Contract
Convocatoria para la Contratación del Servicio de “Capacitación en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT) para servidores públicos de la CNBV 2019”.
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-006B00001-E55-2019
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
ÍNDICE
NUMERAL | DESCRIPCIÓN | PÁGINA |
3.12.3. ESCRITO DE RESPONSABILIDAD CIVIL 18
3.14. PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES. 21
3.15. TERMINACIÓN ANTICIPADA. 23
3.16. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL INSTRUMENTO JURÍDICO. 23
4. Requisitos que los licitantes deben cumplir. 24
4.1. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES. 25
5. Criterios para la evaluación de proposiciones. 26
5.1. CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN. 26
5.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA. 28
5.3. CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA. 28
5.4. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 28
6. Documentos que deben presentar los licitantes. 29
6.3. DOCUMENTACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA. 31
8. Casos en los que se declarará desierta, suspenderá o cancelará la Invitación. 32
8.1. LA INVITACIÓN SE DECLARARÁ DESIERTA EN LOS SIGUIENTES CASOS: 32
8.2. LA INVITACIÓN SE SUSPENDERÁ EN LOS SIGUIENTES CASOS: 32
8.3. SE PROCEDERÁ A LA CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN: 33
FORMATO A - Propuesta técnica 62
FORMATO B - Propuesta económica 63
FORMATO C - Nacionalidad del licitante 65
FORMATO D - Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de la estratificación de micro, pequeña o mediana empresa (mipymes). 66
FORMATO E - Acreditación de personalidad jurídica 68
FORMATO F - Correo electrónico del licitante 69
FORMATO G - Escrito referente a los artículos 50 y 60 de la LAASSP 70
FORMATO H -Declaración de integridad 71
FORMATO I -Garantía contra vicios ocultos 72
FORMATO J - Propiedad intelectual 73
FORMATO K. – Cumplimiento de Normas 74
FORMATO L - Formato de solicitud de alta o baja de cuentas bancarias en el catálogo de beneficiarios 75
FORMATO M - Encuesta de transparencia 77
FORMATO N - Cadenas productivas 78
FORMATO O. - Relación de documentos que deberán presentar los licitantes. 79
ESCRITO 1. Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE). 82
GLOSARIO
A efectos de esta Convocatoria se entenderá por:
1. Caso fortuito: Aquel evento que no pudo ser previsto y no pudo ser evitado.
2. Contrato o Pedido: El acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formaliza la adquisición o arrendamiento de bienes muebles o la prestación de servicios.
3. CompraNet: Sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
4. Convocatoria: Documento que establece las bases en que se desarrolla el procedimiento y en las cuales se describen los requisitos de participación.
5. CNBV: Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
6. Deducciones: Son aquellas que se derivan del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto a las partidas o conceptos que integran el contrato.
7. DGAF: Dirección General Adjunta de Finanzas.
8. Fuerza mayor: Acontecimiento inesperado y violento, ajeno a la voluntad humana y que por tanto no puede preverse ni evitar sus consecuencias.
9. IVA: Impuesto al Valor Agregado.
10. LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
11. Licitante: La persona que participe en el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas o Licitación Pública Nacional Electrónica.
12. Observador: Persona que asista a cualquiera de los actos del procedimiento, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
13. OIC: Órgano Interno de Control en La CNBV.
14. Penas convencionales: Son aquellas que se derivan por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas para la entrega de los bienes y/o servicios, misma que no excederá del monto de la garantía del contrato, y será determinada en función de los bienes y/o servicios no entregados oportunamente.
15. POBALINES: Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la CNBV.
16. Precio conveniente: Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la Invitación, y a éste se le resta el 40%.
17. Precios fijos: Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la entrega y facturación correspondiente de los bienes y/o servicios.
18. Precio no aceptable: Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en esta Invitación.
19. Proveedor: La persona física o moral que celebre contratos o pedidos con la CNBV como resultado del presente procedimiento.
20. RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
21. RUPA: Registro Único para Personas Acreditadas.
1. DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN.
1.1. DATOS DE LA CONVOCANTE.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores a través de la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx Xxx, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Codigo Postal 01020, Ciudad de México, convoca al Procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional electrónica No. IA-006B00001-E55-2019, para contratar el Servicio de “Capacitación en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT) para servidores públicos de la CNBV 2019.
Ninguna de las condiciones contenidas en la presente Convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
1.2. MEDIO QUE UTILIZARÁ LA INVITACIÓN Y CARÁCTER DE LA MISMA.
Con fundamento en lo que establece el artículo 26 Bis, fracción II de la LAASSP, la presente Invitación será Electrónica, por lo cual los licitantes deberán participar en forma electrónica, es decir sólo podrán presentar sus proposiciones a través de CompraNet, asimismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, fracción I de la LAASSP, el presente procedimiento es de carácter Nacional.
Participación por medios remotos de comunicación electrónica:
La participación por medios remotos de comunicación electrónica, se hará conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 xx xxxxx del año 2011.
Las proposiciones deberán ser enviadas a través del sistema CompraNet disponible en la página de la Secretaría de la Función Pública. Dicho sistema generará el sobre con las proposiciones mediante el uso de tecnologías que resguardan la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
Las proposiciones presentadas vía CompraNet deberán ser firmadas electrónicamente; las cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio en cumplimiento al artículo 27 último párrafo de la LAASSP, 50 del RLAASSP, así como los numerales 14 y 16 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, y el Manual de Operación UC (Manual CompraNet para las Unidades Compradoras V.5.0) publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Oficialía Mayor y la Unidad del Sistema Nacional de Procura.
Los licitantes deberán concluir el envío de éstas y contar con el recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de CompraNet.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 28, fracción I de la LAASSP, el presente procedimiento de Invitación es de carácter Nacional en la cual únicamente podrán participar personas físicas x xxxxxxx de nacionalidad Mexicana.
1.3. NÚMERO DE CONVOCATORIA.
A la presente Convocatoria el Sistema CompraNet, le asignó el número de identificación IA- 006B00001-E55-2019 y la CNBV por su parte le asignó el número de control interno DGAAC-ITP- 08-2019.
1.4. EJERCICIO FISCAL.
De conformidad con el artículo 25, primer párrafo de la LAASSP, esta contratación se pagará con recursos del ejercicio fiscal 2019 y la vigencia de la contratación será a partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo y hasta el 30 de noviembre de 2019.
1.5. IDIOMA EN EL QUE SE PRESENTARÁN LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones invariablemente deberán presentarse en idioma español, así como todos y cada uno de los documentos (manuales, instructivos y/o folletos) que acompañen la propuesta y el Anexo 1 Anexo Técnico de la presente Convocatoria, en caso de que no haya existencia en este idioma de los documentos, estos serán acompañados con su traducción simple al español.
1.6. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
La CNBV cuenta con la suficiencia presupuestaria de recursos número 131, de fecha 22 xx xxxx de 2019 emitida por el Director de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales.
1.7. PROCEDIMIENTO FINANCIADO CON CRÉDITOS EXTERNOS.
No aplica.
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN.
2.1. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.
La CNBV requiere llevar a cabo la contratación del Servicio de “Capacitación en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT) para servidores públicos de la CNBV 2019”, de conformidad con las características descritas en el Anexo 1 Anexo Técnico.
2.2. PARTIDAS QUE INTEGRAN LA INVITACIÓN.
El objeto del servicio que se solicita en la presente invitación se integra en una sola partida, misma que será adjudicada a un solo licitante.
2.3. PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA.
No aplica.
2.4. NORMAS OFICIALES.
Los participantes deberán presentar escrito donde manifiesten el cumplimiento de aquellas Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales o Normas de referencia o especificaciones, que directa o indirectamente se relacionen con los servicios objeto de la presente contratación. Esto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
2.5. MÉTODO DE PRUEBAS.
No aplica.
2.6. TIPO DE INSTRUMENTO JURÍDICO.
El servicio solicitado se adjudicará mediante contrato a precio unitario fijo al amparo del artículo
44 de la LAASSP.
Cabe hacer mención que la CNBV formalizará su Instrumento Jurídico, tomando como base el
“Modelo de Contrato” de la presente Convocatoria con el licitante que resulte adjudicado.
2.7. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN.
No aplica.
2.8. FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La presente invitación será adjudicada a un sólo licitante, el cual deberá asegurar a la CNBV la prestación del 100% del servicio solicitado y las mejores condiciones en cuanto a calidad del servicio, precio, financiamiento, oportunidad, optimización, y reúna las condiciones legales administrativas, técnicas y económicas requeridas por la CNBV, siendo obligatorio para los licitantes cotizar la totalidad del servicio requerido.
2.9. MODELO DE INSTRUMENTO JURÍDICO.
Forma parte integrante de la presente Convocatoria como Anexo 2 “Modelo del Contrato”.
El Modelo de Contrato de la presente Convocatoria, cumple con el contenido indicado en el artículo
45 de la LAASSP.
En caso de discrepancia entre el modelo de contrato y la presente convocatoria, prevalecerá lo establecido en esta última, de acuerdo con la fracción IV del artículo 81 del RLAASSP.
Cabe hacer mención que la CNBV formalizará su Instrumento Jurídico, tomando como base el Modelo de Contrato de la presente Convocatoria con el licitante que resulte adjudicado.
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE
INVITACIÓN.
3.1. REDUCCIÓN DE PLAZOS.
No aplica.
3.2. CALENDARIO DE ACTOS Y LUGAR DONDE SE DESARROLLARÁN LOS EVENTOS.
Evento | Fecha y Hora |
Fecha de publicación en CompraNet. | 03/junio/2019 |
Visita a las instalaciones. | Conforme al punto 3.2.1 de la Convocatoria. |
Junta de aclaraciones. | Conforme al punto 3.2.2 de la Convocatoria |
Presentación y apertura de proposiciones. | 10/junio/2019 a las 10:00 horas. |
Fecha de Acto de Notificación de Fallo. | 11/junio/2019 a las 17:00 horas. |
Firma del Instrumento Jurídico. | Dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo. |
Todos los actos de la presente Convocatoria se llevarán a cabo en la sala de juntas del piso 6, de la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México.
A los actos del procedimiento de la Invitación, podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, que manifieste su interés de estar presente en dichos actos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en los mismos.
Igualmente, podrán asistir representantes de las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales.
Los representantes de los licitantes que ingresen a las instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas por la CNBV, el no apegarse a su cumplimiento, les será denegado el acceso al inmueble.
3.2.1. VISITA A LAS INSTALACIONES.
a) Visita a las instalaciones de la Convocante.
No aplica.
b) Visita a las instalaciones de los licitantes.
La CNBV durante cualquier fase del procedimiento de la Invitación podrá visitar las instalaciones de los licitantes para corroborar su existencia; así como realizar las investigaciones y/o compulsas que considere necesarias para verificar la veracidad de la información proporcionada.
3.2.2. JUNTA DE ACLARACIONES.
De conformidad con los artículos 43 fracción V de la LAASSP y 77 párrafo sexto del RLAASSP, la convocante precisa que NO se llevará a cabo junta de aclaraciones.
Con objeto de atender las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos contenidos en la presente invitación y sus anexos, se atenderán vía correo electrónico a la dirección electrónica xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, las consultas serán recibidas a más tardar el 04 xx xxxxx de 2019 a las 16:00 horas. Únicamente serán atendidas las solicitudes de aclaración que se hayan recibido en el tiempo y forma establecidos, la convocante dará respuesta a las aclaraciones que se pudieran presentar al día hábil siguiente.
3.2.3. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
La Secretaría de Hacienda operará y se encargará del sistema de certificación de los medios de identificación electrónica que utilicen las dependencias, entidades o los licitantes y será responsable de ejercer el control de estos medios, salvaguardando la confidencialidad de la información que se remita por esta vía.
Las proposiciones presentadas vía CompraNet deberán ser firmadas electrónicamente por los licitantes o sus apoderados; las cuales serán enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio en cumplimiento al artículo 27, último párrafo de la LAASSP y 50 del RLAASSP, así como los numerales 14 y 16 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, y el Manual de Operación UC (Manual CompraNet para las Unidades Compradoras V.5.0) publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Oficialía Mayor y la Unidad del Sistema Nacional de Procura.
Las proposiciones deberán elaborarse conforme a lo señalado en esta Convocatoria en formatos word, excel, pdf, html o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo jpg o gif.
Preferentemente, identificarán cada una de las páginas que integran las proposiciones con los datos siguientes: clave del Registro Federal de Contribuyentes, número de Invitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las proposiciones.
De conformidad con el artículo 50 del RLAASSP, las proposiciones presentadas deberán estar foliadas en todas y cada una de las hojas, se numerarán de manera individual la propuesta técnica y la propuesta económica, así como la documentación legal administrativa junto con el resto de los documentos que entregue el licitante.
Por ser un procedimiento por medios electrónicos, el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Acto de Notificación de Xxxxx, sólo se realizarán a través de CompraNet y sin la presencia de los licitantes, todos los eventos que se celebren y la información que se solicita serán a través de CompraNet
El servidor público de la CNBV facultado para presidir el acto, declarará su inicio y será la única persona facultada para tomar todas las decisiones durante su realización de conformidad con lo siguiente:
a) Se darán a conocer los servidores públicos participantes, los licitantes registrados, observadores y en su caso los testigos sociales asistentes al acto.
b) Una vez iniciado el acto se ingresará a CompraNet para verificar el envío de proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
c) Se procederá a la apertura de los sobres generados mediante el sistema, en el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el numeral 29 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet el cual contempla lo siguiente:
“29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad Compradora, recabarán de los licitantes su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad Compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.”
d) Acto seguido, en presencia de los que asistan al acto, de acuerdo a lo señalado en los artículos 47 y 48 del RLAASSP y se hará constar la documentación presentada sin entrar al análisis de su contenido, el cual se efectuará posteriormente durante el proceso de evaluación de propuestas, por lo que en términos de la fracción III del mencionado artículo 48 del RLAASSP, no se podrá desechar ninguna propuesta durante este acto.
e) La CNBV conforme al artículo 35 fracción III de la LAASSP, levantará el acta correspondiente que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, se hará constar el importe total de la partida de las proposiciones presentadas, así mismo se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Invitación. El acta será firmada por los asistentes que cuenten con falcultades para ello.
f) El acta correspondiente al acto de presentación y apertura de proposiciones, se difundirá a través de CompraNet al concluir el mismo, para efectos de su notificación en términos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 37 Bis de la LAASSP.
3.2.4. COMUNICACIÓN DEL FALLO.
La fecha de notificación de fallo se efectuará a la hora y en el lugar señalado en el apartado 3.2 “CALENDARIO DE ACTOS Y LUGAR DONDE SE DESARROLLARÁN LOS EVENTOS ” del numeral 3. “FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN” de
la presente Convocatoria, se llevará a cabo conforme lo siguiente:
a) El servidor público de la CNBV facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
b) Se dará a conocer el fallo de la Invitación a los licitantes registrados, servidores públicos y a todas aquellas personas asistentes, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP.
c) El servidor público de la CNBV levantará el acta de notificación de fallo de la Invitación, misma que será firmada por los servidores públicos presentes, se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes. La falta de firma de algún licitante, no invalidará su contenido y efectos.
A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en CompraNet.
Al finalizar cada evento (Presentación y Apertura de Proposiciones y Notificación de Fallo) se pondrá una copia del acta correspondiente, para efectos de notificación y a disposición de los licitantes por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a cada acto, en las instalaciones de la Dirección General Adjunta de Adqusiciones y Contratos, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México, siendo responsabilidad exclusiva de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y, en su caso, obtener copia de dichas actas en la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos ubicada en el domicilio antes citado, durante el mismo plazo señalado anteriormente, de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles.
Así mismo, las actas correspondientes se difundirán en CompraNet. Este procedimiento sustituye a la notificación personal.
Los licitantes presentarán sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica y aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a más tardar el día hábil siguiente en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger las actas en el domicilio de la Convocante.
