CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UN /A TRABAJADOR /A CON LA CATEGORÍA DE COCINERO /A, PARA LA REALIZACION DE LAS TAREAS PROPIAS DEL PUESTO DE TRABAJO EN LA RESIDENCIA DE MAYORES Y CENTRO DE DIA “PABLO NARANJO”, EN REGIMEN LABORAL, POR UN...
CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UN /A TRABAJADOR /A CON LA CATEGORÍA DE COCINERO /A, PARA LA REALIZACION DE LAS TAREAS PROPIAS DEL PUESTO DE TRABAJO EN LA RESIDENCIA DE MAYORES Y CENTRO DE DIA “XXXXX XXXXXXX”, EN REGIMEN LABORAL, POR UN PERIODO DE DOCE MESES, IMPRORROGABLE.
BASES GENERALES
I.- OBJETO
1.- El objeto de las presentes bases es regular el Concurso -Oposición para la selección y contratación de un /a trabajador /a con la categoría de Cocinero /a para la realización de las siguientes funciones y actividades en la Residencia de Mayores “Xxxxx Xxxxxxx”, de propiedad municipal:
La organización, distribución y coordinación de todo el personal adscrito a la cocina, así como la elaboración y condimentación de las comidas, con sujeción al menú y regímenes alimentarios que propondrá para su aprobación a la dirección del Centro y supervisión del Médico Titular.
Supervisar, igualmente, los servicios ordinarios, especiales y extraordinarios que diariamente se comuniquen, así como el montaje de los carros con los menús elaborados.
Vigilar la despensa de cada día, procurando el suministro por parte de los proveedores, vigilando su estado, que se encargará de administrar a medida que se necesite para la confección de los diferentes servicios a realizar. Recontar las existencias con la gerencia del Centro, comunicar las faltas que vea y vigilar también su higiene y su uniformidad.
Supervisar el mantenimiento, en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento de la maquinaria y utensilios propios del departamento, tales como: Cámaras frigoríficas, bandejas, hornos, freidoras, extractores, filtros, cortadoras y peladoras, ollas, etc.
Cualesquiera otras tareas relativas al puesto de trabajo, tales como: Comunicar al Jefe inmediato las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de sus tareas (averías, deterioro de la comida y de los utensilios y útiles, desorden manifiesto, falta de higiene, etc.).
En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.
2.- La categoría del /de la trabajador /a, será la de Cocinero /a y su contratación se regulará por el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. La duración del contrato será de DOCE MESES, prorrogables. Las retribuciones por todos los conceptos, incluidos festivos, de NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTISIETE CENTIMOS (959,27 Euros) brutos
mas dos pagas extraordinarias por el importe que corresponda a abonar los meses xx Xxxxx y Diciembre.
3.- Las presentes bases generales se adecuan a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, y el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx y de forma supletoria a la Orden APU/1461/2002.
II.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.
Para tomar parte en el Concurso -Oposición, será necesario:
a) Ser español /a o ciudadano /a de la C.E.E. o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley Estatal que regula esta materia.
b) Ser mayor de 16 años, en la fecha de aprobación de las presentes bases.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las tareas correspondientes.
d) No haber sido separado /a, mediante expediente disciplinario, del Servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No estar incurso /a en causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente.
f) Los /las nacionales de los demás Estados, a que hace referencia el apartado a), deberán acreditar, además de su nacionalidad y de los requisitos a que hacen referencia los apartados anteriores, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado de origen, el acceso a la función pública.
Dicha acreditación se efectuará mediante certificados expedidos por las autoridades competentes de sus países de origen.
g) Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Local.
h)
Los /las aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, al momento de publicarse las mismas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y mantenerse durante todo el proceso de selección.
III.- INSTANCIAS.
Las instancias solicitando tomar parte en el Concurso -Oposición, cuyo modelo figura en el ANEXO I a las presentes Bases, dirigidas a la Sra. Alcaldesa –Presidenta del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro General de la Corporación en horas de oficina (De 9.00 a 14.00 horas) durante el plazo xx XXXX DIAS NATURALES, contados partir del siguiente al de la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página Web y en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento.
Igualmente podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
A la instancia se acompañará la siguiente documentación, originales o fotocopias debidamente compulsadas:
- Documento Nacional de Identidad o equivalente.
- Certificación del S.E.X.P.E. acreditativa de su situación laboral.
- Declaración jurada del solicitante en la que conste que no padece enfermedad ni defecto físico que impida el desarrollo de las tareas propias del puesto de trabajo, así como que no ha sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni estar incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente (ANEXO II).
- Vida laboral.
- Estar en posesión del Título Oficial de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Cocina y Gastronomía expedido por la Administración Educativa competente.
- Documentación a que hace referencia la letra f), de la Base II.
- Documentación que acredite los méritos alegados, conforme a la Base VI de la convocatoria.
- Certificación del Ayuntamiento de Romangordo, acreditativo de que el interesado /a se encuentra al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Local.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa -Presidenta de la Corporación dictará Resolución declarando aprobada la Lista de los aspirantes admitidos y excluidos provisionalmente al Concurso -Oposición, que será publicada en los Tablones de Anuncios de la Corporación.
