NACIONAL
TELECOMUNICACIONES DE MÉXICO DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA
NACIONAL
No. LA-009KCZ002-E7-2018.
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PÓLIZAS DE SEGUROS DE FLOTILLAS VEHICULARES DE: AUTOMÓVILES, CAMIONES, AUTOBUSES Y MOTOCICLETAS, QUE AMPARAN EL PARQUE VEHICULAR PROPIEDAD DE TELECOMM Y/O AQUELLOS QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD.
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2018
ÍNDICE CONTENIDO
I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 5
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 9
2.1 DESCRIPCIÓN, UNIDAD DE MEDIDA Y CANTIDADES REQUERIDAS 9
2.3 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN. 9
2.4 VISITA A LAS INSTALACIONES DE TELECOMM. 9
III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA 9
3.1 PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA 9
3.2 FORMA DE OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA 10
3.3 CALENDARIO Y LUGAR DE LOS ACTOS 10
3.4 RETIRO DE PROPOSICIONES 10
3.5 REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CONJUNTAS 10
3.6 PROPOSICIONES QUE LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR. 12
3.7 ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS (LEGAL-ADMINISTRATIVA) 12
3.8 REGISTRO DE PARTICIPANTES 13
3.9 ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA 13
3.10 RÚBRICA DE LAS PROPOSICIONES RECIBIDAS 13
3.11 INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO Y FIRMA DEL CONTRATO 13
3.12 PARTICIPACIÓN DE XXX´S 13
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR. 14
4.2 INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES 15
4.3 DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS PROPOSICIONES 16
4.5 DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA 19
V. CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA EVALUAR LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICAR EL CONTRATO 19
5.1 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS 20
5.2 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS 20
5.3 ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS 21
VI. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES 22
VII. DOMICILIO Y DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DONDE PODRÁN PRESENTAR INCONFORMIDADES 23
IX. CONSIDERACIONES QUE DEBERÁN TOMAR EN CUENTA LOS LICITANTES PARA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO 24
2. PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 24
7. DESARROLLO DE LOS EVENTOS DE LA LICITACIÓN 26
8. SOLICITUDES DE ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA 27
9. JUNTA PARA LA ACLARACIÓN DEL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA 27
10. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 28
12. MOTIVOS DE DESECHAMIENTO 30
13. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA LICITACIÓN 31
14. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN Y/O PARTIDAS 31
15. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Y/O PARTIDAS 32
16. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE 32
17. ACREDITACIÓN DE LOS LICITANTES QUE RESULTEN CON ADJUDICACIÓN A SU FAVOR, DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES 33
19. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 35
21. INFRACCIONES Y SANCIONES 35
30. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO 39
31. TERMINACIÓN ANTICIPADA PARCIAL 39
33. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO 40
35. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES 40
36. SITUACIONES NO PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA 41
37. TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN 41
39. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES 42
40. PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS 42
DESCRIPCIÓN, ESPECIFICACIONES Y CANTIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA LICITACIÓN 47
PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 68
FORMATO DE ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR 69
FORMATO PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA 70
FORMATO PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA 71
FORMATO DE ESCRITO DE FACULTADES 72
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA 73
ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY 74
FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD 75
SOLICITUD DE ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA 76
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ENTREGA EL LICITANTE 77
ANEXO 12 106
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS, Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. 106
ANEXO 12-A 107
INSTRUCTIVO 107
ANEXO 13 108
PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS 108
ANEXO 14 115
ENCUESTA DE TRANSPARENCIA DE LA LICITACIÓN NACIONAL 115
ANEXO 15 116
DISPOSICIONES PARA EL USO DEL SISTEMA COMPRANET 116
ANEXO 16 123
DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN DEL LICITANTE, QUE DEBE CLASIFICARSE COMO RESERVADA, CONFIDENCIAL Y/O COMERCIAL RESERVADA 123
ANEXO 17 124
ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO DESEMPEÑAR EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO 124
ANEXO 18 125
SOLICITUD DE ALTA DE PROVEEDOR. 125
Presentación
Telecomunicaciones de México, en adelante Telecomm, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25, 26 fracción l,
26 Bis fracción Il, 27, 28 fracción l y 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, y demás disposiciones legales vigentes en la materia, a través de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscrita a la Dirección de Administración Financiera, ubicada en Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx No. 567, 3er. piso, ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, colonia Xxxxxxxx, código postal 03020, delegación Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, con teléfono: 00-00-00-00, ext. 2725:
CONVOCA
A las personas físicas x xxxxxxx cuya actividad u objeto social preponderante sea entre otros la prestación del servicio de “Pólizas de Seguros de Flotillas Vehiculares de: automóviles, camiones, autobuses y motocicletas, que amparan el parque vehicular propiedad de Telecomm y/o aquellos que estén bajo su responsabilidad”, que se interesen en participar en la presente licitación, conforme a las siguientes:
B A S E S
I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN
PÚBLICA
Entidad convocante: Telecomunicaciones de México, a través de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en el 3er. piso, ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, localizada en Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Medio y carácter para la presente licitación: Con fundamento en lo previsto en el artículo 26 Bis fracción lI y 27 de la Ley, esta licitación es electrónica, por lo que los licitantes y la convocante llevarán a cabo los diversos actos del presente procedimiento de contratación a través de CompraNet, motivo por el cual la(s) junta(s) de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet. Para la presente licitación no se recibirán proposiciones a través de servicio postal o de mensajería.
Número de identificación del procedimiento: LA-009KCZ002-E7-2018.
Ejercicio fiscal que abarcará la contratación: Serán 2018 y 2019.
Idioma en el que deberán presentarse las proposiciones: Las proposiciones, los folletos y anexos técnicos que se presenten deberán ser en idioma español.
Telecomm cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente, mediante oficio No. 6100.-017, emitido por la Subdirección de Presupuesto y Contabilidad.
GLOSARIO.
Para efectos de esta convocatoria, se entenderá por:
Acuerdo: Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet. (D.O.F. 28-Junio-2011).
Administrador del contrato:
El servidor público de Telecomm que fungirá como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del contrato.
Área Contratante/ Convocante:
Telecomunicaciones de México, a través de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Área Requirente: La unidad administrativa central o desconcentrada que de
acuerdo a sus necesidades solicitó formalmente la contratación de servicios. La Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales.
Área Técnica: La que en Telecomm elabora las especificaciones técnicas
que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, evalúa la propuesta técnica de las proposiciones y es responsable de responder en la junta de aclaraciones, las preguntas que sobre estos aspectos realicen los licitantes; el área técnica, podrá tener también el carácter de área requirente.
CompraNet: El Sistema Electrónico de Información Pública
Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
Contrato: El documento que establece los derechos y obligaciones entre Telecomm y el proveedor.
Convocatoria: El documento que establece las bases en que se desarrollará
el procedimiento y en las cuales se describen los requisitos de participación.
Documentación distinta a las proposiciones:
Documentación distinta a las propuestas técnica y económica.
Identificación Oficial vigente:
La Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE), Cédula Profesional, Pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional.
I.M.S.S: Instituto Mexicano del Seguro Social.
Internet: La red mundial de comunicaciones electrónicas.
I.V.A.: El Impuesto al Valor Agregado.
Ley: La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigente.
Licitación: La Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-
009KCZ002-E7-2018.
Licitante: La persona que participa en este procedimiento de licitación.
Medios de identificación electrónica:
El conjunto de datos electrónicos asociados con un documento que son utilizados para reconocer a su autor, y que legitiman el consentimiento de éste para obligarlo a las manifestaciones que en él se contienen, de conformidad con el artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Medios remotos de comunicación electrónica:
Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.
MIPYMES: Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad
mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
O. I. C.: El Órgano Interno de Control en Telecomm.
Partida: La clasificación de los servicios que se describen en el Anexo 1 de esta convocatoria.
Políticas: Las políticas, bases y lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Telecomm, vigentes.
Programa informático: El medio de captura desarrollado por la Secretaría de la
Función Pública que permite a los licitantes, así como a Telecomm, enviar y recibir información por medios remotos de comunicación electrónica, así como generar para cada licitación pública un mecanismo de seguridad que garantice la confidencialidad de las proposiciones que recibe Telecomm por esa vía; y que constituye el único instrumento con el cual podrán abrirse los sobres que contengan las proposiciones en la fecha y hora establecida en la convocatoria para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones.
Proposición: La oferta técnica y económica que presenten los licitantes.
Proveedor: La(s) persona(s) que celebre(n) contrato(s) que deriven de
esta licitación.
Reglamento: El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, Vigente.
Telecomm: Telecomunicaciones de México.
S.A.T.: El Servicio de Administración Tributaria.
Servicios: Los que se describen en el Anexo 1 de esta convocatoria.
S.E.: La Secretaría de Economía.
S.F.P: La Secretaría de la Función Pública.
S.H.C.P.: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
2.1 DESCRIPCIÓN, UNIDAD DE MEDIDA Y CANTIDADES REQUERIDAS.
Telecomm llevará a cabo la contratación del servicio de “Pólizas de Seguros de Flotillas Vehiculares de: automóviles, camiones, autobuses y motocicletas, que amparan el parque vehicular propiedad de Telecomm y/o aquellos que estén bajo su responsabilidad” cuyas características, especificaciones, unidad de medida y cantidades, se señalan en el Anexo 1 de esta convocatoria.
Para la presentación de sus proposiciones, los licitantes deberán sujetarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en esta convocatoria y los que se deriven de la junta de aclaraciones al contenido de la convocatoria de licitación.
No se requiere el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas o Normas Mexicanas para la prestación del servicio.
2.3 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN.
La adjudicación se realizará por partida única.
Derivado de este procedimiento de licitación se formalizará el contrato correspondiente por cantidades determinadas, con los requisitos cuyo modelo consta en el Anexo 11 de esta convocatoria.
2.4 VISITA A LAS INSTALACIONES DE TELECOMM.
No aplica para el presente procedimiento de contratación.
III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE
3.1 PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
Acto | Fecha y Lugar |
Publicación de la convocatoria en CompraNet | Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx 14 de febrero de 2018. |
Envío del resumen de la convocatoria al D.O.F. | 14 de febrero de 2018. |
3.2 FORMA DE OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA:
La obtención de la presente convocatoria es gratuita y está a disposición de los licitantes en CompraNet, cuya dirección electrónica es xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y en el domicilio de la convocante en el piso 3 ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, localizada en Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, en la Gerencia de Adquisiciones, en días hábiles de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, se podrá consultar una copia textual de la misma.
3.3 CALENDARIO Y LUGAR DE LOS ACTOS.
Acto | Fecha y Hora | Lugar |
Junta de aclaración a la | 20 de febrero de 2018 | Sala de juntas de la Gerencia de Adquisiciones, ubicada en el piso 3 ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones. Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
convocatoria | 10:00 hrs. | |
Presentación y apertura de | 01 xx xxxxx de 2018 | |
proposiciones | 10:00 hrs. | |
Fallo | 02 xx xxxxx de 2018 17:30 hrs. | |
Se dará a conocer en el | Gerencia de Adquisiciones, ubicada | |
acto de fallo, misma que | en el piso 3 ala norte de la Torre | |
será dentro de los 15 días | Central de Telecomunicaciones. | |
Firma del contrato | naturales siguientes a la notificación del fallo. | Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx |
00000, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, | ||
Xxxxxx xx Xxxxxx, en un horario | ||
comprendido de 10:00 a 15:00 horas | ||
y de 16:00 a 18:00 horas. |
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos por Telecomm, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de la presente licitación hasta su conclusión.
3.5 REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CONJUNTAS.
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx; para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. En este supuesto la proposición será firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, ya sea autógrafamente o por los medios de identificación electrónica autorizados por la Secretaría de la Función Pública.
Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.
Los actos, contratos, convenios o combinaciones que lleven a cabo los licitantes en cualquier etapa del procedimiento de licitación deberán apegarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones, sin perjuicio de que Telecomm determinará los requisitos, características y condiciones de los mismos en el ámbito de sus atribuciones. Cualquier licitante o la convocante podrán hacer del conocimiento de la Comisión Federal de Competencia, hechos materia de la citada Ley, para que resuelva lo conducente.
Los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, cumpliendo los siguientes aspectos:
I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y registro federal de contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;
III. En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción II del artículo 44 del Reglamento de la Ley se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos;
IV. Para cumplir con los ingresos mínimos, en su caso, requeridos por la convocante, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, y
V. Los demás que la convocante estime necesarios de acuerdo con las particularidades del procedimiento de contratación.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II del artículo 44 del Reglamento de la Ley y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
3.6 PROPOSICIONES QUE LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición para la presente licitación.
El licitante podrá presentar a su elección, dentro o fuera del sobre electrónico, la documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.
3.8 REGISTRO DE PARTICIPANTES.
Dentro de la hora previa al acto de presentación y apertura de proposiciones, los observadores podrán presentarse en el lugar y fecha señalados para su celebración, identificándose y firmando el registro de asistencia, absteniéndose de intervenir en cualquier forma.
3.9 ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA.
Los licitantes deberán acreditar su existencia legal y personalidad jurídica, para efectos de suscripción de proposiciones y, en su caso, firma del contrato, mediante la presentación del formato debidamente requisitado que se incluye como Anexo 4-A (Persona Moral) y 4-B (Persona Física) de esta convocatoria.
3.10 RÚBRICA DE LAS PROPOSICIONES RECIBIDAS.
El(los) servidor(es) público(s) que Telecomm designe, rubricará(n) en su totalidad la documentación recibida de los licitantes, de conformidad con el artículo 35 fracción ll de la Ley, quedando en custodia de la propia Convocante.
3.11 INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO Y FIRMA DEL CONTRATO.
El(los) licitante(s) adjudicado(s) deberá(n) presentarse en la fecha señalada en el acta de notificación de fallo, en un horario de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, en el domicilio de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en el 3er. piso, ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, localizada en Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, para entregar, en la Gerencia de Adquisiciones, lo solicitado en el numeral 18 de la convocatoria.
El (los) licitante(s) adjudicado(s) deberá(n) presentarse en la fecha señalada en el acto de notificación del fallo, en un horario de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, para formalizar el pedido, en el domicilio de la Gerencia de Adquisiciones, y deberá presentar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del pedido la fianza expedida por una afianzadora debidamente constituida, en el domicilio y horario antes señalados.
Las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales podrán asistir a los actos públicos de esta licitación, así como cualquier persona física que sin haber adquirido la convocatoria manifiesten interés de estar presentes en los mismos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en los mismos.
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
Podrán participar las personas físicas x xxxxxxx que no estén inhabilitadas por resolución de la S.F.P., en términos de la Ley.
Las personas que participen en esta licitación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser personas de nacionalidad mexicana que posean plena capacidad jurídica y no se encuentren impedidos civil, mercantil y administrativamente para ejercer plenamente sus derechos y cumplir con sus obligaciones.
b) Contar con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.
c) No encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la Ley.
d) Enviar a través de CompraNet, en las bóvedas virtuales creadas para tal efecto, la proposición que contendrá la propuesta técnica y económica, así como la documentación distinta a la proposición.
e) Los licitantes se sujetarán a la disposición 6 del Acuerdo CompraNet (Anexo 15).
El sistema CompraNet opera en ambiente Web por lo que los requerimientos tecnológicos mínimos recomendados para su uso son:
a. Computadora con microprocesador con arquitectura x86 de séptima generación o equivalente con una capacidad de 512 MB de memoria en RAM y 20 GB de memoria libre en disco duro.
b. Versiones actualizadas de navegador para Internet.
c. Instalación de software JAVA en su última versión.
d. Conexión a Internet con un ancho xx xxxxx de 512 Kbps.
La totalidad de los requisitos antes mencionados son indispensables para la acreditación de la solvencia y posterior evaluación de la proposición, en consecuencia, su incumplimiento será causa de desechamiento de la proposición.
El desechamiento de la proposición también se dará si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
Las proposiciones se enviarán, a través de CompraNet, las cuales deberán contener la propuesta técnica, económica y la documentación distinta a la proposición, de conformidad
con las disposiciones contenidas en el Acuerdo CompraNet, mismo que se encuentra como
Anexo 15 en esta convocatoria.
La proposición deberá ser elaborada preferentemente en papel membretado de cada licitante.
Cada uno de los documentos o archivos electrónicos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual la propuesta técnica y económica, así como el resto de los documentos que el licitante envíe a través de CompraNet, de conformidad con el artículo 50 del Reglamento.
La falta absoluta de folio será motivo de desechamiento de la proposición por incumplimiento al citado precepto legal.
4.2 INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones que presenten los licitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Se deberán presentar en idioma español, así como todo lo relacionado con las mismas.
b) Deberán ser elaboradas preferentemente en papel membretado de cada licitante.
c) Deberán cotizar el 100% del volumen requerido de cada partida.
d) Deberán ser claras y no establecer condición alguna, ni emplear abreviaturas.
e) Deberán contener la firma electrónica del licitante, empleando medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
f) La oferta económica deberá estar en precios unitarios y deberán ser firmes, en moneda nacional (peso mexicano) y con dos decimales, desglosando el I.V.A., el importe total cotizado deberá expresarse con letra y número y su vigencia será al 31 de diciembre de 2019.
g) La proposición deberá elaborarse utilizando los archivos de imagen tipo JPG o GIF (con características y especificaciones claras), de tratarse de más de una imagen deberá presentarse en un orden secuencial numerado; en formatos Word que permitan su lectura en las versiones 97, 2000, posteriores, o en formato PDF.
h) Se recomienda identificar cada una de las páginas que integran la proposición, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.), número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible, dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos que se
especifican en esta convocatoria durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
i) Los licitantes admitirán que se tendrá por no presentada la proposición y la documentación distinta requerida por Telecomm, cuando los archivos que la contengan presenten virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de cómputo.
j) Para el caso del(los) licitante(s) que resulte(n) con adjudicación a su favor, las proposiciones se mantendrán vigentes durante el período de prestación del servicio objeto de esta licitación, o bien, hasta que el contrato respectivo se extinga.
k) El licitante deberá foliar cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante, dando cumplimiento al artículo 50 del Reglamento.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio o éste no fuese visible y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco podrá desechar la proposición.
l) La proposición deberá firmarse electrónicamente.
m) La proposición se integra por la propuesta técnica, propuesta económica (Anexo 6) y la documentación distinta a la proposición.
4.3 DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS PROPOSICIONES.
La documentación distinta a las proposiciones será la siguiente:
a) Relación de entrega de documentos, debidamente requisitada y firmada en cada una de sus hojas, conforme al Anexo 10 de esta convocatoria (la omisión en la entrega de este documento no será motivo para desechar su proposición).
b) Copia de identificación oficial vigente por ambos lados, de quien firma la proposición, quien deberá contar con facultades de administración y/o dominio, o poder especial.
c) Declaración por escrito bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley, conforme al Anexo 7 de esta convocatoria. (OBLIGATORIO).
d) Escrito de declaración de integridad en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de Telecomm induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes. (Anexo 8). (OBLIGATORIO).
e) Escrito en el que manifieste que el domicilio consignado en sus propuestas será el lugar donde el licitante recibirá toda clase de notificaciones que resulten de los actos y contratos que celebren de conformidad con la Ley y el Reglamento. (OBLIGATORIO).
f) Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes (Anexo 5) (OBLIGATORIO).
Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios.
Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
g) Escrito y formato para acreditar la existencia legal y la personalidad jurídica del licitante debidamente requisitado, conforme al Anexo 4-A (persona moral) o 4-B (persona física) de esta convocatoria según corresponda. (OBLIGATORIO).
h) En caso de resultar aplicable, presentar escrito firmado por el representante legal del licitante, utilizando el Anexo 16 de esta convocatoria, el que en términos de lo dispuesto por los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, explicando los motivos de clasificación.
i) Escrito en el que manifieste su aceptación, en términos de la Disposición General 29 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet. (D.O.F. 28-junio-2011), respecto a que la Convocante tendrá como no presentada la proposición del licitante, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma.
