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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL “SERVICIO DE MANTENIMIENTO, RECAUDACIÓN, CONTROL DE ACCE- SOS Y LIMPIEZA EN EL CAMPO DE FÚTBOL DE PUENTE TOCINOS”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO, RECAUDACIÓN, CONTROL DE ACCESOS Y LIMPIEZA EN EL CAMPO DE FÚTBOL DE PUENTE TOCINOS”, que se reali- zará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Deportes.
1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públi- cos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 92600000-7, Servicios Deportivos; 77320000-7, Servicios de Mantenimiento xx Xxxxxx Deportivos; 9091000-9, Servicios de limpieza.
1.3 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se pu- blicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACIÓN JURÍDICA
2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de la categoría 14 y se regirá por las prescripciones contenidas en este pliego, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, y la Ley 2/2011, de 5 xx xxxxx, de Economía Sostenible; el R.D. 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Públi- co; el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga a la Ley an- tes citada, y supletoriamente, las normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en base con lo establecido en el art. 122 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pú- blico, modificada por Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, utilizándose los criterios de adjudi- cación que se relacionan en la cláusula 9 del presente pliego y sujeto a REGULACIÓN ARMONIZADA.
2.3 El expediente de contratación será objeto de URGENTE tramitación, según el informe emitido por el Jefe del Servicio de Deportes, de conformidad y con los efectos del art. 96 la mencionada Ley.
3. PRECIO
3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 103.677,20 € más el 18% de I.V.A., que as- ciende a la cantidad de 18.661,90 €, lo que hace un total de 122.339,10 €, que es el presu- puesto del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones, conforme al siguiente des- glose por anualidades:
EJERCICIO | IMPORTE SIN I.V.A. | I.V.A. | IMPORTE CON I.V.A. |
2011 (28 nov-31 dic) | 8.839,84 Є | 1.591,16 Є | 10.431,02 Є |
2012 (1 enero-31 diciembre) | 94.837,36 Є | 17.070,72 Є | 111.908,08 Є |
TOTAL | 103.677,20 Є | 18.661,90 Є | 122.339,10 Є |
Los licitadores presentarán sus ofertas estableciendo los precio/hora del servicio, que co- mo máximo se fijan en las cantidades siguientes:
SERVICIO | IMPORTE SIN I.V.A. | IMPORTE CON I.V.A. |
Mantenimiento, Recaudacion y con- trol de accesos | 12,29 Є | 14,50 Є |
Limpieza | 11,27 Є | 13,30 Є |
Los licitadores realizaran la baja que estimen pertinente sobre el precio hora establecido en el presente pliego.
En la proposición económica, se especificará necesariamente por separado como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, según el modelo que se in- serta en la cláusula 8, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.
En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven a realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presu- puesto contratado.
3.2 De conformidad con el informe del Servicio promotor del expediente, se considerará que las proposiciones incurren en temeridad aquellas ofertas cuyas proposiciones económicas sean inferiores en más de 25 unidades porcentuales sobre el importe total de licitación del contrato.
3.3 No se admitirán variantes o alternativas.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
A solicitud del adjudicatario, el precio del contrato podrá ser objeto de revisión, incre- mentándose en la cantidad resultante de aplicar el 85% sobre las variaciones experimenta-
das por el I.P.C. en el año anterior, de conformidad con lo previsto en el art. 77 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, siempre que se hubiese ejecuta- do en el 20 por cien de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación.
A tales efectos, por el adjudicatario, se deberá aportar certificación del Instituto Nacional de Estadística, acreditativo del incremento del I.P.C. en el período del año anterior, que se computará desde el mes correspondiente a la fecha de adopción del acuerdo de adjudica- ción del contrato.
Dicha revisión de precios se deberá aprobar expresamente por el órgano de contratación, previo informe del Servicio promotor del expediente y de la Intervención General.
5. APTITUD PARA CONTRATAR
5.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que se tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a la cláusula 6 del pre- sente pliego de condiciones.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
5.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará me- diante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su ca- so, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate
La capacidad de obras de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentaria- mente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplo- mática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de em- presas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente xxx-
loga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o repre- sentantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
5.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, se- gún los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad compe- tente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
5.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados tempo- ralmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los dere- chos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mis- mo grupo se estará a los dispuesto en el art. 86 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
6. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FIANANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
6.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras debe- rán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
a. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, de- biendo contar como mínimo de un titulado Ingeniero Técnico Industrial como gestor del contrato, 1 oficial electromecánico y el personal de limpieza necesario para la presta- ción del servicio, con experiencia profesional mínima de tres años debidamente acredi- tada.
b. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS que incluya importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente,
cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, por importe anual igual o superior al estable- cido en la cláusula 3 del presente Pliego.
c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
e. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá pa- ra la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
f. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de contratar.
g. Disponder de la certificación de Calidad ISO 9000 actualizada.
6.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acre- ditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un se- guro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que co- rresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debi- damente diligenciados.
6.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas estable- cido en este Pliego, de toda la documentación necesaria establecida en esta cláusula y justi- ficativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automáticamente de exclusión de la oferta por considerar no subsanable la falta de aportación de dicha documentación exigida expresamente en el presente Pliego y que acredite la solvencia que se requiere.
7. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que, de conformidad con el art. 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, se aplicarán en la valoración de las ofertas pre- sentadas serán los siguientes:
7.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:
❑ OFERTA TÉCNICA 0 a 34 puntos.
▪ Calidad en el servicio:
◊ Plan propio de empresa de Aseguramiento de la Calidad
específico del servicio a prestar objeto del contrato 0 a 10 puntos.
▪ Medios técnicos:
◊ Medios técnicos que vayan a ejecutarse efectivamente, especificando número de unidades y modelo, así como aquellos otros que ocasionalmente puedan ser destina- dos al mismo, que incrementen los mínimos exigidos en
el Pliego 0 a 5 puntos.
◊ Medios humanos y departamentos que intervengan de forma directa o indirecta en la ejecución del contrato, por encima de los mínimos establecidos en el Pliego. Las ofertas deberán especificar la relación de personal y departamentos que vayan a tener relación directa con la prestación del servicio objeto de esta contrata, así como con aquéllos otros que, en su caso, tengan una relación
indirecta 0 a 5 puntos.
▪ Asistencia técnica:
◊ Personal de mantenimiento y limpieza 0 a 4 puntos.
◊ Plan de mantenimiento y limpieza 0 a 3 puntos.
▪ Organización del servicio:
◊ Medidas o plan de organización 0 a 4 puntos.
◊ Plan de inspección y control del personal e instalación 0 a 3 puntos.
❑ CALIDAD AMBIENTAL: (en este apartado sólo se aplicará un criterio de los relacionados; en caso de presentar más de un certificado de
calidad ambiental, se valorará el de mayor puntuación) 0 a 5 puntos.
◊ Papel reciclado certificado xx Xxxxx Azul o equivalente 5 puntos.
◊ Papel reciclado con certificado de otros organismos no
oficiales 4 puntos.
◊ Papel no reciclado con sello FSC 3 puntos.
◊ Papel no reciclado con sello Cisne Blanco o equivalente 2 puntos.
❑ MEJORAS: Evaluadas económicamente que supongan una mejora
en la calidad en la prestación del servicio 0 a 10 puntos.
Dichas mejoras se clasificarán:
Mejoras relacionadas con la instalación y sus elementos.
Mejoras de medidas de ahorro energético a aplicar en la instalación. Mejoras relacionadas con mobiliario deportivo.
Mejora de sistema de seguridad eficaz.
Las mejoras se puntuarán de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación de la oferta X =
Importe mejoras oferta X* Puntuación máxima Importe oferta con mayor valor económico en mejoras
7.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas:
❑ OFERTA ECONÓMICA 0 a 51 puntos.
Para calcular el presupuesto ofertado total, se tendrá en cuenta el pre- cio/hora, I.V.A. incluido, multiplicado por el número total de horas anuales por cada concepto que aparece en el Anexo I de este Pliego.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación de la oferta X =
Importe oferta más baja * Puntuación máxima Importe oferta X
Al presupuesto tipo de contrata contemplado en la licitación, que en ningún caso podrás ser rebasado, le corresponderá una puntuación de 0 puntos.
Al valor del presupuesto más bajo ofertado de las ofertas admitidas le corresponderá la puntuación máxima de 51 puntos.
8. PROPOSICIONES
8.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D...........(en nombre propio o en representación de......., con C.I.F.: ….), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, para contratar el " "
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)
▪ “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
8.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATI- VA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que cons- ten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra perso- na o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspon- diente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el re- ferido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que incluya la manifesta- ción de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profe- sional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 6 del presente pliego de condiciones.
7. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de
600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
8.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusiva- mente la documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del contrato establecidos en la cláusula 7.1.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios recogi- dos en la cláusula 7.2. La inclusión de dichos datos en ese sobre supondrá la excluida au- tomática de la correspondiente oferta.
En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
8.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
""D.........., vecino de......., con domicilio en......, nº..., con D.N.I. nº......, expedido
en......, el...., de......., de 20.., en nombre propio (o en representación de , con C.I.F.:
…) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de …., D. ……, con fecha ….. y nº de protocolo….; enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado nº…, del día …., de …, de 20…, y en el Diario Oficial de la Unión Europea y de los Pliegos de Cláusulas Administrati- vas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del "..........................", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la realización del mencionado contrato, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos de Condicio- nes y memoria que acompaña, a los siguientes precios/hora:
SERVICIO | IMPORTE SIN I.V.A. | IMPORTE CON I.V.A. |
Mantenimiento, recaudacion y con- trol de accesos | … Є | … Є |
Limpieza | … Є | … Є |
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 8.2 del Plie- go de Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica, en la que no se hace alusión alguna a la presente oferta económica.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuan- tas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
• Memoria lo más detallada posible justificativa del precio ofertado.
• Documentación acreditativa de los criterios establecidos en la cláusula 7.2 del presente pliego de condiciones.
• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por refe- rencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.
• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen docu- mentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carác- ter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 5.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaración sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.
9. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de CINCUENTA Y DOS DÍAS naturales desde la remisión del anuncio de licitación al Dia- rio Oficial de la Unión Europea, debiendo remitirse igualmente el anuncio de licitación al Boletín Oficial del Estado para su publicación durante un plazo mínimo de QUINCE DÍ- AS, y se admitirán cuantos sobres se presenten, siempre que reúnan las condiciones exter- nas reglamentarias.
10. APERTURA DE PLICAS
10.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe del Servicio de Deportes.
- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
10.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección.
10.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas que contie- nen los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que tendrá lu- gar el primer martes o jueves siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes o jueves siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En to- do caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SOBRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).
La referida documentación se entregará al Servicio de Deportes para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo máximo de cinco días naturales.
10.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor com- prensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.
10.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público de apertu- ra de las proposiciones económicas [SOBRE 3]. En dicho acto se dará a conocer el resulta- do de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto público de apertura de la proposición económica deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de quince días contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presenta- ción de solicitudes.
11. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACION
11.1 Las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anor- males conforme al apartado 3 de la presente cláusula, se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.
11.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica- mente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la si- guiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscri- bir a la ejecución del contrato.
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva, a que se refiere la cláusula 12.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma docu- mentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
11.3 Cuando se identifiquen proposiciones que puedan ser considerada desproporcionadas o anormales, en aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 3.2 del presente pliego, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifiquen la valoración de la oferta y precisen las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto a la disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de un ayuda del Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por los licitadores y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
11.4 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y notifi- cada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publica-
ción en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabili- dad Patrimonial, de conformidad con el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- trativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero
12. GARANTÍA DEFINITIVA
12.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 11.2 y se fija en la cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
12.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del si- guiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29- 2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», su- cinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
12.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los mo- delos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
12.4 Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, de conformidad con lo establecido en el art. 84.2 de la Ley 30, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señala- do en la cláusula 11.2.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente pliego de condicio- nes se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento administrativo, sin perjuicio de los establecido en al art. 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de OCHO DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se re- ciba la notificación de la adjudicación.
13.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
14. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Xxxxxx será desde el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre de 2012, siem- pre y cuando el contrato hubiese sido formalizado y la instalación esté disponible para su puesta en funcionamiento.
Dicho contrato podrá ser prorrogable por UN AÑO más, si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del ex- pediente.
Dado que el contrato tiene carácter plurianual, la autorización y el compromiso de gasto se subordinará al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien- das Locales.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.1 De conformidad con lo establecido en el art. 7.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquis- mo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se prohibe terminantemente fumar, además de en aquellos lugares o espacios defi- nidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en los Centros y Dependencias de las Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público. Asimismo, según lo esta- blecido en el art. 5.a) de la mencionada Ley, queda prohibida la venta y suministro de pro- ductos del tabaco en los centros anteriormente mencionados.
15.2 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto de este pliego, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor del expediente.
15.3 De conformidad con lo establecido en el art. 41 de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Órgano de contratación se designará un responsable del contrato al que corresponde- rá supervisar su ejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones nece- sarias para asegurar su correcta realización
15.4 El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos estableci- dos e la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas por la empresa adjudicataria, las cuales serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipal correspondiente, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
15.5 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria, por su naturaleza, no tendrá plazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 205 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del servi- cio, el Jefe del Servicio Municipal formalizará Acta de Recepción en el plazo de un mes, desde la finalización de la prestación del servicio, en el que justifique la buena prestación de éste, que será remitido al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Pa- trimonial para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del re- glamentario expediente.
16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 202 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solamente podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en el Título V del Libro I de la mencionada Ley.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
17.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabili- dad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se pro- duzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria na- cional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
Asimismo, las empresas que empleen un nº de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, sobre integración so- cial de los minusválidos, así como R.D. 1451/1983, de 11 xx Xxxx y demás normativa complementaria.
17.2 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá reper- cutirse como partida independiente.
17.3 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adju-
dicado, conforme a lo establecido en el artículo 198 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
17.4 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y co- mercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos deri- vados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
17.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 49.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contra- tos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos, la empresa contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) Aportar, antes de su vencimiento y hasta la finalización del contrato, sin que medie re- clamación por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de estar al corriente en las obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y de la Seguridad Social.
b) En caso de prórroga de la contratación, se deberá aportar junto con la solicitud de pró- rroga, que debe formular el adjudicatario, y antes de que recaiga acuerdo, las correspon- dientes certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
18. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
El Organo de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 196 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continua- ción se especifican:
Faltas muy graves
• El impedimento del uso del servicio público.
• Actos de deterioro grave y relevante de los equipamientos e infraestructuras de la Instalación Deportiva.
• La falta continuada en la prestaciçon del servicio objeto del contrato.
• La prestación del servicio por personal que no disponga de los requisitos exigidos de nivel y titulación.
• El incumplimiento de los horarios, la disminución en el número de personas concertado para la prestación del servicio, así como otros similares que supongan un perjuicio grave al servicio.
Faltas graves
• No acatar las Normas de Régimen Interior del Servicio Municipal de Deportes.
• El incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en el contrato, que como consecuencia dificulten o limiten la prestación del objeto del contrato.
