CPV-CO-BM-INEC-PC-0001-2023
Convenio Contractual para la Adquisición de Suministros de Impresión, Repuestos y Accesorios Necesarios para el Desarrollo de las Actividades del Proyecto VII Censo De Población Y VII De Vivienda
CPV-CO-BM-INEC-PC-0001-2023
ESTE CONVENIO DE CONTRATO se celebra el día 12 de Julio de 2023
ENTRE
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), representada por la Señora Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Coordinadora General Administrativa Financiera; en calidad de delegada del Director Ejecutivo, otorgada mediante resolución 040 de 22 de noviembre de 2022, quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, la empresa EQUIPOS Y SERVICIOS DE INGENIERIA ESERDING S.A. quien comparece a través de su Representante Legal el señor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, con RUC: 1792458609001, a quien en adelante se le denominará PROVEEDOR / CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
POR CUANTO el Comprador ha invitado a presentar cotizaciones respecto de ciertos Bienes y Servicios Conexos, a saber, ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE IMPRESIÓN, REPUESTOS Y ACCESORIOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL
PROYECTO VIII CENSO DE POBLACIÓN Y VII DE VIVIENDA, a través del proceso signado con código CPV-CO-BM-INEC-PC-0001-2023, y ha aceptado la cotización del Proveedor para el suministro de dichos Bienes y Servicios.
El Comprador y el Proveedor acuerdan lo siguiente:
1. En este Convenio las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se les asigne en los respectivos documentos del Contrato a que se refieran.
2. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el Comprador y el Proveedor, y serán leídos e interpretados como parte integral del Contrato. Este Convenio Contractual prevalecerá sobre los demás documentos del Contrato.
(a) la Carta de Aceptación;
(b) la Cotización del Proveedor;
(c) las Condiciones del Contrato;
(d) los requerimientos técnicos (incluyendo los Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos y las Especificaciones Técnicas);
(e) las listas completas (incluyendo las Listas de Precios);
(f) cualquier otro documento que forme parte integrante del Contrato. (certificación presupuestaria, garantías, adjudicación.)
3. Como contraprestación por los pagos que el Comprador hará al Proveedor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Proveedor se compromete a suministrar los Bienes y Servicios al Comprador y a subsanar los defectos de estos en total consonancia con las disposiciones del Contrato, por cuanto el Contratante pagará el valor del 100% que comprende USD $ 13.300,00 (Trece Mil Trecientos con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) más IVA.
4. El Comprador se compromete a pagar al Proveedor, el valor de del 100% que comprende USD $ 13.300,00 (Trece Mil Trecientos con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), como contraprestación por el suministro de los Bienes y Servicios Conexos y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescriptos en este.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las Partes han suscripto el presente Convenio Contractual, de conformidad con el derecho vigente en la República del Ecuador, en el día, mes y año antes indicados.
En representación del Comprador
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXX
Ing. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx
COORDINADORA GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA,
Delegada del Director Ejecutivo
El Proveedor
Firmado electrónicamente por:
XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Representante Legal
EQUIPOS Y SERVICIOS DE INGENIERÍA ESERDING S.A
RUC: 1792458609001
Condiciones de Contrato para la Adquisición de Suministros de Impresión, Repuestos y Accesorios Necesarios para El Desarrollo de las Actividades del Proyecto VII Censo De Población Y VII De Vivienda
CPV-CO-BM-INEC-PC-0001-2023
Cláusula Primera. - ANTECEDENTES
La República del Ecuador y El Banco Mundial denominado “El Banco” o “El IBRD” denominado “El Contratante, han suscrito el contrato xx xxxxxxxx No. IBRD / 94210 EC, que financia el “FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA ESTADÍSTICO NACIONAL DEL ECUADOR” P178564,
el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos-INEC-es el organismo ejecutor, tiene entre sus objetivos financiar adquisiciones y contrataciones que cumplan con el objetivo del Proyecto
En el contrato xx xxxxxxxx suscrito entre el Banco Mundial (IBRD) y la República del Ecuador se estableció que la contratación se efectuará atendiendo las Regulaciones para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Mundial.
