Descripción de los servicios, elegibilidad y exclusiones
Descripción de los servicios, elegibilidad y exclusiones
Elegibilidad. Para calificar en el programa BTA Premium y tomar parte de los servicios ofrecidos por AXA Assistance USA, Inc. con domicilio 000 X. Xxxxxxxx Xxx. Xxxxx 0000, Xxxxxxx, Xxxxxxxx 00000, XXX exclusivamente para clientes de cuentas BTA (Business Travel Account) emitidas por de American Express® Argentina S.A., el boleto aéreo del o los solicitantes deberá: (1) haber sido adquirido mediante una cuenta BTA (Business Travel Account) de American Express® (2) la compañía debe estar inscrita en el plan de BTA Premium.
De no cumplir con alguno de los requisitos antes mencionados AXA Assistance USA, Inc. o el Proveedor asignado por ésta, podrán cobrar cualquier gasto relacionado con la asistencia solicitada, generando el/los cargos correspondientes a través de la tarjeta American Express BTA de la Compañía miembro del Programa,
Duración de la cobertura. Los servicios de asistencia descritos a continuación (1) entrarán en vigor inmediatamente después de que AXA Assistance USA, Inc. envíe confirmación al administrador del programa (PA) de la inscripción de su empresa en este programa. (2) la fecha efectiva debe ser anterior o igual a la fecha en que se inicie cualquier viaje. (3) los servicios de BTA Global con AXA Assistance USA, Inc. finalizarán en el momento en que AXA Assistance USA, Inc. reciba notificación de la baja de su cuenta BTA con American Express®.
Aunque el número de viajes internacionales es ilimitado, la cobertura está limitada a viajes fuera del país de residencia permanente del afiliado de no más de ciento veinte (120) días consecutivos por cada viaje.
Servicios Disponibles. Los servicios de AXA Assistance USA, Inc. se proveen mundialmente, con la excepción de países o territorios envueltos en conflictos internacionales o internos, o en países donde AXA Assistance USA, Inc.considera que la infraestructura existente es inadecuada para garantizar sus servicios. El administrador del programa (PA) de la compañía afiliada podrá comunicarse con AXA Assistance USA antes del inicio de cualquier viaje para verificar la cobertura y confirmar si los servicios están disponibles en el lugar de destino. Acceso. Los servicios ofrecidos mediante este programa, deben ser coordinados por AXA Assistance USA. El beneficiario debe comunicarse con AXA Assistance USA, Inc. antes de recibir asistencia de cualquier tipo. Si los servicios requeridos por el afiliado cumplen con los términos y condiciones de esta póliza, AXA Assistance USA, Inc. coordinará la garantía y pago de los gastos directamente al proveedor, sin cargo adicional al afiliado. Si por razones fuera del control de AXA Assistance, Inc., ésta no puede coordinar el pago directo, el afiliado tendrá que pagar y pedir reembolso con AXA Assistance USA, Inc. (Vea sección V: Presentación de Reclamo). AXA Assistance USA, Inc. se reserva el derecho de rechazar el reclamo si el afiliado hace sus propios arreglos. Si usted tiene alguna pregunta, por favor llame a AXA Assistance USA, Inc. a los siguientes teléfonos:
BTA Premium
Para asistencia de emergencias las 24 horas del día, en español o inglés: (000) 000-0000 (gratis desde EE.UU., Puerto Rico e Islas Vírgenes de EE.UU.)
x0 (000) 000-0000 (a cobro revertido desde cualquier otro lugar)
I. DEFINICIONES GENERALES
Afiliado/a: La empresa inscrita en BTA Premium.
Beneficiario: Cualquier viajero cuyo boleto aéreo haya sido comprado mediante la cuenta BTA de la compañía afiliada con independencia de la relación del viajero con la compañía afiliada (empleado, socio, proveedor, cliente, partner de negocios, consultor, candidato entrevistado, familiar, etc.)
