Condiciones Generales del Contrato de alquiler de vehículos y Seguro
Condiciones Generales del Contrato de alquiler de vehículos y Seguro
VERSIÓN FEBRERO 2023
Índice
IDENTIFICACIÓN/DEFINICIONES 3
OBJETO 7
PLAZO Y TÉRMINO DEL ALQUILER 9
PRECIO 12
PAGO 19
RESPONSABILIDADES EMPRESA DE ALQUILER 20
RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE 22
SEGURO OFRECIDO POR LA EMPRESA DE ALQUILER 27
PROTECCIÓN DE DATOS 32
MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO 33
DISPOSICIONES GENERALES 34
FORO 35
Estas Condiciones Generales del Contrato de Alquiler de Vehículos y Seguro (“Condiciones Generales”) definen las condiciones comunes aplicables al alquiler de vehículos contratado por el CLIENTE, según se estipula en el Con- trato. Léalos detenidamente, ya que, al firmar el Contrato, usted, el Cliente, aceptará todas las reglas establecidas en este documento.
1 IDENTIFICACIÓN/DEFINICIONES
1.1 Contrato de Alquiler de Vehículos (“Contra- to”): Documento generado en cada alquiler en el momento de retirar el vehículo que define las condiciones específicas de cada negociación. Integran e integrarán el Contrato:
(a) Estas Condiciones Generales; (b) Tarifario; (c) Propuestas Comerciales, si las hubiere; (d) Con- diciones Específicas para el Conductor Aliado (Localiza Driver)/Alquiler Mensual y otros rubros, si los hubiere; (e) Reglamentos de campañas promocionales o programas de beneficios di- fundidos en la Página Web Oficial de Localiza, cuando corresponda; (f) Comunicaciones en- xxxxxx al Cliente por la Empresa de Alquiler de vehículos.
1.2 Condiciones Generales: Estas Condiciones Generales de Alquiler de Vehículos y Seguro.
1.3 Cliente o Persona que alquila el vehículo: Quien firma el Contrato con la Empresa de Al- quiler. Es el titular del Contrato y responsable de su cumplimiento, siendo también responsable del Usuario y del Conductor Adicional, cuando corresponda.
1.4 Empresa de Alquiler: Es la empresa que cede el uso y goce del vehículo al Cliente, que podrá ser Localiza Rent a Car S.A. o una empresa xxxx- quiciada, según se establece en el Contrato.
1.5 Conductor Adicional: Persona indicada por el
Cliente, y previamente aprobada por la Empresa de Xxxxxxxx, que también podrá manejar el vehí- culo, pero que no tiene poderes para modificar ninguna condición del Contrato.
1.6 Usuario: Persona autorizada a represen- tar al Cliente en el Contrato, cuando el Cliente sea una persona jurídica, con plenos poderes para firmar y realizar cualquier modificación del Contrato. El Usuario es responsable solidario del Cliente y está obligado a responder ante la Empresa por recibir y devolver el vehículo, con- tratar elementos extras, firmar el Contrato y por la eventual prórroga del período del alquiler.
1.7 Página Web Oficial de Localiza:
1.8 No Show: Cuando hay una reserva de alqui- ler, pero el Cliente no se presenta para retirar el vehículo en la fecha/hora reservada.
1.9 Preautorización: Se trata de un impoke re- servado en la tarjeta de crédito del Cliente como condición para la contratación del al- quiler, por un valor mínimo igual a los gastos estimados previstos para el alquiler, que varía según el grupo del vehículo alquilado. La Xxxxx- torización será realizada por la Empresa al inicio del Contrato.
1.10 Tarifa Básica: Precio mínimo aplicado al gru- po del vehículo alquilado el día que se genera el cargo.
1.11 Tarifario: Documento (impreso y/o elec- trónico) que contiene información sobre los vehículos, accesorios, elementos extras, tasas y precios cobrados, que está disponible en las agencias de la Empresa de Alquiler y en la Pági- na Web Oficial de Localiza.
1.12 Dato Personal: Cualquier información rela-
cionada con la persona física (Cliente, Usuario o Conductor Adicional), directa o indirectamente, identificada o identificable.
1.13 Tratamiento del Dato: Xxxx operación reali- zada con un dato personal, como recopilación, producción, recepción, clasificación, uso, ac- ceso, reproducción, transmisión, distribución, procesamiento, archivo, almacenamiento, xxx- minación, evaluación o control de la informaci- ón, modificación, comunicación, transferencia, difusión o extracción.
1.14 Protección Localiza - Vehículo: Protección contratada por el Cliente, en los casos de ave- ría, huko/robo e incendio del vehículo alquilado, por lo que Localiza renuncia exclusivamente al derecho de ser indemnizada por el Cliente por los costos de reparación o reposición del auto, dentro del límite de la protección contratada. La contratación de Protección no exime del cobro del costo preestablecido del límite de daños.
1.15 Seguro para Terceros: Cobekura de seguro contratada por el Cliente, por daños materiales, corporales y xxxxxxx a terceros en caso de si- niestro, dentro de los límites establecidos en el contrato. La contratación del Seguro para Ter- ceros no exime del cobro del costo preestable- cido del límite de daños.
1.16 Costo preestablecido del límite de daños: Se refiere al límite máximo cobrado por Localiza derivado de los costos asumidos por la Empresa de Alquiler debido a la indisponibilidad y pérdi- da de valor xx xxxxxxx del vehículo, los servi- cios y repuestos relacionados con la reparaci- ón del vehículo y otros costos incurridos en la operación de la Empresa, cuando se produzca cualquier hecho que damnifique el vehículo.
1.17 Culpa Grave: Cuando se produzca cualquier infracción gravísima, según los términos de la
Ley número 19824 (Actualización de la Norma- tiva Vigente en Materia de Tránsito y Seguridad Vial), conforme lo determinará, además, la re- glamentación respectiva.
1.18 Uso Indebido del Vehículo: Cuando se pro- duzcan algunas de las siguientes situaciones, con el vehículo o cualquier elemento extra con- tratado:
(a) Transpokar personas y/o bienes a cambio de remuneración, excepto para el rubro Localiza Driver, mediante comprobación, rubro que se dirige a los prestadores de servicios de trans- poke bajo demanda de los usuarios de aplica- ciones de movilidad, para los que también se aplican sus Condiciones Específicas, que pre- valecen sobre las presentes Condiciones Gene- rales.
(b) Adulterar o violar el odómetro del vehículo u otro equipo utilizado para medir el kilometraje.
(c) Abastecer el vehículo con combustible o cualquier sustancia que esté en desacuerdo con el manual del fabricante.
(d) Transpokar personas y/o bienes que sobre- pasen la capacidad informada por el fabricante.
(e) Remolcar el vehículo con un vehículo no apto/específico para este fin.
(f) Pakicipar en carreras automovilísticas (carre- ras, rally, disputa o competencia automovilísti- ca, carreras ilegales, entre otros correlatos).
(g) Instruir a personas no habilitadas, así como a maquinistas/conductores en cualquier situa- ción.
h) Transpokar explosivos y/o materiales quími- cos o inflamables.
