DRAGADO DE LA VÍA NAVEGABLE TRONCAL
Pliego Licitatorio para Compras y Contrataciones de la
Administración General de Puertos SE
DRAGADO DE LA VÍA NAVEGABLE TRONCAL
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Índice General
Orden | Descripción | Página |
1 | Índice general | 2 |
2 | Planilla de cotización | 3 |
3 | Memoria descriptiva | 5 |
4
Pliego de Condiciones
Particulares 9
5
Anexos al Pliego de Condiciones
Particulares 76
6 Especificaciones Técnicas 527
Anexos a las Especificaciones
7 Técnicas
577
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EXPEDIENTE: EX-2022-93762805- -APN-MEG#AGP
REFERENCIA: Dragado de la Vía Navegable Troncal
DESTINO:
Gerencia de Infraestructura y Planeamiento
Señor(es): CUIT N°:
Domicilio: Tel.:
e-mail:
Sírvase cotizar precio por la provisión / servicio que se detalla a continuación en un todo de acuerdo al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus respectivos Anexos que se adjuntan, documentación que en conjunto integran el presente Pliego.
ÍTEM | UNIDAD | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | PRECIO UNITARIO SIN IVA | PRECIO TOTAL SIN IVA | % IVA |
1 | Global | 1 | Alistamiento, movilización de equipos e implantación en el sitio de trabajo | |||
2 | m3 | 26.000.000 | Volumen dragado efectivo para el mantenimiento de la Vía Navegable Troncal | |||
3 | Global | 1 | Desmovilización de los equipos | |||
TOTAL SIN IVA USD IVA USD SON DÓLARES ESTADOUNIDENSES TOTAL FINAL USD | ||||||
Firma, aclaración y cargo
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Los oferentes deberán presentar las OFERTAS FIRMADAS en todas sus fojas, aún catálogos y folletería en papel y asimismo presentar en SOPORTE DIGITAL FORMATO PDF, que contemple los escaneos de la oferta ORIGINAL FIRMADA, que revestirá la calidad de COPIA DIGITAL DE LA OFERTA (íntegra y firmada).
OTRA: Indefectiblemente se deberá constituir la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA (1% del Presupuesto Oficial, sin IVA), caso contrario se desestimará la oferta.
OTRA: La dirección de correo electrónico que declare la empresa será tomada como fehaciente / válidas para todas las notificaciones que esta Sociedad efectúe.
MONTO DEL MÓDULO: $ 30.000,00.-
Los Pliegos podrán ser consultados y descargados del sitio web de esta AGPSE (xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxx-xx), sin costo alguno. De igual manera, los interesados podrán retirar dicha documentación del área de Licitaciones de la GERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, debiendo abonar la suma indicada en caso de corresponder.
Las MODIFICACIONES que se efectúen sobre los Pliegos, se PUBLICARÁN en el sitio web de esta AGPSE con cuarenta y ocho (48) horas hábiles de anticipación, como mínimo, a la fecha y hora fijada para la presentación de las ofertas.
QUEDANDO BAJO RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE, CHEQUEAR LA PAGINA WEB ANTES DE
PRESENTAR LA OFERTA por modificaciones / aclaraciones al Pliego.
Domicilio especial (CABA) Firma, aclaración y cargo Domicilio real
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Memoria Descriptiva
La presente obra tiene por objeto el dragado de la Vía Navegable Troncal. A los fines de permitir efectuar maniobras de ingreso a los diferentes puertos en condiciones de seguridad, y debido al constante proceso de sedimentación que se da en ellos, es necesario realizar campañas de dragado periódicas para mantener las profundidades y anchos xx xxxxxx.
La Vía Navegable Troncal (VNT) constituye un sistema de navegación fluvial con características únicas a nivel mundial, dada su envergadura, extensión y mecanismo de gestión. Además, representa un corredor logístico vital para la Argentina, canalizando la mayor parte de las exportaciones e importaciones del país.
La denominada Vía Navegable Troncal, es un sistema xx xxxxxxx de navegación que integra la denominada Hidrovía Paraguay Paraná en un tramo de la misma conformada por los Xxxx Paraná, Paraná de las Palmas y el Río de la Plata.
Navegando desde el Océano (de Sur a Norte), la Vía Navegable Troncal se inicia en el km 239,1 de la Extensión del Canal Punta Indio en el Río de la Plata Exterior, continúa por el sistema xx xxxxxxx del Río de la Plata, Punta Indio, Intermedio, Banco Chico, Rada Exterior, Acceso y luego por el Canal Ing. Xxxxxx Xxxxx, continuando por el Río Paraná de las Palmas, Río Paraná Inferior, luego por el Río Paraná Medio, y finalmente por el Rio Paraná Superior, culminando en la zona denominada Confluencia (km 1238), donde confluyen los xxxx Alto Paraná y Paraguay, siendo su extensión total de aproximadamente de 1450 km.
El Tramo Santa Fe - Confluencia (km 584,00 a km 1238) es transitado por barcazas y buques de menor porte en que la mayor densidad de carga lo constituyen en primer término los granos (soja), le siguen minerales y combustibles.
Desde el año 2006, luego de alcanzar el Concesionario las profundidades de diseño establecidas en el Acta Acuerdo del 16/02/2005, por Resolución N° 1.534 de fecha 28/08/2006, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios ratifica la Disposición N° 6, la Ruta Navegable Troncal, se mantiene la Vía Navegable con una profundidad de 10,36 m (34 pies) desde el Océano hasta Puerto San Xxxxxx, de 7,62 m (25 pies) desde este último puerto hasta el canal de acceso al Puerto de
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Santa Fe, y 3,66 m (12 pies) hasta Confluencia, profundidades que se pretenden mantener en el presente llamado.
