LICITACIÓN ABREVIADA Nº 337374/1
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 337374/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/A (1) CONTADOR/A PÚBLICO/A PARA CUMPLIR TAREAS EN LA DIVISION TIERRAS y HABITAT DEPENDIENTE DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO URBANO, MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS .-
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA:
a) En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b) Tocaf
ARTÍCULO 2º: OBJETO
El objeto de la presente convocatoria es la contratación de los servicios profesionales de un/a (1) Contador/a Público/a, para cumplir tareas en la División Tierras y Hábitat dependiente del Departamento de Desarrollo Urbano, mediante la modalidad de arrendamiento de servicios.
ARTÍCULO 3º: CARACTERÍSTICAS GENERALES.
El contrato se realizará bajo el régimen de Arrendamiento de Servicios.
El tipo de llamado realizado implica un contrato de carácter personalisimo.
La contratación no constituye ni supone la incorporación a los cuadros funcionales de la Intendencia, ni gozar de los beneficios funcionales acordados a los trabajadores de la Administración Departamental.
Los trabajos contratados son intransferibles y deberán ser realizados personalmente por el/la profesional que resulte designado. El incumplimiento de esta condición será causal de rescisión unilateral por parte de la I.M.
No podrán devenir adjudicatarios en la presente convocatoria aquellos que sean titulares de otros cargos remunerados en la Intendencia de Montevideo, u otros organismos públicos, exceptuando a quienes ejerzan la docencia como única ocupación pública.
Se deberá estar al día en el pago de los tributos correspondientes al ejercicio de la profesión.
El arrendatario asume la totalidad de las responsabilidades que en virtud del cumplimiento de este contrato pudieran generarse con organismos estatales o con terceros, respecto de los cuales la I de M es por completo ajena y se obliga a indemnizar en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios de la I de M o terceros, cuando se constatare su responsabilidad por acción, omisión o negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
En caso de resultar ganador un funcionario de esta Administración, previo a la toma de posesión de este cargo deberá renunciar a su cargo presupuestal o cargo contratado o cargo de la naturaleza que sea.
ARTÍCULO 4º- REQUISITOS DEL POSTULANTE
- Título de Contador/a Público/a expedido, revalidado o reconocido por la Universidad de la República; o Título universitario equivalente no menor de 4 años expedido por instituciones privadas avaladas mediante Decreto de Reconocimiento del M.E.C. (se verificará la constancia de haber finalizado el trámite de Registro de Título en dicho Ministerio; Decreto Ley 15.661).
- Ser ciudadano/a natural o legal (Art.76 de la Constitución de la República).
- Las tareas serán realizadas en la oficina de la División Tierras y Hábitat. Competencias requeridas:
- Compromiso y responsabilidad
- Alta capacidad de análisis, razonamiento, discernimiento y originalidad para abordar situaciones complejas
- Autonomía
- Iniciativa y creatividad
- Buen nivel de organización y planificación
- Trabajo en equipo
- Logro de resultados
ARTICULO 5º. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
Por el solo hecho de presentarse, los postulantes aceptan conocer las tareas a cumplir así como no tener dudas respecto del objeto de las mismas. La omisión o errores de cálculo en la presentación a este llamado, no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
ARTÍCULO 6º: DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Funciones y responsabilidades del puesto de trabajo
Entre las tareas a realizar se encuentran:
Control de las transferencias entre cuentas presupuestales , así como también de los adelantos de fondos que se soliciten con actividades extra presupuestales como la Cartera de Tierras o el Fondo Especial de Gestión Urbana y Rural (FEGUR)
Seguimiento semanal del estado de cada una de las cuentas, desde la resolución de creación de las cuentas, proyectos y/o convenios, pasando por el ingreso de los fondos a la Intendencia a través de transferencias bancarias, como así también de los distintos asientos contables y de la preparación de las Rendiciones de Cuenta.
Registro de cada gasto asignado a las cuentas, así como también de cada una de las solicitudes de Imputaciones Preventivas SEFI y SIAB para el pago de básico y ajustes paramétricos por avances de obra.
