Contract
Contrato No.
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO AUTOMOTOR NUEVO AL CONTADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PROVEEDOR <<NOMBRE DEL PROVEEDOR>> REPRESENTANDO EN ESTE ACTO POR A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL VENDEDOR” Y POR LA OTRA EL CONSUMIDOR
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL COMPRADOR” AL TENOR DEL SIGUIENTE GLOSARIO, ASÍ COMO DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
G L O S A R I O:
a) Consumidor: Es la persona física o moral que adquiere en propiedad un vehículo nuevo automotor; a quien, de acuerdo a la naturaleza de este contrato y para los efectos correspondientes en este acto jurídico, se le denominará el COMPRADOR.
b) Proveedor: Es la persona física o moral que ofrece en venta un vehículo nuevo automotor; a quien, en atención a la naturaleza jurídica de este contrato y para los efectos correspondientes, se le denominará el VENDEDOR.
c) Vehículo nuevo: Es el automotor de procedencia nacional o extranjera, destinado al transporte terrestre de personas y/o bienes que el VENDEDOR vende al COMPRADOR por primera vez, con no más de 1,000 kilómetros recorridos.
D E C L A R A C I O N E S: PRIMERA. DECLARA EL VENDEDOR:
a) Ser una persona moral mexicana según consta en la escritura pública número , de fecha , exhibida ante la fé del(a) Lic. , Notario Público número , en el Estado de , e inscrita en el Registro Público del Comercio de bajo el número de fecha de de , y que su representante legal acredita su personalidad mediante el testimonio notarial número
, exhibida ante la fé del(a) Lic. , Notario Público número , en el Estado de .
b) Tener como domicilio convencional el ubicado en <<DOMICILIO DE LA
NEGOCIACION>>, con número telefónico , con correo
electrónico , identificándose con la credencial para votar con fotografía número expedida por el Instituto Nacional Electoral, misma que previo cotejo se devuelve a su propietario, anexándose a los anexos del contrato una copia simple de la misma.
c) Que está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número: <<RFC>> y, en su caso, contar con registro en el Sistema de Información Empresarial Mexicano número:
.
d) Que cuenta con las licencias, permisos, avisos y autorizaciones previstos en la legislación nacional para ofrecer el servicio de venta de vehículos nuevos.
e) Que cuenta con personal capacitado, responsable y dispuesto para atender al COMPRADOR, en un plazo no mayor a 48 horas, en sus quejas, reclamaciones o comentarios referentes del bien adquirido; para lo cual se proporcionan los siguientes datos: Número telefónico
gratuito: , fax: y correo electrónico:
. En los siguientes horarios de atención al público: de las
horas a las horas, los días: .
f) Que el vehículo nuevo objeto de este contrato cumple íntegramente con las disposiciones legales y Normas Oficiales Mexicanas vigentes en materia de seguridad y protección al medio ambiente para ser comercializado.
g) Que cuenta con la infraestructura y la capacidad técnica en equipo y mano de obra para proporcionar los servicios de reparación, mantenimiento y garantía en los vehículos nuevos, así como en sus refacciones y accesorios.
h) Que ha informado al comprador su aviso de privacidad en términos de la legislación correspondiente, en el que se establece que los clientes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales (Derechos ARCO).
i) Que ha informado al comprador sobre las restricciones que, en su caso, operan en esta compraventa.
j) Que ha informado al comprador el precio total de la compraventa, por lo que el vendedor no podrá hacer ningún cargo que no se encuentre considerado dentro de este contrato o, bien, que no haya sido aceptado por el comprador.
SEGUNDA: DECLARA EL COMPRADOR:
a) En caso de Persona Moral: Ser una persona moral mexicana según consta en la escritura pública número , de fecha , exhibida ante la fé del(a) Lic.
, Notario Público número , en el Estado de
, e inscrita en el Registro Público del Comercio de bajo el número
de fecha de de , y que su representante legal acredita su personalidad mediante el testimonio notarial número , exhibida ante la fé del(a) Lic. , Notario Público número , en el Estado de .
b) En caso de Persona Física: Llamarse como ha quedado anotado en el proemio de este contrato.
c) Que tiene como domicilio convencional el ubicado en
con número telefónico , con correo electrónico , identificándose con la credencial para votar con fotografía número expedida por el Instituto Nacional Electoral, misma que previo
cotejo se devuelve a su propietario, anexándose a los anexos del contrato una copia simple de la misma.
d) Que está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo el número:
.
e) Que recibió del vendedor toda la información relativa del vehículo materia de este contrato, incluyendo sus especificaciones técnicas y rendimiento de combustible.
Expuesto lo anterior, las partes acuerdan sujetarse al contenido de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES. Las partes de común acuerdo disponen de su voluntad para consentir que la naturaleza jurídica del presente contrato es la compraventa; por lo que el VENDEDOR se obliga a transmitir la propiedad del bien objeto del contrato y el COMPRADOR, en consecuencia, a pagar un precio cierto y determinado.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO: Las partes acuerdan que el objeto del contrato corresponde a el (los) vehículo nuevo automotor con las siguientes características:
Características específicas del vehículo nuevo comercializado. | ||
1 | Número de identificación vehicular | |
2 | Marca del vehículo | |
3 | Submarca, versión o tipo | |
4 | Modelo | |
5 | Año | |
6 | Color | |
7 | Número de motor | |
8 | Número de puertas | |
9 | Cualquier otro dato de identificación establecido en las disposiciones legales o normatividad aplicable. |
Además, el vehículo nuevo automotor cuenta con el siguiente equipo opcional y accesorios adicionales siguientes:
1 | ||
2 | ||
3 | ||
4 |
TERCERA. DOCUMENTOS DEL VEHÍCULO NUEVO: El VENDEDOR se obliga a entregar al COMPRADOR, previo el pago total del vehículo y al momento de la entrega formal de éste, los siguientes documentos: a) Factura que ampare el costo de la compraventa; b) Manual del usuario en idioma español y c) La garantía sobre los vehículos nuevos que, en su caso ofrezca, el ensamblador, importador, distribuidor, distribuidor autorizado y el vendedor.
CUARTA. PRECIO DEL VEHÍCULO NUEVO: Las partes acuerdan que el precio del vehículo nuevo, incluyendo equipo opcional y accesorios adicionales, se detalla en la factura número , y corresponde a la cantidad de
$ ( /100 M.N), o su equivalente
en US al tipo de cambio de vigente a la fecha de firma del presente contrato.
QUINTA. FORMA DE PAGO: La forma de pago del precio del vehículo nuevo objeto de este contrato, será en una sola exhibición que se realizará al momento de su firma.
En caso de que el Cliente entregue un vehículo usado a cuenta del precio, entregará también la documentación correspondiente, según relación anexa, declarando de manera expresa que dicha documentación es legítima. Los impuestos anteriores no pagados así como sus accesorios y gastos de trámite de “baja”, serán por cuenta del Cliente. Asimismo, el Cliente manifiesta que el vehículo está libre de gravamen y no tiene problema judicial y/o administrativo alguno, por lo que en este acto libera al Distribuidor de adeudos o conflictos que por cualquier motivo pudiera presentar dicho vehículo hasta la fecha de su entrega.
SEXTA. LUGAR Y FECHA DE ENTREGA: El VENDEDOR se obliga a entregar el vehículo nuevo, en el domicilio indicado en el inciso b), de la primera declaración de este contrato. Las partes acuerdan que la entrega se realice el día de de .
SÉPTIMA. GARANTÍA:
a) Las partes manifiestan que el VENDEDOR previo a la formalización del contrato de compraventa de vehículo nuevo, informó al COMPRADOR sobre la garantía que ofrece a los vehículos nuevos comercializados (La cual no podrá ser inferior a 90 días);
b) El VENDEDOR entrega al COMPRADOR en este acto, por escrito en idioma español y en términos comprensibles y legibles con facilidad, la garantía sobre el vehículo nuevo. La cual contiene: a) Nombre y denominación social y domicilio del VENDEDOR que la ofrece; b) Los datos de identificación del vehículo; c) La fecha de entrega del vehículo al COMPRADOR; d) Vigencia, cobertura y mecanismos para hacerla efectiva; e) Los datos de los establecimientos ubicados en la República Mexicana en los que se deberá hacer efectiva la garantía y f) Los datos de la póliza para hacer efectiva la garantía.
c) El VENDEDOR deberá informar por escrito el tiempo estimado de la reparación del vehículo.
d) Las partes acuerdan que el VENDEDOR obligado a cumplir con la garantía, debe informar por escrito, independientemente del medio, al COMPRADOR sobre la procedencia o improcedencia de la reparación en un plazo no mayor a 10 días naturales. EL VENDEDOR, en caso de proceder la reparación, asumirá la obligación de remplazar cualquier pieza o componente sin costo adicional al COMPRADOR, así como la de costear los gastos inherentes al traslado del vehículo nuevo, cuando éste no pueda circular debido a una falla o descompostura, desde el lugar donde se encuentre al lugar determinado para su atención; en caso de no proceder la reparación el VENDEDOR informará por escrito al COMPRADOR precisando la causa de improcedencia, la que deberá ser originada por uso incorrecto del vehículo nuevo, contrario a lo establecido en el manual del usuario.
e) Las partes manifiestan que el tiempo que transcurra desde el momento en que el COMPRADOR solicite la garantía hasta que le sea devuelto el vehículo reparado, no será computado dentro de la vigencia de la garantía.