Los documentos requeridos en este punto, deberán enviarse con la firma electrónica correspondiente.
a) Propuesta técnica, debidamente requisitada y firmada por la persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga. (OBLIGATORIO).
b) Los licitantes podrán realizar la presentación conjunta de proposiciones, para lo cual deberán dar estricto cumplimiento a lo indicado en el apartado III, numeral 3.5 de esta convocatoria debiendo entregar copia simple del convenio al que se refiere dicho numeral.
c) Escrito en el que manifieste su compromiso de plazo y lugar de prestación del servicio conforme al Anexo 2 de esta convocatoria.
d) Copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, utilizando para tal fin el Anexo 12. En caso de no pertenecer a este sector, deberá manifestarlo en escrito libre y simple. La no presentación de éste último documento no será motivo de desechamiento.
e) Documento expedido por el I.M.S.S. (actualmente denominado “Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social”), en el cual se manifieste que no tiene adeudos pendientes, el cual deberá estar vigente a la fecha de presentación y apertura de proposiciones. (OBLIGATORIO)
En caso de que el personal del licitante se encuentre subcontratado por otra empresa (Outsourcing de nómina), deberá presentar copias de los documentos que acrediten el convenio entre ambas partes, así como copias del registro patronal, listado de trabajadores subcontratados en el que se encuentre el personal propuesto para la prestación de los servicios, constancia de pago ante institución bancaria y cédula de determinación de cuotas de la empresa subcontratada. Lo anterior con fundamento en los Artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo y 12 y 15 de la Ley del Seguro Social. (OBLIGATORIO PARA CASOS DE OUTSOURCING).
f) Xxxxxxx presentar copia de la autorización expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de que el licitante está autorizado para la operación de daños indicados en el artículo 25 fracción III de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. (OBLIGATORIO).
g) Escrito en papel membretado de la empresa, en el que manifieste que se obliga a guardar la más estricta confidencialidad en torno a la información que TELECOMM ponga a su disposición, no pudiendo utilizar ésta sin previa autorización por escrito de TELECOMM.
Los documentos requeridos en este numeral, deberán contener en la última hoja de cada uno de los documentos, la firma autógrafa del licitante o de su apoderado que cuente con facultades de administración y/o dominio o poder especial para actos de licitación pública.
a) Propuesta económica, debidamente requisitada y firmada por la persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, conforme al Anexo 6 de esta convocatoria. (OBLIGATORIO)
V. CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA EVALUAR LAS PROPOSICIONES Y
ADJUDICAR EL CONTRATO.
Una vez recibida la documentación, en términos de lo establecido en el artículo 36 de La Ley, se efectuará la revisión cuantitativa y la evaluación cualitativa detallada de las proposiciones, para lo cual se revisará y analizará la documentación legal, técnica y económica, presentada por cada uno de los licitantes que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria.
Para determinar la solvencia de las proposiciones, el método empleado para la evaluación de las proposiciones será binario, atendiendo al precio más bajo, siempre y cuando éste resulte aceptable.
La revisión, análisis detallado y evaluación de las proposiciones técnicas que presenten los licitantes, serán efectuados por el área técnica y/o requirente.
Los criterios que se aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por el licitante tomando en cuenta lo siguiente:
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por Telecomm, el contrato se adjudicará al licitante que presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando resulte aceptable.
Cuando se presente empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor de la o las personas que integren el sector de Micro, Pequeñas o Medianas empresas nacionales, de subsistir el empate entre las personas del sector señalado, en caso de no contarse con alguna de las anteriores, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que celebre Telecomm en el propio Acto de Fallo.
Las proposiciones que no cumplan con alguno de los requisitos solicitados en esta convocatoria, serán desechadas.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
La convocante se reserva el derecho de realizar las acciones necesarias para comprobar la veracidad de la información y documentación proporcionada por los licitantes en este proceso de contratación.
La convocante realizará la evaluación de los requisitos legales verificando que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, o en su caso señalará los incumplimientos, motivando y fundando dicha evaluación, en el entendido de que la omisión parcial o total de cualquiera de los requisitos de carácter legal, cuyo cumplimiento sea obligatorio será motivo de desechamiento de la proposición.
El área técnica y/o requirente realizará la evaluación de los requisitos técnicos verificando que cumplan con lo solicitado en esta Convocatoria, o en su caso señalará los incumplimientos, motivando y fundando dicha evaluación.
En los casos en que las propuestas por las causas que sean, presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas.
5.1 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS.
a) Se verificará y analizará que las propuestas incluyan la información, documentos, requisitos y especificaciones solicitados en esta convocatoria. Con base en lo anterior, la Gerencia de Servicio Generales y Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, como área técnica y requirente emitirá el dictamen técnico en el que determinará cuales ofertas cumplen con todos los requisitos solicitados y cuáles no.
b) Se realizará la evaluación de las proposiciones comparando entre sí lo solicitado y lo ofertado (cumple, no cumple), en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes.
Las proposiciones que no cumplan con alguno de los requisitos solicitados en esta convocatoria, serán desechadas.
5.2 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS.
La evaluación de las Proposiciones será a través del método Binario, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del Artículo 36 de la Ley.
a) Se realizará el comparativo de los precios ofertados por los licitantes, de aquellas Proposiciones que no fueron desechadas.
b) Se evaluarán las Proposiciones solventes que hayan sido aceptadas administrativa, legal y técnicamente, atendiendo al precio total ofertado para cada partida.
c) La evaluación de las proposiciones en ningún caso estará sujeta a mecanismos de puntos o porcentajes.
d) Se evaluarán las proposiciones solventes, atendiendo al precio total ofertado por cada partida, siempre y cuando este resulte conveniente.
e) Se revisará que su propuesta económica manifieste lo siguiente:
1. Que los precios unitarios que integran la partida, sean fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato.
2. El importe antes y después del IVA en monto. El total cotizado deberá expresarse con letra y número.
5.3 ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS.
a) El contrato será adjudicado al licitante cuya proposición resulte solvente porque satisface la totalidad de los requerimientos solicitados por el Organismo y que garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, el contrato se adjudicará al licitante que presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando resulte aceptable y/o conveniente.
b) Derivado de este procedimiento de licitación pública se formalizará el contrato correspondiente cuyo modelo consta en el Anexo 11 de esta convocatoria.
c) De conformidad con el artículo 55 del Reglamento de la Ley, cuando la convocante, detecte un error de cálculo en la propuesta económica del licitante, podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera.
d) La(s) corrección(es) se hará(n) constar en el fallo a que se refiere el Artículo 37 de la Ley. Si la propuesta del licitante a quien se adjudique el contrato fue objeto de correcciones, se dejará constancia de la corrección efectuada en la evaluación económica realizada y se le solicitará presentar por escrito su aceptación a las mismas, como parte de la documentación que deba presentar a la contratante, a efecto de proceder a la instrumentación y firma del contrato correspondiente.
e) Si el licitante adjudicado no presentara el escrito en que manifieste su conformidad con las correcciones, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 46 de la Ley y sin necesidad de un nuevo procedimiento, se adjudicará el contrato al licitante que haya obtenido el segundo lugar en puntaje, siempre que la diferencia en precio con respecto a la inicialmente adjudicada, no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento; y así sucesivamente, en caso de que éste último no acepte la adjudicación.
El servicio será asignado por partida completa.
Cuando resulte adjudicada una propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes, a quienes se les considerará, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el contrato.
El licitante adjudicado de la partida, deberá proporcionar en papel membretado de la institución de seguros a la que pertenece, carta cobertura para la partida adjudicada, el día 02 xx xxxxx de 2018, donde se especifique que cubre los bienes y responsabilidades de Telecomm en los mismos términos y condiciones que se especifican en los especificaciones técnicas del servicio de la partida, incluyéndose aquellos que se modificarán en la junta de aclaraciones, de la presente licitación y su obligación de prestar los servicios conforme a lo estipulado en esta convocatoria y sus anexos y aquellos acuerdos que deriven de la junta de aclaración respectiva.
En caso de que el licitante adjudicado de la partida no presente la carta cobertura en el plazo señalado anteriormente, acepta que Telecomm podrá dejar sin efectos el fallo emitido a su favor y, en su caso, adjudicar los contratos a otra institución aseguradora en términos de lo establecido en la Ley.
El licitante adjudicado de cada partida se obliga a sustituir el día 09 xx xxxxx de 2018, la carta cobertura de la partida por la póliza de seguro.
VI. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES
a) Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
• Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios.
• Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
b) Escrito libre en el que indique la dirección de correo electrónico del licitante.
c) Declaración por escrito, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60, de la Ley, conforme al Anexo 7 de esta convocatoria.
d) Escrito de declaración de integridad en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de Telecomm induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes.
e) El licitante que resulte con adjudicación a su favor deberá presentar previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el S.A.T., en el que se emita la opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 (D.O.F.
22/12/2017).
f) El licitante que se encuentre dentro del régimen de XXXXXXX deberá presentar copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuenta con ese carácter, utilizando para tal fin el Anexo 12. En caso de no pertenecer a este sector, deberá manifestarlo en escrito libre y simple. La no presentación de éste último documento no será motivo de desechamiento.
g) En caso de que el licitante adjudicado de cada partida no presente la carta cobertura en el plazo señalado en el numeral 5.3, acepta que Telecomm podrá dejar sin efectos el fallo emitido a su favor y, en su caso, adjudicar los contratos a otra institución aseguradora en términos de lo establecido en la Ley.
h) El licitante adjudicado de cada partida se obliga a sustituir el día 09 xx xxxxx de 2018, la carta cobertura de la partida por la póliza de seguro.
VII. DOMICILIO Y DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DONDE PODRÁN PRESENTAR INCONFORMIDADES
Contra el fallo, no procederá recurso alguno, pero los licitantes podrán inconformarse por escrito ante la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 Xxx. Guadalupe Inn delegación Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 01020 y/o en la dirección electrónica de CompraNet: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, por los actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones de la Ley, en los términos del artículo 65 del propio ordenamiento legal.
En tal sentido la inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la S.F.P., las inconformidades deberán presentarse dentro de los plazos que se establecen en el artículo 65 de la Ley. Transcurrido el plazo establecido, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse.
Se consideran como parte integrante de la presente convocatoria los anexos que a continuación se señalan:
Anexo No. | Descripción |
1 | Descripción, unidad de presentación y cantidad del servicio objeto de esta licitación. |
2 | Plazo y lugar de entrega. |
3 | Formato de Escrito de manifestación de interés en participar. |
4-A y 4-B | Formato para la acreditación de la personalidad jurídica del licitante. |
Anexo No. | Descripción |
5 | Formato de escrito de facultades. |
6 | Formato de propuesta económica. |
7 | Escrito bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos de los artículos, 50 y 60 de la Ley. |
8 | Formato de Declaración de Integridad. |
9 | Formato de Solicitud de aclaración al contenido de la convocatoria. |
10 | Relación de documentos que entrega el licitante. |
11 | Modelo de contrato. |
12 | Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas, y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de Administración Pública Federal. |
12-A | Instructivo. |
13 | Programa xx Xxxxxxx Productivas. |
14 | Encuesta de Transparencia. |
15 | Disposiciones para el uso del sistema Compranet |
16 | Documentación e información del licitante, que debe clasificarse como reservada, confidencial y/o comercial reservada. |
17 | Escrito bajo protesta de decir verdad de no desempeñar empleo, cargo o comisión en el sector público |
18 | Solicitud de alta de proveedor |
IX. CONSIDERACIONES QUE DEBERÁN TOMAR EN CUENTA LOS LICITANTES PARA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO
La vigencia del contrato será de las 00:01 horas del 03 xx xxxxx a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2018; y de las 00:01 horas del 01 de enero a las 24:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2019.
2. PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
La prestación del servicio objeto de esta licitación, se efectuará conforme a lo establecido en los Anexos 1 y 2 de esta convocatoria.
a) Los licitantes deberán presentar sus propuestas económicas exclusivamente en Moneda Nacional (Peso Mexicano), a dos decimales, de acuerdo con la Ley Monetaria en vigor.
b) Los precios deberán ser fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato.
c) Se cotizará por precio unitario.
d) Precio total de los servicios que oferten objeto de esta licitación, desglosando el I.V.A.
Telecomm no otorgará anticipos.
Se efectuarán pagos por cada año fiscal (2018 y 2019), en una sola exhibición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley y 93 de su Reglamento, previa entrega y aceptación de la factura y demás documentación correlativa y a entera satisfacción del Organismo.
Los pagos serán liquidados a través de transferencia electrónica de fondos vía Pago Interbancario, para tal efecto el licitante requisitará a la firma del pedido el formato “Solicitud de alta de proveedor” (Anexo 18), en el entendido de que será responsabilidad del licitante que los datos que se presenten en dicho formato sean los correctos (Número de cuenta con todos los 18 dígitos, plaza y número de sucursal). En caso de no presentar dicho formato el pago se realizará con cheque.
Las facturas deberán elaborarse por cada año fiscal, a nombre de Telecomunicaciones de México, con el siguiente domicilio fiscal: Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx y R.F.C. TME-891117-F56, desglosando el Impuesto al Valor Agregado, en caso de que se realice un cambio de domicilio, Telecomm dará aviso al licitante adjudicado el domicilio correcto. A dicho pago se le efectuarán las retenciones que las disposiciones legales establezcan.
En el caso de que las facturas entregadas por el proveedor para su pago, presenten errores o deficiencias, será responsabilidad de la Gerencia de Xxxxx comunicarlo al proveedor, para lo cual contará con un día hábil siguiente a la recepción de la factura.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de TELECOMM.
La fecha de pago no excederá de 20 días naturales posteriores a la presentación de la totalidad de la documentación respectiva, previa prestación del servicio, a dicho pago se le efectuarán las retenciones que las disposiciones legales establezcan.
En caso de que el proveedor no presente en tiempo y forma la documentación requerida, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso.
5. IMPUESTOS Y DERECHOS.
Los impuestos y derechos que procedan con motivo de la prestación de los servicios objeto de esta licitación, serán pagados por el proveedor.
Telecomm sólo cubrirá el I.V.A., de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
El proveedor asume la responsabilidad total, en caso de que, al prestar los servicios solicitados se infrinjan patentes, marcas o violen derechos de autor, registrados por terceros, quedando Telecomm liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.
7. DESARROLLO DE LOS EVENTOS DE LA LICITACIÓN.
Los actos de la presente licitación serán presididos por el Servidor Público que designe la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales dependiente de la Dirección de Administración Financiera y asistidos por un representante del área requirente y/o técnica.
Las actas que se levanten con motivo de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y del fallo, estarán a disposición de los licitantes , en CompraNet y en las oficinas de la Gerencia de Adquisiciones, ubicadas en Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx xxxxxx 00000, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, en días hábiles; asimismo se fijará copia de la(s) acta(s) mencionada(s) en el tablero de avisos de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de Telecomm, cita en Tercer piso, ala norte, de la Torre Central de Telecomunicaciones localizada en Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx xxxxxx 03020, delegación Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, por un término de cinco días hábiles, a partir de la celebración del evento, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes enterarse de su contenido.
En el supuesto que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la S.F.P., o de Telecomm, no sea posible abrir la bóveda de CompraNet o los archivos que contengan las proposiciones enviadas, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo que en el archivo en los que se incluya dicha información contengan virus informático o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a los programas o equipo de cómputo del licitante, se tendrán por no presentadas.
La S.F.P. podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en poder de Telecomm.
Los licitantes se darán por notificados de las actas respectivas cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema CompraNet, sin menoscabo que puedan acudir a recoger el acta correspondiente en el domicilio de la Gerencia de Adquisiciones.
8. SOLICITUDES DE ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA.
Los licitantes que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán presentar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación, de conformidad con lo señalado en el artículo 33 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 45 y 48 fracción V del Reglamento, dicho escrito deberá contener los datos establecidos en el Anexo 3 “Formato de Escrito de manifestación de interés en participar”.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la licitación, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la convocante.
Las solicitudes de aclaración, deberán enviarse a través de CompraNet a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora programada para la Junta de Aclaraciones.
9. JUNTA PARA LA ACLARACIÓN DEL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA
La asistencia a la junta de aclaración será optativa para los licitantes observadores, de conformidad con los artículos 26 penúltimo párrafo y 33 último párrafo de la Ley, y se realizará, conforme al calendario de actos que se señala en el apartado III, numeral 3.3 de esta convocatoria.
La junta para la aclaración del contenido de la convocatoria se efectuará de manera electrónica a través del sistema CompraNet.
Los licitantes deberán enviar sus solicitudes de aclaraciones a la convocatoria a través de CompraNet, preferentemente en formato WORD, así como el escrito en el que expresen su interés en participar, a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora señalada para la Junta de Aclaraciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 Bis de la Ley, 45 y 46 del Reglamento. Para su identificación, deberán anotar el numeral de la convocatoria a la licitación al que hace referencia su duda o cuestionamiento. Si la convocante no recibe las preguntas o solicitudes de precisiones en el tiempo establecido no dará respuesta a las mismas; de igual modo, en caso de omitir la presentación del escrito al antes referido, no se dará respuesta a las dudas o aclaraciones enviadas.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria deberán enviar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante. Dicho escrito necesariamente deberá contener los datos y requisitos indicados en la fracción V del artículo 48 del Reglamento de la Ley.
La notificación de las respuestas a las preguntas planteadas en tiempo se hará a través de CompraNet. Cuando en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor no imputable a la Convocante y que sea acreditable, el servidor público que presida la junta de aclaraciones, informará a los licitantes si las contestaciones serán enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior, a efecto de que las respuestas sean remitidas.
Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior la Convocante informará a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, el plazo que éstos tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas, que será de seis a cuarenta y ocho horas como máximo.
Para facilitar el desarrollo de la junta de aclaraciones se sugiere formular las preguntas conforme a la siguiente estructura:
• Nombre del licitante,
• Número consecutivo de la duda o solicitud de aclaración,
• Tema relacionado con el numeral de la convocatoria,
• Número, inciso o título del apartado establecido en la convocatoria, y
• Duda o solicitud de aclaración respectiva.
El acto será presidido por el servidor público designado por la Convocante, quién deberá ser asistido por un representante del área requirente o técnica del servicio objeto de esta convocatoria, quien dará respuesta clara y precisa a los planteamientos de los licitantes.
Se levantará el acta correspondiente, que contendrá todas y cada una de las preguntas formuladas y las respuestas correspondientes. Al concluir la primera junta de aclaraciones podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de una segunda o ulteriores juntas, en su caso.
Cualquier modificación a la convocatoria y las aclaraciones que se hicieren durante este evento formarán parte integrante de la presente convocatoria.
10. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
En punto de la hora señalada para este acto, según lo establecido en el calendario de actos de esta licitación, se llevará a cabo el evento de acuerdo con el siguiente programa.
Los licitantes deberán concluir el envío de sus proposiciones y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la SFP a través de CompraNet, previo al día y hora señalada para la presentación de proposiciones, con posterioridad no se aceptará ninguna proposición.
• En punto de la hora señalada, se llevará a cabo el acto y no se permitirá el acceso a ningún participante u observador.
• Se declarará iniciado el acto.
• Se presentará a los servidores públicos asistentes.
• Se procederá a la apertura de las proposiciones enviadas a través de CompraNet, de las cuales se llevará a cabo una revisión cuantitativa.
• El(los) servidor(es) público(s) facultado(s) rubricará(n) todas las partes de las proposiciones presentadas.
• Las proposiciones serán recibidas para su posterior evaluación.
• Se procederá a levantar el acta correspondiente, en la que se harán constar las proposiciones que fueron recibidas, dando lectura a la misma y será firmada por los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los licitantes en CompraNet, para efectos de notificación.
La Convocante tendrá como no presentada la proposición del licitante, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma, para tal efecto, el licitante deberá adjuntar en su documentación distinta un escrito en el que manifieste su aceptación, en términos de la Disposición General 29 del Acuerdo.
Cuando por causas ajenas a CompraNet o a la unidad compradora, no sea posible iniciar o continuar con el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; para tal efecto la unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
Se dará a conocer el fallo de la licitación con base en el artículo 37 de la Ley, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieren presentado proposición y/o cualquier otra persona en calidad de observador.
El acto de fallo se llevará a cabo conforme al lugar, fecha y hora señalados por Telecomm, procediéndose de acuerdo a lo siguiente:
• Se declarará iniciado el acto.
• Se presentará a los servidores públicos asistentes.
• Los observadores que se encuentren presentes, en su caso, se darán por notificados del fallo y de las adjudicaciones efectuadas.
• Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se notifique.
Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo conforme se establece en la presente convocatoria.
El plazo para la emisión del fallo podrá diferirse siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente, de conformidad con el artículo 35, fracción lll de la Ley.
Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
a) Que no cumplan con cualquiera de los requisitos establecidos en esta convocatoria o los que se deriven de la junta de aclaraciones al contenido de la misma.
b) Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el precio de los servicios solicitados o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
c) Cuando presente la proposición económica en moneda extranjera.
d) Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español.
e) Cuando presenten documentos alterados.
f) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley.
g) Cuando se solicite “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente.
h) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia.
i) Cuando la propuesta presentada no se apegue a lo estipulado en esta convocatoria, sus anexos e instructivos, conceptos, partida, descripción y unidad de presentación, requerida en el Anexo 1 de esta convocatoria.
j) Cuando el volumen ofertado sea menor o mayor al 100% de la cantidad solicitada para cada partida.
k) Cuando no se requisiten todos y cada uno de los formatos, cartas y anexos incluidos en esta convocatoria que afecte la solvencia de la propuesta.
l) Cuando exista evidencia y comprobación de que la información presentada y/o declarada sea falsa, o esté incompleta, o que pretenda desviar el contenido de la misma.
m) Cuando el licitante se encuentre inhabilitado por la S.F.P., durante el período comprendido entre el acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo.
n) Cuando no se presenten los documentos que componen su proposición en las bóvedas virtuales de CompraNet, creadas para tal efecto.
o) Cuando alguno de los documentos que integran las proposiciones carezcan de la firma autógrafa del representante legal o de la persona con poder para actos de administración y/o dominio o poder especial para actos de licitación pública.
p) Cuando la proposición no esté firmada electrónicamente.
q) Cuando el precio ofertado resulte no aceptable y/o no conveniente para Telecomm.
r) Cuando los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, no estén foliados en todas y cada una de las hojas que los integren.
s) Cuando el o los archivo (s) electrónico (s) que contengan la proposición de los licitantes enviado (s) a través de CompraNet no puedan abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la Convocante.
13. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA LICITACIÓN
TELECOMM podrá suspender la licitación, en los siguientes casos:
a) Cuando se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor que hagan necesaria la suspensión.
b) Cuando lo determine la S.F.P. o el O.I.C., mediante resolución.
Para efecto de lo anterior, se avisará por escrito, a los involucrados y se asentará dicha circunstancia en el acta correspondiente al evento en donde se origine la causal que la motive.
Si desaparecen las causas que motivaren la suspensión, o bien, cuando Telecomm reciba la resolución que al efecto emita la S.F.P. o el O.I.C., previo aviso a los involucrados, se reanudará la licitación, sólo podrán continuar quienes no hubiesen sido descalificados.
14. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN Y/O PARTIDAS.
Podrá cancelarse la licitación y/o partidas en los siguientes casos:
a) Por caso fortuito o por causas de fuerza mayor.
b) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los servicios objeto de esta licitación.
c) Cuando lo determine la S.F.P. o el O.I.C.
d) Cuando de continuarse con la licitación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a Telecomm.
Cuando se cancele la licitación se notificará por escrito a todos los involucrados.
En caso de cancelación de la licitación, Telecomm podrá convocar a una nueva licitación.
15. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Y/O PARTIDAS
Telecomm declarará desierta la licitación y/o partidas, cuando:
a) No se presente ninguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
b) Ninguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria
c) Los precios presentados en la propuesta económica no fueren aceptables.
En caso de declararse desierta la licitación, la convocante podrá emitir una segunda convocatoria, o bien optar por el supuesto de excepción previsto en el artículo 41, fracción VII de la Ley.
16. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE
A partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta inclusive el séptimo día natural previo al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de esta licitación, se podrán modificar aspectos establecidos en la presente convocatoria, mismas que en ningún caso podrán consistir en la sustitución, adición de otros rubros o variación significativa de los servicios convocados originalmente.
Cualquier modificación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de esta convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de su proposición.
Telecomm podrá dentro del presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, acordar el incremento en la cantidad de servicios solicitados mediante modificaciones a los contratos vigentes, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente.
Por lo que se refiere a las fechas de entrega correspondientes a las cantidades de los servicios adicionales solicitados y que se alude en el párrafo anterior, serán pactadas entre TELECOMM y el proveedor.
El licitante que resulte con adjudicación a su favor, deberá presentar previo a la firma del contrato el documento vigente expedido por el S.A.T., en el que se emita la opinión del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a lo establecido en la regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 (D.O.F. 22/12/2017).
Para efectos de lo anterior, el contribuyente con quien se vaya a celebrar el contrato, deberá solicitar a las autoridades fiscales la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, en términos del procedimiento establecido en la regla 2.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 (D.O.F. 22/12/2018).
Si previo a la formalización del contrato el Organismo recibe del SAT el acuse de respuesta de la solicitud presentada por el Licitante en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral adjudicada, el Organismo se abstendrá de formalizar el contrato y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato por causas imputables al adjudicado.
Si previo a la formalización del contrato el Organismo recibe del SAT el acuse de respuesta de la solicitud presentada por el Licitante en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral adjudicada el Organismo se abstendrá de formalizar el contrato y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato por causas imputables al adjudicado.
El contrato se firmará en la fecha señalada en el acto de fallo en las oficinas de la Gerencia de Adquisiciones ubicada en el 3er. piso, ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, localizada en Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas en días hábiles.
Para la firma del contrato, el licitante que resulte con adjudicación a su favor, deberá presentar la siguiente documentación en el domicilio, día y horario señalado en el acto del fallo:
Tratándose de personas xxxxxxx.
Original y fotocopia simple para el expediente, de los siguientes documentos:
▪ Escritura y modificación(es) del acta constitutiva de la sociedad licitante, con el objeto social acorde a lo solicitado.
▪ Cédula de identificación Fiscal (RFC) actualizada, en la que se consigne el domicilio fiscal.
▪ Poder notarial del representante legal con facultades que lo acrediten para comprometerse y contratar a nombre de su representada.
▪ Identificación oficial vigente del representante legal: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del Servicio Militar Nacional o tarjeta de residencia FM2, en caso de ser extranjero.
Tratándose de personas físicas:
Original y fotocopia simple para el expediente, de los siguientes documentos:
▪ Acta de nacimiento del proveedor.
▪ Original de identificación oficial.
▪ Original del R.F.C. con domicilio fiscal actualizado.
▪ Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 60 días: recibo telefónico, recibo de luz, servicio de agua o predial, gas natural o estados de cuenta emitidos por instituciones reguladas por la Comisión Nacional Bancaria de Valores (CNBV).
Para personas físicas y xxxxxxx.
Original para el expediente, de los siguientes documentos en hojas membretadas:
▪ Escrito relativo a los artículos 50 y 60 de la Ley.
▪ Escrito de estratificación de empresa.
▪ Escrito que contenga la información de la cuenta bancaria donde se realizarán los pagos (razón social de la institución bancaria, sucursal, número de cuenta y número de CLABE de 18 dígitos).
▪ Escrito en el que se señale su dirección de correo electrónico.
▪ Escrito, mediante el cual manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documento; y que asimismo, lo señale para la práctica de notificaciones, aún las de carácter personal, que se deriven de este contrato. Igualmente, que en él manifieste expresamente su aceptación de que dicho domicilio podrá ser verificado en cualquier momento por Telecomm, conviniendo que en el caso de que llegare a cambiar de domicilio, lo informará a Telecomm dentro de los quince días naturales siguientes a aquél en que se produzca dicho cambio.
▪ Escrito, mediante el cual, manifieste que conoce las disposiciones de tipo legal, administrativo, técnico y financiero que xxxxxx la celebración y ejecución del(los) contrato(s) que se pretende(n) formalizar y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, disponiendo para ello de los elementos técnicos, humanos, materiales y
financieros necesarios para el desarrollo eficaz de la prestación del servicio.
▪ Escrito mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés. Anexo 17.
▪ Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social de que se encuentran al corriente de sus obligaciones, con antigüedad no mayor a 30 días. Éste aplica únicamente para pedidos iguales o superiores a $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin I.V.A.
▪ Opinión positiva referente al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con antigüedad no mayor a 30 días.
Si el licitante que resulte con adjudicación a su favor, por causas imputables a él, no firmara el contrato en el plazo señalado, podrá ser sancionado en los términos del artículo 60 de la Ley, por lo que TELECOMM adjudicará el pedido al licitante que haya obtenido el segundo lugar, siempre y cuando la diferencia en precios con respecto a la proposición adjudicada no sea superior a un margen del 10%, en caso de que éste último no acepte la adjudicación, TELECOMM procederá conforme a lo que corresponda.
19. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 294, fracción VI de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el proveedor no está obligado ante TELECOMM a presentar fianza.
Cláusula de no subrogación en contra cualquier persona física o moral que tenga bienes de “Telecomm”, de filiales y/o subsidiarias y/o empleados y/o personal de “Telecomm”: Una vez pagada la indemnización correspondiente, “Telecomm” no se verá obligado a subrogar los derechos a “La Aseguradora” cuando la, el o los responsables del daño haya o hayan sido cualquier persona física o moral que por su propia naturaleza o que por escrito tenga bienes de “Telecomm” así como filiales, sucursales, subsidiaria o empleados.
La S.F.P. sancionará al licitante o proveedor que infrinja las disposiciones de la Ley, con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en la Ciudad de México elevado al mes, en la fecha de la infracción e inhabilitará temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley, al licitante o proveedor que se ubique en alguno de los supuestos que establecen los artículos 59 y 60 de la Ley.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se aplicarán las penas convencionales al proveedor cuando
éste no preste los servicios objeto del presente contrato en las fechas y/o plazos pactados que se establecen ex profeso en el Anexo 1 y el contrato.
TELECOMM impondrá al proveedor una pena convencional de dos (2) por ciento diario sobre el valor de los servicios que hayan sido prestados con atraso respecto de las fechas y/o plazos convenidos para ello, sin incluir el importe al valor agregado, por cada día natural de atraso, sin rebasar el 20% del monto total del contrato.
Las penalizaciones se aplicarán tomando en cuenta los siguientes puntos:
• La Gerencia de Servicios Generales; Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, identificará de sus controles y de los estándares de servicios citados, aquellos que la aseguradora haya prestado con atraso.
• La Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, calculara el importe de la pena convencional que por el retraso en la prestación de los servicios la aseguradora se haya hecho acreedora.
• La Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, notificara por escrito a El Proveedor el importe de la pena convencional, para que, en un plazo de 5 días naturales contados a partir de la fecha de notificación, entregue cheque a favor de Telecomunicaciones de México por el importe de la pena convencional determinada.
• La Gerencia de Servicios Generales Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, ingresará el cheque a la Subdirección de Tesorería y solicitará a esta Subdirección que confirme por escrito que el cheque haya sido cobrado.
Telecomm podrá rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial, cuando el proveedor incurra en una o varias de las causas que a continuación se enumeran:
1. Si por causa imputable a él, no inicia en la fecha convenida la prestación de los servicios objeto de este contrato o suspenda injustificadamente, de manera total o parcial la ejecución de los mismos.
2. Por prestar los servicios deficientemente o por no apegarse a lo estipulado en el contrato y sus anexos o porque sin motivo justificado, no atienda las instrucciones que Telecomm le indique en términos de lo establecido en el contrato.
3. Si no brinda a Telecomm y/o a las dependencias que tengan que intervenir, los datos necesarios para la inspección de los servicios objeto del contrato.
4. Si se comprueba que la manifestación de no encontrarse en los supuestos
de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se realizó con falsedad o bien resulta falsa la información proporcionada en su proposición.
5. En el caso de que alguna autoridad competente lo declare en concurso mercantil, suspensión de pagos, quiebra, concurso de acreedores o cualquier otra figura análoga, o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte a su patrimonio en forma tal que le impida cumplir con las obligaciones contraídas en razón del contrato.
6. Porque transmita, total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados de este contrato.
7. Porque incurra en las causales de rescisión previstas en el contrato.
8. Porque incumpla cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo en este contrato, siempre que dicho incumplimiento no se derive del atraso en las fechas pactadas para la ejecución de los servicios objeto de este instrumento; o por el incumplimiento de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
9. En caso de que el licitante adjudicado de la partida no presente la carta coberturas en el plazo señalado en el numeral 5.3, acepta que Telecomm podrá dejar sin efectos el fallo emitido a su favor y, en su caso, adjudicar los contratos a otra institución aseguradora en términos de lo establecido en la Ley.
10. Si el licitante adjudicado no entrega en tiempo y forma, la póliza de seguro objeto del contrato.
11.- Si “La aseguradora” no cumple con los estándares de servicio que se contienen en la Póliza del seguro que se pretende contratar.
12.- Por incumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato, en la convocatoria de la licitación, juntas de aclaraciones, esta póliza de seguro, así como en las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
13.- Cuando se agote el monto límite de aplicación de las penas convencionales sobre el importe del servicio no otorgado oportunamente, por cada día natural de demora en los servicios no prestados, los cuales no excederán del 20% del monto de los servicios no prestados oportunamente.
14.- Proporcione información que resulte falsa para la celebración del contrato o que actúe con dolo o mala fe en alguna de las etapas del procedimiento de adjudicación del contrato o durante su vigencia.
15.- Se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
16.- Si no inicia en la fecha convenida la prestación del servicio objeto de la convocatoria de la licitación, el contrato que se firme del cual forma parte la póliza de seguro, o suspenda injustificadamente, de manera total o parcial, la ejecución del mismo.
17.- Por prestar los servicios deficientemente o por no apegarse a lo estipulado en el contrato que se firme y del cual forma parte esta póliza de seguro, o sin motivo justificado no atienda las instrucciones que Telecomm, conforme a los términos establecidos en el contrato en relación a sus propuestas técnica y económica.
18.- Si no brinda a Telecomm, y/o a las dependencias que tengan que intervenir, los datos necesarios para la inspección de los servicios objeto de la presente convocatoria.
19.- Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración contenida en los Anexos 4-A o 4-B de la convocatoria a la licitación, se realizó con falsedad, o bien resulta falsa la información proporcionada en su propuesta de servicios.
20.- En el caso de que alguna autoridad competente lo declare en concurso mercantil, o en quiebra, suspensión de pagos, concurso de acreedores o cualquier otra figura análoga, o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte a su patrimonio en forma tal que le impida cumplir con las obligaciones contraídas en virtud de la presente licitación.
21.- Porque transmita, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a excepción de la operación de reaseguro.
22.- Porque incumpla con cualquiera de las condiciones pactadas en el contrato, así como las disposiciones aplicables, en especial a lo establecido en la ley Sobre el Contrato de Seguro.
23.- Si Telecomm, puede comprobar fraude, dolo o falsa declaración por parte del proveedor con respecto a cualquier parte del riesgo.
24.- En general porque incumpla cualquiera de las obligaciones consignadas en la presente convocatoria a la licitación, el contrato que se celebre del cual forma parte la presente póliza de seguro o de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
La rescisión de contrato será con independencia de los intereses moratorios que en su caso procedan por incumplimiento en el pago de siniestros.
En caso de que TELECOMM, rescinda el contrato, podrá considerar a los licitantes cuyas propuestas hubiesen cumplido todas las condiciones establecidas en la convocatoria, siguiendo el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia de su oferta no sea mayor al 10% de la que resulte adjudicada.
Cuando el incumplimiento de las obligaciones del proveedor no derive del atraso del cumplimiento de sus obligaciones, sino por otras causas establecidas en el contrato, las dependencias y entidades podrán iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato.
La aseguradora que por motivos diferentes a atrasos incumplan con sus obligaciones, se sujetarán al procedimiento de rescisión del contrato, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
30. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
TELECOMM podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada mediante convenio, cuando concurran razones de interés general, o bien cuando por causas injustificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a TELECOMM. En estos casos, a solicitud fundada y documentada por la aseguradora, se le reembolsará los gastos no recuperables en que hubiera incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente y tendrá que devolver a prorrata la prima no devengada conforme lo establece la Ley Sobre el Contrato de Seguros.
La aseguradora podrá dar por terminado el contrato por las causas que establece la Ley sobre el contrato de Xxxxxx, devolviendo a prorrata la prima no devengada en relación al precio pactado en la cotización.
La terminación de la póliza de Seguro surtirá efecto después de sesenta días de practicada la notificación respectiva, el Proveedor, deberá devolver la totalidad de la prima no devengada a más tardar el día que quede cancelado el contrato, sin cuyo requisito se tendrá por no hecha la terminación.
31. TERMINACIÓN ANTICIPADA PARCIAL
La aseguradora acepta que TELECOMM cancele parcialmente coberturas y bienes contratados en la póliza de seguro, surtiendo efecto la cancelación a partir de la fecha en que TELECOMM se le notifique por escrito y/o en la fecha determinada para este fin, en los términos señalados en el contrato, en cuyo caso, la seguradora tendrá derecho a la parte de la prima que corresponda el período durante el cual la cobertura o el seguro hubiese estado en vigor, de acuerdo al calculo que se efectué por la aseguradora tendrá derecho a la parte de la prima que corresponda el período durante la cual la cobertura o el seguro hubiese estado en vigor, de acuerdo al calculo que se efectué por la aseguradora y revisado por TELECOMM para determinar la prima a cobrar y devolverá a TELECOMM la totalidad de la prima de la cobertura parcial, que se cancele en forma proporcional a prorrata en el tiempo de vigencia no devengada, a más tardar a los diez días naturales posteriores a la fecha de dicha notificación.
La cancelación parcial de la cobertura o servicios contratados a solicitud de Telecomm se formalizará mediante endoso entregado por la aseguradora, cinco días naturales posteriores a la notificación por escrito y devolverá a prorrata, el tiempo de vigencia no devengado en el plazo xx xxxx días naturales posteriores a dicha notificación a que hace mención el párrafo anterior.
En caso de que la aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal aplicable, se obliga a pagar a Telecomm, beneficiario o tercero dañado, un interés moratorio calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas durante el lapso xx xxxx.
En caso de juicio o arbitrajes en los términos de los artículos 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, los intereses moratorios se calcularán conforme a lo dispuesto en el mismo.
33. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
El servidor público que fungirá como responsable de administrar el cumplimiento y seguimiento del contrato será el Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Gerente de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de la Ley, de esta convocatoria o de los contratos que se deriven de la presente licitación, serán resueltas por los Tribunales Federales en la Ciudad de México, por lo que las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
35. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES
Bajo ninguna circunstancia podrán ser negociadas las condiciones estipuladas en esta convocatoria o en las proposiciones presentadas por los licitantes.
Se establece que el licitante al que se le adjudique el contrato, no podrá transmitir bajo ningún título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el o los contratos que se deriven de esta licitación, con excepción de los de cobro sobre el servicio que ampara, en cuyo caso se deberá contar aprobación expresa y por escrito de TELECOMM.
Si la aseguradora celebra contratos de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero, se obliga a notificarlo a TELECOMM, con un mínimo de cinco días naturales
anteriores a su vencimiento, presentando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión.
36. SITUACIONES NO PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA
Cualquier situación que no haya sido prevista en la presente convocatoria, será resuelta por Telecomm escuchando la opinión de las autoridades competentes, con base en las atribuciones establecidas en las disposiciones aplicables.
Asimismo, para la interpretación o aplicación de esta convocatoria o del contrato que se celebre, en lo no previsto en tales documentos se estará a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; en el Código Civil Federal; en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; en el Código Federal de Procedimientos Civiles y en las demás disposiciones legales vigentes en la materia.
37. TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN
A la presente convocatoria se adjunta el Anexo 14 “Encuesta de Transparencia del Procedimiento de Licitación”, mismo que se podrá ser enviado por los licitantes a través de CompraNet o al correo electrónico xxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
Se informa a los licitantes que de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado en el D.O.F. el día 19 de febrero de 2016, tienen derecho a presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
Toda la información propiedad de TELECOMM que le será proporcionada y entregada al Proveedor, será considerada como confidencial, en términos de las leyes aplicables, por lo que éste último se obliga a protegerla, reservarla, guardarla y no divulgarla, utilizándola única y exclusivamente para llevar a cabo y cumplir con las actividades y obligaciones que expresamente le confiere la autorización para operar como proveedor de servicios.
De forma enunciativa, más no limitativa, en dicha información se incluye la referente a personas, identidades de servidores públicos, instalaciones, domicilios y documentos, pertenecientes a TELECOMM y propiedad del mismo, respectivamente.
39. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Los datos personales que se recaben con motivo de la participación de los licitantes en este procedimiento de contratación, serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
40. PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS.
De conformidad con las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública, en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007 y sus modificaciones publicadas el 06 xx xxxxx de 2009, con fundamento en el numeral 6 inciso II de dicho ordenamiento, se les invita a participar en el Programa xx Xxxxxxx Productivas, por lo que los licitantes adjudicados interesados en incorporarse a dicho programa, deberán considerar lo señalado en el Anexo 13 “Programa xx Xxxxxxx Productivas”.
Para mayor información los interesados deberán dirigirse a Nacional Financiera, S.N.C. a la cuenta de correo electrónico xxxxxx@xxxxx.xxx.xx
Una vez prestado el servicio a entera satisfacción del Organismo y validada y conciliada la documentación soporte el proveedor deberá entregar la factura con los soportes en la ventanilla única de atención a proveedores.
Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera,
S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa, lo cual podrá ser consultada en el portal a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley, ver Anexo 13 “Programa xx Xxxxxxx Productivas”.
El proveedor, con base en la información que se indica en el Anexo 13 “Programa xx Xxxxxxx Productivas”, podrá obtener una cita para su afiliación preferentemente en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores a la formalización del contrato, comunicándose al número telefónico 00-00-00-00 o al 01-800-nafinsa, donde se le orientará para iniciar con el proceso de afiliación.
