CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
MINISTERIO DE SALUD - DIRESA LORETO Pág Nº 3 CONTRATO Nº 1659
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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento, el contrato de Servicio No Personales que celebran por una parte La Dirección Regional de Xxxxx xx Xxxxxx, identificada con R.U.C. Nº 20408454299, señalando como domicilio en la Xx. 00 xx Xxxxx x/x xxx xxxxxxxx xx Xxxxxxxx de esta ciudad (Hospital Regional xx Xxxxxx) debidamente representada por la Señora XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, identificada con D.N.I. Nº 05342496, en calidad de Directora de Logística, a quien en adelante se denominará “LA DIRECCIÓN” y de la otra parte, el Sr(a) XXXXXXXX XXXX CORAL, con DNI. Nº 00000000, NIT 10441644189, con domicilio en la calle Piura Nº 160-Punchana, a quien en adelante se le denominará “EL (LA) LOCADOR(A)”, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA ANTECEDENTES
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7° del Reglamento de organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2002-SA y la Ley del Ministerio de Salud N° 27657, el Ministerio es la autoridad de mayor jerarquía del Sistema Nacional de Salud, establece los objetivos, orienta, formula, dirige y supervisa las políticas de su competencia, en armonía con las disposiciones constitucionales, la política general y los planes de gobierno.
Mediante Resolución Directoral Nº 017-2007-GRL-DRS/30, el Director Regional de Salud - Xxxxxx, delegó en el Director de Logística, la facultad de suscribir los contratos que celebre LA DIRECCIÓN.
CLAUSULA SEGUNDA BASE LEGAL
Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2007.
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley.
Reglamento xx Xxx de contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante EL REGLAMENTO.
Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud.
CLAUSULA TERCERA MATERIA
Por el presente contrato se contrata a “EL(LA) LOCADOR(A)” para que brinde los servicios profesionales y/o técnicos en la oficina de Nutrición de la DIRESA Xxxxxx, bajo la modalidad de Locación de Servicios.
CLAUSULA CUARTA TERMINOS DE REFERENCIAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Por el presente contrato “EL(LA) LOCADOR(A)” se obliga a realizar las siguientes actividades:
DIGITACION Y REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LAS ACTIVIDADES SANITARIAS DE ALIMENTACION Y NUTRICION SALUDABLE
MONITOREO DEL SISTEMA DE INFORMACION DEL ESTADO NUTRICIONAL DE LOS XX.XX. PERTENECIENTES A LA JURISDICCION DE LA DIRESA XXXXXX
MANEJO DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTION ADMINISTRATIVA –SIGA
APOYO EN EL PROCESO DE ASIGNACION PRESUPUESTAL Y RESPECTIVO SEGUIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE ALIMENTACION Y NUTRICION SALUDABLE.
APOYO TECNICO INFORMATICO EN LOS DIFERENTES EVENTOS REALIZADOS POR LA OFICINA.
El contratado se compromete a prestar sus servicios directos y personalmente no pudiendo transferir, ceder o permutar total y/o parcialmente dicha prestación.
El contratado declara bajo responsabilidad no hallarse comprometido dentro de los impedimentos para contratar con el Estado.
Cumplir diligentemente los servicios encomendados.
Respetar las normas establecidas por LA DIRECCION en cuanto a los servicios que el LOCADOR debe prestar.
- Y otros actividades inherentes a su responsabilidad funcional que las partes acuerden.
Por el presente contrato la Dirección Regional de Salud – Xxxxxx, se obliga a:
Abonar la contra prestación económica mensual que corresponda.
A otorgar los implementos que se requiera para cumplir la finalidad del contrato.
CLAUSULA QUINTA HONORARIOS
Por concepto de honorarios por el servicio a brindar, “LA DIRECCIÓN”, abonará a “EL (LA) LOCADOR(A)” una retribución que se pacta en la suma de S/. 700.00 (SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensual, incluidos los impuestos xx xxx, monto que será cancelado al cierre de cada mes y previa conformidad del servicio brindado por el COORDINADOR DE NUTRICION, presentación del informe mensual detallado del proceso y presentación del recibo por Honorarios Profesionales.