Preparación de informes de situación de las cuentas incluyendo planillas y gráficos a solicitud de la Dirección de la División Tierras y Hábitat.
Establecer en acuerdo con la Dirección de la División una política de respaldo de toda la información que se procese.
Asesorar respecto a todos los temas de su profesión estudiando los contratos y convenios efectuados por la I.M. con organismos públicos en lo relativo a condiciones de pago o cobros.
Colaborar y participar en la elaboración y control de ejecución del presupuesto anual y quinquenal.
ARTÍCULO 7º: FORMALIDADES DE LA PROPUESTA:
Las propuestas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el proponente y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita.
Las propuestas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura.
Las propuestas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las propuestas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
Al momento de presentación de la propuesta, la Intendencia de Montevideo, asignará a los postulantes, un número de proveedor provisorio. En caso de resultar adjudicatario deberá cumplir los requisitos de los artículos 3 y 4 del presente pliego.
El Servicio de Compras, se ubica en Planta Baja, sector Santiago de Chile del Edificio Sede, entrando por el xxxxx xx 00 xxxxx, xxxxxx XX 000.
CARTA PRESENTACIÓN:
Cada postulante presentará una carta dirigida al Servicio de Compras, (máximo 3 carillas, arial 12, espacio simple), donde se indicarán los datos personales como ser nombre completo, fecha de nacimiento, dirección, teléfono y correo electrónico; y los motivos y expectativas en torno a la contratación .
Dicha carta deberá venir firmada por el profesional que se postula, en ella se aceptará
explícitamente lo establecido en este Pliego Particular de Condiciones, y se manifestará la voluntad de participar en la licitación y estar en condiciones de contratar con el estado.
En el Currículum Vitae se incluirá una relación de antecedentes profesionales, técnicos y académicos, y una foto tipo carné.
La experiencia laboral debe especificar el tipo de tareas realizadas, el grado de participación y responsabilidad, fecha y duración de los trabajos.
En dicho currículum se deberán exponer especialmente los ítems que de acuerdo a este pliego serán evaluados.
Adjuntará:
- Fotocopia del título.
- Fotocopia de la cédula de identidad.
- Fotocopia de la documentación probatoria de los méritos declarados, en caso de no presentarlos, no serán tenidos en cuenta.
Los profesionales cuando sean convocados para ello, deberán en esa instancia presentar los originales de la documentación probatoria de los méritos reseñados en el Currículum.
Las postulaciones deberán ser redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, mecanografiadas, debiendo foliarse todas sus hojas en la parte inferior de las mismas.
Las fotocopias de la documentación, conjuntamente con la postulación, se presentará en sobre cerrado.
Se entenderá que todos los datos suministrados tendrán el carácter de declaración jurada.
ARTICULO 8º: MANTENIMIENTO DE PROPUESTA:
Las propuestas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al acto de apertura de propuestas.
ARTICULO 9º: PLAZO DE CONTRATACIÓN - DEDICACIÓN.
Plazo
Se trata de un contrato de arrendamiento de servicios por un período de 16 (dieciséis) meses, contados a partir de la notificación de la Resolución de adjudicación o a partir de la fecha que indique la Administración. La contratación está sujeta a evaluaciones semestrales. La administración se reserva la potestad de rescindir el contrato unilateralmente, en caso de evaluación no satisfactoria. Los postulantes deberán garantizar en sus ofertas que prestarán los servicios por un período no inferior a los 12 (doce) meses continuos, pudiendo luego solicitar la rescisión del contrato con una antelación no inferior a 60 días calendario.
Dedicación horaria
La dedicación horaria será de 30 (treinta) horas semanales, en régimen de 6 (seis) horas diarias.
El régimen será presencial, de Lunes a Viernes laborables, en horario a fijar por el Director del Servicio donde sea asignado. entre las 7.30 y las 17.30 horas.
Licencia
El arrendatario tendrá derecho a tomar veinte días de licencia anual. El goce de los días de licencia,
que se irán generando con el transcurso del tiempo trabajado, deberá ser coordinado y autorizado, previamente, por el Director del Servicio donde sea designado.
ARTICULO 10º REMUNERACIÓN.
La remuneración mensual por todo concepto, vigente al mes de Noviembre de 2017 será de $
54.374 ( pesos uruguayos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro) más IVA. (SIR 14 con vigencia octubre 2017).-
No corresponderán otros incrementos y beneficios que corresponden al personal municipal. Serán de su cargo los aportes por concepto de IRPF y FONASA.
Para ser adjudicatarios, los profesionales deberán estar afiliados a la caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. Deberán también estar inscritos en el Registro de Proveedores de la IM. (Xxxxxxx Municipal, PB, Servicio de Compras, Unidad Atención a Proveedores)
En los casos que corresponda, la I.M. será agente de retención del IRPF de las personas que realicen servicios personales y que perciban ingresos derivados de contratos de arrendamiento de obra o de servicios.
El arrendador deberá contar con póliza de seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que cubra sus servicios durante el período de vigencia del contrato, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Los gastos correspondientes serán de su cargo.
ARTÍCULO 11º: AJUSTE DE LA REMUNERACIÓN.
Las remuneraciones se ajustarán en las mismas fechas y con los mismos coeficientes de ajuste que disponga la Administración Departamental para sus funcionarios.
ARTÍCULO 12º: FORMA DE PAGO.
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluidos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, desde el 1/7/2015, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.
El pago se efectuará por mes. Dichos pagos se realizarán contra la presentación de cada factura y conformidad del Director del Servicio asignado.
El pago de cada factura se realizará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General.
La IM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
ARTÍCULO 13º: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE PROPUESTAS.
Se constituirá un Tribunal formado por un representante del Departamento de Desarrollo Urbano, un representante de la División Tierras y Hábitat y un representante del Departamento de Contaduría General; que llevaran a cabo el proceso de selección de acuerdo con la etapa de evaluación prevista en este artículo.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada postulación se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las postulaciones que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio:
Formación Académica y experiencia: 100 puntos
El proceso de selección consiste en evaluar el Currículum Vítae
Factores y metodología de asignación de puntaje Puntaje Máximo
1 a) FORMACIÓN ACADÉMICA 50 puntos
Educación formal. Escolaridad… 20 puntos
Posgrados, Especializaciones, Cursos de Capacitación… 7 puntos
Cursos relativos a la función pública,
Impartidos por la Intendencia 20 puntos
Becas, Voluntariados y Misiones de Estudio. 3 puntos
SUB – TOTAL FORMACIÓN 50 puntos
1 b) EXPERIENCIA PROFESIONAL 50 puntos
Actividades en la Administración Pública (Incluida la I.M.) ,
forma de acceso y trabajos realizados 25 puntos
Pasantías, Zafrales y Convenios 15 puntos
Actividad en la Administración Privada 10 puntos
SUB – TOTAL EXPERIENCIA 50 puntos
TOTAL 100 puntos
ARTÍCULO 14º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
El adjudicatario queda obligado a presentarse en la División Tierras y Hábitat dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al de la formalización del contrato y allí se le indicará el día a partir del cual comenzará a prestar el servicio. La falta de cumplimiento de cualesquiera de estas obligaciones podrá dar mérito a que se revoque la adjudicación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
ARTÍCULO 15º: SUSPENSIÓN DEL PAGO.
Cuando la administración constatara que el servicio prestado no cumple con las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación, la I.M podrá suspender el pago hasta que esta situación se regularice, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 16º: OBLIGACIONES
Será de cargo del contratado el pago de obligaciones tributarias Nacionales y/o Municipales de todo tipo originadas por la contratación.
