BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 001-2007-CR
ADP N° 001-2007/CR
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
Congreso de la República
BASES ADMINISTRATIVAS
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA
N° 001-2007-CR
SEGUNDA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE
Congreso de la República |
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Comité Especial Permanente |
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ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 001-2007-CR Segunda Convocatoria |
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MANTENIMIENTO DE ASCENSORES |
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AGOSTO |
SETIEMBRE |
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No. |
Actividad Fecha |
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Fecha |
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Pre Publicación SEACE |
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Comunicación SEACE |
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Convocatoria |
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Convocatoria |
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Registro de Participantes |
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Registro de Participantes |
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Formulación de consultas y/u observaciones |
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De acuerdo a D.S. N° 107-2007-EF |
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Absolución a las consultas y/u observaciones |
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Integración de las bases |
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Integración de las bases |
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Presentación de propuestas en Acto Público 14:30 p.m. |
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Acto Público 14:30 p.m. Presentación de propuestas |
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Evaluación Técnica |
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Evaluación Técnica |
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Evaluación Económica y otorgamiento de Buena Pro Acto Público 14.30 p.m. |
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Acto Público 14:30 p.m. Apertura de Sobre Económico, evaluación y otorgamiento de la Buena Pro. |
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Publicación de la Buena Pro |
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Publicación en el SEACE. |
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ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 001-2007/CR
Segunda Convocatoria
“Contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores”
GENERALIDADES
1.1 ENTIDAD QUE CONVOCA
La presente Adjudicación Directa Pública es convocada por el Congreso de la República, con RUC 20161749126 y domicilio legal en Xx. Xxxxxxxx 000-000 – Lima.
1.2 OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente Adjudicación Directa Pública tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de 12 ascensores xxxxx XXXX y el mantenimiento preventivo de 06 ascensores xxxxx XXXXXXXX ubicados en los distintos locales del Congreso de la República, por el período de un (01) año, mediante Estandarización aprobada por el Memorándum N° 289-2006-2007-OM/CR y sustentada por los Informes N° 002-2007-AIM-DSSGG-DL/CR y N° 026-2007-AIM-DSSGG-DL/CR.
1.3 VALOR REFERENCIAL
S/. 159,658.68 (Ciento cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho con 68/100 Nuevos Soles).
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
PROPUESTA ECONÓMICA NO PODRÁ SER MAYOR AL 110% (S/.) |
VALOR REFERENCIAL (S/.) |
PROPUESTA ECONÓMICA NO PODRÁ SER MENOR AL 70% (S/.) |
1 |
Mantenimiento Preventivo Correctivo de 12 ascensores xxxxx XXXX. |
S/. 124,106.92 (Ciento veinticuatro mil ciento seis con 92/100 Nuevos Soles) |
S/. 112,824.48 (Ciento doce mil ochocientos veinticuatro con 48/100 Nuevos Soles) |
S/. 78,977.14 (Xxxxxxx y ocho mil novecientos setenta y siete con 14/100 Nuevos Soles) |
2 |
Mantenimiento Preventivo de 06 ascensores xxxxx XXXXXXXXX. |
S/. 51,517.62 (Xxxxxxxxx y un mil quinientos diecisiete con 62/100 Nuevos Soles) |
S/. 46,834.20 (Xxxxxxxx y seis mil ochocientos treinta y cuatro con 20/100 Nuevos Soles) |
S/. 32,783.94 (Treinta y dos mil setecientos ochenta y tres con 94/100 Nuevos Soles) |
TOTAL |
S/. 175,624.54 (Ciento setenta y cinco mil seiscientos veinticuatro con 54/100 Nuevos Soles) |
S/. 159,658.68 (Ciento cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho con 68/100 Nuevos Soles) |
S/. 111,761.08 (Ciento once mil setecientos sesenta y uno con 08/100 Nuevos Soles). |
1.4 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios del Congreso de la República.
1.5 SISTEMA DE ADQUISICIÓN
Suma Alzada
1.6 CODIGO CIIU
9300
1.7 REQUISITOS PARA SER POSTOR
Son requisitos para ser postor los siguientes:
a) Haberse registrado como participante.
Puede presentarse como postor cualquier persona natural o jurídica que se encuentre autorizado o capacitado en ofertar los bienes y/o servicios materia del presente proceso de selección, que esté legalmente constituida y debidamente inscrita en los Registros Públicos, según sea el caso.
No estar incluido en el Registro de Proveedores Inhabilitados para contratar con el Estado, de acuerdo al Artículo 8° del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en ese sentido el postor debe presentar una Declaración Jurada de no tener sanción vigente según el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado.
Pueden participar postores en Consorcio, de acuerdo al Artículo 37° del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
1.8 IMPEDIMIENTOS PARA SER POSTOR:
De acuerdo al Art. 9° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están impedidos de ser postores:
El Presidente y los Vicepresidentes de la República, los representantes al Congreso de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los organismos constitucionales autónomos, hasta un año después de haber dejado el cargo.
Los titulares de instituciones o de organismos públicos descentralizados, los presidentes y vicepresidentes regionales, los consejeros de los Gobiernos Regionales, los alcaldes, los regidores, los demás funcionarios y servidores públicos, los directores y funcionarios de las empresas del Estado; y, en general, las personas naturales contractualmente vinculadas a la Entidad que tengan intervención directa en la definición de necesidades, especificaciones, evaluación de ofertas, selección de alternativas, autorización de adquisiciones o pagos.
El cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de las personas a que se refieren los literales precedentes;
Las personas jurídicas en las que las personas naturales a que se refieren los literales a), b) y c) tengan una participación superior al cinco por ciento del capital social, dentro de los veinticuatro meses anteriores a la convocatoria;
Las personas naturales o jurídicas cuyos apoderados o representantes legales sean cónyuge, conviviente o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de las personas a que se refieren los literales a) y b) precedentes;
Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para participar en procesos de selección y para contratar con Entidades, de acuerdo a lo dispuesto por la presente Ley y su Reglamento;
Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas o titulares hayan formado parte de personas jurídicas sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el Estado, o que habiendo actuado como personas naturales se encontrarán con los mismos tipos de sanción; conforme a los criterios señalados en la Ley y en el Reglamento;
La persona natural o jurídica que haya participado como tal en la elaboración de los estudios o información técnica previa que da origen al proceso de selección y sirve de base para el objeto del contrato, salvo en el caso de los contratos de supervisión.
En los casos a que se refieren los incisos b), c) y d) el impedimento para ser postor se restringe al ámbito de la jurisdicción o sector al que pertenecen las personas a que se refieren los literales a) y b).
BASE LEGAL
El presente proceso está regido por:
Ley 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.- Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. (En adelante Ley).
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. (En adelante Reglamento).
Decreto Supremo N° 063-2006-EF, que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General.
Ley 27633 – Ley de Promoción Temporal de Desarrollo Productivo Nacional.
Ley 27806 – Ley de Trasparencia y de Acceso a la Información Pública.
Directiva N° 013-2001-CONSUCODE/PRE
Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/PRE
Disposiciones legales modificatorias, complementarias y conexas.
CRONOGRAMA DEL PROCESO
CONVOCATORIA
Fecha : 20 xx xxxxxx de 2007
REGISTRO DE PARTICIPANTES
Fecha : Del 21 xx xxxxxx al 03 de setiembre de 2007.
Hora : De 09:00 a 17:00 horas
Lugar : Mesa de Partes Comité Especial Permanente, Xx. Xxxxxxxx Xx 000
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y/U OBSERVACIONES
Fecha : Del 21 al 23 xx xxxxxx de 2007
Hora : De 09:00 a 17:00 horas
Lugar : Mesa de Partes del Comité Especial Permanente, Xx. Xxxxxxxx Xx 000
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
Fecha : 28 xx xxxxxx de 2007
Lugar : Comité Especial Permanente, Xx. Xxxxxxxx Xx 000, Xxxx
INTEGRACIÓN DE BASES
Fecha : 28 xx xxxxxx de 2007
Lugar : Comité Especial Permanente, Xx. Xxxxxxxx Xx 000, Xxxx
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Fecha : El 05 de setiembre de 2007
Hora : Acto Público 14:30 horas (hora exacta)
Lugar : Auditorio del Edificio Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx (Huallaga 364-380)
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS
Fecha : Del 06 al 07 de setiembre de 2007
Lugar : Comité Especial Permanente, Xx. Xxxxxxxx Xx 000, Xxxx
XXXXXXXXXX XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX PRO
Fecha : 10 de setiembre de 2007
Hora : Acto Público 14:30 horas (hora exacta)
Lugar : Auditorio del Edificio Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx (Huallaga 364-380)
3. CONVOCATORIA, CONSULTAS Y OBSERVACIONES
CONVOCATORIA:
La convocatoria se realizará a través de la publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), de conformidad con lo señalado en el Artículo 104° del Reglamento, la misma que se efectuará en la fecha señalada en el cronograma.
La Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME) tendrá acceso permanente a la información de los procesos de selección registrados en el SEACE para su análisis y difusión entre las pequeñas y micro empresas.
REGISTRO DE PARTICIPANTES:
Los interesados podrán tener acceso a las Bases antes de decidir su registro como participante, en el SEACE del CONSUCODE o en la Mesa de Partes del Comité Especial Permanente.
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de las propuestas presentadas por un Consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes (Art. 107° del Reglamento).
El registro de los participantes se realizará en la Mesa de Partes del Comité Especial Permanente, sito en Xx. Xxxxxxxx Xx 000-000, Xxxx, en las fechas señaladas en el Cronograma, de 9:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:00 horas, previo pago de S/.10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación, en las ventanillas del Área de Caja. Este pago le da derecho al participante, a recabar un ejemplar de las Bases Administrativas, las cuales serán entregadas en la Mesa de Partes del Comité Especial Permanente.
Para registrarse, ya sea persona natural o jurídica, obligatoriamente deberá presentar el Formato A debidamente llenado con sus datos. En este formato se servirán consignar entre otros datos, su dirección de correo electrónico si desean que se les notifique a su correo electrónico, de conformidad con el Artículo N° 87° del Reglamento.
Los participantes que deseen tener una idea más precisa del estado de los ascensores y realizar una visita guiada, podrán coordinar con el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx del Área de Ingeniería y Mantenimiento del Congreso de la República, Teléfono 000-0000 Anexo 6124.
PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES:
Los participantes registrados podrán presentar consultas y observaciones a las Bases, por escrito, debidamente fundamentadas y dirigidos al Presidente del Comité Especial Permanente, en la Mesa de Partes del CEP, sito en Jr. Huallaga 364-380, Lima, en el horario de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes, acompañado de un diskette conteniendo los pliegos en MS-Word, dentro de los tres (03) días contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111° y 115° del Reglamento.
El postor podrá presentar observaciones a las Bases simultáneamente con la presentación de las consultas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 115° del Reglamento.
No se aceptarán consultas ni observaciones a las Bases vía fax o por correo electrónico ni las que se presenten en otras oficinas o fuera de la fecha y horario establecido.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIÓN A LAS BASES:
Efectuadas las consultas y observaciones por los participantes, el Comité Especial Permanente las absolverá de manera fundamentada y sustentada, ya sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que contendrá la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial Permanente para cada observación presentada. El mencionado pliego se notificará a través del SEACE, en la sede de la Entidad (Mesa de Partes del Comité Especial Permanente) y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran declarado (Formato A) de conformidad con lo establecido en el Artículo 111° del Reglamento.
Tanto la absolución de las consultas como las aclaraciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del contrato.
Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (03) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial Permanente sino, además cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial Permanente continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
Igualmente, cualquier otro participante que se hubiera registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial Permanente es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
La solicitud de elevación de bases al CONSUCODE requiere el pago de la tasa que por concepto de remisión de actuados ha fijado el Texto Único de Procedimientos Administrativos del CONSUCODE.
El solicitante deberá cumplir con el pago de la tasa a su cargo y remitir al Comité Especial Permanente el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito respectivo dentro de las 48 horas de notificado.
En el caso que el solicitante no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, el Presidente del Comité Especial Permanente aplicará lo prescrito en el artículo 125º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, teniendo por no presentadas las observaciones no acogidas.
En el caso que el solicitante cumpla con el pago correspondiente de la tasa, el Comité Especial Permanente elevará las observaciones no acogidas junto con todo lo actuado al CONSUCODE y postergará los Actos siguientes, de conformidad a los plazos dispuestos en los artículos 28º de la Ley y 116º de su Reglamento, comunicando oportunamente a los participantes de las bases.
INTEGRACIÓN DE LAS BASES:
El Comité Especial Permanente integrará las Bases como regla definitiva del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se hubieran presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativa alguna.
En los casos en los que no se hubiere elevado al CONSUCODE el expediente respectivo, corresponde al Comité Especial Permanente, bajo responsabilidad, integrar las Bases, tal como está establecido en el Artículo 117° del Reglamento.
Asimismo, el Comité Especial Permanente publicará las Bases Integradas a través del SEACE, tal como lo señala el Artículo 118° del Reglamento.
3.6 DE LAS PRÓRROGAS Y POSTERGACIONES
Si por causas debidamente sustentadas el Comité Especial Permanente acordara postergar las etapas del presente proceso de selección (Artículo 30° del T.U.O. de la Ley) deberá comunicarlo en forma oportuna a todos los participantes a través del SEACE, correos electrónicos o courier.
3.7 VERIFICACIÓN
Luego de concluido el proceso de selección, la Entidad (a través de su órgano de control institucional o quien éste disponga), podrá realizar los procedimientos de fiscalización posterior sobre la documentación presentada en las propuestas salvo que durante el proceso exista indicio razonable y suficiente que limite la aplicación de la presunción de veracidad.
CANCELACIÓN DEL PROCESO
En los casos previstos en el Artículo 34° de la Ley, la Entidad comunicará dentro del plazo legal establecido a todos los postores de esta decisión.
CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO ECONÓMICO
DE LA VALIDEZ DE LA PROPUESTA
Las Propuestas Técnicas y Económicas recibidas tendrán validez durante el proceso de selección hasta la suscripción del contrato.
CONSIDERACIONES DE LA PROPUESTA
La propuesta se presentará en el lugar, fecha y hora que se indica en el Cronograma de Actividades de las Bases.
Los postores podrán cotizar uno o más items, debiendo obligatoriamente cotizar el 100% de los ascensores indicados en cada ítem . El incumplimiento de este requisito será motivo de descalificación del Postor, en el ítem correspondiente.
No se aceptarán propuestas alternativas, que no cumplan con las características mínimas requeridas en el Anexo N°1.
Las propuestas que excedan el 10% o fueran inferiores al 70% del valor referencial señalado para cada ítem en las Bases, serán descalificadas.
Los postores, al elaborar su propuesta deberán considerar los impuestos xx xxx, costos directos e indirectos, utilidades, tributos, IGV, derechos arancelarios, seguros, transporte, otros conceptos que pueda incidir sobre el costo del servicio y cualquier otra obligación que se derive de la reposición por concepto de daños y/o pérdidas parciales o totales que ocurrieran al entregar los mismos, al Congreso de la República y cualquier otra obligación derivada del presente proceso de selección.
PLAZO DE ENTREGA DEL SERVICIO
El servicio de mantenimiento será realizado en doce (12) meses, con 12 visitas a cada ascensor como mínimo, de acuerdo al Cronograma que presente el postor ganado, el cual deberá ser aprobado por el Departamento de Servicios Generales del Congreso de la República.
5. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original, de acuerdo al Artículo 119° de Reglamento.
El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica, perfectamente cerrados e identificados con su membrete según el siguiente modelo:
SOBRE Nº ____
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 001-2007/CR. “Servicio de Mantenimiento de Ascensores” Segunda convocatoria
Propuesta------------------
(DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR)
|
Tanto la propuesta técnica como la económica se presentarán en original, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 120° del Reglamento.
Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno (01). La última hoja será firmada por el postor o su representante legal o mandatario designado para tal efecto.
Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.
Las propuestas económicas deberán incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio u obra a adquirir o contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados hasta con dos decimales.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
ACREDITACIÓN DE REPRESENTENTES EN ACTO PÚBLICO
Las personas naturales concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial Permanente mediante carta poder simple.
Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado con carta poder simple.
ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
De acuerdo al Artículo 121° del Reglamento, el acto de presentación de propuestas será público.
El acto público se realiza, en presencia del Comité Especial Permanente, los postores y con la participación xx Xxxxxxx Público.
Los actos se llevan a cabo en la fecha y hora señaladas en el Cronograma de las presentes Bases, salvo que éstos se posterguen, de acuerdo con lo establecido en la Ley y el Reglamento.
El acto se inicia cuando el Comité Especial Permanente empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido.
Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago por derecho de participación.
El Comité Especial Permanente procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor.
Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos y el Comité Especial Permanente comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, el Comité Especial Permanente devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario Público mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación.
Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario Público procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial Permanente y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial Permanente, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
El Comité Especial Permanente levantará el acta respectiva, la cual deberá ser suscrita por todos sus miembros y los postores que lo deseen.
SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS
Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial Permanente otorgará un plazo máximo de dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto.
No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica.
MÉTODO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
De acuerdo al Artículo 69° del Reglamento, la evaluación de las propuestas es integral, realizándose en dos (2) etapas.
La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta.
Las propuestas técnicas y económicas se evaluarán asignándoles puntajes de acuerdo a los factores y criterios de evaluación y calificación que se han establecido en las Bases del presente proceso.
En la evaluación técnica, a efecto de la admisión de las propuestas, el Comité Especial Permanente verificará que las ofertas cumplan con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las Bases.
Sólo una vez admitidas las propuestas, el Comité Especial aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
Las propuestas que en la evaluación técnica alcancen el puntaje mínimo fijado en las Bases, accederán a la evaluación económica. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa.
Los miembros del Comité Especial Permanente no tendrán acceso a las propuestas económicas sino hasta que la evaluación técnica haya concluido.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
5.6.1 ETAPA DE AVALUACIÓN TÉCNICA
La evaluación de propuestas se sujeta a las reglas siguientes:
El Comité Especial Permanente evaluará y calificará cada propuesta de acuerdo con las Bases y conforme a una escala que sumará cien (100) puntos.
Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de ochenta (80). Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
5.6.2 ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA
El puntaje de la propuesta económica se calculará siguiendo las pautas del Artículo 69° del Reglamento, donde el puntaje máximo para la propuesta económica será de cien (100) puntos.
PUNTAJE TOTAL
Una vez calificadas las propuestas mediante la evaluación técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
Tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre cien (100) puntos. El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTPi = C1PTi + C2PEi
Donde:
PTPi = Puntaje Total del postor i
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor i
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i
C1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
C2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
Se aplicarán los siguientes coeficientes de ponderación:
C1 = 0.70
C2 = 0.30
La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total.
En el caso de procesos de selección convocados bajo el sistema de precios unitarios o tarifas, el Comité Especial Permanente verificará las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, la descalificará, procediendo a realizar la misma verificación de la propuesta que sigue en el orden de prelación (Artículo 130° del Reglamento).
APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO.
Al inicio del Acto Público, el Comité Especial Permanente hará de conocimiento de los postores, a través del cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las propuestas técnicas, indicando además, las propuestas descalificadas.
A continuación , el Notario procederá a la apertura de los sobres que contienen las Propuestas Económicas de aquellos postores cuyas Propuestas Técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido. El Comité Especial Permanente comprobará que los documentos presentados sean los solicitados por estas Bases, de no ser así, devolverá los documentos al postor teniéndolos por no presentados. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la Propuesta Económica.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. Las propuestas económicas que excedan en más xxx xxxx por ciento (10%) y las que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial Permanente teniéndolas por no presentadas.
El Presidente del Comité Especial Permanente anunciará la propuesta ganadora, indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del Cuadro Comparativo.
En el supuesto que dos (02) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 133° del Reglamento.
El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha (Acto Público), oportunidad en la que se entregará a los postores copia del Acta y el Cuadro Comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario.
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas deberán estar dirigidas al Presidente del Comité Especial Permanente de la Adjudicación Directa Pública N° 001-2007/CR.
Los postores deberán presentar sus propuestas en dos (02) sobres, debidamente cerrados, conteniendo:
Sobre N° 01 : Propuesta Técnica
Sobre N° 02 : Propuesta Económica
SOBRE N° 1 PROPUESTA TÉCNICA
Deberá contener lo siguiente:
Índice de los documentos que contiene (original), indicando el folio en que se encuentra cada documento.
5.8.1 Presentación Obligatoria:
Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Capítulo de Servicios.
Copia simple de Licencia Municipal vigente que acredite la autorización de funcionamiento de la empresa.
Carta formulando la Propuesta Técnica del postor por la ejecución del servicio convocado, la que deberá expresar de modo claro, preciso e indubitable que se ofrece como mínimo lo solicitado en las Especificaciones Técnicas, detalladas en el Anexo N°1 de las presentes Bases. Podrá presentar además Hoja de requerimientos técnicos mínimos, Certificados, Constancias, registros y/o muestras que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos y solicitados como obligatorios.
Declaración Jurada de cumplimiento de dispositivos legales, conforme a lo establecido en el artículo 76° del Reglamento, según modelo Anexo N°2.
Declaración Jurada de información empresarial, según modelo Anexo N°3.
Declaración Jurada de Pacto de Integridad o Compromiso de No Soborno, según modelo Anexo N°4.
Declaración Jurada de la empresa señalando que cuenta con stock de repuestos críticos (originales) valorizados en Dólares Americanos. Anexo N°5.
Carta Compromiso donde el postor que obtenga la Buena Pro se compromete a contratar a favor del Congreso de la República, antes de la suscripción del contrato y con vigencia por todo el período de ejecución del servicio, una póliza de seguros por los riesgos y coberturas contra accidentes por un monto mínimo de US$ 500,000.00 Dólares Americanos. Anexo N°6.
En caso de consorcios de dos (02) o más empresas se debe presentar una Promesa de Consorcio simple, obligándose solidariamente entre las partes del consorcio a cumplir con todas las obligaciones que se generen del presente proceso, señalando además el nombre del Representante Legal del Consorcio (Documento de Identidad), domicilio legal del Consorcio y firma autorizada según Anexo N°7, de ser el caso.
5.8.2 Presentación Facultativa u Opcional:
Experiencia del Postor operando en el país, de acuerdo al Anexo N°8 de las presentes Bases.
Declaración Jurada de Pequeña o Micro Empresa, según Anexo N°9, de ser el caso.
Declaración Jurada de Servicios realizados dentro del país. Anexo N°10.
Declaración Jurada indicando el tiempo de respuesta, ante la presentación de algún problema en el servicio prestado. Anexo N°11.
SOBRE N° 2 PROPUESTA ECONÓMICA
Deberá consignar el monto total de la oferta económica, expresada en Nuevos Soles, incluyendo los tributos xx Xxx y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del bien, según el Anexo N°12.
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se efectuará en acto privado y en dos (02) etapas: Evaluación Técnica y Evaluación Económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
PROPUESTA TÉCNICA : 100.000 Puntos
PROPUESTA ECONÓMICA : 100.000 Puntos
ETAPA DE EVALUACIÓN TÉCNICA
La propuesta Técnica se evaluará sobre un puntaje máximo de cien (100.000) puntos.
La evaluación de la propuesta técnica tendrá en cuenta los requerimientos técnicos mínimos contenidos en el Anexo N°1 de las presentes Bases, de modo que las propuestas que no cumplan con dichos requerimientos serán desestimadas y no se realizará la respectiva evaluación económica.
Solo una vez admitidas las propuestas, el Comité Especial Permanente aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
Requerimientos Técnicos Mínimos:
Cumple Se acepta la propuesta
No cumple No se acepta la propuesta
FACTORES TÉCNICOS DE EVALUACIÓN
Se evaluarán solamente las propuestas que cumplan con los requerimientos técnicos mínimos. El Anexo N°13 de las presentes Bases contiene los factores, criterios y puntaje que se aplicarán al presente proceso.
Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de ochenta (80.000) puntos. Las propuestas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
Los postores que no alcancen el puntaje mínimo requerido en el párrafo anterior, se procederá a devolverles los sobres de las propuestas económicas.
Sólo se considerarán como ofertas válidas aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en las bases (Art. 30° de la Ley); salvo lo dispuesto en el Art. 125° del Reglamento.
ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA
Las propuestas económicas se avaluarán sobre un puntaje máximo de cien (100.000) puntos.
Aquellas propuestas que excedan en más xxx xxxx por ciento (10%) o que sean inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial de cada uno de los ítems ofertados, se tendrán por no presentadas y será descalificada en esta etapa del proceso de selección.
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
PROPUESTA ECONÓMICA NO PODRÁ SER MAYOR AL 110% (S/.) |
VALOR REFERENCIAL (S/.) |
PROPUESTA ECONÓMICA NO PODRÁ SER MENOR AL 70% (S/.) |
1 |
Mantenimiento Preventivo Correctivo de 12 ascensores xxxxx XXXX. |
S/. 124,106.92 (Ciento veinticuatro mil ciento seis con 92/100 Nuevos Soles) |
S/. 112,824.48 (Ciento doce mil ochocientos veinticuatro con 48/100 Nuevos Soles) |
S/. 78,977.14 (Xxxxxxx y ocho mil novecientos setenta y siete con 14/100 Nuevos Soles) |
2 |
Mantenimiento Preventivo de 06 ascensores xxxxx XXXXXXXXX. |
S/. 51,517.62 (Xxxxxxxxx y un mil quinientos diecisiete con 62/100 Nuevos Soles) |
S/. 46,834.20 (Xxxxxxxx y seis mil ochocientos treinta y cuatro con 20/100 Nuevos Soles) |
S/. 32,783.94 (Treinta y dos mil setecientos ochenta y tres con 94/100 Nuevos Soles) |
TOTAL |
S/. 175,624.54 |
S/. 159,658.68 |
S/. 111,761.08 |
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la
propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará
puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Om x PMPE
Pi = ----------------
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la propuesta económica (100 puntos)
DETERMINACIÓN DE LA OFERTA CON EL MEJOR COSTO TOTAL
El puntaje total se obtiene sumando algebraicamente los puntajes obtenidos en la evaluación técnica y en la evaluación económica.
La suma de los máximos puntajes que se asignen a la Propuesta Técnica y a la Propuesta Económica deberá ser igual a cien (100.000) puntos. En todos los casos, el puntaje total se calculará hasta el tercer decimal.
La Buena Pro se otorga a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.
PTPi = 0.70PTi + 0.30PEi
Donde:
PTPi = Puntaje Total del postor I
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor i
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i
De acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27633 que modifica la Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, a su vez modificado por el D.U. Nº 064-2000 y D.U. Nº 083-2001, la bonificación adicional del veinte por ciento (20%) se aplicará siempre que los postores beneficiados hayan presentado la Declaración Jurada correspondiente.
En el supuesto que dos (02) o más propuestas empaten, se procederá según lo establecido en el Artículo 133° del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, observando estrictamente el siguiente orden:
Con preferencia a favor de las micro y pequeñas empresas ganadoras, alcanzando este beneficio a los consorcios siempre y cuando estén conformados íntegramente por micro y pequeñas empresas; o
A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico, en el caso de bienes u obras; o el mejor puntaje técnico en caso de servicios; o
A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que el objeto de la contratación sea divisible y aquellos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato; o
A través de sorteo en el mismo acto, previo conocimiento de las partes empatadas, que se realizará el día previsto en el Cronograma.
OTORGAMIENTO, NOTIFICACION Y CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Se otorgará la buena pro al postor que obtenga el mayor puntaje total. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del Acta y el Cuadro Comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publique en el SEACE. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario.
La publicación del consentimiento de la Buena Pro se efectuará al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la Buena Pro, éste será publicado en el SEACE conforme a lo dispuesto en los artículos 137º y 138º del reglamento de la Ley de Contratación y Adquisiciones del Estado.
VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas deberán tener validez hasta la suscripción del Contrato.
DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que deben entregar los contratistas son las de Fiel Cumplimiento del Contrato y por el Monto Diferencial de la propuesta, según corresponda. Estas garantías son la Carta Fianza y/o Póliza de Caución, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Previamente a la firma del contrato, el postor deberá entregar al Congreso de la República una Carta Fianza, la que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la prestación del servicio.
GARANTÍA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.
EJECUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el Artículo 221° del Reglamento.
DEL CONTRATO
El Contrato será suscrito por el Congreso de la República, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el Contratista, ya sea directamente o por medio de su Apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su Representante Legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 198° del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la buena pro deberá presentar, además los siguientes documentos:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Copia de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores, en el capítulo de servicios.
Garantía de Fiel Cumplimiento (Carta Fianza o Póliza de Caución), Artículos 213º y 215º del Reglamento.
Garantía adicional por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, Artículo 216º del Reglamento.
Formalización de la Promesa de Consorcio con firmas legalizadas de los consorciados (de ser el caso).
Copia del DNI. del Representante Legal.
Copia de poder inscrito en Registros Públicos del Representante Legal facultado para la firma de contrato, de ser el caso.
Copia del RUC. de la empresa.
Copia de la Licencia Municipal de funcionamiento vigente.
Copia de la Constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
Copia de la Ficha Registral, donde conste relación de accionistas y porcentajes de participación.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 222° y 224° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.
FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
En Congreso de la República efectuará el pago mensualmente, previa conformidad de la Dirección de Logística.
Para que la Dirección de Logística otorgue la conformidad de la prestación, el contratista deberá presentar un Informe Técnico al Departamento de Servicios Generales una vez finalizado cada mes (dentro de los cinco (05) primeros días de vencido el mes a liquidar), quien deberá emitir su informe de conformidad en un plazo que no exceda los diez (10) días de presentado el Informe Técnico.
El pago se efectuará dentro de los diez (10) días siguientes de emitida la conformidad y presentada la Factura correspondiente, de acuerdo al Artículo 238° del Reglamento.
EL CONGRESO abonará, únicamente, el pago por los servicios efectuados a conformidad.
DISPOSICIONES FINALES
El presente proceso se rige por las bases y lo que establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y las disposiciones legales vigentes.
FORMATO A
REGISTRO DE PARTICIPANTES
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
DATOS DEL PARTICIPANTE:
(1) Nombre o Razón Social: |
||
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(2) Domicilio Legal: |
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(3) R. U. C Nº |
(4) Nº Teléfono (s) |
(5) Nº Fax |
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(6) Correo(s) Electrónico(s): |
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|
||
(7) Página Web: |
||
|
El que suscribe, Sr. (a): ______________________, identificado con DNI Nº_________________, representante Legal de la empresa __________________________________________________, que para efecto del presente proceso de selección, solicito ser notificado al correo electrónico consignado en el cuadro precedente, comprometiéndome a mantenerlo activo durante el período que dure dicho proceso.
Lima, _______de de 2007
……………………………………………..
Nombre, firma y sello del Gerente
o Funcionario autorizado
ANEXO N° 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Especificaciones Técnicas para la contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores de los locales del Congreso de la República, según relación.
ITEM 1: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE ASCENSORES XXXXX XXXX
DISTRIBUCIÓN:
Los Ascensores de la xxxxx XXXX están distribuidos como sigue:
1) Xxxxxxx Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 162393
2) Xxxxxxx Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 246432
3) Xxxxxxx Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 162167
4) Xxxxxxx Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE1000
5) X. Xxxxxxxx Xxxxx 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0240
6) X. Xxxxxxxx Xxxxx 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0241
7) X. Xxxxxxxx Xxxxx 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0242
8) X. Xxxxxxxx Xxxxx 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0243
9) Complejo Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0849
10) Complejo Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0850
11) Complejo Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0851
12) Complejo Legislativo 01 Ascensor XXXX Xxxxxxx 67NE0852
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
El Tipo de Mantenimiento corresponde al Mantenimiento Preventivo y Correctivo Anual de 12 Ascensores de la xxxxx XXXX.
No está incluido el Mantenimiento Correctivo Integral ó Repotenciación Integral de los Ascensores
El Servicio a realizar es por ciclo de atención mensual según Xxxxxxxxxx aceptado por el Congreso, en el cual se deberá intervenir a los 12 Ascensores
ALCANCES DEL SERVICIO:
Mantener en estado óptimo de operatividad los 12 Ascensores de la xxxxx XXXX, realizando el mantenimiento preventivo y correctivo de acuerdo a lo siguiente:
Dotación de mano de obra calificada directamente empleada y supervisada por El Locador, la cual deberá acreditar especialización en la marca y garantía de mantener los Ascensores adecuadamente regulados y controlados, en perfectas condiciones de funcionamiento.
Mensualmente examinará, lubricará, y de acuerdo a la necesidad, reparará o repondrá: máquinas, motores y partes del controlador, incluyendo: corona, husillos, xxxxx xx xxxxx, chumaceras, bobinas para el magneto del freno o motores de freno, zapatas de freno, escobillas, enrollados, conmutadores, elementos rotantes, contactos, bobinas, resistencias para los circuitos de operación y motor, armazones de magnetos y otras partes mecánicas usando solamente piezas OTIS genuinas para este fin.
Renovará las fibras de las zapatas de la cabina o rolletos de guía, de acuerdo a la necesidad, para asegurar una operación suave y silenciosa, excepto donde se usen rolletos de guía para conservar los rieles apropiadamente lubricados.
Mantener una Póliza abierta de Seguros en caso de accidentes y/ó daños contra terceras personas por causas directamente imputables a El Locador
Revisar todos los cables xx xxxxx para mantener un factor adecuado de seguridad, igualando la tensión en todos los cables de tracción.
Suministrar lubricantes OTIS, compuestos según sus rígidas especificaciones.
Suministrar, lubricar, ajustar y, de acuerdo a la necesidad, reparar o renovar todos los accesorios de los equipos, con las excepciones que se mencionan más adelante.
Examinar periódicamente todos los dispositivos de seguridad y reguladores de velocidad.
No están consideradas dentro del costo de mantenimiento regular que realizará El Locador lo siguiente:
Las pruebas de paracaídas
La instalación de nuevos aditamentos a los Ascensores que sean recomendados o exigidos por Compañías de Seguros o por Autoridades Gubernamentales
La reposición de piezas de diseños diferentes
Las renovaciones o reparaciones que sean necesarias por razón de negligencia o mal uso del equipo, o debido a cualquier otra causa fuera de su control, excepto el uso y desgaste ordinario.
La pintura, reparación o reposición de cabina.
Enrejado xx Xxxx
Puertas xx Xxxx
Xxxxxx, Jambas Umbrales
Ventiladores y Artefactos de Luz de Cabina
Llaves de Fuerza Eléctrica
Cables xx Xxxxx y Cables Viajeros
Cableado Eléctrico xx Xxxx
Cableado xx Xxxx de Máquinas
Detectores de Puerta "Lambda" y Timbres de Alarma.
En caso de presentarse cualesquier requerimiento de lo indicado, oportunamente será evaluado y cotizado por El Locador, debiendo contar con la autorización por escrito de El Congreso para que se efectúen.
Los trabajos de mantenimiento a realizarse se llevarán a cabo durante días y horas regulares de labor; en cada intervención se colocará un letrero perfectamente visible que indique "Ascensor en Mantenimiento" ó "Ascensor en Reparación".
Para el desarrollo del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, el Locador deberá presentar un Cronograma de Ejecución del Mantenimiento, que el Área de Ingeniería analizará y aprobará de acuerdo a la necesidad del servicio, el cual deberá cumplirse estrictamente, salvo que el Congreso por actividades extraordinarias suspenda o varíe dicho cronograma previa comunicación simple. De no cumplirse el Cronograma de Ejecución del Mantenimiento en las fechas acordadas, se aplicará la penalidad respectiva.
Para la ejecución del Mantenimiento Preventivo, el Locador deberá comunicar al Área de Ingeniería que está iniciando el servicio. Al concluir los trabajos El Locador deberá llenar dos Registros Históricos en Sala de Máquina para cada Ascensor, en la cual se consignará:
Registro Histórico para Mantenimiento Preventivo
Fecha y Hora del Mantenimiento Preventivo
Motivo de la Intervención: Si es por Mantenimiento Preventivo Programado ó Correctivo.
Repuestos cambiados.
Nombre(s) y Firma(s) del Técnico(s) del Locador.
VoBo del Área de Ingeniería.
Registro Histórico para Llamadas de Emergencia
Fecha y Hora de la Llamada por Emergencia,
Descripción de la Avería.
Repuestos cambiados.
Nombre(s) y Firma(s) del Técnico(s) del Locador.
VoBo del Área de Ingeniería.
Paralelamente, El Locador hará firmar su Ficha de Intervención con El Administrador de cada Edificio y por el Área de Ingeniería, para sustentar el pago del servicio.
Los servicios de llamada de emergencia para ajustes secundarios y/ó solución xx xxxxxx se realizarán bajo el sistema 7 días x 24 horas x 365 días; la respuesta a un llamado de emergencia no deberá superar los 60 minutos; en la cabina del Ascensor se deberá colocar un "Sticker" con los teléfonos de la Empresa para llamados de emergencia.
Con respecto a las llamadas de emergencia, el Locador que no cumpla con el tiempo máximo ofertado ante una llamada por avería, se le aplicará la penalidad respectiva.
El Locador deberá realizar por lo menos con dos capacitaciones al año en cuanto al uso, manejo y rescate de personas, capacitación que será presentada en un cronograma con fechas programadas durante la prestación del servicio; el Área de Ingeniería evaluará y aprobará dicho cronograma.
Se deberá proporcionar a cada Administrador de Edificio los Procedimientos de Rescate para casos de emergencia, y la capacitación respectiva al personal de seguridad y otras que asigne el área responsable.
ITEM 2: MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE ASCENSORES MARCA: SCHINDLER
ANTECEDENTES:
Los Ascensores de la xxxxx Xxxxxxxxx están distribuidos como sigue:
1) Xxxxxxx Legislativo 01 Ascensor Schindler de 800 Kg Código 148-1
2) Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx 01 Ascensor Schindler de 500 Kg Código 229-1
3) Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx 01 Ascensor Schindler de 300 Kg Código 229-2
4) Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx 00 Ascensor Schindler de 600 Kg Código 2035-1
5) Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx 01 Ascensor Schindler de 900 Kg Código 2279-1
6) Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx 01 Ascensor Schindler de 900 Kg Código 2279-2
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
El Tipo de Mantenimiento corresponde al Mantenimiento Preventivo Anual de 06 Ascensores de la xxxxx Xxxxxxxxx.
El Servicio a realizar es por ciclo de atención mensual según Xxxxxxxxxx aceptado por el Congreso, en el cual se deberá intervenir a los 06 Ascensores
ALCANCES DEL SERVICIO:
Mantener en estado óptimo de operatividad los 06 Ascensores de la xxxxx Xxxxxxxxx, realizando el mantenimiento preventivo de acuerdo a lo siguiente:
Dotación de mano de obra calificada directamente empleada y supervisada por El Locador, la cual deberá acreditar especialización en la marca y garantía de mantener los Ascensores adecuadamente regulados y controlados, en perfectas condiciones de funcionamiento.
En cada intervención mensual y de acuerdo a la necesidad, El Locador inspeccionará, controlará, ajustará, regulará, lubricará y limpiará los siguientes elementos de los 06 Ascensores comprendidos en el servicio de mantenimiento:
Máquina de tracción, motor eléctrico y polea de tracción y/ó reenvío.
Regulador de Velocidad.
Selector de Xxxxx, sus contactos y poleas y/o información xx xxxx.
Freno electromecánico.
Contactores y relays principales de control de operación.
Sistema de guiadores de cabina y paracaídas de seguridad.
Sistema operador de puertas.
Sistema de guiadores de contrapeso.
Poleas tensoras de cable del selector regulador de pisos.
Articulaciones de puertas de acceso.
Contactos de puertas de pisos (trincos).
Botoneras de pisos y cabina.
Mantener una Póliza abierta de Seguros en caso de accidentes y/ó daños contra terceras personas por causas directamente imputables a El Locador.
Revisar todos los cables xx xxxxx para mantener un factor adecuado de seguridad, igualando la tensión en todos los cables de tracción.
Suministrar lubricantes genuinos indicados por el fabricante, compuestos según sus rígidas especificaciones.
El Locador se obliga a controlar el funcionamiento de los elementos de mando de cabinas, pisos y elementos de seguridad; control general de componentes mecánicos, eléctricos y electrónicos de los equipos comprendidos en el servicio de mantenimiento.
Suministrar los materiales necesarios para el mantenimiento, así como las lámparas de indicación y sus pernos de fijación, fusibles y ruedas de jebes de cierres dictadores.
No están consideradas dentro del costo de mantenimiento regular que realizará El Locador lo siguiente:
Materiales y Mano de Obra para ejecutar reparaciones y/o todo tipo de mantenimiento correctivo, como reglajes, lavado de máquinas de tracción (reductor) y otros.
Reemplazo de los elementos de iluminación de las cabinas y los vidrios de las puertas de acceso.
Cambio de partes y piezas no contempladas expresamente en lo indicado anteriormente.
Limpieza y pintura de partes y piezas, tales como acabados de pisos de cabinas y puertas de acceso e interiores de cabinas, entre otros.
Acabados que se deterioren por el uso u otros motivos, no contemplados expresamente en lo indicado anteriormente.
La necesidad de dichas reparaciones o el recambio de partes y piezas serán informadas por El Locador al Área de Ingeniería mediante presupuestos adicionales, cuyos trabajos deberán contar previamente con la aprobación por escrito de El Congreso.
Los trabajos de mantenimiento a realizarse se llevarán a cabo durante días y horas regulares de labor; en cada intervención se colocará un letrero perfectamente visible que indique "Ascensor en Mantenimiento"
Para el desarrollo del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, el Locador deberá presentar un Cronograma de Ejecución del Mantenimiento, que el Área de Ingeniería analizará y aprobará de acuerdo a la necesidad del servicio, el cual deberá cumplirse estrictamente, salvo que el Congreso por actividades extraordinarias suspenda o varíe dicho cronograma previa comunicación simple. De no cumplirse el Cronograma de Ejecución del Mantenimiento en las fechas acordadas, se aplicará la penalidad respectiva.
Para la ejecución del Mantenimiento Preventivo, el Locador deberá comunicar al Área de Ingeniería que está iniciando el servicio. Al concluir los trabajos El Locador deberá llenar dos Registros Históricos en Sala de Máquina para cada Ascensor, en la cual se consignará:
Registro Histórico para Mantenimiento Preventivo
Fecha y Hora del Mantenimiento Preventivo
Motivo de la Intervención: Si es por Mantenimiento Preventivo Programado ó Correctivo.
Repuestos cambiados.
Nombre(s) y Firma(s) del Técnico(s) del Locador.
VoBo del Área de Ingeniería.
Registro Histórico para Llamadas de Emergencia
Fecha y Hora de la Llamada por Emergencia,
Descripción de la Avería.
Repuestos cambiados.
Nombre(s) y Firma(s) del Técnico(s) del Locador.
VoBo del Área de Ingeniería.
Paralelamente, El Locador hará firmar su Ficha de Intervención con El Administrador de cada Edificio y por el Área de Ingeniería, para sustentar el pago del servicio.
Los servicios de llamada de emergencia para ajustes secundarios y/ó solución xx xxxxxx se realizarán bajo el sistema 7 días x 24 horas x 365 días; la respuesta a un llamado de emergencia no deberá superar los 60 minutos; en la cabina del Ascensor se deberá colocar un "Sticker" con los teléfonos de la Empresa para llamados de emergencia.
Con respecto a las llamadas de emergencia, el Locador que no cumpla con el tiempo máximo ofertado ante una llamada por avería, se le aplicará la penalidad respectiva.
El Locador deberá realizar por lo menos con dos capacitaciones al año en cuanto al uso, manejo y rescate de personas, capacitación que será presentada en un cronograma con fechas programadas durante la prestación del servicio; el Área de Ingeniería evaluará y aprobará dicho cronograma.
Se deberá proporcionar a cada Administrador de Edificio los Procedimientos de Rescate para casos de emergencia, y la capacitación respectiva al personal de seguridad y otras que asigne el área responsable.
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PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
Los Requisitos Técnicos Mínimos para el personal son los siguientes:
PROFESIONAL RESPONSABLE DEL SERVICIO
El perfil del Profesional responsable del servicio será: Ingeniero Mecánico, Electricista, Mecánico Electricista ó Electrónico, acreditando con la presentación del Título y la Colegiatura. La experiencia del profesional responsable del servicio en instalación y mantenimiento de ascensores de la marca que corresponde a cada item (XXXX x XXXXXXXXX), será acreditada con la presentación de Certificados de Trabajo con una experiencia mínima de 05 años.
El Comité Especial se reserva el derecho de solicitar posteriormente el documento original del Titulo y Colegiatura para contrastar la veracidad de la copia simple.
SUPERVISOR DE SERVICIOS EN CAMPO
El perfil del Profesional responsable del servicio será: Ingeniero Mecánico, Electricista, Mecánico Electricista ó Electrónico, acreditando con la presentación del Título. La experiencia del profesional responsable del servicio en instalación y mantenimiento de ascensores de la marca que corresponde a cada item (XXXX x XXXXXXXXX), será acreditada con la presentación de Certificados de Trabajo con una experiencia mínima de 05 años.
El Comité Especial se reserva el derecho de solicitar posteriormente el documento original del Titulo para contrastar la veracidad de la copia simple.
TECNICOS ESPECIALISTAS
Cinco (05) Técnicos Electricistas, Mecánicos Electricistas, Mecánicos o Electrónicos, acreditado con Título ó Diploma de Instituto Superior. La experiencia de los Técnicos Especialistas en instalación y mantenimiento de ascensores de la marca que corresponde a cada item (XXXX x XXXXXXXXX), será acreditada con la presentación de Certificados de Trabajo con una experiencia mínima de 05 años.
GARANTÍA
El Locador debe garantizar la calidad ofrecida en el servicio, así como por los repuestos genuinos suministrados, siendo responsable por los vicios ocultos del servicio ofertado (mantenimiento regular y no regular) durante el plazo de ejecución del Contrato y hasta un mes posterior de concluido éste, contado a partir de la conformidad otorgada por El Congreso.
.…………………………………………..
Nombre, firma y sello del Gerente o
Funcionario autorizado
ANEXO N° 2
DECLARACION JURADA SIMPLE
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ……………., representante legal de la empresa ………………….., con RUC Nº ……………….., domiciliado en …………………; que se presenta como postor a la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CR, para la contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores, DECLARO BAJO JURAMENTO:
No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Art. 9º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del proceso.
Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso resulte favorecido con la Buena Pro; y
Conozco las sanciones contenidas en el T.U.O. de la Ley 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias.
Que, SI ( ) NO ( ) estoy afecto a la detracción, según lo establecido por la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT, para tal efecto, mi número de cuenta corriente en el Banco...............................................es................................
…………………………………………..
Nombre, firma y sello del Gerente
o Funcionario autorizado
ANEXO N° 3
DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DEL POSTOR
(MODELO)
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
Por intermedio de la presente tenemos el agrado de presentarnos a la Adjudicación Directa Pública N° 001-2007/CR, convocada para la Contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores.
Para tal efecto, agradeceremos a usted se sirva tener en cuenta la siguiente información:
Nombre o Razón Social |
|
||||
Domicilio Legal |
|
||||
Representante Legal |
|
||||
D.N.I. |
|
||||
R.U.C. |
|
Teléfono |
|
Fax |
|
Constitución Social
Objeto Social |
|
||||
Notaría |
|
||||
R E G I S T R O D E P E R S O N A S J U R Í D I C A S |
|||||
Localidad |
|
Ficha |
|
Asiento |
|
Fecha de Inscripción |
|
||||
Fecha de inicio de actividades económicas |
|
Participa en Consorcio
SI |
NO |
Nombre de las Empresas que actúan en Consorcio |
||
Empresa Nº 1 |
Empresa Nº 2 |
Empresa Nº 3 |
||
|
|
|
|
|
Por la presente declaramos bajo juramento que la información contenida en el presente documento expresa la verdad, sujetándose a las disposiciones establecidas en los artículos 41° y 42° y demás aplicables de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como las establecidas en el T.U.O. de la Ley 26850 y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, respectivamente.
…………………………………………………………………
Nombre, firma y sello del Gerente
o funcionario autorizado
ANEXO N° 4
DECLARACION JURADA DE PACTO DE INTEGRIDAD
O
COMPROMISO DE NO SOBORNO
R.C. Nº 123-2000-CG
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
Conste por el presente Pacto de Integridad que celebran de una parte ……………………………. (postor), con RUC Nº………………… y de otra parte el CONGRESO DE LA REPÚBLICA, con RUC Nº 20161749126, debidamente representado por el Comité Especial Permanente designado mediante Resolución Nº 007-2007-DGA/CR, declaramos lo siguiente:
Reconocer la importancia de aplicar los principios que rigen los procesos de contratación señalados en la “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento”.
Confirmar que no hemos ofrecido, ni otorgado, ni ofreceremos, ni otorgaremos ya sea directa ó indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada a funcionario público alguno, a sus familiares o a sus socios comerciales a fin de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección.
No haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácticos entre los postores a fin de establecer prácticas restrictivas de libre competencia.
No aceptar la extorsión por parte de los funcionarios de la Entidad convocante.
Cumplir con lo establecido en la presente Declaración Jurada bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado, sin perjuicio de responsabilidad emergente.
--------------------------------------- --------------------------------------------
COMITÉ ESPECIAL NOMBRE Y FIRMA DEL POSTOR
ANEXO N° 5
DECLARACIÓN JURADA DE CONTAR CON STOCK DE REPUESTOS
CONSIDERADOS CRÍTICOS
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ……………., representante legal de la empresa ………………….., con RUC Nº ……………….., domiciliado en …………………; que se presenta como postor a la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CR, para la contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores, DECLARO BAJO JURAMENTO:
Que cuento con un stock de repuestos originales de la marca que corresponde a los ascensores materia del presente proceso, que son considerados críticos para el normal funcionamiento de los mismos, y están valorizados según el siguiente detalle:
Código Repuesto |
Descripción |
Costo en Dólares Americanos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL: |
|
……………………………………………
Nombre, firma y sello del Gerente
o funcionario autorizado
ANEXO N° 6
CARTA COMPROMISO DE CONTRATAR PÓLIZA DE SEGUROS
CONTRA ACCIDENTES
(MODELO)
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
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Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ……………., representante legal de la empresa ………………….., con RUC Nº ……………….., domiciliado en …………………; que se presenta como postor a la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CR, para la contratación del Servicio de Mantenimiento de Ascensores, de obtener la Buena Pro, me comprometo a contratar una Póliza de Seguros por Responsabilidad Civil que cubra daños personales y/o materiales por un monto de US$....................................por el período de ejecución del contrato.
