CONTRATO DE CONCESIÓN
CONTRATO DE CONCESIÓN
SOBRE ESPACIO COMERCIAL
FERIA DE LA VIVIENDA 2019 EXPOINMOBILIARIA
Entre los suscritos a saber XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX mayor de edad y vecino de Medellín, quien actúa en nombre y representación legal de la CORPORACIÓN LONJA DE PROPIEDAD RAÍZ DE MEDELLÍN Y ANTIOQUIA, domiciliada en Medellín, la cual acredita con el Certificado de Existencia y Representación legal de la Cámara de Comercio de Medellín que hace parte integrante del presente contrato, por una parte, y que en lo sucesivo se declara como LA ORGANIZADORA, y por la otra
mayor de edad, vecino de Medellín, actuando en nombre y representación legal de la firma con domicilio en
y quien para todos los efectos del mismo se denominará EL CONCESIONARIO, se celebra contrato mercantil de concesión de espacio comercial, el cual se regulará por la legislación mercantil colombiana y en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO. LA ORGANIZADORA se obliga a conceder a EL CONCESIONARIO, el uso de uno o varios stands previamente determinado o determinados, dentro del Pabellón Verde y Pabellón Azul, ubicado en Plaza Mayor Centro de Convenciones y Exposiciones de Medellín, para que éste los destine exclusivamente a la exhibición y venta de proyectos, bienes inmuebles, y demás productos y servicios complementarios de la oferta del sector por él promocionados, previa firma del presente contrato.
La concesión del espacio únicamente da derecho a la utilización del espacio contratado.
En el recinto ferial, el (los) espacio(s) objeto de concesión será(n) el(los) designado(s) con el(los) No.
según la distribución del plano estipulada por LA ORGANIZADORA de conformidad con su organización interna.
De esta forma se acuerda entre las partes que el área de exhibición y venta concedida será de x ( ) metros cuadrados aproximadamente ubicada en el pabellón .
PARÁGRAFO: En caso de requerirse LA ORGANIZADORA podrá realizar cambios en la ubicación del espacio sin faltar a los principios de equidad y sin que ello conlleve derecho alguno de indemnización. Estos cambios serán notificados previamente a EL CONCESIONARIO.
SEGUNDA: CONTRAPRESTACIÓN. EL CONCESIONARIO pagará a LA ORGANIZADORA, como
contraprestación por el espacio cedido a título de concesión comercial, un valor de
$ ( ) IVA del 19
% que no está incluido en el valor.
PARÁGRAFO: Sólo tendrán el carácter de reserva en firme aquellas empresas que tengan suscrito el presente contrato antes del veinte (20) xx xxxxx del presente año y cumplan con la forma de pago seleccionada.
TERCERA: FORMA DE PAGO
LA ORGANIZADORA, da la posibilidad de cancelar el valor del los stands adquiridos por EL CONCESIONARIO así:
Opción 1
Pronto pago: Si paga el ciento por ciento (100%) del valor de la participación antes del día once (11) de julio del presente año, obtendrá el cinco por ciento (5%) de descuento.
Opción 2
Pago en 3 cuotas:
• Veinte por ciento (20%) del valor del stand (plazo de pago hasta el veinte (20) xx Xxxxx)
• Cuarenta por ciento (40%) del valor del stand (plazo de pago hasta el once (11) de Julio)
• Cuarenta por ciento (40%) del valor del stand (plazo de pago hasta el nueve (09) xx Xxxxxx)
Nota: Cualquiera que sea la forma de pago escogida por el CONCESIONARIO, se realizará solo una factura por el valor total de su participación. Las facturas se realizarán tan pronto se reciban los datos necesarios de facturación, los cuales son: nombre de la empresa, RUT, NIT, dirección, teléfono y forma de pago.
El pago deberá hacerse a nombre de LA ORGANIZADORA – Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia en la Cuenta de Ahorros de Bancolombia No. 10030469845
Cuando se realice el pago, el comprobante debe ser enviado al correo electrónico xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
PARÁGRAFO: Xxxx tendrán el carácter de reserva en firme aquellos contratos suscritos que estén acompañados del pago con base en lo ya estipulado en la cláusula tercera del presente contrato.