Faltas leves
• El trato no respetuoso hacia los usuarios o personal de la instalación.
• Incumplimiento del resto de obligaciones reconocidas por contrato, que no constituyan faltas graves o muy graves.
Las faltas no contempladas en este Pliego se clasificarán por su analogía con las anteriores desde el punto de vista de su incidencia en la prestación del servicio.
El importe de la sanción está relacionado de forma directa con la cuantía total del contrato y por razón de las faltas el Ayuntamiento podrá imponer las sanciones siguientes:
x. Xxxxxx Leves: Se podrán sancionar bien con apercibimiento verbal o escrito, bien con una sanción económica de hasta el 2% del importe total del contrato.
x. Xxxxxx Xxxxxx: Desde el 2% hasta el 5% del importe total del contrato.
x. Xxxxxx muy Graves: Desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato, si bien se podrá optar por la resolución del mismo con independencia de la sanción económica.
19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformi- dad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enu- meradas en los arts. 206 y 285 de la Ley 30/2007, de 30 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 285.
20. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO
20.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicata- rio a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos estable- cidos en el art. 209 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
20.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, este podrá éste concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los art. 210 y 211 de la mencionada Ley.
21. CONFIDENCIALIDAD
De conformidad con lo establecido en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el ca- rácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecu- ción del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturale- za deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información.
Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 206, apartado g) de la mencionada Ley.
22. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gas- tos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 2.500,00 €.
23. INCIDENCIAS
Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución del con- trato derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cual- quier otra causa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audiencia del con- tratista, que será resuelto por la Junta de gobierno Municipal. A este efecto, el director del servicio y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por es- crito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
24. INTERPRETACIÓN
El contrato dimanante de la presente licitación es por su objeto fundamental y esencial- mente administrativo y sus términos serán interpretados por la Corporación, la cual asi- mismo, resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, siendo los acuerdos de la misma inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sectro Público
25. TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida
a la jurisdicción contencioso-administrativa de este Municipio.
26. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
26.1 El anuncio de licitación, el presente Pliego y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite adoptados en el proce- dimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente so- bre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produz- can indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; así como el acuer- do de adjudicación que en su momento se produzca; serán susceptibles del recurso especial en materia de contratación regulado en el art. 310 y siguientes de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx.
26.2 Asimismo, podrá interponerse la cuestión de nulidad en los casos previstos en el art. 37 y siguientes de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modifica- da por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, ante el órgano que se determine por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de conformidad con lo establecido en el art. 311 de la mencionada Ley.
26.3 Igualmente, y conforme a lo establecido en el art. 313 de dicha Ley, los licitadores podrán solicitar la adopción de medidas provisionales para corregir las infracciones del procedi- miento o para impedir que causen otros perjuicios a los intereses afectados.
Murcia, 16 xx xxxxxx de 2011 LA JEFE DEL SERVICIO,
Vº Bº
EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO
Examinado el presente Xxxxxx, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación.
LA DIRECTORA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS,
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA CONTRATAR EL "SERVICIO DE MANTENIMIENTO, RECAUDACIÓN, CONTROL DE ACCESOS Y LIMPIE- ZA EN EL CAMPO DE FÚTBOL DE PUENTE TOCINOS (MURCIA)”
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO, RECAUDACIÓN, CONTROL DE ACCESOS Y LIMPIEZA EN EL CAMPO DE FÚTBOL DE PUENTE TOCINOS (MURCIA)”, con la
finalidad de mantener la Instalación Deportiva en óptimas condiciones de uso, conservación y mantenimiento.
Los códigos correspondientes a la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades según Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, son:
92600000-7 | Servicios Deportivos. |
77320000-7 | Servicios de Mantenimiento xx Xxxxxx Deportivos. |
9091000-9 | Servicios de limpieza. |
2. CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO
A. HORARIOS:
Previo al inicio del contrato se comunicará al adjudicatario por el Servicio Mpal de Deportes el horario que se establezca por horas, días y semanas para la prestación del servicio, con la distribución horaria que considere más adecuada para la prestación del servicio, quedando limitado al máximo de horas anuales previstas en el Anexo Nº 1 del presente Pliego. Dicho horario podrá ser modificado por necesidades del servicio, comunicándolo con la suficiente antelación a la empresa adjudicataria, y teniendo siempre en cuenta el número máximo anual de horas establecido.
FUNCIONES QUE COMPRENDE EL SERVICIO:
El adjudicatario viene obligado a la prestación de las funciones en que se desarrolla el servicio contratado, que sin menoscabo de otras complementarias que se estimen necesarias por el Servicio Municipal de Deportes, realizará las siguientes:
a) Mantenimiento y conservación general de las instalaciones, con especial incidencia en los pavimentos deportivos, en los vestuarios, salas de máquinas, cuadros eléctricos, etc.
b) Mantenimiento y conservación integral del terreno de juego “CÉSPED ARTIFICIAL” según anexo 1, de las instalaciones, con especial incidencia en el citado césped artificial, así como en gradas para espectadores, vestuarios, sala de máquinas, cuadros eléctricos, riego del campo, resto xxx xxxxxxx deportivo, etc.
c) Aportación de toda la maquinaria necesaria para el buen trabajo especializado de mantenimiento de césped artificial.
d) Manipulación de maquinaria para el control y funcionamiento de la instalación, así como para el mantenimiento de césped artificial.
e) Limpieza puntual y continua de la instalación, así como de sus elementos, como vestuarios, oficinas, salas de máquinas, almacenes, mobiliario, terrazas, máquinas, etc.
f) Limpieza continuada de todo el material deportivo existente en las instalaciones objeto de este pliego.
g) Manipulación de maquinaria para el control y funcionamiento de la instalación.
h) Control de accesos y guardarropía.
i) Recaudación, liquidación e ingresos de acuerdo con la tarifa vigente de precios públicos.
j) Conducción de las instalaciones, atención a eventuales averías que puedan presentarse y ejecución de los programas de mantenimiento preventivo.
k) Atender los servicios de igual naturaleza en otra instalación deportiva al precio contratado, para el caso que sea necesario la sustitución de personal de plantilla, una vez le sean comunicados por el Servicio Municipal de Deportes.
l) Mantenimiento, conservación y manipulación del mobiliario deportivo.
m) Mantenimiento e Inspección periódica de instalaciones eléctricas en locales de espectáculos, pública concurrencia, etc. (Orden de 22 de Octubre de 1996, de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx).
n) Desinfección, Desinsectación y Desratización de la Instalación con productos autorizados y por empresa acreditada por la Dirección General de Salud.
o) Control sanitario del agua con cumplimiento del R.D. 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, así como el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Debiendo elaborar los informes mensuales, libro de mantenimiento y obtención de certificado de limpieza y desinfección, así como protocolos necesarios a seguir.
Todo el personal que utilice la empresa adjudicataria para la prestación de los servicios objeto de este concurso tendrá dependencia laboral de la misma, sin que el Ayuntamiento tenga relación jurídica, laboral, ni de otra índole, con el personal de la empresa.
En ningún caso podrá alegarse por el personal de la empresa adjudicataria derecho frente al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx que no esté prefijado legalmente ni durante la vigencia del contrato ni a su término, ya se haya cumplido el plazo de contrato o resuelto el mismo por cualquiera de las causas previstas en la normativa aplicable en materia de Contratación Administrativa.
3. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:
El adjudicatario se obliga al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a las obligaciones señaladas en este Pliego, y/o en su oferta (una vez aceptada la misma por la Administración Municipal mediante el acuerdo de adjudicación), así como las contenidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y en especial deberá dar cumplimiento a las siguientes:
1. Personal.
❑ Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las opera- ciones que requiera el desarrollo del servicio.
Si por cualquier causa fuera impuesta al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx responsabilidad principal o subsidiaria derivada de relación laboral, por autoridad, organismo o tribunal, la empresa adjudicataria vendrá obligada a resarcirle del importe económico de dicha responsabilidad; en tal caso por el Ayuntamiento se procederá, previa notificación, a deducir la cantidad a resarcir de la facturación
pendiente de abono.
❑ El adjudicatario de la contratación, una vez formalizado el contrato y previa- mente al inicio y ejecución de la actividad deberá presentar en el Servicio pro- motor y fiscalizador de la ejecución, una declaración responsable del represen- tante legal de la empresa mediante el cual ponga de manifiesto que han realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su acción preventiva, así como que han cumplido sus obligaciones en materia de formación e información respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios.
❑ El adjudicatario así como las personas que presten el servicio objeto de este con- trato quedan obligadas a guardar el secreto profesional por tiempo indefinido so- bre los datos, hechos y observaciones de los que tenga conocimiento o pueda lle- gar a conocer como consecuencia del desempeño de sus funciones.
Queda prohibido utilizar fuera del estricto ámbito profesional o para fines distintos de los que motivaron su entrega, cualquier tipo de documento, al que haya tenido acceso como consecuencia de su vinculación con el objeto del contrato.
❑ Dotar a todo el personal afecto al servicio de uniforme con el logotipo xxx Xxxx- tamiento xx Xxxxxx (Servicio de Deportes) y tarjeta de identificación que deberá de incluir los siguientes datos: nombre de la empresa, categoría profesional y nombre del trabajador, así como cuidar de su correcta prestación por el personal a su cargo, dotándole de los medios necesarios para el óptimo desempeño del ser- vicio.
❑ Nombrar un Jefe de Servicio como coordinador de las labores encomendadas y re- ceptor de las órdenes e instrucciones emanadas del Servicio Municipal de Deportes xx Xxxxxx, con localización permanente, las 24 horas, a través del teléfono móvil y fax. En la memoria presentada por los licitadores se hará constar la designación y datos indentificativos de la persona que realizará dicha función.
❑ Elaborar un plan de mantenimiento y limpieza de la Instalación con indicación de las operaciones a realizar, su frecuencia y personal encargado con evaluación de riesgos y protocolos de trabajos, presentando una copia del mismo en el Servicio de Deportes al inicio del contrato.
❑ Al inicio y finalización del contrato, el adjudicatario deberá realizar un inventario de los bienes muebles existentes en la Instalación Deportiva, comunicándolo al Servi- cio Municipal de Deportes. Dicho inventario deberá mantenerse actualizado durante todo el período de vigencia del contrato, comunicando cualquier variación produci- da a lo largo del mismo en el momento en que se produzca.
❑ Elaborar informes mensuales del cumplimiento del plan de mantenimiento, estado de la Instalación, operaciones realizadas, incidencias y usos.
❑ Justificar trimestralmente la ejecución de las mejoras ofertadas y valoradas, para su comunicación al Servicio de Contratación.
❑ A obtener, a su cargo y con anterioridad al comienzo de las actividades objeto de este concurso, las licencias, permisos y autorizaciones que fuesen necesarios para el desarrollo del servicio y a cumplir los Reglamentos y demás disposiciones legales vigentes en relación con dicha actividad.
❑ A todos y cada uno de los trabajadores que se ocupen de los servicios objeto de este concurso el contratista les extenderá, por escrito, contrato de trabajo confor- me con la vigente legislación laboral. En ningún caso las condiciones de trabajo fijadas en los mismos serán inferiores a las establecidas en el convenio colectivo vigente para el sector en cada momento.
❑ Cuidar que el servicio se realice, en relación con los usuarios de las instalaciones deportivas, con rapidez, eficacia y discreción.
❑ El contratista se responsabilizará del aseo, decoro y uniformidad en el vestuario del personal a su cargo, de que actúe con la debida cortesía y corrección en su trato con los usuarios y personal del servicio, y de evitar la corrección en su trato con los usuarios y personal del servicio, y de evitar la producción de ruidos inne- cesarios durante la prestación de los servicios.
❑ El adjudicatario de la presente licitación pondrá, en su caso, a disposición del Ayuntamiento el personal adscrito a la empresa adjudicataria siempre que sea ne- xxxxxxx para cubrir las necesidades motivadas por el interés público.
❑ Serán de cuenta del adjudicatario el abono de las contribuciones, impuestos, arbi- trios o cualesquiera otra carga o gravamen que recaiga sobre la actividad objeto del servicio que se adjudica.
❑ Será siempre de cuenta del adjudicatario la disposición de los medios técnicos, ma- teriales y humanos necesarios para la correcta ejecución del servicio conforme a las características que se definen en este Pliego.
❑ El adjudicatario está obligado a acatar las instrucciones que para la mejor realiza- ción del servicio dicte el Servicio Municipal de Deportes debidamente razonadas y comunicadas por escrito al adjudicatario.
❑ El adjudicatario deberá proveer a la Instalación Deportiva de Internet banda an- cha, mínimo 6 Mb/s con IP fija, cuyo direccionamiento deberá facilitar al Servi- cio de Deportes.
❑ En la Conserjería de cada una de las Instalaciones mencionadas habrá unas hojas diarias de control de horarios en las que cada trabajador hará constar su nombre, número de afiliación a la Seguridad Social, hora de entrada y salida y su firma. Dichas hojas quedarán en posesión de la Instalación Deportiva.
2. Utillaje, maquinaria y productos de limpieza.
❑ Es de cuenta del adjudicatario la dotación a su personal del utillaje, maquinaria y productos de limpieza necesarios en número y calidad suficientes para la correcta prestación del servicio.
❑ La limpieza de las instalaciones se realizará exclusivamente con maquinaria ade- cuada y productos neutros específicos para cada tipo de pavimento.
❑ En servicios y vestuarios principalmente, la calidad de los productos de limpieza y desinfección empleados deberá garantizar un estado general de higiene óptimo.
❑ Es de cuenta del adjudicatario la reposición diaria de papel higiénico de los servi- cios.
❑ El Servicio Municipal de Deportes proporcionará un almacén donde guardar los útiles, máquinas y productos propiedad del adjudicatario.
❑ Será por cuenta de la empresa adjudicataria toda la maquinaria necesaria para el mantenimiento y la limpieza, que será como mínimo la que a continuación se detalla:
- Aspiradora industrial para agua y polvo xx xxxxx inoxidable de 2 HP mínimos.
- Limpiadora de agua de alta presión 100 Kg/cm2, caudal de 600 lts./min., y aspiración de detergente.
- Máquina barredora-aspiradora, motor a baterías, ancho de barrido no menor a 80 cm.
- Máquina fregadora-aspiradora, 2.500 m2/hora de rendimiento, anchura de fregado de 61 cm.
- Máquina rotativa de baja velocidad (140 r.p.m.) para fregado y abrillantado.
- Máquina rotativa de alta velocidad (450 r.p.m.) para mantenimiento de abrillantador.
- Plataforma elevadora.
- Cubos, fregonas, mopas, escobas, etc.
- Todas las herramientas necesarias para poder cubrir lo requerido en el pliego.
❑ Asimismo será por cuenta de la empresa adjudicataria los materiales que a continuación se relacionan:
• Material de Limpieza.
• Papel higiénico-sanitario.
• Jabón liquido.
• Papel secamanos.
• Aceites y grasas ordinarias y especiales.
• Empaquetaduras ordinarias y especiales.
• Retenes.
• Juntas ordinarias y especiales.
• Plancha de amianto.
• Baquetas de limpieza y cepillo.
• Filtros de aire.
• Juegos xx xxxxxxx.
• Tornillería y clemas.
• Productos de tratamiento y limpieza para cuadros eléctricos.
• Siliconas y vaselinas.
• Cualquier otro material de costo pequeño que sea accesible.
• La herramienta de utilización normal necesaria.
• Todo el material de limpieza e higiene necesarios en la instalación
• El material de oficina necesario para la prestación del servicio.
B. RECAUDACIÓN, LIQUIDACIÓN E INGRESOS DE LOS PRECIOS PÚBLICOS:
La liquidación de la recaudación de las tarifas se realizará en los modelos que a tal fin proporcione la Agencia Municipal Tributaria, fijándose como período xx xx- quidación el comprendido de lunes x xxxxxxx, ambos inclusive.
Los viernes de cada semana, el adjudicatario realizará el ingreso de lo recaudado en el período que se fija en el párrafo anterior en la cuenta restringida que a tal fin le comunique la Agencia Municipal Tributaria, debiendo presentar en dicho Servicio los documentos acreditativos de la liquidación e ingreso de la recaudación. Si resulta- ren diferencias a favor de la Agencia Municipal Tributaria se efectuará el ingreso complementario en el plazo máximo de 24 horas hábiles.
Caso de que los días señalados sean festivos, se utilizará el día hábil inmediatamente posterior.
Una vez recibidos los documentos recaudatorios, serán de su exclusiva responsabilidad la custodia de los mismos, considerándose como recaudados aquéllos que no se presenten en el momento de la liquidación correspondiente, viniendo obligados a ingresar las diferencias que resulten, conforme a lo señalado en los párrafos antecedentes.
El incumplimiento de lo expuesto en los párrafos anteriores será considerado falta muy grave.
4. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente Xxxxxx comprenderá desde el 28 de noviembre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012 siempre y cuando la instalación esté disponible para su puesta en funcionamiento.
Dicho contrato podrá ser prorrogable si se acuerda de forma expresa antes de la finalización de aquél, y previo informe favorable del Servicio Municipal de Deportes, salvo que alguna de las partes lo denuncie con una antelación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento, por un período de UN AÑO.
Una vez que el contrato se haya ejecutado en el 20 % de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, éste podrá ser objeto de revisiones de precios anuales, de conformidad con el artículo 77 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, a solicitud del adjudicatario y previa justificación por la empresa de la necesidad de proceder a la revisión, según las variaciones experimentadas en el IPC con el año anterior.
De conformidad con lo establecido en el artículo 78 apartado 3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la revisión no podrá superar el 85 % de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo correspondiente al período objeto de la revisión.
5. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
No se prevén modificaciones para este contrato.
6. PRECIO DEL CONTRATO
Los licitadores presentarán sus ofertas estableciendo los precios/hora del servicio que como máximo se fijan en las cantidades siguientes:
• Servicio de Mantenimiento, Recaudación y Control de Accesos ...............................
12,29 €/hora, más el 18 % de IVA (14,50 €/hora).
• Servicio de Limpieza 11,27 €/hora, más el 18 % de IVA (13,30 €/hora).
El precio máximo ANUAL del contrato, se fija en 94.837,36 €, más el 18 % de IVA, lo que hace un total de 111.908,08 €, siendo el importe total del contrato de 122.339,10 €, IVA incluido, de conformidad con el siguiente desglose por partida y período:
Período 28 de noviembre a 31 de diciembre de 2011:
Mantenimiento, Recaudación y Control de Accesos:
Partida 039/342/227 11 6.867,84 €
IVA 18 %:
Partida 039/342/227 11 1.236,21 €
Limpieza:
Partida 039/342/227 00 1.972,01 €
IVA 18 %
Partida 039/342/227 00 354,96 €
Xxxxxxx 0 xx xxxxx x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000:
Mantenimiento, Recaudación y Control de Accesos:
Partida 039/342/227 11 73.680,89 €
IVA 18 %
Partida 039/342/227 11 13.262,56 €
Limpieza:
Partida 039/342/227 00 21.156,47 €
IVA 18 %
Partida 039/342/227 00 3.808,16 €
Los licitadores realizarán la baja que estimen pertinente sobre el precio/hora establecido en el presente Pliego.
En el precio en que se contrate la actividad objeto de este Pliego, se entenderán comprendidos todos los gastos y, por tanto, el beneficio industrial, los impuestos de toda índole que graven la realización del mismo y en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido, etc. no pudiendo, en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria en la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.
Los licitadores estarán facultados para sugerir en sus propuestas y ofertas las mejoras que, sin menoscabo de lo establecido en este Pliego de Condiciones, contribuyan a la mejor realización del objeto de este servicio, teniendo en cuenta que el factor económico será sólo un dato más a tener en cuenta en la adjudicación.
No se admitirán variantes o alternativas.
7. RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Faltas muy graves
• El impedimento del uso del servicio público.
• Actos de deterioro grave y relevante de los equipamientos e infraestructuras de la Instalación Deportiva.
• La falta continuada en la prestación del servicio objeto del contrato.
