REUNIDOS
En Donostia a X de XXXXX de 2020
REUNIDOS
De una parte, XXXXX XXXX XXXXXXX, mayor de edad, con domicilio a efectos de este contrato en X/ Xxx Xxxxx, 000 - Xxxxxxxx Xxxx Xxxx xx Xxx Xxxxxxxxx y con D.N.I. 15.923.336-E, en vigor.
Y de otra parte XXXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio a efectos de este contrato en XXXXXXXXX y con D.N.I. XXXXXXX en vigor.
INTERVIENEN
D. XXXXX XXXX XXXXXXX, en nombre y representación de FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX S.A., con C.I.F A20001681 y domicilio social en X/ Xxx Xxxxx, 000 - Xxxxxxxx Xxxx Xxxx xx Xxx Xxxxxxxxx, inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, en su calidad de Gerente y en virtud de las poderes otorgados por el Consejo de Administración de la Sociedad mediante acuerdo de fecha 28 de julio de 2008 elevado a público mediante escritura de apoderamiento otorgada el 20 de febrero de 2009 ante el notario Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxx Xx xx Xxxx.
A esta parte se la denominará en lo sucesivo “FOMENTO SAN XXXXXXXXX” o “el Patrocinador”.
D. / Dña. XXXXXXXXX, en nombre y representación de XXXXX con C.I.F XXXXXXX y domicilio social en XXXXXXXXX, inscrita en el Registro Mercantil de --. Sus
facultades resultan de la escritura de poder autorizada por el Notario con
fecha .
A esta parte se la denominará en lo sucesivo “XXXXXXXXXXXXX” o “el Patrocinado”.
EXPONEN
I. Que FOMENTO SAN XXXXXXXXX es una sociedad pública municipal dedicada a la promoción y al desarrollo económico y social de la ciudad a través de la innovación, la generación y transformación de conocimiento, el trabajo en red todo ello bajo criterios de sostenibilidad.
II. Que XXXXXXXXXX propone DESCRIBIR LA ACTIVIDAD A PATRONICAR.
III. Que FOMENTO SAN XXXXXXXXX está interesada en apoyar la iniciativa.
IV. Que resultando de común interés a ambas partes comparecientes otorgar un contrato de esponsorización (en adelante Contrato), lo llevan a efecto de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
1. OBJETO
El Patrocinado se compromete a colaborar en la publicidad del Patrocinador en los términos descritos en este Contrato, a cambio de percibir de este último una ayuda económica.
La colaboración publicitaria del Patrocinado no podrá traspasar en ningún caso los límites de licitud del Título II de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, (en adelante, la “Ley General de Publicidad”).
2. CESIÓN DE DERECHO DE USO DE LAS MARCAS DEL PATROCINADOR
En virtud del presente Contrato, el Patrocinador concede al Patrocinado una licencia de uso no exclusivo de las marcas y logotipos de Tenencia de Alcaldía y Fomento de San Xxxxxxxxx / Donostia Sustapena a los solos efectos de su utilización en las actuaciones de cualquier tipo de difusión que el Patrocinado haga relacionado con el evento citado. El Patrocinado se compromete a respetar en todo momento el color y logotipo de las marcas, así como a utilizarlas conforme a la legalidad vigente y a los solos efectos de lo dispuesto en el presente Contrato.
El Patrocinado se compromete a no alterar ni desfigurar de ninguna manera las marcas y logotipos objeto de publicitación. En cualquier caso, la utilización de las marcas corporativas del Patrocinador será siempre revisada y autorizada por el Patrocinador, con el fin de conservar su imagen identificativa y la cultura de la empresa.
3. DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente Contrato entrará en vigor en la fecha de su formalización y permanecerá vigente en el periodo que se establezca para la difusión previa y post de citado evento.
