Tipo de contrato: CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS ASCENSORES DEL EDIFICIO DE GESTION UNIFICADA DEL GOBIERNO VASCO DE LAKUA II VITORIA-GASTEIZ 2018- 2019 Procedimiento: ABIERTO
GOBERNANTZA PUBLIKO ETA AUTOGOBERNU SAILA
Baliabide Orokorren Zuzendaritza
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
Dirección de Recursos Generales
Expediente nº: KM/2018/012
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Tipo de contrato: CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS ASCENSORES DEL EDIFICIO DE GESTION UNIFICADA DEL GOBIERNO XXXXX XX XXXXX II VITORIA-GASTEIZ 2018- 2019
Procedimiento: ABIERTO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.- Definición: mantenimiento de los ascensores del edificio de gestión unificada del Gobierno Xxxxx xx Xxxxx II en Vitoria-Gasteiz 2018-2019
1.2.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: mantenimiento de ascensores
1.3.- División por lotes. NO
El contrato no se divide en lotes por las siguientes razones: se trata de una unidad de actuación en sí misma. No hay razón técnica ni económica que aconseje su fraccionamiento. La gestión integral del contrato como único lote permite optimizar recursos humanos, técnicos y administrativos.
1.4.- Código CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)): 50750000
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
3.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto de licitación asciende a cincuenta y siete mil ochocientos cincuenta y un euros con veinticuatro céntimos (57.851,24 €) + doce mil ciento cuarenta y ocho euros con setenta y seis céntimos (12.148,76 €) de IVA, resultando un importe total setenta mil euros (70.000,00 €)
Distribuidos por anualidades
- Año 2018: 28.925,62 € + 6.074,38 € de IVA. Total: 35.000,00 €.
- Año 2019: 28.925,62 € + 6.074,38 € de IVA. Total: 35.000,00 €.
Será de aplicación lo dispuesto en la letra b) del punto 2 de la cláusula 6 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares por no estar definido con exactitud el número de unidades que integran el objeto del contrato.
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio:
Precio mantenimiento mensual. Precio máximo de licitación: 2.410,47 €
Estos precios tienen carácter de máximos, en consecuencia, las ofertas que los superen serán rechazadas.
4.2.- Modalidad de pago del precio:
- Pago único: NO
- Pagos parciales:SI
Donostia - San Xxxxxxxxx, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 000 00 00 00 – Fax 000 00 00 00
Los pagos parciales se efectuarán con la siguiente periodicidad: mensualmente
4.3.- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: NO
4.4.- Revisión de precios: NO
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: NO
5.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Plazo total o fecha límite: 24 meses desde la formalización 5.2.- Fecha de inicio: al día siguiente de la formalización del contrato 5.3.- Plazos parciales. NO
5.4.- Prórroga del contrato: SI. 12 meses.
6.- GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP:
- BOPV: 466,14 €
7.-GARANTÍAS.
7.1.- Garantía provisional: NO
7.2.- Garantía definitiva: 5% del presupuesto de adjudicación (IVA excluido)
7.3.- Garantía complementaria: NO
7.4.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: NO
7.5.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: NO
Las garantías se constituirán a favor de: GOBIERNO XXXXX NIF: 4833001-C
8.- SEGUROS. La empresa deberá tener los seguros obligatorios.
Se le exige, además, a la adjudicataria que acredite que ha contratado algún seguro específico:
Seguro de Responsabilidad Civil de cobertura por accidentes, para cualquiera de los aparatos elevadores, que por normativa es obligatorio, indicando previamente, en su oferta, el alcance y cuantía del mismo, y cuya póliza no será inferior a quinientos cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y ocho euros (542.558 euros) por accidente.
9.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN: NO existe subrogación de personal
10.- LUGAR DE EJECUCIÓN: En el edificio de Lakua II (Vitoria-Gasteiz). Los aparatos elevadores están enumerados y descritos en el apartado 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas
11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1.- De tipo social: la empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución previstas en la cláusula 33 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
12.2.- De tipo medioambiental: NO
12.3.- Otras: la adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, de conformidad con las cláusulas 29.7 de esta carátula y así como todas las relativas a la subcontratación.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: NO
14.- PENALIDADES.
