Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE “EQUIPAMIENTO CON DESTINO A LA RESIDENCIA DE LA TERCERA EDAD”, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
1.- Objeto y Calificación del contrato
Constituye el objeto del contrato el suministro de “equipamiento con destino a la Residencia de la Tercera Edad”, de conformidad con la relación detallada y en los términos recogidos en la Memoria con Valoración redactada por el Sr. Arquitecto Técnico Municipal, de fecha 13 de julio de 2011 y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. La Memoria Valorada fue aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 5 de septiembre de 2011.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro tal y como establece el artículo 9 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), el código CPV es 39150000-8.
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) nº 204/2002 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2001, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3696/1993 del Consejo, relativo a la clasificación estadística de productos por actividades (CPA) en la Comunidad Económica Europea, el código CPA es 36.14.1.
2.- Procedimiento de selección y adjudicación.
La forma de adjudicación del contrato de suministro será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 134.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y con la cláusula novena de este Pliego.
Será igualmente de aplicación lo dispuesto para este tipo de contratos; El Real Decreto 817/2009, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007; El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre en lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y la Ley 3/2011, de 24 de febrero de Medidas en materia de contratos del Sector público en Aragón.
El órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxxx, por delegación de la Sra. Alcaldesa.
3.- Perfil de contratante
La información y los anuncios de adjudicación de este contrato se publicarán en el Perfil de Contratante en la siguiente dirección de Internet: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Esta documentación se encuentra asimismo depositada en el servicio de registro para Perfil de Contratante de SafeCreative, acreditando de modo fehaciente el momento de inicio de la difusión pública, la integridad de la misma y la garantía de disponibilidad a través de la consulta de dicho registro en la dirección: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx.xxx. Este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxx.xx.
4.- Presupuesto de licitación
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 316.847,98 euros. El precio cierto anterior queda desglosado en un valor estimado de 207.812,59 euros y de 37.406,27 euros de 18% del Impuesto sobre el Valor Añadido y 66.323,26 euros y de 5.305,86 euros de 8% del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El importe se abonará con cargo a la partida 151/619.0300 “Planes Provinciales D.P.Z. 2011” del presupuesto municipal del ejercicio 2011, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato y que son: subvenciones concedidas por la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, incluidas en el Plan de inversiones en infraestructuras y equipamientos locales del ejercicio 2011, por importe de 237.635,98 euros para el año 2011 y de 79.212,00 euros para el año 2012.
El licitador deberá licitar la totalidad del suministro, no se admiten lotes. Cada licitador únicamente, podrá presentar una sola proposición.
5.- Duración del contrato
El plazo máximo de entrega de los bienes a suministrar será de sesenta días naturales a contar desde el siguiente a la formalización del contrato.
El contrato finalizará con la firma del acta de recepción de los bienes suministrados.
6.- Acreditación de la aptitud para contratar.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público podrá realizarse:
a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
3.2. En los contratos de suministro, la solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
En los contratos de suministro que requieran obras de colocación o instalación, la prestación de servicios o la ejecución de obras, la capacidad de los operadores económicos para prestar dichos servicios o ejecutar dicha instalación u obras podrá evaluarse teniendo en cuenta especialmente sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad.
7.- Presentación de proposiciones y documentación administrativa.
Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx, situado en Plaza España nº 1 de este Municipio, los días de lunes a viernes en horario de 8 a 15 horas, durante el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx y en el Perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Para el supuesto de que el último día del plazo previsto para la presentación de ofertas coincidiera con sábado o festivo, dicho plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
También podrán presentarse ofertas por correo y en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas suscritas por él.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación de suministro de “Equipamiento con destino a la Residencia de la Tercera Edad”. La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Documentación Técnica.
— Sobre «C»: Oferta económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A»
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de la Ley 30/2007 para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
f) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 8.224,07 euros.
g) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
SOBRE «B»
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor. (Mejoras y características de la oferta).