Accidente cubierto: Una emergencia por accidente la cual: (1) ocurre fuera del país de residencia permanente del beneficiario durante el período de cobertura; (2) cause, directamente o independientemente de otras causas, lesiones corporales debidas únicamente a causas externas violentas y/o accidentales; y (3) tenga derecho a pagos de acuerdo con los términos y condiciones de la afiliación.
Enfermedad cubierta: Una emergencia por enfermedad la cual: (1) ocurre fuera del país de residencia permanente del afiliado durante el período de cobertura; (2) impida terminar el viaje, para la cual se solicita asistencia médica; y (3) tenga derecho a pagos de acuerdo con los términos y condiciones de la afiliación.
Viaje cubierto: Cuando un beneficiario viaja fuera de su país de residencia legal y permanente se cubren solamente los primeros ciento veinte (120) días consecutivos de la fecha xx xxxxxxx. Emergencia: Una condición repentina, no anticipada, que requiere atención médica urgente e inmediata, o una evaluación quirúrgica, o tratamiento para aliviar dolor agudo y sufrimiento.
Traslado de emergencia: El traslado médico supervisado de un beneficiario hasta el centro médico más cercano capaz de suministrar el cuidado médico adecuado, según determine y apruebe un médico nombrado por AXA Assistance USA, Inc.
Convalecencia en Hotel: Proveeremos coordinación de alojamiento, en caso de que el beneficiario deba convalecer después de una hospitalización y el personal médico designado por AXA Assistance USA, Inc. lo estime necesario, de acuerdo con los médicos locales que atienden al beneficiario.
Tratamiento dental de emergencia: Lesión por accidente de dientes sanos y naturales que requiere atención inmediata para aliviar el dolor y el sufrimiento.
Pre-existencias: Quiere decir cualquier lesión, enfermedad o condición del beneficiario la cual, antes de la fecha de vigencia de la cobertura bajo el contrato de inscripción: (a) se manifestó, se agudizó o mostró síntomas que requerían diagnóstico, atención o tratamiento; (b) requerían tomar medicamentos por prescripción médica; o (c) requerían tratamiento médico, o para la cual un médico licenciado le recomendó tratamiento.
Transporte Común: Cualquier tipo de transporte terrestre, marítimo o aéreo operando bajo licencia válida de proveedores de transporte de pasaje.
Servicios Locales:
Además, hemos incorporado para su mayor comodidad. Usted ahora cuenta con el beneficio de traslados sanitarios sin límite de gastos mientras viaja dentro de su país de residencia.
Por cada viaje que realice a más de 100km de su domicilio declarado, estará cubierto por:
□ El beneficio en casos de accidente o emergencia de ser transportado a una institución médica conveniente para recibir la atención adecuada.
I. Dining Services:
_ Servicio de información y reservas a restaurantes
_ Tipo de comida
_ Horas de operación
_ Precios
II. Entertainment Assistance: Información de eventos locales
□ espectáculos, cines
□ conciertos, teatros y eventos deportivos
III. Información Pre-viaje:
□ - clima
□ - días festivos
□ - consulados
□ - vacunación requerida, visas y pasaportes
IV. Servicio Segunda opinión médica:
Cada socio tendrá la posibilidad de acceder a la red médica de AXA Assistance, Inc., en los E.E
U.U. Usted podrá realizar una consulta con médicos especializados, ante una enfermedad grave en el centro especializado de ese problema médico en los EE. UU.
II. SERVICIOS DE ASISTENCIA AL VIAJERO SERVICIOS DE EMERGENCIAS MÉDICAS
Referencias Médicas: AXA Assistance USA, Inc. le provee al beneficiario referencias de los proveedores médicos clínicos, especialistas, hospitales, y clínicas. Este servicio se brindará de acuerdo a las circunstancias y posibilidades de cada lugar.
