CONVENIO ESPECÍFICO
I.2.12. Acuerdo 12/CG 16-06-17 por el que se aprueba el Convenio Específico Programa de Profesores Visitantes UAM-BLCU entre la Universidad Autónoma de Madrid y Beijing Language and Culture University (China).
CONVENIO ESPECÍFICO
entre
BEIJING LANGUANGE AND CULTURE UNIVERSITY, CHINA Y
LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, ESPAÑA
para
INTERCAMBIO DE PROFESORES VISITANTES
El presente Acuerdo se subscribe al amparo del Convenio Marco de Cooperación Internacional firmado entre la Universidad Autónoma de Madrid y la Universidad de Lengua y Cultura de Pekín el 27 de septiembre de 2016.
En reconocimiento de la importancia de la colaboración en programas de educación superior y en el deseo de promover la investigación en el ámbito académico y contribuir a la educación internacional, la Universidad Autónoma de Madrid, entidad de Derecho Público del Reino de España, (en adelante, la UAM), con domicilio en la calle Xxxxxxxx Nº 1, Ciudad Universitaria de Cantoblanco, 28049 de Madrid, España, representada por su Vicerrectora de Relaciones Internacionales, Dña. Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx, actuando en virtud de la delegación de competencias otorgada por Resolución Rectoral de 10 xx xxxxx de 2015, (B.O.C.M. de 17 xx xxxxx); y la Beijing Language and Culture University (en adelante, la BLCU), con domicilio en 00 Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx, 000000 Pekín, R. P. China, representada por su Vicepresidente Prof. XXX Xxxxxx , celebran el presente acuerdo sujeto a las cláusulas siguientes:
PRIMERA: OBJETO DEL ACUERDO
El presente acuerdo tiene por objeto establecer un Programa Profesores Visitantes entre la BLCU y la UAM, a fin de favorecer y promover la enseñanza de las lenguas española y china, así como de estrechar los lazos entre ambos países.
SEGUNDA: DESARROLLO DEL PROGRAMA
2.1 La UAM como institución de acogida
2.1.1 A partir del año académico 2016-2017 y con carácter anual o bienal, BLCU enviará profesores de la School of International Education of Chinese Language (Centro de Enseñanza Internacional de Chino) para impartir clases de chino en los programas de Grado o Máster de la Facultad de Filosofía y Letras de la UAM. La UAM, como universidad de acogida, se encargará de organizar las estancias por un periodo de uno o dos años académicos.
2.1.2 Con carácter anual o bienal, BLCU seleccionará y propondrá a sus candidatos a la UAM antes del mes xx xxxxx. Los candidatos deben estar en posesión de un título de Máster o Doctorado en el campo de Lengua China, Estudios Chinos o Enseñanza de la Lengua China y contar con una
experiencia de varios años en la enseñanza de chino. Las propuestas incluirán los CV de los candidatos.
2.1.3 La UAM comunicará a BLCU el nombre del candidato seleccionado antes del 30 xx xxxxx.
2.1.4 Antes de su llegada, el candidato BLCU seleccionado por la UAM como profesor visitante recibirá asistencia en relación a los procedimientos necesarios para la obtención del visado y de cualquier otra documentación necesaria para el permiso de entrada y trabajo en España.
2.1.5 El profesor de Lengua China seleccionado firmará un contrato como profesor visitante en la UAM por un periodo de un año (11 meses) que podrá ampliarse a dos años (22 meses) mediante acuerdo expreso de ambas partes.
2.1.6 El profesor visitante BLCU tendrá responsabilidades docentes a tiempo completo cada semestre (8 horas de clase a la semana, más 6 horas semanales de tutoría con alumnos) y será responsable de los exámenes ordinarios y extraordinarios. Asimismo, ayudará en la promoción de las actividades relacionadas con la Lengua China que organice la UAM y podrá realizar labores de investigación en el Centro de Estudios de Asia Oriental de la universidad.
2.1.7 Las obligaciones y la remuneración del profesor visitante se regirán por la legislación española. La remuneración incluirá prestaciones de la Seguridad Social (durante toda la duración de su estancia en la UAM). El salario bruto anual correspondiente al año 2016 se recoge en un documento anexo al presente Convenio (Anexo 1) y se ajustará con carácter anual o cuando sea necesario, de conformidad a la normativa que le es de aplicación según la legislación española. Las retenciones (impuestos y cotizaciones) se aplicarán con carácter mensual de conformidad con la legislación española. El billete de avión de ida y vuelta del profesor visitante será cubierto por la UAM (el presupuesto para esta financiación se recoge en el Anexo 1 al presente convenio).
2.1.8 Los costes de alojamiento y otros gastos correrán a cargo del profesor visitante que participe en el programa.
2.1.9 La UAM se compromete a ayudar al profesor visitante, en la medida de lo posible, en los trámites relativos a inmigración, búsqueda de alojamiento etc. En cualquier caso el profesor visitante sigue siendo el responsable de la documentación de inmigración que deberá ser facilitada por las autoridades o instituciones chinas y de la gestión del alojamiento.
