PLIEGO DE BASES DE CONDICIONES PARTICULARES CONCURSO DE PRECIOS N°31/2023
PLIEGO DE BASES DE CONDICIONES PARTICULARES CONCURSO DE PRECIOS N°31/2023
CONSULTORIA DE AUDITORIA INTERNA
1.OBJETO. Contratación de una firma consultora encargada de realizar la revisión de cinco (5) ciclos de auditoría interna conforme se detallan en el alcance del presente de acuerdo con las especificaciones descriptas en el Anexo I “Términos de Referencia” que forman parte integrante de estas bases.
CRONOGRAMA
CONSULTAS | Remitir a los correos electrónicos: xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx y xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx | Hasta el día 24/05/2023 Todo el día hasta las 23:59hs |
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS | ||
OFERTAS TÉCNICAS Y ECONOMICAS por separado en formato pdf | A través de correo electrónico a la casilla | Hasta el día 30/05/2023 Todo el día hasta las 23:59hs |
APERTURA DE OFERTAS El día 31 xx Xxxx de 2023
2. CONSULTAS. Las consultas y/o pedidos de prorroga podrán efectuarse a los correos electrónicos xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx y xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx indicando en el asunto del mail Concurso de Precios N°31/2023 Servicios de Auditorías Internas.
Las mismas serán respondidas como Circular al proveedor que consulta y a todos los interesados e invitados hasta 24 horas antes de la fecha programada para la presentación de las ofertas.
3. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. Las Ofertas deberán presentarse en dos documentos separados, uno Técnico y/o Documental y otro Económico, indefectiblemente hasta la fecha y hora que se indica en el cronograma de esta convocatoria. No se aceptará la oferta económica incluida en el documento técnico.
Las propuestas deben enviarse al correo electrónico indicado para la recepción de ofertas siempre antes de la fecha de vencimiento para la presentación de las ofertas.
La documentación debe enviarse en documentos de PDF firmados holográficamente y escaneados o firmados con firma digital. No se acepta firma estampada o documentos editables.
A los fines de resguardar la transparencia del proceso el BICE cuenta con un exclusivo buzón donde los proponentes deben remitir toda la documentación para este concurso de precios que es habilitada a partir del vencimiento para presentar las ofertas arriba indicado, de forma tal que el personal autorizado podrá acceder al mismo, únicamente cuando hubiese transcurrido la fecha de vencimiento para la presentación de las ofertas.
La posibilidad de modificar la oferta precluye con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna después de esa circunstancia.
La sola presentación de la propuesta implica la aceptación total de los términos de este Pliego, sus especificaciones y normas relacionadas con esta contratación.
4. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ACOMPAÑAR JUNTO CON LA PROPUESTA
Podrán contratar con el BICE las Personas Humanas o Personas de Existencia Ideal que tengan plena capacidad jurídica, no estén incursas en prohibiciones para contratar, acrediten solvencia económica, financiera, técnica o profesional según lo solicitado en estas bases.
4.1. Documentación de la persona física o jurídica:
• Legajo Impositivo. Constancia de CUIT expedida por AFIP, e Ingresos Brutos, exenciones entre otros.
• Acreditar documentación del firmante de la Propuesta (Poder, Estatuto y/o última acta de designación)
• Cumplimentar con lo requerido en el Anexo I de Especificaciones Técnicas.
4.2. DECLARACIONES JURADAS (*) provistas como Anexos a las presentes condiciones particulares.
Los oferentes deberán completar las DECLARACIONES JURADAS provistas como Anexos a las presentes condiciones particulares (DD. JJ Inhabilidad de contratación con el Estado, DD.JJ de Vinculación (Persona Jurídica), DD.JJ Conflicto de Intereses, DD.JJ Juicios Anticorrupción y Compliance, DD.XX Programa de Integridad Ley 27.401), con los datos de la firma y/o empresa que presente su oferta y/o propuesta y su representante legal.
Deberá presentarse idéntica declaración y en los mismos supuestos previstos en el artículo 1° del Decreto N°202/2017 para Presidente de la Nación, Vicepresidente; Jefe de Gabinete de Ministros; Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional, Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir
Asimismo, se detalla a continuación la nómina de funcionarios xx XXXX SA:
Xxxxxxx xx Xxxxxx - Presidente |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx - Vicepresidente |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx - Director Titular |
Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxxx - Directora Titular |
Xxxxxx Xxxxxx - Director Titular |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx - Director Titular |
Xxxxxxx Xxxxx - Gerente General |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxx - Director de Factoring |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx - Director de Leasing |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx - Directora de Recursos Humanos |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx - Director de Comunicación |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx - Directora de Legales y Compliance |
Xxxxxxxx Xxxxxx - Director de Administración y Finanzas |
Xxxxxx Xxxxx Xxxx - Director de Sistemas y Operaciones |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx - Xxxxxxx de Administración |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx - Director de Riesgos |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx - Director Comercial |
Xxxxxxx Xxxxx – Gerente de Auditoria Interna |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx - Gerente de Administracion y Finanzas |
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx - Jefa División Compras y Contrataciones |
(*) Se completan por los proveedores xx XXXX SA anualmente por tanto si el oferente ya completó la información oportunamente no será necesaria su presentación, no obstante, es un documento subsanable.
4.3. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO.
- Domicilio real y constituido en la Ciudad Autónoma de Xx.Xx.
- Dirección de correo electrónico donde serán válidas todas las notificaciones del proceso.
4.4. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
La documentación técnica/específica del servicio solicitado deberá ser confeccionada conforme a los requerimientos establecidos en el Anexo I Especificaciones Técnicas y deberá contener:
• Mínimo 5 antecedentes, con una antigüedad no mayor a 5 años, en trabajos de auditoría interna/auditoria de proyectos similares al solicitado y del posible equipo a asignar.
Detallar: proyectos, fecha de realización y entidades financieras. Opcional: algún contacto de referencia en la entidad.
• CV del/los profesional/es responsable/s del posible equipo a asignar al proyecto.
• Metodología y plan de trabajo propuestos para cada uno de los trabajos en respuesta a los términos de referencia.
4.5. COTIZACIÓN
El oferente debe detallar el precio final sin impuestos, en la moneda establecida en el Anexo II. Formulario de Cotización INDEFECTIBLEMENTE para ser considerada la oferta.
Deberá igualmente indicar el % de impuestos que corresponde adicionar.
Errores. En el caso de que el total del/los ítem/s no responda/n a su precio unitario, se toma a éste último como válido y como base de cálculo para determinar el total de la propuesta. Por ello el valor unitario debe ser perfectamente identificable conforme lo pedido, según la unidad de medida y cantidad. Luego el total deberá plasmarse en números y letras.
La cotización deberá contemplar la totalidad las prestaciones requeridas, el costo total del servicio por todo concepto incluyendo flete para su entrega en el lugar de pedido de corresponder.
Toda la documentación deberá encontrarse en documento que no permita su alteración. Las Declaraciones Juradas y Planilla de Cotización deberán encontrarse firmadas y acompañada la acreditación del firmante y remitidas en documentos formato PDF.
5. MANTENIMIENTO DE OFERTA
Para este proceso se encuentra excluída la presentación de garantía de mantenimiento de oferta, sin embargo, el oferente garantiza con su presentación el mantenimiento de su cotización por veinte (20) días que corre a partir del día siguiente hábil al de su cotización.
Dicho plazo se prorroga automáticamente hasta la adjudicación del proceso, salvo que el proveedor manifieste lo contrario con hasta diez (10) días de antelación mínima al vencimiento de cada plazo
6. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Para este Concurso de Precios se evaluarán los aspectos técnicos, se verificará el cumplimiento de las cuestiones formales de documentación presentada indicadas en el Punto 4 de estas bases, elaborándose un cuadro de orden de mérito de las ofertas que cumplan con lo solicitado y se seleccionará aquella que resulte ser la más económica.
Asimismo, BICE podrá solicitar aclaraciones siempre que ello no vulnere el principio de igualdad de trato de los oferentes y no modifique su propuesta.
7. ADJUDICACIÓN. ORDEN DE COMPRA O DE CONTRATACIÓN.
La adjudicación será global y se realizará en favor del oferente que cumpla técnicamente con lo solicitado y resulte ser la oferta más conveniente técnica y económicamente para BICE.
La adjudicación será notificada a todos los oferentes dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo que finaliza con el procedimiento y se perfecciona con la comunicación de la Orden de Compra debidamente notificada por correo electrónico a favor de la oferta que resulte más conveniente técnica y económicamente para BICE.
Desde el momento que la propuesta del oferente sea aceptada asumirá el carácter de documentación complementaria, obligando al adjudicatario al cumplimiento, en tiempo y forma de las condiciones aquí determinadas.
8. IMPUESTOS
Cuando fuera aplicable, el impuesto de sellos que corresponda tributar en virtud de esta contratación será pagado por las partes en partes iguales.
BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SA CUIT 30-65112908-3. Responsable inscripto.
9. CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN
9.1. PLAZO. A partir del día hábil siguiente computado desde la comunicación de la Orden de Contratación.
9.2. CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN. Se podrá brindar el servicio de forma 100% remota o mixta de lunes a viernes de 9.00 hs a 18.00 hs, junto con la entrega de informes mensuales con el detalle de las tareas realizadas. Contacto: XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX < XXxxx@xxxx.xxx.xx > Dirección: Xxxxxxxxx Xxxxx 000, XXXX. Se deberá contar con constancia de ART.
9.3. FIRMA DEL CONTRATO. Para la firma del contrato con el proveedor adjudicado, se recomienda utilizar firma digital.
A tal fin a continuación se ofrece el instructivo para su obtención, siendo BICE Entidad designada (entre otras) para su tramitación.
COMO SOLICITAR TURNOS PARA TRAMITAR FIRMA DIGITAL
Información respecto al uso de Firma Digital: xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx
Actualmente existen dos tipos de Firma Digital, una cloud o remota y la otra con token (dispositivo criptográfico). En ambos casos el solicitante deberá solicitar un turno previo y concurrir al BICE (si elige éste como sucursal para tramitarlo) con su Documento Nacional de Identidad al momento de realizar el trámite.