SOBRE «C»
OFERTA ECONÓMICA
a) Oferta económica y plazo de ejecución.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación del suministro de “Equipamiento con destino a la Residencia de la Tercera Edad” por procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º ___, de fecha _______, y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de _________________ euros y ___________ euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Plazo de ejecución:
En ____________, a ___ de ________ de 20__.
Firma del licitador,
Fdo.: _________________».
8.- Garantía Provisional
Los candidatos deberán constituir una garantía provisional por importe de OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON SIETE CÉNTIMOS (8.224,07), que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
La garantía provisional se depositará:
En la Tesorería Municipal, situada en Plaza España nº 1 xx Xxxxx, cuando se trate de garantías en efectivo.
Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y se devolverá a los candidatos inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía provisional será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a los licitadores que retiren injustificadamente su oferta antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a la constitución de una nueva garantía definitiva, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de aquélla.
9.- Criterios de selección
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios:
1.- Criterios de valoración de las ofertas sujetos a evolución previa, no cuantificables automáticamente, sobre “B”, se puntuarán en orden decreciente de 0 a 60 puntos:
Mejoras y características de la oferta. Puntuación máxima: hasta 60 puntos. Se valorarán las mejoras valoradas económicamente, en función del importe de las mismas y de la adecuación de éstas en el conjunto del suministro.
Para garantizar que las mejoras ofrecidas por el concursante se adecuen fielmente a los objetivos de la contratación y a la tipología del suministro; la oferta, se orientará de forma exclusiva, según las siguientes necesidades, que podrán ofertarse en su totalidad o en la proporción que se estime oportuna.
01.01 - EQUIPAMIENTO SISTEMA PACIENTE-ENFERMERA Cant.
01.01.01 EQUIPAMIENTO HABITACIONES
01.01.01.01 Ud Terminal de habitación de superficie con RFID NX0010
Terminal de habitación de superficie con RFID. Fabricante IBERNEX, ref. NX0010, que permite al usuario establecer una comunicación con el personal de atención del centro cuando una alarma es generada. El terminal admite el uso del software de gestión de alarmas, para consulta de informes y estadísticas.
- Incluye fuente de alimentación de superficie IBERNEX, ref. NX0020
- Incluye módulo 4 entradas digitales IBERNEX, ref. NX0031
- El usuario puede disparar alarmas a través de diferentes mecanismos de habitación (pulsador de cama, xxxxxxx xx xxxx, etc...).
- Emite una llamada que salta a los teléfonos del personal auxiliar.
- Integra micrófono de alta sensibilidad y altavoz de gran potencia y nitidez.
36,00
01.01.01.02 Ud Luz aviso puerta conexión bus NX0171
Luz de aviso en puerta, con conexión bus al terminal de habitación. Fabricante IBERNEX, ref. NX0171.
36,00
01.01.01.03 Ud Terminal telefónico teclas grandes NX8070
Terminal telefónico de habitación, teclas grandes. Fabricante IBERNEX, ref. NX8070.
36,00
01.01.02 EQUIPAMIENTO BAÑOS
01.01.02.01 Ud Terminal de habitación de superficie con RFID NX0010
Terminal de habitación de superficie con RFID. Fabricante IBERNEX, ref. NX0010, que permite al usuario establecer una comunicación con el personal de atención del centro cuando una alarma es generada. El terminal admite el uso del software de gestión de alarmas, para consulta de informes y estadísticas.
- Incluye fuente de alimentación de superficie IBERNEX, ref. NX0020
- Incluye módulo 4 entradas digitales IBERNEX, ref. NX0031
- El usuario puede disparar alarmas a través de diferentes mecanismos de habitación (pulsador de cama, xxxxxxx xx xxxx, etc...).
- Emite una llamada que salta a los teléfonos del personal auxiliar.
- Integra micrófono de alta sensibilidad y altavoz de gran potencia y nitidez.