Referencias Dentales: AXA Assistance USA, Inc. le provee a los beneficiarios referencias de dentistas y clínicas dentales que puedan brindar ayuda de emergencia. Este servicio se brindará de acuerdo a las circunstancias y posibilidades de cada lugar.
Monitoreo Médico: En caso de accidentes y/o enfermedades súbitas, AXA Assistance USA, Inc. le brinda servicios de vigilancia médica al beneficiario mientras éste se encuentre internado en un hospital. El Departamento Médico de AXA Assistance USA, Inc o sus representantes se mantendrán en consulta con los médicos que traten al beneficiario y mantendrán a la familia al tanto de la condición del beneficiario.
Visita de Médicos a Domicilio: Para brindar la mayor conveniencia del beneficiario, es posible hacer arreglos para visitas a domicilio según las circunstancias lo requieran y los recursos disponibles en cada país. En caso de que una visita a domicilio no sea posible, se le ofrecerán otras opciones al beneficiario.
SERVICIOS DE EMERGENCIAS DE VIAJE
Localización del Equipaje: En caso de extravío del equipaje del beneficiario, registrado por un una empresa de transporte común, AXA Assistance USA, Inc colaborará con todos los medios a su alcance para localizarlo, e informar de cualquier novedad al beneficiario.
Transmisión de Mensajes Urgentes: En casos de emergencia, AXA Assistance USA, Inc se ocupará de transmitir los mensajes referentes a la emergencia sufrida por el beneficiario, a la persona que éste indique en el país de residencia del beneficiario.
Referencias Legales: AXA Assistance USA, Inc. también tratará, en lo posible, de proveer al beneficiario los nombres, direcciones y números de teléfonos de abogados en el área donde el beneficiario está viajando, en caso de accidente de automóvil, violaciones de tránsito u otras faltas civiles. Sin embargo, el miembro será responsable de la selección y de los gastos relacionados con un abogado en particular.
Asistencia Legal: Si un beneficiario está involucrado en un accidente mientras esté de viaje fuera de su país y necesita asistencia legal, AXA Assistance USA, Inc. (1) proporcionará referencias y (2) adelantará los honorarios legales y la fianza hasta un máximo acumulado por viaje de US$10,000, o su equivalente en moneda del país donde reside el beneficiario. Para poder realizar este adelanto, el beneficiario –y no la compañía afiliada– deberá suministrar una tarjeta de crédito válida donde AXA Assistance USA, Inc. cargará automáticamente el total de los fondos adelantados.
III. COBERTURA DEL PROGRAMA
Gastos Médicos De Emergencia: La cantidad máxima que se pagará por gastos incurridos en servicios médicos de emergencia, por beneficiario y por viaje cubierto, es de US$40,000 por período de 12 meses. (EUR€30,000 Schengen zone)
Prescripción Médica: AXA Assistance USA, Inc. reembolsará al beneficiario hasta la cantidad máxima de US$2000 por viaje cubierto, o su equivalente en moneda nacional de su país, por gastos incurridos en prescripción médica relacionados con una enfermedad o accidente cubierto por el programa.
Gastos Dentales de Emergencia: El tratamiento dental de emergencia está disponible al beneficiario hasta una cantidad máxima de US$1000, o su equivalente en moneda nacional de su país, por cada viaje cubierto de acuerdo con los términos y condiciones detallados en las condiciones generales.
Traslado de Emergencia: Si un médico designado por AXA Assistance USA, Inc. determina que el beneficiario debe ser transportado a otra institución médica para recibir atención médica, entonces AXA Assistance USA, Inc. puede pagar y hacer los arreglos necesarios para el transporte. El médico designado por AXA Assistance USA, Inc tendrá la decisión final en determinar la fecha, hora y los medios que se utilicen para transportar al beneficiario. La cantidad máxima que se pagará por el transporte médico será de US$100,000 como límite acumulable por miembro por año.