En atención al Oficio-Circular No. SACN/300/148/2003 de fecha 03 de septiembre de 2003 emitido por la Secretaría de la Función Pública, se adjunta el siguiente texto:
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del Gobierno Federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
❑ La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
❑ El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
❑ Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
❑ Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
❑ Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición.
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
❑ Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
❑ Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
❑ Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
Artículo 222. Cometen el delito de cohecho:
I.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II.- El que dé, prometa o entregue cualquier beneficio a alguna de las personas que se mencionan en el artículo 212 de este Código, para que haga u omita un acto relacionado con sus funciones, a su empleo, cargo o comisión, y
III.- (…)
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, de los bienes o la promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días multa.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, los bienes, promesa o prestación exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Artículo 222 bis.- Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados
con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el poder legislativo, ejecutivo o judicial o en un órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un Estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.
Podrán asistir a los actos públicos de la invitación; las cámaras, colegios o asociaciones profesionales, otras organizaciones no gubernamentales y cualquier persona física que sin haber adquirido estas bases, manifiesten su interés de estar presente en los mismos. En cualquiera de estos casos, los participantes deberán registrar su asistencia previa identificación y abstenerse de intervenir en cualquiera de los mismos.
De igual forma se informa a los particulares que participen en el procedimiento, que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. Y que tienen derecho a presentar queja o denuncia por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos, ante el Órgano Interno de Control en Telecomm, o bien, a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, establecido mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2015.
Lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 6, del Anexo primero del Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2018
LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXX GERENTE DE ADQUISICIONES
DESCRIPCIÓN, ESPECIFICACIONES Y CANTIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA LICITACIÓN
DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS SERVICIOS PARA EL SEGURO DEL PARQUE VEHICULAR QUE INCLUYEN LAS PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES, CAMIONES, AUTOBUSES Y MOTOCICLETAS; RELACIÓN DE UNIDADES VEHICULARES POR ASEGURAR PARA CADA PÓLIZA Y LOS SINIESTROS REPORTADOS EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS; LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR EN CADA UNA DE SUS PROPUESTAS DE PÓLIZA EL TEXTO DE LAS CONDICIONES GENERALES Y DE LAS CONDICIONES ESPECIALES QUE SE DESCRIBEN A CONTINUACIÓN:
CONDICIONES ESPECIALES
a.- Pólizas de Seguro de Flotillas del Parque Vehicular Incluye
1.- Automóviles,
2.- Camiones,
3.- Autobuses y
4.- Motocicletas
En archivo adjunto se anexan relaciones de unidades a cubrir en cada Póliza (2018). 1.- Póliza.
La presente Xxxxxx se celebra por (razón social aseguradora) denominada en adelante “La Aseguradora” por el que se compromete a indemnizar a “Telecomm” con base en las condiciones generales y especiales convenidas, términos, coberturas, límites, sublímites, y deducibles que se indican en particular en las siguientes cláusulas y especificaciones.
Por su parte “Telecomm” se compromete a pagar la prima correspondiente y cumplir con el clausulado de esta Póliza.
2.- Asegurado (“Telecomm”).
La presente Póliza se expide a favor de Telecomunicaciones de México y toda su estructura orgánica, operativa, técnica y administrativa, incluyendo sus Gerencias Regionales, Estatales y el total de sus Sucursales Telegráficas y otras instalaciones que forman parte de su patrimonio o que están a su cargo, llamada de aquí en adelante “Telecomm”.
3.- Vigencia.
La presente Póliza cubre un periodo de vigencia de las 00:01 horas del 3 xx xxxxx y hasta las 24:00 del 31 de diciembre del 2018, y 00:01 horas del 01 de enero y hasta las 24:00 horas del 30 xx xxxxx del 2019.
4.- Actividades de “Telecomm”.
Son aquellas relacionadas con la prestación de los servicios públicos que expresamente se señalan en el artículo 3º de su Decreto de Creación, así como las de carácter prioritario que en su caso le encomiende el Ejecutivo Federal, relacionándose de manera enunciativa pero no limitativa, las siguientes:
4.1.- Proporcionar los servicios públicos de telégrafos, giros telegráficos, radiotelegrafía y los asociados a giros telegráficos en moneda nacional o divisas, así como establecer y conservar sus instalaciones;
En términos de la ley federal de telecomunicaciones y demás disposiciones aplicables:
a) Instalar, operar y explotar, estaciones terrenas transmisoras y receptoras, así como sistemas de radiocomunicación satelital;
b) Ocupar y explotar posiciones orbitales geoestacionarias y órbitas satelitales asignadas al país, con sus respectivas bandas de frecuencia y derechos de emisión y recepción de señales;
c) Usar, aprovechar y explotar, bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico;
d) Instalar, operar o explotar redes públicas de telecomunicaciones;
e) Prestar por sí, o por medio de terceros, servicios de telecomunicaciones, y
f) Comercializar los servicios y capacidad de las redes públicas de telecomunicaciones de concesionarios, así como permitir que éstos y los permisionarios comercialicen los servicios y capacidad adquirida de sus redes públicas de telecomunicaciones.
4.2.- Proporcionar la asesoría y mantenimiento a equipos y aplicaciones, así como enajenar bienes muebles relacionados con los servicios que proporcione el organismo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
4.3.- Proporcionar servicios de alojamiento, interconexión, administración de equipos y aplicaciones informáticas, mediante el aprovechamiento de su infraestructura, así como el servicio asociado de captura, transmisión y procesamiento de datos;
4.4.- Programar, organizar, operar y controlar en términos del programa sectorial respectivo, la prestación del servicio de telégrafos y diversos asociados al mismo, así como otros que sean necesarios para la realización de su objeto y atribuciones, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
4.5.- Establecer en su carácter de operador de redes públicas de telecomunicaciones, la interconexión de sistemas de telecomunicaciones a su cargo, con otros operadores de redes públicas de telecomunicaciones nacionales o extranjeros, así como combinar sus servicios, atendiendo a las bases que fije la secretaría de comunicaciones y transportes;
4.6.- Proponer a la secretaría de hacienda y crédito público, por conducto de la secretaría de comunicaciones y transportes, las tarifas aplicables a los servicios que proporciona, con base en los estudios técnicos-económicos que lo justifiquen;
4.7.- Percibir y administrar, en los términos de la legislación aplicable, los ingresos generados por los servicios que se presten, así como ejercerlos conforme a su presupuesto autorizado;
4.8.- Participar en los organismos y foros internacionales sobre telecomunicaciones, en coordinación con la secretaría de comunicaciones y transportes;
4.9.- Administrar las escuelas nacionales de telégrafos y telecomunicaciones y establecer cursos de capacitación para su personal en México y en el extranjero;
4.10.- Incorporar los avances tecnológicos en la prestación de sus servicios y participar en la investigación tecnológica e industrial en materia de telecomunicaciones, a través de programas concertados con instituciones de investigación y desarrollo, y
4.11.- En general, proporcionar los servicios y equipos de telecomunicaciones e informáticos que sean factibles de aprovechamiento, uso y explotación por terceros, así como realizar y celebrar los actos jurídicos necesarios para el desarrollo de sus funciones de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables.
5.- Territorialidad.
Esta póliza ha sido contratada conforme a las leyes mexicanas y para cubrir daños que ocurran dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos o en cualquier parte de Estados Unidos de América, Canadá y países de del Área de Centroamérica, excluyendo la responsabilidad civil para daños realizados fuera del territorio mexicano.
La indemnización de las coberturas amparadas en estas condiciones especiales se realizará en los Estados Unidos Mexicanos.
6.- Bienes Cubiertos.
Automóviles, Camiones, Autobuses y Motocicletas propias o a cargo de “Telecomm”, conforme a los listados que se entregan para cada póliza a los licitantes, a fin de que se encuentren en posibilidad de conocer el número total del parque vehicular, equipo especial, adaptaciones y conversiones, accesorios, entre otros las sobre-defensas, torretas, emblemas, por asegurar, así como las características particulares de identificación de las mismas.
7.- Riesgos Cubiertos Básicos, Límites Máximos de Responsabilidad y Deducibles aplicados. Conforme a estas condiciones de póliza de seguro y para las unidades descritas en el punto 6 de estas Condiciones Especiales, se amparan en cobertura amplia los daños o pérdidas que sufran los vehículos asegurados ocasionados por los siguientes riesgos:
7.1.- Daños Materiales (Colisiones y Volcadura, Rotura xx Xxxxxxxxx, Parabrisas, Laterales, Aletas y Medallón y/o Quemacocos (techo corredizo, sunroof), este último, siempre y cuando sean parte del equipo original con que el fabricante adapta cada modelo y tipo específico que presenta al mercado, incendio, rayo, explosión, fenómenos meteorológicos, ciclón, tornado, vendavales, huracán, granizo, inundación, hundimiento de tierra, terremoto, maremoto, erupción volcánica, alud, derrumbe de tierra o piedras, caída de estructuras, construcciones, edificaciones u otros objetos, caída de árboles o sus ramas, marejada, varadura y hundimiento, actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines o alborotos populares, motines o acciones de personas mal intencionadas durante la realización de tales actos, o bien, ocasionados por las medidas de represión tomadas por las autoridades legalmente reconocidas con motivo de sus funciones que intervengan en dichos actos, vandalismo, transportación, cuando a consecuencia de la misma ocurra varadura, hundimiento, incendio, explosión, colisión o vuelco, descarrilamiento de caída del medio de transporte en que el vehículo sea transportado, así como la caída del vehículo durante las maniobras de carga, transbordo o descarga, y la contribución por avería gruesa o por cargos de salvamento.
Desbielamiento del vehículo asegurado causado por penetración de agua del exterior al interior, distinta de la necesaria para su operación o funcionamiento. Esta cobertura sólo opera cuando dicha penetración de agua sea por causas ajenas a la voluntad del asegurado o conductor.
Queda entendido que los daños o pérdidas materiales que sufran los vehículos asegurados, a consecuencia de los riesgos arriba mencionados, quedarán amparados aún en el caso de que se produzca cuando dicho vehículo haya sido objeto de hechos que constituyan el delito de abuso de confianza determinado por la autoridad judicial.
7.2.- Robo Total del Vehículo y las Pérdidas o Daños Materiales que sufra a consecuencia de tal evento, así como la asistencia legal para efectuar los trámites necesarios ante las autoridades competentes.
Queda entendido que los daños o pérdidas materiales que sufran los vehículos asegurados, a consecuencia de los riesgos arriba mencionados, quedarán amparados aún en el caso de que se produzca cuando dicho vehículo haya sido objeto de hechos que constituyan el delito de abuso de confianza determinado por la autoridad judicial.
7.3.- Responsabilidad civil por daños a terceros en sus bienes y/o en sus personas (LUC).
7.4.- Gastos Médicos a ocupantes que incluye hospitalización, atención médica y rehabilitación, medicinas, enfermeros(as), servicios de ambulancia, aparatos ortopédicos o prótesis y gastos de entierro.
7.5.- Servicios de asistencia automovilística, médica y administrativa, asesoría y defensa legal, incluyendo el pago de fianzas y cauciones, garantizando la liberación del conductor, ocupantes y vehículo, aun existiendo lesiones o muerte de ocupantes y/o conductor también aun cuando éste sea responsable.
7.6.- Responsabilidad civil por daños por la carga (camiones) siempre y cuando sea a consecuencia de un siniestro y contaminación ambiental (únicamente para vehículos que integran la Póliza de camiones).
7.7.- Responsabilidad civil cruzada.
7.8.- Equipo especial y adaptaciones y conversiones.
7.9.- La cobertura de daños para la carga y daños ecológicos, se cubre para todas las unidades aseguradas en la póliza de seguro de flotilla de camiones sin clasificar el tipo de carga.
Todas las unidades vehiculares se amparan con cobertura amplia. Para remolques:
• Daños materiales.
• Robo total.
• Responsabilidad civil por daños a terceros en sus bienes y sus personas (LUC).
“La Aseguradora” pagará el 100% de las pérdidas registradas en la vigencia de la póliza a valor comercial, sin aplicación de proporcionalidad alguna, ni demerito o depreciación apegándose únicamente a los deducibles señalados en el presente punto, quedando nulo cualquier otro deducible o coaseguro establecido por endoso o por condiciones generales.
La responsabilidad civil se amparará siempre y cuando esté enganchado por la unidad asegurada conforme a las condiciones especiales contratadas.
Coberturas Básicas | Límite, por Auto o Cualquier Vehículo. | Deducibles |
1.- Daños Materiales | Vehículos modelos 2017 y anteriores: Valor Comercial al momento del siniestro estipulado en la Guía EBC, más un 10% adicional al importe determinado de indemnización. Vehículos modelos 2018: valor factura | 5% sobre el valor comercial de los Autos, Pick Ups, Camionetas y Motos asegurados. 2% sobre el valor comercial de los Autobuses y camiones más de 4 toneladas y demás vehículos asegurados. 20% sobre el valor del cristal dañado incluyendo xxxxxx y gomas. |
2.- Robo Total | Vehículos modelos 2017 y anteriores: Valor comercial al momento del siniestro estipulado en la Guía EBC, más un 10% adicional al importe determinado de indemnización Vehículos con menos de un año de uso: Valor Factura | 10% sobre el valor comercial de los Autos, Pick Ups, Camionetas y Motos asegurados. 5% sobre el valor comercial de los Autobuses y Camiones más de 4 ton y demás vehículos asegurados. |
3.- Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus Bienes y Personas, (Se hace extensiva a remolques, siempre que esté enganchado por la unidad asegurada). Incluido la Responsabilidad Civil Cruzada Automóviles Camiones Autobuses Motocicletas | $4,000,000.00 M.N. Límite Único y Combinado LUC. ( Cobertura Básica) | Sin Deducible |
4.- Responsabilidad Civil por Daños a la Carga y al Medio Ambiente (opera solamente para los vehículos asegurados en la Póliza de Camiones) | $ 500,000.00 M.N. | Sin Deducible |
5.- Cláusula adicional de asistencia o cobertura de defensa legal y fianza garantizada. Se incluye en esta cobertura las unidades mayores a 3.5 toneladas. | $1,000,000.00 M.N. | Sin Deducible |
6.- Gastos Médicos Ocupantes Automóviles Camiones Motocicletas Vagonetas | Por evento o de manera proporcional de conformidad con los lesionados (cobertura básica) $500,000.00 M.N. $300,000.00 M.N. $200,000.00 M.N. $900,000.00 | Sin Deducible |
Coberturas Básicas | Límite, por Auto o Cualquier Vehículo. | Deducibles |
Equipo Especial | Valor comercial o en su caso como se indica en el punto 8.3 de estas condiciones. | 25% sobre el monto de la pérdida. |
Adaptaciones y Conversiones | Valor comercial o en su caso como se indica en el punto Valor 8.2 de estas Condiciones. | Los mismos porcentajes indicados para las Secciones de Daños Materiales y Robo Total. |
7.- Auxilio Vial y Servicio xx Xxxx. | Amparado Por descompostura, paso de corriente, falta de gasolina, ponchadura de llantas, asistencia en el camino y arrastre en grúas sin considerar costos adicionales por excesos de carga, sin límite de ocurrencias por vehículo o flotilla, el límite de arrastre xx xxxx será de 300 km incluyendo los gastos por concepto de pago de casetas, contados de donde se origine el servicio y en el caso de las estaciones terrenas móviles será en toda la República Mexicana limitado a 5 casos al año, sin considerar límite de kilometraje . Se incluyen de manera especial el pago de multas hasta un monto anual acumulado de $ 15,000.00 m.n. a petición de TELECOMM a través del Administrador del Contrato. Los costos de gasolina, aceites, acumuladores y reparación de llantas, serán asumidos por el asegurado. | No Aplica |
Se excluye la cobertura de Gastos Médicos para Autobuses, la cual se ampara en la Sección Responsabilidad Civil General de la Póliza de Seguro Integral Todo Bien, Todo Riesgo a Primer Riesgo.
Equipo Especial, o Adaptaciones y Conversiones: Se indemnizará a valor comercial o como se indica en el punto 8.2 de estas Condiciones.
En ningún caso se aplica demerito o depreciación alguna. Deducible:
Es la cantidad que en cada siniestro queda a cargo de “Telecomm”, los cuales se indican para cada cobertura en la columna correspondiente a deducible del cuadro que se muestra anteriormente en este punto de estas Condiciones Especiales.
Para la cobertura de Rotura xx Xxxxxxxxx “Telecomm” pagará el deducible correspondiente, directamente a “La Aseguradora” una vez que se haya sustituido el cristal y presente la factura para su pago a “Telecomm”.
8.- Coberturas convenidas entre “Telecomm” y “La Aseguradora”
Para vehículos de carga la cobertura de responsabilidad civil se extiende a cubrir la responsabilidad en que incurra “Telecomm” a consecuencia de daños causados por la carga que se esté trasladando.
• Se cubre en automático y sin costo de prima adicional con un límite de suma asegurada de
$4,ooo,ooo.oo M.N., límite único y combinado (LUC) a todas las unidades vehiculares amparadas en las cuatro pólizas de flotillas de vehículos, los seguros obligatorios de responsabilidad civil vehicular para que puedan transitar en vías, caminos y puentes federales los vehículos de Telecomm y el seguro obligatorio de responsabilidad civil vehicular que disponga el nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México para que los vehículos puedan circular en esta jurisdicción; siempre y cuando las suma asegurada no excedan el limite citado.
• Reinstalación Automática de los Límites de Responsabilidad sin Costo Adicional xx Xxxxxx.
El valor comercial de las unidades aseguradas se determinará conforme al siguiente procedimiento:
• Para las unidades vehiculares último modelo, se indemnizarán a valor factura (valor de nuevo), si no se cuenta con ella o el valor de factura es simbólico, se obtendrá mediante cotizaciones de agencias, el valor comercial de la unidad por liquidar, será considerando la cotización con valor más alto o aquella que más favorezca a “Telecomm”.
• No se considerará depreciación ni demérito alguno, ni a partes automotrices como llantas y baterías.
• No se considerará descuento alguno por tenencias y/o verificaciones, toda vez que esos pagos los realiza “Telecomm”, sin embargo, podrá descontarse cualquier concepto no pagado, con la autorización de “Telecomm”.
• En unidades vehiculares con antigüedad mayor a un año de uso, el valor comercial del automóvil se obtendrá directamente con el valor más alto que establezca la Guía EBC o Auto métrica para el mes en que haya ocurrido el siniestro, considerando la que más favorezca a “Telecomm” y adicionará un 10% al importe del valor determinado.
• En caso de que en las Guías EBC o Auto métricas no establezcan valores de venta para vehículos comerciales y camiones de carga, para obtener el valor comercial de la unidad a la fecha del siniestro, se procederá a cotizar precios de las casas establecidas para compra y venta del tipo y marca de la unidad de que se trate o las inserciones de compraventa de vehículos de prensa y se indemnizará de acuerdo al precio que en el momento del siniestro tengan las unidades similares a la siniestrada sin aplicar depreciación o demérito alguno.
• Cuando se presente robo total o pérdida total de las unidades vehiculares a solicitud de “Telecomm” se podrá proceder con el convenio de pago en especie, una vez establecido el monto a indemnizar conforme a las reglas anteriores.
8.1.- Gastos Médicos en Exceso: Para el total de vehículos asegurados en estas pólizas, se cubren los Gastos Médicos en exceso del límite de la suma asegurada que para esta Sección se indica en las Condiciones Especiales para cada inciso y hasta un límite en el agregado anual de $ 1,600,000.00
M.N. por una o serie de pérdidas ocurridas durante la vigencia de la Póliza, sin aplicación de ningún deducible o coaseguro.
8.2.- Conversiones y Adaptaciones: opera a primer riesgo y sin requisito de declarar sus valores hasta la suma máxima por unidad o evento de $50,000.00 M.N. y con un límite máximo anual de $200,000.00
M.N. con los deducibles especificados en las coberturas señaladas en el punto 7 de las presentes Condiciones Especiales.
8.3.- Equipo Especial: Opera a primer riesgo y sin requisito de declarar sus valores, hasta la suma máxima por unidad o evento de $ 30,000.00 M.N. y con un límite máximo anual de $150,000.00 M.N. aplicable un deducible del 25% del valor del equipo especial con un máximo del 25% de la suma contratada.
• El equipo puede ser pero no se limita a: Campers, torreta, radiotransmisor, micrófono, sirena, calcomanías distintivas, cerebro electrónico de este equipo, antena satelital y en general cualquier equipo requerido para el uso de vehículo especializado.
8.4.- Daños por la Carga y al Medio Ambiente: se cubren solo en las unidades que transportan bienes y productos químicos, respectivamente.