OCTAVA. DEFECTOS O VICIOS OCULTOS. Las partes acuerdan que en el supuesto que el bien objeto del contrato tenga defectos o vicios ocultos que afecten el óptimo funcionamiento,
deteriorando la calidad en su uso e impidiendo la seguridad y confortabilidad propia de un vehículo nuevo; el comprador podrá optar por la restitución del bien, la rescisión del contrato o la reducción del precio, así como la bonificación o compensación respectiva.
Si el COMPRADOR elige la restitución del bien, el VENDEDOR estará obligado a restituir un vehículo nuevo de la misma marca, modelo, accesorios y características del vehículo sustituido, en un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la solicitud del comprador. La restitución sólo operará dentro de los seis meses siguientes a la entrega formal del vehículo objeto del presente contrato.
Asimismo, las partes reconocen el derecho del COMPRADOR para solicitar la reposición del vehículo o la devolución de la cantidad total pagada en caso de que efectuada la reparación, dentro del plazo de garantía, el vehículo no hubiera quedado en estado adecuado para su uso. Para la reposición del vehículo nuevo, el VENDEDOR deberá tomar en cuenta la marca, modelo, accesorios y características del vehículo sustituido. El VENDEDOR en la devolución de la cantidad total pagada deberá considerar el monto total del precio pagado por el comprador más la pena convencional determinada por las partes. En ambos casos, la operación deberá llevarse a cabo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud del comprador.
En caso de que el COMPRADOR opte por la rescisión del contrato, la voluntad de las Partes estarán a lo establecido al respecto en este contrato.
La reducción del precio operará solo a solicitud de parte, cuando el vehículo nuevo haya sido reparado en su totalidad a satisfacción del COMPRADOR, por lo que el VENDEDOR estará obligado al devolver la compensación respectiva en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados desde que el comprador solicitó esta opción.
En todos los casos operará una compensación del 5% del precio total del vehículo. Las partes acuerdan que ésta puede ser pagada en numerario o especie considerando los servicios generales que el vehículo nuevo a futuro requiera.
NOVENA. CAUSAS DE RESCISIÓN: Son causales de rescisión las siguientes:
a) El incumplimiento de los términos del contrato.
b) Que el vehículo nuevo presente defectos o vicios ocultos que afecten su óptimo funcionamiento.
c) Que el VENDEDOR no esté en posibilidad de cumplir los compromisos establecidos en la garantía que otorgó, por no contar con las refacciones necesarias en un plazo máximo de 60 días a partir de la fecha en la que el COMPRADOR requirió su cumplimiento.
DÉCIMA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN: En caso de recisión, cualquiera de las Partes puede solicitar a su contraparte, la rescisión del contrato por escrito dentro de las 48 horas siguientes en que se haya efectuado la hipótesis por la que opere la rescisión. En este caso el VENDEDOR deberá entregar al COMPRADOR íntegramente la cantidad pagada por concepto del precio total más el pago de la pena convencional fijada por las partes. Ambas cantidades serán pagadas en un término no mayor a 5 días hábiles contados a partir de la fecha de firma del convenio mencionado.
DÉCIMA PRIMERA. PENA CONVENCIONAL: De común acuerdo, las partes fijan que la pena convencional para el caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente contrato, será del 10% sobre el precio total de la compraventa.
DÉCIMA SEGUNDA. COMPETENCIA ADMINISTRATIVA: La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en , renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
Leído que fue por las partes el contenido del presente contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de a los días de mes de
del año .
EL VENDEDOR
EL COMPRADOR
Este contrato fue aprobado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo el número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha <<FECHA DE REGISTRO>> Cualquier variación del presente contrato en perjuicio del Consumidor, frente al contrato de adhesión registrado, se tendrá por no puesta.
Autorización para la utilización de información con fines mercadotécnicos o publicitarios.
EL COMPRADOR SI ( ) NO ( ) acepta que el proveedor ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos o publicitarios, la información proporcionada por él con motivo del presente contrato y SI ( ) NO ( ) acepta que el VENDEDOR le envíe publicidad sobre bienes y servicios.
Firma o rubrica de autorización del consumidor