FIRMA DIGITAL CLOUD (sin token)
1. Ingresar a través de Google Chrome a: xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxx- publica/administrativa/firmadigital/firmadigitalremota
2. Luego: ingresar en la venta verde “SOLICITA”
3. Una vez abierta esta ventana: ingresar en “PEDIR TURNO”
4. Dirigirse a ubicación: “CAPITAL FEDERAL” y localidad más cercana “SAN XXXXXXX”
Requisitos:
• En este caso el solicitante deberá concurrir al BICE con un teléfono digital inteligente (smartphone) que permita descargar el Google Authenticator.
FIRMA DIGITAL CON TOKEN O DISPOSITIVPO CRIPTOGRÁFICO
1. Ingresar a través de Internet Explorer a para solicitar el turno: xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx- certificado-de-firma-digital-por-hardware-token
2. Ingresar a través de Internet Explorer para completar la solicitud xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxx/Xxxxxxxxx/Xxxxxxx/XxxxxxxxxxxXxxxxxxXxxxxxxxxx.xxxx
3. Luego dirigirse a la columna: “SOLICITUD DE CERTIFICADOS”
4. Tipo de persona; “FISICA”
5. Y hacer click en la ventana “CON TOKEN” donde deberá completar los datos solicitados
6. Ir a la ventana “ENVIAR DATOS DE SOLICITUD DE CERTIFICADO”
Requisitos:
• En este caso el solicitante podrá concurrir al BICE (como una de las opciones para tramitar) además de con el DNI con un dispositivo criptográfico de acuerdo a las especificaciones técnicas que detallan en la página al ingresar en el punto 2 de este ítem.
10. CONDICIONES DE PAGO
MODALIDAD DE PAGO: El servicio contratado será abonado contra entrega de cada informe final por ciclo auditado y la conformidad presentada por parte del área requirente.
PLAZO DE PAGO. Dentro de los QUINCE (15) días hábiles de recibido el comprobante en el sector de Cuentas a Pagar, con previa conformidad de la prestación del servicio de que se trata por parte del área requirente
COMPROBANTES DE PAGO. Las facturas deberán ser remitidas al correo electrónico a
xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx .
FORMA DE PAGO. El BICE realiza los pagos mediante transferencia bancaria para lo cual se le enviará al adjudicatario para completar el respectivo formulario con carácter previo a la extensión de la respectiva Orden de Compra/Contratación.
Los pagos de facturas emitidas en moneda extranjera, pagaderos en el país, serán cancelados por BICE en moneda nacional utilizando, para su conversión, la paridad de cambio de cierre tipo vendedor publicada por el Banco de la Nación Argentina, correspondiente al último día anterior a la fecha de pago.
Los comprobantes de retención (si los hubiera) les serán enviados al correo electrónico denunciado.
11. PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El adjudicatario no podrá ceder, ni total ni parcialmente, sus derechos y/u obligaciones emergentes, debiendo contar para ello con la previa conformidad xxx XXXX, expresada por escrito y la previa ratificación -ante este último - de que el cesionario podrá cumplir con el objeto de este proceso, en cuyo caso el adjudicatario continúa obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos asumidos en el presente.
12. INTERPRETACIÓN DE DOCUMENTOS
Todos los documentos que integran este proceso son considerados recíprocamente complementarios. En caso de existir discrepancias se sigue el siguiente orden de prelación:
1. Las disposiciones de la Política de Compras y Contrataciones xx XXXX disponibles en: xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/0000/00/XxxxxxxxXxxxxxxxXxxxxxxxxxxxxx.xxx
2. Estas Condiciones Particulares.
3. Las circulares con consulta y/o las emitidas de oficio, prevaleciendo las últimas en el tiempo.
4. Propuestas efectuadas por los oferentes y aceptada por el Banco.
5. Muestras si las hubiera
6. La orden de compra y/o contrato.
13. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
El adjudicatario será responsable por los daños y perjuicios directos que provocare a terceros en sus personas o bienes, derivados de cualquier hecho propio o de las cosas que tiene bajo su cuidado, producidos a consecuencia o en relación con los servicios a su cargo.
Deberá mantener ajeno de responsabilidad e indemne al BICE, frente a cualquier reclamo que se genere con relación a los daños y perjuicios de cualquier índole que pudieran sufrir por terceros como consecuencia y con relación a la ejecución del presente servicio.
El adjudicatario deberá cumplimentar con las obligaciones que surgen del Art. 1256 del Código Civil y Comercial de la Nación:
a. Ejecutar el contrato conforme a las previsiones contractuales y a los conocimientos razonablemente requeridos;
b. Informar al BICE sobre los aspectos esenciales del cumplimiento de la obligación comprometida;
c. Proveer los materiales adecuados que son necesarios para la ejecución del servicio;
d. Utilizar diligentemente los materiales provistos por BICE e informarle inmediatamente en caso de que esos materiales sean impropios o tengan vicios que debiese conocer;
e. Prestar el servicio en el tiempo convenido.
En el supuesto que el adjudicatario violare la presente estipulación, será responsable por la totalidad de los daños y perjuicios que dicho eventual incumplimiento hubiere generado al BICE.
14. CONFIDENCIALIDAD
Toda vez que la prestación implica para BICE proporcionar al adjudicatario información de carácter confidencial, las partes acuerdan proteger la información y material confidencial que se ponga a disposición de la firma adjudicataria a consecuencia de los servicios contratados.
El adjudicatario se obliga a mantener la más absoluta reserva y confidencialidad respecto de todos y cada uno de los datos y/o información que le sean suministrados y/u obtenga xxx XXXX con motivo de la presente contratación, atendiendo lo estipulado en Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326, sus decretos reglamentarios, normas modificatorias y complementarias, y las que a futuro dicten la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública, y la citada Agencia. Dicha obligación subsistirá aún extinguida la obligación comprometida.
Las partes acuerdan que el término “Información Confidencial” incluye, sin limitación, cualquier documento, estudio, evaluación, revelación, comentario, negociación o conclusión relativa al servicio requerido así como todos los contratos, datos (incluidos los datos personales conforme definición establecida en la Ley N°25.326), listados de precios y/o proveedores y/o clientes, especificaciones, manuales, know-how, diseños, fórmulas, muestras, metodologías, planes de negocios, proyectos, técnicas, marcas, patentes, secretos comerciales, programas, información financiera y contable, laboral, previsional, de obra social, relevamientos, estadísticas, prácticas o políticas comerciales, ambientales, información xx xxxxxxx y toda información transmitida, exhibida o puesta en conocimiento por una parte a la otra parte, en forma escrita u oral, a través de cualquier soporte o por cualquier medio, incluyendo sin limitación el medio y/o canal electrónico, o que perteneciendo o siendo relativa a una de ellas llegue a conocimiento de la otra.
Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, queda debidamente aclarado que la expresión “Información Confidencial” no incluye aquella información que (a) sea de dominio público al momento de ser comunicada, (b) pase en forma lícita a ser de dominio público después del momento de su comunicación, es decir cuando ello no ocurra como consecuencia de la violación de este u otro deber de confidencialidad, (c) cuya divulgación haya sido expresamente autorizada por alguna de las partes,
(d) sea requerida por autoridad judicial o administrativa competente.
La Información Confidencial se considerará de propiedad exclusiva xxx XXXX y, en consecuencia, el contratista se compromete a:
(i) No revelarla ni cederla a terceros, manteniéndola en absoluta confidencialidad y reserva y respetando el secreto profesional de la misma conforme lo estipulado en el art. 10° de la Ley N° 25.326.
(ii) Utilizar la Información Confidencial a los únicos y exclusivos efectos de evaluarla y analizarla en función de la prestación del servicio en vistas.
(iii) No copiar, alterar, modificar, desmontar o descompilar cualquier material escrito o informático que se entregue en el marco de la presente contratación.
(iv) Únicamente revelar la Información Confidencial a aquellos dependientes, personal contratado en forma temporaria o permanente, asesores, terceros subcontratados y demás personas que intervengan en la prestación del servicio, requiriendo a los mismos la suscripción de un acuerdo y/o compromiso de confidencialidad a tenor de la presente. Deberá, en consecuencia, asumir plena responsabilidad frente al BICE acerca de que los previamente nombrados se obliguen a cumplir y cumplan fielmente con las obligaciones asumidas en el presente.
(v) No divulgar y a evitar que sus dependientes, personal contratado en forma temporaria o permanente, asesores, terceros subcontratados y demás personas vinculadas a la prestación del servicio requerido, divulguen a terceros la Información Confidencial.
(vi) Asumir el rol de usuario de los datos personales recibidos por parte xxx XXXX y la obligación de proteger tales datos personales en los términos de la Ley N° 25.326 y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
(vii) Implementar, mantener y hacer cumplir las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas apropiadas para garantizar la seguridad y confidencialidad de la Información Confidencialidad y los datos personales obtenidos y/o suministrados por el BICE y proteger contra el acceso no autorizado o la utilización de los mismos. Estas garantías no podrán ser inferiores a las aceptadas por la industria y las recomendadas por la Resolución N°47/2018 de la Agencia de Acceso a la Información Pública- y/o la norma que la reemplace y/o modifique y/o complemente en el futuro-, incluyendo pero no limitándose a la elaboración e implementación un plan de seguridad de la información, los controles y restricciones de acceso a la información, la protección de los sistemas (por ejemplo, protección de intrusos), medidas de seguridad física, cifrado de datos y claves con vencimientos periódicos, controles periódicos, jerarquías, y la formación a conciencia en seguridad del personal.
(viii) Proceder a la destrucción irreversible y definitiva de la Información Confidencial y/o los datos personales recibidos por parte xxx XXXX, una vez finalizada la prestación del servicio requerido.