(i) Transitar por dunas, médanos, playas, carre- teras o caminos no habilitados para la libre cir- culación vehicular, no abiekos al tráfico o sobre arenas blandas o movedizas.
(j) Que se produzca la inmersión total o parcial del vehículo en el agua.
(k) Conducir con las luces de advekencia de
aceite o de temperatura encendidas en el ta- blero del vehículo, en cuyo caso, si el vehículo sigue funcionando, aunque sea por poco tiem- po, se producirán daños que serán identificados mediante informe técnico.
(l) Conducir el vehículo bajo efectos del alcohol y/o estupefacientes y/o psicofármacos que puedan incapacitar para conducir con seguri- dad.
(m) Transpokar a un niño sin usar los dispositi- vos de transpoke adecuados.
(n) Ceder el vehículo a terceros sin autorización previa de la Empresa de Alquiler.
(o) Conducir el vehículo fuera del territorio Na- cional.
(p) Actuar negligentemente en la tenencia del vehículo, como dejarlo abandonado/estacio- nado en un lugar aislado o con las puekas/ven- tanillas abiekas/destrabadas, con la llave en el contacto o situación similar.
(q) Usar fuera de las especificaciones, o damni- ficar, los elementos extras/accesorios contrata- dos.
(r) Usar el vehículo para fines ilegales, incluidos, entre otros, sin limitarse a, el transpoke de mer- cancías sin la factura adecuada, de conformi- dad con la legislación aduanera y fiscal aplicab- le, y el transpoke de productos ilícitos.
2 OBJETO
2.1 El objeto del Contrato es el alquiler de vehí- culo(s) de propiedad, posesión, uso o goce de la Empresa de Xxxxxxxx, por pake del Cliente, de acuerdo con las condiciones específicas des- critas en el Contrato y demás disposiciones aplicables.
2.1.1 La modalidad de alquiler contratado, pla- zo, lugar de retirada y devolución del vehículo, grupo del vehículo alquilado, aranceles y even- tuales contrataciones extras se describirán en el Contrato.
2.1.2 Las características de cada grupo, así como los modelos de vehículos definidos para el res- pectivo grupo, están disponibles en la Página Web Oficial de Localiza y pueden modificarse en cualquier momento, a exclusivo criterio de la Empresa de Alquiler, de acuerdo con la disponi- bilidad de vehículos en las agencias.
2.1.3 La reserva no garantiza el modelo ni el co- lor del vehículo, ni tampoco exime del análisis del registro que se realizará en la agencia en el momento de la retirada del vehículo.
Para realizar el alquiler objeto del Contrato, el Conductor del vehículo (Cliente, Usuario y Con- ductor Adicional) deberá cumplir con los si- guientes requisitos: (a) ser mayor de 21 años; te- ner una licencia de conducir válida desde hace más de 2 años; (b) estar apto para manejar el vehículo de acuerdo con las leyes y regulacio- nes aplicables; (c) acreditar ingresos compati- bles para asumir eventuales responsabilidades indemnizatorias ante la Empresa de Alquiler y terceros; (d) presentar una tarjeta de crédito de titularidad del Cliente, que será necesaria para la evaluación de su perfil; y (e) en cuanto a ex- tranjeros, este deberá tener una situación regu- lar en Uruguay para este efecto, presentando pasapoke y licencia de conducir válida en ter- ritorio nacional, de conformidad con la legis- lación uruguaya y demás pactos y/o acuerdos internacionales de los que Uruguay sea signa- tario, por un plazo máximo de 180 días, conta- dos a pakir de la fecha de ingreso al país. Pasa- do este plazo, tendrá que devolverle el vehículo a la Empresa de Alquiler, evitando su embargo y/o secuestro y los cargos adicionales derivados del hecho.
2.2 La Empresa de Alquiler se reserva el derecho de realizar el análisis de registro del Cliente y, en determinadas situaciones, necesitará tiempo
hábil para dicho análisis y aprobación de cré- dito.
2.3 La Empresa de Alquiler podrá, a su discre- ción, renunciar al análisis de registro mediante la presentación de una tarjeta de crédito válida a nombre del Cliente, con disponibilidad de un límite mínimo definido por la Empresa de Alqui- ler.
2.4 El Cliente autoriza a la Empresa de Alqui- ler, como condición de contratación, a reservar un impoke en su tarjeta de crédito (preautori- zación) al menos igual a los gastos estimados previstos para el alquiler. La preautorización se realizará al inicio del contrato de alquiler. Es res- ponsabilidad exclusiva del administrador de la tarjeta de crédito liberar el impoke reservado, luego de la solicitud de la Empresa de Alquiler.
3 PLAZO Y TÉRMINO DEL ALQUILER
3.1 El alquiler tendrá el plazo definido en el Con- trato, según la modalidad de alquiler contrata- do por el Cliente.
3.1.1 Para la modalidad de alquiler mensual: el Contrato tiene una vigencia mínima de 30 (treinta) días y, al final de cada período de 30 días, el Contrato se prorrogará automática- mente por un período igual hasta el término del alquiler.
3.2 El atraso en la devolución del vehículo por un período superior a 24 horas se caracterizará automáticamente como presunta apropiación indebida, autorizando a la Empresa de Xxxxxxxx a tomar todas las medidas para recuperar el vehículo, pudiendo incluso bloquear el uso del vehículo, quedando el Cliente sujeto a respon- sabilidades penales y civiles, haciéndose cargo también de todos los gastos de la Empresa de Alquiler para recuperar el vehículo.
3.3 En caso de devolución del vehículo antes del plazo previsto en el Contrato, se cobrará el pre- cio correspondiente a la modalidad de alquiler efectivamente contratada (Mensual, Quincenal, Semanal o Diaria) y según el grupo de vehículo alquilado en la agencia de devolución.
3.3.1 Los descuentos y/o precios promocionales serán válidos y se aplicarán únicamente duran- te el plazo exacto predeterminado, por lo que, aunque el Cliente retire el vehículo al precio promocional, si lo devuelve fuera del plazo mí- nimo o máximo determinado en la promoción, no se aplicará la promoción.
3.4 Con excepción del Alquiler Mensual, si es de interés del Cliente prorrogar el plazo del alqui- ler, deberá necesariamente realizar dicha solici- tud personalmente en la agencia de retirada del vehículo. Eventualmente y por mera liberalidad, la Empresa de Xxxxxxxx podrá aceptar la prórro- ga a través de sus canales de atención.
3.4.1 El Cliente está debidamente informado y está de acuerdo con que, en caso de prórroga a través de los canales de atención de la Em- presa de Alquiler, la grabación y/o transcripción de su solicitud será válida para todos los fines y efectos legales, como si estuvieran descritos en el Contrato, por lo que permanecerán en vigor todos los términos de estas Condiciones Gene- rales hasta la terminación efectiva del contrato de alquiler.
3.4.2 Si el Cliente decide prorrogar el plazo del alquiler y este se ha realizado a través de una agencia de viajes y/o compañías de seguros (vehículo de reserva/Replacement), los costos de las diarias extras y demás gastos del Con- trato correrán a cargo y serán cobradas direc- tamente del Cliente.El Contrato podrá ser res- cindido por la Empresa de Alquiler en cualquier
momento y sin necesidad de especificar el mo- tivo, sin cargo alguno, siempre que se observe un preaviso de al menos 30 días de anticipación.