Ninguna de las dos instituciones tiene responsabilidad en relación a dichos trámites, más allá de los procedimientos habituales, ni prestará servicios de defensa jurídica relacionados con los mismos.
2.2 BLCU como institución de acogida
2.2.1 Cada curso, a partir de 2016-2017, la UAM pondrá en marcha una convocatoria específica para seleccionar a (2) profesores visitantes para trabajar en el ámbito de la enseñanza de Lengua Española, conferencias, seminarios o tutoría de estudiantes de grado o máster en la Facultad de Lengua Española de BLCU.
2.2.2 Las plazas para profesores visitantes en BLCU se organizarán como sigue:
− 1 plaza para una estancia de docencia corta (entre 1 y 2 semanas).
− 1plaza para una estancia de docencia prolongada (entre 1 semestre y 1 curso académico).
2.2.3 En el caso de las estancias cortas, los candidatos deben formar parte del personal docente y/o investigador contratado por la UAM en las áreas específicas de Lengua Española, Estudios Hispánicos o Enseñanza de la Lengua Española y contar con una experiencia de varios años en la Enseñanza del español; o bien, formar parte del personal docente y/o investigador contratado por la UAM en cualquier otro campo que sea de interés para ambas universidades. Las propuestas incluirán los CV de los candidatos.
2.2.4 En el caso de las estancias prolongadas, los candidatos deben formar parte del personal docente y/o investigador contratado por la UAM, poseer una titulación mínima de grado o superior en las áreas específicas de Lengua Española, Estudios Hispánicos o Enseñanza de la Lengua Española, y tener el español como lengua materna. A los candidatos especializados en el área de Enseñanza de Español como Lengua Extranjera, no se les exigirá contar con experiencia docente previa; en el caso de otras áreas, se requerirá una experiencia de al menos dos años en la Enseñanza del español. Las propuestas incluirán los CV de los candidatos.
2.2.5 Siempre y cuando exista una selección de candidatos cualificados, la UAM nominará al personal docente y/o investigador que visitará BLCU para estancias cortas, prolongadas o ambas. La nominación se llevará a cabo como sigue:
− En el caso de las estancias cortas: Con al menos 90 días (sin contar las vacaciones xx xxxxxx/invierno) de antelación a la la fecha de incorporación.
− En el caso de las estancias prolongadas: Con al menos 120 días (sin contar las vacaciones xx xxxxxx/invierno) de antelación a la fecha de incorporación.
2.2.6 Antes de su llegada, los profesores visitantes de la UAM recibirán asesoramiento en relación a los procedimientos necesarios para obtener el visado y cualquier otra documentación necesaria para entrar en China.
2.2.7 Las obligaciones y la remuneración de los profesores visitantes de la UAM, se establecerán tanto en función de su categoría docente, como de la duración de su estancia (estancias cortas/prolongadas). Las condiciones para el año 2017 se detallan en el Anexo 1 del presente Convenio.
2.2.8 Adicionalmente, BLCU ofrecerá alojamiento gratuito en el campus (agua y electricidad incluidas). BLCU abonará un billete de avión de ida y vuelta (en clase economy) para el personal docente con título de doctorado.
En el caso del personal docente con título de grado o master, BLCU se hará cargo de un billete de avión de ida (en clase economy). BLCU proporcionará un seguro médico privado y el coste del visado únicamente en el caso de las estancias prolongadas (1 semestre/1 año académico).
2.2.9 Los gastos diarios en el extranjero correrán a cargo del profesor visitante.
2.2.10 BLCU se compromete a asistir al profesor visitante, en la medida de lo posible, en los trámites relativos a inmigración, etc. En cualquier caso el profesor visitante sigue siendo el responsable la documentación legal de inmigración que deberá ser facilitada por las autoridades o instituciones españolas. Ninguna de las dos instituciones tiene responsabilidad en relación a dichos trámites, más
allá de los procedimientos habituales, ni prestará servicios de defensa jurídica relacionados con los mismos.
TERCERA: ASPECTOS FINANCIEROS Y RESPONSABILIDADES
En la implementación del presente acuerdo, todos los gastos de viaje, remuneración y seguros aplicables son los que se recogen en el Anexo 1 al Convenio. Los costes de alojamiento y otros gastos en los que incurra el profesor visitante BLCU durante su estancia en la UAM/España correrán a su cargo, tal como se estipula en el apartado 2.1.8, Cláusula Segunda.
BLCU ofrecerá alojamiento gratuito en el campus al profesor visitante de la UAM. BLCU facilitará un seguro médico privado y el coste del visado al profesor visitante de la UAM, únicamente en el caso de las estancias prolongadas. Otros gastos en los que incurra el profesor durante su estancia en BLCU/Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx correrán a su cargo, tal como se estipula en el apartado 2.2.9, Cláusula Segunda.
CUARTA: COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
4.1. Se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de cada una de las partes firmantes del Acuerdo. Las responsabilidades de esta Comisión serán las siguientes:
− Puesta en marcha, control, y seguimiento del programa objeto del presente acuerdo.
− Aclaración y resolución de cuantas controversias puedan plantearse en la interpretación y ejecución del presente Convenio.