En el supuesto de que el contratista violare las estipulaciones previamente mencionadas, será responsable por la totalidad de los daños y perjuicios que dicho eventual incumplimiento hubiere generado al BICE.
En tal sentido, y sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera caberle al contratista por el incumplimiento directo y/o derivado del incumplimiento de sus dependientes, contratados, subcontratados y/o asesores de los compromisos asumidos bajo el presente, este notificará inmediatamente al BICE el descubrimiento del uso no autorizado o revelación de la Información Confidencial y/o datos personales y colaborará en forma razonable para ayudar al último a defender sus derechos.
El contratista restituirá al BICE la totalidad de los originales, copias, resúmenes, etc. de la Información Confidencial y datos personales entregados por el BICE, o a opción de este último confirmará y procederá a su destrucción definitiva e irreversible, conforme lo previamente mentado en el punto (viii).
El contratista se encontrará facultado a revelar la Información Confidencial cuando ello resulte necesario en cumplimiento de una orden judicial o de autoridad gubernamental, con facultades legales para requerirla. En tales casos, el contratista deberá notificar al BICE por medio fehaciente y en forma previa a la contestación, sobre los términos y tipo de información requerida, entendiéndose que tal notificación es condición precedente para la contestación del requerimiento y consecuente divulgación de la Información Confidencial solicitada. Ello, a los efectos de que el BICE pueda intentar la interposición de algún recurso y/o medida cautelar, solicitar a la autoridad competente la dispensa correspondiente o la autorización a brindar directamente dicha Información Confidencial. En caso que el BICE no lograre la referida dispensa o autorización de la autoridad competente con una antelación razonable al vencimiento fijado al contratista, sus dependientes, contratados y/o asesores, para evacuar el requerimiento u orden en cuestión, o esa intervención no fuere posible atento el exiguo plazo fijado para cumplir con el mismo (entendiéndose por tal, un plazo no superior a las 24 horas); este último, sus dependientes, contratados y/o asesores revelarán únicamente la Información Confidencial necesaria para satisfacer dicha exigencia legal y colaborará con el BICE en todo aquello que resulte necesario en salvaguarda de sus derechos.
El contratista declara conocer y aceptar que el BICE podrá compartir la información por el suministrada en el marco de la presente contratación, con el Ministerio de Producción de la Nación en carácter de accionista del banco y con su empresa vinculada, BICE Fideicomisos S.A.
La obligación de confidencialidad contenida en la presente cláusula continuará y obligará a las partes con independencia de la terminación de la vigencia de la presente contratación por cualquier causa.
15. PENALIDADES
Las multas son impuestas por incumplimiento en tiempos de entrega, calidad, forma, falta de documentación requerida o falsedad de esta, con el requisito de que en ningún caso las multas superen el valor del contrato.
Se aplicará una multa por xxxx equivalente al dos por mil (2‰) diario por cada día de retraso en el cumplimiento excepto que el/la contratista hubiera solicitado y justificado permiso para retrasarse y el Banco lo hubiera aceptado. Caso contrario las penalidades serán impuestas luego de su descargo a las facturas próximas a devengar.
16. JURISDICCIÓN
Ante cualquier controversia o discrepancia en cuanto a la interpretación del presente Xxxxxx, el adjudicatario y BICE se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Primera Instancia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia y exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.
“Se informa acerca del Canal de denuncias – Línea Ética xxx XXXX, mediante el cual se ofrece un servicio integral de reporte de irregularidades y específicamente un canal de denuncias anónimo, confidencial y seguro. Este canal le permitirá la posibilidad de informar acerca de la existencia de potenciales fraudes y situaciones anómalas que ocurran durante el curso de la modalidad de compra y/o contratación de que se trate. Para acceder al referido canal deberá ingresar a los siguientes canales:
- E-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx
-Teléfonos: - 000 000 0000 y 0 000 000 0000
- WhatsApp: x00 00 0000-0000
CATTEDRA
Firmado digitalmente por CATTEDRA Xxxxxx Xxxxxxxxx
-03'00'
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx: 2023.05.16 12:29:56
ANEXO I. TÉRMINOS DE REFERENCIA CONCURSO DE PRECIOS N°31/2023
CONSULTORIA DE AUDITORIA INTERNA
Antecedentes
En el plan anual de auditoría interna 2023 del Banco BICE se incluye en su punto 5.6 Contratación de recursos externos especializados.
Solicitaremos la colaboración de un especialista mediante la modalidad de contratación de horas de trabajo a estimar en la propuesta para realizar la revisión de los siguientes ciclos descriptos en el objeto y alcance.
Duración
Será por el periodo de comprendido hasta la fecha de cierre del ultimo informe.
Acerca del proveedor
El proveedor a contratar deberá cumplir con la metodología y plan de trabajo acorde a la normativa del BRCA, poseer experiencia en auditorias internas o externas, en la realización de los ciclos mencionados o similares, en entidades financieras supervisadas por el BCRA.
Objeto y Alcance
Se solicita la contratación de una consultoría para la verificación de 5 ciclos de auditoría interna. El trabajo consiste en la realización de auditoría de los Ciclos xxx XXXX detallados en el punto A, de acuerdo con lo requerido por la Circular CONAU‐1 ‐ versión vigente‐ del Banco Central de la República Argentina (B.C. R.A.) y al "alcance de la auditoria” detallados en el presente anexo.
A. Ciclos para auditar/fecha de cierre del informe:
1. Fideicomisos ‐ Fid Puntual Gestión (Auditoría Operativa) Fecha 30/11/23
2. Gestión Integral de Riesgos (Auditoría Operativa) Fecha 31/08/23
3. Prevención xxx xxxxxx de dinero (Auditoría Operativa y de Sistemas) Fecha 31/10/23
4. Com A 4044 e inhabilidades (Auditoría Operativa) Fecha: 30/06/23
5. Relaciones técnicas (Auditoría Operativa y de Sistemas) Fecha: 31/07/23
Los objetivos básicos de la tarea a realizar serán:
1. Cumplir con las normas del B.C.R.A., en la materia.
2. Cumplir con procedimientos considerando la normativa interna vigente xxx XXXX SA
3. Entregar los papeles de trabajo completos e informes descriptos con suficiente antelación, con el objeto de proceder a su revisión y aprobación para ser elevados al Comité con estricto cumplimiento de los plazos de presentación de los informes detallados considerando los objetivos y alcances definidos en el anexo 1 al presente.
Para comprobar el cumplimiento del trabajo se debe cumplir en tiempo con el punto 3 de los objetivos básicos de cada uno de los ciclos detallados en el punto A.
Objetivo y alcance de cada ciclo.
1. Fideicomisos ‐ Fid Puntual Gestión (Auditoría Operativa)
Objetivo: Evaluar los procedimientos administrativos y de control aplicados en un Fideicomiso puntual seleccionado conforme la matriz de riesgos, en el cual el BICE participa como Fiduciario y verificar que se cumplan con los requerimientos contractuales y demás cuestiones formales y normas internas vigentes. Comprobar estos aseguren la información contable y complementaria confiable.
Alcance:
1. Verificar que se cumpla con el objetivo del Fideicomiso y con los términos y condiciones definidosen el contrato con el Fiduciario.
2. Que el Directorio establezca las políticas internas y apruebe los procedimientos administrativos yde control.
3. Que la participación en el fideicomiso se encuentra autorizada por el Directorio, y que se encuentren aprobados los procedimientos administrativos y de control.
4. Que los contratos celebrados con el Fideicomiso se encuentren resguardados y firmados por laspartes intervinientes.
5. Que se cumplan con las obligaciones impositivas que puedan caberle a dicho instrumento.
6. Que existan modelos de notificación preestablecidos entre las partes
7. Que se efectúen las registraciones contables inherentes conformando un patrimonio separado y que dicha contabilidad se encuentre actualizada. Que se confeccionen los estados contables del Fideicomiso
8. Que se verifiquen, controlen y concilien los movimientos ingresados en las cuentas bancarias del fideicomiso y que periódicamente se elabore un detalle de los fondos ingresados y se informe al fiduciante:
9. Que el registro de firmas y de apoderados autorizados para ordenar los pagos a proveedores se encuentren actualizados.
10.Que las instrucciones de pago a desembolsar cuenten con la documentación de respaldo necesaria,suministrada por el fiduciante, implementándose un mecanismo de resguardo de la misma.
11.Que todas las inversiones estén debidamente autorizadas por el Fiduciante, valuadas y correctamente imputadas en la información contable.
12.Que se determinen correctamente los honorarios a cobrar por el fiduciario y se controle el cobro de los mismos. Correcta imputación contable en los estados contables del fideicomiso y xxx XXXX SA.
13.Que el BICE remita mensualmente rendiciones de cuentas las cuales deberán contener informacióndetallada conforme lo determine el contrato firmado.
14.Verificar que se dé cumplimiento a las normas de Prevención xx Xxxxxx de Dinero respecto de la documentación exigida para el fiduciante, fideicomisario y beneficiarios sobre la conformación del legajo, el perfil definido para el cliente e informes iniciales o de seguimiento emitidos por los sectores.
2. Gestión Integral de Riesgos (Auditoría Operativa)
Objetivo: Verificar que las entidades financieras cuenten con un proceso integral para la gestión de riesgos, que incluya la vigilancia por parte del Directorio y de la Alta Gerencia para identificar, evaluar, seguir, controlar y mitigar todos los riesgos significativos. En este sentido, el proceso deberá ser proporcional a la dimensión e importancia económica de la entidad financiera de que se trate como así también a la naturaleza y complejidad de sus operaciones, teniendo en cuenta a esos efectos los lineamientos contenidos en la disposición emitida por el B.C.R.A.
Controlar que el proceso integral para la gestión de riesgos sea adecuado, suficientemente comprobado, debidamente documentado y revisado periódicamente. Verificar la revisión de la evaluación de la suficiencia del capital considerando el proceso de Gestión Integral de Riesgos.
