales se tratarán únicamente por el personal adscrito y al único fin de efectuar el alcance contratado.
En caso de que, como consecuencia de la ejecución del contrato, resultara necesario, en algún momento, la modificación de lo estipulado en este Anexo, el adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que la Dirección General de Comercio y Consumo estuviese de acuerdo con lo solicitado, emitiría un Anexo actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento.
Colectivos y datos tratados
Los colectivos de interesados y Datos Personales tratados a los que puede tener acceso el adjudicatario son:
Tratamientos y principales colectivos de interesados | Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder |
Sector del comercio minorista de la Comunidad de Madrid. El tratamiento de estos datos irá dirigido a gestionar las altas de participación de las empresas en el Programa de Diagnóstico descrito en el Pliego de Prescripciones Técnicas. | NOMBRE Y APELLIDOS NIF E MAIL TELÉFONO FUNCION EN LA EMPRESA AÑOS DE EXPERIENCIA EDAD |
Sector del comercio minorista de la Comunidad de Madrid. El tratamiento de estos datos irá dirigido a la realización de una encuesta entre los comerciantes participantes en el Programa de Diagnóstico descrito en el Pliego de Prescripciones Técnicas, cuyos resultados serán incorporados a la Memoria final del contrato. | NOMBRE Y APELLIDOS |
Sector del comercio minorista de la Comunidad de Madrid. El tratamiento de estos datos irá dirigido a su inclusión en la documentación acreditativa de realización del servicio | NOMBRE Y APELLIDOS NIF |
Sector del comercio minorista de la Comunidad de Madrid. El tratamiento de estos datos irá dirigido a su inclusión en la documentación acreditativa de entrega del Plan de Activación Comercial | NOMBRE Y APELLIDOS NIF |
Elementos de tratamiento
El tratamiento de los Datos Personales comprenderá:
- La recogida y captura de datos
- Su registro y grabación
- Su conservación y almacenamiento
- La consulta de los mismos
Disposición de los datos al terminar el Servicio
Una vez finalice el encargo, el adjudicatario debe:
a) Devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
No obstante, el Responsable del Tratamiento podrá requerir al encargado para que en vez de la opción a), cumpla con la opción b) o con la c) siguientes.
b) Devolver al encargado que designe por escrito el responsable del tratamiento, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
c) Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el encargado debe ratificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al responsable del tratamiento. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
Medidas de Seguridad
Los datos deben protegerse empleando las medidas que un empresario ordenado debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad.
De acuerdo con la evaluación de riesgos realizada, se deben implantar, al menos, las medidas de seguridad siguientes: las medidas de seguridad implantadas se corresponderán a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad),
del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración electrónica.
El adjudicatario no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el empleo de un análisis de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa de la Dirección General de Comercio y Consumo.
A estos efectos, el personal del adjudicatario debe seguir las medidas de seguridad establecidas por la Dirección General de Comercio y Consumo, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los definidos por dicha Dirección General.
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE ENTIDADES COMERCIALES Y PROMOCIÓN
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX Fecha: 2022.02.17 12:42