8.5.- Para la indemnización en pérdidas totales, en caso de que “Telecomm” no cuente con la documentación oficial requerida para acreditar la propiedad de la unidad vehicular, “La Aseguradora” acepta que le presente en lugar de la factura de la unidad siniestrada, el resguardo de activo fijo correspondiente sin que esto demerite el valor de la indemnización.
8.6.- En caso de pérdida total. “Telecomm” podrá optar por cualquiera de las alternativas de indemnización siguientes:
Pago del valor comercial o de factura de la unidad afectada siguiendo el procedimiento descrito en el punto 8.
Pago en especie: Reposición de varias unidades afectadas por unidades nuevas con valor igual al importe reclamado.
8.7.- “La Aseguradora” acepta dar la atención de los siniestros con la sola presentación de la tarjeta de circulación o copia de ella, debiendo de estar la misma a nombre de Telecomunicaciones de México y con cualquier identificación del conductor de la unidad siniestrada.
8.8.- “La Aseguradora” aceptará pagar, limitado a 3 casos de indemnizaciones en pérdidas totales, con la denuncia ante el ministerio público y sin que “Telecomm” acredite la propiedad ante el mismo, los cuales deberán ser solicitados por “Telecomm”, a través del Administrador del Contrato.
8.9.- “La Aseguradora” acepta pagar 3 eventos en forma especial por la vigencia de la Póliza, bajo solicitud de “Telecomm” a través del Administrador del Contrato por las siguientes causas:
a).- Por daños causados a las partes bajas de los vehículos al transitar fuera de caminos o cuando éstos se encuentren en condiciones intransitables.
b).- Los gastos médicos de hasta 10 pasajeros que sufran lesiones o la muerte al viajar fuera del compartimiento, caseta o cabina destinado al transporte de personas, pero dentro de la caja camper o redilas de camiones amparados y bajo los mismos límites establecidos.
c).- El pago de los siniestros sin el requisito de contar con licencia de manejo, siempre y cuando la causa del siniestro no sea la impericia del manejo de automóviles, para indemnizaciones en unidades de hasta 3 ½ toneladas, con solo contar con licencia de automovilista, se cumple con los términos de la póliza operando íntegramente la cobertura.
d).- El robo del cristal y medallón de las unidades cubiertas. e).- Por conducir sin licencia dentro de los predios.
f).- Desbielamiento de motor por succión de agua a consecuencia inundación, ciclón, huracán, vendavales, tornado, granizo, maremoto o cualquier otra causa.
8.10.- Se amparan el arrastre de remolques, siempre y cuando cuenten con los accesorios adecuados para su acoplamiento.
8.11.- Se amparan daños por la carga en camiones: carga tipo “A” y la suma asegurada para esta cobertura es la misma que para Responsabilidad Civil.
8.12.- El servicio de reparaciones de vehículos modelos 2014 a la fecha 2018 se hará en Agencias autorizadas y para aquellas unidades que no sean reparadas en agencia el compromiso de reparación es con piezas o partes originales y nuevas.
8.13.- Responsabilidad Civil Cruzada: Es la colisión entre unidades de “Telecomm” o sus empleados y funcionarios los daños resultantes serán considerados terceros entre sí, dando lugar al pago de un solo deducible cuando proceda, para el responsable del siniestro.
8.14.- Se cubren los daños materiales causados a las unidades aseguradas por disparos de arma de fuego, considerándolos como un solo evento y aplicándose un solo deducible.
8.15.- Cláusula de colisión, quedan amparados los daños que sufran o causen por colisión las unidades amparadas en las pólizas dentro de los predios de “Telecomm”.
8.16.- Gastos de Remolque y Maniobra.- “La Aseguradora” correrá con los gastos de remolque y maniobra para el traslado de los equipos automotrices accidentados propiedad de “Telecomm”, hasta su sitio de reparación, así como los costos de las maniobras para ponerlos en condición de transporte.
8.17.- Gastos de traslado.- En caso de que el equipo automotriz siniestrado tenga que ser trasladado para su reparación a un sitio diferente al de su área de servicio, “La Aseguradora” cubrirá el costo de traslado al sitio asignado para su reparación.
8.18.- “La Aseguradora” acepta pagar 3 eventos, en los casos que no sean contemplados o que se consideren como exclusión en las presentes Condiciones Especiales o que por Condiciones Generales se consideren improcedentes, con un límite máximo anual por evento o serie de eventos, hasta por la cantidad de $300,000.00 M.N., durante la vigencia de la Póliza, bajo solicitud por escrito de “Telecomm”, a través del Administrador del Contrato.
8.19.- Reparación y Reposición de Accesorios: “La Aseguradora” reparará o repondrá los accesorios y equipos de los vehículos asegurados, dentro de los límites de responsabilidad establecidos en las Pólizas, cuando éstos formen parte integrante de los mismos, entendiéndose como accesorios a los instalados por los fabricantes, así como los que el propio “Telecomm” instale como equipo especial y se amparen en la Póliza.
Plazos de reparación: El plazo de reparación de los daños sufridos por los vehículos asegurados se sujetará a los plazos mínimos siguientes:
a).- Reparación daño menor (cuando la valuación no exceda del 20% del valor del vehículo) será de 10 días naturales.
b).- Reparación de daño mediano (cuando la valuación no exceda del 35% del valor del vehículo) será de 20 días naturales.
c).- Reparación de daño mayor (cuando la valuación exceda del 35% del valor del vehículo) será de 30 días naturales.
d).- Compromiso de reparación de piezas originales y nuevas, para aquellas unidades que no sean reparadas en agencia.
e).- “La Aseguradora”, acepta liberar las unidades reparadas en sus talleres, sin el pago del deducible correspondiente y a expedir la factura del mismo para que “Telecomm” posteriormente inicie el trámite de pago del deducible directamente a “La Aseguradora”.
8.20.- Garantía de Reparación
A).- En caso de que resultaren defectos o vicios ocultos en la reparación realizada en los talleres designados por “La Aseguradora”, “Telecomm” tendrá un plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de recepción del vehículo reparado, para inconformarse ante “La Aseguradora”, la cual procederá de inmediato para repararlo hasta la entera satisfacción de “Telecomm”.
B) “La Aseguradora” se obliga a entregar inmediatamente a “Telecomm” los vehículos, una vez reparados, tomando en cuenta lo señalado en el punto que antecede en el Inciso e).
8.21.- Reparación de Unidades en Caso de Pérdida Total
“La Aseguradora” acepta que “Telecomm” solicite la reparación de las unidades vehiculares siniestradas a consecuencia de riesgos cubiertos en las Secciones 1 Daños Materiales y 2 Robo Total, cuando los costos de pérdida rebasen o se encuentren dentro de los porcentajes de pérdida total establecidos en las Condiciones Generales de la Póliza, siempre y cuando la valuación de los daños del siniestro, no indique que resultaron afectadas partes fundamentales de la unidad que pongan en riesgo su operación futura y existan talleres que garanticen su reparación.
8.22.- Se cubren sin costo adicional los riesgos contratados en la cobertura de gastos médicos al conductor cuando estos se produzcan por intento de Robo Total o Parcial de las unidades aseguradas.
8.23.- En caso de pérdidas totales por robo total de la unidad o por daños materiales la aseguradora devolverá a prorrata a Telecomm la parte no devengada de las primas correspondiente a las coberturas no afectadas por el siniestro.
8.24.- La aseguradora asumirá el 100% de los gastos de pensión y/o almacenaje por el tiempo que dure la estadía de la unidad en el taller asignado por la aseguradora y hasta que se defina la reparación o en su caso la pérdida total del vehículo.
8.25.- La aseguradora aceptará devolver a Telecomm las primas no devengadas que corresponden aquellas unidades que causen baja inventarial del Organismo, no importando la fecha en que se solicite, siempre y cuando Telecomm acredite con los documentos de trámite de baja de placas ante la autoridad correspondiente y el oficio de esta solicitud.
9.- Dividendos
Dividendos o Bonificación por Buena Experiencia. - De darse el caso, se establece que dentro de los 90 días posteriores al vencimiento de las Pólizas de seguro, se bonificará a “Telecomm” el importe en prima que resulte de aplicar la fórmula siguiente:
B=0.70*[(P.N.P.*0.75)-(S.O.*1.10)]
Donde:
B = Bonificación de Dividendos
P.N.P. = Prima Neta Pagada al Término de la Anualidad
S.O. = Importe de Reclamaciones Pagadas y Ocurridas en el año.
En el caso de proceder se deberá entregar a más tardar tres meses después del término de la vigencia de la Póliza. En caso de incumplimiento se pagarán intereses moratorios igual que si fuera un siniestro, no quedando sujeto el dividendo a la renovación de la Póliza.
10 - Errores u Omisiones.
Queda entendido y convenido que cualquier error u omisión accidental en la descripción de los bienes asegurados, no perjudicará los intereses de “Telecomm”, ya que la intención de esta cláusula es de proteger en todo tiempo, sin exceder de los límites establecidos en la Póliza, por lo tanto cualquier error u omisión será corregido al ser descubierto y avisado con toda oportunidad por “Telecomm”.
11.- Tarifa
“La Aseguradora” acepta entregar al inicio de la vigencia de las pólizas, las tarifas pactadas de todo el parque vehicular entregado por “Telecomm” mediante relación, en su defecto la tarifa aplicada para cada caso, de “La Aseguradora” ganadora vigente a esa fecha y su fórmula de descuentos aplicados hasta llegar a la tarifa ofrecida. En el caso de las motos en caso de no contar con tarifas establecidas, deberá entregar la fórmula base para determinar el pago de la prima correspondiente. En todos los casos se sujetarán a los límites, alcance de coberturas de estas Condiciones Especiales. En caso de incumplimiento de este punto, se aplicará una pena convencional de conformidad con la ley de adquisiciones arrendamientos y servicios del Sector Público, por cada día de atraso, hasta la entrega de las tarifas por vehículo de conformidad con la Relación entregada.
12.- Reporte de Siniestralidad
“La Aseguradora” se obliga a entregar a “Telecomm”, reportes bimestrales de siniestralidad por escrito en Excel y en medio magnético, en los siguientes 10 días naturales de concluido el periodo bimestral, contemplando los datos sin claves que impidan entender la información: Número de póliza, número de siniestro, fecha del siniestro, fecha de reporte del siniestro a la aseguradora, descripción del siniestro, situación actual del siniestro (Pagado, en trámite, rechazado, finiquitado), monto estimado de los daños, monto del rechazo y monto no cubierto, sección afectada, causa del siniestro, placas de circulación, número de serie, número de motor, monto pagado, siniestros pendientes por pagar, localidad, monto del deducible y salvamentos. En caso de incumplimiento de este punto, sé aplicara una pena convencional, de conformidad con la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público por cada día de atraso, hasta la entrega de la siniestralidad bimestral requerida.
13- Altas y Bajas Vehiculares
La Póliza podrá modificarse en cualquier momento mediante endoso, al incluir altas y registrar bajas de vehículos.
Al inicio de la vigencia y como parte integrante del contrato que celebren para la prestación del servicio, “La Aseguradora” entregará a “Telecomm” copia de la tarifa y descuentos aplicables utilizados para cobrar su propuesta económica, la que servirá como base para la determinación de las primas a pagar, que se calcularán a prorrata y de acuerdo a los períodos de cobertura, por las altas de nuevos vehículos, así como las primas a descontar o devolver en su caso, por las bajas de vehículos, como consecuencia de los movimientos que se produzcan durante la vigencia.
Para las bajas, reducciones o incrementos de sumas aseguradas o límites, durante la vigencia de la póliza “La Aseguradora” devolverá a “Telecomm” de acuerdo a la tarifa inicial a prorrata.
Para el caso de altas de vehículos cuyo tipo, marca, modelo y año, no estén considerados en la tarifa proporcionada, el pago xx xxxxxx se efectuará tomando como referencia el vehículo de características similares o equivalentes.
En caso de que no hubiese un vehículo de características similares o equivalentes, “La Aseguradora” presentará una propuesta de prima, para ser aprobada por “Telecomm” y acepta otorgarle un 10% de descuento.
14.- Liquidación de Pérdidas
En caso de cualquier pérdida indemnizable bajo esta póliza, “La Aseguradora” liquidará a “Telecomm” dentro del plazo legal el importe de las pérdidas; por plazo legal se entenderá el que fija la ley para el pago de indemnizaciones de 30 días naturales contados a partir de la fecha en que sea entregada a “La Aseguradora” toda la documentación comprobatoria de la pérdida, de acuerdo a las condiciones pactadas en esta Póliza de seguro.
15.- SINIESTROS EN LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS: (CIFRAS EN PESOS)
SINIESTRALIDAD XXX XXXX DE VEHÍCULOS.CIFRAS EN PESOS | ||||||
AÑO | No. DE CASOS | IMPORTE RECLAMADO | DEDUCIBLE | COASEGURO | PENDIENTE | MONTO INDEMNIZADO |
2017* | 46 | 760,633.00 | 34,006.00 | 0.00 | 339,890.00 | 386,737.00 |
2016 | 48 | 569,010.63 | 20,001.77 | 0.00 | 102,249.62 | 446,759.70 |
2015 | 119 | 1,994,251.17 | 118,223.83 | 0.00 | 0.00 | 1,785,112.33 |
2014 | 124 | 1,621,297.58 | 74,198.62 | 0.00 | 0.00 | 1,547,098.46 |
2013 | 116 | 2,113,098.22 | 120,248.46 | 0.00 | 0.00 | 1,992,849.76 |
*30 de noviembre 2017
16.- Resumen del Parque Vehicular:
Póliza | Cantidad |
Automóviles | 65 |
Camiones y Camionetas | 300 |
Autobuses | 5 |
Motocicletas | 350 |
Total | 720 |
17.- Condiciones Impresas
Quedan sujetas las partes contratantes a las presentes Condiciones Especiales, teniendo prelación en cuanto sean contrarias a las Condiciones Generales y sus endosos.
Entendiéndose como prelación: Cualquier contenido dentro de los textos estipulados en estas Pólizas, tendrán preferencia sobre las Condiciones Generales de ”La Aseguradora” y en caso de que las Generales contravengan o modifiquen lo pactado en las condiciones particulares solicitadas, dichas Condiciones Generales quedarán sin efecto.
18. Exclusiones
A. El daño que sufra o cause el vehículo como consecuencia de operaciones bélicas o cuando se use para servicio militar.
X. Xxxxxx o descomposturas mecánicas, así como por sobrecargarlo o someterlo a tracciones excesivas.
C. Pérdidas o daños por la acción normal de la marea.
D. La responsabilidad de “Telecomm” por daños materiales a bienes que se encuentren en el vehículo sean o no propiedad de él.
E. Las prestaciones que deba solventar “Telecomm” por accidentes que sufran las personas ocupantes de los vehículos, de los que resulten obligaciones en materia de responsabilidad civil, penal o de riesgos profesionales.
19. Exclusiones Generales:
• Las Pérdidas o daños que sufra o cause el vehículo, como consecuencia de operaciones bélicas, ya fueran provenientes de una guerra extranjera x xx xxxxxx civil, insurrección, subversión, rebelión, expropiación, requisición, confiscación, incautación o detención por parte de las autoridades legalmente reconocidas, que con motivo de sus funciones intervengan en dichos actos, tampoco ampara pérdidas o daños que sufra o cause el vehículo cuando sea utilizado para cualquier servicio militar, con o sin consentimiento de “Telecomm”.
• Cualquier perjuicio, pérdida o daño indirecto que sufra “Telecomm”, incluyendo la privación de uso del vehículo.
• La rotura, descompostura mecánica o la falta de resistencia de cualquier pieza del vehículo asegurado, como consecuencia de su uso, a menos que fueran causados por alguno de los riesgos amparados, descritos en las carátulas de las pólizas.
• Las pérdidas o daños debidos al desgaste natural del vehículo asegurado o de cualquiera de sus partes. la depreciación del valor, así como los daños materiales que sufra el vehículo y que sean ocasionados por su propia carga, a menos que fueran causados por uno o algunos de los riesgos amparados, descritos en las carátulas de las pólizas.
• El daño que sufra o cause el vehículo asegurado, cuando sea conducido por una persona que en ese momento se encuentre en estado de ebriedad a menos que no pueda ser imputado al conductor culpa, impericia o negligencia grave en la realización del siniestro, y/o bajo la influencia de drogas psicotrópicas no prescritas médicamente, si estas circunstancias influyeron en forma directa en el accidente causa del daño. esta exclusión opera únicamente para vehículos de tipo comercial como: camiones pick-up, panel, campers, trailers, tractocamiones, camiones, autobuses de pasajeros y en general todo tipo de vehículos destinados al transporte de mercancías.
• Las pérdidas o daños causados a las partes bajas del vehículo asegurado por sobrecargarlo o someterlo a tracción excesiva con relación a su resistencia y capacidad. en estos casos “La Aseguradora” tampoco será responsable por daños causados a viaductos, puentes, básculas o cualquiera vía pública y objetos o instalaciones subterráneas, ya sea por vibración o por peso del vehículo o de su carga.
• Responsabilidad civil en la que pueda incurrir “Telecomm” por daños materiales en cualquiera de los siguientes casos:
• Bienes que se encuentren dentro del vehículo asegurado.
• Las pérdidas o daños causados a las partes bajas del vehículo al transitar fuera de caminos cuando éstos se encuentren en condiciones intransitables.
• Cuando el vehículo no esté diseñado para transportar los materiales y residuos peligrosos descritos en la carátula de la Póliza.
• Cuando sean ocasionados durante las maniobras de carga y descarga.
• Cuando no se de cumplimiento estricto a las leyes, reglamentos, normas y disposiciones aplicables a la transportación de materiales y residuos peligrosos, siempre y cuando haya influido en la realización del riesgo.
• Cuando sean originados por falta de mantenimiento adecuado y oportuno del vehículo.
• Cuando sean provocados por derrame y éste no sea resultado de colisión y/o vuelco.
• Si el conductor carece de licencia de manejo correspondiente para el transporte de materiales y residuos peligrosos.
• Cuando se trate de daños consecuenciales.
• Cuando se transporten los siguientes materiales: clorofenol, dioxinas, asbestos, hidrocarburos clorinados, urea, formaldehído o bifenilos policlorados.
• Por responsabilidades legales ajenas en las que, por escrito, “Telecomm” se comprometa a la sustitución del obligado original para reparar o indemnizar eventuales y futuros daños a terceros en sus personas o en sus propiedades.
• Por responsabilidades derivadas de reclamaciones originadas en el extranjero, conforme la legislación extranjera aplicable.
• La responsabilidad que resulte de acción nuclear o contaminación radioactiva.
• Las que sean ocasionadas por responsabilidades profesionales.
• Por responsabilidades derivadas del incumplimiento de contratos o convenios.
• Como consecuencia de las responsabilidades provenientes de prestaciones sustitutorias por el incumplimiento de contratos o convenios.
• Por responsabilidades que sean derivadas de actos con culpa grave realizada por el asegurado.
• Cuando el asegurado sea una persona física por responsabilidades de daños sufridos por: cónyuge, padres, hijos, hermanos, padres políticos y hermanos políticos. esta exclusión se ampliará a otros parientes de “Telecomm”, solo cuando éstos últimos habiten permanentemente con él. cuando el asegurado sea una persona moral de responsabilidades derivadas de daños por: consejeros, directores, socios, administradores, gerentes u otras personas con función directiva, así como por cónyuges, padres, hijos y hermanos de las personas antes mencionadas.
• De tipo genético ocasionados a personas, animales y plantas.
• Daños Patrimoniales que no sean a consecuencia de un daño a terceros en sus bienes o en sus personas.