4. OBLIGACIONES DEL PATROCINADO
El Patrocinado se obliga a colaborar publicitariamente con FOMENTO SAN XXXXXXXXX en los términos siguientes:
a) Incluir el logotipo de FOMENTO SAN XXXXXXXXX en los soportes informativos y publicitarios que se produzcan y contraten con motivo de la obtención y publicitación del evento objeto del contrato.
b) Que en las actividades que se realicen y en los materiales que se editen como desarrollo del evento mencionado anteriormente, se hará constar de manera expresa y clara la participación del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, a través de
los elementos de imagen corporativa de Fomento de San Xxxxxxxxx y que Fomento de San Xxxxxxxxx le facilitará.
c) Cualquier elemento o soporte de comunicación y publicidad será redactado en ambas lenguas oficiales, dando prioridad al euskera, tal y como lo estipulan el Decreto 86/1997 sobre el uso del euskara en las administraciones públicas, el plan de normalización de uso del euskara del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx y los criterios de uso lingüístico del Plan de Euskara de Fomento de San Xxxxxxxxx.
d) Facilitar la presencia de Fomento de San Xxxxxxxxx en la actividad patrocinada si así se solicita.
e) Comunicar cualquier incidencia que suponga una alteración del normal desarrollo de las acciones.
f) Asumir las obligaciones impuestas por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres, a las entidades que contratan, convenían o reciben ayudas de la Administración en su art. 2.3:
i. Regirse según los principios de la igualdad de trato, la igualdad de oportunidades, el respeto a la diversidad y a la diferencia con respecto a sus trabajadoras y trabajadores.
ii. Integrar la perspectiva de género, utilizar la acción positiva, avanzar en la eliminación de roles y estereotipos en función del sexo, en sus actuaciones.
iii. A procurar una representación equilibrada de mujeres y hombres con capacidad, competencia y preparación adecuada en sus órganos directivos y colegiados.
iv. Recoger y presentar los datos desagregados por sexo.
v. A efectuar un uso no sexista del lenguaje y las imágenes en cualquier tipo de soporte.
g) Cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos.
h) Asumir los gastos fiscales, notariales o de otra índole que en su caso se generen con motivo del otorgamiento del presente Contrato.
i) Asumir el coste de todos los soportes publicitarios que sea necesario adquirir, rotular o colocar para el cumplimiento de las obligaciones que le corresponden con arreglo al presente Contrato.
5. OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR
FOMENTO SAN XXXXXXXXX se obliga a colaborar con El patrocinado en los siguientes términos:
a) Ayudar económicamente a El patrocinado con la cantidad de XXXXXX euros (XXXXX €) IVA no incluido.
Esta cantidad se pagará tras la firma del presente contrato, y tras aportar la documentación requerida en el Artículo 8. de las bases reguladoras para el Patrocinio de eventos para la promoción de la innovación en Donostia/San Xxxxxxxxx.
b) Participar en la apertura del evento con una ponencia de bienvenida
c) Facilitar información y el material promocional necesario en cuanto a logos, marcas, etc.
d) Colaborar en la correcta ejecución de las acciones descritas en el presente contrato.
6. MODIFICACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO
Cualquier modificación del Contrato que pudieren acordar las Partes tendrá necesariamente que documentarse por escrito que se unirá a este Contrato debidamente firmado por ambas Partes.
Los derechos y obligaciones resultantes del presente Contrato no podrán ser cedidos a terceros sin el expreso y escrito consentimiento de la otra Parte.
7. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con lo dispuesto vigente normativa de protección de datos, se informa que los datos de las personas firmantes del presente contrato, así como los que se recaben o generen durante la ejecución del mismo, serán tratados por las partes firmantes, con la finalidad de gestionar el patrocinio indicado en el presente contrato. La base de licitud del tratamiento es el artículo 6.1.b) del RGPD: mantenimiento de la relación contractual entre las partes.
Los datos serán conservados por las partes durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
En aquellos casos en los que los beneficiarios de los patrocinios sean personas físicas y se incluya prestación económica, están previstas comunicaciones de datos a las entidades bancarias con objeto de realizar su abono y en base a la obligación legal existente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y al Tribunal Xxxxx xx Xxxxxxx Públicas u otros organismos con competencias en materia de control contable.
Las personas afectadas podrán ejercitar los derechos previstos en vigente normativa de protección de datos en las direcciones indicadas en el encabezado del presente contrato.
Ambas partes, en relación a los tratamientos de datos que sean realizados en base al presente contrato, se comprometen a cumplir con las exigencias establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa en materia de protección de datos que pueda ser de aplicación.
8. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Si el Patrocinado, por causas que le sean imputables, desarrolla la colaboración publicitaria objeto del patrocinio con alteración, defecto o menoscabo de alguno de sus elementos esenciales, deberá ejecutar de nuevo la publicidad; si la repetición no fuera posible, el Patrocinador podrá exigir la reducción de la ayuda, así como la indemnización de los perjuicios causados.
Cuando el Patrocinado no cumpla su obligación de difusión de la colaboración publicitaria objeto del patrocinio, el Patrocinador podrá exigir el cumplimiento posterior en las mismas condiciones pactadas, o resolver el Contrato con devolución de lo pagado al Patrocinado. En ambos casos, el Patrocinado deberá indemnizar al Patrocinador por los daños y perjuicios causados.
Cuando la falta de difusión sea imputable al Patrocinador, éste vendrá obligado a indemnizar al Patrocinado por los daños y perjuicios causados, así como a satisfacerle íntegramente la ayuda económica correspondiente.
En otros supuestos de incumplimiento, el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución del presente Contrato, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución de este Contrato, aún después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.
En lo no dispuesto en esta cláusula, se acudirá al régimen de incumplimiento de obligaciones del Derecho Común.
9. GARANTÍAS
El Patrocinador garantiza que:
(a) La publicidad realizada en virtud del presente Contrato es lícita y, en especial, que no vulnera las normas contenidas en la Ley General de Publicidad, en la Ley de Defensa de la Competencia, en la Ley de Competencia Desleal, en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, en la Ley de la Sociedad de los Servicios de la Información, la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en los Códigos de Autocontrol de la Publicidad que resulten aplicables y en la legislación especial relativa a la publicidad en los medios de comunicación.
(b) Los materiales suministrados al Patrocinado como consecuencia de su patrocinio se adecuarán a la ley, la moral, el orden público, las buenas costumbres y en ningún caso resultarán ofensivos ni infringirán los derechos de terceros.
(c) El Patrocinador quedará indemne de todos los costes, daños o perjuicios en que tuviera que incurrir en caso de reclamación que sea dirigida contra el Patrocinado fundamentada en la falta de cumplimiento de la presente cláusula por el Patrocinador.
10. COMUNICACIONES
Todas las notificaciones, peticiones u otras comunicaciones que deban ser realizadas o entregadas en virtud de las disposiciones de este Contrato, serán por escrito y estarán consideradas como realizadas cuando hayan sido entregadas al destinatario por servicio de mensajería (postal o electrónica), o enviadas por correo certificado o burofax, con acuse de recibo. Dichas notificaciones, peticiones y otras comunicaciones serán enviadas a las Partes de este Contrato a las siguientes direcciones y personas de contacto:
• FOMENTO SAN XXXXXXXXX:
Dirección: X/ Xxx Xxxxx, 000 - Xxxxxxxx Xxxx Xxxx. 20009 San Xxxxxxxxx Atención: Xxxxx Xxxx
Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.
• XXXXXXXXXXXXX.
Dirección: XXXXXXX. Atención: XXXXXXXX.
Correo electrónico: XXXXX@XXXXXX
Cualquier cambio en las direcciones anteriores será notificado por la Parte afectada a la otra Parte de este Contrato. En caso contrario, no tendrá efecto frente a las Partes que no hayan sido notificadas.
11. ARBITRAJE
Las Partes acuerdan que todo litigio o discrepancia que se derive de esta relación jurídica se resolverá definitivamente ante la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de San Xxxxxxxxx, a la que encomiendan la administración del arbitraje de Derecho, y la designación del árbitro, según su Reglamento y Estatutos. El idioma del arbitraje será el español y la sede del arbitraje será San Xxxxxxxxx.
12. LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente Contrato se regirá por las leyes españolas.
Y en prueba de conformidad, firman los comparecientes por duplicado ejemplar el presente contrato en la fecha y lugar del encabezamiento.
P.p.
FOMENTO DE SAN XXXXXXXXX, S.A.
Xxxxx Xxxx Xxxxxxx
XXXXXXXXX
VASCA DE TURISMO, S.A.
XXXXXXXXXX