Se prevé mantener un cajón de diseño con las siguientes características
Tramo | Profundidad | Ancho de canal en tramos rectos | Talud |
Canal Punta Indio (km 239,10 a km 194,40) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:20 |
Canal Punta Indio (km 194,40 a km 177,00) | 10,36 m (34 pies) (1) | 160 m | 1:20 |
Canal Punta Indio (km 177,00 a km 126,40) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:20 |
Canal Punta Indio (km 126,40 a km 121,00) | 10,36 m (34 pies) (1) | 160 m | 1:20 |
Canal Intermedio (km 121,00 a km 81,00) Paso Banco Chico (km 81,00 a km 57,00) Rada Exterior (km 57,00 a km 37,00) Canal Brown (km 37,00 a km 19,00) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:20 |
Canal Brown (km 19,00 a km 17,00) | 10,36 m (34 pies) (1) | 160 m | 1:20 |
Canal Brown (km 17,00 a km 16,60) | 10,36 m (34 pies) (1) | 160 m | 1:16 a 1:20 |
Canal Brown (km 16,60 a km 16,00) | 10,36 m (34 pies) (1) | 160 m | 1:16 |
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Canal Brown (km 16,00 a km 14,60) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:16 |
Canal Brown (km 14,60 a km 14,20) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:12 a 1:16 |
Canal Brown (km 14,20 a km 12,40) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:12 |
Canal Brown (km 12,40 a km 12,00) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:8 a 1:12 |
Canal Ing. Xxxxxx Xxxxx (km 12,00 a km 39,00) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | 1:8 |
Canal Ing. Xxxxxx Xxxxx (km 39,00 a km 49,80) | 10,36 m (34 pies) (1) | 100 m | Izq 1:4 Der 1:8 |
Rio Paraná de las Palmas (km 49,80 a km 180,40) | Variable de 10,36 m (34 pies) a 11,28 (37 pies)(1) | Variable de 122 m a 260m | 1:4 |
Rio Paraná hasta San Xxxxx (km 234,10 a km 276,00) | 10,36 m (36 pies) (2) | 116 m | 1:5 |
Rio Paraná desde San Xxxxx hasta San Xxxxxx (km 276,00 a km 460,00) | 10,97 m (36 pies) (2) | 116 m | 1:5 |
Pasos Secundarios Rio Paraná | 8,53 m (28 pies) (2) | 116 m | 1:5 |
Rio Paraná desde San Xxxxxx hasta Santa Fe (km 460,00 a km 584,00) | 7,62 m (25 pies) (2) | 116 m | 1:5 |
Rio Paraná Santa Fe al Norte (km 584,00 a km 1240,00) | 3,65 m (12 pies) para lechos xx xxxxxx y suelos semiduros y 3,95 m (13 pies) para lechos duros (3) | 104 m | Suelos no consolidados 1:5 Suelos conglomerados 1:3 Suelos duros 1:1 |
(1) Respecto al Cero del Riachuelo
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(2) Respecto al plano de referencia correspondiente, cuando la cota del pelo de agua sea igual o menor a la del plano de referencia. Cuando la cota de pelo de agua sea mayor que la del plano de referencia, se deberán lograr y mantener tirantes de agua de la magnitud establecida en la presente tabla.
(3) Medidas desde el pelo de agua, cuando los niveles del río sean iguales o mayores al de referencia interpolado. Cuando los niveles del río sean menores al nivel de referencia interpolado, las profundidades mínimas en toda la ruta a mantener estarán referidas a dicho nivel de referencia.
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Pliego de Condiciones Particulares para Compras y Contrataciones de la Administración General de Puertos SE
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx 000 (X0000XXX) Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx
xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxx-xxxxxx-xxxxx
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Índice Condiciones Particulares
ARTÍCULO 1° - Objeto del presente Pliego 14
ARTÍCULO 2° - Forma de contratación 14
ARTÍCULO 3° - Forma de presentar las ofertas 15
3.1 - Sobre N° 1 15
3.2 - Sobre N° 2 21
ARTÍCULO 4° - Plazo para realizar consultas o aclaraciones 22
ARTÍCULO 5° - Información que deben obtener los oferentes y alcance de la presentación de la propuesta 22
ARTÍCULO 6° - Computo de plazos 23
ARTÍCULO 7° - Forma de cotizar 23
ARTÍCULO 8° - Obligaciones de la empresa Contratista 24
ARTÍCULO 9° - Plazo de ejecución de la contratación 24
ARTÍCULO 10° - Jornada de trabajo 25
ARTÍCULO 11° - Aportes del Comitente 26
ARTÍCULO 12° - Documentación contractual 27
ARTÍCULO 13° - Plan de Trabajos y Memoria Descriptiva. Plan de Inversiones 27
ARTÍCULO 14° - Procedimiento de Precalificación 29
14.1 - Evaluación del Sobre N° 1 29
14.1.1 - Evaluación de antecedentes económico - financieros 32
14.1.1.1 - ................................................... 32
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14.1.2 - Evaluación de capacidad técnica - empresarial 35
14.1.2.1 - Certificado de Visita, listado del personal profesional, técnico y especializado que participará de la obra, Declaración jurada del compromiso de cumplimiento del inciso h) del Artículo 3° del Decreto 427/2021 (DCTO-2021-427-APN-PTE), disponibilidad de equipos, e Información técnica sobre los equipos de dragado y auxiliares 37
14.1.2.2 - Antecedentes de obras y capacidad de dragado 37
14.1.2.3 - Disponibilidad xx Xxxxxx, equipos de apoyo y coherencia con la Memoria Descriptiva de oferta. Bandera de las dragas y embarcaciones de apoyo 41
14.1.2.4 - Representante Técnico 45
14.1.2.5 - Responsable en higiene y seguridad y responsable ambiental 46
14.1.3 - Evaluación de Antecedentes y Capacidad Técnica 48
14.2 - Evaluación del Sobre N° 2 y Evaluación Final de las Ofertas 52
ARTÍCULO 15° - Impugnaciones 53
ARTÍCULO 16° - Iniciación de la obra 54
ARTÍCULO 17° - Acceso zona portuaria 54
ARTÍCULO 18° - Obrador y muelle 55
ARTÍCULO 19° - Carteles de obra 55
ARTÍCULO 20° - Superintendencia de los trabajos 55
ARTÍCULO 21° - Representante Técnico y Administrativo 56
ARTÍCULO 22° - Seguros 57
22.1 - Accidentes de trabajo 57
22.2 - Seguro de obra contra todo riesgo 57
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22.3 - Seguro Ambiental 58
ARTÍCULO 23° - Ejecución de trabajos de acuerdo con las normas vigentes 58
ARTÍCULO 24° - Modificaciones y adicionales 59
ARTÍCULO 25° - Liquidación de Certificados 59
ARTÍCULO 26° - Plazo de garantía 61
ARTÍCULO 27° - Garantía de cumplimiento de Contrato 62
ARTÍCULO 28° - Composición de costos 62
ARTÍCULO 29° - Combustibles y lubricantes 63
ARTÍCULO 30° - Certificado de Liquidación Final de Obra 63
ARTÍCULO 31° - Requisitos en seguridad e higiene en el trabajo y Ambientales. Cumplimiento de normativa vigente y obtención de permisos 64
31.1 - Seguridad e Higiene en el Trabajo 64
31.2 - Ambiente 67
31.3 - Plazos de entrega de la documentación 70
31.4 - Cumplimiento de normativa vigente y obtención de permisos 70
ARTÍCULO 32° - Dependencia laboral 70
ARTÍCULO 33° - Comunicaciones 71
ARTÍCULO 34° - Normativa aplicable 72
ARTÍCULO 35° - Anticorrupción 73
ARTÍCULO 36° - Perspectiva de Genero 73
36.1 - Plan de Igualdad de Género 74
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ARTÍCULO 37° - Jurisdicción 75
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Pliego de Condiciones Particulares
ARTÍCULO 1° - Objeto del presente Pliego
El presente Xxxxxx tiene por objeto el Dragado de la Vía Navegable Troncal, indicado en las Especificaciones Técnicas que forman parte del mismo, en un todo de acuerdo a ellas y conforme las reglas de arte para las tareas y/o materiales que se solicitan, aplicándose también las disposiciones que resulten aplicables xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales de ADMINISTRACIÓN
AGPSE y del Reglamento de Contrataciones aprobado en virtud de la Resolución RESOL-2021-76-APN-AGP#MTR de fecha 1 de julio de 2022.