• Daños Materiales directos a la Carga Transportada. 20.- Exclusiones para la Asistencia Vial:
Estas exclusiones se aplican cuando sucedan o influyan en la avería o en el accidente automovilístico.
a) Las situaciones de asistencia ocurridas durante viajes o vacaciones de duración superior a 60 días naturales.
b) “Telecomm” no tendrá derecho a ser reembolsado por asistencia a excepción de lo dispuesto en las Condiciones Especiales en estas pólizas pactadas.
c) Gastos en que incurra “Telecomm” por concepto de:
a. Gasolina consumida durante el periodo xx xxxxx de un automóvil.
b. Robo parcial o total del automóvil rentado.
c. Cargos del deducible por siniestro del automóvil rentado.
d. Cualquier daño, perjuicio o impuesto que sufra o cause el automóvil rentado.
d) Situaciones que sean consecuencia directa o indirecta de:
a. Operaciones bélicas, ya fueren provenientes xx xxxxxx civil declarada o no, insurrección, confiscación, incautación o detención por parte de las autoridades legalmente reconocidas que intervengan en dichos actos con motivo de sus funciones, tampoco ampara pérdidas o daños que sufra o cause el automóvil cuando sea usado para cualquier servicio militar, con o sin consentimiento “Telecomm” o. acto de terrorismo de una o varias personas que actúen en forma anónima o a nombre y por encargo de o en conexión con cualquier organismo.
b. Las situaciones de asistencia derivadas de que el automóvil sea utilizado en servicio militar de cualquier clase; actos xx xxxxxx, insurrección, rebelión, revolución, actos delictuosos intencionales en que participe directamente y riña provocada por parte del conductor del automóvil.
c. Destinarlo a un uso o servicio diferente al indicado en esta Póliza que implique una agravación del riesgo.
d. Participar directa o indirectamente con el automóvil en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.
e. Las irradiaciones procedentes de la transmutación o desintegración nuclear, de la radioactividad o de cualquier tipo de accidente causado por combustibles nucleares.
f. Enfermedades mentales o alineación.
g. Cualquier enfermedad preexistente, crónica o recurrente y la convalecencia se considerará como parte de la enfermedad.
h. El daño que sufra el automóvil, cuando sea conducido por una persona que en ese momento se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas, si estas circunstancias influyeron en forma directa en el accidente causa del daño.
i. Enfermedades, estados patológicos, accidentes o accidentes automovilísticos producidos por la ingestión intencionada o administración de tóxicos (drogas), narcóticos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica o por ingestión de bebidas alcohólicas.
j. Lesiones que el beneficiario sufra cuando el automóvil sea utilizado para suicidio o cualquier intento del mismo o mutilación voluntaria, aun cuando el beneficiario se encuentre en estado de enajenación mental.
k. Los automóviles que tengan cualquier modificación de cualquier tipo, diferente a las especificaciones del fabricante, siempre y cuando originen o influyan en la avería o el accidente automovilístico.
l. Labores de mantenimiento, revisiones al automóvil, reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el beneficiario o por un tercero.
m. La falta de gasolina y/o de aceites, acumulados descargados o en mal estado y pinchadura o falta de aire en las llantas no dan derecho al servicio de remolque.
n. Al traspalear mercancía, así como remolque del automóvil con carga o con heridos.
21.- No Adhesión:
Artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas-. Las Instituciones de Seguros sólo podrán ofrecer al público los servicios relacionados con las operaciones que esta Ley les autoriza, mediante productos de seguros que cumplan con lo señalado en los artículos 200 y 201 de esta Ley.
En el caso de los productos de seguro que se ofrezcan al público en general y que se formalicen mediante contratos de adhesión, entendidos como tales aquellos elaborados unilateralmente en formatos por una institución de seguros y en los que se establezcan los términos y condiciones aplicables a la contratación de un seguro, así como los modelos de las cláusulas elaborados para ser incorporados mediante endosos adicionales a esos contratos, además de cumplir con lo señalado en el primer párrafo de este artículo, deberán registrarse xx xxxx previa ante la Comisión en los términos del artículo 203 de este ordenamiento. Lo señalado en este párrafo será también aplicable a los productos de seguros que, sin formalizarse mediante contratos de adhesión se refieran a los seguros de grupo o seguros colectivos de las operaciones señaladas en las facciones I y II del artículo 25 de esta Ley, y a los seguros de caución previstos en el inciso
g) fracción III, del propio artículo 25 del presente ordenamiento.
Las instituciones de seguros deberán consignar en la documentación contractual de los productos de seguros a que se refiere el párrafo anterior, que el producto que ofrece al público se encuentra bajo registro ante la comisión, en la forma y términos que esta determine mediante disposiciones de carácter general.
El contrato o cláusula incorporada al mismo, celebrado por una institución de seguros sin el registro a que se refiere el presente artículo, es anulable, pero la acción sólo podrá ser ejercida por el contratante, asegurado o beneficiario o por sus causahabientes contra la institución de seguros y nunca por ésta contra aquéllos.
22.- Pago en Especie:
Las partes acuerdan que cuando “Telecomm” solicite la indemnización en la modalidad de reposición en especie de los siniestros procedentes de acuerdo a las condiciones de las presentes Condiciones Especiales, “La Aseguradora” realizará el pago directamente a la agencia que suministrará el bien que repondrá el siniestrado, en los términos y condiciones de las cotizaciones aprobadas.
“La Aseguradora” a solicitud expresa de “Telecomm”, procederá a realizar el pago del importe de la factura a la agencia que haya suministrado el bien siniestrado, entregando dentro de las siguientes 24 hrs. el comprobante de transferencia o pago realizado.
Para el alta y baja inventarial del bien sustituido, “La Aseguradora” se compromete a solicitar a la agencia que reponga el bien siniestrado, facture a nombre de Telecomunicaciones de México el bien sustituido, la cual deberá ser entregada a “Telecomm” en un plazo no mayor de 10 días naturales contados a partir de que se haya realizado el pago a la agencia.
“Telecomm” se obliga a pagar a “La Aseguradora” el monto de deducible que corresponda, en los términos indicados en estas Condiciones Especiales, previa la expedición de “La Aseguradora” de la factura correspondiente, a nombre de “Telecomm”, así como a recabar la factura y documentación necesaria para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 492 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.
23.- Cláusula de Buena Fe:
Las partes convienen aplicar en términos del artículo 50, fracción IV, de la Ley Sobre el Contrato de Xxxxxx, el renunciar a la rescisión del contrato por la omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los Artículos 8, 9, y 10 de la citada Ley.
24.- Estándares de Servicio y Penas Convencionales:
No | Suscripción | Tiempo de respuesta máximo | Penas Convencionales | ||
1 | Cotización dentro de contratos | 5 | días | ||
2 | Emisión de Pólizas | 10 | días | ||
3 | Emisión de movimientos (endosos a, b y d) en cualquier | 10 | días | ||
Pólizas | Dos (2) por ciento | ||||
4 | Cartas cobertura cuando se requiera | 2 | días | diario sobre el valor | |
5 | Reexpedición de Pólizas y endosos con errores | 10 | días | de los servicios que | |
6 | Duplicado de Pólizas y recibos cuando se solicite | 10 | días | hayan sido | |
7 | Entrega de notas de crédito | 10 | días | prestados con atraso | |
respecto de las | |||||
fechas y/o plazos | |||||
convenidos para ello, | |||||
sin incluir el importe | |||||
al valor agregado, | |||||
por cada día natural | |||||
de atraso, sin | |||||
rebasar el 20% del | |||||
monto total del | |||||
contrato | |||||
8 | Visitas del ejecutivo de cuenta por semana | 1 | Día y | ||
cuando | |||||
Telecomm | |||||
lo requiera | |||||
No | Siniestros | Tiempo de respuesta máximo | Penas Convencionales. | ||
1 | Proporcionar el número de siniestro | 2 | días | Dos (2) por ciento diario sobre el valor de los servicios que hayan sido prestados con atraso respecto de las fechas y/o plazos convenidos para ello, sin incluir el importe al valor agregado, por cada día natural de atraso, sin rebasar el 20% del monto total del contrato. | |
2 | Tiempos de llegada del ajustador en vehículos | ||||
Área metropolitana. | 1 | hora | |||
Foráneos | 2 | horas | |||
3 | Tiempo de revisión de documentación para solicitar complemento de documentación o dar carta rechazo | 15 | días | ||
4 | Tiempos de aceptación o rechazo de pagos especiales | 5 | días | ||
5 | Tiempo entrega del pago del siniestro después de entregada la documentación | 30 | días | ||
6 | Reportes de siniestralidad bimestral | Bimestrales dentro de los primeros 15 días del mes. |
El tiempo de respuesta máximo es en días naturales.
Las penalizaciones se aplicarán tomando en cuenta los siguientes puntos:
• La Gerencia de Servicios Generales; Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, identificará de sus controles y de los estándares de servicios citados, aquellos que la aseguradora haya prestado con atraso.
• La Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, calculara el importe de la pena convencional que por el retraso en la prestación de los servicios la aseguradora se haya hecho acreedora.
• La Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, notificara por escrito a El Proveedor el importe de la pena convencional, para que en un plazo de 5 días naturales contados a partir de la fecha de notificación, entregue cheque a favor de Telecomunicaciones de México por el importe de la pena convencional determinada.
• La Gerencia de Servicios Generales Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, ingresará el cheque a la Subdirección de Tesorería y solicitará a esta Subdirección que confirme por escrito que el cheque haya sido cobrado.
25.- No subrogación.
Cláusula de no subrogación en contra cualquier persona física o moral que tenga bienes de “Telecomm”, de filiales y/o subsidiarias y/o empleados y/o personal de “Telecomm”: Una vez pagada la indemnización correspondiente, “Telecomm” no se verá obligado a subrogar los derechos a “La Aseguradora” cuando la, el o los responsables del daño haya o hayan sido cualquier persona física o moral que por su propia naturaleza o que por escrito tenga bienes de “Telecomm” así como filiales, sucursales, subsidiaria o empleados.
26.- Manejo de Información
Los bienes cubiertos en las presentes condiciones especiales se manejarán con relación. 27.- Reinstalación Automática de Suma Asegurada:
Se establece que cualquier parte de la suma asegurada que se reduzca por efecto de siniestro amparado por las pólizas, será reinstalada automáticamente, sin cobro de prima a prorrata.
28.- Prescripción.
Todas las acciones que se deriven de este contrato de seguro, prescribirán en dos años contados en los términos del artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma Ley.
La prescripción se interrumpirá no solo por las causas ordinarias, sino también por las acciones legales que inicie “Telecomm”. De conformidad con la cláusula de Jurisdicción y Competencia, así como cualquier comunicación entre “La Aseguradora” y “Telecomm”.
29.- Jurisdicción y Competencia:
Para la interpretación, cumplimiento y pago de la presente póliza, las partes se someten única y exclusivamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciando a la que pudiera corresponderles en razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
30.- Prima.
La Convocante definirá la forma de pago conforme al costo de prima que presente el licitante en su propuesta económica, en la cual debe de indicar el costo de la prima en forma de pago anual y semestral.
El plazo para el pago de la prima se realizará conforme a lo que establece la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, que a la letra dice: Articulo 51 “La fecha de pago al proveedor estipulada en los contratos quedará sujeta a las condiciones que establezcan las mismas; sin embargo, no podrá exceder de veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios en los términos del contrato”.
SE ANEXAN COMO PARTE INTEGRANTE LA RELACIÓN DEL PARQUE VEHICULAR, POR PÓLIZA DE: AUTOMÓVILES; CAMIONES; AUTOBUSES Y MOTOCICLETAS.
Ciudad de México a 13 de febrero de 2018 RESPONSABLE
LIC. XXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX
GERENTE DE SERVICIOS GENERALES, MANTENIMIENTO
A BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y SEGUROS PATRIMONIALES
PARQUE VEHICULAR 2018
PARQUE VEHICULAR 2018.pd
SINIESTRALIDAD 2013-2017
RESPONSABLE
LIC. XXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX
GERENTE DE SERVICIOS GENERALES, MANTENIMIENTO
A BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y SEGUROS PATRIMONIALES
PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio deberá prestarse a Telecomunicaciones de México de conformidad con lo siguiente:
Partida | Descripción | Unidad de Medida | Periodo de prestación del servicio |
La vigencia del contrato | |||
será de las 00:01 horas | |||
1 | Pólizas de Seguros de Flotillas Vehiculares de: automóviles, camiones, autobuses y motocicletas, que amparan el parque vehicular propiedad de Telecomm y/o aquellos que estén bajo su responsabilidad. | Servicio | del 03 xx xxxxx a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2018; y de las 00:01 horas del 01 de enero a las 24:00 |
horas del día 30 xx xxxxx | |||
de 2019. |
LIC. XXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX GERENTE DE SERVICIOS GENERALES,
MANTENIMIENTO A BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y SEGUROS PATRIMONIALES
FORMATO DE ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR
(Hoja preferentemente membretada de la empresa)
por medio del presente escrito expreso mi interés en participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-009KCZ002-E7-2018, por mi propio derecho (en representación de ) y para ello en cumplimiento del artículo 33 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público me permito asentar los siguientes datos:
El licitante: nombre o razón social, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico y Registro Federal de Contribuyentes.
Del representante: nombre, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico y Registro Federal de Contribuyentes.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
FORMATO PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA
(nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que todos los datos aquí asentados, son ciertos y han sido verificados, así como que cuento con las facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Licitación Pública Electrónica Nacional a nombre y representación de: (persona moral) No. de Licitación: LA-009KCZ002-E7-2018.
Dirección electrónica del licitante:
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio:
Calle y número:
Delegación o Municipio:
Colonia:
Código postal: Teléfonos:
Entidad Federativa:
Fax:
Correo electrónico:
Número de escritura pública en la que Consta su Acta constitutiva:
Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Datos de la inscripción en el Registro Público de Comercio:
Relación de accionistas:
Apellido Paterno: Descripción del objeto social:
Reformas al Acta constitutiva:
Apellido Materno:
Nombre (s):
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:
Escritura pública número:
Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó:
Lugar y fecha
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Protesto lo necesario
FORMATO PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA
(nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que todos los datos aquí asentados, son ciertos y han sido verificados, así como que cuento con las facultades suficientes para suscribir la Propuesta en la presente Licitación Pública Electrónica Nacional a nombre y representación de: (persona física)
No. de licitación: LA-009KCZ002-E7-2018.
Dirección electrónica del licitante:
Registro Federal de Contribuyentes: | CURP: |
Domicilio Fiscal: | |
Calle y Número: | |
Colonia : | Delegación o Municipio: |
Código Postal: | Entidad federativa: |
Teléfonos: | Fax: |
Correo electrónico: | |
Descripción de la actividad empresarial: | |
Nombre del representante: |
Lugar y fecha
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Protesto lo necesario
FORMATO DE ESCRITO DE FACULTADES
(Hoja preferentemente membretada del licitante)
Convocatoria a la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-009KCZ002-E7-2018.
Con fundamento en el Artículo 29 fracción VII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Públicos, (Nombre del representante del licitante), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir las proposiciones en la presente Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-009KCZ002-E7-2018, a nombre y representación de (persona física o moral).
(Lugar y Fecha) Protesto lo necesario
Registro Federal de Contribuyentes:
Nombre:
Domicilio:
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
NOMBRE DEL LICITANTE | R. F. C.: | PERIODO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO | PROCEDIMIENTO LA-009KCZ002-E7-2018 |
Partida Única
FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA
PÓLIZA DE SEGURO DE FLOTILLAS EN COBERTURA AMPLIA DEL PARQUE VEHICULAR CON VIGENCIA DE LAS 00.01 HORAS DEL 3 XX XXXXX A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE 2018, PAGO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.
PÓLIZAS DE SEGURO DE FLOTILLAS VEHICULARES EN COBERTURA AMPLIA DEL PARQUE VEHICULAR | ||||||
PÓLIZAS | PRIMA NETA M.N. | DESCUENTOS POR COMISIÓN M.N. | DERECHOS DE PÓLIZA | IMPUESTO AL VALOR AGREGADO | PRIMA TOTAL M.N.(CIFRAS) | PRIMA TOTAL M.N.(LETRAS) |
1 FLOTILLA DE AUTOMÓVILES* | ||||||
2 FLOTILLA DE CAMIONES* | ||||||
3 FLOTILLA DE AUTOBUSES* | ||||||
4 FLOTILLA DE MOTOCICLETAS* | ||||||
TOTAL | 0 | 0 | 0 | 0 |
LOS PRECIOS SON NETOS Y FIRMES POR EL PERIODO DE VIGENCIA DE LAS 00.01 HORAS DEL 3 XX XXXXX A LAS 24:00
HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE 2018.
FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA
PÓLIZA DE SEGURO DE FLOTILLAS EN COBERTURA AMPLIA DEL PARQUE VEHICULAR CON VIGENCIA DE LAS 00.01 HORAS DEL 1 DE ENERO A LAS 24:00 HORAS DEL 30 XX XXXXX 2019, PAGO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.
PÓLIZAS DE SEGURO DE FLOTILLAS VEHICULARES EN COBERTURA AMPLIA DEL PARQUE VEHICULAR | ||||||
PÓLIZAS | PRIMA NETA M.N. | DESCUENTOS POR COMISIÓN M.N. | DERECHOS DE PÓLIZA | IMPUESTO AL VALOR AGREGADO | PRIMA TOTAL M.N.(CIFRAS) | PRIMA TOTAL M.N.(LETRAS) |
1 FLOTILLA DE AUTOMÓVILES* | ||||||
2 FLOTILLA DE CAMIONES* | ||||||
3 FLOTILLA DE AUTOBUSES* | ||||||
4 FLOTILLA DE MOTOCICLETAS* | ||||||
TOTAL | 0 | 0 | 0 | 0 |
LOS PRECIOS SON NETOS Y FIRMES POR EL PERIODO VIGENCIA DE LAS 00.01 HORAS DEL 1 DE ENERO A LAS 24:00
HORAS DEL 30 XX XXXXX 2019.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
LIC. XXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX
GERENTE DE SERVICIOS GENERALES, MANTENIMIENTO A BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y SEGUROS PATRIMONIALES
ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY.
Ciudad de México, a de de 2018.
TELECOMUNICACIONES DE MÉXICO DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES GERENCIA DE ADQUISICIONES
P R E S E N T E
En relación con la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-009KCZ002-E7-2018, relativa a la contratación de .
El suscrito en mi carácter de representante legal de la empresa, personalidad que acredito con el testimonio notarial no. expedido por el Notario Público No. , comparezco a nombre de mi representada a declarar “bajo protesta de decir verdad”:
Que la empresa licitante (o persona física), así como ninguno de sus integrantes, nos encontramos en los supuestos que establecen los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Mi representada se da por enterada que en caso de que la información anterior resultase falsa será causa suficiente para que opere la rescisión del contrato sin responsabilidad para Telecomunicaciones de México.
Lo anterior con el objeto de dar cumplimiento a dicha disposición para los fines y efectos a que haya lugar.
Atentamente
Nombre, cargo y firma del representante
FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
Ciudad de México a de de 2018.
TELECOMUNICACIONES DE MÉXICO DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES GERENCIA DE ADQUISICIONES
P R E S E N T E
Convocatoria a la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-009KCZ002-E7-2018, para la contratación de , presentando ofertas en las opciones indicadas en la convocatoria.
Por medio de la presente, me permito manifestar bajo protesta de decir verdad, que la empresa que represento y el que suscribe, nos comprometemos que por sí mismos o a través de interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas para que la convocante o sus Servidores Públicos, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
A T E N T A M E N T E
REPRESENTANTE LEGAL
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
SOLICITUD DE ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA.
Licitación No. LA-009KCZ002-E7-2018
Nombre de la empresa: Nombre del representante legal:
Solicita aclaración a los aspectos:
( ) Especificaciones Técnicas ( ) Aspectos normativos
Preguntas
1.-
Nombre, firma y cargo del representante legal.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ENTREGA EL LICITANTE.
Nombre de la empresa:
Licitación No. LA-009KCZ002-E7-2018
TIPO DE DOCUMENTO | PUNTO DE LAS BASES | DOCUMENTACIÒN ENTREGADA POR EL LICITANTE | |||
DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS PROPOSICIONES. | |||||
Relación de entrega de documentos, conforme al Anexo 10 (la omisión en la entrega de este documento no será motivo para desechar su proposición). | 4.3 INCISO a) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Copia de identificación oficial vigente por ambos lados, de quien firma la proposición, quien deberá contar con facultades de administración y/o dominio, o poder especial. | 4.3 INCISO b) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Declaración por escrito bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley, conforme al Anexo 7 de esta convocatoria. (OBLIGATORIO). | 4.3 INCISO c) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Escrito de declaración de integridad. Anexo 8. (Obligatorio) | 4.3 INCISO d) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Escrito en el que manifieste que el domicilio consignado en sus propuestas será el lugar donde recibirá toda clase de notificaciones. (OBLIGATORIO). | 4.3 INCISO e) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. (Anexo 5) (OBLIGATORIO). Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios. Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. | 4.3 INCISO f) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Escrito y formato para acreditar la existencia legal y la personalidad jurídica del licitante debidamente requisitado, conforme al Anexo 4-A (persona moral) o 4-B (persona física) de esta convocatoria según corresponda. (OBLIGATORIO). | 4.3 INCISO g) | SI | ( ) | NO | ( ) |
En caso de resultar aplicable, presentar escrito firmado por el representante legal del licitante, utilizando el Anexo 16 de esta convocatoria, el que en términos de lo dispuesto por los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, confidencial, reservada o | 4.3 INCISO h) | SI | ( ) | NO | ( ) |
TIPO DE DOCUMENTO | PUNTO DE LAS BASES | DOCUMENTACIÒN ENTREGADA POR EL LICITANTE | |||
comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, explicando los motivos de clasificación. | |||||
Escrito en el que manifieste su aceptación, en términos de la Disposición General 29 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet. (D.O.F. 28-Junio- 2011), respecto a que la Convocante tendrá como no presentada la proposición del licitante, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma. | 4.3 INCISO i) | SI | ( ) | NO | ( ) |
PROPUESTA TECNICA Y ECONOMICA. | |||||
Propuesta técnica, debidamente requisitada y firmada por la persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga. (OBLIGATORIO). | 4.4 INCISO a) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Los licitantes podrán realizar la presentación conjunta de proposiciones, para lo cual deberán dar estricto cumplimiento a lo indicado en el punto III numeral 3.5 de esta convocatoria debiendo entregar copia simple del convenio al que se refiere dicho numeral. | 4.4 INCISO b) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Plazo y lugar de entrega conforme al Anexo 2 de esta convocatoria | 4.4 INCISO c) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Escrito de micro, pequeña o mediana empresa. Anexo 12 o escrito libre. | 4.4 INCISO d) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Documento expedido por el I.M.S.S. en la cual manifieste que no tiene adeudos pendientes. Obligatorio. En caso de que el personal del licitante se encuentre subcontratado por otra empresa (Outsourcing de nómina), deberá presentar copias de los documentos que acrediten el convenio entre ambas partes, así como copias del registro patronal, listado de trabajadores subcontratados, constancia de pago y cédula de determinación de cuotas de la empresa subcontratada. Obligatorio. | 4.4 INCISO e) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Deberán presentar copia de la autorización expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de que el licitante está autorizado para la operación de daños indicados en el artículo 25 fracción III de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. (OBLIGATORIO) | 4.4 INCISO f) | SI | ( ) | NO | ( ) |
Escrito en papel membretado de la empresa, en el que manifieste que se obliga a guardar la más estricta confidencialidad en torno a la información que TELECOMM ponga a su disposición, no pudiendo utilizar ésta sin previa autorización por escrito de TELECOMM. | 4.4 INCISO g) | SI | ( ) | NO | ( ) |
TIPO DE DOCUMENTO | PUNTO DE LAS BASES | DOCUMENTACIÒN ENTREGADA POR EL LICITANTE | |||
DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA | |||||
Propuesta económica, debidamente requisitada y firmada por la persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, conforme al Anexo 6 de esta convocatoria. (OBLIGATORIO) | 4.5 INCISO a) | SI | ( ) | NO | ( ) |
(APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA PERSONA FÍSICA Y ACTÚE POR SÍ MISMO)
Contrato plurianual de prestación de servicios de “pólizas de seguros de flotillas vehiculares de: automóviles, camiones, autobuses y motocicletas, que amparan el parque vehicular propiedad de Telecomm y/o aquellos que estén bajo su responsabilidad” que celebran por una parte Telecomunicaciones de México, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, al que en lo sucesivo se le denominará “TELECOMM”, representado legalmente por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, en su carácter de Director de Administración Financiera, asistido por el Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Gerente de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales es su carácter de área requirente, en su carácter de administrador y verificador del cumplimiento del presente contrato y por la otra parte el C. , por su propio derecho, a quien en lo sucesivo se denominará “EL PROVEEDOR” de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:
(APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA PERSONA FÍSICA Y ACTÚE MEDIANTE REPRESENTANTE LEGAL)
Contrato plurianual de prestación de servicios de “pólizas de seguros de flotillas vehiculares de: automóviles, camiones, autobuses y motocicletas, que amparan el parque vehicular propiedad de Telecomm y/o aquellos que estén bajo su responsabilidad” que celebran por una parte Telecomunicaciones de México, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, al que en lo sucesivo se le denominará “TELECOMM”, representado legalmente por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, en su carácter de Director de Administración Financiera, asistido por el Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Gerente de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales es su carácter de área requirente, en su carácter de administrador y verificador del cumplimiento del presente contrato y por la otra parte el C. , a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PROVEEDOR”, representado legalmente en este acto por el C. , de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:
(APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA PERSONA MORAL LEGALMENTE CONSTITUIDA)
Contrato plurianual de prestación de servicios de “pólizas de seguros de flotillas vehiculares de: automóviles, camiones, autobuses y motocicletas, que amparan el parque vehicular propiedad de Telecomm y/o aquellos que estén bajo su responsabilidad” que celebran por una parte Telecomunicaciones de México, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, al que en lo sucesivo se le denominará “TELECOMM”, representado legalmente por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, en su carácter de Director de Administración Financiera, asistido por el Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Gerente de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales es su carácter de área requirente, en su carácter de administrador y verificador del cumplimiento del presente contrato y, por la otra parte la empresa
, a la que en lo sucesivo se le denominará “EL PROVEEDOR” representada legalmente en este acto por el C.
, en su carácter de , de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S:
I. “TELECOMM” declara:
I.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, creado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 1986 y reformado por diversos publicados en el mismo medio informativo, de fechas 17 de noviembre de 1989, 29 de octubre de 1990, 6 de enero de 1997 y 14 xx xxxxx de 2011, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto principal es la prestación de los servicios públicos de telégrafos, radiotelegrafía, la comunicación vía satélite y los de telecomunicaciones que expresamente se señalan en el artículo 3° de su decreto de creación, así como los de carácter prioritario que en su caso le encomiende el Ejecutivo Federal.
I.2 El Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, como representante legal y en su carácter de Director de Administración Financiera, firma el presente contrato de conformidad con el poder que para tal efecto le fue otorgado mediante testimonio notarial 49,028 de fecha 17 de febrero de 2015, pasado ante la xx xxx Xxxxxxx Público número 221 del Distrito Federal, Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, con registro número 42-7-25022015-180235 en el Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE).
I.3 Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, “TELECOMM”, cuenta con los oficios números 6100.-801 y 6100.-107 de fechas 04 de enero de 2018, signado por el Subdirector de Presupuesto y Contabilidad, mediante el cual se asignan recursos presupuestales para el ejercicio fiscal 2018 con cargo a la partida presupuestal 34501.
Las obligaciones de este contrato cuyo cumplimiento, se encuentra previsto realizar durante el ejercicio fiscal de 2019 quedará sujeta, para fines de su ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente “TELECOMM”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para los ejercicios fiscales correspondientes que apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
I.4 Que cuenta con el Acuerdo con el Director General de fecha 06 de febrero de 2018, a través del cual, el Director General de “TELECOMM” autoriza comprometer recursos para llevar a cabo la contratación correspondiente a la partida 34501 Seguro de Bienes Patrimoniales para que sea ejercida para la contratación de “Seguro de flotilla vehicula; automóviles, camiones, motocicletas y autobuses”, para el ejercicio fiscal 2019, quedando sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuenten “TELECOMM” conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para los ejercicios fiscales correspondientes apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
I.5 La adjudicación del presente contrato, se realizó mediante el procedimiento de licitación pública electrónica nacional No. LA-009KCZ002-E7-2018 conforme a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25, 26 fracción l, 26 Bis fracción Il, 27 y 28, fracción l de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en lo dispuesto en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de noviembre de 2017.
I.6 Requiere la prestación de los servicios objeto de este contrato, en razón de que no cuenta con los elementos necesarios para realizarlos.
I.7 Su clave del Registro Federal de Contribuyentes es: TME-891117-F56.
I.8 Que para el ejercicio y cumplimiento de los derechos y obligaciones a su cargo, que se deriven del presente instrumento señala como su domicilio legal el ubicado Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
(DECLARACIÓN APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA PERSONA FÍSICA Y ACTÚE POR SÍ MISMO)
II.1 Es de nacionalidad mexicana, lo que acredita con el acta de nacimiento número (ANOTAR EL NÚMERO DEL ACTA DE NACIMIENTO, AUTORIDAD Y ENTIDAD QUE LA EXPIDE, ADJUNTAR COPIA COTEJADA), y se
identifica con la credencial
(ANOTAR EL NÚMERO QUE
CORRESPONDA A LA IDENTIFICACIÓN Y EL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN QUE LA EMITE).
(DECLARACIÓN APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA EXTRANJERO LA DECLARACIÓN SIGUIENTE SUPLIRÁ A LA ANTERIOR)
II.1 Que es de nacionalidad
(ANOTAR LA NACIONALIDAD
RESPECTIVA), lo que acredita con
(ANOTAR LA
DOCUMENTACIÓN QUE LO ACREDITA COMO TAL) y que cuenta con la autorización del Gobierno Mexicano, para ejercer actos de comercio dentro del Territorio Nacional (ANOTAR EL TIPO DE DOCUMENTO VIGENTE, NÚMERO DE FOLIO, FECHA
DE EXPEDICIÓN Y AUTORIDAD QUE LO EXPIDE), por lo que conviene en someterse a las leyes mexicanas por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de ningún Gobierno Extranjero.
II.2 Su representante legal es el C. (ANOTAR EL NOMBRE DEL REPRESENTANTE), quien acredita su personalidad con la exhibición del testimonio de poder notarial número (ANOTAR EL NÚMERO DEL PODER), de fecha
(ANOTAR LA FECHA RESPECTIVA EN QUE SE OTORGA EL PODER), otorgado
ante la xx xxx Xxxxxxx Público Número , de la ciudad de , Lic. , inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de (ANOTAR LA CIUDAD EN QUE SE LLEVÓ A CABO EL REGISTRO), bajo el folio número (ANOTAR LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN, EN EL
CASO DE QUE NO TENGA NÚMERO DE FOLIO, ANOTAR LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN QUE SE ENCUENTREN EN EL DOCUMENTO COMO LIBRO , VOLUMEN , FOJA , SECCIÓN ,
FECHA ,), manifestando que a la fecha no le han sido revocadas ni limitadas
de modo alguno sus facultades de representación y se identifica con
(ANOTAR EL NÚMERO DE DOCUMENTO OFICIAL QUE LO IDENTIFIQUE ASÍ COMO LA INSTITUCIÓN QUE LO EXPIDE, ANEXAR COPIA COTEJADA DE DICHO DOCUMENTO).
(EN EL CASO QUE EL PROVEEDOR SEA UNA PERSONA MORAL LA DECLARACIÓN
II.1 SERÁ LA QUE SE CONSIGNA A CONTINUACIÓN:)
II.1 Es una sociedad legalmente constituida de acuerdo a la legislación de los Estados Unidos Mexicanos, tal y como lo acredita con el testimonio de la Escritura Pública número (ANOTAR EL NÚMERO DE LA ESCRITURA RESPECTIVA), de fecha (ANOTAR LA FECHA EN QUE SE CONSTITUYÓ LA SOCIEDAD DE ACUERDO CON LA ESCRITURA RESPECTIVA), otorgado ante la xx xxx Xxxxxxx Público número (ANOTAR EL NÚMERO RESPECTIVO), de la ciudad de
(ANOTAR LA CIUDAD QUE CORRESPONDA), Lic. (NOMBRE XXX XXXXXXX QUE
SUSCRIBE EL PODER), debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de (ANOTAR EL LUGAR DONDE SE
LLEVÓ A CABO EL REGISTRO), bajo folio mercantil no. (ANOTAR LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN, ANOTAR LA FECHA DEL REGISTRO. EN EL CASO DE QUE NO TENGA NÚMERO DE FOLIO, ANOTAR LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN QUE SE ENCUENTREN EN EL DOCUMENTO COMO LIBRO , VOLUMEN , FOJA , SECCIÓN , FECHA ).
II.2 Su representante legal es el C.
(ANOTAR EL NOMBRE DEL
REPRESENTANTE DE ACUERDO A LA ESCRITURA CONSTITUTIVA O EN SU CASO DEL PODER
XXXXXXXXXX) quien acredita su personalidad con la exhibición de
(TESTIMONIO DEL ACTA CONSTITUTIVA, O EN SU CASO, EL TESTIMONIO DEL PODER NOTARIAL) número (EL QUE CORRESPONDA) de fecha (LA FECHA EN
QUE SE OTORGÓ), otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público Número (ANOTAR
EL NÚMERO XX XXXXXXX QUE SUSCRIBE LA ESCRITURA O EL PODER, SEGÚN SEA EL CASO) de la
ciudad de (LA QUE CORRESPONDA), Lic. , debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de (ANOTAR EL LUGAR DONDE SE LLEVÓ A CABO EL REGISTRO) bajo el folio número (ANOTAR LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN), de fecha (ANOTAR LA FECHA Y ANEXAR COPIA DE DICHO DOCUMENTO) en su carácter de
(NOMBRAMIENTO DE ACUERDO A LA ESCRITURA O DEL PODER
CORRESPONDIENTE), manifestando que a la fecha no le han sido revocadas ni limitadas de modo alguno sus facultades de representación y se identifica con (ANOTAR EL DOCUMENTO OFICIAL QUE LO IDENTIFIQUE Y LA INSTITUCIÓN QUE LO EXPIDE).
(DECLARACIÓN APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA PERSONA FÍSICA)
II.3 Entre el objetivo de la actividad profesional que desempeña, está la prestación de servicios que corresponden al objeto de este contrato.
(DECLARACIÓN APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA PERSONA MORAL)
II.3 Entre su objeto social, se encuentra la prestación de servicios del tipo al que corresponde el objeto de este contrato.
II.4 Ha considerado todos los factores que se requieren para la ejecución satisfactoria del servicio contratado, así como las especificaciones contenidas en los anexos indicados en la cláusula segunda de este instrumento.
II.5 Conoce las disposiciones de tipo legal, administrativo, técnico y financiero que xxxxxx la celebración y ejecución del presente contrato y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, disponiendo para ello de los elementos técnicos, humanos, materiales y financieros necesarios para el desarrollo eficaz de los servicios objeto del presente instrumento contractual.
(DECLARACIÓN APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR, SEA PERSONA FÍSICA Y ACTÚE POR SÍ MISMO)
II.6 Bajo protesta de decir verdad no desempeña ni él ni ninguno de sus empleados, empleo, cargo o comisión en el servicio público o en su caso, que a pesar de desempeñarlo, no se actualiza un Conflicto de intereses en términos del artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 de julio de 2016.
(DECLARACIÓN APLICABLE PARA EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA PERSONA MORAL)
II.6 Bajo protesta de decir verdad que así como los asociados que ejercen control sobre la sociedad que represento, no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso a pesar de desempeñarlo con la formalización del presente contrato no se actualiza un Conflicto de intereses en términos del artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 de julio de 2016.
II.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.8 Para los efectos de lo previsto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a “TELECOMM” el documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emite opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, prevista en la regla
2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017”.
II.9 Su clave del Registro Federal de Contribuyentes es: .
II.10 Para el cumplimiento de las obligaciones y derechos que se desprenden del presente instrumento, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que su domicilio es el ubicado en , (SEÑALAR EL DOMICILIO DEL PROVEEDOR) el cual señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos y que asimismo, lo señala para la práctica de notificaciones, aún las de carácter personal que se deriven de este contrato.
Igualmente “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su aceptación de que dicho domicilio podrá ser verificado en cualquier momento por “TELECOMM”; conviniendo que en el caso de que llegaré a cambiar su domicilio, lo notificará a “TELECOMM” dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en que se produzca dicho cambio.
(DECLARACIÓN APLICABLE ÚNICAMENTE PARA EL CASO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA)
III. “LOS PROVEEDORES” declaran:
III.1 Que toda vez que participan conjuntamente, según consta en el convenio de participación conjunta que se integra como anexo de este contrato, los participantes se comprometen y darán cumplimiento a los trabajos objeto de este contrato de manera (SOLIDARIA O MANCOMUNADA), conforme a lo establecido en el convenio aludido y sujetándose a lo pactado en el presente instrumento y sus anexos.
Hechas las declaraciones que anteceden las partes convienen en obligarse y contratar al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S:
Primera. Objeto.
“EL PROVEEDOR” se obliga a prestar los servicios a “TELECOMM”, consistentes en pólizas de seguros de flotillas vehiculares de: automóviles, camiones, autobuses y motocicletas, que amparan el parque vehicular propiedad de Telecomm y/o aquellos que estén bajo su responsabilidad y demás condiciones que al efecto se detallan en los anexos indicados en la cláusula segunda, los que debidamente rubricados y firmados por las partes forman parte integrante del presente instrumento contractual.
Segunda. Relación de anexos.
Son parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se enumeran:
I. Propuesta técnica.
II. Propuesta económica.
(APLICA ÚNICAMENTE PARA EL CASO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA).
III. Convenio de participación conjunta (ANOTAR LOS NOMBRES DE QUIENES LO CELEBRAN Y LA FECHA)
Los anexos antes descritos debidamente firmados por las partes, quedan integrados al presente contrato.
Tercera. Importe del contrato.
“TELECOMM” pagará a “EL PROVEEDOR” en concepto de contraprestación por la realización de los servicios objeto del presente contrato, un importe que asciende a la cantidad de $ ( ), más la cantidad de $ ( ), por concepto del 16% del impuesto al valor agregado, lo que hace un monto total de $ ( ).
El precio unitario de los servicios contratados se detalla en la propuesta económica la que debidamente firmada y rubricada por las partes se agrega a este instrumento para formar parte integrante del mismo.
Los precios unitarios del presente contrato son fijos y no estarán sujetos a fórmula escalatoria alguna durante la vigencia del mismo, por lo que, si “EL PROVEEDOR” realiza trabajos por mayor precio unitario del indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los trabajos correspondientes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno en concepto de ello.
Cuarta. Forma de pago.
“TELECOMM” pagará a “EL PROVEEDOR” el importe pactado en la cláusula que antecede por los servicios objeto de este contrato, por cada año fiscal (2018 y 2019), en una sola exhibición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley y
93 de su Reglamento, previa entrega y aceptación de la factura y demás documentación correlativa y a entera satisfacción del Organismo, dentro del plazo máximo de 20 (veinte) días naturales contados a partir de la presentación de la(s) factura(s) correspondiente(s), debidamente requisitada(s), la(s) cual(es) se acompañará(n), en su caso, del (los) reporte(s) de servicio y la autorización correspondiente de los mismos, por parte del área requirente; quedando entendido
que no se autorizará pago alguno de no acompañarse del (los) reporte(s) mencionado(s) aprobado(s) por “TELECOMM”.
El área administradora y verificadora del contrato, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de la recepción de la o las factura(s) y la documentación correspondiente, verificará la previa recepción de los servicios que en la(s) factura(s) se consignen, los datos correspondientes como: requisitos fiscales, descripción de los servicios, cálculos, precios unitarios; si los datos son correctos continuará con el procedimiento para su pago, el cual concluirá dentro de los 20 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la(s) factura(s).
En caso de errores o deficiencias en la(s) factura(s) y/o la documentación anexa a las mismas, dentro de un plazo de 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción el área administradora y verificadora, rechazará la operación indicando por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir a fin de que éste las presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago, por lo que, en este caso el plazo de 20 días naturales iniciará a partir de la nueva presentación de la(s) factura(s) corregida(s).
Dicho pago se efectuará a través de transferencia electrónica de fondos vía pago interbancario, en la cuenta bancaria número , clabe interbancaria, sucursal
y número de la institución bancaria . Para tal efecto “EL
PROVEEDOR” deberá presentar a la firma del presente instrumento, el formato denominado solicitud de pago a través del servicio interbancario debidamente requisitado.
(EN EL CASO DE QUE EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DEL PROGRAMA CADENAS PRODUCTIVAS, A LA CITADA CLÁUSULA SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOS PÁRRAFOS SIGUIENTES:)
“TELECOMM” pagará al intermediario financiero que designe “EL PROVEEDOR”, las Cuentas por Pagar que se encuentren debidamente registradas en el Programa xx Xxxxxxx Productivas, conforme a lo previsto en las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, para su incorporación al “Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007 y sus modificaciones publicadas el 06 xx xxxxx de 2009”.
Las partes acuerdan expresamente que el pago se efectuará únicamente, cuando se haya recibido el servicio objeto del presente contrato a entera satisfacción del área requirente, en cuyo caso ésta enviará al área administradora y verificadora la factura correspondiente; en caso de que se detectaran irregularidades en la prestación del servicio, se informará de éstas a “EL PROVEEDOR” y no habrá lugar al registro de
la(s) factura(s) correspondiente(s) en el programa. Si el servicio es recibido de conformidad, dará lugar al registro de la(s) factura(s) correspondiente(s) y se procederá al pago mediante el depósito respectivo en la cuenta bancaria que hubiere proporcionado el Intermediario Financiero mediante el mecanismo determinado ex profeso por NAFIN.
Las partes convienen expresamente que las obligaciones de este contrato, cuyo cumplimiento se encuentra previsto realizar durante el ejercicio fiscal de 2019 quedarán sujetas para fines de su ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria con que cuente “TELECOMM”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el ejercicio fiscal correspondiente que apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá de reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes conforme al artículo 8° de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal respectivo. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del “TELECOMM”,
En caso de incumplimiento en los pagos a que se refiere el párrafo anterior, la dependencia o entidad, a solicitud del proveedor, deberá pagar gastos financieros conforme a la tasa que será igual a la establecida en el artículo 8° de la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo pactado, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del proveedor, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo pactado, hasta que se ponga efectivamente las cantidades a disposición de “EL PROVEEDOR”.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 95, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las partes convienen que en el caso xx xxxxx convencionales, el pago estará condicionado proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deberá efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Quinta. Vigencia.
La vigencia del contrato será de las 00:01 horas del 03 xx xxxxx a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2018; y de las 00:01 horas del 01 de enero a las 24:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2019.
Sexta. Garantía de cumplimiento del contrato.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y 294 fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, “EL PROVEEDOR” no estará obligado a presentar ante “TELECOMM” una póliza de fianza que garantice el cumplimiento del convenio, sin embargo las obligaciones a su cargo se ejercitarán de conformidad con las disposiciones de la Ley en mención en el Título Sexto, Capítulo primero, Ley sobre el Contrato de Seguro y demás reglamentaciones particulares por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y las establecidas en la Ley y su Reglamento.
Séptima. Administración y verificación del contrato.
A la firma del contrato “TELECOMM” a través del titular del área requirente designará al servidor público y “EL PROVEEDOR” nombrará al personal a su cargo para administrar y verificar el debido cumplimiento del presente contrato para que verifiquen la correcta ejecución de los servicios, a quienes se les notificará por escrito de su designación y nombramiento, respectivamente.
“TELECOMM” y “EL PROVEEDOR” autorizan al servidor público y dicha persona para recibir notificaciones relacionadas con el presente contrato, quienes tendrán a su cargo la comunicación para regular entre las partes todos los efectos del presente contrato.
“TELECOMM” a través del servidor público designado efectuará funciones de inspección de los servicios solicitados, conforme a los mecanismos, documentos de comprobación y supervisión. Tendrá en todo tiempo el derecho de verificar que la ejecución de los servicios objeto del presente contrato, se ajuste a las especificaciones, lugares de realización, programa, fechas y/o plazos establecidos para la prestación de los servicio, así como términos de referencia y que sean efectivamente prestados y recibidos a entera satisfacción de “TELECOMM”, conforme a los requerimientos de cada entregable como se especifica en el anexo precisados en la cláusula segunda del presente instrumento y dará por escrito a “EL PROVEEDOR” las instrucciones que estime pertinentes en relación con dicha ejecución.
Cualquier notificación, solicitud o comunicado entre las partes que deba ser entregado o elaborado de acuerdo a lo dispuesto en este contrato y sus anexos, se formulará por escrito, mismos que deberán ser entregados en forma personal al servidor público designado por “TELECOMM” o al personal nombrado para los mismos efectos por “EL PROVEEDOR”, quienes deberán estampar su nombre, cargo y firma, la fecha de recepción de la notificación, solicitud o comunicado.
De preferir la entrega por correo electrónico, deberá enviarse al servidor público o a la persona autorizada, según sea el caso, en el entendido de que el receptor deberá acusar de recibido dichos documentos y de no hacerlo el emisor deberá entregar el comunicado al día siguiente de su transmisión en forma personal y obtendrá el acuse de recibido del servidor público designado o persona nombrada, según sea el caso, en horas de oficina en los domicilios señalados para tal efecto.
“TELECOMM” y “EL PROVEEDOR” podrán nombrar sustitutos de las personas designadas, dando aviso a la otra parte por escrito con quince días naturales de anticipación, y deberán mantener los registros necesarios de las actividades realizadas con motivo de la ejecución de los servicios objeto del presente contrato.
Octava. Responsabilidades de “EL PROVEEDOR”.
Durante la vigencia del presente contrato o hasta que se realicen la totalidad de los servicios objeto del mismo “EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Que la prestación de los servicios objeto del presente contrato, se realice con estricto apego a las especificaciones, lugares de realización, programa, fechas y/o plazos de prestación de los servicios, términos de referencia y demás condiciones que al efecto se detallan en los anexos que firmados por las partes forman parte integral del mismo.
b) Ejecutar los servicios contratados empleando su máximo esfuerzo, experiencia, organización y personal especializado, para que la prestación de dichos servicios sea de la mejor calidad.
c) Entregar a “TELECOMM” el (los) reporte(s) y/o la información de los servicios objeto del presente instrumento que hayan sido realizados de manera bimestral dentro de los 10 días naturales al cierre del bimestre de siniestralidad.
d) Responder en cualquier caso, de la deficiente calidad de los servicios objeto de este contrato; de los defectos y vicios ocultos de los bienes que en su caso utilice para la realización de los mismos, así como de asumir cualquier responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este
contrato de conformidad con lo previsto por el segundo párrafo del artículo
53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
e) Proporcionar a “TELECOMM” y/o a las dependencias o entidades que tengan que intervenir, los datos necesarios para la inspección de los servicios objeto del presente contrato.
f) “EL PROVEEDOR”, se obliga a sustituir el día 09 xx xxxxx de 2018, la carta cobertura de la póliza de seguro de flotilla en cobertura amplia del parque vehicular.
En relación con la ejecución de los servicios objeto de este contrato, las partes convienen que “TELECOMM” a través del servidor público designado para administrar y verificar el cumplimiento del contrato, tendrá la facultad para juzgar acerca de la calidad técnica de servicios, y el cumplimiento de las especificaciones establecidas en el anexo y de ser el caso rechazará por escrito y con razones técnicamente fundadas los servicios que no estén conforme a lo estipulado en este contrato y su anexo, notificándolo a “EL PROVEEDOR” para que corrija las fallas detectadas en cuanto a la prestación de los servicios objeto del presente contrato o el incumplimiento del mismo.
“EL PROVEEDOR” deberá realizar los servicios o reposiciones necesarias, dentro de un plazo que no excederá xx xxxx días naturales contados a partir de la notificación correspondiente, sin que tenga derecho a retribución alguna por concepto de dichos servicios o reposiciones.
Si “EL PROVEEDOR” no atendiere los requerimientos de “TELECOMM”, éste último podrá elegir libremente entre exigir que se realicen nuevamente los servicios conforme a las especificaciones determinadas; o encomendar a un tercero la reposición de que se trate con cargo a “EL PROVEEDOR”; retener las cantidades pendientes por pagar; hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, en su caso, ejercitar las acciones correspondientes por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contraídas para la prestación de los servicios contratados
Novena. Daños y Perjuicios.
Los daños y perjuicios que se causen a “TELECOMM” y/o a terceros con motivo de la prestación de los servicios objeto de este contrato, por negligencia, inobservancia, impericia, dolo o mala fe de “EL PROVEEDOR”, o por el mal uso que éste haga de las instalaciones o bienes de “TELECOMM” durante la prestación de los referidos servicios, serán de la responsabilidad directa de “EL PROVEEDOR”, el cual se obliga a resarcir a “TELECOMM” de dichos daños o perjuicios, cubriendo los importes que al efecto se determinen.
Décima. Cesión.
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder en forma parcial ni total en favor de cualquier persona los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, deberá previamente solicitarlo por escrito a “TELECOMM” y contar con el consentimiento expreso de este último.
(EN EL CASO DE QUE EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DEL PROGRAMA CADENAS PRODUCTIVAS, EL PÁRRAFO ANTERIOR DEBERÁ SUSTITUIRSE POR EL SIGUIENTE:)
“EL PROVEEDOR” se obliga a no ceder en forma parcial ni total en favor de cualquier persona los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato; sin perjuicio de lo anterior, considerando que “TELECOMM” está incorporado al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., manifiesta su conformidad para que “EL PROVEEDOR” pueda ceder sus derechos de cobro a favor del Intermediario Financiero que dentro del programa en mención haya sido designado beneficiario de dicho cobro por “EL PROVEEDOR”.
Décima Primera. Impuestos.
Los impuestos que se generen por la prestación de los servicios objeto del presente contrato, se pagarán y enterarán por quien los cause conforme a la Legislación Fiscal vigente.
Décima Segunda. Propiedad de la Información.
La información fuente proporcionada por “TELECOMM”, así como la que resulte de la prestación del servicio objeto de este contrato, será en todo momento propiedad exclusiva de “TELECOMM”, a excepción de los derechos de autor u otros derechos exclusivos; en razón de lo anterior “EL PROVEEDOR” se obliga a guardar total y absoluta reserva de la información que se le proporcione o a la que tenga acceso con motivo de los servicios objeto de este contrato, comprometiéndose a utilizar dicha información exclusivamente para los fines del mismo, por lo que, no podrá divulgarla en provecho propio o de terceros.
“EL PROVEEDOR” deberá proporcionar a la Secretaría de la Función Pública y al Órgano Interno de Control en “TELECOMM”, la información y/o documentación relacionada con el presente contrato que en su momento, se le requiera con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que se practiquen.
Décima Tercera. Lugar de Prestación del Servicio.
Los servicios objeto de este contrato, serán proporcionados en el Territorio de los Estados Unidos Mexicanos, o en cualquier parte de los Estado Unidos de América, Canadá y países del área de Centroamérica y con las características establecidas que se indican en el anexo, con estricto apego a las especificaciones, programa, fechas y/o plazos de prestación de los servicios, términos de referencia y demás condiciones descritas en la propuesta técnica.
Décima Cuarta. Prórrogas.
Las partes acuerdan que conforme a lo dispuesto en el artículo 91, párrafos segundo y tercero del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el presente contrato únicamente se podrá prorrogar en caso de presentarse caso fortuito, causa de fuerza mayor o cuando por alguna causa imputable a “TELECOMM” la prestación de los servicios objeto de este contrato, no pueda realizarse en la fecha o plazo pactado para ello.
Para los efectos de proceder a la modificación del presente contrato, en vía de prórroga por caso fortuito o causa de fuerza mayor, “EL PROVEEDOR” deberá presentar a “TELECOMM” la solicitud por escrito, en la que se hará constar el caso concreto acompañándose de los medios de prueba pertinentes; una vez que “TELECOMM” reciba la solicitud aludida, se procederá a la revisión de la misma y dentro de un plazo que no exceda de (3) tres días hábiles determinará la procedencia o improcedencia de la misma.|
En el supuesto de que la solicitud de prórroga, se fundamente en causa imputable a “TELECOMM”, no se requerirá la previa solicitud de “EL PROVEEDOR”.
En cualquiera de los supuestos a que se hace alusión en los párrafos inmediatos anteriores, se deberá formalizar el convenio modificatorio correspondiente, en el que se hará constar la nueva fecha o plazo pactados en vía de prórroga para la prestación de los servicios objeto de este contrato, conviniéndose que en estos mismos supuestos no habrá lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso en el cumplimiento de las fechas o plazos pactados originalmente.
Décima Quinta. Modificaciones al contrato.
Las modificaciones que por razones fundadas pudieran realizarse al presente contrato, incluidas las adecuaciones por incremento en la cantidad de los servicios objeto del mismo, deberán constar por escrito en términos de lo dispuesto en el
artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En el caso de que se incremente la cantidad de los servicios a ejecutar “TELECOMM” notificará a “EL PROVEEDOR” dicho incremento en forma desglosada, detallando las especificaciones correspondientes, observándose que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto, el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en el presente contrato y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente.
En su caso, se formalizarán los convenios modificatorios correspondientes.
Décima Sexta. Pena convencional.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuando por causas imputables a “EL PROVEEDOR” este no realice los servicios objeto del presente contrato en las fechas y/o plazos pactados que se establecen ex profeso en la propuesta técnica del presente instrumento, fechas y/o plazos que se consideran como casos concretos para la aplicación de las penas convencionales, conforme a lo dispuesto en el artículo 96 del Reglamento de la citada ley.
“TELECOMM” impondrá a “EL PROVEEDOR” una pena convencional consistente en una cantidad igual al 2% diario sobre el valor de los servicios que hayan sido prestados con atraso respecto de las fechas y/o plazos convenidos para ello, sin incluir el importe al valor agregado, por cada día natural de atraso.
Esta pena se estipula, por el simple atraso en el cumplimiento de las fechas o plazos pactados para la prestación de los servicios contratados, no excederá del 20% del monto total del contrato y se determinará en función de los servicios no prestados oportunamente, salvo que por las características de los servicios se consideren incompletos, la pena convencional pactada se aplicará por el total de la garantía correspondiente.
En términos de lo dispuesto en el artículo 100, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en los casos en que el(los) servicio(s) o parte del mismo no se realice y la pena convencional por atraso rebase el monto de la pena establecida de manera proporcional respecto de la parte no realizada en las fechas pactadas, “TELECOMM” previa notificación a “EL PROVEEDOR”, sin rescindir el contrato correspondiente, podrá modificarlo, cancelando los servicios, aplicando a “EL PROVEEDOR” una sanción por cancelación, equivalente a la pena convencional máxima por atraso que
correspondería en el caso de que los servicios realizados en fechas posteriores a la pactada, siempre y cuando la suma total del monto de las cancelaciones no rebase el 10% (diez por ciento) del importe total del contrato.
Décima Séptima. Procedimiento para la aplicación de la pena convencional.
El servidor público designado por “TELECOMM” para administrar y verificar el presente contrato, con los documentos comprobatorios correspondientes, elaborará el o los informes de los atrasos en que hubiere incurrido “EL PROVEEDOR” en la prestación de los servicios respecto de las fechas o plazos pactados para tal efecto, atraso que comunicará y documentará al titular del área requirente, quien notificará por escrito a “EL PROVEEDOR” para que en el plazo de (5) cinco días naturales contados a partir de la fecha de tal notificación, manifieste lo que a su derecho convenga.
Si transcurrido el plazo en mención “EL PROVEEDOR” no hace manifestación alguna en su defensa, o si después de analizar las razones aducidas por éste “TELECOMM” estima que las mismas no son pertinentes, se procederá a la cuantificación de la pena convencional correspondiente, haciéndolo del conocimiento de “EL PROVEEDOR”, considerando lo siguiente:
Descripción Técnica de los Servicios para el Seguro del Parque Vehicular, punto 24 Estándares de Servicio y Penas Convencionales, el siguiente cuadro que precisa la Pena Convencional a aplicar por los servicios que se describen en el mismo:
No | Suscripción | Tiempo de respuesta máximo | Penas Convencionales | |
1 | Cotización dentro de contratos | 5 | días | |
2 | Emisión de Pólizas | 10 | días | |
3 | Emisión de movimientos (endosos a, b y d) en cualquier Pólizas | 10 | días | |
4 | Cartas cobertura cuando se requiera | 2 | días | |
5 | Reexpedición de Pólizas y endosos con errores | 10 | días | Dos (2) por ciento diario |
6 | Duplicado de Pólizas y recibos cuando se solicite | 10 | días | sobre el valor de los servicios |
7 | Entrega de notas de crédito | 10 | días | que hayan sido prestados |
con atraso respecto de las | ||||
fechas y/o plazos convenidos | ||||
para ello, sin incluir el | ||||
importe al valor agregado, | ||||
por cada día natural de | ||||
atraso, sin rebasar el 20% | ||||
del monto total del contrato. | ||||
8 | Visitas del ejecutivo de cuenta por semana | 1 | Día y | |
cuando | ||||
Telecomm | ||||
lo requiera |
No | Siniestros | Tiempo de respuesta máximo | Penas Convencionales. | |
1 | Proporcionar el número de siniestro | 2 | días | Dos (2) por ciento diario sobre el valor de los servicios que hayan sido prestados con atraso respecto de las fechas y/o plazos convenidos para ello, sin incluir el importe al valor agregado, por cada día natural de atraso, sin rebasar el 20% del monto total del contrato. |
2 | Tiempos de llegada del ajustador en vehículos | |||
Área metropolitana. | 1 | hora | ||
Foráneos | 2 | horas | ||
3 | Tiempo de revisión de documentación para solicitar complemento de documentación o dar carta rechazo | 15 | días | |
4 | Tiempos de aceptación o rechazo de pagos especiales | 5 | días | |
5 | Tiempo entrega del pago del siniestro después de entregada la documentación | 30 | días | |
6 | Reportes de siniestralidad bimestral | Bimestrales dentro de los primeros 15 días del mes. |
El tiempo de respuesta máximo es en días naturales.
Procedimiento para aplicar las penalizaciones en caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento:
• La Gerencia de Servicios Generales; Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, identificará de sus controles y de los estándares de servicios citados, aquellos que la aseguradora haya prestado con atraso.
• La Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, calculara el importe de la pena convencional que por el retraso en la prestación de los servicios la aseguradora se haya hecho acreedora.
• La Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, notificara por escrito a El Proveedor el importe de la pena convencional, para que en un plazo de 5 días naturales contados a partir de la fecha de notificación, entregue cheque a favor de Telecomunicaciones de México por el importe de la pena convencional determinada.
• La Gerencia de Servicios Generales Mantenimiento a Bienes Muebles e Inmuebles y Seguros Patrimoniales, ingresará el cheque a la Subdirección de Tesorería y solicitará a esta Subdirección que confirme por escrito que el cheque haya sido cobrado.
“TELECOMM” y “EL PROVEEDOR”, convienen que el pago de los servicios objeto del presente contrato, quedará condicionado proporcionalmente al pago que éste último deba efectuar en concepto xx xxxxx convencionales por atraso en las fechas o plazos pactados para la prestación de los servicios objeto de este contrato.
Décima Octava. Interés Moratorio.
En caso de que la aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal aplicable, se obliga a pagar a “TELECOMM”, beneficiario o tercero dañado, un interés moratorio calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas durante el lapso xx xxxx.
En caso de juicio o arbitrajes en los términos de los artículos 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, los intereses moratorios se calcularán conforme a lo dispuesto en el mismo.
Décima Novena. Terminación anticipada.
A. Terminación anticipada total.
“TELECOMM” podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada mediante convenio, cuando concurran razones de interés general, o bien cuando por causas injustificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a ”TELECOMM”. En estos casos, a solicitud fundada y documentada por la aseguradora, se le reembolsará los gastos no recuperables en que hubiera incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente y tendrá que devolver a prorrata la prima no devengada conforme lo establece la Ley Sobre el Contrato de Seguros.
La aseguradora podrá dar por terminado el contrato por las causas que establece la Ley sobre el contrato de seguro, devolviendo a prorrata la prima no devengada en relación al precio pactado en la cotización.
La terminación de la póliza de Seguro surtirá efecto después de sesenta días de practicada la notificación respectiva, a “EL PROVEEDOR”, deberá devolver la totalidad de la prima no devengada a más tardar el día que quede cancelado el contrato, sin cuyo requisito se tendrá por no hecha la terminación.
B. Terminación anticipada parcial.
“EL PROVEEDOR” acepta que “TELECOMM” cancele parcialmente coberturas y bienes contratados en la póliza de seguro, surtiendo efecto la cancelación a partir de la fecha en que “TELECOMM” se le notifique por escrito y/o en la fecha determinada para este fin, en los términos señalados en el contrato, en cuyo caso, la seguradora tendrá derecho a la parte de la prima que corresponda el período durante el cual la cobertura o el seguro hubiese estado en vigor, de acuerdo al calculo que se efectué por la aseguradora tendrá derecho a la parte de la prima que corresponda el período durante la cual la cobertura o el seguro hubiese estado en vigor, de acuerdo al calculo que se efectué por la aseguradora y revisado por “TELECOMM” para determinar la prima a cobrar y devolverá a “TELECOMM” la totalidad de la prima de la cobertura parcial, que se cancele en forma proporcional a prorrata en el tiempo de vigencia no devengada, a más tardar a los diez días naturales posteriores a la fecha de dicha notificación.
La cancelación parcial de la cobertura o servicios contratados a solicitud de “TELECOMM” se formalizara mediante endoso entregado por la aseguradora, cinco días naturales posteriores a la notificación por escrito y devolverá a prorrata, el tiempo de vigencia no devengado en el plazo xx xxxx días naturales posteriores a dicha notificación a que hace mención el párrafo anterior.
Vigésima. Rescisión administrativa.
“TELECOMM” podrá rescindir administrativamente el presente contrato, en cualquier momento durante la vigencia del contrato sin necesidad de declaración judicial, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en cualquier tipo de incumplimiento y en especial en una o varias de las causas que a continuación se enumeran:
1. Si por causa imputable a él, no inicia en la fecha convenida la prestación de los servicios objeto de este contrato o suspenda injustificadamente, de manera total o parcial la ejecución de los mismos.
2. Por prestar los servicios deficientemente o por no apegarse a lo estipulado en el contrato y sus anexos o porque sin motivo justificado, no atienda las instrucciones que “TELECOMM” le indique en términos de lo establecido en el contrato.
3. Si no brinda a “TELECOMM” y/o a las dependencias que tengan que intervenir, los datos necesarios para la inspección de los servicios objeto del contrato.
4. Si se comprueba que la manifestación de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se realizó con falsedad o bien resulta falsa la información proporcionada en su proposición.