CUARTA: CESIÓN. Los espacios comerciales son indivisibles, por lo que en ningún caso podrá EL CONCESIONARIO ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato, ni celebrar contrataciones para uso del espacio concedido, con empresas que desarrollen su misma actividad o actividades o servicios diferentes.
QUINTA: INCUMPLIMIENTO O RENUNCIA. El incumplimiento o renuncia por parte de EL CONCESIONARIO, debe ser realizada por escrito y dará lugar al pago de una indemnización a favor de LA ORGANIZADORA, de acuerdo a los gastos en los que hasta la fecha haya incurrido, bien sea por conceptos de operación, logística, publicidad, comercialización y administración del evento, concernientes al espacio y los servicios reservados así: Desde el día de suscripción del presente documento hasta el día veinte (20) de julio del año en curso, la indemnización a cancelar será la equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor de participación. Del día veintiuno (21) de julio de 2019 en adelante la indemnización será equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor de participación, montos que podrán ser descontados automáticamente por parte de LA ORGANIZADORA, de los valores cancelados por EL CONCESIONARIO.
En caso de incumplimiento o inasistencia a uno, varios o todos los días del evento ferial por parte de EL CONCESIONARIO no habrá lugar a devolución del dinero cancelado ni indemnización alguna por parte de LA ORGANIZADORA.
SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. El CONCESIONARIO, además de las obligaciones generales adquiridas por la ley, adquiere las siguientes:
A. Abstenerse de utilizar el nombre comercial, insignia y logotipos de LA ORGANIZADORA.
B. Entregar a la ORGANIZADORA de la feria o a quien esta designe, información sobre los proyectos que llevará a ésta antes del cinco (05) xx xxxxxx de 2019. Si el CONCESIONARIO no envía la
información antes de esta fecha, los proyectos e inmuebles no podrán ser publicados en la separata que se le entrega a todos los asistentes de la feria ni serán publicados en el plano guía.
C. Cancelar la totalidad de las obligaciones a LA ORGANIZADORA antes del nueve (09) xx Xxxxxx de 2019.
D. Contratar y mantener a su xxxxx el personal necesario para atender adecuadamente el espacio que le ha sido concesionado.
E. Asumir ante las autoridades y frente a terceros todas las responsabilidades que emanen del incumplimiento de sus obligaciones laborales, tributarias y administrativas, así como las provenientes de los vicios de los bienes de su propiedad y de las actuaciones dolosas o culposas de sus empleados, representantes o colaboradores, para lo cual se obliga además a otorgar las garantías necesarias por ley o que le sean solicitadas por LA ORGANIZADORA.
F. Emplear en las labores necesarias para la venta de sus proyectos o inmuebles y comercialización de sus productos y servicios, el número de personas suficientes y bien capacitados; en desarrollo de esta obligación, LA ORGANIZADORA podrá solicitar el retiro de la persona que a su juicio cometa faltas graves en contra de la moral, el orden público, las buenas costumbres, la disciplina interna xxx xxxxxxx ferial, los reglamentos internos.
G. Acatar y velar porque sus trabajadores, dependientes, representantes o servidores, cumplan con los reglamentos internos, circulares y recomendaciones elaboradas por LA ORGANIZADORA, o el Centro de Convenciones y Exposiciones, los cuales forman parte integral del presente contrato y EL CONCESIONARIO manifiesta conocer y aceptar.
H. Restituir el espacio comercial dado en concesión en las mismas condiciones de recibo, salvo el deterioro natural por el uso dado, a juicio de LA ORGANIZADORA.
I. Está totalmente prohibido la reproducción y ejecución de música fonograbada y grupos en vivo y videos con audio en el stand y en las zonas comunes de la feria. Si usted desacata esta medida podrá ser sancionado con una multa directamente por Xxxxx y Acinpro y podrá LA ORGANIZADORA solicitar su retiro xxx xxxxxxx ferial y cancelar su participación en la feria.
J. Para garantizar las obligaciones establecidas en el presente contrato, EL CONCESIONARIO tramitará las garantías o pólizas necesarias cuyo alcance sea para bienes y mercancías propias y de terceros además del personal que esté a su cargo durante la feria.