ARTÍCULO 2° - Forma de contratación
Los trabajos se contratarán por unidad de medida de acuerdo con los precios unitarios establecidos en la oferta para cada uno de los ítems indicados en las planillas de cotización estimativas.
El monto del contrato será el que resulte de aplicar a todas y a cada una de las cantidades consignadas en las planillas de cotización estimativas los precios unitarios de la oferta.
Las cantidades o metrajes consignados para cada ítem en la planilla de cotización que el Oferente debe respetar en su oferta servirán para determinar el monto del contrato, pero podrán variar en más o en menos durante la ejecución de los trabajos.
Dentro del precio unitario de cada ítem del contrato se entenderá incluido el costo directo e indirecto de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en los pliegos sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte concluida con arreglo a las reglas del buen arte y a la totalidad de la normativa vigente.
El precio unitario incluye todos los impuestos, contribuciones y tasas nacionales, provinciales y municipales, gastos de importación, nacionalización, ensayos y demás gastos asociados directos e indirectos que correspondan para la ejecución de la unidad de medida respectiva correspondiente a las tareas objeto de la presente Licitación. En caso de que corresponda abonar el impuesto de sellos el mismo deberá ser afrontado íntegramente por el Contratista. El IVA deberá calcularse e incluirse
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en la cotización por separado, por cuanto la AGPSE está registrada como Responsable Inscripto ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
ARTÍCULO 3° - Forma de presentar las ofertas
Las ofertas deberán ajustarse a las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Condiciones Particulares, en las Especificaciones Técnicas y demás documentación que forma parte de este llamado.
A los efectos de realizar la evaluación de las propuestas de las firmas intervinientes en el llamado, cada oferente deberá presentar conjuntamente su oferta lo enumerado en los siguientes párrafos. La documentación completa se presentará en original y en formato digital en DOS (2) carpetas identificables, en doble sobre perfectamente cerrado con indicación del nombre completo de la obra, fecha y hora de apertura y que contengan, en el siguiente orden:
3.1 - Sobre N° 1
En el primer sobre, el oferente deberá acreditar:
a) Plan de Trabajos y Memoria Descriptiva de acuerdo con lo señalado en el ARTÍCULO 13° -del presente Xxxxxx.
b) Certificado de Visita: Para interiorizarse del alcance de los trabajos y de la situación presente, los posibles Oferentes, que hayan adquirido el Pliego Licitatorio realizarán la correspondiente Visita de Obra con personal de la Gerencia de Xxxxxxx y Contrataciones, coordinando previamente por correo electrónico xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx, donde se entregará el Certificado de Visita de Obra.
Dicho Certificado se extenderá por la mencionada Área, sita en calle Av. Ing. Xxxxxx 431 (CABA), hasta DIEZ (10) días hábiles anteriores al de la fecha de apertura de la presente licitación, de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 17:00 horas, a través del Sistema de Gestión Electrónica (GDE) siendo la fecha consignada por este, la única válida.
En caso de UTE o Consorcios, cada una de las empresas integrantes deberá contar con el correspondiente certificado de visita.
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Para la extensión del presente, deberán presentarse con el formulario de inscripción en la AFIP actualizado.
c) Constitución de domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
d) Un listado del personal profesional, técnico y especializado que se desempeñe en la firma Oferente en relación de dependencia, contratado o con cualquier otra forma de relación laboral, acorde a la legislación o normativa vigente, que participará de la obra.
El mismo será a título informativo y deberá incluir al menos el siguiente personal clave: Representante Técnico, Responsable Ambiental, Responsable de Seguridad e Higiene, Responsable de hidrografía y demás equipo técnico y equipo ambiental.
e) Declaración jurada del compromiso de cumplimiento del inciso h) del Artículo 3° del Decreto 427/2021 (DCTO-2021-427-APN-PTE), Formulario N° 1 incluido en Anexo N° 1.
f) Currículum Vitae firmado del Representante Técnico, quien deberá ser Ingeniero Civil con experiencia acreditada en obras de dragado en puertos y vías navegables, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 14° -, con matrícula vigente en el Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) de jurisdicción nacional, y acreditar tal extremo
g) Currículum Vitae firmado del profesional responsable de Higiene y Seguridad, quien deberá ser profesional habilitado en la República Argentina, con experiencia acreditada en obras de dragado en puertos y vías navegables, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 14° -, con título y matrícula vigente a nivel nacional.
Currículum Vitae firmado del profesional responsable de Ambiente, quien deberá ser Oceanógrafo, Ingeniero Ambiental, Licenciado en Biología, Ecología o Ciencias Ambientales, títulos de grado con incumbencias específicas para el desempeño de su función, estar matriculado en la República Argentina, poseer experiencia acreditada en obras de dragado en puertos y vías navegables, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 14° -, presentar título de grado con competencias habilitantes en materia ambiental y matrícula vigente a nivel nacional e inscripción en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.