CLAUSULA SEXTA PLAZO DEL CONTRATO
“EL(LA) LOCADOR(A)”, se obliga a prestar servicios y realizar las actividades descritas en los términos de referencia, en un plazo de 06 MESES que rige a partir del 11-07-2007 con vencimiento al 11-01-2008 El presente contrato, podrá renovarse automáticamente en tanto no exista restricción legal de índole presupuestal, ni se contravenga con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA SETIMA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Por el mérito de la suscripción del presente contrato “EL (LA) LOCADOR(A)”, se compromete a cumplir con el objeto previsto, bajo sanción de incumplimiento conforme a la declaración jurada que se anexa y forma parte integrante del presente contrato.
CLAUSULA OCTAVA RESOLUCIÓN
“LA DIRECCIÓN”, podrá resolver el contrato suscrito, por incumplimiento de alguna de las obligaciones “EL (LA) LOCADOR(A)” o viceversa, si previamente se ha requerido el cumplimiento de la misma de acuerdo a las formalidades y requisitos establecidos en el reglamento, si surgiere alguna discrepancia respecto al requerimiento efectuado, cualquiera de las partes podrá recurrir a los procedimientos de soluciones de controversias establecidos en EL REGLAMENTO.
La parte requerida debe cumplir su obligación dentro de un plazo de 15 días, si vencido dicho plazo el incumplimiento persistiera, la otra parte podrá resolver el CONTRATO en forma parcial o total, la resolución se formaliza a través de una carta notarial respectiva, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 222º de EL REGLAMENTO.
Así también “LA DIRECION” podrá resolver el presente contrato, sin expresión de causa, comunicándole a “EL LOCADOR” con cinco (05) días de anticipación mediante Carta Simple.
CLAUSULA NOVENA PENALIDADES
Si por razones imputables a “EL (LA) LOCADOR(A)”, se incumpliese con cualquiera de las condiciones del presente contrato, serán de aplicación las penalidades previstas en el Artículo 222º de EL REGLAMENTO, conforme al plazo contractual establecido en las cláusulas precedentes.
CLAUSULA DECIMA CONFIDENCIALIDAD
“EL (LA) LOCADOR(A)”, se obliga a guardar reserva sobre cualquier información de “LA DIRECCIÓN”, a la que haya obtenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA DECLARACIÓN JURADA
“EL (LA) LOCADOR(A)”, declara que no se encuentra inhabilitado para contratar con el estado y que no tiene adeudos pendientes con los organismos a que hace referencia literal e) del Artículo 9º del Reglamento de la Ley.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA FINANCIAMIENTO Y/O PREVISIÓN PRESUPUESTAL.
El servicio materia del presente contrato, cuenta con el financiamiento y/o previsión presupuestaria correspondiente a RECURSOS ORDINARIOS
CLAUSULA DECIMA TERCERA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
En caso de surgir cualquier controversia o reclamo vinculado con la ejecución e interpretación del presente contrato será resuelto mediante arbitraje.
CLAUSULA DECIMA CUARTA
Cuando “EL (LA) LOCADOR (A) tenga que viajar de la ciudad a requerimiento de “LA DIRECCIÓN” ésta asumirá los gastos de pasaje, viáticos, movilidad y demás asignaciones. Así mismo, asumirá el pago de movilidad local cuando “EL (LA) LOCADOR (A) tenga que realizar diferentes actividades, en beneficio de “LA DIRECCIÓN” dentro de la cuidad.
CLAUSULA DECIMA QUINTA DISPOSICIONES FINALES
Las partes señalan como domicilio legal las direcciones que figuran en la introducción del presente contrato, lugar donde se les cursarán validamente las notificaciones xx Xxx.
Los cambios domiciliarios que pudieran ocurrir serán comunicados notarialmente al domicilio legal de la otra parte con cinco (05) días de anticipación.
Las partes se someten a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de la Provincia de Maynas.
Efectuada la liquidación del contrato, las partes renuncian a interponer cualquier reclamo judicial o extrajudicial posterior.
En señal de conformidad y ratificación de los términos que contiene el presente contrato. Lo suscriben las partes en duplicado de igual valor, quedando un ejemplar para cada una de las partes.
En Punchan al: ONCEAVO DIA DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE
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POR LA DIRECCIÓN POR EL LOCADOR
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Contrato de Locación de Servicio PIS-Río Corrientes