Revisión del cumplimiento de los Lineamientos para la Gestión Integral de Riesgo en las Entidades Financieras establecidos por la normativa del BCRA, incluyendo la revisión de la presentación del Informe de Autoevaluación del Capital según lo requerido por la Comunicación “A” 6388.
Alcance:
Revisión del cumplimiento de los Lineamientos para la Gestión Integral de Riesgo en las Entidades Financieras establecidos por la normativa del BCRA, incluyendo la revisión de la presentación del Informe de Autoevaluación del Capital según lo requerido por la Comunicación “A” 6388.
Verificar:
1. Revisión del marco normativo sobre Gestión Integral de Riesgo, normas y procedimientos
2. Relevamiento del ciclo
3. Proceso de Gestión de Riesgos
4. Relevamiento de Actas de Comité de Riesgos, tomando nota de lo actuado y sus resoluciones
5. Verificación de la realización de Pruebas de estrés
6. Verificar los diferentes informes emitidos relacionados a la gestión de riesgos, sus destinatarios y conclusiones, a los fines de verificar gestión y monitoreo de riesgos.
7. Cumplimiento de la presentación del Informe de Autoevaluación del Capital
8. Realizar el seguimiento de observaciones de informes anteriores, y de la inspección CAMELBIG del BCRA y de la carta de control interno de KPMG
9. Realizar el seguimiento de observaciones y oportunidades de mejora sobre perdida crediticia esperaday capital económico RTICI, sería la actualización del informe realizado por la auditoria contratada.
10. A nivel de sistemas verificar que se encuentren implementados los modelos de cálculo de perdidaesperada
3. Prevención xxx xxxxxx de dinero (Auditoría Operativa y de Sistemas)
Objetivo: Evaluar el cumplimiento de las normas del B.C.R.A., de la U.I.F. (Unidad de Información Financiera), y de la norma interna en materia de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento del Terrorismo.
Alcance:
Auditoría Operativa
1. Verificar la existencia de normativa interna: Políticas y procedimientos de PL/FT, Manual de Misiones yfunciones, Organigrama del área.
2. Verificar la designación del Oficial de Cumplimiento y constatar la notificación a la
UIF sobre sudesignación.
3. Verificar el envío del informe técnico realizado por el OC a la UIF antes del 30‐04 de cada
año, como también la autoevaluación de riesgos y metodología.
4. Verificar la constitución de un Comité de control y prevención xxx xxxxxx de activos y Financiamiento del Terrorismo, realizar un relevamiento de las actas a los fines de verificar su funcionamiento, sus aprobaciones y toma de conocimiento de lo actuado, y aprobación por Directorio, adicionalmente identificar y verificar los controles de monitoreo realizado por el BICE a los fines de brindar información para la toma de decisiones.
5. Realizar un relevamiento de las actas de Comité a los fines de verificar su funcionamiento, sus aprobaciones y toma de conocimiento. Verificar que los temas tratados por el Comité sean informados al Oficial de Cumplimiento, y su elevación a Directorio.
6. Verificar que el Directorio haya aprobado los requerimientos efectuados por el articulo 10 de la Resol N°30 de la UIF
7. Gestión de riesgo de LA/FT:
a. Verificar la razonabilidad y oportuna actualización de la autoevaluación de riesgos de LA/FT,
b. La existencia y razonabilidad de una matriz de riesgos, que la misma contemple la segmentación declientes en base al riesgo.
c. Verificar la existencia y razonabilidad de la declaración de tolerancia al riesgo de LA/FT y política deaceptación de clientes.
d. Constatar que esté definido la evaluación de riesgos en la materia ante el lanzamiento de nuevosproductos, nuevas transacciones.
e. Verificar el seguimiento de los planes de acción y/o indicadores de riesgo.
8. Revisión de la política de conozca a su cliente, en base a una muestra de clientes:
a. Verificar el cumplimiento de procedimientos para el conocimiento que la entidad debe tener de su clientela: identificación del cliente según lo requerido por la UIF y beneficiarios finales, determinación de un perfil y su volumen operable, control de listado de terroristas.
b. Verificar la condición de PEPs de los clientes y su análisis,
c. Realizar un control de los perfiles de riesgo asignado al cliente y su correcta categorización en el sistemaaplicativo SOS,
d. Verificar la actualización de legajos de clientes en base a su perfil de riesgo de acuerdo a los plazosestablecidos por la UIF,
e. Verificar el control realizado por la Gerencia de PLAyFT sobre la actualización de legajos de los clientes del banco y su seguimiento
9. Verificar la existencia, análisis y desarrollo de adecuados procedimientos administrativos para ladenuncia de operaciones sospechosas, como la información contenida en los reportes y su razonabilidad yel tratamiento dado a las cuentas vinculadas a los clientes reportados.
10. Análisis de alertas de LA/FT:
11. Verificar alertas generadas en un período determinado a los fines de verificar su cierre en tiempo yforma, que su tratamiento se efectúe de acuerdo a los procedimientos establecidos.
12. Efectuar el relevamiento de las alertas generadas en forma trimestral a los fines de verificar su cantidad,la existencia de falsos positivos y su seguimiento.
Auditoría de sistemas
Proceso: Relevamiento del Sistema:
• Generar una breve descripción de los sistemas que soportan la operatoria de Prevención xx Xxxxxx deDinero, incluyendo el detalle de la plataforma en la que se encuentran alojados estos sistemas (sistemas operativos, bases de datos/repositorios de información, arquitectura de tecnológica, esquema de Alta disponibilidad, interfaces con los demás sistemas).
Proceso: Documentación del Sistema
• Verificar la existencia de documentación de usuarios y técnica inherentes a los sistemas aplicativos que soportan la operatoria de Prevención xx Xxxxxx de Dinero.
Proceso: Interfaces
• Verificar los manuales y diagramas de conexión entre los diversos sistemas que interactúan con los sistemas que soportan la operatoria de Prevención xx Xxxxxx de Dinero, detallando los sistemas intervinientes, el tipo de interfaz (automática o manual) y los repositorios intermedios que se utilizan;entre otros documentos.
• Documentación descriptiva de los programas que se ejecutan en ProBatch para cada una del interfaz entre el Core bancario y SOS, Listas, generación de reportes del usuario entre otras.
Proceso: Incidentes
• Evaluar los eventos y/o incidentes tecnológicos y de seguridad que afectaron la disponibilidad de los aplicativos que soportan la operatoria de Prevención xx Xxxxxx de Dinero, indicando el tratamiento de las acciones correctivas.
Proceso: Seguridad Lógica
• Verificar la existencia de adecuados perfiles de usuarios y segregación de funciones en los siguientes:aplicativos de PL/FT, sistema operativo, Bases de datos, usuarios de emergencias)
• Identificar los Parámetros de seguridad (tal como ser: período de expiración de claves, longitud depassword, etc.) implementados en el sistema operativo donde residen los sistemas utilizados
• Verificar la existencia de adecuados controles generales de seguridad lógica.
Proceso: Logs
• Evaluar si los reportes de logs de seguridad poseen todos los eventos críticos de seguridad y que seanmonitoreado periódicamente.
• Verificar la generación de los Log transaccionales y el monitoreo periódico efectuada por el áreausuaria.
Proceso: Gestión de Cambios
• Verificar los controles de cambios que identifiquen la puesta en producción y modificación para losparámetros de configuración de las matrices de riesgo de clientes, matriz de autoevaluación de la Entidad, reglas y/o alertas y actualización de listas de terroristas, PEP, entre otros que utilice el bancocomo referencia.
Proceso: Automatización de Procesos
• Evaluar los parámetros implementados en aplicativo para la gestionar la matriz de riesgo del cliente.
• Evaluar los parámetros implementados en aplicativo para la gestionar la matriz de autoevaluación delbanco.
• Evaluar los parámetros implementados en aplicativo que permiten identificar el perfil transaccional ydocumental de los Clientes.
• Verificar los parámetros de alertas implementadas en los aplicativos de PL/FT para mitigar los riesgosde prevención xx xxxxxx y financiamiento al terrorismo.
• Identificar los parámetros configurados en el aplicativo de PL/FT para la atención de alertas y cierre deestas.
• Evaluar los esquemas de seguridad para las interfaces automáticas y manuales.
• Verificar la existencia de controles automatizados en la gestión de PL/FT.
Proceso: Generación de reportes
• Evaluar el grado de automatización de los reportes que se generan en los aplicativos de PL/FT considerando los reportes de RTI, RTE, RSA, ROS, destacando que se debe indicar el método para generar dicha información.
Proceso: Seguimiento de observaciones
• Realizar el seguimiento de las observaciones de auditorías interna/externa y del BCRA.
4. Com A 4044 e inhabilidades (Auditoría Operativa)
Objetivo: Revisión de Conflicto de Intereses con órganos sociales o accionistas controlantes (CumplimientoCom. “A” 4044 del BCRA) y Análisis de los servicios y honorarios de los Auditores Externos conforme lo define al Comunicación A 4044 del BCRA.
Evaluar el cumplimiento del requerimiento formulado por el BCRA mediante su comunicación “A” 3135, modificatorias y complementarias, respecto de las inhabilidades previstas en el artículo 10 de la Ley de Entidades Financieras
Alcance:
1. Revisión de los controles que aplica la entidad acerca de las inhabilidades previstas en el art. 10 de la Ley de Entidades Financieras, respecto de los funcionarios designados.
2. Identificar y revisar aquellas operaciones que podrían generar algún tipo de conflicto de intereses entrelos órganos sociales, accionistas y directores.
3. Comprobar que los Autoridades no posean antecedentes que pudieran resultar inhabilitantes paracumplir sus funciones según Art. 264 de la ley 19.550.
4. Verificar el cumplimiento a lo dispuesto por la Comunicación “A” 4044 del BCRA respecto de los Auditores Externos:
a) Análisis de los diferentes servicios prestados por ellos y su relación con la independencia de éstos,y
b) Análisis de los honorarios facturados por ellos, separando los correspondientes a la auditoría externa y otros servicios relacionados destinados a otorgar confiabilidad a terceros y los correspondientes a servicios especiales distintos a los citados.
c) Comprobar lo establecido en la Comunicación “A” 4297 (complementarias y modificatorias) con respecto a las cláusulas que deben incorporarse en los convenios de prestación del servicio de laauditoría externa.