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h) Un certificado, declaración jurada, carta de intención, título o documento que acredite en forma fehaciente y con su respectiva certificación notarial la disponibilidad de los equipos (dragas principales propuestas y lanchas de apoyo) que se requieren según lo indicado en las Especificaciones Técnicas y los Planes de Gestión Ambiental y que el Oferente se compromete a utilizar en la obra de acuerdo a su análisis y Memoria Descriptiva.
En el caso de no ser equipos propios del Oferente, deberá presentar una Carta de Compromiso de Compra y/u Orden de Compra o un acuerdo de alquiler con el propietario del equipamiento refrendado ante escribano público y legalizado ante el correspondiente Colegio, donde conste que está a su disposición la utilización durante todo el plazo de la presente obra. Si los certificados son emitidos en el exterior deberán estar apostillados en el país de origen de acuerdo con las normas internacionales vigentes.
La información solicitada se debe presentar también cumplimentando el Formulario N° 2 del Anexo N° 1.
i) Información técnica sobre los equipos de dragado y auxiliares propuestos para la ejecución de los trabajos. Certificados de clasificación de las dragas principales. Certificados de Matricula xx xxxxxx y lanchas de apoyo. Documentación fotográfica y gráfica respaldatoria. Si los certificados son emitidos en el exterior deberán estar apostillados en el país de origen de acuerdo con las normas internacionales vigentes.
La información solicitada se debe presentar también cumplimentando el Formulario N° 2 del Anexo N° 1.
j) Información sobre su competencia técnica mediante la presentación de constancias que acrediten en forma fehaciente la realización de obras de dragado para organismos públicos y/o empresas privadas, las que deben encontrarse finalizadas o con un avance al 30 xx Xxxxxx de 2022 igual o superior al 50% del volumen total a contratar, y acreditar tal situación, de equivalentes características técnicas a lo licitado; las que para ser consideradas válidas serán referidas en los últimos DIEZ (10) años. Los antecedentes deben estar acompañados de cumplimiento y calidad emitidos por los respectivos contratantes. La información solicitada debe incluir el volumen de obra ejecutada, los equipos empleados, los
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plazos de ejecución, la facturación y toda la información que permita evaluar mejor el antecedente, se debe presentar cumplimentando los Formularios N° 4 y 5 del Anexo N° 1.
Se deja establecido que AGPSE entiende como trabajos equivalentes o idénticas características técnicas a los que se concursan a las obras de dragado capital o de mantenimiento xx xxxxxxx navegables y recintos portuarios, para buques de gran porte empleando equipos de características similares a los requeridos en las Especificaciones Técnicas, según se describe en el ARTÍCULO 14° -.
En los casos de asociaciones de empresas, se deberán consignar por separado los antecedentes correspondientes para cada una de las firmas que integran la asociación y en proporción con su participación como miembro de un conjunto de oferentes.
Asimismo, se aclara que para los casos de sucursales locales de una sociedad extranjera, como así también sociedades locales subsidiarias de sociedades extranjeras, siempre que la empresa principal (matriz) ejerza la titularidad y el control absoluto del paquete accionario de su empresa Subsidiaria, la competencia técnica podrá demostrarse con obras de su casa matriz, en adición a las obras de la sucursal.
En este supuesto, el Oferente suscripta por representante autorizado de la casa matriz, certificada y legalizada, en virtud de la cual la casa matriz: (i) declare conocer los términos y condiciones de la presente licitación;
(ii) preste conformidad a que el Oferente acompañe dichos antecedentes; (iii) acredite la vinculación societaria o control o participación del Oferente y la empresa cuyos antecedentes se acompañan; (iv) se comprometa a mantener durante la ejecución del proyecto una participación necesaria para formar la voluntad social del Oferente; y, (v) acepte expresamente que será responsable de manera solidaria e ilimitada ante el Comitente por el cumplimiento de las obligaciones del Oferente.
Una sucursal argentina de una sociedad extranjera y una sociedad local, ambas pertenecientes al mismo grupo, pueden presentarse únicamente vinculadas como Uniones Transitorias o Consorcios de Cooperación, debiendo cumplirse el art. 14 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para las Compras y Contrataciones de AGPSE, aprobado por Resolución N° RESOL-2022-19-APN-AGP#MTR, como así también agregar la información
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prevista en el art. 98 del Reglamento de Contrataciones de AGPSE aprobado en virtud de la Resolución RESOL-2021-76-APN-AGP#MTR.
k) Antecedentes Económico - Financieros: El Oferente deberá presentar los Estados Contables de los últimos tres ejercicios anuales de la empresa o las empresas intervinientes, certificados por contador público con firma legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción. La AGPSE podrá realizar todas aquellas averiguaciones destinadas a verificar la capacidad económica y financiera de los Oferentes, incluyendo el análisis de los Estados Contables que se soliciten de acuerdo x Xxxxxx, de toda la documentación contable complementaria que estime necesaria, y la determinación e interpretación de aquellos indicadores (tales como rentabilidad, liquidez, endeudamiento, solvencia) que considere pertinentes a tal fin.
Por tal motivo, los mismos, al presentar su Oferta, renuncian automáticamente a cualquier reclamo contra esta Sociedad del Estado que pudiera suscitarse como consecuencia de los resultados de las citadas inspecciones y análisis. Queda entendido que la decisión de AGPSE referente a la calificación de cualquier Oferente es privativa, discrecional y definitiva; y no estará sujeta a apelación de ninguna clase.
Las empresas extranjeras presentarán sus balances expresados en dólares estadounidenses, con la correspondiente apostilla de certificación.
Los objetivos que se evaluarán en materia de idoneidad económico - financiera serán ratios sobre los respectivos Estados Contables que midan: Rentabilidad del Patrimonio Neto; Endeudamiento; Liquidez corriente y Solvencia total.
Se considerará también los Estados Contables de la casa matriz, si la sucursal decidiere incorporarlos a la oferta en adición a los de la sucursal.
Para el caso de una sociedad argentina subsidiaria de sociedades extranjeras, se considerará, también los Estados Contables de las accionistas, controlantes o no, y las sociedades sujetas a control común, en todos los casos directos o indirectos, si la sociedad argentina decidiere incorporarlos a la oferta en adición a los propios.