K. Montar y desmontar el día programado para tal efecto, según corresponda, en el pabellón en el cual estará ubicado.
SÉPTIMA: CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se terminará por las causales generales expresamente consagradas en la ley para la terminación de los contratos y en especial por las siguientes causales de terminación, sin que se genere para LA ORGANIZADORA la obligación de reconocer los daños o perjuicios, con causa en la terminación:
A. El incumplimiento por parte de EL CONCESIONARIO, de cualquiera de las cláusulas del presente contrato.
B. El incumplimiento por parte del CONCESIONARIO, de sus representantes o empleados, de cualquiera de los instructivos, manuales de procedimiento, disposiciones o instrucciones dados por parte de LA ORGANIZADORA, o del Centro de Convenciones y Exposiciones, sin que se tomen las medidas correctivas de rigor, a juicio de LA ORGANIZADORA.
C. La insolvencia, devolución de cheques impagados por falta de fondos, cesación de pagos o quiebra del CONCESIONARIO.
D. Por causas de fuerza mayor o caso fortuito.
OCTAVA: DECORACIÓN. LA ORGANIZADORA indicará a EL CONCESIONARIO el lugar de ubicación del espacio comercial concedido, en los términos y especificaciones a que se refiere la Cláusula Primera del presente contrato. EL CONCESIONARIO, no podrá variar de manera unilateral la ubicación y especificaciones del espacio comercial inicialmente otorgadas. Su dotación, decoración y conservación serán por cuenta y a cargo de EL CONCESIONARIO.
LA ORGANIZADORA no se responsabilizará por elementos, equipos muebles y enseres que por cualquier motivo se pierdan o deterioren antes, durante o después del evento, o puedan causar algún tipo de daño, por lo cual EL CONCESIONARIO tomará los seguros necesarios o asumirá directamente la responsabilidad sobre dichos bienes.
NOVENA: MONTAJE Y DESMONTAJE:
Montaje Expositores Pabellón Verde y Azul
• Miércoles 04 de septiembre de 2:00 p.m. a 10:00 p.m.
• Jueves 05 de septiembre de 8:00 a.m. a 10:00 p.m.
FERIA:
• Viernes 06 de septiembre de 10:00 a.m. a 8:00 p.m.
• Sábado 07 de septiembre de 10:00 a.m. a 8:00 p.m.
• Domingo 08 de septiembre de 10:00 a.m. a 6:00 p.m.
Desmontaje Expositores Pabellón Verde y Azul
• Lunes 09 de septiembre de 8:00 a.m. a 12:00 del día.
EL CONCESIONARIO será responsable por cualquier daño imputable a él o a los contratistas que ingresen para el montaje, realización y desmontaje del evento, que se produzca en las instalaciones del Centro de Convenciones y Exposiciones.
DECIMA: FUERZA MAYOR: Por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, LA ORGANIZADORA podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato, quedando exenta del pago de suma alguna de dinero por concepto de indemnización derivada del incumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud del mismo. Igualmente en el evento de suspensión de la feria porque no se cuente con el número suficiente de participantes sin que ello implique incumplimiento por parte de LA ORGANIZADORA. En ambos casos esta última estará en la obligación de reembolsar la totalidad del dinero cancelado por EL CONCESIONARIO.
DECIMA PRIMERA: PROTECCION DE DATOS PERSONALES. La ORGANIZADORA en cumplimiento de la
normatividad vigente, tratará los datos personales que EL CONCESIONARIO le suministre para los fines propios de los procesos de la Feria de la Vivienda 2019 – Expoinmobiliaria.
PARAGRAFO 1: En virtud de la ley 1581 de 2012, LA ORGANIZADORA no tiene la calidad de responsable del tratamiento de los datos que le suministren las personas físicas que se acerquen a el (los) espacio (s) del CONCESIONARIO, por lo tanto este último tiene la calidad de responsable de los datos que recoja en el stand y para que la Feria de la Vivienda 2019 – Expoinmobiliaria cumpla con las disposiciones que se tienen en materia de protección de datos personales, se compromete a implementar todas las medidas necesarias
para garantizar un tratamiento idóneo y conforme a la Ley de los datos personales que le sean suministrados por los titulares de la información de forma voluntaria en el puesto de registro.