En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que se concede a los aspirantes excluidos.
Así mismo se publicará en el Tablón de Anuncios y en la web municipal, la composición del Tribunal calificador y se determinará el lugar y la fecha en que tendrá lugar la calificación y valoración de los méritos alegados y la celebración de la fase de oposición.
IV.- TRIBUNAL CALIFICADOR (COMISION DE SELECCION).
El Tribunal calificador estará constituido en la forma siguiente:
Presidente: Titular D. XXXXXXX XXXXXX XXXX, Funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter estatal, siendo suplente D. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, Funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter estatal.
Vocales: Titular Xx XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, Funcionaria de Administración General de Administración local, siendo suplente D. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, Funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter estatal, siendo suplente
Titular Xxxx XXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, Funcionaria de Administración General de Administración Local, siendo suplente D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionario de Administración General de Administración Local.
D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Funcionario de Administración Local, subescala Auxiliar, siendo suplente D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Personal laboral del Ayuntamiento de Romangordo.
Vocal -Secretario: El que lo es de la Corporación o Funcionario en quien delegue.
Actuará como Asesor del Tribunal D. XXXX XXXXX XXXXXX XXXX, Supervisor de la Residencia de Mayores “Xxxxx Xxxxxxx”, de propiedad municipal, con voz pero sin voto.
Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, sin la presencia de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo notificarlo a la Presidencia. En caso contrario podrán ser recusados por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del citado Texto legal.
La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoria.
V.- SISTEMA DE SELECCION.
El sistema de selección de los /las aspirantes, se realizará mediante Concurso- Oposición, y constará de dos fases:
A) En una primera fase, de Oposición, se comprobará y valorará por el Tribunal Calificador designado, la aptitud profesional de los /las aspirantes, sometiendo a los
/las mismos /as a la realización, en un plazo de 15 minutos, de una prueba escrita tipo test de 10 preguntas sobre aspectos relacionados con el programa que figura en el ANEXO III de la convocatoria, valorándose hasta un máximo de. 10 puntos
La no presentación de un /a aspirante a la realización del ejercicio, determinará automáticamente, el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido /a en consecuencia del procedimiento selectivo.
B) En una segunda fase, de Concurso, se computarán y valorarán los méritos que acredite cada aspirante, de acuerdo con el siguiente BAREMO:
Méritos Puntos
1º.- Por estar en posesión del Título Oficial de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico en Cocina y Gastronomía expedido por la Administración Educativa competente… 3 Puntos.
2º.- Por la realización de Cursos de Formación de carácter oficial que hayan sido debidamente acreditados por el /la aspirante y en los que conste su duración, directamente relacionados con el puesto de trabajo, familias profesionales de:
- De 40 a 60 horas 0,10 puntos /Curso
- De 61 a 120 horas 0,30 puntos/Curso
- De 121 a 300 horas 0,50 puntos/Curso
- De mas de 301 horas 1 punto/Curso
Los cursos de menos de 40 horas no se puntuarán.
En aquellos supuestos en los que no figure el número de horas, no se valorarán. Si figuraran los días, se valorará a razón de 4 horas/día.
Los cursos en los que no figuren horas pero incluyan créditos académicos (entendidos como créditos ECTS) se valorarán en función de la siguiente equivalencia: 1 crédito = 25 horas totales de trabajo del estudiante, incluidas las horas académicas con acompañamiento docente y las demás horas que deba emplear en actividades independientes de estudio, prácticas, preparación de exámenes u otras que sean necesarias para alcanzar las metas de aprendizaje.
Sólo se puntuarán aquellos cursos que tengan relación directa con el contenido de la plaza a la que se aspira, impartidos por Centros, Organismos o Instituciones de carácter público, o que se hubieran celebrado con la autorización expresa de los mismos, a criterio del Tribunal.
Quedan excluidos aquellos títulos o diplomas que hayan servido para tomar parte en el Concurso –Oposición.
3º.- Por cada mes que el /la solicitante tenga de experiencia como Cocinero /a en Residencias de Mayores/ Hogares de Mayores/ Pisos Tutelados, públicas o privadas.........................................................................................0,10 puntos (Hasta un máximo
de 3,00 puntos).
Los méritos de esta fase, serán valorados siempre y cuando se encuentren debidamente justificados.
Resultará seleccionado /a, el /la aspirante que más puntos obtenga en el Concurso
-Oposición. En el supuesto de que dos o más aspirantes resultaran empatados /as a puntos, se dirimirá otorgando 0,5 puntos a aquel que más puntuación tenga en el apartado nº 3 del Baremo. Si a pesar de ello persistiera el empate, se dirimirá por sorteo.
En el supuesto de que uno de los /las aspirantes seleccionados renunciara, antes de la contratación o durante resultará contratado el /la siguiente que más puntos obtenga en el Concurso -Oposición.
VI.- SISTEMA DE ACREDITACION DE LOS MERITOS.
Los méritos señalados en la Base V, serán acreditados por los aspirantes con los siguientes documentos, originales o fotocopias compulsadas:
- Los que se refieren al apartado 1, mediante fotocopia compulsada del Título Oficial acreditativo.