3,00
01.01.02.02 Ud Módulo de pared para xxxxxxx xx xxxx. Cableado NX0060
Módulo de pared para xxxxxxx xx xxxx. Fabricante IBERNEX, ref. NX0060.
3,00
01.01.02.03 Ud Xxxxxxx xx xxxx de 2 m. de longitud NX0070
Xxxxxxx xx xxxx de dos metros de longitud. Fabricante IBERNEX, ref. NX0070.
3,00
01.01.02.04 Ud Caja de superficie para mecanismos Ibernex NX9008
Caja de superficie para instalación de módulo de pared para xxxxxxx xx xxxxx. Fabricante IBERNEX, ref. NX9008. Incluye marco adaptador para mecanismos IBERNEX.
3,00
01.01.03 EQUIPAMIENTO CENTRAL
01.01.03.01 Ud Centralizador Sistema de alarmas
-
APLICCATION Software de integración y dispositivos de dialogo CTI integrados con alarmas y notification server.
· Asistente personal: hasta cuatro servicios de bienvenida corporativos personalizables
· Dos idiomas del sistema para música de espera personalizada de dos minutos de duración.
· Selección automática xx xxxx (ARS)- Acceso de Selección Interna directa (DISA).
· 5000 directorios de nombres - 1000 tickets NMC
· Un máximo de 75 sesiones PIMphony Basic en Compact Unit y Advanced Unit
· Un máximo de 200 sesiones PIMphony Basic en Premium Unit
· Mensajería vocal estándar: bienvenida del usuario xxx xxxxx con 2 puertos y 60 minutos
· Licencias de software de tarificación de llamada sobre IP para la activación de Hospitality Link
- Arquitectura
· Sistema Operativo Linux
· Alimentación Auxiliar
· Armario Rack (Unit 1,2, y3) apilable y para montaje en bastidor de 19".
- Puertos de Comunicación
· 2 Accesos Básico
· 2 Accesos red analógica
· 8 Enlaces IP
- Interface de Usuario
· 4 Usuarios Digitales
· 48 Usuarios Analógicos
- 4 usuarios móviles DECT (equipamiento software)
- 4 Estación Base DECT para interior - alimentación remota (Europa)
- 1 Aparato Alcatel 4039. Digital Serie 9.
· Display de 3 líneas regulable
· Teclado Alfanumérico
· 10 teclas de función
· 40 teclas programables
· Manos libres y toma auricular
· Teclado de marcación y alfabético Qwerty
- 3 Aparato Alcatel 4019. Digital Serie 9.
· Terminal digital para despachos
1,00
01.01.03.02 Ud DECT IP muñeca
Terminal de telefonía inalámbrica IBERNEX, modelo NX8040:
-
- Formato pulsera
- Manos Libres
- Identificación de llamada
- Agenda
2,00
01.01.03.03 Ud Cargador DECT IP muñeca
Cargador para terminal inalámbrico DEC IBERNEX, modelo NX8050.
2,00
01.01.03.04 Ud Terminal DECT (incluye cargador, batería, funda).
Terminal de telefonía inalámbrica SIEMENS, modelo SL37 o similar:
-
- Toma auricular
- Manos Libres
- Identificación de llamada
- Agenda
2,00
01.01.03.05 Ud Terminal Temporis 700. Analógico. Negro
Terminal analógico con pantalla para despachos, modelo Temporis 700 o similar.
3,00
01.01.03.06 Ud Terminal Temporis 350. Analógico. Negro
Terminal analógico para cocina, comedor y salas de estar, modelo Temporis 350 o similar.
6,00
01.02 - SOFTWARE SISTEMA PACIENTE-ENFERMERA Cant.
01.02.01 Ud Servidor aplicación Helpnex NX0400
Suministro e instalación de servidor para sistema de alarmas, IBERNEX ref. NX0180; configurado para terminales de habitación/baño.
Helpnex se define como un sistema modular, basado en la plataforma NEXPERTA, compuesta por módulos que permite desarrollar nuevos módulos que cubren necesidades demandadas por el mercado e integrarlos en la plataforma global.