EL CONCESIONARIO se compromete igualmente a garantizar el adecuado manejo de los datos que le suministre la ORGANIZADORA de los asistentes a la Feria de la Vivienda 2019 – Expoinmobiliaria conforme a la Ley 1581 de 2012 y demás normas reglamentarias. Datos que podrán ser utilizados con la finalidad de enviar información de sus productos, servicios y eventos relacionados con actividades del sector inmobiliario a través de campañas de marketing por correo electrónico, SMS, MMS, FAX y otros medios electrónicos equivalentes, y no podrán ser cedidos a terceros.
PARAGRAFO 2: EL CONCESIONARIO autoriza a LA ORGANIZADORA para que los datos que ellos suministren sobre su empresa, los proyectos e inmuebles que tendrán dentro de la feria, puedan ser publicados y entregados a terceros, entre los cuales están (medios de comunicación, patrocinadores y demás empresas interesadas o participantes de la feria). EL CONCESIONARIO además autoriza a LA ORGANIZADORA a tomar y publicar fotografías de los eventos realizados en el marco de la feria y los stands.
DÉCIMA SEGUNDA: CLÁSULA CONFIDENCIALIDAD: LAS PARTES conocen y aceptan que cada una de ellas tiene la obligación de mantener la información de la otra parte en estricta reserva y se comprometen a no utilizar ningún dato de esa información de ninguna manera distinta al propósito del presente contrato, sin el consentimiento previo y escrito de su titular.
DECIMA TERCERA: CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las partes acuerdan que cualquier controversia derivada de la ejecución, terminación o interpretación del presente contrato, incluidos los vicios de nulidad y validez, se resolverán directamente entre ellas, mediante acuerdo reciproco, en un término de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha en que una de las partes comunique a la otra el motivo del conflicto o de la controversia y la convoque para su arreglo. En caso de no lograr acuerdo en dicho término, las controversias existentes serán resueltas mediante el procedimiento de conciliación.
DÉCIMA CUARTA: CUMPLIMIENTO SARLAFT: LAS PARTES declaran que sus negocios y los recursos que utilizan para la ejecución del presente contrato, no provienen ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita, Lavado de Activos o Financiación del Terrorismo. Asimismo se comprometen a entregar toda la información que les sea solicitada para dar cumplimiento a las disposiciones relacionadas con la Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo y declaran que la misma es veraz y verificable. LAS PARTES se obligan a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos
sus socios, administradores, clientes, proveedores o empleados, y los recursos de éstos, no se encuentren relacionados o provengan de actividades ilícitas; en todo caso, si durante el plazo de vigencia del contrato LAS PARTES o alguno de sus socios, administradores, clientes, proveedores o empleados llegarán a resultar inmiscuidos en una investigación de cualquier tipo como penal, administrativa, o de cualquier otra índole, relacionada con actividades ilícitas, Lavado de Activos o Financiación del Terrorismo, o fuesen incluidos en listas de control como las de la ONU, OFAC, etc., cualquiera de LAS PARTES tiene derecho a terminar unilateralmente el contrato.
DÉCIMA QUINTA: DOMICILIO CONTRACTUAL. Las partes acuerdan para todos los efectos del presente contrato, como domicilio la ciudad de Medellín.
PARA CONSTANCIA Y EN SEÑAL DE ACEPTACIÓN, SE FIRMA POR LOS INTERVINIENTES A LOS
_DÍAS DEL MES DE DE 2019, EN DOS EJEMPLARES DEL MISMO VALOR Y TENOR DESTINADOS PARA LAS PARTES CONTRATANTES.
Nota: Este contrato debe ser firmado y enviado a la Lonja en formato físico o digital al correo xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
EL CONCESIONARIO
Nombre:
Empresa:
NIT:
Firma:
LA ORGANIZADORA
Nombre: XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Empresa: LONJA DE PROPIEDAD RAÍZ DE MEDELLÍN Y ANTIOQUIA NIT: 811.016.935-3
Firma: