FICHA TECNICA – REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
ANEXO No. 01
FICHA TECNICA – REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
I. OBJETO Y ALCANCE A CONTRATAR
1. Objeto:
Prestar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, el servicio de intermediación comercial para el trámite y gestión que permita el perfeccionamiento de la venta a través del mecanismo xx Xxxxxxxx para las Mercancías Aprehendidas, Decomisadas y Abandonadas (ADA) a favor de la Nación; y, de los bienes muebles adjudicados a la Nación en procesos de cobro coactivo y concursales y de aquellos que por disposición legal le corresponda administrar a la DIAN.
2. Alcance:
Una vez entregado a EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR por parte de la DIAN la relación de bienes y mercancías para la venta, éste elaborará el catálogo de bienes a enajenar con su descripción, precio mínimo de venta el cual será suministrado por la DIAN, y los requisitos para participar entre otros: consignación previa que da derecho a los interesados a presentar postura, plazo para la cancelación del excedente, entre otros. Este catálogo se distribuye entre los interesados y se pública, además, en la página xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx
EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR:
1. Soportado en sus bases de datos, realizará la labor de promoción, mercadeo y convocatoria a potenciales compradores a los eventos.
2. Preparará toda la logística necesaria para realizar el evento y llegado el día; recibirá las ofertas de los interesados y adjudicará el bien a quien acepte el precio base, o al mejor postor; según la modalidad elegida (venta publica en rueda o presencial, ventas por subasta virtuales; ventas directas, subasta en sobre cerrado con puja, venta en sobre cerrado simple).
3. Recibido el pago total de los bienes por parte de los compradores, EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR consignará a la DIAN el producto de las ventas, una vez descontada la comisión (porcentaje de intermediación), el IVA sobre la comisión y los gastos generados para la enajenación de los bienes en caso de ser necesarios y ser previamente autorizados por la Entidad, los cuales se cancelarán con cargo a la disponibilidad presupuestal que ampara el contrato.
4. Generará el acta de adjudicación para todos los bienes dependiendo del tipo de mercancía adjudicada al mejor postor para posterior elaboración y suscripción por parte de la DIAN del contrato de venta con el adjudicatario. La DIAN no suministrará modelo de contrato para conocimiento de los compradores previo a la subasta.
5. Acompañará a la Entidad durante la etapa post venta informando sobre las gestiones y novedades que puedan presentarse durante y hasta el registro de los bienes sujetos a registro, a partir de la suscripción del contrato de venta.
6. En el caso de aquellas mercancías que queden sin postor en una primera subasta, EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR enviará junto con el informe de resultado de las ventas, un formato donde se especifican dichos lotes de mercancías, con la sugerencia para la Entidad de un precio base para de esta forma facilitar su enajenación en una posible segunda subasta; precio que la Entidad previamente verificará.
NOTA: Con la suscripción del contrato, la DIAN asume exclusividad con EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR; únicamente en cuanto a la no disposición de los bienes; desde el momento en que se entrega a éste las mercancías a subastar incluidas en el Listado de Bienes a Enajenar durante la vigencia del presente Contrato, hasta que éste los enajene.
Las xxxxxxxx0 que realice el MARTILLO DEL BANCO POPULAR serán exclusivas para la DIAN en aquellos eventos de primera subasta, lo que significa que las mercancías objeto de enajenación, no estarán incluidas y/o integradas y/o mezcladas, con las de otras Entidades o personas jurídicas o naturales. Sin embargo y solo para aquellos casos para una segunda subasta, se podrán incluir inmediatamente las mercancías objeto de enajenación, integradas y/o mezcladas, con las de otras entidades que adelante el Banco, para efectos de la realización del proceso, previa revisión y aceptación del supervisor del contrato designado por la DIAN.
3. Naturaleza de la mercancía objeto de enajenación.
✓ Mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la nación.
El Decreto 1165 de 2019 así como la resolución 46 de 2019 establecen las facultades para el control aduanero, los diferentes controles aplicables, las facultades de fiscalización y su alcance, la práctica de pruebas y las medidas cautelares susceptibles de desarrollarse en el procedimiento para la definición de la situación jurídica de las mercancías que son consideradas de contrabando y deben ser sometidas a la medida cautelar de aprehensión, inmovilización o verificación.
De otra parte, el artículo 171 del Decreto 11565 de 2019, establece el término durante el cual podrá permanecer almacenada la mercancía en depósito habilitado, mientras se realizan los trámites para obtener su levante. Una vez vencido el plazo previsto en la norma, sin que se hubiere obtenido el levante o sin que se hubiere reembarcado la mercancía, esta se considera en situación de abandono legal a favor de la Nación
Desde el punto de vista comercial, la venta de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la nación es una forma de disposición establecida en el artículo 741 del Decreto 1165 de 2019, la cual una vez perfeccionada, genera un recaudo importante para la Entidad, así como una disminución importante en los costos asociados a la administración de las mercancías y su nivel de existencias, norma que en su tenor literal dispone:
“ARTÍCULO 741. VENTA. La venta de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación podrá efectuarse así:
1. (….)
2. A través de promotores, bancas de inversión, martillos, comisionistas de bolsas de bienes y productos o cualquier otro intermediario idóneo, según corresponda al tipo de mercancías a enajenar.
Las mercancías Aprehendidas, Decomisadas y Abandonadas (ADA) a favor de la nación, se componen de aquellos bienes susceptibles de venta tales como:
1 (venta publica en rueda o presencial, ventas por subasta virtuales; ventas directas, subasta en sobre cerrado con puja, venta en sobre cerrado simple)
automotores, joyas, piedras y metales preciosos, equipos y maquinarias, vehículos, aeronaves; embarcaciones, entre otros.