3.2.5. FIRMA DEL INSTRUMENTO JURÍDICO.
Previamente a la firma del instrumento jurídico, el licitante adjudicado deberá presentarse dentro de los dos días hábiles posteriores a la notificación del fallo en la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos, ubicada en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx Xxx, Xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México, de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas, con la Lic. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Titular del Área, con la documentación legal administrativa que se enlista a continuación en original para cotejo y 1 (una) copia:
Persona Moral | Persona Física |
Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. | Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. |
Escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el Territorio Nacional con la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio y en su caso sus | Clave Única de Registro de Población. |
Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente. |
reformas o modificaciones que haya sufrido, siendo que el objeto del mismo este directamente relacionado con el servicio objeto de la contratación y que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir instrumento jurídicos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente. | |
Identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal. | Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física. |
Comprobante de Domicilio (actualizado no mayor a tres meses). | Comprobante de Domicilio (actualizado no mayor a tres meses), con lo que acredite tener su domicilio legal en el Territorio Nacional. |
Carta de Pago Interbancario y Estado de Cuenta (actualizado no mayor a tres meses). | Carta de Pago Interbancario y Estado de Cuenta (actualizado no mayor a tres meses). |
Instrumento Notarial con el cual el representante legal acredite su personalidad. |
En el caso de que el participante adjudicado, se encuentre registrado en el RUPA, solo podrá presentar el número de registro que haya obtenido.
En cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con la regla 2.1.31, de la Resolución Miscelánea Fiscal para el Ejercicio 2019 (publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 xx xxxxx), los participantes adjudicados, por monto igual, superior o equivalente a $300,000.00 (Trescientos Mil Pesos 00/100 M.N.), antes del IVA, deberán presentar en la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos, el día de la firma del instrumento jurídico correspondiente, el documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto por la Regla 2.1.31, en el que se evidencie la opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, asimismo, las personas físicas x xxxxxxx residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no estén obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el RFC o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Si no presenta el cumplimiento de sus obligaciones fiscales la convocante se abstendrá de formalizar el instrumento jurídico.
Asimismo, y en cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015 y modificado el día 3 xx xxxxx del 2015, publicado en la misma fuente informativa, por los cuales el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social aprobó las “Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social”, el licitante adjudicado por un monto superior a $300,000.00 (Trescientos Mil Pesos 00/100 M.N.), antes del IVA, deberá presentar de manera improrrogable el día de la firma del instrumento jurídico correspondiente el documento expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social en el que emita opinión positiva respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
Si no presenta el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social la convocante se abstendrá de formalizar el instrumento jurídico, salvo en el caso que no sea aplicable.
Así mismo el licitante adjudicado de conformidad con el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos (Publicado en el D.O.F. 28/6/2017), previo a la firma del contrato deberá presentar la constancia de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, emitida por el INFONAVIT. Anexo XV “Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, de la presente Invitación. (de carácter informativo).
La firma del instrumento jurídico se llevará a cabo dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo en la Dirección General Adjuta de Adquisiciones y Contratos.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la LAASSP, los derechos y obligaciones que se deriven del instrumento jurídico respectivo, no podrán ser transferidos por el participante adjudicado en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la CNBV.
3.3. RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES VÍA SERVICIO POSTAL O MENSAJERÍA.
Para el presente procedimiento NO se recibirán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
3.4. VIGENCIA DE LAS PROPOSICIONES.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento hasta su conclusión.
3.5. PROPOSICIONES CONJUNTAS.
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que para tales efectos, en la propuesta y en el contrato se establezcan con prescisión las obligaciones de cada una de las partes, así como la manera en que se exigiría su cumplimiento, (artículo 34, tercer párrafo de la LAASSP).
Además de considerar lo dispuesto en el artículo 44 del RLAASSP, los interesados deberán cumplir los siguientes aspectos:
a) Los licitantes deberán cumplir con todos los requisitos técnicos solicitados, ya sea separada o conjuntamente, su proposición deberá de precisar las obligaciones de cada uno de los consorciados frente a la convocante de tal manera que se cumpla al cien por ciento con todos los requisitos que se incluyen en esta Convocatoria y señalando la responsabilidad de cada una de ellas para la prestación del servicio.
b) Asimismo, los interesados que presenten en forma conjunta (grupo) proposiciones, deberán presentar de manera individual toda la documentación solicitada en el apartado 6.3
“DOCUMENTACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA, del numeral 6 “DOCUMENTOS QUE
DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES” de esta Convocatoria.
c) La propuesta deberá ser firmada por el representante común, que para este acto haya sido designado por el grupo de personas, por los medios de identificación electrónica autorizados por la Secretaría de la Función Pública, (artículo 34, tercer párrafo de la LAASSP).
3.6. PROPUESTA ÚNICA POR LICITANTE.
Los licitantes solo podrán presentar una proposición para la partida única de la presente Convocatoria.
3.7. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Los licitantes deberán presentar sus proposiciones vía electrónica, enviando por ese mismo medio la documentación que conforma las propuestas técnica, económica y documentación legal administrativa o cualquier otro documento que forme parte de su proposición.
3.8. REGISTRO Y REVISIÓN PRELIMINAR.
No aplica.
3.9. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL.
Los licitantes deberán de acreditar su existencia legal y, en su caso, el de la personalidad jurídica de su representante legal, para cumplir con la información requerida, podrá elaborarse tomando como modelo el Formato E, “Acreditación de Personalidad Jurídica”, de la presente Convocatoria.
3.10. PARTE O PARTES DE LAS PROPOSICIONES QUE SE RUBRICARÁN EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
De conformidad con el artículo 35, fracción II de la LAASSP, de entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe rubricarán los documentos que integran las proposiciones técnicas y económicas presentadas por los licitantes sin incluir la documentación legal y de carácter administrativo.
3.11. INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO Y FIRMA DEL INSTRUMENTO JURÍDICO.
La fecha del Acto de Notificación del Fallo y la firma del instrumento jurídico se efectuarán conforme a lo señalado en el apartado 3.2 “CALENDARIO DE ACTOS Y LUGAR DONDE SE DESARROLLARÁN LOS EVENTOS” del numeral 3. “FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN” de esta Convocatoria.
Es preciso señalar que el contrato será suscrito en las oficinas de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 1971, piso 6, Colonia Xxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México, Teléfono: 0000-0000, extensión: 6537.
3.12. GARANTÍAS.
3.12.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
El proveedor a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del instrumento jurídico y para responder por los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad, se obliga a garantizar mediante fianza divisible o cualquiera de las formas establecidas en los artículos 137 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y 79 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por un importe equivalente a un 10 % (diez por ciento) del monto total adjudicado antes de I.V.A. en favor de la Tesorería de la Federación y a disposición de la CNBV y deberá entregarse a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del instrumento jurídico correspondiente, salvo que la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo. De no cumplir con dicha entrega, la CNBV podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Organo Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60, fracción III de la LAASSP.
La entrega de la garantía, se realizará en la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas en días hábiles; ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México, Teléfono: 0000-0000, extensión: 5283, lo anterior atendiendo a las “Disposiciones Generales a que se sujetaran las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyen las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de septiembre de 2015. La CNBV a través de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contatos procederá a emitir oficio con la calificación, aceptación o rechazo de la garantía, mismo que será notificado de forma personal al licitante adjudicado para los efectos a que haya lugar según las disposiciones aplicables.
La garantía debe otorgarse en estricto apego al Escrito 2 de esta Convocatoria.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del proveedor, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el instrumento jurídico respectivo, y de ninguna manera impedirá que la CNBV reclame la indemnización o el rembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del instrumento jurídico respectivo o modificación al plazo, el proveedor se obliga a entregar a la CNBV al momento de la formalización respectiva los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente.
El licitante acepta expresamente que la garantía precise el cumplimiento del instrumento jurídico, se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanezca vigente durante toda la substanciación de los juicios o recursos legales que interponga con relación a dichos contratos, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la Autoridad competente.
En caso de propuestas conjuntas, la garantía de cumplimiento del instrumento jurídico respectivo se presentará en una sola garantía que deberá cubrir los requerimientos de la CNBV establecidos en el Escrito 2 de esta Convocatoria.
Para el trámite de liberación de garantía, el proveedor deberá realizar lo siguiente:
Para el trámite de liberación de garantía, el proveedor deberá solicitar la devolución por escrito al administrador del instrumento jurídico quien este último elaborará el Acta recepción de servicios/bienes para que proceda a recuperar y en su caso liberar la garantía correspondiente, de conformidad con lo señalado en el texto de la misma.
El trámite de liberación de dicho documento se realizará a través de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV, con la Lic. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Directora General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV.
3.12.2. CASOS EN QUE SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
La garantía de cumplimiento del instrumento jurídico, se podrá hacer efectiva por la CNBV, a través de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:
a) Previa substanciación del procedimiento de rescisión.
b) Cuando por causas imputables el proveedor incumpla con cualquiera de las condiciones pactadas en el contrato y consecuentemente se le rescinda el mismo.
c) Cuando se haya vencido el plazo para el inicio de la vigencia del contrato y el proveedor por sí mismo o a requerimiento de la CNBV, no sustente debidamente las razones del incumplimiento en el inicio, previo agotamiento de las penas convencionales respectivas.
d) De manera inmediata por reclamo directo a la afianzadora.
e) Cuando se detecten vicios ocultos o defectos en la calidad de los servicios recibidos.
En el caso de hacer efectiva la garantía de cumplimiento, ésta se aplicará sobre el monto total del contrato.
3.12.3. ESCRITO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, el proveedor deberá entregar a la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos escrito firmado por el apoderado o representante legal, donde manifieste que en caso de que su personal ocasione algún daño o perjuicio en los bienes, instalaciones y empleados de la CNBV o en contra de cualquier persona, tendrá la obligación de resarcir y/o indemnizar en su totalidad por cualquier tipo de daño que se pueda ocasionar en la prestación de su servicio.
3.13. FORMA DE PAGO.
La CNBV no otorgará anticipos para la contratación de este servicio
La CNBV requiere que los precios unitarios ofertados para el servicio objeto de la presente Convocatoria sean fijos.
Los pagos se realizarán en dos exhibiciones; el primer pago se efectuará al concluir las primeras 50 horas de capacitación y el segundo pago al concluir las restantes 50 horas de capacitación dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la recepción de los entregables en las cantidades señaladas conforme a lo establecido en el Anexo I Especificaciones Técnicas presentado por el Licitante adjudicado y de acuerdo a los precios unitarios ofertados en la propuesta económica y a entera satisfacción de la Dirección General de Organización y Recursos Humanos, quien emitirá el documento de recepción y aceptación de los servicios, la cual deberá indicar expresamente haber recibido los entregables señalados en el instrumento jurídico correspondiente.
El proveedor deberá expedir las facturas electrónicas correspondientes, a favor de la CNBV, con domicilio fiscal en el piso 6 de la Torre Sur del Conjunto Inmobiliario Plaza Inn, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, Codigo Postal 01020 y su R.F.C. es CNB-950501-PT6.
El proveedor deberá registrarse en la Dirección General Adjunta de Finanzas de la CNBV, para obtener su código y poder enviar sus facturas electrónicas para su validación, a la dirección de correo electrónico siguiente xxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, en caso de que éstas no cumplan o presenten errores, la CNBV lo comunicará al proveedor mediante correo electrónico dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción. El periodo que transcurra a partir del correo electrónico enviado por la CNBV y hasta que el licitante adjudicado presente las facturas corregidas, no se computará para efectos del plazo que tiene la CNBV para realizar el pago correspondiente.
El pago se efectuará a través del sistema de depósito electrónico de la Tesorería de la Federación, en la institución bancaria que indique el licitante adjudicado, en la solicitud de inscripción al Catálogo de Beneficiarios del Sistema de Administración Financiera Federal (SIAFF).
La CNBV incorporará al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo dando de alta en el mismo, la totalidad de las cuentas por pagar al licitante ganador, para ello, las facturas electrónicas debidamente requisitadas y aceptadas, se registrarán en dicho programa en un plazo máximo de 15 (quince) días naturales posteriores a su recepción, mismas que podrán ser consultadas en el portal xxx.xxx.xx/xxxxx efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la transferencia de derechos de cobro al Intermediario Financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley, Anexo XVII (Cadenas productivas, anexo sólo de carácter informativo).
La CNBV cubrirá únicamente el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) por lo que otros impuestos y derechos estarán a cargo del licitante adjudicado.
El pago de los servicios quedará sujeto al pago que el prestador del servicio deba efectuar en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones.
El pago se realizará a través de abono bancario, por lo que el licitante que resulte adjudicado deberá contar con el Registro en el Catálogo General de Beneficiarios y cuentas Bancarias del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público conjuntamente con la Tesorería de la Federación, en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx del
año 2002. Para tales efectos deberán acudir a la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV a realizar los trámites necesarios.
El trámite de registro en dicho sistema se realizará a partir del día posterior al fallo en la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México, para lo cual se deberán entregar los FORMATOS N y L de la presente Convocatoria.
La facturación que se reciba posterior al cierre del ejercicio presupuestal 2019, de conformidad con las reglas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se pagará según lo efectivamente devengado, conforme a las normas presupuestales correspondientes.
La(s) factura(s) que él o (los) licitante(s) adjudicado(s) expida(n) con motivo del instrumento jurídico deberá(n) contener los requisitos que establecen las Leyes Fiscales vigentes.
La documentación que corresponde a los entregables descritos en el Anexo I Anexo Técnico “Especificaciones Técnicas”, serán conservados para su custodia por el área requirente y administradora.
Por otra parte y a fin de atender las disposiciones emitidas en torno al Programa xx Xxxxxxx Productivas, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, incorporará al portal de Nacional Financiera, S.N.C., el pago que se genere por los servicios entregados, a fin de que el proveedor decida si ejercerá la cesión de los derechos de cobro al intermediario financiero por él seleccionado de entre los registrados en dicho programa, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la LAASSP.
En caso de que la factura entregada por el proveedor para su pago, presenten errores, la CNBV dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción indicará al proveedor las deficiencias que deberá corregir, por lo que el procedimiento de pago reiniciará en el momento en el que el proveedor presente la factura corregida.
La(s) factura(s) deberá(n) señalar la descripción de los servicios, cantidad, unidad, precio unitario y total, desglosando el IVA, número de Invitación, número del instrumento jurídico y la razón social, teléfono y dirección del proveedor.
Documentación para registro: Persona moral.
a) Copia simple de estado de cuenta bancario, no mayor a tres meses.
b) Original de carta de certificación de datos de cuenta bancaria estandarizada.
c) Original o copia certificada para cotejo y 2 copias simples de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes.
d) Original o copia certificada para cotejo y 2 copias simples de identificación oficial vigente del representante o apoderado legal.
e) Original para cotejo y 2 copias simples del comprobante de domicilio fiscal (recibo telefónico) con antigüedad no mayor a tres meses.
f) Original o copia certificada para cotejo y 2 copias simples de poder notarial para actos de administración o especial para firmar el acuerdo de voluntades.
g) Original o copia certificada para cotejo y 2 copias simples del acta constitutiva.
h) Formato para cadenas productivas, Formato “N”.
i) Solicitud de alta de cuenta bancaria en el SIAFF, Formato “L”.
Persona física:
a) Original para cotejo y 2 copias simples de la Clave Única de Registro Poblacional (CURP).
b) Copia simple de estado de cuenta bancario, del mes inmediato anterior.
c) Original de carta de certificación de datos de cuenta bancaria.
d) Original o copia certificada para cotejo y 2 copias simples de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes.
e) Original o copia certificada para cotejo y 2 copias simples de identificación oficial vigente del representante legal.
f) Original y 2 copias simples de comprobante de domicilio fiscal (recibo telefónico) con antigüedad no mayor a un mes.
g) Formato para cadenas productivas, Formato “J”.
h) Solicitud de alta de cuenta bancaria en el SIAFF, Formato “K”.