5. Relaciones técnicas (Auditoría Operativa y de Sistemas)
Objetivo: Dar cumplimiento a los procedimientos establecidos en las normas mínimas sobre controles internos del BCRA (Comunicación “A” 6552 – Pruebas sustantivas) a fin de asegurar que la documentaciónpresentada al BCRA referida a relaciones técnicas y regulaciones monetarias resulte adecuada. Adicionalmente, verificar el cumplimiento de la Com. “A” 4609 del BCRA respecto a la automatización y control de la información utilizada para la generación de los regímenes informativos.
Alcance:
Auditoría Operativa
Verificar el cumplimiento de los objetivos de control sobre los siguientes regímenes informativos:
• Efectivo mínimo
- Verificar la correspondencia de las partidas sujetas a exigencia de efectivo mínimo concuerde con lanormativa vigente del BCRA
- Verificar la exactitud de los saldos diarios de dichas partidas con el balance de saldos
- Verificar que las alícuotas usadas para la determinación de la exigencia son las detalladas en la normativa vigente del BCRA
- Verificar la exactitud de los cálculos realizados para determinar la exigencia
- Verificar que la exigencia diaria concuerda con el archivo efvomin.txt del mes anterior y la aplicación de la alícuota establecida por la normativa vigente
- Verificar que la integración diaria coincide con los saldos de los extractos de la cuenta en el BCRA
- Verificar que los datos de exigencia e integración determinados coincidan con los importes incluidos en elarchivo efvomin.txt
- Verificar que el formato de la información presentada coincida con el diseño de registro establecido porel BCRA
- Verificar la existencia de las constancias de presentación de los regímenes informativos a la fecha de análisis.
- Verificar que las presentaciones se realicen en tiempo y forma conforme la normativa vigente del BCRA.
• Capitales mínimos
- Revisar la normativa vigente (texto ordenado) y las partidas correspondientes
aplicables. ‐Se realizar el cruce con balance de saldos promedios.
- Realizar el recalculo de la exigencia e integración de capitales mínimos y de la RPC.
- Realizar el cruce con la información presentada al BCRA en formato txt.
- Verificar el cumplimiento de la normativa vigente. ‐Controlar que, en caso de existencia de incumplimientos a las relaciones técnicas, se haya imputado el mismo a la fórmula e informado en notas a los estados contables.
• Activos inmovilizados:
- Verificar la correspondencia de las partidas incluidas en la relación de activos
inmovilizados y otros conceptos con la normativa vigente del BCRA.
- Verificar la exactitud de los saldos diarios de dichas partidas con el balance de saldos
- Verificar que las partidas de activos inmovilizados determinadas coincidan con los importes incluidos enel archivo actinmov.txt
- Verificar que el formato de la información presentada coincida con el diseño de registro establecido porel BCRA.
- Verificar la existencia de las constancias de presentación de los regímenes informativos a la fecha deanálisis.
- Verificar que las presentaciones se realizaron en tiempo y forma conforme la normativa vigente del BCRA.
• Posición global neta en moneda extranjera
- Verificar que el formato de la información presentada coincida con el diseño de registro establecido xxxx BCRA.
- Verificar la existencia de las constancias de presentación de los regímenes informativos en tiempo y formaconforme la normativa vigente del BCRA.
- Verificar que la PGNME se encuentra dentro de los límites establecidos por la norma vigente.
• Grandes exposiciones al riesgo de Crédito
- Verificar que los datos informados coincidan con papeles de trabajo proporcionados.
- Verificar el recalculo de los porcentajes aplicables a concentración y fraccionamiento del Sector Públicono financiero.
- Que los mismos cumplan con la normativa vigente del BCRA.
- Verificar que el formato de la información presentada coincida con el diseño de registro establecido porel BCRA.
- Verificar la existencia de las constancias de presentación de los regímenes informativos a la fecha de análisis.
- Verificar que las presentaciones se realizaron en tiempo y forma conforme la normativa vigente del BCRA.
- Revisión de los procedimientos aplicados por auditoría externa sobre relaciones técnicas al 31/12 y de lasconclusiones obtenidas en los procedimientos. Sobre los mismos:
A) Revisar la normativa vigente a la fecha de análisis y su correspondencia con la normativa interna incluida en los papeles de trabajo.
B) Verificar los cálculos realizados en los papeles de trabajo del auditor externo y las conclusiones obtenidas de los procedimientos realizados en cada uno de los papeles de trabajo.
- Revisión de las presentaciones efectuadas al BCRA en materia de relaciones técnicas correspondientes para el período bajo análisis.
- Verificar evidencia de los controles de monitoreo realizados respecto de las Relaciones Técnicas para el período bajo análisis.
Auditoría de Sistemas:
Proceso: Relevamiento del Sistema:
1. Generar una breve descripción de los sistemas que soportan la operatoria de RRII (Bantotal, PrEx, RiTest,), incluyendo el detalle de la plataforma en la que se encuentran alojados estos sistemas (sistemas operativos, bases de datos/repositorios de información, arquitectura de
tecnológica, esquema de Alta disponibilidad, interfaces con los demás sistemas).
Proceso: Documentación del Sistema
2. Verificar la existencia de documentación de usuarios y técnica inherentes a los sistemas aplicativos que soportan la operatoria de RRII.
Proceso: Interfaces
3. Verificar los manuales y diagramas de conexión entre los diversos sistemas que soportan la operatoria de RRII, detallando los aplicativos que intervinientes, el tipo de interfaz (automática o manual) y los repositorios intermedios que se utilizan; entre otros documentos.
4. Evaluar la documentación descriptiva de los programas que se ejecutan en ProBatch para cada una delinterfaz entre el Bantotal, PrEx, RiTest, generación de reportes del usuario entre otras.
Proceso: Incidentes
5. Evaluar los eventos y/o incidentes tecnológicos y de seguridad que afectaron la disponibilidad de los aplicativos que soportan la operatoria de Bantotal, PrEx, RiTest, indicando el tratamiento de las acciones correctivas.
Proceso: Seguridad Lógica
6. Evaluar los esquemas de seguridad para las interfaces automáticas y manuales.
7. Verificar la existencia de adecuados perfiles de usuarios y segregación de funciones de los siguientes: Bantotal, PrEx, RiTest, Bases de datos, Sistemas operativos, usuarios de emergencia, carpetas intermedias o repositorios de información)
8. Identificar los Parámetros de seguridad (tal como ser: período de expiración de claves, longitud de password, etc.) implementados en el sistema operativo donde residen los sistemas utilizados.
9. Verificar la existencia de adecuados controles generales de seguridad lógica.
Proceso: Logs
10. Evaluar si los reportes de logs de seguridad poseen todos los eventos críticos de seguridad y los que segeneran son monitoreado periódicamente.
11. Verificar la generación de los Log transaccionales para los aplicativos Bantotal, PrEx, RiTest y su monitoreo.
Proceso: Gestión de Cambios
12. Verificar los controles de cambios que identifiquen la puesta en producción y modificación para los parámetros de configuración y de la operatoria para la generación en los Regímenes Informativos.
Proceso: Automatización de Procesos
a. Verificar la existencia de la de controles automáticos
b. Entrevistas con el personal de las áreas relacionadas.
c. Análisis de las funcionalidades provistas por las aplicaciones que generan los diferentesregímenes informativos (Bantotal y PrEx ‐ Proyecto Excelencia, RiTest).
d. Verificación de la integridad de la información transmitida por interfaces.
Proceso: Seguimiento de observaciones
13. Realizar el seguimiento de las observaciones de auditorías interna/externa y del BCRA.
Modalidad de trabajo.
Se podrían realizar los trabajos de forma 100% remota o mixta (remota y presencial).
ANEXO II
PLANILLA DE COTIZACIÓN – CONCURSO DE PRECIOS N°31/2023 CONSULTORIA DE AUDITORIA INTERNA
El que suscribe …………………………………… DNI en representación
de la firma ……………………………………………… CUIT N° ………………………. con domicilio en ………………………………………………. constituyendo domicilio electrónico a los efectos de las respectivas notificaciones en …………………………… Teléfono de contacto …………………………….
cotiza los bienes requeridos, según el siguiente detalle:
Ítem | Producto | # | Moneda | Precio Unitario (sin IVA) | Precio Total (sin IVA) | IVA (%) |
1 | Auditoría interna Fideicomisos ‐ Fid Puntual Gestión (Operativa) | 1 | $ | % | ||
2 | Auditoría interna Gestión Integral de Riesgos (Operativa) | 1 | $ | % | ||
3 | Auditoría interna Prevención xxx xxxxxx de dinero (Operativa y de Sistemas) | 1 | $ | % | ||
4 | Auditoría interna Com A 4044 e inhabilidades (Operativa) | 1 | $ | % | ||
5 | Auditoría interna Relaciones técnicas (Operativa y de Sistemas | 1 | $ | % | ||
TOTAL COTIZADO (no incluir IVA) | $ | % |
(*) Precio unitario y total deberán ser iguales. (**) Cotizar en Pesos Argentinos (AR$).
(***) No se admiten alteraciones en la planilla de cotización.
PRECIO TOTAL COTIZADO SIN INCLUIR IVA (EN LETRAS)……………………………………………...
………………………………………………………………………………………............................................
...................................................................................................................................................................
...................................................................................................................................................................
……………………………………………….
FIRMA Y ACLARACIÓN
CARGO TITULAR/REPRESENTANTE/APODERADO
(Acompañar Constancia/Poder)
CONTRATO DE SERVICIO
Entre el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (en adelante “BICE”), CUIT N° 30-65112908-3, con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xx000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representado en este acto el/los representante/s que suscribe/n al pie del presente instrumento con facultades suficientes para el acto, por una parte y por la otra, (en adelante, el “contratista”), CUIT N° , con domicilio en de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto el/la Sr/a.