3.5 La Empresa de Alquiler podrá rescindir el Contrato, con efecto inmediato, si:
3.5.1 No se devuelve el vehículo en la fecha, hora y agencia previamente pactadas en el Contrato;
3.5.2 Se produce cualquier accidente o daño que involucre al vehículo, por culpa o dolo del Cliente/Usuario/Conductor Adicional;
3.5.3 Se detecta cualquier hipótesis de Uso In- debido del vehículo;
3.5.4 Si el vehículo es embargado por autori- dades competentes, independientemente del motivo;
3.5.5 El Cliente no paga sus facturas en las res- pectivas fechas de vencimiento.
En caso de que se produzca alguna de las hi- pótesis anteriores, el Cliente se encontrará en una situación irregular, por lo que no estará au- torizado a utilizar el vehículo hasta que regula- xxxx su situación. En caso de situación irregular, además de rescindir el Contrato, la Empresa de Xxxxxxxx podrá adoptar todas las medidas para recuperar el vehículo, pudiendo incluso, blo- quear el uso del vehículo, sin perjuicio de la im- posición de una multa de hasta el 20% del valor del vehículo, la que podrá reclamársele de ma- nera acumulativa tanto con el cumplimiento de la obligación principal, como con los restantes daños y perjuicios que pudieren corresponder, en un todo de conformidad con lo previsto por el Akículo 1367 del Código Civil uruguayo.
3.6 Salvo en los casos previstos en los subapar- tados siguientes, para todas las modalidades de
alquiler, el Contrato se considerará terminado únicamente cuando el Cliente devuelva el vehí- culo en el lugar indicado por la Empresa de Al- quiler.
3.6.1 En caso de accidente, incendio, presunta apropiación indebida, embargo, secuestro o re- molque del vehículo, el Contrato se considerará terminado cuando la Empresa de Xxxxxxxx recu- pere el vehículo y esté en posesión del mismo. Si el Cliente no es responsable del accidente o incendio, el Contrato se considerará terminado en la fecha del accidente o incendio indicada en el Pake Policial. En los demás casos mencio- nados, la presentación de un Pake Policial no determinará la finalización del Contrato.
3.6.2 En caso de huko o robo del vehículo, la fe- cha de finalización del contrato de alquiler será la fecha/hora del registro del Pake Policial.
4 PRECIO
4.1 El precio final del alquiler se determinará en el término o rescisión del Contrato y compren- derá la suma de los valores de los siguientes conceptos descritos en el Tarifario:
4.1.1 Alquiler
(a) Diarias: La diaria del vehículo es de 24 ho- ras, contadas desde el momento de retirada del vehículo, con hasta 1 hora de tolerancia para su devolución.
(b) Horas Extras: Se cobrarán a pakir de la 25ª hora desde la retirada del vehículo y se calcula- rá en la proporción de 1/5 del valor de la diaria contratada por cada hora extra, cobrándose in- cluso la hora de tolerancia cuando se devuelva a pakir de la 25ª hora de alquiler. En caso xx xx- ras extras, se cobrará una nueva Diaria por to- dos los elementos extras contratados.
(c) Tasa de Alquiler: Porcentaje previsto en el Ta-
rifario aplicado sobre el valor total del Contrato, incluido el costo preestablecido del límite de daños, es decir, esta tasa se aplica sobre el valor total de cada factura emitida.
(d) Kilometraje Excedente: Se cobrará cuando el alquiler se contrate en la modalidad de kilome- traje controlado y el kilometraje supere el límite contratado. El límite de kilometraje se calcula diariamente. El kilometraje contratado no será acumulable de un día para el otro ni de un mes para el otro y no podrá transferirse en caso de reemplazo del vehículo. Si el odómetro está roto o violado, se considerará un promedio de 200 km por día para efectos de facturación, desde la apekura hasta el final del Contrato. Se excep- xxxx los daños provocados por un defecto elec- tromecánico.
(e) Devolución del Vehículo entre Agencias Dis- tintas: Se cobrará siempre que el vehículo sea devuelto en una agencia distinta a la del origen del alquiler/retirada del vehículo.
4.1.2 Elementos Extras (se cobran cuando se contratan)
(a) Conductor Adicional: Cada Conductor Adi- cional designado por el Cliente para manejar el vehículo.
(b) Dispositivo de Retención: Se cobrará cuan- do el Cliente contrate el suministro de una silla de bebé, un asiento de elevación y una butaca para niños, siendo responsable de su correcto uso, conservación y devolución en el estado en que se entregó, bajo pena de reembolso a la Empresa de Alquiler de los eventuales daños y perjuicios.
(c) Dispositivo para Apekura Automática xx Xxxxxxxx de Estacionamientos/Peaje: El vehícu- lo podrá contar con un dispositivo de apekura automática de estacionamientos y barreras de peaje, siendo el Cliente enteramente respon- sable de su correcto uso, conservación y de- volución en el estado en que se entregó, bajo
pena de reembolso a la Empresa de Alquiler de los eventuales daños y perjuicios. El Cliente está debidamente informado y acepta que la Empresa de Xxxxxxxx no es responsable de los defectos y/o fallas del dispositivo que impidan la apekura de las barreras. Si el Cliente decide no contratar este elemento extra, pero aun así lo utiliza, pasando por una fila rápida específica, la Empresa de Alquiler está autorizada a cobrar el reembolso de los impokes de peaje y/o es- tacionamientos utilizados, además del servicio prestado por el operador del dispositivo.
(d) Conductor: Se cobrará el valor previsto en el Contrato aplicado para la disponibilidad del servicio por un periodo de 8 horas. A pakir de la 8ª hora, se cobrarán las horas extras calcu- ladas en la proporción de 1/5 de la tarifa de la diaria por cada hora extra. Es responsabilidad del Cliente hacerse cargo, además del costo de la diaria, de los gastos de alojamiento del con- ductor en caso de pernoctación y alimentación, teniendo en cuenta que el intervalo entre jorna- da del conductor debe ser de al menos 11 horas. El período durante el cual se presta el servicio de conductor se controla mediante la firma obligatoria del Cliente en la hoja de control del profesional.
(e) Navegador/Localiza Way (“GPS”): El Clien- te es enteramente responsable de su correcto uso, conservación y devolución en el estado en que le fue entregado, bajo pena de resarcir a la Empresa de Alquiler de los eventuales daños y perjuicios. En caso de extravío, huko o robo del dispositivo, el Cliente deberá hacer el registro del Pake Policial y comunicárselo inmediata- mente a la Empresa de Xxxxxxxx, para que esta pueda solicitar el bloqueo del chip de datos del dispositivo. La Empresa de Xxxxxxxx se reserva el derecho de tomar las medidas civiles y/o cri- minales que correspondan, así como solicitar el bloqueo inmediato del dispositivo y del chip. La responsabilidad de la Empresa de Alquiler se limita al funcionamiento de los dispositivos,
no siendo responsable de los itinerarios, mapas y/o base de información proporcionada por los mismos.
(f) Protección del vehículo: Impoke cobrado por la renuncia de la Empresa de Xxxxxxxx al derecho a ser indemnizada por el Cliente por los daños materiales causados al vehículo alquilado, en los supuestos de avería, huko/robo e incendio, dentro del límite del tipo de protección contra- tada. La contratación de la Protección no exime del cobro del costo preestablecido del límite de daños. Por lo tanto, si el Cliente decide contratar la Protección, abonando su impoke correspon- diente, en caso de daño material del vehículo alquilado, la Empresa de Alquiler no le cobrará al Cliente dicho daño, observando en pakicular lo dispuesto en este contrato, pero no exclusi- vamente, en el apakado f.1. a continuación y la cláusula 7.3.3.
(f.1) El Cliente perderá automáticamente la Pro- tección del Vehículo, de haberla contratado, en cualquiera de los siguientes supuestos:
(i) Agravar intencionalmente los daños al vehí- culo, (ii) Causar o simular un evento de daño al vehículo; (iii) Provocar un hecho perjudicial por conductor bajo los efectos de alcohol/estupe- facientes/psicofármacos o si el conductor no realiza el test de embriaguez/estupefacientes exigido por la autoridad, (iv) No presentar par- te policial dentro de las 48 horas siguientes al hecho perjudicial con el vehículo alquilado, (v) Procurar obtener beneficios ilícitos de la Pro- tección del Vehículo, (vi) No informar cuando se produzca un hecho perjudicial con el vehículo, tan pronto como lo sepa, (vii) No completar el Informe de Averías, (viii) Falta de pago total de la Protección del Vehículo, (ix) Si una persona no autorizada y/o no habilitada maneja/manio- bra el vehículo, (x) Accidentes que se produz- can fuera del territorio nacional, (xi) Accidentes derivados del incumplimiento de disposiciones legales, por ejemplo, los causados por la ca- pacidad de pasajeros, el peso, el embalaje o el
transpoke de carga u objeto transpokado, (xii) Actuar con Culpa Grave, Dolo o Uso Indebido del Vehículo, (xiii) Utilizar el vehículo para un propósito distinto del indicado en el Contrato,
(xiv) El evento perjudicial con el vehículo se pro- duzca después del huko del vehículo alquilado, cuando no se devuelvan las llaves y documen- tos del vehículo a la Empresa de Alquiler, (xv) Gastos derivados del embargo y/o secuestro del vehículo alquilado,
(xvi) Gastos derivados de la apropiación indebi- da del vehículo alquilado, (xvii) Pérdida o extra- vío de las llaves y documentos del vehículo.
4.1.3 Gastos Reembolsables
(a) Embargo y/o Secuestro del Vehículo: Además de la tarifa del agente despachante, cuando se contrate, el Cliente reembolsará todos los gas- tos de la Empresa de Alquiler para la liberaci- ón y recuperación del vehículo, incluidos, entre otros, los honorarios de abogados, los gastos del depósito/almacén donde se embargue y/o secuestre el vehículo, las tasas aplicadas por la autoridad administrativa o policial y las tasas cobradas por los órganos competentes.
(b) Combustible: Si el vehículo no se devuelve con el tanque lleno, se cobrará un reembolso correspondiente al tanque completo, en base a los costos de combustible en la ciudad donde se devolvió el vehículo. La lectura del medidor de combustible se produce en octavos, y al tra- tarse de una lectura con valores aproximados, la carga de combustible puede variar en relación con la estación de servicio disponible en hasta un 30% de más o de menos. En el caso de que el vehículo haya recorrido menos de 100 km y el marcador no cambie, el combustible se cobrará por estimación. El combustible también se co- bra en caso de reemplazo del vehículo.
(c) Llaves del Vehículo: Cuando no se devuelvan, se cobrará el reembolso del gasto por la con- fección de una nueva llave del vehículo.
(d) Despachantes: Se cobrará cuando, por cul- pa del Cliente/Usuario/Conductor Adicional, la Empresa de Alquiler necesite contratar a un profesional para solucionar las eventuales inci- dencias del vehículo, incluso para retirar Xxxxx Policiales en comisarías. En este caso, el Cliente reembolsará a la Empresa de Alquiler el valor de 1 diaria de alquiler del Contrato. Para distancias superiores a 100 km desde la agencia de origen, se sumará el valor del kilómetro recorrido entre el lugar del evento y la agencia de origen.
(e) Documentos del Vehículo: Cuando no sean devueltos, se cobrará el impoke previsto en el Tarifario más 2 diarias de alquiler del Contrato.
(f) Infracción de Tráfico: El Cliente deberá abo- nar el impoke correspondiente a las infraccio- nes de tráfico incurridas, según las practica la legislación, inmediatamente después de la no- tificación y/o constatación de la infracción, más el porcentaje previsto en el Tarifario, en con- cepto de tramitación administrativa.
(g) Lavado del Vehículo: Si el vehículo o los ex- tras contratados se devuelven sucios, se cobra- rá el lavado sencillo o especial, según su estado, según el impoke previsto en el Tarifario. En caso xx xxxxxx especial, por exceso de suciedad y olores fuekes, incluido el de cigarrillo, se cobra- rá además 1 diaria de alquiler Tarifa Básica o las que sean necesarios hasta que el vehículo que- de disponible, limitado a 10 diarias.
(h) No Show: Para las reservas que no se can- celen con al menos 12 horas de anticipación, se cobrará 1 diaria de la Tarifa Básica. Al conductor también se le cobrará 1 diaria, cuando sea con- tratado. Si el Cliente no retira el vehículo en la fecha reservada por motivos de fuerza mayor o caso fokuito, debidamente comprobado, no se cobrará No Show.
(i) Pérdida de la matrícula: En caso de pérdida de la placa, se cobrará el impoke previsto en el Tarifario más 2 diarias de alquiler del Contrato.
(j) Remolque/Grúa: Se cobrará el impoke cor- respondiente a 1 diaria de alquiler del vehícu-
lo alquilado previsto en el contrato, cuando el evento tenga lugar a una distancia de hasta 100 km de la agencia de origen. Para distancias superiores, el valor será equivalente al valor del viaje de ida y vuelta entre el lugar del evento y la agencia de origen. No se cobrará cargo de remolque cuando sea utilizado por culpa de la Empresa de Xxxxxxxx.
4.1.4 Indemnizaciones
a) Daños al Vehículo: En caso de huko, robo, incendio o colisión del vehículo, la Empresa de Alquiler cobrará al Cliente los gastos de repa- ración o sustitución del vehículo. Dichos gastos se cobrarán hasta el límite del coste preestab- lecido del límite de daños, cuando se contrate la Protección del Vehículo, salvo pérdida de esta.
b) Perjuicios: Se refiere a cualquier gasto, cargo, costo, gravamen o daño que sufra la Empresa de Alquiler, siempre que estén relacionados con un hecho perjudicial con el vehículo. Los perjui- cios comprenden: (i) daños al vehículo alquila- do; (ii) indemnización a terceros; y (iii) costo pre- establecido del límite de daños de la Empresa de Alquiler.
c) El impoke mínimo de costo preestablecido de límite de daños se limitará al valor más bajo de los perjuicios de la Empresa de Alquiler y el im- poke máximo se limitará al impoke descrito en el Contrato y en la tabla disponible en la Página Web Oficial de la Empresa de Alquiler en este enlace. La adhesión a la Protección del Vehícu- lo y/o Seguro a Terceros NO eximirá al Cliente del pago del costo preestablecido de límite de daños. En caso de no contratación de la Pro- tección para el vehículo o pérdida de ésta, se cobrará el impoke total de los daños causados al vehículo, sin limitación e incidencia del costo preestablecido del límite de daños. Se exceptúa a esta cláusula lo dispuesto en la cláusula 7.3.3
de estas Condiciones Generales.
4.2 Además de los conceptos anteriores, forman pake de la base de cálculo del precio, cuando corresponda, entregas y devoluciones, tasas y/o impuestos, cargos financieros por xxxx y de- más impokes incluidos en el Tarifario.
4.3 Los descuentos negociados no son acumu- lables con tarifas promocionales u otras pro- mociones.
4.4 El precio final del alquiler se determinará después del término del Contrato.
5 PAGO
5.1 La Empresa de Xxxxxxxx podrá exigir que los pagos se realicen semanal o mensualmente, se- gún el modelo de contratación.
5.2 El Cliente es totalmente responsable del pago de todas las deudas derivadas del Con- trato, incluidas, entre otras, pero sin limitarse a, eventuales indemnizaciones e infracciones de tránsito, que constituyen deudas netas y deter- minadas para el pago en efectivo, posibles de cobro ejecutivo. Los cargos se realizarán en la tarjeta de crédito presentada por el Cliente y, en caso de que no disponga de tarjeta, se realiza- rán mediante débito y/o transferencia bancaria.
5.3 La Empresa de Alquiler le cobrará al Clien- te las deudas derivadas del alquiler, incluidas las relativas a indemnizaciones y multas, di- rectamente, a través de entidades bancarias o mediante débito automático en la tarjeta de crédito del Cliente, mediante sistema de firma en archivo, aun cuando los gastos se hayan cal- culado después del término del Contrato. La presentación de los documentos de facturaci- ón podrá realizarse en forma impresa o electró- nica, a criterio exclusivo de la Empresa de Al-
quiler. Es responsabilidad exclusiva del Cliente informar y actualizar los datos del responsable de recibir las facturas, bajo pena de que se las considerade entregadas.
6 RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA DE ALQUILER
6.1 Poner a disposición el vehículo limpio, con el tanque lleno, en perfectas condiciones de uso, funcionamiento y seguridad, con todo el equi- pamiento y documentación exigida por la legis- lación aplicable.
6.2 Inspeccionar el vehículo antes de ponerlo a disposición y al finalizar el alquiler, registrando todas las condiciones del vehículo, con las que el Cliente está de acuerdo.
6.3 Garantizar la reserva por un periodo de has- ta 1 hora después de la hora prevista para la re- tirada del vehículo, sujeto al horario de apekura de la agencia.
6.4 Garantizar la entrega del vehículo en la ca- tegoría y en el grupo de vehículos reservados, observando los siguientes subapakados.
6.4.1 La Empresa de Alquiler no garantiza el mo- delo y color del vehículo dentro de la categoría reservada, pudiendo poner a disposición cual- quiera de los modelos incluidos en la categoría, a su discreción.
6.4.2 Si al Cliente se le entrega un vehículo de categoría superior, el valor del alquiler será el mismo que el del vehículo reservado hasta el momento en que esté disponible. Si al Cliente se le entrega un vehículo de categoría inferior, el alquiler será gratuito hasta el momento en que se ponga a disposición el modelo reservado o de categoría superior. Si el Cliente no reempla- za el vehículo en la fecha/hora establecida por
la Empresa de Alquiler, se estará adhiriendo al alquiler de un vehículo inferior y/o superior, se- gún sea el caso, y pagando su tarifa desde la re- tirada del vehículo.
6.4.3 Cuando el vehículo reservado esté dis- ponible, la Empresa de Xxxxxxxx deberá permitir su retirada en la agencia o su entrega, según el caso.
6.5 Reemplazar el vehículo sin cargo para el Cliente en caso de avería por defecto electro- mecánico, no derivado de un Uso Indebido.
6.5.1 Cuando sea posible conducir el vehículo, siempre que se verifique por pake del Cliente que no existe ningún riesgo, el Cliente podrá lle- varlo a la agencia de alquiler más cercana para realizar el reemplazo; de lo contrario, la Empre- sa de Alquiler se encargará de retirar el vehículo.
6.5.2 Si se determina que la avería fue causada por accidente, originado por culpa o dolo del Cliente, por Uso Indebido o, incluso, si la solici- tud de retirada fuera innecesaria (por ejemplo, falta de combustible), el Cliente deberá hacerse cargo del impoke del remolque más el valor de 1 diaria de la Tarifa Básica.
6.5.3 Exclusivamente en caso de avería, si así lo solicita el Cliente, el Conductor Adicional podrá llevar el vehículo para realizar su reemplazo.
6.5.4 La Empresa de Alquiler no reemplazará el vehículo en los siguientes casos:
a) En caso de huko, robo, incendio, colisión, apropiación indebida, embargo y/o secuestro por pake de autoridades, o avería ocasionada por Uso Indebido del vehículo.
b) En caso de pérdida, huko o robo de las llaves y documentos del vehículo.
c) En caso de revisiones periódicas del vehículo,
que se realizarán cada 6 meses o cada
10.000 km recorridos, lo que se produzca pri- mero.
7 RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE
7.1 Recepción, tenencia y uso del vehículo
7.1.1 El Cliente / Usuario / Conductor Adicional deberá presentar, en la retirada del vehículo, su licencia de conducir original, documento fiscal
-si correspondiere- y documento de identidad, todos en formato aceptado por la Empresa de Xxxxxxxx.
7.1.2 El Cliente es responsable de recibir, guardar y usar el vehículo.
7.1.3 El Cliente es responsable de presentarse en la agencia de la Empresa de Xxxxxxxx o en el lugar indicado por esta cuando sea requerido por la Empresa de Alquiler, bajo pena de multa no compensatoria del 10% del valor del vehículo, según valores vigentes de AUTODATA. .
7.1.4 El Cliente es responsable de llevar el vehí- culo a la agencia de la Empresa de Alquiler cuando sea necesario realizar la revisión perió- dica, según lo previsto en el contrato.
7.1.5 El Cliente asume la guarda jurídica y mate- rial del vehículo, para todos los efectos legales, haciéndose cargo de utilizar correctamente el vehículo, no incurriendo en ninguna hipótesis de Uso Indebido del vehículo.
7.1.6 El Cliente se compromete a no realizar nin- guna reparación o servicio en el vehículo sin el expreso y previo consentimiento de la Empresa de Alquiler, bajo pena de no ser reembolsado por dichos servicios y asumiendo además cual- quier daño en el vehículo.
7.1.7 El Cliente es totalmente responsable por el uso del vehículo, respondiendo, asimismo, por el Usuario y/o Conductor Adicional.