• La prestación del servicio por personal que no disponga de los requisitos exigidos de nivel y titulación.
• El incumplimiento de los horarios, la disminución en el número de personas concertado para la prestación del servicio, así como otros similares que supongan un perjuicio grave al servicio.
Faltas graves
• No acatar las Normas de Régimen Interior del Servicio Municipal de Deportes.
• El incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en el contrato, que como consecuencia dificulten o limiten la prestación del objeto del contrato.
Faltas leves
• El trato no respetuoso hacia los usuarios o personal de la instalación.
• Incumplimiento del resto de obligaciones reconocidas por contrato, que no constituyan faltas graves ó muy graves.
Las faltas no contempladas en este Pliego se clasificarán por su analogía con las anterio- res desde el punto de vista de su incidencia en la prestación del servicio.
El importe de la sanción está relacionado de forma directa con la cuantía total del con- trato y por razón de las faltas el Ayuntamiento podrá imponer las sanciones siguientes:
x. Xxxxxx Leves: Se podrán sancionar bien con apercibimiento verbal o escrito, bien con una sanción económica de hasta el 2% del importe total del contrato.
x. Xxxxxx Xxxxxx: Desde el 2% hasta el 5% del importe total del contrato.
x. Xxxxxx muy Graves: Desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato, si bien se podrá optar por la resolución del mismo con independencia de la sanción económica.
Murcia, 19 de julio de 2011
Conforme:
JEFE DE SERVICIO DE DEPOR- TES
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
JEFE DE INSTALACIONES DEPORTIVAS ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL
Fdo.: Xxxx Xx Xxxxxxx Xxxxxx
ANEXO I
CAMPO DE FÚTBOL DE PUENTE TOCINOS
MANTENIMIENTO, RECAUDACIÓN Y CONTROL DE ACCESOS
TOTAL COSTE MÁXIMO/AÑO, IVA INCLUIDO 18 %:
HO- RAS/SEMA NA | SEMA NAS | HORAS MÁX. /AÑO | PRE- CIO/HO RA | COSTE MÁXI- MO/AÑO |
115 52,14 5.996,1 14,50 € 86.943,45 €
CATEGORÍAS PROFESIONALES:
- Oficiales electromecánicos, con titulación de Oficial con Formación Profesional de 2º Grado o similar.
FUNCIÓN PRINCIPAL:
- Conducción de instalaciones.
- Atención a eventuales averías que puedan presentarse.
- Ejecución de programas de mantenimiento preventivo.
- Información de las actividades.
- Cobrar precios públicos vigentes, si fuera necesario.
- Asegurar el cumplimiento de las normas de su área.
- Mantenimiento, conservación y manipulación del mobiliario deportivo.
- Limpieza puntual de cualquier elemento de la instalación.
- Conocimientos básicos de informática a nivel usuario para manejo de ordenador.
OBSERVACIONES:
Cualquier operación de reparación deberá ser conformada y aprobada previamente por el Servicio Municipal.
CAMPO DE FÚTBOL DE PUENTE TOCINOS
LIMPIEZA
TOTAL COSTE MÁXIMO/AÑO, IVA INCLUIDO 18 %:
HO- RAS/SEMA NA | SE- MA NAS | HORAS MÁX. /AÑO | PRE- CIO/HO RA | COSTE MÁXI- MO/AÑO |
36 52,14 1.877,04 13,30 € 24.964,63 €
CATEGORÍA PROFESIONAL:
- Peones especialistas en limpieza xx xxxxxxxxx, limpieza mecánica de suelos y limpieza en ge- neral.
FUNCIÓN PRINCIPAL:
- Limpieza diaria de todos los elementos de las zonas de utilización de vestuarios, oficinas, salas de máquinas, almacenes, mobiliario, etc.
- Limpieza xxx xxxxxxx del campo de fútbol todos los lunes, miércoles y viernes.
- Limpieza xx xxxxxxxxx en general y mecánica en suelos.
OBSERVACIONES:
Deberá existir una hoja de firmas del trabajador en la que conste el día, hora de ini- cio y fin de la limpieza, nombre del trabajador y su firma, que deberá ser conformada por la empresa adjudicataria y por el Servicio Municipal.
CAMPO DE FÚTBOL DE PUENTE TOCINOS, IVA INCLUIDO 18 % | |
SERVICIO | |
MANTENIMIENTO, RECAUDACIÓN Y CONTROL DE ACCE- SOS ...................................................................................................... | 86.943,45 € |
LIMPIEZA ........................................................................................... | 24.964,63 € |
PRESUPUESTO MÁXIMO ANUAL ................................................. | 111.908,08 € |
Asciende la presente valoración a la cantidad máxima de 111.908,08 € (CIENTO ONCE MIL NOVECIENTOS OCHO EUROS CON OCHO CÉNTIMOS), incluidos
todos los gastos e IVA 18 %.
Murcia, 19 de julio de 2011
Conforme:
JEFE DE SERVICIO DE DEPORTES
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
JEFE DE INSTALACIONES DEPORTIVAS ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL
Fdo.: Xxxx Xx Xxxxxxx Xxxxxx