Dentro del Plan Anual de Contrataciones del COMPRADOR, se contempla la Adquisición para “ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE IMPRESIÓN, REPUESTOS Y ACCESORIOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO VIII CENSO DE POBLACIÓN Y VII DE VIVIENDA”
Asimismo, se cuenta con la disponibilidad de fondos para la ejecución del Contrato, conforme consta en las certificaciones Presupuestarias No. 715 adjunta al memorando INEC-CGAF-DIFI-2023-2042- M de 12 xx xxxx de 2023, vinculada al trámite de aval Nro. 134, autorizado por el Director Ejecutivo en memorando Nro. INEC-INEC-2023-0353-M;
A través de Resolución Nro. 043 - COMPRAS-DIREJ-2023, de 07 xx xxxxx del 2023, la Coordinadora General Administrativa Financiera, en su calidad de delegada de la máxima autoridad, resolvió: “Artículo 1.- Autorizar el inicio del Proceso de Solicitud de Cotizaciones para la ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE IMPRESIÓN, REPUESTOS Y ACCESORIOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO VIII CENSO DE POBLACIÓN Y VII
DE VIVIENDA, signado con código CO-BM-INEC-PC-0001-2023.”
En el marco expuesto se celebró el Solicitud de Cotizaciones Nº CO-BM-INEC-PC-0001-2023, en el cual resultó adjudicado EQUIPOS Y SERVICIOS DE INGENIERIA ESERDING S.A en adelante “el PROVEEDOR” por presentar la cotización considerada como la más ventajosa y cumplir con las especificaciones técnicas requeridas, adjudicación que se la realizó a través de la Resolución Nro. 062-COMPRAS-DIREJ-2023 de 29 junio de 2023.
Cláusula Segunda. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Los documentos que constituyen el Contrato son:
Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar este tipo de contratos.
• Las especificaciones técnicas y plan de entregas y demás secciones del Documento de Selección en los cuales se detallan el objeto y alcance de la contratación
• La cotización presentada por el oferente adjudicado
• La Certificación de Disponibilidad Presupuestaria
• La Notificación de adjudicación al oferente adjudicado
• Anexos: Fraude y Corrupción
Cláusula Tercera. - OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del Contrato es la Adquisición de “ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE IMPRESIÓN, REPUESTOS Y ACCESORIOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO VIII CENSO DE POBLACIÓN Y VII DE
VIVIENDA”, para El CONTRATANTE, de conformidad con las disposiciones del presente Contrato y según se define en los lineamientos del proceso Solicitud de Cotizaciones No. CO-BM-INEC-PC- 0001-2023.
Cláusula Cuarta. - PRECIO DEL CONTRATO
El precio del presente contrato, que el CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de US$ 13.300,00 (TRECE MIL TRECIENTOS dólares de los Estados Unidos de América con 00/100) más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.
El precio de la oferta incluye el valor de los servicios, así como todos los costos directos e indirectos, impuestos (incluido el IVA), tasas, contribuciones y servicios; es decir, absolutamente todo lo necesario para entregar los servicios a plena satisfacción del Programa/Proyecto.
Cláusula Quinta. - FORMA DE PAGO
El Instituto Nacional de Estadística y Censos se compromete a pagar el 100% del contrato, a la suscripción del acta de entrega recepción definitiva y presentación de la factura correspondiente.
Cláusula Sexta. - GARANTÍAS
6.1 El Proveedor garantiza que todos los Bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, no tienen uso previo y corresponden al modelo más reciente o actual, y que incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa.
6.2 El Proveedor además garantiza que todos los Bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de sus actos y omisiones, o derivados del diseño, los materiales o la manufactura, durante el uso normal en las condiciones que imperen en el país de destino final.
6.3 La Garantía Técnica.- El Contratista deberá presentar la Garantía Técnica de un (1) año por defecto de fábrica por los suministros de impresión, repuestos y accesorios requeridos, la vigencia de la garantía será a partir de la entrega recepción, el documento se entregará a la firma del contrato.
6.4 Para los efectos de la garantía, el lugar de destino final deberá ser: En las oficinas del INEC en las xxxxxx Xxxx Xxxxxx X00-00 y Xxxx Xxxxxxx, en Bodega de Planta Central.
Cláusula Séptima. - PLAZO
Esta adquisición tendrá una duración 45 días calendario, contados a partir del día siguiente a la suscripción del contrato
Cláusula Octava. - PRÓRROGAS DE PLAZO
El CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud.
a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por el CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato, en base al informe debidamente fundamentado de la administración. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.
b) Cuando el CONTRATANTE ordenare la ejecución de trabajos adicionales, o cuando se produzcan aumentos de las cantidades dentro de los límites establecidos en el presente contrato.
En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.
El hecho de permitir al CONTRATISTA que continúe y finalice el contrato o cualquier parte de la misma después del vencimiento del plazo concedido, cuando éste haya incurrido en xxxx, no implica prórroga automática de plazo por parte del CONTRATANTE y tal terminación se ejecutará no obstante la aplicación de las multas estipuladas en el presente contrato.
Cláusula Novena. – INDEMNIZACIÓN POR DEMORA Y BONIFICACIONES
El contratista deberá indemnizar al contratante por demora en la entrega de los bienes o servicios. Las multas que se impondrán por incumplimiento de las obligaciones contractuales y que se deriven directa o indirectamente del objeto contractual, serán por la cantidad equivalente al uno por mil (1x1000) del valor de las obligaciones pendientes a ejecutarse en el contrato por cada día de retraso en la prestación y entrega de los servicios o bienes contratados, o incumplimiento de las responsabilidades del contratista, conforme los plazos acordados, excepto en el evento de caso fortuito o fuerza mayor
Cláusula Décima- DEL AJUSTE DE PRECIOS
El precio del contrato no está sujeto a ajuste de precios.
Cláusula Décimo Primera. - DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
En todas las relaciones con el CONTRATISTA, el CONTRATANTE a la Responsable Nacional de Empadronamiento, servidora Xxxxxxx Xxxxxxxx, en calidad de Administrador de Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones de los documentos de selección que forman parte del presente contrato.
EL CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesaria la modificación del texto contractual.
El Administrador velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato, y adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a las que hubiere lugar.
Cláusula Décimo Segunda: ACTAS DE RECEPCIÓN:
Las actas de recepción contendrán los antecedentes, condiciones generales de ejecución, condiciones operativas, liquidación económica, liquidación de plazos, constancia de la recepción, cumplimiento de las obligaciones contractuales, y cualquier otra circunstancia que se estime necesaria.
Clausula Décimo Tercera: MODIFICACIONES
Para efectos de modificaciones a contratos firmados se actuará conforme a lo establecido en las Regulaciones del Banco.
Cláusula Décimo Cuarta: TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato terminará:
1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
2. Por mutuo acuerdo de las partes;
3. Por declaración unilateral del CONTRATANTE, en caso de incumplimiento del CONTRATISTA; y,
4. Por muerte del CONTRATISTA o por disolución de la persona jurídica CONTRATISTA que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
5. Si el CONTRATISTA no observa lo prescripto respecto de Prácticas Prohibidas y/o Elegibilidad de este Contrato.
Cláusula Décimo Quinta: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier disputa que se origine con motivo del cumplimiento de este contrato, será resuelta por mutuo acuerdo entre las partes. En caso de que éstas no lo solucionen amigablemente habiendo transcurrido treinta días desde que surgiera la diferencia, las partes acuerdan someterla al proceso de mediación ante el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado en la ciudad de Quito.
De persistir la controversia, las partes renuncien fuero y domicilio, y se someten a los jueces competentes del Distrito Metropolitano de Quito.
La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana.
Cláusula Décimo Sexta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano.
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décimo Séptima: LEY APLICABLE
Este contrato, su significado e interpretación y la relación que crea entre las partes se regirán por las leyes de la República del Ecuador y las disposiciones establecidas en este contrato.
Cláusula Décimo Octava: DOMICILIO
Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
El Contratante:
Nombre: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos Dirección: Xxxx Xxxxxx Xx 00-00 x Xxxx Xxxxxxx Teléfono: 000000000 – 000000000
Email: xxxxxx_xxxxxxx@xxxx.xxx.xx Persona de contacto: Xxxxxx Xxxxxxx Administrador/a del Contrato.
Quito - Ecuador
El Contratista:
Dirección: Xxxxxxx Xxxxxx X0-000 x Xxxx Xxxxxxxx Teléfono: (00) 000 0000
Email: xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx / xxxxxx.xxxxxx@xxxxxxxx.xxx Quito – Ecuador
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de Quito, a los 12 días de julio de 2023
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS | Equipos y Servicios de Ingeniería ESERDING S.A |
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Coordinadora General Administrativa Financiera Representante Legal
Delegada del Director Ejecutivo INEC RUC: 1792458609001
Adquisición de Suministros de Impresión, Repuestos y Accesorios Necesarios para El Desarrollo de las Actividades del Proyecto VII Censo De Población Y VII De Vivienda
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Fraude y Corrupción
1. Propósito
1.1 Las Directrices Contra el Fraude y la Corrupción del Banco y este anexo se aplicarán a las adquisiciones en el marco de las operaciones de Financiamiento para Proyectos de Inversión del Banco.
2. Requisitos
2.1 El Banco exige que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento del Banco), licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, todo subcontratista, subconsultor, prestadores de servicios o proveedores, todo agente (haya sido declarado o no), y todo miembro de su personal, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de adquisición, la selección y la ejecución de contratos financiados por el Banco, y se abstengan de prácticas fraudulentas y corruptas.
2.2 Con ese fin, el Banco:
a.Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
i. Por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte.
ii. Por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación.
iii. Por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte.
iv. Por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar.
v. Por “práctica de obstrucción” se entiende:
(a) la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce
sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o
(b) los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e, que figura a continuación.
b. Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.
c. Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos xxx xxxxxxxx participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando estas ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos.
d. Podrá sancionar, conforme a lo establecido en sus directrices de lucha contra la corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, a cualquier empresa o persona en forma indefinida o durante un período determinado, lo que incluye declarar a dicha empresa o persona inelegibles públicamente para: (i) obtener la adjudicación o recibir cualquier beneficio, ya sea financiero o de otra índole, de un contrato financiado por el Banco1; (ii) ser nominada2como subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios de una firma que de lo contrario sería elegible a la cual se le haya adjudicado un contrato financiado por el Banco, y (iii) recibir los fondos de un préstamo del Banco o participar más activamente en la preparación o la ejecución de cualquier proyecto financiado por el Banco.
e. Exigirá que en los documentos de solicitud de ofertas/propuestas y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una cláusula en la que se exija que los licitantes (postulantes /proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus respectivos subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios, proveedores, agentes y personal, permitan al Banco inspeccionar3todas las cuentas, registros y otros
1 A fin de disipar toda duda al respecto, la inelegibilidad de una parte sancionada en relación con la adjudicación de un contrato implica, entre otras cosas, que la empresa o persona no podrá: (i) presentar una solicitud de precalificación, expresar interés en una consultoría, y participar en una licitación, ya sea directamente o en calidad de subcontratista nominado, consultor nominado, fabricante o proveedor nominado, o prestador de servicios nominado, con respecto a dicho contrato, ni (ii) firmar una enmienda mediante la cual se introduzca una modificación sustancial en cualquier contrato existente.
2 Un subcontratista nominado, consultor nominado, fabricante o proveedor nominado, o prestador de servicios nominado (se utilizan diferentes nombres según el Documento de Licitación del que se trate) es aquel que: (i) ha sido incluido por el licitante en su solicitud de precalificación u oferta por aportar experiencia y conocimientos técnicos específicos y esenciales que le permiten al licitante cumplir con los requisitos de calificación para la oferta particular; o (ii) ha sido designado por el Prestatario.
3 Las inspecciones que se llevan a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (es decir, forense). Consisten en actividades de constatación realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para abordar asuntos específicos
documentos referidos a la presentación de ofertas y la ejecución de contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este.
relativos a las investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la información y los registros financieros de una empresa o persona, examinarlos y hacer las copias que corresponda; acceder a cualquier otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato impreso o electrónico) que se considere pertinente para la investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la información a la verificación de terceros.
Términos de Referencia para la Adquisición de Suministros de Impresión, Repuestos y Accesorios Necesarios para El Desarrollo de las Actividades del Proyecto VII Censo De Población Y VII De Vivienda
I. DATOS GENERALES
1. Plazo de Ejecución: 45 días calendario.
• Ejecución del Contrato inicia: desde el día siguiente a la fecha de suscripción del contrato, el proveedor deberá entregar los bienes en el plazo de 45 días calendario.
2. Vigencia de la Oferta: 90 días calendario.
3. Forma y cronograma de entregas: Total.
El contratista tiene la obligación de dejar los suministros de impresión, repuestos y accesorios en las oficinas de INEC Xxxx Xxxxxx N15-36 y Xxxx Xxxxxxx, en Bodega Planta Central.
Pago contra entrega recepción: El Instituto Nacional de Estadística y Censos se compromete a pagar el 100% del contrato, a la suscripción de entrega recepción definitiva y presentación de la factura correspondiente.
5. Garantías: El contratista deberá presentar la Garantía Técnica de un año por defecto de fábrica por los suministros de impresión, repuestos y accesorios requeridos, la vigencia de la garantía será a partir de la entrega recepción, el documento se entregará a la firma del contrato.
6. Multas:
Las multas se impondrán por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales, las que se determinarán por cada día de retraso; las multas se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato y serán del 1 por mil (1x1000).
7.- Información que dispone la Entidad:
En el área de Empadronamiento de la Institución dispone de los siguientes equipos: 1 impresora EPSON MODELO WF C20750, 1 impresora XEROX MODELO ALTALINK C8045 y 1 impresora XEROX MODELO ALTALINK B8055.
8.- Bien Esperado:
SUMINISTROS
# | Marca | Modelo | Suministro | Cantidad Requerida |
1 | Xerox | 8045 | TONER XEROX COLOR NEGRO ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 2 |
2 | Xerox | 8045 | TONER XEROX COLOR AMARILLO ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 2 |
3 | Xerox | 8045 | TONER XEROX COLOR CIAN ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 2 |
4 | Xerox | 8045 | TONER XEROX COLOR MAGENTA ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 2 |
5 | Xerox | 8045 | CARTUCHO XX XXXXXX XEROX COLOR NEGRO ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
6 | Xerox | 8045 | CARTUCHO XX XXXXXX XEROX COLOR AMARILLO ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
7 | Xerox | 8045 | CARTUCHO XX XXXXXX XEROX COLOR CIAN ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
8 | Xerox | 8045 | CARTUCHO XX XXXXXX XEROX COLOR MAGENTA ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
9 | Epson | 20750 | CARTUCHO DE TINTA EPSON COLOR CYAN DE ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA EPSON MODELO C20750 | 6 |
10 | Epson | 20750 | CARTUCHO DE TINTA EPSON COLOR MAGENTA DE ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA EPSON MODELO C20750 | 6 |
11 | Epson | 20750 | CARTUCHO DE TINTA EPSON COLOR YELLOW DE ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA EPSON MODELO C20750 | 6 |
12 | Epson | 20750 | CARTUCHO DE TINTA EPSON COLOR NEGRO DE ALTO RENDIMIENTO PARA IMPRESORA EPSON MODELO C20750 | 12 |
13 | Xerox | B8055 | UNIDAD DE IMAGEN XEROX PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK B8055 | 1 |
REPUESTOS Y ACCESORIOS
# | Marca | Modelo | Repuestos | Cantidad Requerida |
1 | Xerox | 8045 | Kit Fusor PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
2 | Xerox | 8045 | KIT de Rodillos para ADF PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
3 | Xerox | 8045 | LIMPIADOR XX XXXXXX DE TRANSFERENCIA PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
4 | Xerox | 8045 | SEGUNDO RODILLO DE TRANSFERENCIA DE POLARIZACIÓN PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 1 |
5 | Xerox | 8045 | DEPÓSITO DE RESIDUOS PARA IMPRESORA XEROX MODELO ALTALINK C8045 | 2 |
6 | Epson | 20750 | Roller KIT, MP, ASP 200.000 Impresiones EPSON MODELO C20750 | 1 |
7 | Epson | 20750 | Roller KIT, ASF,B; ASP 200.000 Impresiones EPSON MODELO C20750 | 1 |
8 | Epson | 20750 | Roller, Retard, ASSY, B; ASP 200.000 Impresiones EPSON MODELO C20750 | 1 |
9 | Epson | 20750 | Kit Rodillos de alimentación ADF PARA IMPRESORA EPSON MODELO C20750 | 1 |
10 | Epson | 20750 | Kit de Mantenimiento PARA IMPRESORA EPSON MODELO C20750 | 10 |
11 | Xerox | B8055 | Kit Rodillos de transferencia para la Impresora XEROX MODELO ALTALINK B8055 | 1 |
B. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones del Contratista:
✓ Suscribir el acta entrega de recepción definitiva.
✓ El contratista deberá asumir todos los costos de la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con el transporte, seguros, obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambiental y tributaria vigentes.
✓ En caso de detectar por parte del Contratante, que se ha incumplido con lo solicitado, se procederá a la devolución de los bienes que no estén acorde con lo solicitado en este documento, para su inmediata reposición, sin cargo adicional para la institución.
✓ Entregar los productos a entera satisfacción del INEC de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas.
✓ Informar con anticipación de cualquier circunstancia que afecte la ejecución normal del contrato previo a la entrega total de los suministros de impresión.
✓ Entregar un listado con las series de los suministros entregados.
✓ El oferente en caso de ser adjudicado previa a la suscripción del contrato presentará el certificado emitido por la Contraloría General del Estado, donde señale que no mantiene “glosas firmes” pendientes por parte de la Contraloría General del Estado.
Obligaciones del Contratante:
✓ Designar al servidor que desempeñará las funciones de Administrador de Contrato.
✓ Y en general, el Instituto Nacional de Estadística y Censos brindará todas las facilidades al Contratista para que se ejecute de manera adecuada el objeto de la contratación.