7.1.8 El Cliente deberá comunicar inmediata- mente a la Empresa de Alquiler cualquier sinies- tro con el vehículo, así como el evento de robo o huko, y de hacer el pake policial en un plazo máximo de 48 horas:
a) Cumplimentación del Informe de Averías/Avi- so de Siniestro de la Empresa de Alquiler;
b) Entrega del Pake Policial o comprobante de su protocolo;
c) Informe pericial o su protocolo en caso de vuelco del vehículo o víctima fatal.
7.2 Devolución del Vehículo
7.2.1 El Cliente es responsable de la devolución del vehículo y sus elementos extras, indepen- dientemente de que se encuentre en posesión del Usuario o del Conductor Adicional, debien- do entregarlo en la fecha y hora acordadas y en las mismas condiciones en que fueron puestos a disposición, observando, asimismo, el horario de apekura de la agencia antes de devolver el vehículo.
7.2.2 El Cliente está debidamente informado y acepta que, aunque, eventualmente, el Con- ductor adicional devuelva el vehículo, el Cliente sigue siendo totalmente responsable, incluso en lo que respecta a las averías o la pérdida del vehículo y de los elementos extras.
7.3 Responsabilidades Indemnizatorias
7.3.1 El Cliente reconoce que las responsabili- dades de la Empresa de Xxxxxxxx se limitan a las previstas en la legislación uruguaya, por lo que le corresponde al Cliente hacerse cargo de las consecuencias de su conducta dolosa o negli-
gente, incluso frente a terceros.
7.3.2 El Cliente asumirá las siguientes responsa- bilidades indemnizatorias:
a) En caso de huko, robo o apropiación inde- bida: Reembolsar a la Empresa de Alquiler el valor xx xxxxxxx del vehículo, los aranceles e impuestos que correspondan al vehículo, gas- tos de empadronamiento e impuestos, un tan- que de combustible y el costo preestablecido de límite de daños, de acuerdo con los límites expresados en el Contrato. Si la Empresa de Al- quiler recupera el vehículo después del pago total de las indemnizaciones, devolverá el valor xx xxxxxxx del vehículo menos el costo de la pérdida del vehículo. En el caso de un vehículo recuperado por apropiación indebida, el Cliente deberá pagar, además, las diarias de alquiler de la Tarifa Básica, desde la retirada hasta la efec- tiva devolución del vehículo a la Empresa de Al- quiler.
b) En caso de pérdida total o accidente de in- cendio: Reembolsar a la Empresa de Alquiler el valor xx xxxxxxx del modelo del vehículo, los aranceles e impuestos que correspondan al vehículo, como los gastos e impuestos del empadronamiento, un tanque de combustible y el costo preestablecido del límite de daños. El Cliente también asumirá todos los daños y perjuicios que pueda causar a terceros. Una vez que el Cliente haya pagado todas las indemni- zaciones aplicables o satisfechas, el costo de los restos se le reembolsará al Cliente. Se consi- dera pérdida total cuando el valor de recupera- ción del vehículo supera en un 50% su valor xx xxxxxxx o pérdida estructural en el vehículo.
c) En caso de siniestro sin pérdida total: se le re- embolsará a la Empresa de Alquiler el valor de recuperación del vehículo alquilado y el costo preestablecido del límite de daños. El Cliente también asumirá todos los daños y perjuicios que pueda causar a terceros.
7.3.3 La contratación de la Protección del Vehí- culo exime al Cliente de reembolsarle a la Em- presa de Alquiler exclusivamente el valor xx xxxxxxx del vehículo alquilado o su valor de recuperación, dentro del límite del tipo de pro- tección contratada, excepto el costo preestab- lecido del límite de daños. El Cliente deberá ha- cerse cargo del costo preestablecido de límite de daños independientemente de su culpa, de la reparación del vehículo o de la adhesión a la Protección del Vehículo.
7.3.4 El Seguro para Terceros exime al Cliente de reembolsar a la Empresa de Alquiler los daños causados a terceros dentro del límite de la co- bekura del seguro, exceptuado el costo prees- tablecido del límite de daños.
7.3.5 En caso de pérdida de la Protección del Vehículo y/o del Seguro para Terceros, el Cliente está obligado a reembolsarle a la Empresa de Alquiler todos los daños causados al vehículo y a terceros.
7.3.6 El Cliente acepta que la Empresa de Alqui- ler promueva su citación en garantía en todas aquellas acciones judiciales iniciadas por terce- ros, y le corresponderá a él asumir aisladamente toda la carga de estas demandas.
7.3.7 La recepción de cualquier impoke por pake de la Empresa de Xxxxxxxx no supone la li- quidación total de sus pérdidas.
7.4 Infracción de Tráfico
El Cliente/Usuario está de acuerdo con que la Empresa de Xxxxxxxx lo señale como infractor responsable de las infracciones de tránsito en- contradas durante el alquiler, a los efectos pre- vistos por el Ak. 22 de la Ley 19.824., A pakir de la indicación, el Cliente tendrá la legitimación para defenderse ante el órgano denunciante.
Por mera liberalidad, la Empresa de Xxxxxxxx po- drá permitir que el Cliente indique al Conductor Adicional como el infractor responsable.
7.4.1 Cualquier cuestionamiento sobre la even- tual improcedencia de multas de tránsito debe- rá ser formulado por el Cliente exclusivamente ante el organismo denunciante.
7.4.2 El Cliente reconoce que la Empresa de Xxxxxxxx, en su condición de propietaria del vehículo alquilado, es responsable de pagar la multa ante la Autoridad de Tránsito después de ser notificada. La Empresa de Alquiler cobra- rá los gastos de la infracción de tráfico más el porcentaje previsto en el Tarifario, inmediata- mente después de la notificación de la infrac- ción, constituyéndose como una deuda neta y determinada, incluso en los casos de recursos de reposición y/o apelación contra la resolución sancionatoria.
7.4.3 En caso de que el Cliente sea abordado por un agente de tránsito y reciba el Aviso de Infracción/Notificación, deberá notificárselo a la Empresa de Xxxxxxxx y entregarle una copia de la notificación.
7.4.4 Si el Cliente decide formular descargos, recurrir y/o apelar la infracción y, si tales des- cargos y/o recursos son exitosos, la Empre- sa de Alquiler le proporcionará una copia del comprobante de pago para que pueda solicitar el reembolso a la Administración (Intendencia Municipal del Depakamento que correspon- da y/o ante la Policía Caminera según fuera el caso). En el caso de que no se haya efectuado el pago al organismo denunciante, el impoke será devuelto por la Empresa de Alquiler. El reembol- so también se producirá si la infracción no se convieke en multa.
7.4.5 El Cliente está obligado a reembolsar a la Empresa de Alquiler todos los impokes rela-
cionados con infracciones de tráfico ocurridas durante el período de alquiler, incluso si no se notifica a la Empresa de Alquiler dentro xxx xxx- zo legal. En estos casos, la Empresa de Xxxxxxxx podrá apelar y, en caso de que sea aceptada la apelación, le entregará una copia al Cliente del boleto de pago para que pueda solicitar el re- embolso al órgano denunciante.
8 SEGURO OFRECIDO POR LA EMPRESA DE ALQUILER
8.1 Protecciones con franquicia regular: Con- forme la obligación establecida por la Xxx xx Xxxxxxxx Nacional y a efectos de poder circular, los vehículos de Localiza Uruguay cuentan con un seguro contra terceros contratado en una Compañía de Seguros de primer nivel. El Clien- te recibe el cekificado de cobekura al retirar el vehículo. La cobekura se encuentra limitada a los alcances, condiciones, excepciones, causa- les de exclusión y de pérdida determinados en la póliza. La póliza contratada otorga cobeku- ra exclusivamente por responsabilidad civil por daños a terceros de hasta u$s1.000.000. Cual-
quier monto superior a la cifra cubieka, será́ responsabilidad exclusiva del Cliente.
8.2 Protección Ampliada con deducible redu- cido: Cuando el Cliente adhiera formal y anti- cipadamente, y asimismo haya abonado el car- go diario adicional, la protección ampliada de Localiza cubre únicamente en caso de daños ocasionados a la carrocería del vehículo alqui- lado, y/o accidente. El Cliente siempre abonará la franquicia, aun cuando se hubiera producido
sin haber mediado culpa de su pake y/o por caso xxxxxxx y/o fuerza mayor. También será́a cargo del Cliente la indemnización por lucro ce-
sante hasta que Localiza pueda disponer efecti- vamente del vehículo. No se encuentra incluido bajo ningún concepto, el remolque del vehículo que será́calculado por los Kilómetros que deba
recorrer la grúa entre el lugar del hecho y la Su- cursal de origen del alquiler, ni las sillas de be- bés ni la Guía Navegador GPS o dispositivo WIFI o similares, cuando fueran perdidos, dañados, hukados y/o robados. La presente Protección no reduce el monto a abonar por vuelco, des- trucción total, huko, robo y/o incendio.
8.3 Autorización para conductores adicionales: Otros conductores podrán ser incluidos en la Solicitud, desde que previamente calificados y aprobados por Localiza, y mediante pago del cargo adicional diario.
8.4 Asistencia en Ruta dentro de ROU: En caso de adherir formal y anticipadamente y pagar el servicio, el mismo cubre el monto xxx xxxxx- que o grúa desde el lugar del hecho o siniestro acaecido hasta la Sucursal del origen de Loca- xxxx. No aplicará en los casos de pérdida de las
protecciones de Localiza, en cuyo caso deberá́ abonar, por este concepto, el valor estipulado en la cláusula 4.1.3 j.
8.5 En caso de ocurrir cualquier siniestro con el vehículo, el Cliente deberá́comunicar el he-
cho inmediatamente a Localiza y gestionar la denuncia policial o laudo pericial, teniendo un plazo de hasta 24 (veinticuatro) horas para pre- sentar el comprobante o protocolo de emisión de esos documentos, bajo pena de perder las protecciones y cobekura de la compañía de se- guros.
8.6 El Cliente obligatoriamente en el plazo de hasta 24 (veinticuatro) horas, deberá́comple- tar la denuncia de siniestro para ser presentada ante la Compañía de Seguros de Localiza.
8.7 Ocurrirá́pérdida de las protecciones y co- bekuras cuando:
8.7.1 El Cliente no complete la denuncia de si-
niestro ante Localiza, en tiempo y forma;
8.7.2 El Cliente no presente la denuncia policial o laudo pericial, en tiempo y forma;
8.7.3 Ocurriera préstamo o transferencia del vehículo alquilado a terceros sin previa autori- zación formal de Localiza;
8.7.4 El Cliente transitara con el vehícu- lo alquilado fuera de territorio de la República Oriental del Uruguay, sin previa autorización formal de Localiza;
8.7.5 Fuera probada la culpa grave, caracteriza- da entre otras, por las infracciones gravísimas explicitas en el Código de tránsito nacional, ya sea por descripción en la denuncia administra- tiva y/o policial, o por sentencia judicial;
8.7.6 Proceder con manifiesta negligencia en la guarda del vehículo, especialmente si lo deja abandonado o estacionado con las puekas destrabadas o vidrios bajos, llave de ignición o cualquier otra situación de descuido con el vehículo;
8.7.7 La Compañía de Seguros contratada, de- nuncie la pérdida o exclusión de la cobekura de seguros, por la conducta del Cliente, y/o Usuario y/o conductor, como ser por: conducir a exceso de velocidad, circular con el vehículo en con- tramano; cruzar las vías de ferrocarril con las barreras bajas y/o cuando las señales lumínicas y sonoras no habiliten el paso; conducir bajo in- fluencia de drogas o en estado de ebriedad; y/o cualquier otro motivo fundado de la Asegura- xxxx.
8.7.8 El Cliente, Usuario y/o conductor, condu- zca bajo la influencia de cualquier tipo de me- dicación o sustancia recetada o no (Alcohol o estupefacientes), que pudiere afectar su capa-
cidad de manejo;
8.7.9 Proceder con dolo o uso inadecuado del vehículo. Se considera uso inadecuado, entre otras, a las siguientes situaciones:
8.7.9.1 Circule con el vehículo en vías inundadas o sin condiciones de tránsito normal que ven- ga a colocar en riesgo al vehículo y/o circule sin luces reglamentarias encendidas exigidas para la circulación en horario nocturno o ante la exis- tencia de condiciones climatológicas que difi- cultan su visión;
8.7.9.2 Circular con el vehículo con fines distin- tos al detallado en su cekificado de registro y/o especificaciones del fabricante, tales como transpokar personas y/o bienes mediante la co- branza de remuneración de cualquier especie; transpokar personas y/o bienes por encima de la capacidad informada por el fabricante del vehículo (lugares, peso o extensión); acarrear o remolcar cualquier vehículo, competencias, test, carreras, instrucción de personas no ha- bilitadas a conducir, transpoke de explosivos, combustibles y/o materiales químicos y/o infla- mables, además de paseos en dunas y playas y/o cualquier finalidad ilegal;
8.7.9.3 Circular con el vehículo perdiendo aceite por el cáker o con el radiador roto, am- bos problemas alekados por la xxx xxxx en el panel del vehículo, no impokando el motivo o
el lugar donde ocurrió́el siniestro. Cuando el
Cliente persista en circular en estas circunstan- cias, ocurriendo daños al motor, que puedan ser caracterizados por peritaje técnico, a elección de Localiza con la comparecencia del Cliente, cuando este manifieste tal interés.
8.7.9.4 Dañar la carrocería, pintura x xxxxx me- cánicas por descuidos en el uso del vehículo.
8.8 En caso de pérdida de la protección, el Clien- te cargará directamente con todos los costos derivados de cualquier situación y sus conse- cuencias, inclusive con terceros perjudicados, sea judicial o extrajudicialmente, además de lucros cesantes, sin perjuicio de resarcimiento a Localiza de cualquier indemnización que esta tenga que sopokar derivado de la conducta del Cliente, del Usuario o del conductor.
8.8.1 En caso de pérdida de la protección, y de haberse percibido alguna suma en concepto de franquicia o contribución por daños, la misma será́considerada a cuenta de mayor cantidad.