Repatriación de Restos Mortales: En el caso desafortunado de que el beneficiario fallezca durante un viaje cubierto, AXA Assistance USA, Inc. hará los arreglos necesarios para obtener las autorizaciones gubernamentales necesarias, y pagará el transporte de los restos mortales por medios apropiados hasta el país de residencia del beneficiario. El costo de cremación y de servicios fúnebres está excluido. Además, la porción del boleto del viaje de regreso del beneficiario, o el valor equivalente, deberá cederse a AXA Assistance USA, Inc. La cantidad máxima que se pagará es US$100,000 por período de 12 meses.
Pérdida de Equipaje: En caso de que el equipaje inspeccionado se pierda en un viaje cubierto, y que AXA Assistance USA, Inc. no pueda recuperarlo, AXA Assistance USA, Inc. reembolsará al beneficiario si cumple con los siguientes requisitos:
I. Que se haya presentado una reclamación inicial con la empresa de transporte común, y que la cobertura de AXA Assistance USA, Inc. es en exceso de la cantidad reembolsada por la empresa de transporte común.
II. Que se haya perdido la pieza de equipaje completa.
III. Que el equipaje haya sido despachado junto al beneficiario y que se haya presentado una reclamación oficial con la empresa de transporte. La reclamación debe incluir información completa sobre el número de vuelo, número de la nave y el boleto de reclamo del equipaje. AXA Assistance USA, Inc. verificará que la documentación sea válida.
IV. Que el equipaje se hubiese perdido durante el tiempo en que estuvo oficialmente bajo la responsabilidad dela empresa de transporte, hasta que el beneficiario acudiera a reclamarlo en el despacho de equipaje. La compensación está limitada a US$60 por kilo hasta un máximo de
US$1,200 por miembro por viaje cubierto. El pago nunca excederá el valor declarado de la pérdida.
Asistencia Médica: La asistencia médica estará coordinada a través del personal médico designado por AXA Assistance USA, Inc., en consulta con los médicos locales que atienden al beneficiario.
Hospitalización: La coordinación y los arreglos para la hospitalización de un beneficiario en la institución médica más adecuada, o en un hospital más cercano de su residencia, se hará según estime necesario el personal médico designado por AXA Assistance USA, Inc.
Intervención Quirúrgica: Cuando el personal médico designado por AXA Assistance USA, Inc. estime necesaria una intervención quirúrgica, este coordinará los arreglos pertinentes en consulta con los médicos locales que atienden al beneficiario.
Terapia Intensiva o Tratamiento de Coronaria: Estos servicios se pueden recibir cuando el personal médico designado por AXA Assistance USA, Inc. lo estime necesario, de acuerdo con los médicos locales que atienden al beneficiario.
Convalecencia en Hotel: Cuando el personal médico de AXA Assistance USA, Inc. estime necesaria
Convalecencia en hotel después de una hospitalización, AXA Assistance USA, Inc. se hará cargo de la situación y asumirá un costo adicional razonable durante un plazo máximo de 3 días después de la fecha de alta, solamente en casos en que el beneficiario haya estado hospitalizado 5 (cinco) días consecutivos o más. El costo por día no excederá $100.
Servicios Adicionales: Radiografías, exámenes especiales y pruebas ordenadas por AXA Assistance USA, Inc., por sus agentes o por el personal médico designado.
Acompañamiento de Menores y Personas de Edad Avanzada: Si el beneficiario viaja con niños menores de 15 años y/o con personas mayores de 80 años, y debido a que la enfermedad o el accidente cubierto por los servicios impida al beneficiario continuar el viaje, AXA Assistance USA, Inc.hará los arreglos necesarios para que otro miembro de la familia (o si no estuviese disponible, un representante de AXA Assistance USA, Inc. los acompañe de regreso a casa. Los gastos asociados con este beneficio no excederán US$20,000 por período de 12 meses.