, D.N.I N° , en su carácter de , (en adelante el BICE y el contratista, se denominarán conjuntamente como “partes”) convienen celebrar el presente contrato de (en adelante “contrato”) sujeto a los términos y condiciones expuestos en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO
1.1 El contratista deberá prestar al BICE y éste recibirá de aquel, el servicio (en adelante, “servicio” o el “producto”) que se describe en la cláusula CUARTA del presente contrato, que será prestado conforme las características, descripciones y demás consideraciones efectuadas en sus propuestas oportunamente enviadas (en adelante, “propuesta” o “propuestas”, para referirse a la propuesta técnica o a la propuesta económica individualmente, o bien a ambas a la vez) y las especificaciones plasmadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas utilizados en el proceso selección que dio origen al presente contrato (en adelante, el “Pliego” o las “Especificaciones Técnicas”).
1.2 La obligación del contratista es de resultado. El contratista deberá prever e implementar todos los actos necesarios o convenientes para cumplir con los trabajos encomendados. En tal sentido, el cumplimiento de su obligación se considerará perfeccionado con la recepción del trabajo de conformidad por parte xxx XXXX, sin perjuicio de aquellas responsabilidades y garantías que subsistan en los términos de la invitación, de las propuestas y de las normas aplicables al caso.
SEGUNDA. PLAZO Y FORMA DE ENTREGA.
Los servicios previstos en el presente contrato (conforme el alcance enunciado en la cláusula CUARTA) deberán ser brindados por el contratista por un plazo de , contado a partir de .
Sin perjuicio del plazo estipulado precedentemente, la garantía por la ejecución del servicio y los trabajos realizados bajo el presente contrato extenderá por consecutivos, contados desde la recepción definitiva del servicio expresada por escrito por parte xxx XXXX.
TERCERA. PRECIO
Como contraprestación por la provisión de los bienes y/o el servicio a ser entregado bajo el presente contrato, el BICE deberá abonar la suma total de (el “Precio”), más el IVA en caso de corresponder, dentro de los quince (15) días de presentada la factura correspondiente.
En caso de que el contratista no presentara las facturas correspondientes a cada pago, el plazo para el pago del servicio se prorrogara por la misma cantidad de días de demora en el envío de la correspondiente factura, sin incurrir el BICE en xxxx alguna.
En caso de que el Precio haya sido pactado en moneda extranjera y los pagos deban liquidarse en el país, los mismos deben ser cancelados en moneda nacional utilizando, para su conversión, la paridad de cambio de cierre tipo vendedor publicada por el Banco de la Nación Argentina, correspondiente al último día anterior a la fecha de pago.
Todo impuesto, tasa y/o cualquier tributo nacional, provincial y/o de cualquier jurisdicción vigente a la fecha y/o a establecerse en el futuro, así como todo aporte, contribución y/o cualquier obligación con los organismos previsionales que pudiera corresponder, derivados del ejercicio de la profesión y/o la prestación del servicio profesional detallado en la cláusula CUARTA, estarán a cargo exclusivamente del contratista, debiendo el mismo efectuar no sólo las presentaciones de cualquier declaración jurada y/o documentación correspondiente ante los respectivos organismos, sino también el pago de dichas obligaciones en tiempo y forma.
CUARTA. ALCANCE DE LA PRESTACIÓN
4.1 La prestación a ser brindada por el contratista comprende la Consultoría Interna xx XXXX S.A., de acuerdo a lo previsto en las propuestas y el Pliego, abarcando en cada caso, la totalidad de los trabajos y tareas que resulten necesarios, según corresponda, para cumplimentar completa y acabadamente las prescripciones y exigencias incluidas en las Especificaciones Técnicas.
La provisión del servicio y/o productos en cuestión se efectuará incluyendo el cumplimiento de todas las tareas, prestaciones y/o provisiones que resultaren necesarias para ello, y la totalidad de sus partes y accesorios componentes que fueren menester para satisfacer total y correctamente los requerimientos descriptos y asegurar su perfecto funcionamiento y/o prestación de acuerdo en cada caso con su naturaleza, disposición, función y finalidad, con arreglo a las exigencias particulares de todos y cada uno de ellos considerados en conjunto y/o separadamente.
4.2 La provisión del servicio y/o productos se regirá por los siguientes términos y condiciones:
4.2.1 Contratación de una consultoría para la verificación de 5 ciclos de auditoría interna. El trabajo consiste en la realización de auditoría de los Ciclos xxx XXXX detallados en el punto 4.3 del presente contrato, de acuerdo con lo requerido por la Circular CONAU‐1 ‐ versión vigente‐ del Banco Central de la República Argentina (B.C. R.A.) y al "alcance de la auditoria”.
4.2.2 Horario de Trabajo:
De lunes a viernes de 09.00 hs a 18.00 hs.
4.2.3 Modalidad
Podrá ser 100% remota o bien mixta.
4.3 Entregables:
Ciclos para auditar/fecha de cierre del informe:
1. Fideicomisos ‐ Fid Puntual Gestión (Auditoría Operativa) Fecha 30/11/23
2. Gestión Integral de Riesgos (Auditoría Operativa) Fecha 31/08/23
3. Prevención xxx xxxxxx de dinero (Auditoría Operativa y de Sistemas) Fecha 31/10/23
4. Com A 4044 e inhabilidades (Auditoría Operativa) Fecha: 30/06/23
5. Relaciones técnicas (Auditoría Operativa y de Sistemas) Fecha: 31/07/23
QUINTA. INSPECCIONES
El BICE podrá disponer y efectuar todas aquellas inspecciones que considere necesarias a los fines de asegurar el efectivo control y la correcta verificación del servicio y los trabajos encomendados durante todo el plazo su ejecución del contrato, aún con posterioridad a su provisión, entrega e instalación y/ o recepción provisional, en los sitios, oportunidades y condiciones que estimare convenientes, según criterio y a su solo y exclusivo juicio, sin que el contratista tuviere derecho a formular por ello reclamación alguna.
En idéntico sentido, el contratista deberá facilitar al personal xxx XXXX, designado para el seguimiento y conocimiento de los mismos, la información y documentación que este solicite para el seguimiento y conocimiento de la ejecución del presente contrato (según el alcance descripto en la cláusula cuarta) y disponer del pleno conocimiento de las circunstancias en que se desarrollan los trabajos, así como de eventuales problemas que puedan plantearse.
SEXTA. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
6.1 El contratista se obliga a mantener la más absoluta reserva y confidencialidad respecto de todos y cada uno de los datos y/o información que le sean suministrados y/u obtenga xxx XXXX con motivo del contrato, atendiendo lo estipulado en ley de Protección de Datos Personales N° 25.326, sus decretos reglamentarios, normas modificatorias y complementarias, y las que a futuro dicten la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública, y la citada Agencia. Dicha obligación subsistirá aún extinguido el presente contrato por el plazo de cinco(5) años.
6.2 En el supuesto que el contratista violare la estipulación precedente, será responsable por la totalidad de los daños y perjuicios que dicho eventual incumplimiento hubiere generado al BICE.
6.3 El contratista será responsable por los daños y perjuicios directos que provocare a terceros en sus personas o bienes, derivados de cualquier hecho propio o de las cosas que tiene bajo su cuidado, producidos a consecuencia o en relación con los servicios a su cargo.
6.4 El contratista deberá mantener ajeno de responsabilidad e indemne al BICE, frente a cualquier reclamo que se genere con relación a los daños y perjuicios de cualquier índole que pudieran sufrir por terceros como consecuencia y con relación a la ejecución del presente servicio. Es por ello que el contratista mantendrá plenamente indemne de todo perjuicio económico que BICE pudiera sufrir en relación con accidentes de cualquier clase, daños, lesiones, muerte o enfermedad profesional, que puedan sufrir los empleados (o quienes aleguen serlo) del contratista, ya sea durante o fuera del horario de prestación de los Servicios, y de los daños a terceras personas que pudieran ocasionar los empleados (o quienes aleguen serlo) del contratista. La indemnidad hacia BICE incluye aunque no se limita a reclamos por accidentes de trabajo y/o la omisión de remuneraciones, aportes, retenciones y contribuciones originados o no en la prestación de los Servicios, incluyendo - pero no limitado -, a organismos previsionales, impositivos, sindicales u obras sociales entre otros. El contratista también deberá mantener indemne x XXXX por los cargos, multas, sanciones, etc. que por cuestiones laborales de los dependientes pudieran efectuar x XXXX el Ministerio de Trabajo, organismos fiscales, Seguridad Social y/o Sindicatos, Agencias o cualquier otra repartición del Gobierno Nacional, Provincial o Municipal. La indemnidad referida alcanza a todas y cada una de las reclamaciones, acciones, responsabilidades, multas y cargos, pérdidas, costos y gastos, y la totalidad de capital e interés que reclame el personal del contratista y/ o aquel personal subcontratado que se encuentre afectado a la prestación de los Servicios.
Para el caso que existieran procesos judiciales y/o extrajudiciales, el contratista se compromete, en caso de transacción, a realizar todos los esfuerzos posibles para liberar x XXXX de las transacciones arribadas, en la medida de su aceptación por la contraparte. En caso de no resultar posible la liberación o el desistimiento de acción y derecho contra BICE, será el contratista quien soporte íntegramente en los términos y alcance de la indemnidad, los costos asociados a la transacción.
Las obligaciones de indemnidad contempladas en la presente cláusula mantendrán su vigencia aún más allá de su plazo de vigencia, cualquiera fuera la causa de su terminación y, en consecuencia, serán plenamente exigibles y ejecutables por BICE hasta que venza el plazo de prescripción de las acciones o derechos que pudieran corresponder, o bien hasta tanto se encuentren terminados en forma definitiva e irrecurrible los reclamos que llegaren a plantearse, lo último que ocurra.
6.5 Asimismo, el contratista deberá cumplimentar con las obligaciones que surgen del Art. 1256 del Código Civil y Comercial de la Nación, a saber:
6.5.1 Ejecutar el contrato conforme a las previsiones contractuales y a los conocimientos razonablemente requeridos;
6.5.2 Informar al BICE sobre los aspectos esenciales del cumplimiento de la obligación comprometida;
6.5.3 Proveer los materiales adecuados que resulten necesarios para la ejecución del servicio;
6.5.4 Utilizar diligentemente los materiales provistos por BICE e informarle inmediatamente en caso de que esos materiales sean impropios o tengan vicios que debiese conocer;
6.5.5 Prestar el servicio en el tiempo convenido.
SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD POR XXXXXX Y/O DEFECTOS REDHIBITORIOS. PLAZO DE GARANTIA
El contratista deberá responder y garantizar al BICE por los vicios redhibitorios en los términos del Art. 1051 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. En tal sentido, se consideran tales a los defectos que hacen a la cosa impropia para su destino por razones estructurales o funcionales, o disminuyen su utilidad a tal extremo que, de haberlos conocido, el BICE no la habría adquirido, o su contraprestación hubiese sido significativamente menor.
Asimismo, el contratista responderá frente al BICE por aquellos daños de la obra que comprometan su solidez y por los que la hacen impropia para su destino, librándose únicamente frente a la presentación de pruebas que comprueben la incidencia de una causa ajena. A tales fines, no se considerará como causa ajena el vicio del suelo, aunque el terreno pertenezca al BICE o a un tercero, ni el vicio de los materiales, aunque no sean provistos por el contratista.
De este modo, el plazo de garantía por la ejecución y trabajos realizados en la obra se extenderá por consecutivos, contados desde la recepción definitiva de la obra, expresada por escrito por parte xxx XXXX.
OCTAVA. RESCISIÓN ANTICIPADA
Cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato, unilateralmente y en forma anticipada.
8.1 Cuando la rescisión unilateral anticipada sea decidida por el BICE, será (i) sin invocación de causa y (ii) sin derecho a indemnización alguna en favor del contratista, debiendo el BICE, como único requisito, preavisarle de manera fehaciente al contratista la decisión extintiva, con no menos de 15 (quince) días hábiles de antelación a la fecha en que la extinción del contrato resultará operativa.
8.2 Cuando la rescisión unilateral sea decidida por el contratista, (i) no podrá materializarse en forma intempestiva y sin invocación de causa y (ii) deberá notificar en forma fehaciente al BICE su intención de rescindir anticipadamente el contrato, con una antelación mínima de 30 (treinta) días hábiles a la fecha en que la extinción del contrato resultará operativa. Asimismo, deberá proceder a la correspondiente devolución de las sumas abonadas por adelantado, por periodos aun no devengados y responderá por los daños y perjuicios ocasionados al BICE, en caso de haberse suscitado.
8.3 Asimismo, y en caso de muerte, quiebra o incapacidad sobreviniente del contratista, el presente contrato quedara rescindido. Sin perjuicio de ello, los herederos o el síndico de la quiebra o el representante del incapaz con autorización del Juez competente, pueden ofrecer la continuación del contrato, ya sea por sí o por medio de terceros. El BICE puede admitir o rechazar dichos ofrecimientos, sin que el rechazo dé lugar a reclamo o indemnización alguna.
8.4 En ningún caso afectará su extinción anticipada los efectos ya cumplidos del contrato.
NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula precedente, el BICE, podrá terminar unilateralmente y en forma inmediata el presente contrato, sin que dicha situación diera lugar al pago de indemnización alguna, cuando el contratista, sus administradores, directivos, accionistas, socios o asociados hayan sido condenados por haber cometido, cualquier delito contra la administración pública o en el marco de un proceso por extinción del dominio o cualquiera de los delitos de corrupción, narcotráfico, terrorismo o lavado de activos o bien administración de recursos relacionados con esas actividades.
El BICE se reserva la facultad de suspender las obligaciones a su cargo, derivadas del presente contrato, cuando existan denuncias penales vinculadas con los delitos mencionados en el párrafo precedente, circunstancia que comunicará al contratista junto con el plan de acción que estime pertinente.
Asimismo, el BICE podrá solicitar información adicional con el objeto de llevar a cabo un proceso de investigación, cuando existan referencias negativas, ausencia de documentación o la existencia de alertas definidas en la normativa vigente y/o resoluciones de la Unidad de Información Financiera, según sea el caso, en relación con los administradores, directivos, accionistas socios o asociados del contratista.
Las estipulaciones formuladas en la presente cláusula serán extensivas a los subcontratistas con los que el contratista se vincule para la prestación del servicio.
DÉCIMA. INEXISTENCIA DE RELACIÓN DE DEPENDENCIA
10.1 Las partes declaran en forma expresa e irrevocable que las obligaciones emergentes de este contrato nunca serán consideradas contrato de sociedad ni de trabajo. Tampoco constituirá el contrato “relación de empleo”, aún en el supuesto que el servicio se realice bajo las directivas que el BICE pueda impartir al contratista.
10.2 El contratista manifiesta que no delega ni encomienda al BICE ninguna gestión, obligación ni carga que le corresponda o pudiera corresponderle, que se relacione con el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen los contratos de trabajo y aquellos relativos a las obligaciones impositivas, previsionales y/o profesionales a su cargo. De este modo, el contratista se compromete a cumplir la totalidad de dichas normas y obligaciones, garantizando plena indemnidad al BICE frente a cualquier daño y/o perjuicio que pudieran generar a éste sus eventuales incumplimientos, relativos a las normas laborales, impositivas, previsionales y/o profesionales que rigen su actividad técnica y/o profesional y/o afectan al presente contrato.
10.3 Asimismo, el contratista es responsable por los daños y perjuicios que produzca al BICE y a terceros por su dolo, culpa o negligencia.
10.4 En consonancia con lo previamente mentado, la relación laboral de todo el personal que trabaje para el contratista, vinculado al servicio requerido, estará a exclusivo cargo del nombrado, al igual que el pago de los aportes previsionales, de obra social, seguros y demás obligaciones conforme a la legislación laboral vigente, respondiendo el contratista, además, por cualquier accidente, enfermedad profesional y/o daños y perjuicios que dicha personas pudieren sufrir por el hecho o en ocasión del cumplimiento de sus tareas.
10.5 En tal sentido, el contratista se obliga a mantener indemne y asumir total responsabilidad por ante el BICE frente a cualquier reclamo extrajudicial y/o judicial que se formalizare al BICE y devenido por cualquier causa derivada de la relación laboral ut supra referida, y/o por incumplimiento a lo
establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus documentos complementarios oportunamente enviados, y/o por cualquier causa de incumplimiento por parte del contratista con sus obligaciones frente a dependientes y/o terceros contratados y/o proveedores.
DÉCIMO PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD.
11.1 Las partes se comprometen recíprocamente a no divulgar ni ceder a terceros, ya sea durante la vigencia del presente contrato, y aún después de la terminación del mismo por cualquier causa, la Información Confidencial de la otra parte a la que tengan acceso en ocasión o como consecuencia de la firma del presente, o de las actividades conjuntas que las partes podrán realizar en los términos del mismo, conforme lo estipulado en Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326, sus decretos reglamentarios, normas modificatorias y complementarias, y las que a futuro dicten la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública, y la citada Agencia.
11.2 Las partes acuerdan que el término “Información Confidencial” incluye, sin limitación, cualquier documento, estudio, evaluación, revelación, comentario, negociación o conclusión relativa a la a la prestación del servicio (conforme alcance y descripción estipulados en la cláusula CUARTA) así como todos los contratos, datos (incluidos los datos personales conforme definición establecida en la Ley N°25.326), listados de precios y/o clientes y/o proveedores, especificaciones, manuales, know-how, diseños, fórmulas, ingredientes, muestras, metodologías, planes de negocios, proyectos, técnicas, marcas, patentes, secretos comerciales, programas, información financiera y contable, laboral, previsional, de obra social, relevamientos, estadísticas, prácticas o políticas comerciales, ambientales, información xx xxxxxxx y toda información transmitida, exhibida o puesta en conocimiento por una parte a la otra parte ,en forma escrita u oral , a través de cualquier soporte o por cualquier medio, incluyendo sin limitación los medios y/o canales electrónicos, o que perteneciendo o siendo relativa a una de ellas llegue a conocimiento de la otra.
Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, queda debidamente aclarado que la expresión “Información Confidencial” no incluye aquella información que (a) sea de dominio público al momento de ser comunicada, (b) pase en forma lícita a ser de dominio público después del momento de su comunicación, es decir cuando ello no ocurra como consecuencia de la violación de este u otro deber de confidencialidad, (c) cuya divulgación haya sido expresamente autorizada por alguna de las partes;
(d) sea requerida por autoridad judicial o administrativa competente, en cuyo caso será de aplicación el procedimiento estipulado en la Cláusula 11.5
11.3 La Información Confidencial se considerará de propiedad exclusiva xxx XXXX y, en consecuencia, el contratista se compromete a:
(i) No revelarla ni cederla a terceros, manteniéndola en absoluta confidencialidad y reserva y respetando el secreto profesional de la misma, conforme lo estipulado en el art. 10° de la Ley N° 25.326.
(ii) Utilizar la Información Confidencial a los únicos y exclusivos efectos de evaluarla y analizarla en función de la prestación del servicio en vistas, según el alcance consignado en la cláusula CUARTA.
(iii) No copiar, alterar, modificar, desmontar o descompilar cualquier material escrito o informático que se entregue en el marco del presente contrato.
(iv) Únicamente revelar la Información Confidencial a aquellos asesores, dependientes, personal contratado en forma temporaria o permanente y demás personas que intervengan en la prestación del servicio y realización de los trabajos encomendados, en caso de que ello
resulte necesario, requiriendo a los mismos la suscripción de un acuerdo y/o compromiso de confidencialidad a tenor del presente contrato. Asimismo, el contratista asumirá la plena responsabilidad frente al BICE acerca de que los previamente nombrados se obliguen a cumplir y cumplan fielmente con las obligaciones asumidas en el presente.