Esta plataforma de software desarrollada por IBERNEX, sobre la que se presentan los contenidos de las distintas soluciones y productos, presenta las siguientes características:
- Modular: compuesto por un módulo básico y ampliable con otros módulos en desarrollo.
- Única: Todos los productos están siempre integrados y su disponibilidad es inmediata con tan sólo activar una nueva licencia.
- Segura: permite definir gestión de permisos.
- Sencilla: acceso a los contenidos vía web.
- Visual: utiliza la última tecnología de presentación de interfaces visuales, presenta interfaz común y sencillo para todos sus módulos.
Módulos del sistema:
- Módulo gestión residencial: gestión de trabajadores, clientes, recursos, plazas y calendarios
- Módulo actividades y alarmas
- Módulo informes
- Módulo mantenimiento
1,00
01.02.02 Ud Lector rfid sobremesa USB para dar de alta tarj. desde PC NX0121
Suministro de lector RFID de sobremesa IBERNEX ref. NX0121, conexión USB, para dar de alta y configurar nuevas tarjetas desde PC.
1,00
01.02.03 Ud Tarjeta de identificación RFID. Incluye funda
Suministro e instalación de tarjeta de identificación RFID IBERNEX ref. NX0140.
10,00
01.03 - INSTALACIÓN DE SISTEMA PACIENTE ENFERMERA Cant.
01.03.01 Ud Instalación de Armario Rack 42 U´s 800x800
Suministro e instalación de armario rack, 42 unidades de altura, 800x800 mm (ancho x profundidad), fabricante TECNO STEEL. Incluyendo los siguientes accesorios y conexionado del cableado existente:
- 1 ud. Juego de 2 Guícables laterales verticales. TECNO STEEL o similar.
- 1 ud. Bandeja 2U fondo 380mm. TECNO STEEL o similar.
- 1 ud. Bandeja reforzada 80 Kg. Fondo 470. TECNO STEEL o similar.
- 1 ud. Regleta 19" de 8 Schuko C/ Interruptor. 1U. TECNO STEEL o similar.
- 1 ud. Módulo Ventilacion con 2 ventiladores + termostato. TECNO STEEL o similar.
- 2 ud. Panel de parcheo, 50 RJ45, Categoría 3; para conexión de 2 mangueras de voz. NEXANS.
- 3 ud. Panel Vacío para 24 RJ45 Snap-in, Extraible con Clip-on. NEXANS; para conexión de 48 cables UTP Categoría 5e.
- 30 ud. Latiguillo RJ45-RJ45. NEXANS. UTP Cat.5e. PVC. Gris.1,5m
- 30 ud. Latiguillo para voz. RJ45-RJ45. 1 Par (pines 4 y 5). 1,5 m
1,00
01.03.02 Ud Identificación y timbrado de cableado existente en habitaciones
Trabajos de identificación y timbrado de cableado UTP existente en cada habitación; para conexión del sistema paciente-enfermera en rack.
1,00
01.03.03 Ud Conexión Terminal de superficie
Trabajos de conexionado e instalación de terminal de habitación de superficie en pared junto a cabecero de la cama.
39,00
01.03.04 Ud Cableado BUS de habitación
Suministro e instalación de cable de datos UTP Categoría 5e, para instalación de bus desde terminal de habitación hasta módulo de entradas NX0031 instalado en falso techo a la entrada de la habitación. Recorrido de cableado bajo canalización existente.
36,00
01.03.05 Ud Cableado Estaciones Base
Suministro e instalación de cablea de datos UTP Categoría 5e, libre de halógenos, fabricante NEXANS. Recorrido comprendido desde central de telefonía hasta estaciones base de telefonía inalámbrica.
Incluyendo canalización por falso techo realizada con tubo corrugado libre de xxxxxxxxx, xxxxxxx 00.
4,00
01.04 - PRUEBAS Y DOCUMENTACIÓN Cant.