……………………………………………
Nombre, firma y sello del Gerente
o funcionario autorizado
ANEXO N° 7
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
Estimados señores:
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el Proceso de Selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta a la adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CR, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato asociativo Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los bienes/servicios correspondientes al objeto de la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CR.
Designando al Sr. ................................................................................... como representante legal común del Consorcio y fijando nuestro domicilio legal común en ........................................., para efectos de ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven en nuestra calidad de postores del presente Proceso de Selección, así como suscribir con el Congreso el contrato correspondiente hasta la liquidación del mismo.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: %
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: %
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2
ANEXO N° 8
EXPERIENCIA DEL POSTOR
(MODELO)
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
CARTERA DE CLIENTES:
N° |
RAZON SOCIAL |
MONTO FACTURADO |
AÑO DE |
Nº DE |
|
|
NUEVOS SOLES S/. |
LA VENTA |
FACTURAS |
1 |
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
TOTAL:
……………………………………………
Nombre, firma y sello del Gerente
o funcionario autorizado
NOTA:
Se calificará considerando el monto facturado por el postor postulante (Máximo 10 contratos), por un periodo determinado no mayor a cinco (05) años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a cinco (05) veces el valor referencial del presente Proceso de Selección.
Se acreditará con copia simple de los Comprobantes de Pago cancelados o, con copia del documento contractual u Orden de Compra y su respectiva conformidad de entrega de los bienes.
Cada documento contractual debe corresponder a servicios de Mantenimiento de Ascensores.
De no contar con dicha conformidad, no se considerará como válido el Contrato respectivo.
ANEXO N° 9
DECLARACIÓN JURADA
(Sólo para el caso que la Empresa sea una Pequeña o Micro Empresa)
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante legal de la empresa), identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ..................... domiciliado en .......................... , Representante Legal de ………………..(Nombre de la empresa) declaro bajo juramento que la empresa que represento es una pequeña o microempresa (según corresponda), de conformidad con la Ley N° 28015.
Atentamente,
……………………….......………………
Nombre, firma y sello del Gerente
o funcionario autorizado
ANEXO N° 10
DECLARACION JURADA DE SERVICIOS REALIZADOS EN EL PAÍS, DE ACUERDO AL D.S. N° 003-2001-PCM Y LA R.M. N° 043-2001-ITINCI/DM
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ..................... domiciliado en .......................... representante legal en calidad de (Gerente o apoderado común) y accionista (de ser el caso) de la empresa (nombre de la empresa postora o Consorcio); que se presenta como postora a la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CR, para el Servicio de Mantenimiento de Ascensores, DECLARO BAJO JURAMENTO que los siguientes servicios a ofertar son prestados dentro del territorio nacional de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 003-2001-PCM y la R.M. N° 043-2001-ITINCI/DM:
|
|
Descripción |
Nacional |
|
(marcar con “X”) |
Servicio de Mantenimiento de Ascensores |
|
Atentamente,
……………………………………………..
Nombre, firma y sello del Gerente
o Funcionario autorizado
ANEXO N° 11
DECLARACION JURADA
(Tiempo de Respuesta ante una Emergencia)
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ..................... domiciliado en .......................... representante legal en calidad de (Gerente o apoderado común) y accionista (de ser el caso) de la empresa (nombre de la empresa postora o Consorcio); que se presenta como postora a la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CR, para EL Servicio de Mantenimiento de Ascensores, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada atenderá cualquier situación de emergencia en ...........................minutos como máximo.
Atentamente,
……………………………………………..
Nombre, firma y sello del Gerente
o Funcionario autorizado
ANEXO N°12
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
Lima, de de 2007
Señores
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Presente.-
Es grato dirigirme a ustedes, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente Proceso de Selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
Item |
Descripción del Servicio |
Código Máquina N° |
Precio Unitario (S/.) |
Precio Total (S/.) |
1 |
Mantenimiento Preventivo y Correctivo Anual de 12 Ascensores xxxxx XXXX |
162393 |
|
|
246432 |
|
|||
162167 |
|
|||
67NE1000 |
|
|||
67NE0240 |
|
|||
67NE0241 |
|
|||
67NE0242 |
|
|||
67NE0243 |
|
|||
67NE0849 |
|
|||
67NE0850 |
|
|||
67NE0851 |
|
|||
67NE0852 |
|
|||
2 |
Mantenimiento Preventivo Anual de 06 Ascensores xxxxx XXXXXXXXX |
148-1 |
|
|
229-1 |
|
|||
229-2 |
|
|||
2035-1 |
|
|||
2279-1 |
|
|||
2279-2 |
|
Los precios incluyen todos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que pudiera incidir sobre el costo total del bien.
Atentamente,
……………………………………………..
Nombre, firma y sello del Gerente
o Funcionario autorizado
ANEXO N°13
FACTORES DE EVALUACIÓN
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
FACTORES DE EVALUACIÓN : (100.000 puntos)
-
Factor
Descripción
Puntaje
Total
FACTORES REFERIDOS AL POSTOR
30.000
Experiencia en la Actividad y Especialidad
30.000
Monto acumulado igual o mayor a cinco veces el V.R.
30.000
Monto acumulado igual o mayor a cuatro veces el V.R. y menor a cinco veces el V.R.
25.000
Monto acumulado igual o mayor a tres veces el V.R. y menor a cuatro veces el V.R.
20.000
Monto acumulado igual o mayor a dos veces el V.R. y menor de tres veces el V.R.
15.000
Monto acumulado igual o mayor al V.R. y menor de dos veces el V.R.
10.000
Montos menores al V.R.
00.000
FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO
20.000
Profesional Responsable del Servicio (01)
5.000
Experiencia de 10 años o más
5.000
Experiencia desde 08 años y menor a 10 años
4.000
Experiencia desde 05 años y menor a 08 años
3.000
Supervisor de Servicio en campo (01)
5.000
Experiencia de 10 años o más
5.000
Experiencia desde 08 años y menor a 10 años
4.000
Experiencia desde 05 años y menor a 08 años
3.000
Técnicos Especialistas (05)
10.000
Experiencia de 10 años o más
10.000
Experiencia desde 08 años y menor a 10 años
8.000
Experiencia desde 05 años y menor a 08 años
6.000
FACT. REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA
50.000
Póliza de Seguro
12.500
Mejor oferta (mínimo US$ 500,000.00 por ítem)
12.500
El resto de propuestas, directamente proporcional
Garantía de Repuestos (Stock)
12.500
Mejor oferta
12.500
El resto de propuestas, directamente proporcional
Tiempo de Respuesta ante Emergencia
12.500
Hasta 45 minutos
12.500
Mayor a 45 minutos y menor a 60 minutos
6.250
Medios de comunicación
12.500
Cuenta con Central Telefónica
6.250
Cuenta con 05 ó más Teléfonos Celulares y Radios
6.250
DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN:
FACTORES REFERIDOS AL POSTOR
Experiencia en la actividad y especialidad : (30.000 puntos)
Se calificara de acuerdo a lo declarado por el postor en el Anexo E.
Se calificará la experiencia en la especialidad: Servicios de reparación y/o mantenimiento de ascensores, considerando el monto facturado (incluido IGV) por el postor (Máximo 10 contratos), por un periodo no mayor a cinco (05) años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a cinco (05) veces el valor referencial del presente Proceso de Selección.
Se acreditará con copia simple de los Comprobantes de Pago cancelados o, con copia del documento contractual u Orden de Compra y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio, de lo contrario no se considerará como válido.
En caso de presentarse órdenes de servicio y/o comprobantes de pago, éstas no deberán estar ligadas a los contratos presentados.
A efectos de esta evaluación, se aceptarán como parte del contrato original las adendas o prórrogas provenientes de las prestaciones adicionales a las que se refiere el Artículo 42° de la Ley y los Artículos 231° y 232° del Reglamento.
No se aceptarán declaraciones juradas.
FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO
Se evaluará la experiencia acreditada en el desempeño de las labores por cargo funcional, presentando una hoja resumen y el currículo vitae documentado. Los certificados y constancias de trabajo deberán indicar claramente: Nombres, Apellidos, Fecha de inicio y término del trabajo, así como el lugar donde fue destacado el personal. Se deberá adjuntar copia simple de los Títulos y/o Diplomas a nombre de la Nación que lo certifique como tal, el profesional responsable así como los técnicos que iniciarán y continuarán el servicio, para lo cual el postor presentará en el sobre técnico una declaración jurada simple de cada uno
Profesional Responsable del Servicio (01)
El Profesional responsable del servicio deberá ser: Ingeniero Mecánico, Electricista, Mecánico Electricista ó Electrónico, acreditado con la presentación del Título Profesional y la Colegiatura. Se evaluará los años de experiencia por encima del mínimo exigido, en la supervisión, instalación y mantenimiento de ascensores de la marca que corresponde a cada ítem (OTIS Y SCHINDLER), acreditados con la presentación de copia simple de Certificados y/o Constancias de Trabajo con una vigencia a partir de la fecha de obtención de la Colegiatura.
El Comité Especial se reserva el derecho de solicitar posteriormente el documento original del Titulo y Colegiatura para contrastar la veracidad de la copia simple.
Supervisor de Servicio en Campo (01)
El Supervisor de Servicio deberá ser: Ingeniero Mecánico, Electricista, Mecánico Electricista ó Electrónico, acreditado con Titulo Profesional. Se evaluará los años de experiencia por encima del mínimo exigido, en la instalación y mantenimiento de ascensores de la marca que corresponde a cada ítem (OTIS Y SCHINDLER), acreditados con la presentación de copia simple de Certificados y/o Constancias de Trabajo con una vigencia a partir de la obtención del Título Profesional.
El Comité Especial se reserva el derecho de solicitar posteriormente el documento original del Titulo para contrastar la veracidad de la copia simple.
Técnicos Especialistas (05)
Los cinco Técnicos propuestos deberán tener estudios en cualquiera de las siguientes especialidades:
- Electricidad - Mecánica Eléctrica
- Mecánica - Electrónica
con Titulo o Diploma de Instituto Superior.
Se evaluará los años de experiencia por encima del mínimo exigido, en la instalación y mantenimiento de ascensores de la marca que corresponde a cada ítem (OTIS Y SCHINDLER), acreditados con la presentación de copias simples de Certificados y/o Constancias de Trabajo con una vigencia a partir de la obtención del Título o Diploma de Instituto Superior. No se aceptará Constancias de Egresado.
El Comité Especial se reserva el derecho de solicitar posteriormente el documento original de los Certificados y/o Constancias para contrastar la veracidad de la copia simple.
FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Garantía de Repuestos
Se calificará la existencia de stock de repuestos originales de la marca fabricante (OTIS Y XXXXXXXX) en almacenes de Lima, en Dólares Americanos (o en Nuevos Soles al Tipo de Cambio del día de la Presentación de Propuestas). Se otorgará el máximo puntaje a la mejor propuesta y al resto de propuestas en forma directamente proporcional.
Póliza de Seguro
Se calificará si el postor ofrece una Póliza de Seguro contra todo riesgo de Responsabilidad Civil hacia terceros mayor a US$ 500,000.00 Dólares Americanos, que cubra a los usuarios que se encuentren en las cabinas de los ascensores del Congreso de la República; para lo cual el participante deberá indicarlas en la Declaración Jurada correspondiente. A la mejor propuesta se le otorgará la máxima calificación y al resto de propuestas en forma directamente proporcional.
Tiempo de Respuesta ante una Emergencia
Se calificará el tiempo máximo que demoren en atender un llamado de emergencia del Congreso de la República ante cualquier falla o imprevisto de los equipos.
Medios de comunicación de emergencia
El postor podrá ofertar facilidades de comunicaciones: central telefónica, consultas vía teléfono, celulares de atención o soporte con respuestas en el día; a través de las cuales el personal del Congreso de la República podrá contactarse a fin de hacer los requerimientos correspondientes.
El puntaje será asignado en función de si el postor oferta o no las facilidades de comunicaciones indicadas; para lo cual deberá indicarlas en la Carta de Compromiso del objeto del proceso:
Central telefónica: El postor deberá indicar el número telefónico (número de telefonía básica o digital, no celular) al cual el Congreso de la República podrá llamar a fin de solicitar alguna consulta / atención respecto al (os) servicio(s) contratado(s).
Celulares y Radios: El postor deberá indicar los números telefónicos celulares y radios a los que el Congreso de la República podrá llamar a fin de solicitar alguna consulta / atención respecto al (os) servicio(s) contratado(s).
IMPORTANTE:
PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACION ECONOMICA, EL POSTOR DEBERA OBTENER UN PUNTAJE TECNICO MINIMO DE OCHENTA (80.000) PUNTOS.
ANEXO N° 14
MODELO DEL CONTRATO
ADP N° 001-2007-CR
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES”
Segunda Convocatoria
CONTRATO N° -2007-OAJP/CR
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento, el contrato de Locación de Servicios que suscriben, de una parte el Congreso de la República, con R.U.C. N° 20161749126, debidamente representado por su Director General de Administración, señor ..................., identificado con D.N.I. N° .............., en virtud de las facultades otorgadas mediante el Acuerdo N° ................................, con domicilio legal en el Jr. Xxxxxxxx Xx 000, Xxxx, x quien en adelante se le denominará EL CONGRESO; y, de la otra parte, ................, con R.U.C. N° ....., debidamente representada por su ................, señor .........., identificado con D.N.I. N° ........., con poder inscrito en la ....................... de ..............., con domicilio legal en ..............., a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR; en los términos y condiciones siguientes:
Cláusula Primera - Antecedentes
El Comité Especial de EL CONGRESO llevó a cabo la Primera Convocatoria del proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007-C/CR “Servicio de Mantenimiento de Ascensores” acordando adjudicar la buena pro a EL LOCADOR en el ítem ......, al haber obtenido la mayor puntuación; tal como consta en el Acta N° ...-2005/Comité Especial Permanente/CR.
EL LOCADOR desarrolla actividades referidas al ámbito del servicio solicitado, conforme el ordenamiento vigente y que declara con el carácter de Declaración Jurada, no estar incurso en ninguna causal de incompatibilidad constitucional, legal y técnica de las bases de la Adjudicación Directa Pública N° 001-2007/CR, que forma parte integrante del presente contrato
Toda mención de la palabra “LEY” en el presente contrato, se refiere al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. Toda mención de la palabra “REGLAMENTO”, se refiere al Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como, modificaciones, ampliaciones y precisiones.
En todos los casos en que, en el presente contrato, se establecen plazos sin calificarlos, éstos se computarán como días naturales.
Cláusula Segunda - Objeto del Contrato
EL CONGRESO contrata con EL LOCADOR para que brinde el servicio, bajo el sistema de suma alzada y con financiamiento de la Entidad; de conformidad con las características y especificaciones técnicas contenidas en las bases integradas y en la oferta técnica y económica presentada por EL LOCADOR en el proceso de Adjudicación Directa Pública N° 001-2007-CR; los servicios que se detallan a continuación:
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
CÓDIGO MÁQUINA |
CANTIDAD |
1 |
Mantenimiento Preventivo Correctivo de 12 ascensores xxxxx XXXX |
|
|
2 |
Mantenimiento Preventivo de 06 ascensores xxxxx XXXXXXXXX |
|
|
Cláusula Tercera – Subcontratación
EL LOCADOR no podrá subcontratar con terceros, total o parcialmente, la actividad contratada, ni ceder su posición contractual, ya que tiene responsabilidad total en la ejecución integral del contrato; salvo que EL CONGRESO lo autorice expresamente y cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 208° del REGLAMENTO.
Cláusula Cuarta – Precio
El monto total del presente contrato asciende a ......... (....... con 00/100 .....), incluidos los tributos, seguros, transporte y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de los bienes que se transfieren en propiedad. El costo unitario, incluidos todos los conceptos antes mencionados, es el siguiente:
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
CÓDIGO MÁQUINA |
PRECIO UNITARIO S/. |
PRECIO TOTAL S/. |
1 |
Mantenimiento Preventivo Correctivo de 12 ascensores xxxxx XXXX |
|
|
|
2 |
Mantenimiento Preventivo de 06 ascensores xxxxx XXXXXXXXX |
|
|
|
Cláusula Quinta - Plazo
Los servicios serán realizados durante un (01) año, según el cronograma aprobado por el Área de Ingeniería y Mantenimiento del Departamento de Servicios Generales - Dirección de Logística de EL CONGRESO.
Dichos plazos podrán ser ampliados o reducidos conforme con lo dispuesto en la LEY y su REGLAMENTO.
De acuerdo con sus necesidades, EL CONGRESO podrá modificar los plazos de entrega indicados en la presente cláusula.
Cláusula Sexta - Forma de Pago
El pago se efectuará mensualmente a los diez días hábiles de presentada la factura correspondiente, previa conformidad.
Para efectos del pago, el Departamento de Servicios Generales a través del Área de Ingeniería y Mantenimiento de EL CONGRESO emitirán la conformidad del servicio en un plazo que no excederá xx xxxx días de culminado el servicio y presentado el Informe Técnico.
En el caso de incumplimiento en el pago, salvo el atraso debido a caso fortuito, fuerza mayor o causa imputable a EL LOCADOR, EL CONGRESO reconocerá el pago de intereses conforme lo establecido por el Código Civil.
EL CONGRESO abonará, únicamente, el pago por los servicios efectuados a conformidad.
Cláusula Séptima - Obligaciones de EL LOCADOR
EL LOCADOR está obligado a cumplir cabalmente con lo ofrecido en su oferta y en cualquier manifestación formal documentada, que haya aportado, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato.
EL LOCADOR es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes y/o servicios entregados por un plazo no menor a un año, contado a partir de la conformidad otorgada por EL CONGRESO
EL LOCADOR se obliga a prestar los servicios de óptima calidad, cuidando que se sujete a lo dispuesto en las normas y dispositivos legales vigentes y a cumplir con sus obligaciones sociales, laborales y tributarias.
Los tributos y gravámenes que correspondan de acuerdo x xxx a EL LOCADOR en el momento de la suscripción del contrato, así como las responsabilidades de carácter laboral y el pago de aportaciones sociales de su personal, son exclusivamente de cargo de EL LOCADOR y no son transferibles a EL CONGRESO.
En el caso que EL LOCADOR observe fallas o defectos en cualquier especificación de los bienes y/o servicios, que EL CONGRESO le hubiese proporcionado deberá comunicárselo de inmediato; para lo cual se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 210° del REGLAMENTO.
Cláusula Octava – Características del Contrato
Las características del contrato son las siguientes:
Los bienes y/o servicios ofertados cumplen con las especificaciones técnicas mínimas y son adecuados y óptimos para EL CONGRESO.
EL LOCADOR se obliga a tomar medidas inmediatas para corregir los defectos o deficiencias, así como a proteger los intereses de EL CONGRESO.
El personal de EL LOCADOR que realizará las coordinaciones, será el mas idóneo y contará con los medios de comunicación necesarios.
EL LOCADOR garantiza que los bienes y/o servicios ofertados cumplen con las normas técnicas y exigencias standard, que son nuevos, sin uso, del último modelo, fabricado con materiales de alta calidad y que se encuentran en perfecto estado de conservación, por lo que garantiza su calidad por .........
EL LOCADOR garantiza que durante el plazo de garantía, repondrá los repuestos y volverá a realizar el servicio, en caso de presentarse algún reclamo que no se deba a la utilización indebida de los equipos, comprometiéndose a reemplazar el repuesto en el plazo de un día de recibido el reclamo, sin costo alguno para EL CONGRESO.
Cláusula Novena – Penalidad por Xxxx en la Ejecución de la Prestación
En el caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, EL CONGRESO le aplicará a EL LOCADOR una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (10%) del monto contractual o de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías a que se refieren los artículos 215° y 216° del REGLAMENTO.
En todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0,10 X monto del contrato
F X plazo en días
Donde F tendrá los siguientes valores:
Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días: F = 0.40
Para plazos mayores a sesenta (60) días: F = 0.25
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, EL CONGRESO podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Cláusula Décima - Garantías de Fiel Cumplimiento y Adicional por el Monto Diferencial de la Propuesta
Como requisito indispensable para suscribir el presente contrato, EL LOCADOR debe entregar a EL CONGRESO la Garantía de Fiel Cumplimiento del mismo. Ésta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato y, tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL LOCADOR.
Junto con la Garantía de Fiel Cumplimiento y con idéntico objeto, características y vigencia, EL LOCADOR deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la oferta económica, del ítem N° ..............
EL LOCADOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
Alternativamente, en caso de suministro periódico de bienes, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, EL CONGRESO retenga el diez por cien (10%) del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento.
La carta fianza o póliza de caución de garantía de fiel cumplimiento del contrato debe ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática en el país, al sólo requerimiento de EL CONGRESO, bajo responsabilidad de la empresa que la emite, la misma que deberá estar dentro del ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar considerada en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva.
En virtud de la realización automática a primera solicitud, las empresas no pueden oponer excusión alguna a la ejecución de la garantía, debiendo limitarse a honrarla de inmediato dentro del plazo máximo de tres días. Toda demora generará responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía y para EL LOCADOR y dará lugar al pago de intereses a favor de EL CONGRESO.
La garantía podrá ser ejecutada cuando EL LOCADOR no la hubiere renovado oportunamente, antes de la fecha de su vencimiento. Contra esta ejecución, EL LOCADOR no tiene derecho a interponer reclamo alguno. Asimismo, se ejecutará la garantía en los casos contemplados en el artículo 221° del REGLAMENTO.
Si se presenta un hecho de fuerza mayor, caso fortuito o insolvencia del fiador por el que se suspenda indefinidamente la obligación contenida en la carta fianza o póliza de caución, EL LOCADOR se obliga a sustituirla inmediatamente por otra de las mismas características y deberá ser emitida por una empresa diferente a la anterior, debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros. El incumplimiento de esta obligación da lugar a la resolución extrajudicial del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades pactadas u otras acciones a las que hubiere lugar.
La Dirección de Tesorería y Contabilidad de EL CONGRESO verificará el cumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula.
Cláusula Undécima - Resolución del Contrato
Resolución de contrato por incumplimiento: en el caso de incumplimiento por parte de EL LOCADOR de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por EL CONGRESO y no haya sido materia de subsanación, esta última podrá resolver el contrato, en forma total o parcial, mediante la remisión por la vía notarial de la comunicación en la que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica. El contrato queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL LOCADOR. Igual derecho le asiste a EL LOCADOR ante el incumplimiento por EL CONGRESO de sus obligaciones esenciales, siempre que EL LOCADOR lo haya emplazado mediante carta notarial y éste no haya subsanado su incumplimiento.
EL CONGRESO podrá resolver el contrato, de conformidad con lo señalado en el párrafo anterior, en los casos en que EL LOCADOR:
Incumpla injustificadamente con sus obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo; o
Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
Procedimiento para la resolución de contrato: si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor a cinco (05) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato.
Dependiendo del monto contractual y de la complejidad, envergadura o sofisticación de la adquisición o contratación, EL CONGRESO puede establecer plazos mayores, pero en ningún caso mayor a quince (15) días. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada resolverá el contrato de forma total o parcial, mediante carta notarial.
La resolución parcial sólo involucra a aquella parte del contrato afectada por el incumplimiento y siempre que dicha parte sea separable e independiente del resto de las obligaciones contractuales, y que la resolución total del contrato pudiera afectar los intereses de EL CONGRESO. En tal sentido el requerimiento que se efectúa deberá precisar con claridad que parte del contrato qué parte del contrato quedaría resuelta si persistiera el incumplimiento.
De no hacerse esta precisión, se entenderá que la resolución será total en caso de persistir el incumplimiento.
Si la parte perjudicada fuera EL CONGRESO, ésta ejecutará las garantías que el contratista hubiera otorgado, sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados.
Si la parte perjudicada es EL LOCADOR, EL CONGRESO deberá reconocerle la respectiva indemnización por los daños y perjuicios irrogados bajo responsabilidad del Titular xxx Xxxxxx o de la máxima autoridad administrativa de EL CONGRESO, según corresponda.
Cualquier controversia relacionada con la resolución del contrato podrá ser sometida por la parte interesada a conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de comunicada la resolución. Vencido ese plazo sin que se haya iniciado ninguno de estos procedimientos, se entenderá que la resolución del contrato ha quedad consentida.
Se consideran como obligaciones esenciales: los pagos en las oportunidades previstas en el contrato, los que fueron factores de calificación y selección, y aquellas condiciones que resulten indispensables para el normal cumplimiento del contrato.
En el caso de surgir alguna controversia respecto a la resolución del contrato, cualquiera de las partes podrá recurrir a los mecanismos de solución establecidos en el artículo 53° de la LEY y en las disposiciones pertinentes de su REGLAMENTO.
Las partes acuerdan que EL CONGRESO podrá concluir el presente contrato antes de su vencimiento mediante comunicación escrita, sin aplicación de penalidad. En este caso, EL CONGRESO abonará el pago por los bienes efectivamente entregados por EL LOCADOR.
Cláusula Duodécima – Ampliación del Plazo Contractual
EL LOCADOR podrá solicitar la ampliación del plazo pactado por atrasos y/o paralizaciones ajenas a su voluntad, atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a EL CONGRESO, y por caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobados que modifiquen el calendario contractual.
EL LOCADOR podrá solicitar la ampliación del plazo contractual mediante comunicación debidamente fundamentada, la que será presentada dentro de los quince días siguientes de finalizado el hecho que la motiva.
EL CONGRESO resolverá sobre dicha solicitud en idéntico plazo, computado desde su presentación. De no existir pronunciamiento expreso, se tendrá por aprobada la solicitud de EL LOCADOR, bajo responsabilidad del Oficial Mayor.
Las discrepancias respecto de la procedencia de la ampliación del plazo se resuelven de conformidad con el procedimiento establecido en el inciso b) del artículo 41° de la LEY.
Cláusula Decimotercera - Adicionales y Reducciones
Para alcanzar la finalidad del contrato y mediante resolución previa, el Oficial Mayor de EL CONGRESO podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales, para lo cual deberá contar con la asignación presupuestal necesaria u ordenar la reducción de dichas prestaciones. En estos supuestos se producirá la ampliación o reducción del plazo contractual, siempre que aquellas lo afecten. Igualmente EL LOCADOR ampliará o reducirá las garantías que hubiere otorgado, según corresponda.
El costo de los adicionales se determina sobre la base de las especificaciones técnicas de los bienes y de las condiciones y precio pactado en el contrato; en defecto de éstos, se determinará por acuerdo entre las partes.
Cláusula Decimocuarta - Culminación del Contrato
El contrato finaliza con la conformidad de recepción de la última prestación pactada. La recepción y conformidad es responsabilidad del Director de Logística de EL CONGRESO. La conformidad requiere del informe del Jefe del Departamento de Servicios Generales, quien deberá verificar la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo realizar las pruebas que fueran necesarias.
De existir observaciones se consignarán en el Acta respectiva, indicándose el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien o servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días.
Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, EL CONGRESO podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
La recepción conforme de EL CONGRESO no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
Luego de haberse dado la conformidad a la prestación, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Toda reclamación o controversia derivada del contrato inclusive por defectos o vicios ocultos se resolverá mediante conciliación y/o arbitraje, en los plazos previstos para cada caso.
Cláusula Decimoquinta - Solución de Controversias
Las controversias que surjan entre las partes, desde la suscripción del contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, según el acuerdo de las partes, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación del contrato. Este plazo es de caducidad.
Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deberán someter a arbitraje las diferencias no resueltas.
El arbitraje será de derecho y será resuelto por un Tribunal Arbitral, el mismo que podrá ser unipersonal o colegiado. La designación de los árbitros y demás aspectos de la composición del Tribunal Arbitral serán regulados en el Reglamento.
Los árbitros deberán cumplir con el deber de declarar oportunamente si existe alguna circunstancia que les impida actuar con imparcialidad y autonomía. Quienes incumplan con esta obligación, serán sancionados conforme a lo previsto en el Reglamento.
El laudo arbitral es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes, debiendo ser remitido al CONSUCODE dentro del plazo que establezca el Reglamento y cuando corresponda el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones impondrá las sanciones correspondientes.
Para los casos de conciliación será de aplicación lo dispuesto en el artículo 272° del REGLAMENTO. Para efectos de la conciliación las partes convienen en designar al Centro de Conciliación de , con sede en Lima.
Se aplicarán las normas correspondientes a la solución de controversias en la ejecución contractual contenidas en el Capítulo IV del Título V del REGLAMENTO.
Las notificaciones, citaciones, avisos y demás comunicaciones deberán realizarse a los domicilios consignados en la parte introductoria del presente contrato; en el caso de que se haya producido un cambio de domicilio, éste deberá ubicarse dentro de la ciudad de Lima.
Cláusula Decimosexta – Partes Integrantes del Contrato
El presente contrato está conformado por el documento que lo contiene, las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
El contrato es obligatorio para las partes y se regula por lo dispuesto en la LEY y su REGLAMENTO y supletoriamente por el Código Civil, la Ley de Procedimiento Administrativo General y demás dispositivos legales vigentes.
Cláusula Decimoséptima - Certificado de Prestación
Otorgada la conformidad de la prestación, la Dirección de Logística de EL CONGRESO es el único autorizado para otorgar al contratista, de oficio o a pedido de parte, una constancia que contenga la identificación del objeto del contrato y el monto correspondiente.
Sólo podrá diferir la entrega de la constancia en los casos en que hubieren penalidades u observaciones, y hasta que sean canceladas o absueltas satisfactoriamente.
Cláusula Decimoctava - Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado
Antes de la suscripción del presente contrato, EL LOCADOR deberá presentar a EL CONGRESO la Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado que expide CONSUCODE.
El presente contrato de Locación de Servicios se elaboró en dos ejemplares de igual valor e igual tenor, en Lima a los ......... días del mes de ............... de dos mil siete; y se suscribió, en señal de conformidad, en Lima a los .............. días del mes de ...... de dos mil siete.
Director General de Administración Representante Legal
Congreso de la República Locador
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