Reunión Familiar: Si el beneficiario viaja solo y se enfermara o sufriera un accidente cubierto por ésta póliza, y requiriera hospitalización durante un mínimo de 10 días consecutivos, AXA Assistance USA, Inc. hará los arreglos necesarios para que lo acompañe un miembro de la familia, o la persona que indique el beneficiario y pagará un boleto de ida y vuelta en clase económica para que viaje esa persona al lugar donde se encuentre el beneficiario. Otros gastos incurridos por el familiar o la otra persona designada no están incluidos. Los gastos asociados con este beneficio no excederán de US$20,000 por períodos de 12 meses.
Cambio de Boleto: Si el beneficiario tuviese un boleto de precio reducido con regreso en fecha fija, y no pudiera viajar en esa fecha debido a un accidente o una enfermedad debidamente comprobada, AXA Assistance USA, Inc. asumirá el costo adicional para el viaje de regreso y hará los arreglos necesarios una vez que el caso de emergencia haya sido verificado. Antes de hacer cambios en sus planes de vuelo es necesario notificar a AXA Assistance USA, Inc. sobre la necesidad de hacerlo. Los gastos asociados con este beneficio no excederán de US$ 5,000 por viaje.
Regreso Anticipado: En caso de muerte o de enfermedad grave de un familiar inmediato del beneficiario en el país donde reside, AXA Assistance USA, Inc. se hará cargo de la situación y asumirá un costo adicional razonable para el viaje de regreso del beneficiario. Si fuese necesario, este deberá devolver su boleto original de ida y vuelta a AXA Assistance USA, Inc. o a su representante. Este beneficio se aplica únicamente cuando el beneficiario no puede utilizar su boleto original de ida y vuelta. En relación con una enfermedad grave debidamente comprobada de un familiar inmediato del beneficiario se requieren las siguientes condiciones:
a) La enfermedad se manifestó durante el tiempo en que el beneficiario o su dependiente estaba viajando fuera del país donde reside;
b) El familiar inmediato ha estado hospitalizado durante más de siete (7) días consecutivos;
c) El médico designado por AXA Assistance USA, Inc. considera que después de siete (7) días de hospitalización el familiar inmediato está en peligro de vida. Los gastos asociados con este beneficio no excederán US$20,000 por períodos de 12 meses.
IV. LIMITACIONES Y EXCLUSIONES
Bajo ninguna circunstancia AXA Assistance US, Inc. reembolsará gastos por lo siguiente:
1. Cualquier enfermedad crónica o condición médica pre-existente que se manifieste antes de, o en el momento de partir del país de residencia legal y permanente, o consecuencias relacionadas con la misma, y/o recaídas o períodos de convalecencia.
2. Cualquier enfermedad o dolencia que ocurriera durante un viaje en el cual el médico responsable de su tratamiento haya aconsejado al paciente de no viajar, o que ocurriera durante el tratamiento de una enfermedad pre-existente fuera de su país.
3. Tratamiento, complicaciones o síntomas secundarios como resultado de la ingestión de fármacos para condiciones mentales o nerviosas. Tratamiento de enfermedades mentales o desórdenes nerviosos. Consultas y tratamientos ordenados por médicos de psiquiatría. Complicaciones, lesiones o gastos relacionados con el uso de narcóticos y medicamentos que requiera o no prescripción. Tratamiento o cualquier complicación relacionada con alcoholismo y adicción de drogas y producto de estas condiciones.
4. Cualquier complicación debida a embarazo, parto o aborto, incluyendo aquellas que ocurran durante los tres primeros meses del embarazo.
5. Tratamiento de cualquier dolencia auto inflingida, o lesiones debidas al intento de suicidio, o cualquier consecuencia de tal intento, estando la persona sana o demente.
6. Estar bajo la influencia de drogas o substancias intoxicantes, a menos que sean recetadas por un médico.
7. Tratamiento y/o complicaciones debido al virus humano de inmunodeficiencia (VIH), o del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y Complejo Relacionado con el SIDA, (CRS). Tratamiento para enfermedades transmitidas sexualmente.
