Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN Y ATENCIÓN PSICOLÓGICA EN EL DISTRITO XX XXXXX PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2013 Y EL 31 XX XXXXXX DE 2014
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente expediente es la contratación de un servicio de Orientación y Atención Psicológica, que contemple la prevención, el diagnóstico, orientación y tratamiento psicológico de aquellas personas derivadas de los Servicios Sociales del Distrito xx Xxxxx, siempre como complemento a la Intervención Social realizada por los profesionales de Servicios Sociales, siendo los colectivos de atención: menores, jóvenes y familias en situación de dificultad social.
2. OBJETIVOS GENERALES
2.1. Ofrecer apoyo y atención psicológica a menores, jóvenes y familias en situación de dificultad social, para el abordaje preventivo, la contención de situaciones de crisis y para el afrontamiento de la realidad personal, con el fin de prevenir y evitar la exclusión social.
2.2. Complementar el proceso de Intervención Social propio de los Servicios Sociales de Atención Social Primaria potenciando las capacidades y habilidades psicológicas y sociales de la persona sujeto de la intervención.
3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo previsto para la ejecución del contrato será el comprendido entre el 1 de septiembre de 2013 y el 31 xx xxxxxx de 2014.
4. LUGAR DE EJECUCIÓN
La prestación del servicio se realizará en los Centros de Servicios Sociales del Distrito, siendo los mismos: Centro de Servicios Sociales San Xxxxxxxxx ( C/ San Xxxxxxxxx, nº 7) y Centro de Servicios Sociales Xxxxxx xx Xxxxxxx ( C/ Xxxxxxx , nº 10 ).
5. PRESTACIONES DEL SERVICIO
Atención psicológica a aquellas personas que precisen una orientación y apoyo psicológico que complemente el proceso de intervención social propio de los Servicios Sociales de Atención Social Primaria, siendo los colectivos de atención:
• Familias en las que los padres tienen importantes problemas xx xxxxxx ( violencia física y psíquica, separaciones conflictivas, etc) en los que acaban involucrados los hijos.
• Familias en los que los menores están en situación de riesgo leve o moderado no atendidos por la red de atención municipal especializada de menores .
• Familias con roles parentales disfuncionales.
• Familias monoparentales con graves carencias personales, que dificultan el desarrollo adecuado del menor.
• Familias con problemas de convivencia derivados de problemas de salud mental o adicciones por parte de algunos de sus miembros.
• Familias con graves dificultades motivadas por la crisis económica: sin empleo, pendientes de desahucios, etc
• Personas que pasan a responsabilizarse del mantenimiento familiar de los hijos y nietos, tras perder éstos el empleo, generándose situaciones de crisis sobrevenidas.
• Jóvenes que requieren apoyo para la reformulación de su proyecto vital.
• Personas con dificultades para afrontar y elaborar el duelo por la pérdida de familiares.
• Cuidadores principales de personas dependientes.
6. HORARIO Y CALENDARIO DE LA ACTIVIDAD
El horario de atención será de mañana y tarde, de 10,00 a 14,00 horas y de 16,00 a 19,00 horas de lunes a viernes, excepto festivos y el mes xx xxxxxx que se suspenden las actividades de los psicólogos.
Dicho horario podría modificarse en función de las necesidades de atención que requiera cada usuario y de la atención grupal que se ofrezca.
El nº de horas diarias por profesional será de 7 horas, y el nº de días que se prestará el Servicio será de 227 días por profesional, según cronograma adjunto como ANEXO I al presente Xxxxxx.
7. RECURSOS HUMANOS
Para la prestación objeto del Servicio deberá contarse con dos Psicólogos, (uno por Centro de Servicios Sociales del Distrito), especializados en psicología clínica, y con experiencia no inferior a un año en Servicios similares.
La Titulación y cualificación profesional del personal que ejecutará el contrato se acreditará mediante copia compulsada del título correspondiente al que se unirá currículo vital en el que se recoja su formación y experiencia en trabajos relacionados con el objeto del contrato.
El contratista deberá contar con los medios personales fijados durante todo el plazo de ejecución del contrato, garantizando la correcta calidad y continuidad de los trabajos descritos y resolviendo cualquier incidencia que pudiera producirse en el periodo de ejecución.
Las sustituciones de personal que se puedan llevar a cabo por parte del contratista deberán ser informadas al Departamento de Servicios Sociales con suficiente antelación, cumpliendo en todo caso el personal sustituto las condiciones fijadas en el presente Xxxxxx en cuanto a su titulación y experiencia.
Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto que aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y contractualmente correspondan al mismo.
8. METODOLOGÍA
La metodología de la intervención será la propia de la orientación y atención psicológica, a nivel individual familiar y grupal.
8.1. Intervención Individual y Familiar:
Todas las personas atendidas tendrán Historia Social activa en los Centros de Servicios Sociales del Distrito, y serán derivadas por el profesional de referencia (Trabajador Social) en los espacios de coordinación que se establezcan al efecto.