Estos bienes, se encuentran depositados en los diferentes recintos de almacenamiento contratados por la Entidad, para la custodia y administración de las mercancías a Nivel Nacional, los cuales podrán incluirse en cualquier momento dentro del objeto del presente contrato.
✓ Bienes adjudicados a la nación en procesos de cobro coactivo y concursales.
El artículo 1.6.2.4.14. del Decreto 2091 de 2017, establece que la venta de los bienes adjudicados a favor de la Nación - Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, se podrá realizar directamente por esta entidad o a través de intermediarios idóneos de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto General de Contratación Pública.
Estos bienes adjudicados a la nación recibidos en pago de obligaciones fiscales, son diversos; dentro de los cuales se encuentran bienes muebles consistentes en: maquinarias industriales, herramientas, repuestos, equipos, vehículos, intangibles (marcas, patentes), fideicomisos, unidades de explotación económica, entre otros.
4. DEFINICIONES
• Mecanismos de Enajenación: Son todos aquellos procedimientos establecidos en el Decreto 1082 de 2015 para la enajenación de las mercancías de las Entidades Estatales.
• Interesados: Son todas aquellas personas naturales, nacional o extranjera, o jurídicas constituidas en Colombia, o sociedades extranjeras que tengan representación en Colombia, que muestren interés por cotizar y /o participar en los procesos de selección para contratar la enajenación de las mercancías.
• Comercialización, publicidad y mercadeo: Estrategias propias de la intermediación comercial, encaminadas a lograr un mejor resultado de le venta dependiendo del bien a enajenar.
• Control SARLAFT: Control automatizado y obligatorio que no solo impide la realización de operaciones ilícitas, sino que además protege la reputación de la Entidad.
• Formas de Disposición: La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá disponer de las mercancías decomisadas o abandonadas a favor de la Nación, entre otros, mediante la venta.
• Mecanismo xx xxxxxxxx: Es el servicio que permite participar y comprar en una Subasta Virtual donde se puede ofertar, contra-ofertar y hacer seguimiento al lote o lotes de interés, también puede ser presencial como venta pública donde el Martillo ofrece los bienes, en un recinto cerrado, a un amplio número de potenciales compradores convocados a participar.
• Página WEB interactiva: Herramienta tecnológica que permite contar con la información de las ventas.
• Precio Mínimo de Venta: Es el valor base aprobado por la entidad para la venta de sus bienes.
• Subasta Electrónica - Ventas por Internet: Proceso dinámico de negociación de precios ONLINE entre proveedores preseleccionados para la adjudicación de un bien objeto de enajenación por parte del estado. permite a los clientes o usuarios realizar las consultas, de forma fácil, rápida y segura, desde cualquier lugar; también a inscribirse y realizar ofertas o lances, a través de la página WEB. Este servicio incluye el recibo de depósitos y cancelación de saldos, en línea.
• Subasta en sobre cerrado con puja: las ofertas deben ser presentadas exclusivamente en sobre cerrado; la apertura de los sobres se hace en el día y hora previamente anunciados, en audiencia pública. Una vez leídas las ofertas iniciales se da opción para mejorarlas, de viva voz.
• Subasta Electrónica con base oculta. Permite que los oferentes presenten su mejor oferta, a través de la subasta electrónica, sin que conozca el valor del precio mínimo esperado por la entidad vendedora. La oferta más alta se le presenta a la entidad para su aprobación y de ser aceptada se notifica al comprador, de lo contrario se declina la pre- adjudicación, sin que exista responsabilidades u obligaciones para la entidad vendedora o el Martillo, por la presentación de la oferta.
• Venta: Modalidad de disposición prevista en la normatividad aduanera, a través de la cual la Entidad podrá efectuar la venta de sus mercancías entre otros, a través de promotores, bancas de inversión, martillos, comisionistas de bolsas de bienes y productos o cualquier otro intermediario idóneo, según corresponda al tipo de mercancías a enajenar.
• Ventas Directas. EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR pública a través de su página web los bienes objeto de enajenación, junto con las condiciones y la fecha límite para el recibo de ofertas. Para adjudicar, EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR seleccionará la mejor oferta recibida, de acuerdo con las condiciones e instrucciones impartidas por La Entidad.
• Venta en sobre cerrado simple: las ofertas se presentan en sobre cerrado., y la apertura de los sobres se realizara en audiencia pública y/o en presencia de un funcionario del BANCO POPULAR designado por el Gerente xxx Xxxxxxxx, se adjudica a la mayor oferta. En atención a la declaratoria de emergencia de salud pública decretada por el gobierno nacional con ocasión de la pandemia, esta se realizará siempre y cuando las condiciones de movilidad, distanciamiento y medidas de bioseguridad, así lo permitan.
• Visita previa de inspección xxx Xxxxxxxx: EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR realizará visita de inspección para determinar el loteo de las mercancías y tiene por objeto la toma del registro fotográfico de los bienes objeto de enajenación y la conformación de los lotes, aspecto que permitirá la elaboración del catálogo para los potenciales compradores. Esta inspección puede realizarse en forma física, siempre y cuando las condiciones de bioseguridad lo permitan; o podrá apoyarse con los registros fotográficos que desde la Dirección Seccional se envíen, previa coordinación entre el contratista y la Entidad.
• Visita de inspección por parte de interesados: Un potencial interesado de la mercancía objeto de enajenación realizará visita de inspección bajo su propia cuenta y riesgo, para identificar las condiciones particulares y estado de la mercancía. Esta visita se gestionará previa solicitud de EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR a la Entidad para su debida coordinación y autorización en la Dirección Seccional donde se encuentran depositados los bienes, no siendo necesario contar con el acompañamiento xxx Xxxxxxxx para este evento.
5. COBERTURA GEOGRÁFICA PRESTACIÓN SERVICIO DE INTERMEDIACION COMERCIAL:
La prestación del servicio de intermediación comercial para el trámite y gestión que permita el perfeccionamiento de la venta a través del mecanismo xx xxxxxxxx, se requiere en todas y cada una de las ciudades relacionadas a continuación, de acuerdo a la competencia funcional y territorial de las Direcciones Seccionales de la UAE – DIAN, así:
Nivel Seccional | Ciudad |
Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Bogotá. | Bogotá |
Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Barranquilla | Barranquilla |
Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Cali | Cali |
Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxxxxx | Cartagena |
Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxx | Cúcuta |
Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Medellín | Medellín |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca | Arauca |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Barrancabermeja | Barrancabermeja |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxxx | Ipiales |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxxxx | Xxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Maicao | Maicao |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxxx | Xxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Xxxxxx | San Xxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sincelejo | Sincelejo |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxxxx | Sogamoso |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá | Tuluá |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Urabá | Urabá |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar | Valledupar |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxx | Xxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia | Armenia |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ibagué | Ibagué |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales | Manizales |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Montería | Montería |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxx | Xxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxxxx | Xxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas xx Xxxxx | Pasto |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxxxx | Xxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxxxxx | Xxxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Xxxxx | Santa Xxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja | Tunja |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga | Bucaramanga |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx |
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxxx | Xxxxxxx |
Nivel Delegado | Ciudad |
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Guaviare | Guaviare |
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida | Inírida |
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas xx Xxxxxxxx | Pamplona |
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís | Puerto Asís |
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Xxxxxxx | Puerto Xxxxxxx |
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco | Tumaco |
6. Aspectos Generales
- La Entidad entregará la relación e informació n de los bienes2 a enajenar a EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR, “en el listado de bienes a enajenar”, los cuales se encuentran con situación jurídica definida para su venta, quien deberá realizar la enajenació n total de la misma a través de la modalidad de venta determinada para tal fin, conforme lo acuerden las partes de manera conjunta y con base en las recomendaciones XXX XXXXXXXX DEL BANCO POPULAR.
- EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR cumplirá con los requerimientos mínimos relacionados en el numeral 7 del presente documento para la realización del proceso de venta.
- EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR asesorará a la Entidad en la sugerencia de precios para aquellos bienes que declarados desiertos en las subastas, deban incluirse en segunda subasta para su venta, para lo cual el MARTILLO DEL BANCO POPULAR con base en los resultados de la primera subasta, presentará un informe para revisió n, aprobació n y consideración de la Entidad. Esta sugerencia no representa para la Entidad un avalúo de
mercancías, sino una posibilidad que ofrece el MARTILLO para faciltar la venta del bien en una segunda subasta, por lo que no requiere visita previa de inspección.
- Contar con una página web interactiva que permita la realización de subastas virtuales o electrónicas, en la que se puedan realizar pagos seguros en línea, con protocolos de seguridad, implementación de certificado digital, desarrollo de WEB services, requeridos para la funcionalidad, log de las ofertas y pagos realizados.
- El MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá contar con un adecuado equipo de soporte técnico principal y de contingencia, que mantenga funcionando en forma permanente y sin problema la infraestructura informática durante la realización de cada evento de subasta y que preste soporte técnico a los participantes durante cada una de las etapas previas, especialmente, durante la realización de cada evento.
- El MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá suministrar un reporte de cada una de las subastas realizadas, en el cual se incluya el número de proponentes, el número de lances, el reporte del mejor lance, el estampado cronológico y los reportes de autenticidad, informes estadísticos para toma de decisiones.
- EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR al estar autorizado por la Superintendencia Financiera para la captación masiva de recursos, deberá disponer de las cuentas de depósitos Bancarios para el recaudo de las posturas y efectuar la devolución de consignaciones previas y saldos por adjudicaciones en los terminos y plazos establecidos por la Entidad.
- En desarrollo del objeto, el MARTILLO DEL BANCO POPULAR ofrecerá en venta las mercancías de la Entidad en el estado y sitio en que se encuentren y como sean observados a Nivel Nacional.
- Deberá tener en cuenta que de acuerdo con Artículo 2.2.1.2.2.1.5. del Decreto 1082 de 20153, las causales de inhabilidad e incompatibilidad y el régimen de conflicto de interés consagrado en la ley, es aplicable también a los intermediarios contratados por las Entidades Estatales para la enajenación de bienes.
- La herramienta tecnológica para el desarrollo de las subastas, deberá garantizar el cumplimiento de los atributos de autenticidad e integridad, así como las demás condiciones
2Mercancías Aprehendidas, Decomisadas y Abandonadas (ADA) a favor de la Nación; y, de los bienes muebles adjudicados a la Nación en procesos de cobro coactivo y concursales y de aquellos que por disposición legal le corresponda administrar a la DIAN.
3 La Entidad Estatal debe adelantar esta selección a través de un Proceso de Contratación en el cual utilice las reglas de la selección abreviada de menor cuantía. Si el intermediario idóneo es un comisionista de bolsa de productos, la Entidad Estatal debe utilizar el procedimiento al que se refiere el artículo 2.2.1.2.1.2.14 del presente decreto.
Para el avalúo de los bienes, los intermediarios se servirán de avaluadores debidamente inscritos en el Registro Nacional de Avaluadores de la Superintendencia de Industria y Comercio, quienes responderán solidariamente con aquellos.
Las causales de inhabilidad e incompatibilidad y el régimen de conflicto de interés consagrado en la Constitución y en la ley son aplicables a los intermediarios contratados por las Entidades Estatales para la enajenación de bienes.
requeridas en la Ley 527 de 1999, y demás normas que la complementen, modifiquen o desarrollen. Para el efecto, deberá contar con una plataforma tecnológica para subasta electrónica que cumpla con todos los requerimientos señalados en la citada ley y demás normas concordantes y aplicables a la materia.
- En el caso de requerirse la venta de bienes al mejor postor en rueda (presencial) bajo el mecanismo xx xxxxxxxx siempre y cuando las condiciones de bioseguridad y orden público lo permitan, el MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá coordinar la logística del evento, alquilar el salón, contar con ayudas audiovisuales, traslado y estadía de los pregoneros y realizar el pregón xxx XXXXXXXX y demás actividades necesarias. Llegado el día y hora para su desarrollo; recibirá las ofertas de los interesados y adjudicará el bien al mejor postor., previo el cumplimiento de todas las condiciones prevista en el numeral 7 del presente documento.
- Para efectos del proceso de venta de las mercancias, éste iniciará una vez se haya proferido y entregado por parte de la Entidad al intermediario comercial la “Solicitud de Inicio del Proceso de Venta”, con toda la información y soportes que lo conforman.
- El servicio de intermediació n comercial debe incluir un cronograma de actividades para la realizació n de cada evento en las frecuencias que la Entidad requiera, el diseño del evento de venta con la aplicació n de la modalidad dependiendo del tipo de bienes a vender (subasta electró nica ascendente, presencial), elaboración de las condiciones de la subasta, visita previa de inspecció n en los lugares que así se hayan definido o acordado para marcació n de lotes (loteo: siempre y cuando las condiciones de bioseguridad y orden pú blico lo permitan,de ser el caso; el loteo se podrá estructurar por parte del BANCO con base en los registros fotográficos de los bienes), elaboración y ordenes de publicidad a los medios nacionales y digitales, estructuració n y publicació n del catá logo de ventas en pá gina web, registro de los oferentes interesados, publicació n y divulgació n del evento, recaudo del 20% como seriedad de la oferta, y del saldo por parte del adjudicatario de los bienes, devolució n de consignaciones previas y saldos por adjudicaciones, elaboració n y entrega de actas de adjudicació n, informe final y reembolso de ventas, y demá s actividades necesarias hasta el perfeccionamiento de la venta.
7. ESPECIFICACIONES TECNICAS.
El MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá tener en cuenta los siguientes aspectos de obligatorio cumplimiento dentro de la ejecución del contrato, los cuales detallan con claridad las actividades necesarias para el proceso de comercialización, mercadeo y venta de los bienes entregados por la DIAN:
No. | ACTIVIDAD | REQUERIMIENTO TECNICO |
1. | Entrega de listado de bienes a enajenar DIAN | La Subdirección de Gestión Comercial y la Coordinación Nacional de Disposición de Mercancías a través del supervisor a Nivel Central del Contrato, entregará al MARTILLO DEL BANCO POPULAR el Listado de bienes a enajenar a través de mecanismo de Subasta, de acuerdo con la consolidación de los proyectos de venta remitidos por las Direcciones Seccionales, concordante con las actividades definidas dentro del respectivo proceso de venta. El listado contendrá: 1. La descripción al detalle de las mercancías objeto de venta entregada por El supervisor del Contrato a través del la Coordinación de Disposición de Mercancías de la Entidad, de acuerdo a la documentación remitida por cada una de las Direcciones Seccionales de la DIAN, quienes son los responsables de la información suministrada., información que contendrá entre otros aspectos: cantidad y ubicación de los bienes a vender (municipio o |
No. | ACTIVIDAD | REQUERIMIENTO TECNICO |
distrito donde se encuentra, localización exacta), las causales de inhabilidad o incompatibilidad que se predica de los participantes en el evento, la existencia de gravámenes, situaciones de hecho, deudas o afectaciones de carácter jurídico, administrativo o técnico que limiten el goce al derecho de dominio, la existencia de contratos que afecten o limiten su uso y los demás aspectos y/o condiciones que se consideren pertinentes para la realización del proceso de venta. 2. La anterior información, se complementará de ser el caso por solicitud xxx XXXXXXXX DEL BANCO POPULAR | ||
2. | Diseño del cronograma del proceso de venta por parte del Intermediario Comercial | El MARTILLO DEL BANCO POPULAR diseñará y entregará a la DIAN los cronogramas con la programación de las actividades por cada subasta a realizar dentro de la frecuencia requerida; donde se indicará las actividades para la realización de cada Subasta, los cuales serán aprobados por el supervisor del contrato designado por la DIAN. Cada cronograma contendrá: fecha en que se hará la publicidad del proceso de venta, fecha en que se publicará el documento con las condiciones de realización de la subasta, y el aviso de convocatoria pública de la Subasta, fecha en que se hará la exhibición de los bienes a vender, fecha en que los interesados deberán realizar la consignación del 20% del precio mínimo de venta como requisito para la presentación de oferta o postura, y el valor del saldo por la adjudicación, fecha de realización de la Subasta, fecha acta de adjudicación y plazo para la consignación de los recursos productos de la venta, fecha estimada de entrega de la mercancía o bienes a los adjudicatarios del evento., incluido el apoyo para la entrega de aquellos bienes sujetos a registro, entre otros. Todos los cronogramas contemplados, se deberán entregar oportunamente previo requerimiento del supervisor del contrato designado por la DIAN. El primer cronograma debe presentarse previamente para la suscripción del acta de inicio, el cual será previamente aprobado por el supervisor del contrato designado por la DIAN, tomando como referente los días de ejecución que presenta El MARTILLO DEL BANCO POPULAR en las actividades a realizar antes y después de una subasta (oferta comercial). |
3. | Preparación y Logística de la Subasta | Analizada la anterior información, y determinada de manera conjunta por las partes la modalidad de subasta4 a realizar conforme a la tipología de las mercancías a enajenar, El MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá: 1. Presentar propuesta de loteo de las mercancías a enajenar. 2. Estructurar y suscribir dentro de las fechas establecidas en el cronograma, el documento que regula las condiciones de realización de la subasta (términos de adhesión) a través xxx XXXXXXXX DEL BANCO POPULAR, y que establece entre otros aspectos: i) los requisitos habilitantes según correspondan a personas naturales y/o jurídicas, ii) los criterios de selección, incluyendo los factores de desempate, iii) las reglas aplicables para la participación de la modalidad de Subasta acordada, iv) la forma de pago del precio a cargo de quien o quienes resulten adjudicatarios y, v) el procedimiento para la entrega física del bien o lote de bienes subastados. La condición jurídica de los bienes a subastar, será informada previamente por la DIAN, no obstante; se aclara que los bienes sujetos a venta cuentan con situación jurídica definida. El documento que regula las condiciones de |
4 (venta publica en rueda o presencial, ventas por subasta virtuales; ventas directas, subasta en sobre cerrado con puja, venta en sobre cerrado simple)
No. | ACTIVIDAD | REQUERIMIENTO TECNICO |
realización de la subasta para la venta de las mercancías, debe ser aprobado previamente por parte del Supervisor del Contrato designado por la DIAN. 3. Estructurar y publicar el catálogo de venta con registro fotográfico de los bienes a subastar. 4. Programar la realización de las visitas a los diferentes depósitos de las seccionales, para la inspección de la mercancía cuando se requiera. La inspección se realizará sin costo alguno para las ciudades y sus áreas de influencia del Contratista: Barranquilla (que incluirá Soledad, Malambo y Galapa); Medellín (Itagüí, Bello, Rionegro, Sabaneta, Guarne, Envigado, Copacabana, la Estrella y Xxxxxx); Cali (Yumbo, Palmira, Jamundí) y Bogotá (Madrid, Facatativá, Xxxx, Xxxx, Cajicá, Soacha y Mosquera); en caso de que la DIAN requiera visita en otras ciudades distintas a las aquí señaladas, los costos de desplazamiento, viáticos, hoteles, tiquetes aéreos y/o terrestres estaran a cargo de la DIAN., previa aprobacion del supervisor del contrato designado por la DIAN para su generación. NOTA: Previa coordinación de las partes y por razones de orden pú blico y bioseguridad, se puede evitar incurrir en gastos adicionales, mediante la remisió n por parte de la Entidad de fotos e informes de los bienes a fin de que permitan establecer las condiciones de venta de los bienes y la descripció n de los mismos. 5. La exhibición de los bienes objeto de enajenación, estará a cargo de la Entidad y se llevará a cabo minimo con 5 dias habiles anteriores al evento de subasta, para lo cual se tendrán en cuenta las regulaciones legales de movilidad, distanciamiento y medidas de bioseguridad, en atención a la declaratoria de emergencia pública de salud, decretada por el gobierno nacional, con ocasión de la pandemia. |
4. | Cobertura Geográfica Prestación del Servicio de intermediación | La prestación del servicio de intermediación comercial para el trámite y gestión que permita el perfeccionamiento de la venta a través del mecanismo xx xxxxxxxx, se requiere en todas y cada una de las ciudades relacionadas en el numeral 5 del presente documento. |
5. | Definición y Aprobación Proceso de Venta | La DIAN, por medio de la Subdirección de Gestión Comercial y la Coordinación Nacional de Disposición de Mercancías a través del supervisor a Nivel Central del Contrato y con base en el diseño del proceso de venta presentado por el MARTILLO DEL BANCO POPULAR, realizará las siguientes actividades: 1. Solicitar a los Directores Seccionales la aprobación del precio mínimo de venta con base en el avalúo realizado, para las mercancías objeto de enajenación a través xxx XXXXXXXX DEL BANCO POPULAR. Esta aprobación deberá darse dentro de los términos establecidos en el cronograma. Es importante dejar claridad que el valor del avalúo realizado por la Entidad incluye el IVA, aspecto que debe tomarse en cuenta en el precio mínimo de venta. En caso de no aprobarse el valor del avalúo o precio mínimo de venta, el Director Seccional deberá incluir en la respectiva certificación, los argumentos técnicos y económicos que soportan su decisión. 2. Aprobará el documento con las condiciones de realización de la subasta, mediante el mecanismo de Subasta Electrónica |
Ascendente o presencial a través xxx XXXXXXXX DEL BANCO POPULAR. 3. Aprobará y hará seguimiento al cronograma para la realización del proceso de venta, el cual deberá incluir las fechas para las siguientes actividades: Publicidad del evento, las condiciones de venta que deben cumplir los interesados, el aviso de convocatoria pública del evento, exhibición de los bienes a vender, plazo para la realización del pago del 20% del precio mínimo de venta, fechas de realización de la subasta pública ascendente, fecha y lugar de entrega de la mercancía a los adjudicatarios, fechas de consignación a la Entidad por parte del BANCO de los dineros producto de la venta, así como los trámites necesarios y los plazos para realizar la transferencia del dominio de los bienes adjudicados sujetos a registro., entre otros. 4. Revisar con base en la certificación expedida por los Directores Seccionales el precio mínimo de venta de los bienes objeto de la Subasta y enviar al MARTILLO DEL BANCO POPULAR la correspondiente comunicación de aprobación. 5. Garantizar que los bienes a subastar no serán modificados, y se conservarán en el mismo estado en que se encontraban al momento de su exhibición. Así mismo garantizará que EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR no excluirá los bienes objeto de subasta, salvo por una justificación de tipo técnico, legal o administrativa que así lo amerite. 6. Resolver conjuntamente con EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR, en los tiempos establecidos en el cronograma, las inquietudes que los interesados en los bienes a enajenar manifiesten durante el proceso de Subasta electrónica. 7. Coordinará con el MARTILLO DEL BANCO POPULAR en caso de requerirse, las visitas de inspección de los potenciales los clientes a las diferentes ciudades donde se encuentran almacenados las mercancías a enajenar, conforme a las fechas establecidas en el cronograma de la respectiva subasta responsabilidad del intermediario comercial. 8. Revisión y aprobación de la propuesta del loteo presentado por EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR de los bienes y mercancías a enajenar. | ||
6. | Promoción y publicidad del Proceso de Venta | EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá: 1. Divulgar el catálogo de precios de la subasta, así como informar a los potenciales compradores sobre los eventos de venta, la descripción de los bienes a vender, el precio mínimo de venta, la ubicación de los bienes, los requisitos y condiciones que deben reunir los interesados para poder participar en el evento (términos de adhesión), fecha, lugar y hora de exhibición de los bienes objeto de venta, por medio de correo directo, avisos clasificados, comunicación telefónica, catálogos ilustrados vía web, plataforma de la Subasta Electrónica y/o publicación en la página web. Para una mayor información que redunde en una efectiva comercialización, EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR elaborará un catálogo o ficha comercial, con el resumen de las características de la subasta respecto a los tipos de bienes a enajenar, fechas y lugares de exhibición y subasta, datos de contacto y demás información relevante; información que debe estar publicada en la página WEB del BANCO POPULAR. Estas fichas deben ser |
enviadas por correos electrónicos masivos, conforme a la segmentación de clientes hecha por cada tipo de lotes. 2. Debe disponer de Contac Center y correo electrónico institucional dispuesto específicamente para atender las inquietudes realizadas por los participantes a la subasta., o gestionarse las orientaciones en la forma como pueden participar, acceder a la exhibición de los bienes, las condiciones de venta y adjudicación, entre otros. 3. Adelantar bajo su responsabilidad, todos los actos tendientes a publicitar la Subasta; indicando: la descripción de los bienes a vender, el precio mínimo de venta, la ubicación de los bienes, los requisitos y condiciones que deben reunir los interesados para poder participar en el evento, fecha, lugar y hora de exhibición de los bienes objeto de venta. 4. Realizar en la plataforma tecnológica de software la descripción de los bienes a vender, con sus especificaciones técnicas, la cual deberá estar acompañada de imágenes fotográficas, y/o de los medios que permitan a los interesados conocer el estado de los bienes objeto de enajenación, con base en la información suministrada por la Entidad, por lo tanto, los compradores u oferentes asumen la condición de ofertar por los bienes de la subasta, en el estado y sitio en que se encuentran. 5. Gestionar la publicidad del proceso de venta a través de página WEB propia, que cuente con certificado de página segura, correo electrónico, periódicos de amplia alta circulación nacional o regional, catálogos y demás medios de comunicación y medios digitales de los cuales el Banco Popular disponga y considere el contratista para masificar y garantizar la publicidad del proceso, que no generen costo a la DIAN y sean necesarios para la difusión de la información de los lotes a comercializar y anunciar a los potenciales compradores sobre los diferentes eventos, bienes a subastar, precio mínimo de venta y demás, junto con los requisitos habilitantes para participar. EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá soportar su estrategia comercial, tanto en el aviso de prensa que se pública los domingos en un diario de amplia circulación nacional, como a través de “correos electrónicos directos, avisos institucionales, clasificados en prensa, Contact Center, fichas comerciales ilustrados, marcación institucional, publicación en la página de Internet, etc., ejerciendo actividades de promocion, mercadeo y convocatoria a potenciales compradores a los eventos de la DIAN objeto del contarto; conforme al portafolio de servicios que forma parte se su oferta de servicios. 6. EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá Informar a la Entidad sobre las subastas realizadas, y las personas naturales y/o jurídicas adjudicatarias de los bienes subastados, en los términos establecidos en el presente documento. 7. EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el documento que regula las condiciones de realización de la subasta (términos de adhesión) para la venta de mercancías o bienes muebles de la DIAN. 8. EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR para la promoción de los procesos de venta deberá hacer mención expresa que la propiedad de los bienes muebles figura en cabeza de la DIAN y se abstendrá en todo caso de utilizar la expresión “Remates de Aduanas” o similares. |
7. | Realización de la Subasta Electrónica Ascendente o presencial | EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR deberá realizar todas las actividades de comercialización, promoción, mercadeo, bajo la modalidad de Subasta acordada de todos los bienes objeto del contrato, teniendo en cuenta el documento con las condiciones de realización de la subasta,(términos de adhesión), la cual se debe realizar bajo un esquema de negociación, en la modalidad de puja dinámica ascendente de precios entre los oferentes habilitados. La plataforma tecnológica utilizada por el intermediario comercial debe ser propia y permitir el desarrollo de la Subasta Electrónica Ascendente, teniendo en cuenta las reglas aplicables a la puja, garantizando bajo entornos electrónicos seguros: la autenticidad, integridad, no repudio y confidencialidad de cada uno de los lances de los oferentes, así como la disponibilidad y el desempeño general de la plataforma, para que una vez finalizado el proceso se cuente con una evidencia digital. Se deberá brindar el soporte técnico para las realizar las subastas electrónicas ascendentes, con un equipo humano idóneo que brinde la orientación necesaria a los interesados durante el desarrollo de la misma. Este soporte deberá brindarse de manera telefónica o por correo electrónico para la inscripción en página WEB, actualización de login y password, constitución de los depósitos de seriedad (en el botón de pagos seguros electrónicos – PSE), entre otros. La plataforma tecnológica, deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Permitir que la Subasta Electrónica Ascendente se realice online y en tiempo real, con acceso por parte de la Entidad. b) La herramienta utilizada debe ser amigable, transaccional e interactiva. c) La plataforma tecnológica debe contar con certificado digital de transacciones seguras, canal seguro de comunicaciones VPN, desarrollo de WEB services requeridos para la funcionalidad y LOG de las ofertas y pagos realizados; por lo que deberá proporcionar un botón PSE para pagos en línea.g d) La plataforma deberá contar con un software que registre el proceso de venta al mejor postor, administración y control de la venta, reportes automáticos del tiempo entre las posturas de precio, los lances de precio realizados por los participantes en la Subasta, fecha, hora, ganador del evento, medición de gestión, consultas, reportes estadísticos, pagos, y en general todas las actividades que conlleven hasta la adjudicación de la misma, sin que estas actividades permitan una intervención directa de parte del intermediario. e) La plataforma debe garantizar la ejecución ininterrumpida del proceso de subasta, razón por la cual el intermediario debe contar con un adecuado equipo de soporte técnico principal y de contingencia, que mantenga funcionando en forma permanente y sin problema la infraestructura informática durante la realización de cada evento de subasta, y que preste soporte técnico a los participantes durante cada una de las etapas previas, especialmente, durante la realización de cada evento. El plan de contingencia deberá siempre ser informado antes de la realización de cada subasta por parte del BANCO. f) Adjudicar a los mejores postores, los lotes de las mercancías por los cuales ofertaron dentro de las condiciones establecidas en el documento que regula el procedimiento de |
venta de mercancías o bienes muebles de la DIAN g) EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR elaborará el Acta de Adjudicación, la cual será suscrita conjuntamente por los Supervisores del Contrato (DIAN –BANCO POPULAR). El acta en mención, deberá remitirse al supervisor del contrato de la DIAN una vez el adjudicatario haya cancelado la totalidad del valor de los bienes adjudicados. |
8. | Recaudo y Consignación | EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR: 1. Deberá disponer de una cuenta de depósito bancario para el recaudo de las consignaciones previas correspondientes al 20% de las garantías de seriedad., así como para el depósito del saldo por el total de los bienes por parte del adjudicatario de la mercancía. El manejo de estos recursos y para efectos de mitigar el riesgo, lo amparará el BANCO a través de la constitución de una póliza global bancaria con cobertura de infidelidad y riesgos financieros. 2. Culminada la subasta, el BANCO deberá: a) Devolver el 100% de estas consignaciones previas (recaudos establecidos sobre el 20% del precio base) a los interesados que no lograron la adjudicación en un plazo no mayor de OCHO (08) días hábiles después de realizada la subasta, de acuerdo al artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. b) Consignar en la cuenta que determine la DIAN, los valores de la adjudicación, descontada la comisión, producto de la intermediación de la venta, dentro de los OCHO (08) días hábiles siguientes a el pago total de los bienes o mercancías por parte de los compradores, a la realización de la subasta, plazo que aplicará igualmente para aquellos casos en que por decisión de la Entidad sea necesario ofrecer el lote en una segunda subasta ya sea por incumplimiento del adjudicatario inicial o declaratoria de desierta de la primera subasta. c) La Entidad sólo reconocerá la comisión pactada sobre las subastas efectivamente exitosas; para el caso de incumplimiento por parte del adjudicatario únicamente reconocerá al MARTILLO DEL BANCO POPULAR el porcentaje de comisión calculado sobre el deposito constituido por el adjudicatario incumplido. NOTA: En el evento que quien resulte adjudicatario de la mercancía ofrecida en venta incumpla con las condiciones de pago, con la firma de documentos de los bienes sujetos a registro, o con cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como garantía de seriedad del ofrecimiento. Dicho valor deberá ser consignado a favor de la DIAN por parte xxx XXXXXXXX DEL BANCO POPULAR, y en este evento, la DIAN le reconocerá el valor equivalente a la comisión pactada en el contrato, calculada a partir del valor consignado por el adjudicatario como garantía de seriedad de la oferta. d) Verificar, recaudar y trasladar a la Nación el impuesto de remate correspondiente al 5% sobre el valor final de los bienes enajenados en la subasta y que debe ser cancelado por los adquirientes de los bienes de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11 de 1987, modificado por el artículo 12 de la Ley 1743 de 2014., e informar dentro |
de los cinco (5) días hábiles siguientes al supervisor del contrato, la realización del pago anexando el comprobante correspondiente. establecido en el artículo 7° de la Ley 11 de 1987, modificado por el artículo 12° de la ley 1743 de 2014. e) El MARTILLO DEL BANCO POPULAR garantizará la realización de control SARLAFT tanto a los oferentes como compradores participantes en las subastas, con el fin de impedir la realización de operaciones ilícitas, y proteger la reputación de los clientes., aspecto que debe quedar detallado igualmente, en el documento con las condiciones de realización de la subasta. | ||
1. EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR informará al comprador el procedimiento de entrega de las mercancías de los lotes enajenados descritos en el acta de adjudicación en el estado y sitio en que se encuentren, la cual se realizará conjuntamente con los Directores Seccionales o Jefe de la División Administrativa y Financiera de la DIAN de la respectiva Dirección Seccional. La entrega y autorización de los bienes están a cargo de la Entidad, previa consignación de la totalidad de los valores recibidos como consecuencia de la subasta, de lo cual se dejará constancia por medio de un acta de entrega. | ||
2.En el caso de los bienes sujetos a registro, la entrega de estos se realizará conforme se estipule en los documentos elaborados por el MARTILLO DEL BANCO POPULAR para la realización de la subasta (términos de adhesión), teniendo en cuenta los trámites legales necesarios para perfeccionar el traspaso de la propiedad de dichos bienes, los cuales no pueden ser superiores a cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la fecha en que la DIAN entregue los documentos al adjudicatario para efectos de los trámites de registro. Si se requiere un plazo mayor, de ser el caso, será analizado por la Dirección Seccional y acordado con el MARTILLO DEL BANCO POPULAR y el supervisor del contrato designado por la DIAN para comunicar al adjudicatario. | ||
9. | Entrega de la mercancía y actividades post- venta | 3.El MARTILLO DEL BANCO POPULAR, deberá acompañar en la coordinación hasta el registro de los bienes., incluyendo la posibilidad de desempeñarse en calidad de mandatario para estos efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.2.1.6. del Decreto 1082 de 2015. |
4.El MARTILLO DEL BANCO POPULAR brindará acompañamiento durante la etapa post venta, con el fin de informar sobre las gestiones y novedades que puedan presentarse hasta el registro de los bienes. El MARTILLO DEL BANCO POPULAR actúa en calidad de intermediario y con base en su experiencia podrá acompañar, asesorar y rodear de garantías el proceso de venta buscando mitigar los riesgos por el incumplimiento por parte del comprador a la Entidad, en el registro de los bienes que así lo requieren. El MARTILLO DEL BANCO POPULAR no asumirá obligaciones que le competen a la Entidad y al adjudicatario. | ||
5.El MARTILLO DEL BANCO POPULAR apoyará hasta por un período máximo de cuatro (4) meses, en los trámites tendientes a la legalización de los bienes enajenados al cliente adjudicatario final., término que se podrá extender hasta lograr definitivamente dicha legalización. | ||
6.Dentro del tiempo establecido para la formalización de la venta, El MARTILLO DEL BANCO POPULAR notificará al adjudicatario y a la Entidad el lugar, fecha y hora establecidos para efectuar el retiro de los bienes vendidos, brindando apoyo y coordinación para lograr el registro y entrega de los bienes. No obstante, si en los cuatro (4) meses siguientes a la entrega de la documentación para la legalización de la venta (bienes sujetos o no, a registro) el adjudicatario |
no ha cumplido con esta obligación bien sea por causas imputables o no imputables a éste. 7.Gestor de Transito. “EL MARTILLO del BANCO POPULAR cuenta con un acuerdo marco con un “gestor de tránsito”, quien, , en forma profesional e independiente, bajo su exclusiva responsabilidad y autonomía financiera, técnica, y administrativa, puede si se requiere, adelantar, gestionar, hacer seguimiento y formalizar los trámites inherentes para el traspaso de un bien sujeto a registro. Los costos por honorarios del gestor de tránsito, serán asumidos por el adjudicatario y cancelados directamente a éste. NOTA: La DIAN entregará las mercancías, en el estado y sitio en que se encuentren y no se entenderá incorporada la obligación de proveer el mantenimiento, ni responderá por vicios ocultos, autenticidad de las marcas o características de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 753 del Decreto 1165 de 2019. La entrega se hará, por parte de la respectiva Dirección Seccional, donde se encuentre ubicada la mercancía, previa autorización escrita por parte del Director Seccional correspondiente o del Jefe de la División de Gestión Administrativa y Financiera o quien haga sus veces en dicha Seccional. El adjudicatario deberá presentar su identificación y copia del Contrato suscrito con la DIAN, así como copia del Acta de adjudicación. | ||
10. | Informe Final y Recomendaciones | El intermediario elaborará y presentará al Supervisor del contrato de la Entidad (i) un informe GENERAL de adjudicación de la subasta a los (5) días hábiles de culminada la subasta, en los cuales se relacionarán los lotes adjudicados (número de lote, descripción del bien, valor base de venta, nombre del adjudicatario, identificación del adjudicatario y valor de la adjudicación). (ii) Actas de adjudicación: Elaborar y entregar las actas de adjudicación, se expide en original y dos copias (original para el comprador, una copia para la DIAN y una copia para el intermediario, documento con el cual el comprador acredita ante el vendedor los bienes adjudicados. (iii) un informe FINAL, máximo dentro de los dos (02) meses siguientes a la terminación del contrato, que contenga adicionalmente las actividades desarrolladas en la etapa post-venta. (iv) Informe de liquidación de la subasta realizada, para lo cual además de las facturas soporte o documento equivalente, deberá indicar el detalle y valor de cada uno de los lotes o bienes subastados, valor total de la venta liquidado al porcentaje de comisión pactado, asi como la relación de las sumas recibidas de los oferentes que no resulten adjudicatarios, objeto de devolución de la garantía (v)Los demás informes que sean requeridos en cualquier momento que se considere, por parte del supervisor del contrato. |
11. | Elaborar y suscribir contrato de compraventa | Con base en el Acta de Adjudicación de la Subasta realizada por el intermediario, la DIAN en función de su competencia, elaborará y suscribirá el contrato de compra venta con los adjudicatarios de los bienes. |
12. | Equipo de Trabajo para la ejecución del contrato | EL MARTILLO DEL BANCO POPULAR para efectos de la ejecución del contrato, garantizará el acompañamiento en forma permanente de un profesional que realizará las funciones de GERENTE DE PROYECTO, condición que debe ser acreditada para la suscripción del acta de inicio del Contrato. En tal sentido, el intermediario deberá allegar la hoja de vida del Profesional que servirá de canal directo de comunicación para la Entidad previa aprobación del supervisor del Contrato. Funciones: a) Mantendrá contacto en forma permanente con el supervisor del contrato de la Entidad, con el fin de garantizar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos y obligaciones contractuales derivadas del mismo. b) Presentará avances sobre la ejecución del contrato cuando lo requiera la Entidad, y |
resolverá de ser el caso cualquier requerimiento que a través de la supervisión se haga necesario y que represente mejora en el proceso. c) Presentará alternativas de mejora al proceso encaminadas a promocionar de manera efectiva el mercadeo de bienes de la Entidad., revisando de ser el caso los eventos en que se declare desierta la mercancía objeto de enajenación. d) Garantizará el seguimiento, para el desarrollo del proceso dentro de las fechas establecidas en el cronograma de actividades, e) Las demás que se requieran como apoyo a la ejecución del contrato. |