4.2. La Comisión podrá, en cualquier momento, proponer modificaciones de los términos del presente acuerdo.
4.3. Formarán parte de la Comisión de Seguimiento, por parte de la Universidad Autónoma de Madrid, el/la Vicerrector/a de Relaciones Internacionales o persona en quien delegue y el/la Vicedecano/a de Relaciones Internacionales de la Facultad de Filosofía y Letras o persona en quien delegue.
Los Representantes, por parte de la Universidad de Lengua y Cultura de Pekín, serán el/la Vicepresidente/a o persona en quien delegue, y el/la Subdirector/a del Departamento de Cooperación Internacional e Intercambios o persona en quien delegue.
QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia surgida de la interpretación, desarrollo, modificación, resolución o del presente convenio, deberá solventarse de común acuerdo y mediante consulta o negociación entre las partes, a través de la Comisión de Seguimiento o de cualquier otro mecanismo acordado por ambas partes. Si no fuera posible alcanzar una solución por esta vía, las partes se comprometen a someterse a un arbitraje internacional que será determinado de común acuerdo entre ellas.
SEXTA: DURACIÓN, VIGENCIA Y TERMINACIÓN
6.1. El presente convenio se firma por triplicado en español, inglés y chino, siendo las tres versiones igualmente válidas. Entrará en vigor tras la firma de los representantes de cada institución y
permanecerá vigente durante un periodo de cuatro (4) años académicos, desde la fecha de la última firma y a partir del curso 2016/2017.
6.2 El presente convenio podrá renovarse por periodos de cuatro (4) años con el consentimiento expreso por escrito de las partes.
6.3. Los términos del presente convenio podrán ser objeto de modificación por escrito y con el consentimiento mutuo de las partes.
6.4. Este acuerdo podrá ser resuelto unilateralmente por cualquiera de las partes previa comunicación por escrito con tres (3) meses de antelación. Dicha terminación, no afectará a la validez y continuidad de cualquier obligación contraída por ambas Partes antes de la finalización del acuerdo, que no se haya completado.
En testimonio de lo cual, las partes suscriben el presente acuerdo en el lugar y fecha recogidos bajo cada una de las firmas.
ANEXO 1: PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE PROFESORES VISITANTES BLCU-UAM OBLIGACIONES Y REMUNERACIÓN. CURSO 2016-2017
1.-PROFESORES VISITANTES EN LA UAM
PERIODO | CATEGORIA DOCENTE | HORAS LECTIVAS | SALARIO BRUTO MENSUAL |
Estancias prolongadas (11 meses)* | Profesor a tiempo completo | 8 horas semanales + 6 horas de tutoría a la semana | 2.308,87€** |
*El Contrato podría ampliarse durante un periodo adicional de 11 meses por acuerdo entre la UAM y la BLCU.
**El salario incluirá prestaciones de la Seguridad Social (durante todo el periodo de estancia en la UAM).
El salario bruto mensual indicado corresponde al año 2016. Se ajustará con carácter anual o cuando fuese necesario, de conformidad a la normativa que le es de aplicación según la legislación española. Las retenciones (impuestos y cotizaciones) se aplicarán con carácter mensual de conformidad con la legislación española. La UAM se hará cargo del coste de un billete de avión de ida y vuelta del profesor visitante de la ULCP. El coste del billete, previamente aprobado y presupuestado, se cargará al presupuesto de Relaciones Internacionales (422C.2 Otros Programas Internacionales)
2.-PROFESORES VISITANTES EN LA BLCU
Las horas lectivas y el salario se establecerán en función de la categoría y de cada CV, con un máximo de 8/10 horas lectivas a la semana, como se recoge en el cuadro siguiente.
*Para expertos de prestigio internacional en campos determinados, la remuneración se incrementará según corresponda.
PERIODO | CATEGORIA DOCENTE | XXXXXXX XXXXX |
Estancia de Docencia Corta (entre 1 y 2 semanas) | Catedrático | 800 RMB/hora (antes de impuestos)* |
Estancia de Docencia Prolongada (1 Semestre/Año) | Catedrático | 12 000 RMB /mes (antes de impuestos) |
Profesor Titular | 9600 RMB/mes (antes de impuestos) | |
Otras Categorías con Título de doctorado | 7200 RMB/mes (antes de impuestos) | |
Título de Máster | 6200 RMB/mes (antes de impuestos) | |
Título de Grado | 5200 RMB/mes (antes de impuestos) |
Los salarios indicados corresponden al año 2017. Se ajustarán con carácter anual, o cuando fuese necesario, de conformidad con el reglamento específico de la ULCP.
Las retenciones (impuestos) se aplicarán con carácter mensual de conformidad con la legislación china. Por otra parte, BLCU ofrecerá alojamiento gratuito en el campus (agua y electricidad incluidas).
BLCU facilitará un seguro médico privado y el coste del visado únicamente en el caso de las estancias de docencia prolongadas.
BLCU se hará cargo de un billete de avión de ida y vuelta (en clase economy) en el caso de los profesores a tiempo completo, profesores asociados y personal docente con título de doctorado; en el caso del personal docente con título de máster o grado, BLCU se hará cargo de un billete de avión de ida (en clase economy).