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Asimismo, se aclara que, para los casos de sucursales argentinas de una sociedad extranjera, como así también sociedades argentinas subsidiarias de sociedades extranjeras, la empresa principal (matriz) debe ejercer la titularidad y el control absoluto del paquete accionario de su empresa subsidiaria.
Una sucursal argentina de una sociedad extranjera y una sociedad local, ambas pertenecientes al mismo grupo, pueden presentarse únicamente vinculadas como Uniones Transitorias o Consorcios de Cooperación, debiendo cumplirse el art. 14 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para las Compras y Contrataciones de AGPSE, aprobado por Resolución N° RESOL-2022-19-APN-AGP#MTR, como así también agregar la información prevista en el art. 98 del Reglamento de Contrataciones de AGPSE aprobado en virtud de la Resolución RESOL-2021-76-APN-AGP#MTR.
legalizada, en virtud de la cual la casa matriz: (i) declare conocer los términos y condiciones de la presente licitación; (ii) preste conformidad a que el Oferente acompañe su información contable; (iii) acredite la vinculación societaria o control o participación del Oferente y la empresa cuya información contable se acompaña; y, (iv) se constituya en garante del cumplimiento de las obligaciones por parte del Oferente en los términos de los artículos 1574 y concordantes del CCYC.
l) Depósito de la Garantía de Mantenimiento de Oferta constituido de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 del Reglamento de Contrataciones vigente y 5 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución N° RESOL-2022-19-APN- AGP#MTR, por un valor correspondiente al Uno (1) % del Presupuesto Oficial.
m) Declaración jurada que acredite que el Oferente no mantiene reclamos contra el ESTADO NACIONAL, ante el CIADI y/o cualquier otra instancia de arbitraje Nacional e Internacional, o en caso que existieran, acreditar la desestimación de dichos reclamos, atento a que AGPSE no adjudicará el contrato administrativo de obra pública a aquel oferente que mantenga reclamos contra el ESTADO NACIONAL, ante el CIADI y/o cualquier otra instancia de arbitraje Nacional e Internacional.
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n) Toda otra documentación que sea exigida su presentación junto con la Oferta y que se indique en los presentes Pliegos de la Licitación y Circulares Aclaratorias.
Adicionalmente, los Oferentes deberán inequívocamente declarar una dirección de correo electrónico a efectos de realizar las comunicaciones pertinentes. El solo hecho de presentar la Oferta implica la aceptación de todas y cada una de las Cláusulas y demás documentación del presente llamado.
3.2 - Sobre N° 2
En cuanto al segundo sobre, el mismo deberá contener:
o) Planillas de cotización donde el Oferente detalle el importe de su Oferta, siguiendo el mismo ordenamiento, itemizado y unidades de medida a las especificadas.
p) Plan de Inversiones donde se indicarán los montos parciales y acumulados que se prevé certificar mensualmente para la obra y para cada uno de los ítems y sub-ítems que se detallan en las Planillas de Cotización.
Estos valores se representarán en un gráfico de ejes coordenados, indicando en abscisas los períodos mensuales de tiempo y en ordenadas los montos parciales y acumulados previstos.
q) Composición de costo de los ítems, de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 28° - del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Deberán ser presentados tanto en formato PDF como Excel, incluyendo en este último caso todas las fórmulas y vinculaciones correspondientes. La NO presentación del mismo es causal de desestimación de la Oferta.
Las empresas sólo podrán participar en forma individual o asociadas a otras empresas, no pudiendo hacer uso de ambas alternativas; así como tampoco podrán integrar más de una asociación de empresas. De detectarse que no se ha dado cumplimiento a esta condición, se procederá al rechazo automático de todas las propuestas en que se encuentre incluida una misma empresa, con la consecuente pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta en todas ellas.
La eventual omisión de aquella información prevista en los puntos precedentes o de algún otro dato que complemente la propuesta y que a juicio de esta Sociedad del Estado sea necesaria para la evaluación de la oferta, y que no altere el principio de equidad en la adjudicación de los trabajos, ni
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colisione con la normativa legal que rige el presente llamado, será subsanada a simple requerimiento de la AGPSE, caso contrario, la oferta será desestimada. Se exceptúa de esta consideración la realización de la visita prevista en el punto 3.1 -b) y la presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta prevista en el punto 3.1 -k) cuyo incumplimiento, es motivo para la desestimación de la misma.
El solo hecho de presentar la oferta, implica la aceptación de todas y cada una de las cláusulas y demás documentación del presente llamado, salvo indicación expresa en contrario.
ARTÍCULO 4° - Plazo para realizar consultas o aclaraciones
Toda empresa que haya obtenido el Pliego de la Licitación, podrá realizar por escrito ante Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos consultas o aclaraciones vinculadas con el presente Llamado, para ello se deberán presentar dichas consultas antes de los OCHO (8) días hábiles de la fecha de apertura de la licitación, ante la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo de AGPSE sita en Av. Xxxxxx 431, CABA con el objeto que nuestras dependencias puedan satisfacer las correspondientes dudas con suficiente antelación para que los oferentes lo consideren en sus propuestas.
La AGPSE publicará las consultas y sus respuestas en el sitio web (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxx-xx) con un mínimo de DOS (2) días hábiles de anticipación a la fecha y hora fijada para la presentación de las Ofertas.
ARTÍCULO 5° - Información que deben obtener los oferentes y alcance de la presentación de la propuesta
A los efectos de poder presupuestar el monto de los trabajos a encarar, las firmas oferentes deberán interiorizarse en detalle del tipo de obra a ejecutar y de las dificultades o inconvenientes (por razones de operación, horarios, controles y requerimientos de la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Xxxxxx Xxxxxxxx, de la Prefectura Naval Argentina, de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, etc.) que plantea su realización. Asimismo, los oferentes tienen la obligación de informarse de todos los requisitos y recaudos de índole técnico y administrativo exigidos para la adecuada prestación de los trabajos.
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Por consiguiente, la presentación de la propuesta implica que los oferentes han estudiado cuidadosamente los documentos del llamado y que obtuvieron además los datos e informes necesarios, con lo que asumen la responsabilidad exclusiva en caso de adjudicación. No se admitirá, por lo tanto, con posterioridad al acto de apertura de las propuestas, reclamo alguno fundado en deficiencias de información.
ARTÍCULO 6° - Computo de plazos
Todos los plazos inherentes a la presente Licitación, a los efectos de su cómputo, se interpretarán como días hábiles administrativos, salvo que expresamente se indique días corridos.
ARTÍCULO 7° - Forma de cotizar
En razón de sus características, los trabajos que se licitan forman un conjunto indivisible y serán adjudicados a un solo oferente. Por tal motivo la oferta contemplará la totalidad de las tareas solicitadas en el Pliego y la forma de contratación será por Unidad de Medida.
La oferta será elaborada en Dólares Estadounidenses. El pago de las facturas se realizará de acuerdo a lo indicado en el ARTÍCULO 25° - del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y demás normativa aplicable.
Los Oferentes deberán presentar su propuesta de conformidad a lo establecido en el ARTÍCULO 3° - del presente.
Se deberá cotizar los siguientes ítems:
1) Un precio global para el alistamiento, movilización de equipos e implantación en el sitio de trabajo.
2) Un precio por metro cubico (m3) dragado efectivo calculado sobre el estimado de 26.000.000 m3, siendo el volumen indicativo de orden de magnitud de los trabajos a realizar.
3) Un precio global para la desmovilización de equipos.
Los costos derivados de la ejecución de relevamientos, reparación de equipos durante el transcurso de la obra, ejecución de las tareas y controles previstos en los Planes de Gestión Ambiental, provisión
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de las facilidades para la Comisión de Inspección, gastos de personal (salarios, aportes previsionales, horas extraordinarias, bonificaciones, etc.), presentación de documentación técnica o administrativa, trabajos de campo, construcción y desmantelamiento xxx xxxxxxx, y cualquier otro trabajo o provisión indicado expresa o tácitamente en el Pliego, que sea necesario para la correcta ejecución e inspección de la obra de acuerdo a los requerimientos contractuales, deberán incluirse dentro de los precios cotizados conforme las pautas precedentes, ya que no se reconocerá el pago de suma adicional alguna por tales motivos.
ARTÍCULO 8° - Obligaciones de la empresa Contratista
La empresa Contratista será responsable por los daños y perjuicios que ocasione tanto a terceros como a esta Administración en los trabajos que ejecute. En tal sentido, cualquier deterioro que se produzca deberá ser reparado por la Contratista a su exclusivo cargo y dentro del plazo que le fije la Administración.
La Contratista deberá contar en obra con un número suficiente de elementos de seguridad que permitan garantizar además de la misma, la higiene y orden permanente de las zonas afectadas por los trabajos.
ARTÍCULO 9° - Plazo de ejecución de la contratación
Se establece un plazo de obra de Cuatrocientos Diez (410) días corridos, a partir de la fecha del Acta de Iniciación, con la posibilidad de prorrogar dicho término contractual para la contratación de las obras de dragado hasta la toma de servicio por parte de quien o quienes resultaren adjudicatarios de la licitación encomendada por el Artículo 1° del Decreto N° 949 de fecha 26 de noviembre de 2020, debiéndose para el caso, limitar dicha prórroga hasta un máximo de DOCE (12) meses.
El plazo de la Obra se discrimina según el siguiente detalle:
a) Un máximo de Treinta (30) días corridos para el alistamiento, movilización e implantación en el sitio de la/las dragas y equipos auxiliares que tendrán a su cargo los trabajos, trámites legales y aduaneros que permitan la operación de los equipos y para la presentación de la documentación de proyecto (Programa de Trabajos, Plan de Dragado y Programa de Cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes) y construcción xxx xxxxxxx,
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dentro de los períodos que se indican expresamente para cada tarea en estas Especificaciones. Dicho plazo comenzará a computarse a partir de la fecha consignada en el Acta de Iniciación.
El plazo que sea indicado en la Oferta Técnica para el Alistamiento, movilización de equipos e implantación en el sitio de trabajo, presentación y aprobación de los documentos técnicos de proyecto así como el programa de cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes, y gestionada ante los organismos pertinentes las homologaciones o aprobaciones de la documentación necesaria para permitir, legal y administrativamente la operación de los equipos de dragado, resulta de cumplimiento obligatorio. Se considerará un incumplimiento de este plazo si no se encuentran en condiciones de iniciar la obra de dragado la totalidad de los equipos ofrecidos o sus eventuales reemplazos y sus embarcaciones menores de apoyo necesarias para su operación. En este caso se aplicará penalidades de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29° de las Especificaciones Técnicas.
b) Trescientos sesenta y cinco (365) días corridos para el dragado de los anchos y profundidades navegables y pendiente de los taludes, descriptos en el ARTÍCULO 6° - de las Especificaciones Técnicas. Dicho plazo comenzará a computarse a partir de la fecha consignada en el Acta de Iniciación de las Tareas Mantenimiento, la cual deberá labrarse una vez finalizado el alistamiento, movilización e implantación en el sitio.
c) Quince (15) días corridos para la desmovilización de equipos, retiro xx xxxxxxx y demás actividades relacionadas con la finalización de la obra. Se deja constancia que podrá quedar pendiente por los siguientes 40 días corridos la presentación del informe final ambiental con carácter de auditoría de cierre, debido a los plazos que el mismo requiere.
ARTÍCULO 10° - Jornada de trabajo
La Contratista cumplirá las disposiciones sobre jornada legal de trabajo y será único responsable de las sanciones que para el caso de transgresiones de las mismas establezcan las reglamentaciones respectivas.
Se podrá trabajar en el operativo de dragado y tareas vinculadas con el mismo las veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año. Ello no es obstáculo para el
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cumplimiento de todas las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo para los convenios que rigen la actividad.
Los períodos de trabajo serán determinados por el Contratista en función de los requerimientos del Programa de Trabajos autorizado y de su propia metodología de operación.
Este hecho no obsta para su eventual ajuste en caso de presentarse circunstancias especiales que exijan modificar la jornada de trabajo convenida para cumplir con las metas contractuales.
Los turnos de trabajo para la operación de los equipos se regirán por la normativa laboral vigente para el personal embarcado.
ARTÍCULO 11° - Aportes del Comitente
No se prevé el aporte dinerario. No obstante ello, el concedente, a los efectos de poder cumplir con el cometido contractual, afectara como único equipamiento disponible la xxxxx Xxxxxxx Xxxxx 256- C, disponible a partir de los 30 días posteriores al Acta de Inicio de las Tareas de Mantenimiento. No obstante, en caso que se produzca un atraso en la entrega de la misma, no dará lugar al Contratista a efectuar reclamos de ninguna índole o solicitar reconocimientos adicionales a los contractuales.
Se adjunta como Anexo N° 9 la documentación técnica disponible de la mencionada draga.
Por otro lado, el contratista deberá dar cumplimiento a lo establecido en el inciso h) del Artículo 3° del Decreto 427/2021 (DCTO-2021-427-APN-PTE) en relación a la incorporación de la totalidad del personal que se desempeña en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1366/14, de acuerdo al listado del Anexo N° 11, bajo el grupo jerárquico Dragado, manteniendo su categoría y encuadramiento gremial actual, sin asumir la antigüedad ganada por cada uno de ellos en el antiguo concesionario de la VNT y/o con otros empleadores anteriores.
Respecto del personal, supuestamente asignado a embarcaciones que, o bien nunca operaron en la VNT, o bien ya no operan, debe contemplarse para la presente licitación.
La modalidad de contratación del personal del Contratista en virtud de la Ley de Contrato de Trabajo debe contemplar la totalidad del plazo del contrato de Dragado previsto en el presente.
Se deja expresamente aclarado que AGPSE no asumirá responsabilidad laboral alguna.
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ARTÍCULO 12° - Documentación contractual
Además de lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales citado, en todo lo que no esté señalado en esta documentación, tienen vigencia el Reglamento de Contrataciones de AGPSE aprobado por Resolución N° RESOL-2021-76-APN-AGP#MTR y demás disposiciones legales conexas.
ARTÍCULO 13° - Plan de Trabajos y Memoria Descriptiva. Plan de Inversiones.
Juntamente con la Oferta y según lo indicado en ARTÍCULO 3° - del presente Pliego, los Oferentes presentarán el Plan de Trabajos a que se ajustará la obra, acompañado de una Memoria Descriptiva que detalle los mecanismos de dragado a implementar en cada tramo, equipos a utilizar, sincronización, ciclos y zonas de descarga, sin perjuicio de los requerimientos que para estos ítems establecen las Especificaciones Técnicas y los Planes de Gestión de Ambiental vigentes, que forma parte del presente pliego como Anexo N° 10, una vez suscripto la Orden de Compra correspondiente.
En el Plan de Trabajos se representarán gráficamente mediante diagrama xx xxxxxx horizontales los períodos de ejecución de cada ítem y sub-ítem que se refieren en las Especificaciones Técnicas y Planillas de Cotización, indicando numéricamente las cantidades físicas o porcentajes a ejecutar para cada uno de ellos. El Plan de Trabajos deberá ser consistente con la producción de los equipos afectados al operativo.
Los períodos consignados en el Plan de Trabajos se referirán a días corridos del calendario debiéndose indicar nombre completo de la obra, nombre de la Empresa y plazo total de ejecución de la obra.
En el Plan de Trabajos se debe indicar expresamente el plazo comprometido para el alistamiento, movilización e implantación en el sitio de la/las dragas y equipos auxiliares que tendrán a su cargo los trabajos, trámites legales y aduaneros que permitan la operación de los equipos y para la presentación de la documentación de proyecto (Programa de Trabajos, Plan de Dragado y Programa de cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes) y construcción xxx xxxxxxx, dentro de los períodos que se indican expresamente para cada tarea en estas Especificaciones. Dicho plazo comenzará a computarse a partir de la fecha consignada en el Acta de Iniciación y no podrá ser superior a Treinta (30) días corridos.
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Conjuntamente con el Plan de Trabajos deberá presentarse una Memoria Descriptiva que exponga los métodos de trabajo, describa la ejecución de la obra y detalle los equipos a utilizar justificando además fehacientemente el plan correspondiente a la propuesta, de acuerdo a los lineamientos y pautas que se describen en las Especificaciones Técnicas y los Planes de Gestión de Ambiental vigentes para la Vía Navegable Troncal.
Los oferentes deberán mostrar en la Memoria Descriptiva de su oferta el conocimiento de la problemática de la actividad a realizar, los rendimientos esperables de los equipos para estas condiciones de trabajo (desplazamientos largos entre sitios de trabajo, equipos en disponibilidad para eventualidades, atención y resolución urgente de acaecimientos, etc.). En la misma deberán indicar claramente el equipamiento ofrecido especificando sus dimensiones (calado máximo y descargado, eslora y manga), capacidad de cántara, velocidad de desplazamiento cargado y descargado, potencia, profundidad máxima de dragado, antigüedad, tipo de combustible, etc.
La Memoria Descriptiva indicará qué equipos realizarán cada tarea, su distribución territorial, la forma de organización logística, los volúmenes mensuales máximos y mínimos a extraer y demás datos técnicos.
Las dragas y equipos ofertados deberán ser coherentes en cantidades y características con la Memoria Descriptiva y el Plan de Trabajos.
El Plan de Trabajos y la Memoria Descriptiva deberán ser aprobados por esta AGPSE antes de dar inicio a la obra.
En el Plan de Inversiones se indicarán los montos parciales y acumulados que se prevé certificar mensualmente para la obra y para cada uno de los renglones e ítems que se detallan en las planillas de cotización. Estos valores se representarán en un gráfico de ejes coordenados, indicando en abscisas los períodos mensuales de tiempo y en ordenadas los montos parciales y acumulados previstos.
El Plan de Trabajos y la memoria descriptiva se incluirá en el Sobre N° 1 y el Plan de Inversiones en el Sobre N° 2.
Dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de retiro de la Orden de Compra, la Contratista presentará un Plan de Trabajos y un Plan de Inversiones adaptados ambos a la fecha en que se suscribirá el Acta de
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Iniciación de Obra, los cuales serán confeccionados en forma idéntica al de la Oferta, (salvando las eventuales observaciones que se le hubieran formulado durante el trámite de adjudicación) y lo indicado precedentemente.
ARTÍCULO 14° - Procedimiento de Precalificación
La Precalificación se llevará a cabo con base en la documentación presentada por cada interesado y de acuerdo con la Metodología de Evaluación que se presenta a continuación:
14.1 - Evaluación del Sobre N° 1
Los Oferentes serán precalificados por el Comitente, en función de los siguientes requisitos y conforme al procedimiento que para cada caso se establece, separando los mismos en dos grupos:
a) Antecedentes Económico - Financieros.
b) Antecedentes Técnico - Empresarios.