01.04.01 Ud Puesta en marcha del sistema
Configuración y puesta en marcha del sistema paciente-enfermera IBERNEX.
1,00
01.04.02 Ud Formación
La oferta incluye la formación a nivel de usuario de las personas del centro.
1,00
01.05 - CENTRAL MEGAFONÍA SYSTEM - 2240M Cant.
01.05.01 Ud Instalación y Puesta en marcha de central de megafonía
1,00
2.- Criterios de valoración de las ofertas sujetos a evaluación posterior, cuantificables automáticamente, sobre “C”, se puntuarán en orden decreciente de 0 a 40 puntos:
Oferta económica. Puntuación máxima: hasta 5 puntos. Se valorará con 5 puntos la oferta económicamente más baja y el resto de las ofertas se puntuarán de manera proporcional a aquélla.
Plazo de ejecución. Puntuación máxima: hasta 35 puntos. Se valorará la reducción del plazo de ejecución fijado (sesenta días naturales).
10. Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
- X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcalde, que actuará como Presidente de la Mesa.
- X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Vocal, Concejal delegado de Urbanismo.
- Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Vocal, Concejal delegada de Bienestar Social.
- Un Concejal designado por el grupo municipal C.P.C.
- Un Concejal designado por el grupo municipal P.P.
- Un Concejal designado por el grupo municipal PAR.
- Un Concejal designado por el grupo municipal CHUNTA.
- Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Vocal, Secretario de la Corporación.
- Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Vocal, Interventora Accidental de la Corporación.
- Xx. Xx. Xxxxxx Xxx Xxxxxxxx, Oficial Mayor, que actuará como Secretario de la Mesa.
11.- Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación (Junta de Gobierno Local), de conformidad con el artículo 194 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:
Interpretación del contrato.
Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
Modificación del contrato por razones de interés público.
Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
12.- Apertura de proposiciones.
La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil siguiente tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, excepto si coincidiese con sábado que se trasladaría al siguiente día hábil, a las 12 horas. Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».
Si la Mesa observa defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada podrá conceder, si considera posible la subsanación, un plazo no superior a tres días hábiles para que lo corrijan o subsanen. Igualmente, la Mesa, a los efectos establecidos en los artículos 43 a 53 y 71 de la LCSP, podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación presentada o la presentación de otra documentación complementaria, que deberá presentar en un plazo máximo de cinco días.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contiene los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor, pudiendo en ese momento la Mesa solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en el pliego.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Emitidos los informes técnicos la Mesa de Contratación se reunirá de nuevo y dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor y a continuación procederá a la apertura de los sobres “C”.
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobre B) y de los criterios cuya ponderación es automática (sobre C), la Mesa requerirá a los servicios técnicos un informe final de valoración, emitido el mismo la mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
13.- Requerimiento de la documentación.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
14.- Garantía definitiva.
El candidato que hubiera presentado la oferta más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 88 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
15.- Adjudicación del contrato.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
16.- Formalización del contrato.
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
17.- Derechos y obligaciones del adjudicatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en los pliegos y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público).
— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación.
— El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
— Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 600 euros, de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
18.- Revisión de precios
No procede en el presente contrato.
19.- Plazo de garantía
Se establece un plazo de garantía mínimo de un año a contar desde la fecha de entrega de los bienes, si durante el mismo se acredita la existencia de vicios o defectos en el suministro, la Administración tendrá derecho a reclamar la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
20.- Ejecución del contrato
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
21.- Modificación del contrato
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Hay que tener en cuenta que en ningún caso podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
22.- Penalidades por incumplimiento
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción prevista en el artículo 196.4 LCSP: de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
— Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía nos podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
23.- Resolución del contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 206 y 275 de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
24.- Régimen Jurídico del contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
En Caspe, a 1 de septiembre de 2011.
El Alcalde,
Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente Pliego fue aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2011.
Caspe, a 7 de octubre de 2011.
La Secretario,