(v) No divulgar y a evitar que sus dependientes, personal contratado en forma temporaria o permanente, asesores, terceros subcontratados y demás personas vinculadas a la prestación del servicio requerido y trabajos encomendados divulguen a terceros la Información Confidencial.
(vi) Asumir el rol de usuario de los datos personales recibidos por parte xxx XXXX y la obligación de proteger tales datos personales en los términos de la Ley 25.326 y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
(vii) Implementar, mantener y hacer cumplir las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas apropiadas para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales e Información Confidencial obtenidos y/o suministrados por el BICE y proteger contra el acceso no autorizado o la utilización de los mismos. Estas garantías no podrán ser inferiores a las aceptadas por la industria y las recomendadas por la Resolución 47/2018 de la Agencia de Acceso a la Información Pública- y/o la norma que la reemplace y/o modifique y/o complemente en el futuro-, incluyendo pero limitándose a la elaboración e implementación un plan de seguridad de la información, los controles y restricciones de acceso a la información, la protección de los sistemas (por ejemplo, protección de intrusos), medidas de seguridad física, cifrado de datos y claves con vencimientos periódicos, controles periódicos, jerarquías, y la formación a conciencia en seguridad del personal.
(viii) Proceder a la destrucción de la Información Confidencial y/o los datos personales recibidos por parte xxx XXXX, una vez finalizada la prestación del servicio descripto en la cláusula CUARTA.
En el supuesto que el contratista violare las estipulaciones previamente mencionadas, será responsable por la totalidad de los daños y perjuicios que dicho eventual incumplimiento hubiere generado al BICE.
En tal sentido, y sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera caberle al contratista por el incumplimiento directo y/o derivado del incumplimiento de sus dependientes, contratados, subcontratados y/o asesores de los compromisos asumidos bajo el presente, notificará inmediatamente al BICE el descubrimiento del uso no autorizado o revelación de la Información Confidencial y/o datos personales y colaborará en forma razonable para ayudar al BICE a defender sus derechos.
11.4 El contratista restituirá al BICE la totalidad de los originales, copias, resúmenes, etc. de la Información Confidencial y/o datos personales entregados por el BICE, o a opción de este último confirmará y procederá a su destrucción irreversible y definitiva, en consonancia con lo estipulado en el punto (viii) de la cláusula 11.3.
11.5 El contratista se encontrará facultado a revelar la Información Confidencial cuando ello resulte necesario en cumplimiento de una orden judicial o de autoridad gubernamental, con facultades legales para requerirla. En tales casos, el contratista deberá notificar al BICE por medio fehaciente y en forma previa a la contestación, sobre los términos y tipo de información requerida, entendiéndose que tal notificación es condición precedente para la contestación del requerimiento y consecuente divulgación de la Información Confidencial solicitada. Ello, a los efectos de que el BICE pueda intentar la interposición de algún recurso y/o medida cautelar, solicitar a la autoridad competente la dispensa correspondiente o la autorización a brindar directamente dicha Información Confidencial. En caso que el BICE no lograre la referida dispensa o autorización de la autoridad competente con una antelación
razonable al vencimiento fijado al contratista, sus dependientes, contratados y/o asesores, para evacuar el requerimiento u orden en cuestión, o esa intervención no fuere posible atento el exiguo plazo fijado para cumplir con el mismo (entendiéndose por tal, un plazo no superior a las 24 horas); este último, sus dependientes, contratados y/o asesores revelarán únicamente la Información Confidencial necesaria para satisfacer dicha exigencia legal y colaborará con el BICE en todo aquello que resulte necesario en salvaguarda de sus derechos.
11.6 La obligación de confidencialidad contenida en la presente cláusula, continuará y obligará a las partes luego de finalizado el presente contrato por un plazo de cinco (5) años.
11.7 El contratista declara conocer y aceptar que el BICE podrá compartir la información por el suministrada en el marco del presente contrato, con el Ministerio de Producción de la Nación en carácter de accionista del banco y con su empresa vinculada, BICE Fideicomisos S.A.
DÉCIMO SEGUNDA. ANTICORRUPCIÓN
Las partes deberán actuar de acuerdo con lo dispuesto por todas las leyes aplicables, relacionadas con anticorrupción, pagos indebidos, ventajas indebidas, soborno, cohecho o conducta similar, como así también con lo dispuesto por Convenciones Internacionales aplicables en la materia, conforme a las buenas prácticas profesionales y de transparencia.
Asimismo, las partes reconocen y aceptan su obligación de dar cumplimiento con las leyes y políticas aplicables en relación a la prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo.
A tal fin, las partes deberán mantener sistemas contables y herramientas que permitan identificar erogaciones por conceptos, de manera verificar las erogaciones efectuadas para regalos, contribuciones a partidos políticos, funcionarios públicos, donaciones a entidades caritativas, etc. y deberán contar con documentación que respalde dichas erogaciones.
Las partes se obligan a obrar de manera tal que no se incurra en actos de corrupción y a mantener informada a la otra parte de cualquier situación que pueda percibirse o denotar un hecho de fraude, corrupción o cualquier otra actividad que implique violación a la presente cláusula.
DÉCIMO TERCERA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El contratista no podrá ceder, ni total ni parcialmente, sus derechos y/u obligaciones emergentes de este contrato, debiendo contar para ello con la previa conformidad xxx XXXX, expresada por escrito. Asimismo, deberá ratificar ante este último, que el cesionario podrá cumplir con el objeto del contrato y el servicio encomendado. En dicho supuesto, y en forma previa a brindar su expreso consentimiento, el BICE realizará los controles y comprobaciones que estime pertinentes respecto del cesionario y el contratista continuará obligado solidariamente, junto con este último, por los compromisos y obligaciones emergentes de este contrato, no pudiendo deslindarse de responsabilidad alguna.
DÉCIMO CUARTA. SUBCONTRATACION.
El contratista, asimismo, no podrá subcontratar las tareas a su cargo en virtud del presente contrato
a ninguna otra persona o entidad sin contar con el consentimiento previo por escrito xxx XXXX.
En el caso de la subcontratación haya sido autorizada por el BICE, el contratista será responsable de dar a conocer a los subcontratistas, el Programa de Integridad xxx XXXX y demás normativa aplicable y vigente en materia anticorrupción y en tal caso, el/los subcontratista/s deberá/n cumplimentar aquellas obligaciones y previsiones estipuladas en las cláusulas DÉCIMA (“INEXISTENCIA DE RELACIÓN DE DEPENDENCIA”), DÉCIMO PRIMERA (“CONFIDENCILIDAD”), DÉCIMO SEGUNDA (“NOTIFICACIÓN DE INCIDENTES DE SEGURIDAD”) y DÉCIMO TERCERA (“ANTICORRUPCIÓN”) del presente contrato. El
incumplimiento por parte del/los subcontratista/s de cualquiera de las leyes anticorrupción aplicables
o de las Directrices Anticorrupción xxx XXXX, se considerará como una violación grave del presente
contrato que facultará al BICE a rescindirlo.
En tal caso, el contratista renunciará a toda reclamación de pago en virtud del contrato, incluyendo los pagos por los servicios ya realizados. El BICE no será responsable de ninguna reclamación, pérdida
o perjuicio derivado o asociado con el incumplimiento por parte del contratista o el subcontratista de cualesquiera dichas leyes o de esta cláusula anticorrupción o asociado con la rescisión del contrato en virtud de la presente cláusula.
DÉCIMO QUINTA. IMPUESTOS
Cuando fuera aplicable, el impuesto de sellos que corresponda tributar en virtud del presente contrato
será pagado por las partes por partes iguales.
DÉCIMO SEXTA. PRELACIÓN
Ante cualquier controversia o discrepancia en cuanto a la interpretación del presente contrato, en especial en lo relativo a las obligaciones de las partes, tendrán preponderancia las condiciones estipuladas en el Pliego oportunamente enviado en el marco del proceso de selección que dio origen a la presente contratación.
DÉCIMO SÉPTIMA.PENALIDADES
Si, en cualquier momento durante la ejecución y/o vigencia de este contrato, los trabajos y/o el servicio fueran prestados en forma deficiente y/o no se cumpliera con los parámetros de calidad acordados por las partes en el marco del presente y/o con el plazo de ejecución indicado, se aplicará una penalización al contratista, cuyo tope máximo no podrá ser superior al uno por ciento (1%) diario sobre el valor total del contrato por cada día en que el servicio hubiera estado no disponible o por cada día de atraso en la ejecución de los trabajos, sin perjuicio de la responsabilidad que le cabe al contratista por los daños y perjuicios que hubiera ocasionado al BICE, los cuales también deberán ser oportunamente resarcidos.
Las penalidades serán de aplicación inmediata. El contratista reconoce al BICE plenas facultades para que el monto resultante de las penalidades sea íntegramente descontado en forma automática de la/s facturas posteriores a la aplicación de la penalidad, para lo cual dicha consultora manifiesta expresamente su conformidad. En caso de no existir facturas pendientes de pago, el contratista deberá abonar el monto resultante de las penalidades dentro de los cinco (5) días corridos de efectuada la comunicación de su aplicación, por parte xxx XXXX.
DÉCIMO OCTAVA.PRÓRROGA DE JURISDICCIÓN. DOMICILIOS
18.1 Para todos los efectos que pudieran derivarse de la interpretación y/o ejecución del contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.
18.2 Las partes fijan domicilios especiales en los indicados en el encabezamiento del contrato, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que pudieran cursarse recíprocamente, sean judiciales
o extrajudiciales, ello hasta que no se notifiquen su eventual modificación en forma fehaciente, siempre dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
DÉCIMO NOVENA. OTORGAMIENTO
En prueba de conformidad, y previa íntegra lectura que por sí le dan las partes, se firman dos (2) ejemplares del contrato, de un mismo tenor, a un sólo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los del mes de de 202_.