8. Tratamientos quiroprácticos, tratamientos homeopáticos, acupuntura, terapia ocupacional y terapia física.
9. Cualquier tratamiento o servicio ofrecido en instituciones o centros para tratamientos de rehabilitación, o instituciones y centros de cuidados geriátricos, e instituciones que no sean hospitales, incluyendo, pero no limitadas a baños termales, aguas medicinales y clínicas de hidroterapia.
10. Tratamiento de lesiones por accidentes o enfermedades que resulten de la práctica de un deporte profesional, o de cualquier deporte que ponga en peligro la vida del beneficiario, ya sea por irresponsabilidad, falta de conocimiento, o falta de experiencia por parte del beneficiario, incluyendo pero no limitado a: vuelo libre, paracaidismo con o sin remolque, navegar en balsa por rápidos en los xxxx, conducir sin licencia vehículos fuera de carreteras gubernamentales, alpinismo, deportes ecuestres, deportes de invierno si no se practican en lugares debidamente acondicionados o bajo condiciones normales de seguridad, carreras de autos, de motocicletas y cualquier otro tipo xx xxxxxxx que no sean a pie y actividades submarinas.
11. Cualquier tratamiento dental o de ortodoncia no relacionado con una lesión por accidente.
12. Exámenes o pruebas para diagnóstico como parte de un examen médico, tratamientos programados, incluyendo pero no limitados a: vacunas, exámenes de rutina de la vista y de los oídos, optometría y corrección de la visión.
13. Gastos xx xxxxxx, lentes de contacto, aparatos para la sordera, o cualquier ajuste a los mismos, dentaduras, prótesis, audífonos, puentes dentales, la compra o alquiler de humidificadores, atomizadores, andadores, muletas, xxxxxx xx xxxxxx o bastones, inhaladores, equipos para ejercicios o de uso similar.
14. Cirugía plástica o cosmética, excepto cirugía para la reconstrucción necesaria debido a accidente o enfermedad cubierta por los servicios.
15. Trasplante de órganos o el transporte de los mismos.
16. Tratamientos para los pies, incluyendo pero no limitado a: callos, callosidad, pies planos, arcos débiles, deformaciones congénitas y cualquier tipo de corrección en los zapatos.
17. Tratamiento por deficiencias, dificultades, o insuficiencias sexuales. Servicios o instrucciones relacionadas con la esterilización del hombre o de la mujer. Servicios o productos relacionados con el control de la natalidad.
18. Tratamientos y servicios recibidos 48 horas después de ocurrido un accidente o emergencia médica.
19. Cualquier tratamiento no relacionado con un accidente o emergencia médica repentina y aguda ocurrida mientras el beneficiario estaba de viaje.
20. Cualquier servicio o instrucciones recibidas relacionadas con el control de peso o para tratamiento de la obesidad, ya sea en forma de dieta, inyecciones de líquidos, medicamentos o cirugía de cualquier tipo.
21. Tratamiento de cualquier enfermedad, lesión por accidente, o gastos que resulten directa o indirectamente, por la participación del beneficiario en guerras, revoluciones, disturbios civiles, conspiraciones, motines, protestas públicas, o cualquier actividad ilegal o criminal del beneficiario como el principal participante o cualquier otro papel, incluyendo pero no limitado a encuentros físicos por parte del beneficiario.
22. Gastos de hotel, restaurante o taxis y acompañante.
23. Cualquier tratamiento o gasto médico del beneficiario incurrido después de la terminación del viaje cubierto por los servicios, sin importar cualquier relación que puedan tener con lesiones por accidente o enfermedad que se manifestaron o fueron diagnosticadas mientras el beneficiario estaba de viaje.