- Los que se refieren al apartado 2, mediante fotocopia compulsada de los Diplomas o Certificados acreditativos de la realización de los Cursos o Actividades Formativas efectivamente realizadas.
- Los que se refieren al apartado 3, mediante original o fotocopia compulsada de la Certificación acreditativa del periodo de tiempo trabajado expedida por la Administración Pública o Empresa pública o privada contratante; de los Contratos de Trabajo, y de la Vida Laboral del interesado /a.
A efectos de su comprobación es obligatoria la presentación del Certificado de Vida Laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad social, junto con los contratos y/o certificados que acrediten la categoría laboral.
VII.- PUNTACIONES FINALES y LISTA DE APROBADOS
Resultará seleccionado el /la aspirante que más puntos obtenga en el Concurso
-Oposición. En el supuesto de que dos o más aspirantes resultaran empatados a puntos se dirimirá otorgando 0,50 ptos. a aquél que más puntuación haya obtenido en la fase de oposición.
En caso de persistir el empate se dirimirá por sorteo.
En el supuesto de que el /la aspirante seleccionado /a renunciara, resultará contratado /a el siguiente de la lista de aprobados /as que más puntos obtenga en el Concurso -Oposición.
De no realizarse la prueba de la fase de oposición por alguno /a de los aspirantes, éste /a quedará automáticamente excluido /a del proceso selectivo.
VIII.- RELACION DE SELECCIONADOS /AS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
Terminada la calificación de los /las aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, relación de todos /todas los /las aspirantes con la puntuación obtenida por cada uno de ellos /as y declarará seleccionado /a a aquel /aquella que más puntuación haya obtenido en el Concurso .Oposición y elevará dicha resolución a la Alcaldesa -Presidenta con propuesta de su contratación. En los casos de renuncia del /de la aspirante propuesto /a, la Alcaldesa -Presidenta efectuará nombramiento a favor del siguiente aspirante que hubiera obtenido la mayor puntuación.
Los /las aspirantes propuestos /as aportarán ante la Administración, dentro del plazo de dos días naturales, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, si no lo hubieran hecho antes.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados /as, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Las personas que superen las pruebas pero no resulten propuestas pasarán a formar parte de una bolsa de trabajo para realizar sustituciones o contrataciones temporales.
La Sra. Alcaldesa –Presidenta trascurrido el plazo señalado y comprobada la veracidad de los datos aportados por el /la aspirante seleccionado /a, dictará resolución ordenando la contratación.
X.- INCIDENCIAS
La presente convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases.
Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta
FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
ANEXO I DE LA CONVOCATORIA
D. /Xx , con domicilio a efectos de notificaciones en , Provincia de Xxxxx /Xxxx. /Xxxxx. , xx y
con Documento Nacional de Identidad nº
.
y Teléfono de contacto
EXPONE:
Que enterado /a de la convocatoria de Concurso -Oposición publicada por el Ayuntamiento de Romangordo, para la selección y contratación de un trabajador /a, con la categoría de Cocinero /a, a contratar en régimen laboral, por un período de doce meses, improrrogable, para la realización de las tareas propias del puesto de trabajo y otras de similar naturaleza en la Residencia de Mayores “Xxxxx Xxxxxxx” de Romangordo, de propiedad municipal.
DECLARO:
Que reúno todos y cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria, que doy por buenas las bases aprobadas y por las que se rige el Concurso -Oposición y a tal efecto.
SOLICITO:
Ser admitido /a al Concurso -Oposición y a los efectos de alegar los méritos establecidos en la base 5ª acompaño la siguiente documentación:
(señalar con una X)
- Fotocopia D.N.I. o Documento de identidad equivalente.
- Vida Laboral.
- Tarjeta de Demanda de Empleo
- Otros Títulos, Certificados o Diplomas
En , de del 2017 Firma
SRA. ALCALDESA -PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO
ANEXO II
DECLARACION JURADA
D. /Dña. , mayor de edad, vecino de
, Provincia de , con domicilio en la Calle /Avda./ Plaza
nº
de la Localidad de
Provincia de
y con Documento Nacional de Identidad nº .
DECLARO BAJO JURAMENTO O PROMESA que no padezco enfermedad ni defecto físico que impida el desarrollo de las tareas propias del puesto de trabajo, así como que no he sido separado, mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni estoy incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente.
En , a de de 2017
FDO.
ANEXO III PROGRAMA
1.- la Constitución Española de 1978: concepto, características y estructura.
Principios Generales.
2.- Los Estatutos de Autonomía: aprobación y contenido. El Estatuto de Autonomía para Extremadura: estructura y competencias. El municipio: concepto, elementos, organización y competencias.
3.- Técnicas culinarias
4.- Procesos básicos de pastelería y repostería 5.- Ofertas gastronómicas
6.- Productos culinarios
7.- Postres en restauración
8.- Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos 9.- Preelaboración y conservación de alimentos
10.- Formación y orientación laboral
11.- Empresa e iniciativa emprendedora 12.- Formación en centros de trabajo
13.- Conocimiento de la economía, cultura, historia, naturaleza y realidad social de Romangordo