8.9 No existe protección ni cobekura para:
8.9.1 Dolo y/o uso inadecuado del vehículo;
8.9.2 Huko, cuando no fueran devueltas a Lo- caliza las llaves y los documentos del vehículo;
8.9.3 Apropiación indebida;
8.9.4 Exención de lucro cesante;
8.9.5 Perdida de llaves y/o documentos del vehí- culo alquilado;
8.9.6 Gastos de acarreo;
8.9.7 Gastos de diarias y tasas en depósito de organismos de tránsito en caso de acarreo del vehículo alquilado;
8.9.8 Xxxxx xxxxxxx;
8.9.9 Servicios profesionales de abogados y/o gestores.
8.9.10. Cuando el Automóvil sea conducido por persona en estado de ebriedad, bajo efecto o influencia de cualquier tipo de medicación o sustancia recetada o no, de drogas o estupe- facientes de uso fokuito, ocasional o habitual,
cuando se produzca el siniestro, así́como si el Conductor del vehículo se niega a realizar la prueba de embriaguez requerido por la autori- dad competente y que haya un nexo causalidad comprobada por la aseguradora entre el estado
de embriaguez o de efecto de drogas o estupe- facientes del Conductor del vehículo y el acon-
tecimiento que causó los daños. Enumeración no taxativa sino meramente ejemplificativa.
8.10 Exclusiones de cobekura de responsabili- dad civil:
8.10.1 La Compañía de Seguros contratada no indemnizará, entre otros, los daños sufridos a:
8.10.1.1 El conyugue del conductor ni los daños sufridos a los parientes del asegurado y/o con- ductor hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad;
8.10.1.2 Las personas en relación de dependen- cia laboral con el asegurado y/o el conductor, en tanto el evento se produzca en opokunidad o con motivo del trabajo;
8.10.1.3 Los terceros transpokados en exceso de la capacidad indicada en las especificaciones de fábrica o admitida como el máximo normal para el uso normal del rodado. Enumeración no taxativa sino meramente ejemplificativa.
9 PROTECCIÓN DE DATOS
9.1 La información recopilada en el registro del Cliente se encuentra amparada por la Ley de Protección de Datos (Ley 18331), y es la estricta- mente necesaria para identificar las reservas y ejecutar el Contrato entre el titular y la Empresa de Alquiler, y será utilizada únicamente para ta- les fines.
9.2 La información recopilada también será uti- lizada por la Empresa de Alquiler para analizar la información financiera del titular de los datos, a fin de prevenir fraudes y otros riesgos derivados de las operaciones, y los datos personales po- drán ser compakidos con aliados y proveedores para el estricto cumplimiento de ese propósito.
9.3 El vehículo alquilado por el Cliente puede contar con un equipo de gps y/o telemetría u otro dispositivo electrónico para rastrear/iden-
tificar su ubicación. La recopilación de datos se realizará para poner en funcionamiento, de acuerdo con el producto contratado y cuando sea necesario y aplicable:
(i) la apekura y cierre de puekas del vehículo,
(ii) la apekura y cierre xx xxxxxxxx de peajes y/o estacionamientos, y (iii) la inmovilización remota del vehículo, con el objetivo, en ambos casos, de mejorar la experiencia del Cliente y la seguridad del vehículo que se haya entregado.
9.4 El Cliente es plenamente consciente de que, en caso de incumplimiento de cualquier obli- gación prevista en el Contrato, o en casos de evento ilícito, la Empresa de Alquiler podrá blo- quear el uso del vehículo y promover medidas para recuperar la posesión del vehículo.
9.5 El Cliente es responsable de los datos de los terceros registrados, siendo responsable de la veracidad, comunicación y, en su caso, autoriza- ción de los titulares de los datos, de quienes la información y los datos personales recopilados serán almacenados por la Empresa de Alquiler y utilizados para la ejecución de las finalidades del Contrato.
9.6 Si el Cliente lo autoriza, la Empresa de Al- quiler utilizará el correo electrónico y el núme- ro de teléfono para difundir y comunicar sobre promociones y actividades de marketing, cuyo consentimiento podrá ser revocado en cual- quier momento.
9.7 Para más información, el Cliente deberá ac- ceder a nuestro Aviso de Privacidad, accesible en todo momento a través del enlace específico xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xx-xx/xxxxxxxxxx.
10 MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO
10.1 Independientemente de la modalidad del
xxxxxxxx contratado, la Empresa de Xxxxxxxx po- drá modificar cualquiera de las condiciones del Contrato, previa notificación, con una antici- pación mínima de 15 días, para adaptar el Con- trato. Si el Cliente no está de acuerdo con las modificaciones realizadas, podrá rescindir in- mediatamente el Contrato, sin cargos.
10.2 Si, después de la comunicación menciona- da en el ítem anterior, el Cliente permanece con el vehículo, se tendrá por configurada su acep- tación de las nuevas condiciones del Contrato.
11 DISPOSICIONES GENERALES
11.1 El Cliente acepta que su firma en el Contrato implica conocimiento y adhesión por sí mismo, sus herederos/sucesores a estas Condiciones Generales y demás documentos que integran el Contrato, siempre que se respeten las normas que regulan las relaciones de consumo y defen- sa del consumidor (Ley 17250 y su decreto re- glamentario 244/000), reconociendo la forma de contratación a través de medios electróni- cos y digitales como válida y plenamente eficaz, constituyendo un título hábil para todos los efectos legales.
11.2 Si el Cliente es una persona jurídica, será responsable de todos los actos realizados por sus empleados y representantes.
11.3 Cualquier tolerancia, omisión o atraso por pake de cualquiera de las Xxxxx en exigir el cumplimiento de cualquier condición del Con- trato o en el ejercicio de cualquier derecho, se dará por mera liberalidad y no constituirá nova- ción ni implicará renuncia a la posibilidad futura de exigir su cumplimiento.
11.4 El Cliente reconoce que el sistema de Alqui- ler de Vehículos bajo la marca “Localiza Rent a Car” está conformado por varias empresas que
operan con autonomía administrativo-financie- ra, pero que son solidariamente responsables por los vicios y demás problemas contractuales verificados.
11.5 El Contrato celebrado entre las Xxxxx re- emplaza cualquier acuerdo anterior.
11.6 La Empresa de Alquiler no se hace respon- sable de los objetos/valores dejados en el vehí- culo o en sus instalaciones.
12 COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN
12.1 Serán competentes los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Civil de la ciudad de Montevideo y/o los Juzgados xx Xxx Depaka- mental de la Capital (según corresponda por la cuantía) para dirimir cualquier cuestión relacio- nada con el Contrato.
12.2 Para la solución de eventuales conflictos relacionados con este Contrato, para quejas y sugerencias, el Cliente podrá contactar la Aten- ción al Cliente 24H a través del teléfono x000 00 000000 (disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana). La Empresa de Xxxxxxxx está a entera disposición del Cliente, también a tra- vés del correo electrónico de atención al cliente xxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
Este documento está íntegramente disponible para consulta en la Página Web Oficial de Lo- caliza.
ATENCIÓN A CLIENTES 24H
x000 00 000000
CANALES DE RESERVA
ALQUILE POR LA APP