La Atención Psicológica se dividirá en las siguientes fases:
- Análisis y evaluación, consistente en 1 ó 2 entrevistas iniciales al objeto de realizar un diagnóstico aproximado de la situación.
- Tratamiento individualizado y adaptado a las necesidades y características de la persona derivada, aplicando el programa de intervención específico, con una duración de 10 ó 15 sesiones, de frecuencia semanal o quincenal en función de la demanda existente.
- La duración de las sesiones será de 40 ó 50 minutos.
8.2. Intervención Grupal
Se realizará partiendo de las detecciones realizadas por el Servicio, en función de los perfiles y características de la población atendida, así como aquellos grupos que se propongan por parte de Servicios Sociales, siendo imprescindible previo a la iniciación de los mismos, la elaboración de un proyecto de intervención grupal a presentar al Técnico de Servicios Sociales.
9. OTRAS CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
• El licitador presentará un proyecto técnico detallado en el que establecerán los objetivos específicos, las actuaciones a llevar a cabo, organización, metodología, ajustado al calendario y horario de las actividades que se une como Anexo al presente Pliego, siempre en consonancia con la estructura organizativa de los Servicios Sociales de Atención Social Primaria, y los programas marco de atención( a presentar en el sobre “B”, documentación referente a criterios no valorables en cifras o porcentajes).
• La empresa adjudicataria aportará modelo de Informe individual de caso en el que figuren los datos de la persona, el profesional de referencia que ha derivado el caso, el seguimiento que se realice con el mismo por parte del Servicio de atención psicológica, que finalizará con el cierre de la intervención cuando ésta se produzca, diagnóstico final y las prescripciones que considere pertinentes el profesional en cuanto a orientación al profesional y derivación a otros recursos si procede.
• La empresa adjudicataria entregará trimestralmente a los Trabajadores Sociales un Informe de cada una de las personas atendidas. Dicho informe concluirá con el cierre de la intervención cuando ésta se produzca.
• Mensualmente será entregado a la Jefa de Sección de Programas una Memoria del desarrollo del Servicio, en soporte papel e informático, que incluirá todas las personas atendidas, el profesional de referencia que ha derivado el caso, así como la fase en que se encuentra la intervención: análisis y evaluación, seguimiento o cierre de la intervención, con sus fechas correspondientes.
• Asimismo, hará entrega de una Memoria semestral y de una Memoria final, en formato papel y en archivo PDF en soporte CD.
• El Distrito xx Xxxxx, a través del Departamento de Servicios Sociales, podrá fiscalizar en todo momento los trabajos del contratista, pudiendo solicitar de éste en cualquier momento información sobre la prestación de cualquier aspecto de los mismos sin que quepa negativa o demora en la respuesta.
• El proyecto técnico presentado por el adjudicatario del Servicio está subordinado, en su puesta en práctica, al mayor interés general, por lo que el adjudicatario, en la prestación del servicio, deberá seguir las instrucciones y directrices que, respetando las cláusulas de este pliego, le dé el Técnico municipal que designe el Departamento de Servicios Sociales del Distrito xx Xxxxx como responsable de la supervisión de dicho Servicio.
• El contratista será responsable del buen uso de las instalaciones de propiedad municipal en que se ejecutará el contrato viniendo obligado a reponer cualquier elemento de las mismas por pérdida o deterioro como consecuencia inmediata de un uso inadecuado.
• El material de cualquier tipo necesario para el desarrollo de la actividad correrá a cargo del contratista.
10. SOPORTE DOCUMENTAL
El licitador diseñará en su proposición los modelos de documentos de coordinación a emplear en la ejecución del contrato, así como de las memorias semestral y final. Para ello, junto al proyecto técnico , aportarán el soporte documental a utilizar que será el siguiente:
- Informe individual de caso
- Modelo de memoria mensual del desarrollo del servicio
- Modelo de memoria semestral
- Modelo de memoria final
A presentar junto al Proyecto Técnico en el sobre “B”, documentación referente a criterios no valorables en cifras o porcentajes.
11. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento ( art. 12.4 LOPD).
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación definitiva, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
Xxxxxx, 0 XXXX 0000
XX XXXX XXX XXXXXXXXXXXX XX SERVICIOS SOCIALES
Fdo: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
ANEXO I
AÑO 2013 | ||
MES | Nº DE DIAS | Nº HORAS /DIA: 14 (7 h/día por profesional)) |
SEPTIEMBRE | 21 | 294 |
OCTUBRE | 23 | 322 |
NOVIEMBRE | 20 | 280 |
DICIEMBRE | 18 | 252 |
TOTAL | 82 DIAS | 1.148 HORAS |
AÑO 2014 | ||
ENERO | 21 | 294 |
FEBRERO | 20 | 280 |
MARZO | 21 | 294 |
ABRIL | 20 | 280 |
MAYO | 19 | 266 |
JUNIO | 21 | 294 |
JULIO | 23 | 322 |
TOTAL | 145 DIAS | 2.030 HORAS |
TOTAL | ||
TOTAL AÑOS 2013 Y 2014 | 227 DIAS | 3.178 HORAS |