14.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la cláusula 38 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares: SI. Podrán imponerse penalidades por los siguientes cumplimientos defectuosos e incumplimientos:
a) En caso de que el factor de calidad Q sea un 10% inferior al ofertado en uno de los aparatos
b) En caso de que el tiempo de respuesta supere los 30 minutos fijados en el apartado 4 de las bases técnicas
14.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el artículo
212.4 y 212.5 TRLCSP por demora en el cumplimiento de plazos: SI, los siguientes:
a) ante el incumplimiento del factor de calidad Q: penalización equivalente una mensualidad del precio del contrato
b) por incumplimiento del tiempo máximo de respuesta ante avisos de xxxxxx:
- en el primer incumplimiento: 500 €
- ante el segundo incumplimiento: 1.000 €
Estas penalizaciones se harán efectivas mediante descuentos en los pagos mensuales por el servicio contratado
15.- SUBCONTRATACIÓN.
15.1.- Se admite la subcontratación: NO. Se considera que las labores de mantenimiento pueden ser realizadas íntegramente por las empresas inscritas en el RECAE, sin que precisen de labores técnicas extraordinariamente especializadas.
15.2.- Se establece la obligación de subcontratar con empresas especializadas: NO
15.3.- Obligación de las licitadoras de indicar la parte que prevén subcontratar: NO se permite
15.4.- Obligación de las licitadoras de facilitar el DEUC de cada una de las subcontratistas que prevén subcontratar (con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas): NO procede
16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego):
- Total: a la finalización del contrato
- Parciales: Mensualmente
16.2.- Plazo de Garantía: 6 meses desde la última intervención de mantenimiento
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, las siguientes:
- El cumplimiento del compromiso de adscripción de medios humanos y materiales.
- Las condiciones especiales de ejecución recogidas en las cláusulas 33.1.1 y
33.1.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
- Las obligaciones recogidas en el artículo 228 bis del TRLCSP.
- Las condiciones especiales de ejecución recogidas en la cláusula 33.6 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
- Que el factor de calidad “Q” sea inferior en un 30% al ofertado
- Que se produzcan 3 incumplimientos del plazo máximo de respuesta ante avisos
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO:
Posibilidad de modificación del contrato: SI, de conformidad con lo dispuesto a continuación:
Circunstancias: la constatación, durante la vigencia del contrato, de la existencia de necesidades reales superiores a las inicialmente estimadas.
Método de verificación: informe de la persona responsable del contrato.
Alcance: la modificación consistirá en el incremento del número de unidades de prestación de mantenimiento en la cuantía necesaria para cubrir las necesidades reales.
Porcentaje del presupuesto del contrato al que como máximo pueden afectar: 10% Procedimiento: el establecido en la cláusula 39 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS.
PROGRAMA DE TRABAJO. La contratista debe presentar el programa de trabajo previsto en el artículo 198 del RGLCAP: NO
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula 34.2 xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos: NO
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS.
20.1.-Entidad adjudicadora: DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
20.2.- Identificación de órganos:
20.2.1.- Órgano de contratación: VICECONSEJERA DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES
20.2.2.- Órgano destinatario del contrato y gestor de las certificaciones y facturas: DIRECCIÓN DE RECURSOS GENERALES
20.2.3.- Responsable del contrato: Director de Recursos Generales
20.2.4.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico
20.3.-Dependencia que tramita el expediente: Mesa de Contratación- Dir. Recursos Generales
Domicilio: C/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1 (Lakua)- edifM-3ªplanta
Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz 01010
20.4.- Número de expediente: KM/2018/012
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: NO
20.6.-
20.6.-Mesa de Contratación:
Miembros de la Mesa de Contratación: Presidencia:
Titular: Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx(s): Xxxxx Xxxxxxxxx
Vocales de la Dirección de Recursos Generales : Titulares: Suplentes:
Xxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxxxxx |
Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxx |
Representante Oficina de Control Económico: Secretario/a:
Titular: Suplente:
Xxxxxx Xxxxxxxxx
Xxxxx Xxxxxx
20.7.- Contacto personal:
Consultas técnicas:
Persona de contacto: Xxxxxx Xxxxxxxxxx Teléfono: 000000000
Correo electrónico: x-xxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Consultas jurídico-administrativas:
Persona de contacto: Xxxxx Xxxxxx Teléfono: 000000000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxx.xxx
20.8.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet:
xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
20.9.-Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula 4 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas del que forma parte esta carátula.