3.14. PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES.
3.14.1. PENA CONVENCIONAL.
De conformidad con lo establecido en los artículos 53 de la LAASSP, 95 y 96 del RLAASSP, así como a lo previsto en el numeral VI, inciso C, punto 6 denominado “Penas Convencionales y Deducciones”, en su apartado B, de las POBALINES de la CNBV vigentes, si el licitante ganador incurriera en algún atraso en los plazos establecidos para la prestación del servicio objeto de la presente Invitación, le será aplicable la cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del importe de la factura correspondiente o pendiente de pago, antes del Impuesto al Valor Agregado, por cada día natural de atraso en la prestación de los bienes o servicios respectivos, el cual se computará hasta el día en que el Prestador del servicio cumpla con su obligación.
La pena convencional no deberá exceder del monto de la garantía de cumplimiento, ni exceder de 10 (diez) días naturales, una vez transcurridos cualquier de estos 2 (dos) supuestos, la CNBV, podrá iniciar el procedimiento de recisión del instrumento jurídico correspondiente, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento.
El área requirente será la responsable de calcular la pena convencional y solicitar al Titular de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos su aplicación, la cual será proporcional a la parte no entregada.
El importe que resulte de la aplicación de la pena convencional que se imponga al Prestador del servicio, se notificará a éste a través del administrador del contrato y se hará efectivo con cargo a las facturas electrónicas pendientes de pago.
En términos del artículo 95 del Reglamento de la LAASSP, el pago de los servicios quedará condicionado al pago de las penas convencionales, por lo que será responsabilidad del Prestador del servicio acreditar al administrado del contrato el pago de las penas convencionales que le hayan sido determinadas con el comprobante correspondiente.
3.14.2. DEDUCCIONES.
Las deductivas se aplicarán por la presentación parcial o deficiente en los entregables y/o servicios solicitados en el Anexo 1 Anexo Técnico, refiriéndose a que los mismos no se presenten con las especificaciones solicitadas o se evidencie que no están completos, por lo que se deberá considerar lo dispuesto en el artículo 53 Bis de la LAASSP, y numeral 6 inciso C) de las POBALINES vigentes.
Se establecerán deducciones sobre el importe total de la facturación del servicio correspondiente, con motivo de la entrega parcial o deficiente en los entregables y/o servicios, para lo cual se establecerá como límite de incumplimiento al presentar más de 3 (tres) deductivas, por lo que se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del instrumento jurídico correspondiente.
La aplicación de deducciones se realizará de conformidad con los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento de acuerdo con lo siguiente:
Concepto | Porcentaje | Deductivas Máximas por Aplicar | |
Por la presentación deficiente de los entregables | 5% | Del monto de la factura antes de I.V.A. | 2 |
Por la entrega de los manuales, listados y reportes de forma parcial. | 5% | Por los bienes proporcionados con calidad deficiente. | 2 |
Las deductivas serán determinadas por el responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato y no podrán exceder el importe de la garantía de cumplimiento del contrato, no obstante, se excluirá su aplicación de incurrir en éstas por causas motivadas por caso fortuito o por causa de fuerza mayor.
Agotado el monto límite de aplicación de las deductivas, el responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato podrá solicitar la rescisión administrativa del contrato.
3.15. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis de la LAASSP, la CNBV se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato sin responsabilidad para él, cuando concurran razones de interés general, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o, cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos del procedimiento, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, sin responsabilidad alguna para la CNBV y mediante dictamen, ésta sustentará tales razones o las causas justificadas que dieron origen a la misma, así como en su caso, en estos supuestos la convocante previa solicitud por escrito rembolsará al Proveedor, los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el procedimiento.
3.16. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL INSTRUMENTO JURÍDICO.
De conformidad con el numeral 16 de las POBALINES vigentes, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el artículo 54 de la LAASSP y en el punto 4.3.5 del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el licitante adjudicado incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa, mas no limitativa:
a) Si se declara en concurso mercantil, o si hace cesión de los servicios en forma que afecte el instrumento jurídico formalizado.
b) En caso de que el prestador de servicios contratado no proporcione a la CNBV los datos necesarios que le permita la inspección, vigilancia, supervisión y comprobación de que el servicio está siendo prestado de conformidad con lo establecido en el instrumento jurídico y en el Anexo 1 Anexo Técnico.
c) Si subcontrata el servicio materia del Anexo 1 Anexo Técnico.
d) Por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo del adjudicado previstas en el instrumento jurídico formalizado.
e) Cuando se incumplan o contravengan las disposiciones de la LAASSP, su Reglamento, y las Leyes, Reglamentos y Lineamientos que aplican en la materia.
f) Cuando el adjudicado incurra en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación.
g) Cuando el adjudicado incurra en negligencia respecto al servicio pactado en el instrumento jurídico formalizado, sin justificación para la CNBV.
h) Por incumplimiento de los requisitos para formalizar del instrumento jurídico.
i) Si la CNBV o cualquier otra autoridad detecta que el adjudicado proporcionó información o documentación falsa, falsificada o alterada en el procedimiento de contratación del instrumento jurídico o en la ejecución del mismo.
j) La falta de respuesta por parte del adjudicado en el supuesto de que la CNBV le formule una reclamación con motivo de la prestación del servicio.
k) En caso de que el adjudicado modifique los precios del servicio materia del Anexo 1 Anexo Técnico durante la vigencia del instrumento jurídico formalizado, sin autorización de la CNBV.
l) Ceda total o parcialmente los derechos derivados del instrumento jurídico que se formalice a un proveedor distinto.
m) Cuando las penas convencionales excedan del monto de la garantía de cumplimiento del instrumento jurídico, o excedan de 10 días naturales.
n) Cuando el adjudicado acumule más de 3 (tres) deductivas, de conformidad con el apartado 3.14.2 “DEDUCCIONES” de la presente convocatoria.
o) Cuando el adjudicado detecte que tiene alguna relación de negocios o familiar con los beneficiarios, y no lo informe a la Dirección General de Organización y Recursos Humanos.
p) En caso de que el proveedor no cumpla con el plazo de tres días naturales para subsanar las deficiencias y/o entrega parcial a partir de la notificación del administrador del instrumento jurídico.
En el caso de que se lleve a cabo y se concluya el procedimiento de rescicion, se remitirá el asunto al Organo Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la LAASSP.
4. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
Para efectos de lo anterior, los licitantes deberán considerar lo siguiente:
1. Entregar la documentación o información a que se refiere el numeral 6 “DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES”, en la hora señalada en el apartado 3.2. “CALENDARIO DE ACTOS Y LUGAR DONDE SE DESARROLLARÁN LOS EVENTOS”, del numeral 3. “FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN”, todos de esta convocatoria, a través de CompraNet.
2. Deberán presentar sus propuestas debiendo sujetarse a los requisitos de la presente Convocatoria y sus Anexos.
3. Las proposiciones técnica y económica deberán ser firmadas autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de las mismas, por lo que no podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
4. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que las integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como la legal-administrativa que entreguen los licitantes.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco podrá desechar la proposición.
5. La propuesta técnica podrá presentarse conforme al formato A, de la presente Convocatoria o en formato libre donde se describirán de manera clara y precisa, las características técnicas mínimas de los servicios requeridos en la presente Convocatoria, sin indicar el costo.
6. La propuesta económica podrá presentarse conforme al formato B de la presente Convocatoria o en formato libre incluyendo todos los datos e información requerida en dicho formato.
7. Los precios unitarios serán fijos a partir de la entrega de la proposición y durante la vigencia del servicio y no estará sujeto a decremento o incremento.
8. Las propuestas deberán contener los requisitos que se enlistan a continuación, mismos que se consideran indispensables para evaluar las proposiciones y la falta de cualquiera de ellos, afectará su solvencia, por lo que serán desechadas:
a) Numeral 6 “DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES” apartado 6.1. “PROPUESTA TÉCNICA” numerales 1), 2), 3) y 4), estos dos últimos no afectan la solvencia.
b) Numeral 6 “DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES” apartado 6.2. “PROPUESTA ECONÓMICA” Formato B.
c) Numeral 6 “DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES” apartado 6.3. “DOCUMENTACIÓN LEGAL XXXXXXXXXXXXXX”, xxxxxxx 0), 0), 0), 0), 0), 0), 0), 0), 9) y 10). este último no afecta la solvencia.
4.1. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES.
Serán causas de desechamiento de las proposiciones las siguientes:
a) La falta de cualquiera de los documentos y/o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos que afecten la solvencia de la proposición o información establecida en esta Convocatoria, por ser considerados indispensables conforme lo establecido en la fracción IV del artículo 39 del RLAASSP.
b) La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno u otros elevar el costo de los servicios o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener ventaja sobre los demás licitantes.
c) En caso de omisión en la entrega de la información solicitada en los anexos de la presente Convocatoria o que varíe el significado de lo solicitado.
d) Si de las visitas efectuadas, investigaciones y/o compulsas realizadas, se comprueba que algún licitante presentó documentación falsa y/o proporcione información no verídica o se obtenga información respecto a incumplimientos o deficiencias en los servicios prestados
por parte del licitante.
e) Cuando los sobres en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
5. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES.
Los criterios de evaluación que la CNBV tomará en consideración, son los siguientes:
5.1. CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN.
Para este Procedimiento, se aplicará el criterio de evaluación Binario de conformidad con los artículos 36 primer y segundo párrafo, 36 Bis de la Ley y 51 de su reglamento.
La CNBV, evaluará cualitativamente las proposiciones presentadas en este Procedimiento, verificando que las mismas cumplan con todos los requisitos solicitados, de este modo, se realizará la evaluación conforme al criterio binario cumple - no cumple y el precio ofertado sea el más bajo.
El personal de la Dirección General de Organización y Recursos Humanos de la CNBV, evaluará las propuestas técnicas, numeral 4, punto 4.1, verificando que cumplan con las especificaciones requeridas en el Anexo I (Especificaciones Técnicas), utilizando la matriz de evaluación indicada como Anexo II, y elaborará el Dictamen Técnico, mencionando en su caso, las razones por las que las propuestas no cumplen con lo solicitado en esta Invitación.
El personal de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos, procederá a realizar la evaluación de las propuestas económicas aceptadas conforme al Anexo III (Formato de Propuesta Económica).
Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas económicas recibidas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la CNBV, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios de acuerdo a lo establecido en el Artículo 55 del Reglamento, lo que se hará constar en el Fallo a que se refiere el Artículo 37 de la Ley.
El personal de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV analizará la documentación legal solicitada en la presente Invitación y comprobará en el Directorio de proveedores y contratistas sancionados, publicado por la Secretaría de la Función Pública, que la empresa o sus accionistas, no se encuentran inhabilitados, a la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
En caso de existir igualdad de condiciones en las proposiciones que hubieren ofertado el precio más bajo, se dará preferencia para la adjudicación, en primer término, a las personas que integran el sector de micro empresas, a continuación, se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación de los servicios a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación en términos del Artículo 54 del Reglamento de la Ley.
La adjudicación del servicio que se licita, se hará a un sólo licitante, aquél cuya propuesta resulte solvente, porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la presente Invitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la CNBV, garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y el costo por hora- instrucción y el costo total de su propuesta antes de I.V.A. sea el más bajo.
a) Con apego en lo establecido por los artículos 36, 36 Xxx xx XXXXXX x 00 xxx XXXXXXX, se efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta Convocatoria, así como en los requisitos descritos en el Anexo 1 Anexo Técnico que forman parte integrante de la misma, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
b) Se comprobará el cumplimiento de los requisitos legales administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria y sus anexos.
c) La convocante a través del área requirente podrá verificar la información y referencias proporcionadas por los licitantes; asimismo se reserva el derecho de solicitar referencias de los currículums de cada licitante y del personal propuesto.
d) La convocante a través del área requirente verificarán la congruencia entre la propuesta técnica y el Anexo 1 Anexo Técnico, así como la propuesta económica de cada licitante.
e) Será requisito indispensable para la evaluación que los licitantes presenten la totalidad de los documentos cuya presentación es de carácter obligatorio, por lo que si omite alguno de ellos, su propuesta será desechada.
f) Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
g) Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerarán: el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la convocante o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.
Se evaluará que las ofertas técnicas cumplan con el 100% de las especificaciones señaladas en el Anexo 1 Anexo Técnico de la presente Convocatoria, las cuales deberán ser elaboradas en papel preferentemente membretado del licitante, y estar firmadas electrónicamente de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 último párrafo de la LAASSP, 50 del RLAASSP, así como los numerales 14 y 16 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet,
publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, y el Manual de Operación UC (Manual CompraNet para las Unidades Compradoras V3.0) publicado por la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la Unidad de Política de Contrataciones Públicas en la Secretaría de la Función Pública.
5.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA.
a) Se revisará y analizará la documentación solicitada en el apartado 6.3 “DOCUMENTACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA” de esta Convocatoria, en caso de que no se presenten los documentos conforme a lo solicitado o no sean los requeridos, la proposición será desechada.
b) El análisis detallado de la documentación legal administrativa será realizada por la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV, emitiendo la evaluación correspondiente.
5.3. CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA.
a) Se verificará que las ofertas presentadas correspondan a las características y especificaciones del servicio solicitado, emitiendo la evaluación correspondiente, en caso de que no se presente conforme a lo solicitado o no sea lo requerido, la proposición será desechada.
b) Si al momento de realizar la verificación de los importes de las propuestas económicas, se detecta un error de cálculo en alguna proposición se procederá a llevar a cabo su rectificación, siempre y cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera, por lo que de presentarse errores en los volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.
c) En los casos previstos en el párrafo anterior, la convocante no desechara la propuesta económica y dejará constancia de la corrección efectuada conforme al párrafo indicado en la documentación soporte utilizada para emitir el fallo que se integrará al expediente de contratación respectivo, asentando los datos que para el efecto proporcione el o los servidores públicos responsables de la evaluación.
d) La evaluación de las proposiciones económicas será realizada por la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos y con apoyo de la Dirección General de Organización y Recursos Humanos de la CNBV quien verificará que las proposiciones presentadas correspondan a las características y especificaciones del servicio solicitado, emitiendo la evaluación correspondiente.
5.4. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios de evaluación que la CNBV tomará en consideración, son los siguientes:
La adjudicación del contrato será conforme a las características que se indican en el Anexo I (Especificaciones Técnicas) de esta Invitación y se hará a un solo licitante, aquél cuya propuesta resulte solvente, porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la Invitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la CNBV, garanticen
satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y el costo unitario por hora- instrucción y el costo total de su propuesta corresponda al más bajo antes de I.V.A.
Asimismo se comprobará el cumplimiento de los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria y sus anexos, así como lo derivado de la(s) junta(s) de aclaraciones.
Verificará la congruencia entre la propuesta técnica y la propuesta económica de cada licitante.
Realizará la evaluación técnica por conducto del área requirente, quien verificará que las ofertas presentadas correspondan a las características y especificaciones de los servicios solicitados, emitiendo el dictamen técnico correspondiente. El análisis detallado de la documentación administrativa y legal se realizará por la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos de la CNBV.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más licitantes, se aplicara el criterio de desempate de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 36 Bis de la LAASSP, se deberán adjudicar los contratos en primer término a las micros empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
De subsistir el empate entre licitantes de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte adjudicado del sorteo por insaculación que realice la CNBV, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
Cuando se requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, la convocante deberá girar invitación al Órgano Interno de control y al testigo social cuando éste participe en la Invitación, para que en su presencia se lleve a cabo el sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto.
Cuando con posterioridad a la adjudicación del contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los servicios aún no prestados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la propuesta que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, la CNBV reconocerá incrementos o requerirá reducciones, conforme a las disposiciones que en su caso emita la Secretaría de la Función Pública.
6. DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES.
6.1. PROPUESTA TÉCNICA.
Los Licitantes deberán presentar en papel preferentemente membretado, firmado por el representante legal, apoderado legal o por persona facultada para ello, la siguiente documentación:
1.- Propuesta técnica. - Documento donde se describa de manera clara y precisa, las características técnicas de los servicios requeridos en el Anexo 1 Anexo Técnico.
2.- Deberán presentar la autorización y registro vigente y/o en tramite del documento oficial que no haya sido revocado o de alguna forma cancelado, en términos del acuerdo, que lo acredite como agente capacitador externo, expedido por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) de fecha de publicación 14 xx xxxxx de 2013 en el DOF, o aquella que le corresponda en equivalencia.
3.- Deberán acreditar mediante escrito donde manifiesten que cuentan con la capacidad técnica, material y humana en las condiciones que requiere la CNBV, para impartir todas y cada una de las horas-instrucción que conforman el Servicio de Capacitación.
4.- Listado de los instructores que contenga: Nombre completo; estudios academicos cursados; las acciones de capacitación que impartirá y años de experiencia de ejercer la docencia; este listado deberá de ir acompañado con el curriculum vitae y el documento que acredite los estudios académicos.
5.- Escrito en el que manifieste que, en caso de resultar adjudicado, el personal asignado para la prestación del servicio, no tendrá ninguna relación laboral con la CNBV, por lo que el prestador del servicio será el único obligado para afrontar las obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social o de cualquier otra naturaleza que pudiera surgir con motivo de los pactos y/o contratos que celebre con sus empleados. Por lo tanto, se obliga a responsabilizarse de las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse de la interposición de cualquier juicio que los trabajadores del prestador del servicio llegaren a intentar en contra de la CNBV, así como de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido ante terceros, el prestador de servicio deberá resarcir a la CNBV, de todo daño o perjuicio que éste pudiera sufrir por las relaciones antes descritas
6.2. PROPUESTA ECONÓMICA.
Los licitantes deberán presentar en papel preferentemente membretado su propuesta económica debidamente firmada por el representante legal o apoderado legal o por persona facultada para ello, para que este documento se considere en la evaluación será necesario que cumpla con lo siguiente:
1. Propuesta económica. Se describirán de manera clara, precisa sin tachaduras ni enmendaduras, de preferencia en el Formato B “Propuesta económica” de la presente convocatoria.
2. El importe total de la partida propuesta se deberá señalar con número a dos decimales y letra, con el IVA desglosado.
3. El precio ofertado del servicio objeto de la presente Invitación será fijo.
4. Cuando con posterioridad a la formalización del contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los servicios aún no prestados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la propuesta que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, el CNBV reconocerán incrementos o requerirá reducciones, conforme a las disposiciones que en su caso emita la Secretaría de la Función Pública.
5. El nombre y descripción del servicio deberá corresponder al indicado en la presente Convocatoria.
6.3. DOCUMENTACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA.
Los licitantes deberán presentar en papel preferentemente membretado la siguiente documentación debidamente firmada por el representante legal o apoderado legal o por persona facultada para ello:
1. Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada es de Nacionalidad Mexicana. (Formato C)
2. A fin de dar cumplimiento al artículo 34 de Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en su caso deberán presentar escrito bajo protesta de decir verdad donde manifiesten la clasificación que guarda la empresa, si es micro, pequeña o mediana, conforme al acuerdo por el que se establece la estratificación de este tipo de empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. (Formato D)
3. Para acreditar la personalidad jurídica e intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará con que los Licitantes presenten un escrito en el que el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada. (Formato E)
4. Escrito en el que el licitante manifieste una dirección de correo electrónico, en caso contrario, deberá indicar en el escrito que no cuenta con el mismo. (Formato F)
5. Declaración escrita bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. (Formato G)
6. Presentar declaración de integridad en la que el Licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. (Formato H)
7. Escrito en el que manifieste garantizar los servicios contra vicios ocultos. (Formato I)
8. Escrito en el que el Licitante manifieste que de resultar ganador, asumirá la responsabilidad total para el caso de que al prestar los servicios objeto de la presente contratación infrinjan derechos de Propiedad Industrial o Intelectual de Terceros, en caso de presentarse cualquier reclamación o demanda por violaciones que se causen en materia de Patentes, Franquicias, Marcas o Derechos de Autor, con respecto al servicio, recursos, técnicas y en general cualquier elemento utilizado y se obligan a responder por ello, así como a rembolsar cualquier cantidad que por este motivo hubiere tenido que erogar el Instituto Nacional del Emprendedor. (Formato J)
9. Escrito donde se comprometen al cumplimiento de aquellas normas que directa o indirectamente se relacionen con los servicios objeto de la presente Invitación. (Formato
K)
10. En su caso, se deberá presentar el convenio firmado por cada una de las personas que integren una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento, de conformidad con los artículos 34 de la LAASSP y 44 del RLAASSP.
La omisión de la presentación de cualquiera de los documentos numerados anteriormente será causa de desechamiento del licitante.
7. INCONFORMIDADES.
Conforme a lo establecido en los artículos 65 y 66 de la LAASSP, podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública ubicada en la Avxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xnn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, teléfono: (0000) 0000-0000.
La inconformidad será presentada, a elección del licitante, por escrito o a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el sistema CompraNet a la dirección (xxxxx://xxxxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx), por los actos que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la LAASSP.
Asimismo, podrán acudir ante el Órgano Interno de Control en La Secretaría de Economía, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx número 3025, piso 7, Colonia Sax Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet, deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
8. CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA
INVITACIÓN.
8.1. LA INVITACIÓN SE DECLARARÁ DESIERTA EN LOS SIGUIENTES CASOS:
a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
b) Cuando no se cuente con un minmo de tres proposiciones sucepctibles de analizarse técnicamente.
c) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados.
d) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y el CNBV no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP.
8.2. LA INVITACIÓN SE SUSPENDERÁ EN LOS SIGUIENTES CASOS:
a) Cuando no se cuente con un mínimo de tres proposiciones suceptibles de analizarse técnicamente.
b) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública o el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada.
c) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes.
d) Por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet.
8.3. SE PROCEDERÁ A LA CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN:
a) Por caso fortuito;
b) Por causa de fuerza mayor;
c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se ocasionaría un daño o perjuicio al CNBV.
Las causas que motiven la cancelación de la Invitación o conceptos, se harán del conocimiento de los licitantes.
9. FORMATOS
ANEXO 2 - Modelo de Contrato FORMATO A - Propuesta técnica FORMATO B - Propuesta económica FORMATO C - Nacionalidad del licitante
FORMATO D - Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de la estratificación de micro, pequeña o mediana empresa (mipymes).
FORMATO E - Acreditación de personalidad jurídica FORMATO F - Correo electrónico del licitante
FORMATO G - Escrito referente a los artículos 50 y 60 de la LAASSP FORMATO H -Declaración de integridad
FORMATO I -Garantía contra vicios ocultos FORMATO J - Propiedad intelectual FORMATO K. – Cumplimiento de Normas
FORMATO L - Formato de solicitud de alta o baja de cuentas bancarias en el catálogo de beneficiarios FORMATO M - Encuesta de transparencia
FORMATO N - Cadenas productivas
FORMATO O. - Relación de documentos que deberán presentar los licitantes.
ESCRITO 1. Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE).
ESCRITO 2. Texto de póliza de fianza
Nota: Para mejor conducción de este concurso, preferentemente se deben utilizar los formatos anteriormente mencionados los cuales contienen los datos mínimos necesarios.
Podrá utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.
ANEXO I ANEXO TÉCNICO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SERVICIO DE “CAPACITACIÓN EN MATERIA DE PREVENCION XX XXXXXX DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO (PLD/FT) PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CNBV 2019”
I. DEFINICIÓN DEL SERVICIO
El servicio de “Capacitación en materia de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) para Servidores Públicos de la CNBV 2019” se realizará mediante un contrato que comprenderá 100 (cien) horas-instrucción, para un máximo de 100 participantes y un mínimo de 30 participantes, se impartirá en 2 (dos) grupos, cada uno de los grupos se conformará de 50 horas- instrucción, cada grupo contemplará 3 (tres) módulos, los cuáles serán impartidos de lunes a viernes en un horario de 09:30 a 14:30 hrs, con dos recesos de 15 (quince) minutos cada uno.
II. OBJETO
La CNBV requiere contratar la capacitación para los servidores públicos de la CNBV sobre los aspectos generales de conocimientos en materia de PLD/FT, con el fin de propiciar un mejor y mayor cumplimiento en el régimen de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 400 Bis (delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita) o 139 Quáter (delito de financiamiento al terrorismo), ambos del Código Penal Federal, al que están sujetas las entidades y personas supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Lo anterior con fundamento en la convocatoria para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, publicada en el DOF el 19 de septiembre de 2018.
Cada grupo se conformará de 50 horas-instrucción con un mínimo de 30 participantes, contemplando tres módulos.:
Módulo 1.- Conocimientos básicos en materia de PLD/FT.
OBJETIVO: El sustentante recordará, comprenderá, aplicará y analizará hechos, conceptos y procedimientos sobre la prevención xxx xxxxxx de dinero y financiamiento al terrorismo, a nivel internacional y en el régimen jurídico mexicano, así como la integración, objeto y funciones de los principales foros y organismos internacionales e intergubernamentales en la materia.
Módulo 2.- Conocimientos Técnicos en materia de PLD/FT.
OBJETIVO: El sustentante recordará, comprenderá, aplicará y analizará hechos, conceptos y procedimientos específicos de la prevención xxx xxxxxx de dinero y financiamiento al terrorismo de conformidad con el régimen jurídico mexicano, así como información técnica en materia PLD/FT de conformidad con el régimen jurídico mexicano.
A continuación, se detallan las sub-áreas correspondientes en las que se establecen los objetivos de las mismas, conforme a la Guía para el sustentante de CENEVAL.
Módulo 3.- Conocimientos de Auditoría, Supervisión y Enfoque Basado en Riesgos en materia de PLD/FT.
OBJETIVO: El sustentante recordará, comprenderá, aplicará y analizará hechos y conceptos sobre auditoría, supervisión y el enfoque basado en riesgos en materia de PLD/FT.
A continuación, se detallan las subáreas correspondientes en las que se establecen los objetivos de las mismas, conforme a la Guía para el sustentante de CENEVAL.
Adicionalmente deberán incluir un repaso general de los temas vistos.
Aplicación de examen simulador.
Características generales del servicio:
1. Para la supervisión del servicio, el “administrador” del contrato podrá asistirse de la Dirección General Adjunta de Capacitación y Desarrollo Humano, así como de sus oficinas dependientes y conexas.
2. Se realizará un contrato que comprenderá 100 (cien) horas-instrucción, con un máximo de 100 participantes y un mínimo de 30 participantes. Se conformarán dos grupos, los cuáles serán impartidos de lunes a viernes en un horario de 09:30 a 14:30 hrs. El plazo del servicio de “Capacitación en materia de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) para Servidores Públicos de la CNBV 2019”, será a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación o del fallo y hasta el 30 de noviembre del 2019.
4. Los licitantes deberán acreditar mediante escrito bajo protesta de decir verdad, firmado por el apoderado o representante legal, donde manifiesten que cuentan con la capacidad e infraestructura en las condiciones que requiere la CNBV, para impartir todas y cada una de las horas-instrucción que conforman el programa de capacitación.
5. La programación se dará a conocer vía correo electrónico dirigido al proveedor con 5 (cinco) días hábiles de anticipación a la fecha de la acción de capacitación más próxima. La programación podrá estar sujeta a cambios, sin responsabilidad o cargo adicional para la CNBV.
6. Las acciones de capacitación se desarrollarán en las instalaciones que la CNBV determine, esto se establecerá de común acuerdo entre la CNBV y el proveedor y se le dará a conocer a través de un correo electrónico que el “supervisor” del contrato le envíe al proveedor adjudicado, con al menos tres días hábiles de anticipación al inicio de la impartición de la acción de capacitación que se trate.
7. Cuando las acciones de capacitación se desarrollen en las aulas de la CNBV, los instructores del proveedor estarán obligados como mínimo a traer el siguiente equipo: laptop, hojas blancas para rotafolio, acceso a internet. Asimismo, cuando se trate de otras instalaciones fuera de al CNBV, el instructor deberá contar con su equipo de cómputo y/o laptop, cañón, pantalla, pizarrón blanco y/o rotafolio, acceso a internet, por lo que el instructor estará obligado a llevar cualquier elemento necesario para impartir la acción de capacitación, además del material correspondiente necesario para impartir la capacitación.
8. Para la impartición del programa se contemplará 100 (cien) horas-instrucción, para un máximo de 100 participantes y un mínimo de 30 participantes, se impartirá en do 2 (dos) grupos, cada uno de
50 horas-instrucción, cada grupo contiene 3 (tres) módulos. En caso de no contar con el mínimo de participantes, dicha impartición se cancelará con al menos 2 días hábiles de anticipación, no procederá cargo alguno y será reprogramada por el “supervisor” del contrato, cuando se cuente con el aforo mínimo mencionado.
9. En caso de que por algún motivo por causa fortuita o de fuerza mayor imputable al proveedor o a la CNBV, se cancelen las horas-instrucción programadas para una fecha específica, el “supervisor” del contrato, notificará vía correo electrónico al coordinador del proveedor adjudicado, por mutuo acuerdo mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología que permita dejar constancia de lo pactado, se reprogramará una nueva acción de capacitación, sin que se genere cargo o costo adicional alguno.
10. La modalidad en que se impartirán las horas-instrucción será de manera presencial, pudiendo el instructor asistirse de distintos elementos para complementar su instrucción como son: aulas virtuales, capacitación en línea, tutorías; éstos o cualquier otro elemento que se considere como complemento, deberá ser considerado en el precio de la acción de capacitación que se establezca en la oferta económica.
11. La práctica deberá estar focalizada a revisar casos de estudio, por lo que, en lo posible, cada instructor, deberá considerar una carga académica de 70% teoría y 30% práctica, la cual deberá detallarse en las cartas descriptivas que el proveedor adjudicado entregue a la Dirección General Adjunta de Capacitación y Desarrollo Humano para tal efecto, de conformidad con lo descrito más adelante en la sección de entregables de este documento.
12. Para la acreditación de las acciones de capacitación, los participantes deberán cumplir con el 80% (ochenta por ciento) de las asistencias y obtener una calificación mínima de 70 (setenta) puntos sobre un total de 100 (cien) puntos, para lo que el proveedor adjudicado entregará, un reporte que incluya esta información al término de la acción de capacitación, de conformidad con lo descrito más adelante en la sección de entregables de este documento.
13. El proveedor del servicio de “Capacitación en materia de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) para Servidores Públicos de la CNBV 2019”, deberá cumplir con lo establecido en el “Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con fecha 14 xx xxxxx de 2013, y su modificación publicada en el mismo medio con fecha 16 de noviembre de 2017,para lo cual el proveedor deberá presentar la autorización y registro vigente y/o documento oficial que no haya sido revocado o de alguna forma cancelado, en términos del acuerdo en mención, o bien por disposición oficial relativa y aplicable, que lo acredite como agente capacitador externo, expedido por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) o aquella que le corresponda en equivalencia, al día hábil siguiente de la notificación de adjudicación o fallo.
14. Características de los Instructores que impartirán los tres módulos de capacitación para cada grupo:
15. Los instructores deberán contar con disponibilidad para impartir las horas-instrucción que se programen por el “supervisor” del contrato, en las fechas y horarios que éste disponga.
16. Como parte de su propuesta, el licitante deberá enviar por escrito un listado de los instructores propuestos que contenga: Nombre completo del instructor, título de la carrera o especialidad obtenida, las acciones de capacitación que impartirá, especialidad en el tema a desarrollar y/o tiempo de ejercer la docencia; debiendo el licitante adjudicado, entregar al día siguiente de la notificación de
adjudicación o fallo, la documentación probatoria: Título (de la licenciatura, maestría, doctorado, etc.), Cédula profesional, certificaciones, diplomas, constancias, referencias laborales u otros documentos oficiales con los que cuenten los instructores.
17. En el caso que durante la vigencia del contrato el proveedor adjudicado cambie o haga una nueva inclusión de un instructor, este deberá enviar cuando menos con 4 (cuatro) días hábiles de anticipación al inicio de la impartición de la acción de capacitación correspondiente, por escrito o por correo electrónico al “supervisor” del contrato, el currículo de la persona que se está proponiendo (el cual contendrá cuando menos: nombre completo del instructor, título de la carrera o especialidad obtenida, acciones de capacitación que impartirá, especialidad en el tema a desarrollar y/o tiempo de ejercer la docencia) en el que se pueda verificar que cumple con todas las condiciones requeridas, el cual será validado por el “supervisor” del contrato, por correo electrónico dirigido al proveedor, a más tardar 1 (un) día hábil posterior a la recepción del mismo.
18. En caso de que el instructor propuesto no cumpla con las condiciones requeridas, se solicitará al proveedor (vía correo electrónico) que entregue dentro de un plazo no mayor a 2 (dos) días hábiles, contados a partir del primer aviso de no cumplimiento de las condiciones, un nuevo currículo para su validación. Asimismo, una vez aceptado la nueva propuesta de instructor se notificará al proveedor (vía correo electrónico), confirmando la fecha de impartición de la acción de capacitación.
19. Características a considerar para impartir las acciones de capacitación:
20. El proveedor adjudicado deberá proporcionar a cada participante, el día del inicio de cada acción de capacitación, todo el material necesario para el aprovechamiento de las horas-instrucción programadas, mismos que de manera enunciativa mas no limitativa son: manual de trabajo, artículos y/o lecturas complementarias, casos de estudio, videos o cualquier otro que el instructor considere necesario para su instrucción.
21. El proveedor adjudicado deberá proporcionar a cada participante la constancia correspondiente de conformidad con lo descrito más adelante en la sección de entregables de este documento.
22. Será requisito indispensable que el proveedor al iniciar la impartición de las acciones aplique una valoración diagnóstica y una evaluación al final (que puede ser un examen teórico y/o una evaluación práctica) para poder comparar el nivel de aprendizaje logrado, por lo que el proveedor entregará a más tardar diez días hábiles después del término de la capacitación por cada grupo, un reporte que incluya esta información, de conformidad con lo descrito más adelante en la sección de entregables de este documento.
III. ENTREGABLES
1. Escrito mediante el cual proporcione el nombre de un coordinador y sus datos de contacto (Domicilio, teléfono celular, teléfono de oficina y correo electrónico), con el cual el “supervisor” del contrato de la CNBV tratará todos los temas administrativos y de operación de la capacitación.
2. El proveedor adjudicado deberá entregar a la Dirección General Adjunta de Capacitación y Desarrollo Humano, a más tardar dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha de inicio de cada grupo de capacitación:
2.1. Copia impresa o electrónica del material a utilizar por los instructores para su exposición, así como cuaderno de trabajo y/o manuales para cada participante de cada grupo de
capacitación correspondiente, en formato digital o impreso, considerando que deberá entregar un juego de estos al Área de Capacitación de la CNBV.
2.2. Carta Descriptiva de cada grupo de capacitación correspondiente, en la que se debe describir como mínimo los siguientes rubros:
o Objetivo de cada moduló de capacitación
o Temario detallado por modulo
o Modalidad de impartición y carga académica
3. El proveedor adjudicado deberá entregar a la Dirección General Adjunta de Capacitación y Desarrollo Humano, a más tardar 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión de cada acción de capacitación:
3.1. Reporte de aprovechamiento del grupo capacitado correspondiente que contenga:
o Resultados de las evaluaciones diagnósticas, expresado en forma numérica en un xxxxx xx 0 (xxxx) x 000 (xxxx).
o Resultados de las evaluaciones finales, expresado en forma numérica en un rango de 0 (cero) a 100 (cien).
o Aprovechamiento del grupo y reporte de calificaciones, considerando sólo la evaluación final, expresado en forma numérica en un rango de 0 (cero) a 100 (cien).
o Asistencia por participante, expresado en porcentaje.
Los reportes deberán presentar firma autógrafa del instructor y/o coordinador a cargo de la impartición de la acción de capacitación correspondiente.
3.2. Constancias para cada participante que contenga como mínimo:
o Nombre y membrete de la institución.
o Nombre de la acción de capacitación
o Nombre del participante.
o Duración en horas.
o Lugar y fecha en la que se llevó a cabo la acción de capacitación.
o Firma autógrafa por parte de la institución.
IV. LUGAR Y HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Las acciones de impartición de capacitación se desarrollarán en las instalaciones de la CNBV
Los horarios para la prestación del servicio de “Capacitación para en materia de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) para Servidores Públicos de la CNBV, 2019”, estarán comprendidos entre las 9:30 hrs. y hasta las 14:30 hrs. con máximo de dos recesos de 15 minutos cada uno, la duración de las sesiones por día, así como los días de la semana en la que se realizarán las sesiones, serán establecidas de común acuerdo entre la CNBV y el proveedor (a través del uso de medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología que permita dejar constancia de lo pactado), considerando que son horarios con una duración de 5 horas-instrucción por sesión en turno matutino. Se deberá considerar que se podrán impartir acciones de capacitación simultáneas, por lo que el proveedor deberá contemplar a los instructores que sean necesarios para atender dichas acciones de capacitación.
V. CONTROLES DE ACCESO Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
El personal que el licitante adjudicado utilice para la prestación del servicio, deberá dar debido y exacto cumplimiento de los controles de acceso y medidas de seguridad que tiene establecidas la CNBV en sus instalaciones, así como en los destinos a los que se presenten.
Los controles de acceso y medidas de seguridad que la CNBV aplique para el ingreso de los equipos y de los(as) instructores(as), como laptop, tabletas, bocinas y/o materiales de audio, etc., serán responsabilidad del proveedor adjudicado; la CNBV no se hace responsable del resguardo de los mismos, ni por las pérdidas o daños que sufran las pertenencias que por descuido o mal manejo sufran los mismos dentro de sus instalaciones.
VI. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
Conforme a lo establecido en el Artículo 84 séptimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Director General de Organización y Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo, será el o la responsable de administrar y verificar el cumplimiento de la prestación del servicio, a fin de aplicar oportunamente las medidas conducentes, sobre cualquier incumplimiento debiendo informar de la misma manera a las instancias que correspondan y en su caso, solicitar la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de la CNBV o a la instancia procedente la rescisión del contrato o de lo que en su caso proceda.
Para la supervisión del servicio, el “administrador” del contrato podrá asistirse de la Dirección General Adjunta de Capacitación y Desarrollo Humano, a cargo de la Licenciada Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx o quien la sustituya en el cargo.
VII. DISCRECIÓN DE LA INFORMACIÓN
El proveedor se obliga a mantener en forma confidencial la información y documentación que le sean proporcionadas, así como la que el proveedor genere u obtenga para el cumplimiento de la prestación del servicio de “Capacitación en materia de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) para Servidores Públicos de la CNBV, 2019”, reconociendo expresamente que el uso, manejo y aprovechamiento de tal información y documentación pertenecen exclusivamente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por lo que el proveedor será responsable de los daños y perjuicios que cause a la CNBV, por la omisión de lo previsto en este apartado como en los términos de la legislación aplicable.
El proveedor reconoce que la divulgación por cualquier medio o mal uso de la información y la documentación de referencia, lo hará acreedor a las sanciones administrativas o penales previstas en las leyes aplicables; así mismo el proveedor asume la responsabilidad total en caso de que su personal asignado a la prestación del servicio difunda datos personales de los servidores público de esta CNBV; violentando lo previsto con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, por lo que la CNBV o la persona afectada podría demandar el daño que se le cause el cual deberá ser resarcido de forma total por el proveedor.
VIII. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
Las partes convienen en que los productos que resulten del servicio prestado, tales como documentos, reportes, presentaciones, grabaciones, versiones estenográficas o bases de datos, que elabore el proveedor en cumplimiento de sus obligaciones, serán propiedad exclusiva de la CNBV, motivo por el cual el proveedor no se reserva derecho alguno sobre la titularidad o propiedad de los mismos, por lo que a la conclusión de este contrato deberá entregar esta información a la CNBV en un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles, para lo cual acordará con este Órgano Desconcentrado la forma y medio de entrega.
Queda entendido para las partes, que los temarios son propiedad exclusiva del proveedor y la CNBV no se reserva derecho de propiedad sobre los mismos.
IX. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Atento a lo citado en el “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado por el mismo medio los días 00 xx xxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxx de 2017; se le comunica que en la liga electrónica xxx.xxx.xx/xxx, la Secretaría de la Función Pública ha puesto a disposición de los licitantes y proveedores una página electrónica donde pueden conocer el contenido del citado protocolo; así como, denunciar cualquier conflicto de interés o acto de corrupción que pueda mermar la trasparencia y legalidad de los procesos de contratación y las contrataciones.
Los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
X. AVISO DE PRIVACIDAD.
Correo para dudas y/o aclaraciones: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx; xxxx0000@xxxx.xxx.xx
Modelo de contrato
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS “_ ”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL VICEPRESIDENTE DE ADMINISTRACIÓN Y PLANEACIÓN ESTRATÉGICA, DR.
, EN SU CARÁCTER DE “ÁREA CONTRATANTE”, ASISTIDO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE , REPRESENTADA POR EL DR. , EN SU CARÁCTER DE “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA”, Y POR LA OTRA PARTE, LA PERSONA MORAL DENOMINADA _ , EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR EL/LA LIC. , EN SU CARÁCTER DE LEGAL, A QUIENES CONJUNTAMENTE Y EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara “LA COMISIÓN” a través de su representante, que:
I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con autonomía técnica y facultades ejecutivas, que tiene por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público, en los términos de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
I.2 Su representante cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento legal, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción I y segundo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 46, fracciones XI y XVII del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2014, así como en términos del artículo 9 fracción III del Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los Vicepresidentes, Directores Generales y Directores Generales Adjuntos de la propia Comisión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2015 y modificado mediante Acuerdo publicado en el mismo órgano de difusión el 14 de diciembre de 2016.
I.3 Celebran el presente contrato número CNBV/ /19 de acuerdo con la solicitud emitida mediante oficio número DGORH/ /2019 firmado por el Director General y como consecuencia del procedimiento de Licitación Pública Electrónica Nacional número No. LA-006B00001-E -2019, para la prestación de los “ ”, de conformidad a lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos, 25 primer párrafo, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 45 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 39, 81 y 85 de su Reglamento y demás marco normativo aplicable.
I.4 Para cubrir las erogaciones derivadas del presente contrato cuenta con disponibilidad de recursos en la partida presupuestal número denominada “ ” con cargo al ejercicio fiscal 2019, para ello se cuenta con suficiencia presupuestaria emitida el pasado
de de 2019 por el Director General Adjunto de Finanzas en “LA COMISIÓN”, lo que se acredita con la constancia correspondiente integrada en el expediente del que deriva el presente contrato.
I.5 Para efectos del presente contrato señala como su domicilio el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxx Xxx, Xxxx 6, Plaza Inn, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, en la Ciudad de México.
II. Declara “EL PROVEEDOR” a través de su legal, que:
II.1 Es una de nacionalidad mexicana, denominada , como así lo acredita con el instrumento notarial número , de fecha de de , otorgado ante la fe del Lic. , Notario Público número del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), en el folio mercantil número de fecha de de
.
II.2 Dentro de su objeto social se encuentran, entre otros, .
II.3 Es su legal el/la Lic. , quien acredita su personalidad con el instrumento notarial número , de fecha de de , otorgado ante la fe del Lic. , Notario Público número del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), en el folio mercantil número de fecha de de .
II.4 A la fecha de la firma del presente contrato, no han sido modificadas, revocadas o limitadas las facultades de su legal.
II.5 Cuenta, en su caso, con las licencias, autorizaciones, permisos y demás necesarios para el cumplimiento de “LOS SERVICIOS”.
II.6 “LOS SERVICIOS” cumplirán, con las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas según proceda; y a falta de éstas, con las Normas Internacionales de conformidad con lo que se establece en el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y lo establecido en el anexo de este instrumento legal.
II.7 En términos de lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017 y su primera modificación, publicada en el mismo medio de difusión el 30 xx xxxxx de 2018; acreditó que mi representada se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
II.8 En términos de lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como del acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, mi representada se encuentra al corriente con las obligaciones de pago de aportaciones de Seguridad Social ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
II.9 En términos de lo establecido en la resolución RCA-5789-01/17 de fecha 25 de enero de 2017, tomada por el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) en su Sesión Ordinaria número 790, mediante la cual aprueban el “Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos” publicado el 28 xx xxxxx de 2017; nuestra representada se
encuentra al corriente en el pago de sus aportaciones patronales y entero de descuentos ante el INFONAVIT.
II.10 Mediante escrito bajo protesta de decir verdad, manifiesta que formaliza este contrato con la seguridad de que su representada, así como ninguno de los socios o directivos, ni él mismo, se encuentran en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, integrado en el expediente del que deriva el presente contrato.
II.11 En el supuesto de que posea o adquiera otra nacionalidad distinta a la mexicana, a que los actos jurídicos que realice en relación con el presente contrato se sujetarán a lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley de Nacionalidad y demás aplicables.
II.12 En términos de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica, se abstendrá, por sí mismo o por interpósita persona, de adoptar conductas o acuerdos colusorios.
II.13 En términos de lo establecido en el artículo 44 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, no tiene vínculos, relaciones de negocios, personales, familiares, o conflicto de interés, con los Servidores Públicos que intervienen en el proceso de contratación, debiendo realizarse bajo el principio de máxima publicidad y en los términos de la normatividad aplicable en materia de transparencia.
II.14 En términos de lo establecido en el artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ni el suscrito, ni alguno de los socios, accionistas o persona alguna con facultades suficientes para ejercer actos de dominio, administración o control sobre mi representada, desempeñamos empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés.
II.15 Su R.F.C. es: , a nombre de , con domicilio fiscal ubicado en Xxxxx
, Xxxxxx , Xxxxxxx , Xxxxxxxxxx , X.X. , Xxxxxx xx Xxxxxx, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
II.16 Para efectos del presente contrato señala como su domicilio legal el señalado en la declaración anterior.
II.17 Los datos estipulados en el presente contrato, coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a “LA COMISIÓN”, si llegarán a modificarse, lo comunicará por escrito al “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” del presente contrato, adjuntando la documentación que acredite la modificación, lo anterior a más tardar a los cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que esto suceda.
III. Declaran “LAS PARTES” a través de sus representantes, que
III.1 Reconocen mutuamente la capacidad y representación que ostentan.
III.2 El presente instrumento contractual omite vicios del consentimiento y el objeto es lícito.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente contrato en los términos y condiciones al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. - OBJETO. - Con motivo del presente contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar a “LA COMISIÓN” los “ ”, los cuales deberán prestarse en los términos estipulados en el presente instrumento jurídico, su anexo y a las indicaciones o instrucciones que, en su caso, llegue a recibir por parte del “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” de este instrumento contractual.
SEGUNDA. - ANEXO. - El contrato cuenta con ( ) Anexo/s denominado/s “ ”, que una vez firmado/s por el “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” y “EL PROVEEDOR” forma parte integrante del presente contrato como si a la letra se insertara.
TERCERA. - VIGENCIA DEL CONTRATO. - La vigencia del presente instrumento jurídico será a partir de al de 2019.
CUARTA. - CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”. - “EL PROVEEDOR”
para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, deberá de apegarse a lo especificado en el Anexo “Especificaciones Técnicas” que forma parte integrante del presente instrumento jurídico, el cual contiene la descripción del mismo, las fechas y lugares de prestación de dicho servicio.
QUINTA.- MONTO MÍNIMO Y MÁXIMO.- El presente contrato se realiza bajo la modalidad de contrato abierto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 85 de su Reglamento, por lo que se establece como monto mínimo que podrá ejercer éste Órgano Desconcentrado la cantidad de $ , .00 ( pesos 00/100 M.N.) y como monto máximo la cantidad de $ .00 ( pesos 00/100 M.N.) ambos presupuestos antes del Impuesto al Valor Agregado.
Los montos antes citados se ejercerán tomando como base la propuesta Económica de “EL PROVEEDOR”, misma que forma parte integral del presente instrumento jurídico.
SEXTA. - FORMA DE PAGO. - “LA COMISIÓN” pagará a “EL PROVEEDOR” por vencidos
y en pesos mexicanos, previa prestación de “LOS SERVICIOS” recibidos a entera satisfacción por parte del “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA”.
Las facturas electrónicas que envíe “EL PROVEEDOR” a “LA COMISIÓN” para su trámite de pago, serán cubiertas dentro de los 20 (veinte) días naturales contados a partir de su presentación y aprobación, previa prestación de “LOS SERVICIOS”.
“EL PROVEEDOR” deberá expedir las facturas electrónicas correspondientes, a favor de “LA COMISIÓN”, con domicilio fiscal en el piso 6 de la Torre Sur del Conjunto Inmobiliario Plaza Inn, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, C. P. 01020 y su R.F.C. es CNB-950501- PT6.
“EL PROVEEDOR” deberá registrarse en la Dirección General Adjunta de Finanzas de “LA COMISIÓN”, para obtener su código y poder enviar sus facturas electrónicas para su validación, a la dirección de correo electrónico siguiente xxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx; en caso de que éstas no cumplan o presenten errores, “LA COMISIÓN” lo comunicará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción.
El periodo que transcurra a partir del correo electrónico enviado por “LA COMISIÓN” y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las facturas corregidas, no se computará para efectos del plazo que tiene “LA COMISIÓN” para realizar el pago correspondiente.
Cuando se comunique a “EL PROVEEDOR” la existencia de errores o deficiencias en la factura electrónica que hubiere enviado, será responsabilidad de éste subsanarla y cargar nuevamente la factura electrónica en el menor tiempo posible, a efecto de que “LA COMISIÓN” cumpla con el plazo de pago antes señalado.
Las facturas electrónicas deberán ser cargadas en días hábiles de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 18:00 horas a la dirección electrónica antes citada.
Los pagos se efectuarán a través del sistema de depósito electrónico de la Tesorería de la Federación, en la institución bancaria que indique “EL PROVEEDOR”, en la solicitud de inscripción al Catálogo de Beneficiarios del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
“LA COMISIÓN” incorporará al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo dando de alta en el mismo, la totalidad de las cuentas por pagar a “EL PROVEEDOR”, para ello, las facturas electrónicas debidamente requisitadas y aceptadas, se registrarán en dicho programa en un plazo máximo de 15 (quince) días naturales posteriores a su recepción, mismas que podrán ser consultadas en el portal xxx.xxx.xx/xxxxx efecto de que “EL PROVEEDOR” pueda ejercer la transferencia de derechos de cobro al Intermediario Financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SÉPTIMA. -PAGOS EN EXCESO. - Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar los importes pagados en exceso más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre los importes pagados en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente a disposición de “LA COMISIÓN”.
OCTAVA. - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 fracción II y último párrafo del mismo artículo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 103 de su Reglamento, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente instrumento jurídico, a “LA COMISIÓN” a través de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos sito en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxx Xxx, Xxxx 0, Xxxxx Xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, una fianza expedida por institución afianzadora debidamente autorizada para ello, por la cantidad de $ . ( pesos /100 M.N.) que equivale al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo de este instrumento legal, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
La fianza deberá prever los requisitos siguientes:
1. Deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
2. Contener la indicación del importe total garantizado con número y letra.
3. La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas.
4. El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR”.
5. Deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones previstas en el presente contrato.
6. El texto de la fianza deberá contener en su redacción lo siguiente:
“La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato número CNBV/ /19.”
La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato número CNBV/ /19, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
La afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. El procedimiento de ejecución y el cobro de indemnización por xxxx será el previsto en la legislación aplicable.
Lo anterior, con fundamento en lo establecido por los artículos 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día cuatro xx xxxxx de dos mil trece y vigente a partir del cuatro xx xxxxx de dos mil quince; asimismo, para el cobro de fianzas otorgadas a favor de la Federación, se aplicarán los procedimientos establecidos en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, de acuerdo con las bases que, en su momento fije el Reglamento de este artículo.
Concluidas las obligaciones de la persona moral , a que se refiere el instrumento legal No. CNBV/ /19, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a través de la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales, emitirá una constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato.”
Además, la fianza deberá ajustarse a los demás requisitos previstos para tal efecto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y en el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Queda expresamente pactado que las obligaciones materia del presente contrato tienen un carácter divisible y por lo tanto son susceptibles de cumplirse parcialmente, por lo que en caso de incumplimiento por parte de “EL PROVEEDOR”, “LA COMISIÓN” iniciará los trámites para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
Mientras “EL PROVEEDOR” no entregue la garantía a “LA COMISIÓN”, estará obligado a cumplir con todas sus obligaciones derivadas de este contrato, pero no podrá exigir ninguno de los derechos a su favor.
Asimismo, con fundamento en el artículo 52 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 91 y 92 de su Reglamento, en caso de modificación en el monto, plazo o vigencia de este instrumento contractual, la garantía otorgada conllevará el ajuste respectivo.
La vigencia de la fianza deberá permanecer durante la vigencia de presente instrumento legal.
NOVENA. - RESPONSABILIDAD CIVIL. - “EL PROVEEDOR” deberá constituir una póliza de responsabilidad civil o un seguro de daños a terceros por los daños que sus empleados puedan causar a los servidores públicos, visitantes o a las instalaciones bienes muebles o inmuebles de “LA COMISIÓN” por un importe igual al % del monto máximo del presente contrato, sin incluir el impuesto al valor agregado IVA. Cuando por negligencia, dolo e impericia en la prestación del servicio se causen daños a las personas, muebles e inmuebles se aplicará la póliza de responsabilidad civil y se procederá a la rescisión del presente instrumento.
La póliza deberá ser entregada dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato.
DÉCIMA. - CONVENIO MODIFICATORIO. - “LA COMISIÓN” dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, podrá acordar el incremento en la cantidad o ampliar la vigencia del presente instrumento legal, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 y 92 de su Reglamento.
Cuando “LA COMISIÓN” convenga el incremento en la prestación de “LOS SERVICIOS”, se solicitará a “EL PROVEEDOR” la entrega de la modificación respectiva de las garantías correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 fracción II y último párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA
PRIMERA.- PENAS CONVENCIONALES.- Atendiendo a las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y conforme a lo dispuesto por los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 95 y 96 de su Reglamento, en caso de que “EL PROVEEDOR”, por causas imputables a éste, incurra en atraso en la prestación del servicio, “LA COMISIÓN”, a través del “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA”, aplicará como pena convencional la cantidad equivalente al % ( por ciento) del monto máximo del contrato antes de I.V.A., por cada día natural de atraso, el cual se computará hasta el día en que “EL PROVEEDOR” cumpla con su obligación.
El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado proporcionalmente, en su caso, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. El importe que resulte de la aplicación de la pena convencional que se imponga a “EL PROVEEDOR”, se hará efectivo con cargo a las facturas electrónicas pendientes de pago, el cual no podrá exceder en su conjunto el monto de la garantía de cumplimiento de contrato.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales al pago, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causa de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable a “EL PROVEEDOR”.
Las penas no deberán exceder del monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ni el atraso exceder de 10 (diez) días naturales. Una vez transcurridos cualquiera de estos dos supuestos “LA COMISIÓN” a petición del “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA”, podrá iniciar el procedimiento de rescisión del presente contrato y se hará efectiva la garantía de cumplimiento.
DÉCIMA
SEGUNDA. - DEDUCCIONES AL PAGO. - En términos de lo dispuesto en el artículo 53 bis de la Ley y 97 de su Reglamento, “LA COMISIÓN” aplicará a “EL PROVEEDOR” deductivas por lo siguiente:
Por la entrega parcial o deficiente de los servicios por un monto equivalente al % (PORCENTAJE CON LETRA) antes del IVA del valor total entregados de manera parcial o deficiente.
Agotado el monto límite de aplicación de las deducciones al pago, “LA COMISIÓN”
podrá rescindir administrativamente el contrato correspondiente.
El límite de incumplimiento por la aplicación de deductivas, a partir del cual se podrán iniciar la rescisión del presente contrato será de XXX deductivas durante la vigencia del presente contrato.
El importe que en su caso resulte de la aplicación de las deducciones, se hará efectivo con cargo a las facturas electrónicas correspondientes pendientes de pago, el cual no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
El cálculo de las deducciones correspondientes será realizado por el “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” del contrato.
DÉCIMA
TERCERA. - CONTROLES DE ACCESO Y MEDIDAS DE SEGURIDAD. - “EL PROVEEDOR” se
obliga a que el personal que utilice para la prestación de “LOS SERVICIOS” materia del presente contrato, deberá dar debido y exacto cumplimiento de los controles de acceso y medidas de seguridad que se tengan establecidas en las instalaciones de “LA COMISIÓN”, así como en los destinos a los que se presenten.
“EL PROVEEDOR” deberá cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad interna de “LA COMISIÓN”, la Ley General de Protección Civil, su Reglamento y demás normatividad aplicable.
DÉCIMA
CUARTA.- ADMINISTRACIÓN Y VERIFICACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 84, séptimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el numeral VI de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el Dr. , Director General de de “LA COMISIÓN” o quien lo sustituya en el cargo, será el responsable de administrar y verificar el cabal cumplimiento de lo estipulado en el presente contrato y su/s anexo/s, a fin de aplicar oportunamente las medidas conducentes, sobre cualquier desviación o incumplimiento a lo estipulado en dicho instrumento legal, informando de ello a las instancias que así correspondan; y, en su caso, solicitar ante la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales de “LA COMISIÓN” la recisión del presente contrato o de lo que, en su caso proceda.
Para la supervisión de los servicios, el “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” podrá asistirse de los servidores públicos que este designe por escrito, durante la vigencia del contrato.
Del mismo modo dicho administrador es el facultado para aceptar “LOS SERVICIOS”
una vez cumplidas las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR”.
DÉCIMA
La verificación de las especificaciones y aceptación de “LOS SERVICIOS” será en los términos y condiciones que señala el presente instrumento y sus anexos por lo que “EL PROVEEDOR” acepta que no se tendrá por recibido o aceptado “LOS SERVICIOS” hasta en tanto no se cumpla con la forma, términos y condiciones convenidas para su realización.
QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. - En términos de los artículos 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 98 de su Reglamento, “LA COMISIÓN” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR”, de manera enunciativa más no limitativa, incurra en lo siguiente:
a) Incumpla en forma, plazos y términos sus obligaciones en lo relativo a la prestación de los servicios, conforme a las condiciones pactadas en el presente instrumento jurídico, independientemente de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del mismo.
b) Si se declara en concurso mercantil, o si hace cesión de los derechos en forma que afecte el presente contrato.
c) En caso de que “EL PROVEEDOR” no proporcione a “LA COMISIÓN” los datos necesarios que le permita la inspección, vigilancia, supervisión comprobación de que los servicios se están prestando de conformidad con lo establecido en el presente instrumento jurídico y de conformidad con lo establecido en la convocatoria.
d) Por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR” previstas en el presente instrumento jurídico.
e) Cuando se incumplan o contravengan las disposiciones de la “LAASSP”, su Reglamento, y los lineamientos que rigen en la materia.
f) Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación.
g) Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en negligencia respecto a las condiciones pactadas en el presente contrato, sin justificación para “LA COMISIÓN”.
h) Por incumplimiento de los requisitos para formalizar el presente contrato y no cumpla con la entrega de las garantías solicitadas, en el plazo estipulado en el artículo 48 último párrafo de la “LAASSP”.
i) Si “LA SECRETARÍA” o cualquier otra autoridad detecta que “EL PROVEEDOR” proporcionó información o documentación falsa, falsificada o alterada en el procedimiento de contratación.
j) La falta de respuesta por parte de “EL PROVEEDOR” en el supuesto de que “LA COMISIÓN” le formule una reclamación con motivo del presente contrato.
k) En caso de que “EL PROVEEDOR” pretenda modificar los precios de los servicios materia del presente procedimiento de contratación o durante la vigencia del presente contrato, sin autorización de “LA COMISIÓN”.
l) Por incumplimiento de los requisitos para formalizar el presente instrumento jurídico, incluyendo las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
m) En caso de que se rebase el límite de deductivas establecidas en el apartado “Deductivas” durante la vigencia del presente contrato y se hará efectiva la garantía de cumplimiento del mismo cuando éste se dé por rescindido.
n) Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones, para ello, las penas no deberán exceder del monto de la garantía de cumplimiento del presente instrumento jurídico, ni exceder de 10 (diez) días naturales. Una vez transcurridos cualquiera de estos dos supuestos, “LA COMISIÓN” podrá iniciar el procedimiento de rescisión del presente instrumento jurídico y se hará efectiva la garantía de cumplimiento del mismo.
o) En caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con el marco normativo que se prevé en la DECLARACIÓN II.10 se levantará acta administrativa sobre el hallazgo de incumplimiento y se procederá a dar inicio al procedimiento de rescisión del contrato.
“LA COMISIÓN” se reserva el derecho de aplicar la pena convencional o deductiva establecidas en este contrato o rescindirlo; haciendo efectiva la garantía de cumplimiento de contrato, de conformidad con lo señalado en los artículos 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 98 a 100 de su Reglamento; y demás normatividad aplicable en la materia.
“EL PROVEEDOR” en caso de decidir el Inicio de la Rescisión del presente contrato, deberá, en términos de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 98 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, acudir ante la autoridad judicial federal para obtener la declaración correspondiente.
DÉCIMA
SEXTA. - PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. - El procedimiento de rescisión lo realizará “LA COMISIÓN” de la forma siguiente:
I. Se iniciará a partir de que a “EL PROVEEDOR” le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
II. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, “LA COMISIÓN” contará con un plazo de quince días para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer “EL PROVEEDOR”. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “EL PROVEEDOR” dentro de dicho plazo, y;
III. Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA COMISIÓN” por concepto de “LOS SERVICIOS” prestado hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA COMISIÓN”, bajo su responsabilidad, podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere la prestación de “LOS SERVICIOS”, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA COMISIÓN” de que continúa vigente la necesidad del mismo, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA COMISIÓN” podrá determinar no dar por rescindido el presente contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del presente pudiera ocasionar algún daño o afectación a sus funciones. En este supuesto, el administrador del contrato deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos, de operación o de seguridad que se ocasionarían con la rescisión del contrato, resultarían más inconvenientes para “LA COMISIÓN”.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA COMISIÓN” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de rescisión del presente contrato por causas imputables a “EL PROVEEDOR”, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas y “LA COMISIÓN” procederá a iniciar los trámites para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato en proporción al monto de las obligaciones incumplidas, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 95 y 100 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El administrador del presente contrato deberá de coadyuvar con “LA COMISIÓN”, a efecto de documentar en tiempo y forma el expediente correspondiente, tanto para incoar el procedimiento de rescisión de este contrato, como para la integración del que será remitido a la Tesorería de la Federación.
DÉCIMA
SÉPTIMA. -CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR - En los casos fortuitos o de fuerza mayor, que impidan que “EL PROVEEDOR” cumpla, dentro del plazo convenido, con la prestación del servicio objeto del contrato que se formalice, éste podrá solicitar por escrito a “LA COMISIÓN”, antes del vencimiento del plazo correspondiente, una prórroga expresando en su escrito los motivos en que apoya su solicitud.
DÉCIMA
OCTAVA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Atento a lo previsto en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA COMISIÓN” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS SERVICIOS” originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos supuestos “LA COMISIÓN” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, para lo cual se requerirá la solicitud previa de “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR” podrá solicitar a “LA COMISIÓN” el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la terminación anticipada del contrato.
En términos del artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la terminación anticipada del contrato se sustentará mediante dictamen emitido por el “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA”, en el que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
En su caso, los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”; todo lo anterior en términos del artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 102 de su Reglamento; y demás normatividad aplicable en la materia.
DÉCIMA
NOVENA. - SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. – “LA COMISIÓN”, por caso fortuito, fuerza mayor, o bien, por causas imputables a este Órgano Desconcentrado, podrá suspender el Contrato que se formalice con motivo del presente procedimiento, en cuyo caso únicamente se pagará el importe que corresponda por “LOS SERVICIOS” que hubiese sido debidamente prestado.
En cualquiera de los casos previstos en este punto, “LA COMISIÓN” a través del
“ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” comunicará a “EL PROVEEDOR” y al
área contratante, el plazo de la suspensión a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento legal.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA COMISIÓN”, previa petición y justificación de “EL PROVEEDOR”, y en términos de la Ley y su Reglamento, se rembolsarán a éste los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato.
La falta de previsión de “EL PROVEEDOR” que impida el cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales no se considerará caso fortuito o de fuerza mayor.
VIGÉSIMA. - CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE OBLIGACIONES. - Una vez prestados
“LOS SERVICIOS” a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”, el “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” emitirá una constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, dirigida al titular de la Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratos con copia al titular de la Dirección General Adjunta de Finanzas de “LA COMISIÓN” para que proceda la liberación de la garantía de cumplimiento de contrato.
VIGÉSIMA
PRIMERA. - RESTRICCIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Y TRANSFERENCIA DE DERECHOS. - Los
derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato no podrán ser transferidas por “EL PROVEEDOR”, a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de “LA COMISIÓN”.
En virtud de que “LA COMISIÓN” está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que “EL PROVEEDOR”, a petición por escrito de éste, pueda transferir sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero que esté incorporado a dichas Cadenas Productivas mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico.
Al efecto, “LA COMISIÓN” se compromete a dar aviso a “EL PROVEEDOR” de cualquier demanda o reclamación que se presente en su contra, en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la notificación respectiva.
VIGÉSIMA
SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.- Queda expresamente estipulado que el personal para la prestación del servicio para la “LA COMISIÓN” o personal que utilice “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato correspondiente, estará bajo la responsabilidad única y directa de éste y por lo tanto, en ningún momento se considerará a “LA COMISIÓN” como patrón sustituto o solidario, ni tampoco a “EL PROVEEDOR” como intermediario, por lo que “LA COMISIÓN” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal, y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad laboral, fiscal o en materia de seguridad social, obligándose “EL PROVEEDOR” a responder de cualquier acción legal y/o reclamación que se pudiera presentar en contra de “LA COMISIÓN”.
El riesgo profesional, así como todas las obligaciones, responsabilidades y en general las indemnizaciones que puedan resultar por la realización del Servicio para la “LA COMISIÓN” y sus alcances, serán a cargo exclusivamente de “EL PROVEEDOR”, quien al efecto se obliga a responder ante el personal que destine y/u ocupe y a reembolsar e indemnizar en su caso a “LA COMISIÓN” de cualquier erogación que por este
concepto pudiera realizarse. Asimismo, será improcedente ante cualquier autoridad jurisdiccional, autónoma o administrativa el que sea llamado como tercero interesado a juicio a “LA COMISIÓN” por lo que el único responsable de alguna responsabilidad obrero-patronal será “EL PROVEEDOR”.
Finalmente, “LAS PARTES” aceptan y reconocen expresamente que no son aplicables a este contrato, las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la Ley del Seguro Social o cualquier otra normatividad en materia de trabajo; por lo que reconocen y aceptan que su trato se concretará única y exclusivamente a una contratación de acuerdo a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables en la materia de contrataciones públicas.
VIGÉSIMA
TERCERA. - IMPUESTOS. - “LAS PARTES” acuerdan que “LA COMISIÓN” sólo pagará el Impuesto al Valor Agregado, por lo que, en su caso, los demás impuestos que se generen por la prestación de “LOS SERVICIOS” correrán a cargo de “EL PROVEEDOR”.
VIGÉSIMA
CUARTA.- PATENTES, MARCAS, PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR Y OTROS
DERECHOS EXCLUSIVOS.- “EL PROVEEDOR” se obliga a liberar de toda responsabilidad a “LA COMISIÓN”, en caso de acciones entabladas por terceros, derivadas de infracciones o violaciones cometidas en materia de propiedad industrial (patentes, marcas, diseños industriales), derechos de autor y otros derechos exclusivos, en relación con la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato, así como a responder por los daños y perjuicios que ello le pudiera ocasionar, siendo “EL PROVEEDOR” el único responsable.
Al efecto, “LA COMISIÓN” se compromete a dar aviso a “EL PROVEEDOR” de cualquier demanda o reclamación que se presente en su contra, en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la notificación respectiva. Por lo anterior, “EL PROVEEDOR” será el único responsable de los daños que, en su caso, sufra “LA COMISIÓN” con motivo de dicha demanda o reclamación.
VIGÉSIMA
QUINTA. - PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS. - LAS PARTES”convienen en que los productos que resulten de “LOS SERVICIOS”, tales como documentos, reportes, presentaciones, grabaciones, versiones estenográficas o bases de datos, que elabore “EL PROVEEDOR” en cumplimiento de sus obligaciones, serán propiedad exclusiva de “LA COMISIÓN”, motivo por el cual “EL PROVEEDOR” no se reserva derecho alguno sobre la titularidad o propiedad de los mismos, por lo que a la conclusión del contrato deberá entregar esta información a “LA COMISIÓN” en un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles, para lo cual acordará con este Órgano Desconcentrado la forma y medio de entrega.
VIGÉSIMA
SEXTA. - DISCRECIÓN DE LA INFORMACIÓN. - “LAS PARTES” se obligan a manejar con toda responsabilidad, discreción y a no divulgar por medio alguno, la información y documentación que le sean proporcionados por la otra parte con motivo de este Contrato, salvo aquella información que por disposición expresa xx Xxx deba
considerarse como pública. “LAS PARTES” deberán considerar en todo momento que para el cumplimiento de “LOS SERVICIOS” estarán, en el ámbito de sus respectivas facultades, atribuciones, competencias y actividades, a lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás disposiciones jurídicas que de ellas emanen y resulten aplicables.
En caso de que “EL PROVEEDOR” sea requerido por cualquier autoridad judicial o administrativa competente para proporcionar alguna parte o la totalidad de la información, “EL PROVEEDOR” deberá notificar a “LA COMISIÓN” por escrito sobre dicho requerimiento, para que “LA COMISIÓN” pueda realizar o interponer cualquier acción que estime necesaria para proteger la información de que se trate, sin perjuicio de la obligación de cumplir con el requerimiento de la autoridad competente.
“EL PROVEEDOR” reconoce que la divulgación por cualquier medio o mal uso de la información y la documentación de referencia, lo hará acreedor a las sanciones administrativas o penales previstas en las leyes aplicables.
VIGÉSIMA
SÉPTMIA.- AUDITORÍAS O INSPECCIONES.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 107 de su Reglamento; y demás aplicables, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a la Secretaría de la Función Pública, al Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o a cualquier instancia fiscalizadora, la información, documentación, datos e informes que estos le requieran mediante escrito y guarde relación con el presente contrato.
VIGÉSIMA
OCTAVA. - SUBSISTENCIA DEL CONTRATO. - “LAS PARTES” convienen en que el presente contrato, subsistirá aun en el caso de que “LA COMISIÓN” y/o sus unidades administrativas cambien de denominación o adscripción, de ser el caso, “LAS PARTES” formalizarán la modificación correspondiente por escrito.
VIGÉSIMA
NOVENA. - TÍTULOS. - Los títulos que se utilizan en cada una de las cláusulas del presente contrato sólo tienen función de identificar, por lo que, para la interpretación, integración y cumplimiento de los derechos y obligaciones estipulados en éste, se estará exclusivamente al contenido expreso de cada cláusula.
TRIGÉSIMA.- ELEMENTOS ESENCIALES Y NATURALES DE LAS OBLIGACIONES.- Los elementos
esenciales y naturales de las obligaciones se tendrán por puestos en términos de lo previsto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y demás normativa que derive de ésta, aunque no se expresen, lo anterior de conformidad con el artículo 1839 del Código Civil Federal de aplicación supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, lo anterior en términos de lo previsto en su artículo 11.
TRIGÉSIMA
PRIMERA. - CRITERIO EN CASO DE DISCREPANCIA. - En caso de discrepancia prevalecerá lo establecido en el artículo 81, fracción IV del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
TRIGÉSIMA
SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DISTINTO AL
PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN.- En caso de presentarse alguna discrepancia exclusivamente de carácter técnico o administrativo en la entrega de “LOS SERVICIOS” materia de este instrumento legal, que de ninguna manera implique la celebración de una audiencia de conciliación en los términos del artículo 77 y demás aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que sea detectada por alguna de “LAS PARTES”, la parte que detecte dicha discrepancia deberá notificarle a su contraparte en un término de 5 (cinco) días hábiles a que la haya detectado, con el objeto de que “LAS PARTES” lleven a cabo una reunión de trabajo, a fin de discutir y buscar soluciones a la discrepancia correspondiente.
“LAS PARTES” aceptan en este acto que cualquier acuerdo adoptado en dichas reuniones de trabajo deberá ser documentado por escrito por ambas partes.
TRIGÉSIMA
TERCERA. - NORMATIVA APLICABLE. - Son aplicables a este instrumento contractual la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente y demás normativa conducente en la materia.
TRIGÉSIMA
CUARTA. - RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. - “LAS PARTES” manifiestan que el presente contrato es producto de la buena fe, por lo que las controversias que en su caso deriven del presente instrumento con motivo de su interpretación y cumplimiento, serán resueltas de común acuerdo mediante procedimiento de conciliación previsto en el Título Sexto, Capítulo Segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el Título Sexto, Capítulo Segundo de su Reglamento.
TRIGÉSIMA
QUINTA. - JURISDICCIÓN. Para resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y cumplimiento del presente contrato ajenas al procedimiento de conciliación previsto en el artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, por lo tanto “EL PROVEEDOR” renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa, señalando “LAS PARTES” como sus domicilios los indicados en las declaraciones de este contrato.
Leído el presente contrato y enteradas las partes del contenido y alcance legal del mismo, lo firman en cuatro ejemplares al calce y al margen, en la Ciudad de México, el día de de 2019, quedando tres ejemplares en poder de “LA COMISIÓN” y uno en poder de “EL PROVEEDOR”.
Por “LA COMISIÓN” EL “ÁREA CONTRATANTE” EL “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” | Por “EL PROVEEDOR” |
VALIDACIÓN PRESUPUESTAL Y FORMA DE PAGO |
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS, FORMA PARTE DEL CONTRATO NÚMERO CNBV/ /19, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA MORAL DENOMINADA .
FORMATO A - PROPUESTA TÉCNICA
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
La propuesta técnica del licitante, deberá presentarse conforme lo siguiente:
a) Impresa en papel, preferentemente membretado del licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
b) Deberá ser clara y precisa, detallando las características técnicas de los servicios que oferte, en concordancia con lo solicitado en el Anexo 1 Anexo Técnico, sin indicar costo.
c) Deberá ser firmada por la persona legalmente facultada para ello, en la última hoja de la propuesta; por lo que no podrán desecharse cuando las demás hojas que la integran y sus anexos carezcan de firma.
d) La propuesta técnica se presentará en idioma español, así como todos y cada uno de los documentos que la integran. En caso de que algún documento que integre la propuesta técnica se presente en un idioma diferente, deberá ir acompañado de su traducción simple al español.
FORMATO B - PROPUESTA ECONÓMICA
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
La propuesta económica del licitante, deberá presentarse conforme a lo siguiente:
a) Impresa en papel membretado del licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
b) Deberá presentarse exclusivamente en la moneda indicada en esta Convocatoria, a dos decimales, con número y letra.
c) Deberá ser clara y precisa.
d) En todos los casos, deberá ser firmada por la persona legalmente facultada para ello en la última hoja de la propuesta que las contenga; por lo que no afectará la solvencia de la propuesta cuando las demás hojas que la integran y sus anexos carezcan de firma, por lo que no podrá desecharse por esta causa.
e) Los precios cotizados por el servicio objeto de la presente Invitación serán fijos.
f) Los precios ofertados serán fijos durante la vigencia del Instrumento Jurídico de conformidad con el artículo 44 de la LAASSP.
g) La moneda en que se cotizara será en moneda nacional (Pesos Mexicanos), considerando hasta dos decimales.
h) Señalando los precios unitarios en número a dos decimales.
i) El importe total de la partida propuesta se deberá señalar con número a dos decimales y letra, con el IVA desglosado.
j) El nombre y descripción del servicio deberá corresponder al indicado en el Anexo 1 Anexo Técnico.
Para la presentación de la propuesta económica, los licitantes deberán utilizar, como referencia, el siguiente cuadro, donde se enunciarán los conceptos y se indicará el costo del servicio, el I.V.A. y el total.
La formalización del instrumento jurídico se realizará con base al precio unitario ofertado.
Para la elaboración de su propuesta económica, se podrá utilizar el siguiente formato:
Descripción del servicio | (A) Horas-Instrucción | (B) Costo unitario por hora-instrucción antes de I.V.A. | (C) (A)*(B) = (C) Precio cotizado antes de IVA. |
Capacitación en materia de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) para Servidores Públicos de la CNBV 2019. | 100 | $ | $ |
I.V.A. | $ | ||
TOTAL | $ |
Cantidad con letra
Se deberá de considerar que el pago será en dos exhibiciones, una al concluir las primeras 50 horas de capacitración y la otra al concluir las otras 50 horas
FORMATO C - NACIONALIDAD DEL LICITANTE
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
Me refiero al procedimiento
No.
en el que mi
representada, participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el RLAASSP, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que mi representada es de nacionalidad mexicana.
A t e n t a m e n t e
Nombre y firma del representante legal o persona facultada para firmar propuestas
ATENTAMENTE
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA FACULTADA PARA ELLO
NOTA: Este escrito es representativo, el licitante podrá adecuarlo en la forma que estime conducente, pero conteniendo la manifestación solicitada. El escrito deberá ser presentado preferentemente en papel membretado del licitante; deberán adecuarlo acorde a su perso nalidad jurídica (persona física o moral).
FORMATO D - MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES).
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
de de (1)
(2) P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa
(8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
Instructivo de llenado
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx.
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
FORMATO E - ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
(Nombre de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir las propuestas para la Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica referida a nombre y representación de (persona física o moral), las cuales no me han sido revocadas o limitadas de forma alguna a esta fecha.
Datos del licitante:
Nombre:
Domicilio fiscal: Teléfonos:
Registro federal de contribuyentes:
fax:
correo electrónico:
Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx público o fedatario público que la protocolizó: Número(s) y fecha(s) de la(s) escritura(s) pública(s) en la(s) que conste(n) reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx público o fedatario público que la(s) protocolizó: Relación de socios:
Fecha y datos de su inscripción en el registro público de comercio:
Descripción del objeto social:
Datos de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones:
Nombre:
Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta:
Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx público o fedatario público que la protocolizó:
La convocante precisa que podrá verificar los documentos que acrediten la existencia legal de las personas y las facultades del representante y que el objeto social incluya el objeto de la presente contratación. En caso de discrepancia la convocante se abstendrá de suscribir los instrumentos jurídicos correspondientes, con el licitante adjudicado.
Nombre y firma de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones
FORMATO F - CORREO ELECTRÓNICO DEL LICITANTE
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
Me refiero al procedimiento
No.
en el que mi
representada, participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el RLAASSP, manifiesto que mi correo electrónico para recibir notificaciones por parte de la Convocante es:
.
A t e n t a m e n t e
Nombre y firma del representante legal o persona facultada para firmar propuestas
FORMATO G - ESCRITO REFERENTE A LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
En relación a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica, convocada por la CNBV, a través de la Dirección de General Adjunta de Administración y Finanzas, relativa a la contratación de los servicios de , el que suscribe (nombre de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones) en mi carácter de representante legal, a nombre de (nombre de la persona física o moral) me permito manifestar bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:
La persona que represento, al igual que los socios integrantes de la misma, no se encuentran dentro de ninguno de los supuestos comprendidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
En el entendido de que la falsedad en las manifestaciones que se realizan, serán sancionadas en los términos xx Xxx.
A t e n t a m e n t e
Nombre y firma del representante legal o persona facultada para firmar propuestas
FORMATO H -DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
El que suscribe, en mi carácter de representante legal del licitante , manifiesto bajo protesta de decir verdad que por sí misma o través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la CNBV, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes.
En el entendido de que la falsedad en la manifestación que se realiza, será sancionada en los términos xx Xxx.
A t e n t a m e n t e
Nombre y firma del representante legal o persona facultada para firmar propuestas
FORMATO I -GARANTÍA CONTRA VICIOS OCULTOS
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
Me refiero al procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica indicada al rubro en el que mi representada, (Nombre del licitante) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, manifiesto que en caso de resultar adjudicado, me comprometo a garantizar los servicios contra defectos y/o vicios ocultos.
A t e n t a m e n t e
Nombre y firma del representante legal o persona facultada para firmar propuestas
FORMATO J - PROPIEDAD INTELECTUAL
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
El suscrito (nombre de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones) en mi calidad de representante legal de la empresa (razón social del licitante) manifiesto que en caso de resultar adjudicado, me comprometo a:
Que de resultar ganador, asumiré la responsabilidad total para el caso de que al prestar los servicios objeto de la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica infrinjan derechos de Propiedad Industrial o Intelectual de Terceros, en caso de presentarse cualquier reclamación o demanda por violaciones que se causen en materia de Patentes, Franquicias, Marcas o Derechos de Autor, con respecto al servicio, recursos, técnicas y en general cualquier elemento utilizado y se obligan a responder por ello, así como a rembolsar cualquier cantidad que por este motivo se hubiere tenido que erogar por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
A t e n t a m e n t e
Nombre y firma del representante legal o persona facultada para firmar propuestas
FORMATO K. – CUMPLIMIENTO DE NORMAS
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
Me refiero al procedimiento No. en el que mi representada
, participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el artículo 31 del RLAASSP, me comprometo al cumplimiento de aquellas normas oficiales mexicanas y de las normas mexicanas, según proceda, y a falta de éstas, de normas internacionales que directa o indirectamente se relacionan con los servicios objeto de la presente Invitación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
A t e n t a m e n t e
Nombre y firma del representante legal o persona facultada para firmar propuestas
FORMATO L - FORMATO DE SOLICITUD DE ALTA O BAJA DE CUENTAS BANCARIAS EN EL CATÁLOGO DE BENEFICIARIOS
(Solo para licitantes adjudicados)
1) Tipo de movimiento: | Alta | Baja | 2) Fecha: | ||||
dd | mm | aaaa | |||||
3) Unidad Administrativa: |
8) Número telefónico:
9) Correo electrónico:
10) Nombre del representante legal de la empresa:
Entidad Federativa
Ciudad, Delegación o Municipio
Código Postal
Colonia
Núm. exterior
Núm. interior
Calle
7) Domicilio:
6) CURP:
4) Nombre, denominación o razón social:
5) Registro Federal de Contribuyentes:
Datos generales del beneficiario a registrar
Datos de la cuenta bancaria en la que se realizará el deposito | ||
11) No. de cuenta de cheques: | ||
12) No. de sucursal: | 13) Banco: | |
14) Clave bancaria estandarizada (CLABE): |
Certifico que los datos asentados en la presente solicitud fueron proporcionados y verificados con la documentación entregada por el beneficiario. |
15) Nombre y firma Titular de la Coordinación Administrativa/ Administrador de Centro de Costos |
Instructivo de llenado
Este formato deberá entregarse debidamente llenado y firmado acompañado de los documentos que se señalan en el trámite de referencia, en la Ventanilla de Pagos de la DGPOP y atendiendo el siguiente instructivo para su llenado.
Concepto | Contenido |
1) Tipo de movimiento: | Marca con una “X” el movimiento que se solicita. |
2) Fecha: | Escribir la fecha de elaboración del documento, en el orden día, mes y año. |
3) Unidad responsable: | Anotar el nombre de la unidad responsable de registrar al beneficiario en el catálogo para recibir un pago. |
4) Nombre, denominación o razón social: | Nombre completo del beneficiario que se desea registrar en el catálogo, debe corresponder con el que aparece en el Registro Federal de Contribuyentes. |
5) Registro Federal de Contribuyentes (RFC): | Anotar el RFC, conforme aparece en la cédula de identificación fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) (12 posiciones para personas xxxxxxx, 13 para personas físicas). |
6) CURP: | Para personas físicas, anotar la Clave Única de Registro de Población, (CURP) a 18 posiciones. |
7) Domicilio: | Anotar el domicilio completo del beneficiario sin abreviaturas, en caso del proveedor, deberá ser el domicilio fiscal. |
8) Número telefónico: | Anotar número telefónico en el que la coordinación administrativa o administrador de centro de costos pueda solicitar cualquier tipo de aclaración. |
9) Correo electrónico: | Anotar el correo electrónico, en el que la coordinación administrativa o administrador de centro de costos pueda solicitar cualquier tipo de aclaración. |
10) Nombre del representante legal de la empresa: | Para personas xxxxxxx, proporcionar el nombre del representante legal de la empresa. |
11) No. de cuenta de cheques: | Anotar el número de la cuenta bancaria a 11 posiciones del beneficiario en donde se depositarán los recursos, conforme aparece en el estado de cuenta bancario. |
12) No. de sucursal: | Indicar el número de la sucursal en la cual esta aperturada la cuenta bancaria, según aparezca en el estado de cuenta bancario. |
13) Banco: | Anotar el nombre de la institución bancaria en donde se encuentra aperturada la cuenta, completo y sin abreviaturas. |
14) Clave bancaria estandarizada: | Anotar la clave bancaria estandarizada (CLABE) a 18 posiciones, proporcionada por la institución bancaria en donde radica la cuenta, (aparece en el estado de cuenta bancario o la carta de certificación expedida por la institución bancaria). |
15) Nombre y Firma: | Nombre y firma del titular de la coordinación administrativa o administrador de centro de costos que certifica que los datos asentados en la presente solicitud fueron proporcionados y verificados con la documentación entregada por el beneficiario. |
FORMATO M - ENCUESTA DE TRANSPARENCIA
FECHA:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE:
TIPO DE PROCEDIMIENTO:
Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
NUMERO DEL PROCEDIMIENTO:
IA-006B00001-E53-2019
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO O ADQUISICIÓN DE: (Nombre del procedimiento)
INSTRUCCIONES: FAVOR DE CALIFICAR LOS SUPUESTOS PLANTEADOS EN ESTA ENCUESTA CON UNA “X”, SEGÚN CONSIDERE.
CALIFICACIÓN
Evento | Totalmente de acuerdo | En general de acuerdo | En general en desacuerdo | Totalmente en desacuerdo | |
Junta de Aclaraciones. | |||||
Supuestos | El contenido de la CONVOCATORIA es claro para la adquisición del bien o bienes o contratación del servicio que se pretende realizar. | ||||
Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad por el área requirente de los bienes y/o servicios. | |||||
Presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas. | |||||
Supuestos | El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los licitantes. | ||||
Resolución técnica y apertura de propuestas económicas. | |||||
Supuestos | La resolución técnica (análisis cualitativo) fue emitida por el área requirente de los bienes y/o servicios, conforme a la CONVOCATORIA y junta de aclaraciones del procedimiento. | ||||
Evento | Totalmente de acuerdo | En general de acuerdo | En general en desacuerdo | Totalmente en desacuerdo | |
Fallo | |||||
Supuestos | En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los licitantes adjudicados y los que no resultaron adjudicados. | ||||
Generales | |||||
Supuestos | El acceso al inmueble fue expedito. | ||||
Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido. | |||||
El trato que me dieron los servidores públicos de la institución durante la INVITACIÓN o LICITACIÓN, fue respetuosa y amable. | |||||
Volvería a participar en otra INVITACIÓN o LICITACIÓN que emita la institución. | |||||
El desarrollo de la INVITACIÓN o LICITACIÓN se apegó a la normatividad aplicable. |
¿CONSIDERA USTED QUE EL PROCEDIMIENTO EN QUE PARTICIPÓ FUE TRANSPARENTE?
SÍ NO
EN CASO DE HABER CONTESTADO QUE NO, POR FAVOR INDICAR BREVEMENTE LAS RAZONES:
SI USTED DESEA AGREGAR ALGÚN COMENTARIO RESPECTO A LA INVITACIÓN, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE ESPACIO:
Favor de entregar o enviar la presente encuesta a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes de la emisión del fallo, en alguna de las siguientes opciones:
1. En la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas del CNBV, ubicada en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, teléfono 5629-6100 ext. 32086, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
En la urna que al final del acto de fallo se encontrara en el lugar donde se celebre el evento.
Enviarlo al correo electrónico, con la dirección xxxxxxxxxxxxxx@XXXX.xxx.xx
FORMATO N - CADENAS PRODUCTIVAS
(Solo para licitantes adjudicados)
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO
PERSONAS XXXXXXX
Razón social | RFC | ||||
Domicilio calle | Numero exterior | Numero interior | |||
Colonia | Estado | ||||
Delegación o Municipio | |||||
Código Postal | Teléfono | ||||
Fax | Correo electrónico | ||||
Datos del representante legal | |||||
Representante legal (nombre completo) | |||||
Teléfono | Correo electrónico |
FORMATO O. - RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional Electrónica
IA-006B00001-E55-2019
No. Interno de control DGAAC-ITP-08-2019 Nombre del licitante:
Fecha:
NUMERAL 6 EN LA CONVOCATORIA | DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES EN LOS SOBRES DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA, ECONÓMICA, LEGAL Y ADMINISTRATIVA. | PRESENTÓ | |
SI | NO | ||
6.1. | Propuesta técnica. | ||
1 | Documento donde se describa de manera clara y precisa, las características técnicas de los servicios requeridos en el Anexo 1 Anexo Técnico. | ||
2 | Deberán presentar la autorización y registro vigente y/o en tramite del documento oficial que no haya sido revocado o de alguna forma cancelado, en términos del acuerdo, que lo acredite como agente capacitador externo, expedido por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) de fecha de publicación 14 xx xxxxx de 2013 en el DOF, o aquella que le corresponda en equivalencia | ||
3 | Deberán acreditar mediante escrito donde manifiesten que cuentan con la capacidad técnica, material y humana en las condiciones que requiere la CNBV, para impartir todas y cada una de las horas- instrucción que conforman el Servicio de Capacitación. | ||
4 | Listado de los instructores que contenga: Nombre completo; estudios academicos cursados; las acciones de capacitación que impartirá y años de experiencia de ejercer la docencia; este listado deberá de ir acompañado con el curriculum vitae y el documento que acredite los estudios académicos. | ||
5 | Escrito en el que manifieste que, en caso de resultar adjudicado, el personal asignado para la prestación del servicio, no tendrá ninguna relación laboral con la CNBV, por lo que el prestador del servicio será el único obligado para afrontar las obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social o de cualquier otra naturaleza que pudiera surgir con motivo de los pactos y/o contratos que celebre con sus empleados. Por lo tanto, se obliga a responsabilizarse de las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse de la interposición de cualquier juicio que los trabajadores del prestador del servicio llegaren a intentar en contra de la CNBV, así como de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido ante terceros, el prestador de servicio deberá resarcir a la CNBV, de todo daño o perjuicio que éste pudiera sufrir por las relaciones antes descritas | ||
6.2 | Propuesta económica. | ||
1 | Propuesta económica. (Formato B) | ||
6.3 | Documentación Legal Administrativa |
NUMERAL 6 EN LA CONVOCATORIA | DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES EN LOS SOBRES DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA, ECONÓMICA, LEGAL Y ADMINISTRATIVA. | PRESENTÓ | |
SI | NO | ||
1 | Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada es de Nacionalidad Mexicana. (Formato C) | ||
2 | A fin de dar cumplimiento al artículo 34 de Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en su caso deberán presentar escrito bajo protesta de decir verdad donde manifiesten la clasificación que guarda la empresa, si es micro, pequeña o mediana, conforme al acuerdo por el que se establece la estratificación de este tipo de empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. (Formato D) | ||
3 | Para acreditar la personalidad jurídica e intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará con que los Licitantes presenten un escrito en el que el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada. (Formato E) | ||
4 | Escrito en el que el licitante manifieste una dirección de correo electrónico, en caso contrario, deberá indicar en el escrito que no cuenta con el mismo. (Formato F) | ||
5 | Declaración escrita bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. (Formato G) | ||
6 | Presentar declaración de integridad en la que el Licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. (Formato H) | ||
7 | Escrito en el que manifieste garantizar los servicios contra vicios ocultos. (Formato I) | ||
8 | Escrito en el que el Licitante manifieste que de resultar ganador, asumirá la responsabilidad total para el caso de que al prestar los servicios objeto de la presente contratación infrinjan derechos de Propiedad Industrial o Intelectual de Terceros, en caso de presentarse cualquier reclamación o demanda por violaciones que se causen en materia de Patentes, Franquicias, Marcas o Derechos de Autor, con respecto al servicio, recursos, técnicas y en general cualquier elemento utilizado y se obligan a responder por ello, así como a rembolsar cualquier cantidad que por este motivo hubiere tenido que erogar la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. (Formato J) | ||
9 | Escrito donde se comprometen al cumplimiento de aquellas normas que directa o indirectamente se relacionen con los servicios objeto de la presente Invitación. (Formato K) | ||
10 | En su caso, se deberá presentar el convenio firmado por cada una de las personas que integren una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento, de conformidad con los artículos 34 de la LAASSP y 44 |
NUMERAL 6 EN LA CONVOCATORIA | DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES EN LOS SOBRES DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA, ECONÓMICA, LEGAL Y ADMINISTRATIVA. | PRESENTÓ | |
SI | NO | ||
del RLAASSP.cumplimiento, de conformidad con los artículos 34 de la LAASSP y 44 del RLAASSP. |
La omisión de entrega del presente Formato por parte de los licitantes no será motivo de descalificación.
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EL SERVIDOR PÚBLICO QUE RECIBE
ESCRITO 1. NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO. (OCDE).
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público, y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación - la primera ya fue aprobada - en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquéllos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bien a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bien.
Así mismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del, país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
"Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capitulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones
comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bien o servicios:
A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la Ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes
o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado
o el beneficio obtenido por la persona moral."
ESCRITO 2. Texto de póliza de fianza
Las obligaciones derivadas de la suscripción del instrumento jurídico respectivo, podrá ser garantizado por el proveedor adjudicado, mediante fianza expedida por institución afianzadora mexicana autorizada, por un importe señalado en número y letra equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del mismo, a favor de la Tesorería de la Federación.
Dicha garantía deberá presentarse dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato ante la Dirección General Adjunta de Asuntos Jurídicos, quien la recibirá a través de un escrito, para que proceda a su calificación y validación.
En la redacción de la fianza de garantía se deberá indicar lo siguiente:
1. Expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
2. La indicación del importe total garantizado con número y letra.
3. La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el instrumento jurídico respectivo.
4. La información correspondiente al número del instrumento jurídico respectivo, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas.
5. El señalamiento de la denominación o nombre del proveedor o fiado.
6. La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en los contratos y actos administrativos garantizados.
Lo anterior, salvo que exista disposición expresa de orden normativo, como sucede en el caso de la garantía que tiene por objeto amparar los defectos de construcción, vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad a que se refiere el artículo 66 de la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
7. La indicación de que la fianza se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada, conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de la indemnización por xxxx que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento.
8. La liberación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por oficio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
9. Así mismo, deberá incluir lo siguiente: “esta garantía estará vigente durante el cumplimiento de las obligaciones que garantiza, y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente que quede firme, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del instrumento jurídico principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia.”
“la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”
10.Deberá insertarse el siguiente párrafo: La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el contrato o pedido a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prorroga o espera al deudor principal o fiado por parte del acreedor para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.