24. Enfermedades relacionadas con el trabajo o sus consecuencias.
25. Cualquier tratamiento o servicio no mencionado específicamente como beneficio bajo estas condiciones generales.
26. Circunstancias resultantes de o relacionadas en cualquier forma con actos de fuerza mayor, tales como huelgas, actos de sabotaje, guerras civiles o internacionales, disturbios, terrorismo, etc.
27. Honorarios por informes o archivos médicos.
28. Servicios no aprobados o gestionados por el personal nombrado por AXA Assistance USA, Inc.
29. Pérdida de equipaje ocurrida durante un trasbordo de vuelos nacionales con vuelos internacionales, así como pérdida de equipaje por aquellos individuos no autorizados para manipular equipaje.
30. Viajes realizados con el propósito específico de recibir tratamiento médico.
V. PRESENTACIÓN DE RECLAMO
Para ser elegible y recibir los servicios el beneficiario debe:
a) Notificar inmediatamente a AXA Assistance USA, Inc. antes de incurrir en ningún gasto relacionado con la emergencia. Si debido a las circunstancias, no puede notificar inmediatamente a AXA Assistance USA, Inc., el beneficiario tiene que notificar dentro de las 48 horas después de incurrido el gasto.
b) Indicar su nombre, el número de afiliación de su compañía, así como su dirección y teléfono en ese momento.
c) Describir la naturaleza de la emergencia o tipo de problema que confronta y la clase de asistencia que necesita.
d) Proveer a AXA Assistance USA, Inc. una dirección de correo electrónico a donde se le pueda enviar el formulario de reclamo.
e) Enviar a AXA Assistance USA, Inc. un formulario de Reclamo completo y toda la información médica pertinente, incluyendo autorización para suministrar información médica al personal designado por AXA Assistance USA, Inc.
USA, incluyendo copia de su tarjeta de identificación vigente, prueba de su afiliación con la compañía afiliada a BTA Premium, copia del boleto de viaje, original de los recibos para los cuales solicita reembolso y otros documentos requeridos por AXA Assistance USA, Inc. La documentación mencionada anteriormente debe ser recibida en AXA Assistance USA, Inc no más tarde de 90 días a partir de la fecha en que ocurrió el incidente.
Los reclamos recibidos después de 90 días no serán aceptados.
f) En caso de que AXA Assistance USA, Inc. se haga cargo de los gastos mayores de un viaje, el beneficiario deberá guardar la porción no utilizada del boleto original. Todos los reembolsos se harán: (1) por cheque en
Dólares de Estados Unidos calculados según la tasa de cambio vigente en la fecha en que se recibieron los servicios originalmente; (2) de acuerdo con los límites establecidos en la Sección II de este Acuerdo de inscripción; (3) dentro de los treinta (30) días siguientes cumpliendo con las condiciones mencionadas en los párrafos anteriores; y (4) sin exceder, bajo ninguna circunstancia, los honorarios normales y acostumbrados, vigentes en cada país a la fecha en que los documentos de reembolso fueron presentados.
VI. CONDICIONES GENERALES
1. El período de cobertura de los servicios a continuación presentados por AXA Assistance USA, Inc., están relacionados con la vigencia de la cuenta BTA de American Express® emitidas por American Express Argentina S.A. del afiliado. Si por alguna razón el afiliado cancela su cuenta BTA de American Express®, inmediatamente cualquier viaje asociado con esta cuenta dejará de estar cubierto por BTA Premium. Los cargos hasta el momento de la cancelación no serán estimados prorrata ni serán reembolsables.
2. En caso de que se rechace la reclamación de un beneficiario porque no se han cumplido todas las obligaciones estipuladas en estas Condiciones Generales, el beneficiario será responsable por todos los gastos incurridos. AXA Assistance USA, Inc. se reserva el derecho a cargarle directamente al beneficiario–y no la compañía afiliada– el reembolso de estos fondos siempre
que AXA Assistance USA, Inc. pueda presentar la documentación que respalda sus gastos (sin tomar en cuenta cualquier disputa que involucre al beneficiario y cuestiones de cobertura).