20.10.-Fecha límite de obtención información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: 6 días antes de la fecha límite para presentar ofertas
21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): 95.454,86€
22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO
Categoría del servicio: Categoría 1
23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): SI
24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: 18.0.1.02.42.0300.1.223.01.12120.002.G
24.1.- El gasto está cofinanciado: NO
24.2.- Tramitación anticipada: NO
25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1.- Tramitación: Ordinaria
25.2.- Procedimiento: Abierto
25.3.-Forma: existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA: se autoriza su
utilización.
27.- CONTRATO RESERVADO: NO
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: 2- febrero-2018, hasta las 13:00h 28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite:
Sobre/s:
A.- Capacidad y Solvencia B- Oferta Económica
C- Plan de Mantenimiento
Con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3.- Lugar de presentación:
- Entidad: Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Dirección de Recursos Generales
- Domicilio: C/ Donostia- San Xxxxxxxxx, 1 (Lakua)- edif. M-planta 3ª
- Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz 01010
28.4.- En el caso de que la empresa licitadora o candidata opte por presentar su oferta o solicitud electrónicamente lo deberá hacer a través de la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Fax: 000.00.00.00
- Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta: 2 meses a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes: NO
28.8.- Apertura pública de las ofertas: SI
La apertura de sobres C se realizará:
- Fecha: 8-febrero
- Hora: 12:15 h
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: 16-febrero
- Hora: 12:15h
29.- SOBRE A- «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS
PREVIOS» (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
29.1.- Forma de acreditación: formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (ver Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares) junto con la documentación que proceda de la cláusula 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Formato Word: formulario contenido en el Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Las empresas deberán cumplimentar las partes II, III, IV y VI del formulario.
La parte IV: se limitarán a cumplimentar la sección α de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV.
29.2.- Requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional:
29.2.1.- Obligación de acreditar solvencia: SI, de conformidad con la(s) cláusula(s) 29.2.2 y
29.2.3 de esta carátula
29.2.2.- Clasificación: NO es obligatoria, pero podrá presentarse en sustitución de la solvencia exigida en la cláusula 29.2.3 de esta Carátula
La licitadora acreditará la clasificación bien mediante la clasificación indicada en la letra a) o bien mediante la indicada en la letra b):
a) Clasificación otorgada de acuerdo con Real Decreto 773/2015:
Grupo: P Subgrupo:P.7 Categoría: 1
b) Clasificación otorgada de acuerdo con la regulación anterior al Real Decreto 773/2015:
Grupo: P Subgrupo:P.7 Categoría: A
Deberá indicarse la clasificación disponible en la sección A de la parte II del formulario DEUC.
29.2.3.- Solvencia: las empresas deberán disponer de la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 29.2.2:):
-Solvencia económica y financiera:
Requisito: Volumen anual de negocios referido al mayor de los tres últimos ejercicios concluidos sea de, al menos equivalente al importe del presupuesto previsto para una anualidad de este contrato.
Medio de acreditación: declaración en la que se especifique el volumen de negocios global de la empresa correspondiente a los últimos tres ejercicios disponibles.