ARTICULO 17º: LISTA DE PRELACIÓN
En base a este llamado, además de la selección de hasta 1 un/una Contador/a Público/a se confeccionará una lista con un orden de prelación que podrá ser utilizada en el futuro caso que la
I.M considere necesario la contratación de otro/a. La remuneración que corresponda se establecerá en cada oportunidad en que se recurra a dicha lista.
ARTÍCULO 18º: INASISTENCIAS
Las inasistencias injustificadas habilitarán el descuento correspondiente de los haberes del arrendatario, entendiéndose por inasistencia justificada únicamente aquella motivada por razones de enfermedad y debidamente avalada por certificado médico.
Por cada día de falta del contratado en el período de la contratación, además de descontarle el equivalente al día de ausencia, se le podrá agregar como sanción, una multa de U.R. 1 (una unidad reajustable); en caso de reiteradas ausencias la I.M., podrá rescindir el contrato en forma unilateral sin expresión de causa.
Si el adjudicatario no cumpliere con las tareas para las cuales fue contratado, la I.M. podrá aplicarle multas por un valor de entre 1 U.R. y 5 U.R. (una y cinco Unidades Reajustables) según la gravedad de cada incumplimiento constatado en el mes.
El importe de las multas será descontado de los montos pendientes de pago.
ARTICULO 19º: INCUMPLIMIENTOS.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, la falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, habilitará a la I. de M. a proceder con la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores
La supervisión de las actividades del arrendador estará a cargo del Director de la División Tierras y Hábitat.
ARTÍCULO 20º - RESCISIÓN DEL CONTRATO.
La contratación está sujeta a evaluaciones semestrales. La administración se reserva la potestad de rescindir el contrato unilateralmente, en caso de evaluación no satisfactoria.
La I.M. se reserva el derecho de rescindir esta contratación en cualquier momento, la que será comunicada con 15 (quince) días corridos de anticipación, en cuyo caso se abonará al adjudicatario los trabajos realizados, sin otra compensación o indemnización de especie alguna.
El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo del arrendador dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión del contrato por parte de la IM. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que sea causa de rescisión cuando notificado el arrendador por escrito de la constatación del mismo, no lo rectificara dentro de los diez
(10) días siguientes, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IM, que el arrendador declara conocer y aceptar en todos sus términos. También habilitará la rescisión unilateral del contrato por parte de la IM, que el arrendador incurra en prácticas corruptivas (soborno, extorsión o coerción, fraude, colusión) o se encontrare encausado penalmente. En cualquier caso de rescisión previsto en esta cláusula, la IM quedará habilitada a retener en forma inmediata el pago estipulado en la cláusula décima y reclamar los daños y perjuicios causados.
Los postulantes deberán garantizar en sus ofertas que prestarán los servicios por un período no inferior a los 12 (doce) meses continuos, pudiendo luego solicitar la rescisión del contrato con una antelación no inferior a 60 días calendario.
ARTÍCULO 21º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTICULO 22º REGISTRO DE PROVEEDORES
Los profesionales interesados en participar en esta licitación se inscribirán provisoriamente como proveedores de la Intendencia de Montevideo en forma previa o simultánea al acto de recepción y apertura de propuestas.
Para registrarse como proveedores definitivos (catalogados) deberán presentar Nº de RUT, certificado de Caja de Jubilaciones Profesionales, Cédula de Identidad y sus respectivas fotocopias, y tendrán que indicar: un Teléfono, Domicilio y dirección de correo electrónico. Dicho trámite se llevará a cabo en la Oficina de Atención a Proveedores del Servicio de Compras en el horario de 10:30 a 15:30 horas.
Los postulantes que estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
ARTÍCULO 23º: CESIÓN DEL CONTRATO.
Los trabajos contratados son intransferibles y deberán ser realizados por el Profesional contratado.- El incumplimiento de esta condición podrá ser causal de rescisión unilateral por parte de la IM.
El adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTICULO 24º:CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta cinco (5) días corridos antes del plazo fijado para la apertura de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a: xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al proveedor que hizo la consulta, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Empresas - Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los interesados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 25°: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.