-Solvencia técnica o profesional:
Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de entre los últimos 5 años será igual o superior al importe presupuestado para una anualidad de este contrato
Medio de acreditación: Relación de los principales servicios efectuados durante los cinco últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipamientos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.-Habilitación empresarial o profesional exigible en el momento de presentar oferta:
Las empresas licitantes deben estar inscritas en el Registro de Empresas Conservadoras de Aparatos Elevadores (RECAE) dependiente del Gobierno Xxxxx o de alguna otra delegación territorial del resto del Estado. Este certificado deberá presentarse en el sobre “A”
29.5.-Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas cuyos certificados son admitidos:
• Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
• Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado.
• Otros: certificado comunitario de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea siempre que sea accesible de modo gratuito para la Mesa de contratación.
La indicación de alguno de estos certificados en la sección A de la parte II del formulario DEUC conlleva la autorización de la incorporación de oficio de dicho certificado por parte de la Administración en cualquier momento del procedimiento de adjudicación del contrato, siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) que permita a la Administración hacerlo.
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: SI
29.7.- La empresa licitadora se debe comprometer a adscribir a la ejecución del contrato determinados medios materiales y humanos: NO
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: NO
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: SI
A) CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS: Ponderación total: 70 puntos.
A.1) Oferta económica del Plan de Mantenimiento: 40 puntos
Las empresas licitantes presentarán un precio global de mantenimiento mensual para el conjunto de los aparatos elevadores descritos en el punto 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas
Con el importe así calculado se puntuará según la siguiente fórmula:
PN = 40 x
Siendo:
[Pmax – POn] [Pmax – XXx]
PN = Puntuación económica para la oferta “N”
Pmax= Precio máximo de licitación
POn = Precio de la oferta “N”.
XXx = Precio de la oferta más económica.
A.2) Calidad del servicio: 30 puntos.
En el punto 5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se define el concepto de CALIDAD DEL SERVICIO (Q) solicitando oferta del mismo para cada grupo de tipo de aparato q1 (ascensores) y q2 (plataformas) descritos en el punto 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
En base a los valores ofertados se calculará la CALIDAD DE SERVICIO QN para cada empresa según la siguiente función:
QN = 0,9 q1N + 0,1 q2N
Correspondiendo a cada empresa una puntuación en este concepto de:
[QN – 0,80]
PQN = 30
0,2
B) CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: PLAN DE MANTENIMIENTO ponderación total : 30 puntos
El concepto “Plan de Mantenimiento” referido a máquinas o instalaciones electromecánicas tiene como significado el conjunto de actividades necesarias para mantenerlas o repararlas de forma que puedan cumplir sus funciones. El concepto plan implica una organización de los recursos asignados y una distribución de las tareas previstas en el tiempo con unas frecuencias determinadas.
La asistencia técnica objeto del presente contrato debe estar planificada por lo que el “Plan de Mantenimiento” figura como criterio que permitirá realizar adecuadamente la valoración de las ofertas ya que es en el Plan donde puede expresarse apropiadamente todo lo referido al objeto del contrato.
No obstante el “Plan de Mantenimiento” debe contextualizarse apropiadamente y así se expresa en el apartado 3 PLAN DE MANTENIMIENTO DE LAS BBTT que dice textualmente:
“Este plan debe dar respuesta a las condiciones exigidas en el presente pliego, en el sentido de adecuarse a las necesidades del servicio descrito, las calidades del servicio establecidas, la formación del personal, así como, al seguimiento del servicio y resto de condiciones definidas, teniendo en cuenta en todo momento las condiciones reglamentarias de aplicación”.
Este punto de vista nos permite concretar de forma precisa el contexto para el “Plan de Mantenimiento” que se completa con concisas condiciones adicionales en apenas dos páginas de las BBTT y que se encuentran encuadradas en los xxxxxxxxx 0, 0, 0 x 0 xxx Xxxxxx. Xx por ello por lo que quedaran excluidas de la presente licitación aquellas empresas que no obtengan un mínimo de 15 puntos sobre los treinta del presente criterio, no procediéndose en estos casos a la apertura del sobre B.
La valoración que aquí se pretende para el “Plan de Mantenimiento” tiene por tanto cierta complejidad ya que el plan da respuesta a una diversidad de requerimientos.
Desde el punto de vista práctico se aborda el análisis de esta complejidad de una forma análoga a la estructura xxx Xxxxxx de Bases Técnicas, es decir, el particular contexto del plan.
Se resumen a continuación las cuestiones a considerar extraídas de los respectivos apartados de las BBTT:
b.1- Plan de Prevención, se valorará la idoneidad, especificidad y la calidad del plan de prevención, se valorará por un máximo de 4 puntos.
b.2- Adecuación de los recursos humanos y técnicos asignados al Plan de mantenimiento, se valorará por un máximo de 4 puntos.
b.3- Procedimiento de gestión de xxxxxxx, se valorará por un máximo de 3 puntos.
b.4- Procedimiento de actuación ante las emergencias, se valorará por un máximo de 3 puntos.
b.5- Procedimiento para el seguimiento del servicio por parte de la Dirección de Recursos Generales, se valorará por un máximo de 4 puntos.
b.6- Formación del personal, se valorará por un máximo de 2 puntos.
b.7- Monitorización y cuantificación Ratio Q. Se define el concepto Q que será ofertado y valorado específicamente. No obstante se deberá expresar la planificación que permita valorar su viabilidad o verosimilitud. Se valorará la forma de realizar la medida del factor Q para cada aparato elevador, y la posterior transmisión de datos, se valorará por un máximo de 10 puntos
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
(Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
Los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas son:
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS».
En este sobre debe/n presentarse el/los siguiente/s documento/s:
- Oferta económica con arreglo al modelo que figura en la Addenda Anexo IX xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Oferta de calidad del servicio “Q”
- SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse: Plan de Mantenimiento
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: NO
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS (ver cláusula “valoración de las ofertas” xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares):
33.1.- En cuanto al precio:
Sí, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP y a los artículos 85 y 86 del RGLCAP en todo lo que no se opongan al TRLCSP
Parámetros objetivos que permiten apreciar su carácter anormal o desproporcionado: se aplicará sobre:
- El precio unitario mensual de mantenimiento
33.2.- En cuanto a otros criterios de adjudicación: NO
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: NO
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: NO
37.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA CUYA OFERTA HA
RESULTADO LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA. (Véase las cláusulas 24 y 24 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
37.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: SI, los siguientes:):
- Solvencia económica y financiera:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3, salvo en el caso de que se haya sustituido la solvencia por la clasificación son los siguientes:)
El volumen anual de negocio se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas legalizados por el Registro Mercantil.
- Solvencia técnica o profesional:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3, salvo en el caso de que se haya sustituido la solvencia por la clasificación: Relación de trabajos efectuados en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del presente contrato, avalados por certificados de buena ejecución
37.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos exigidos, en su caso, en la cláusula 29.7 de esta carátula (artículo 151.2
TRLCSP): acreditar el contrato de seguro de responsabilidad civil por accidentes descrito en el apartado 8
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL
PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
39.-CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO:
39.1.- Habilitación empresarial o profesional exigible a la empresa adjudicataria para ejecutar el contrato, distinta a la habilitación empresarial o profesional exigible, en su caso, en el momento de presentar oferta: NO
39.2.- Otra documentación a presentar con carácter previo a la formalización de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 27.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares: NO
39.3.- Salvo que se realicen por vía electrónica (de conformidad con lo dispuesto en el Anexo xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares relativo a las “Instrucciones para la utilización del sistema de licitación y notificación y comunicación electrónicas”), las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en el pliego de cláusulas administrativas o su carátula y otros actos de trámite no incluidos en el art. 40.2 b) TRLCSP o en el primer párrafo del art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública se comunicaran a los interesados a través de correo electrónico.
40.- CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROCEDIMIENTO: NO.
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO: (sí/no)
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos.
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de riesgos laborales | Condicione s laborales | Ambientales | ||
Objeto del contrato | |||||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | |||||||
Especificaciones técnicas | |||||||
Criterios de ofertas | valoración de | las | |||||
Condiciones ejecución | especiales | de | SI | SI | SI | SI |
*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.