Para ponderar los antecedentes Económicos - Financieros y Técnico - Empresarios se utilizarán diversos Factores Parciales, que serán calculados en base a la información suministrada por el Oferente.
En función de los "FACTORES PARCIALES" calculados, se determinarán para cada caso "INDICADORES". Estos, finalmente, reflejarán la calificación que a juicio de la AGPSE merecen los antecedentes del Oferente.
En base a estos "INDICADORES" se asignarán PUNTAJES, a cada Oferente que haya igualado o superado el PUNTAJE MINIMO ACEPTABLE establecido para cada FACTOR PARCIAL, para el INDICADOR ECONOMICO - FINANCIERO y para el INDICADOR TECNICO - EMPRESARIO.
Para el caso que el Oferente sea un conjunto de personas físicas o sociedades legalmente constituidas que formen una U.T.E., los FACTORES PARCIALES se calcularán para cada integrante del conjunto cuando así corresponda.
Los FACTORES PARCIALES que corresponderán al Oferente resultarán de considerar los de cada integrante, afectados por las respectivas proporciones con que los mismos participan en el conjunto.
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Si no se informase la participación de cada uno de los integrantes en el conjunto se procederá a la DESCALIFICACIÓN del Oferente de que se trate.
El análisis y la evaluación de las Ofertas estarán a cargo de la AGPSE, a través de las personas que designe al efecto, quienes podrán requerir aclaraciones y/o subsanación de errores, deficiencias u omisiones, siempre y cuando ello no implique modificar la Oferta formulada ni alterar el principio de igualdad entre los Oferentes.
Los requerimientos que formule la AGPSE serán solicitados simultáneamente a todos los Oferentes cuyas presentaciones lo hiciesen necesario y las respuestas a los mismos deberán ser presentadas hasta CINCO (5) días hábiles después de habérselas solicitado. Todos los Oferentes serán notificados de los requerimientos efectuados por la AGPSE.
La evaluación del contenido correspondiente al Sobre N° 1 se basará, en primer lugar, en la verificación del cumplimiento de presentación de la documentación solicitada en los pliegos de condiciones que rigen el llamado y, en segundo lugar, en el análisis detallado de aspectos tales como:
a) Antecedentes económico financieros
b) Experiencia específica en obras de dragado en puertos y canales a efectos de la mejora y/o mantenimiento de las condiciones de navegación (durante los últimos 10 años)
c) Recursos comprometidos
d) Lógica y suficiencia del plan de trabajo y de la metodología propuesta para lograr el objetivo del llamado
e) Experiencia específica del plantel profesional
Los criterios que se aplicarán a la documentación detallada en el punto 3.1 - del ARTÍCULO 3° - del presente Xxxxxx, se resumen en el siguiente cuadro:
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Ítem | Descripción | Criterio |
a | Plan de Trabajos y Memoria Descriptiva | PM, EQD, EQA, EQB |
b | Certificado de Visita | Presenta-No Presenta |
c | Constancia de constitución de domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | Presenta-No Presenta |
d | Un listado del personal profesional, técnico y especializado que participará de la obra. | Presenta-No Presenta |
e | Declaración jurada del compromiso de cumplimiento del inciso h) del Artículo 3° del Decreto 427/2021 (DCTO-2021-427-APN-PTE) | Presenta-No Presenta |
f | Currículum Vitae firmado del Representante Técnico | RTT, RTV |
g | Currículum Vitae firmado de los profesionales responsables de Higiene y Seguridad y Ambiental | RSH, RA |
h | Un certificado o documento que acredite la disponibilidad de los equipos | Presenta-No Presenta |
i | Información técnica sobre los equipos de dragado y auxiliares | Presenta-No Presenta |
j | Información sobre su competencia técnica | EVT, EVM |
k | ||
l | Garantía de Mantenimiento de Oferta | Presenta-No Presenta |
m | Declaración jurada sobre reclamos contra el Estado Nacional | Presenta-No Presenta |
Abreviaturas de criterios de Calificación:
PM: Propuesta metodológica y plan de trabajo EQD: Equipos propuestos. Dragas
EQA: Equipos propuestos. Auxiliares
EQB: Equipos propuestos. Bandera Argentina
RTT: Experiencia especifica del representante técnico en función de la duración de las obras RTV: Experiencia especifica del representante técnico en función del volumen de las obras RSH: Experiencia especifica del responsable en higiene y seguridad
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RA: Experiencia especifica del responsable ambiental
EVT: Experiencia específica en volúmenes totales dragados (VTD) para obras en puertos y canales a efectos de la mejora y/o mantenimiento de las condiciones de navegación en los últimos 10 años
EVM: Experiencia específica en volúmenes máximos mensuales (VMM) dragados para obras en puertos y canales a efectos de la mejora y/o mantenimiento de las condiciones de navegación en los últimos 10 años
IEF: Indicador Económico Financiero
14.1.1 - Evaluación de antecedentes económico - financieros
14.1.1.1 - INDICADOR ECONÓMICO
Para el análisis de los aspectos económico financieros se determinará y ponderará un conjunto de
reflejará la cuantificación de dichos factores parciales.
En el caso de una asociación de empresas, los coeficientes individuales de cada integrante se calcularán en base a la proporción que arroje cada uno de ellos sobre los registros totales de los Estados Contables cerrados y aprobados de los últimos tres (3) Estados Contables anuales, incluido el correspondiente al último ejercicio cerrado en el intervalo de doce (12) meses anteriores a la fecha de apertura de oferta. Al sólo efecto de la evaluación del concepto en cuestión, los resultados correspondientes a cada factor se obtendrán como la sumatoria de los individuales pertenecientes a cada integrante, afectados por las respectivas proporciones con que los mismos participan en la asociación.
De este modo, en el caso de la asociación de empresas, para obtener el valor de cada factor económico financiero, se debe aplicar el promedio ponderado de la siguiente manera:
FP Asociación = [(FP 1 x P1 Asociación) + (FP 2 x P2 Asociación) + (FP n x Pn Asociación)] Donde:
FP 1...n = Es el valor del factor correspondiente a cada una de las empresas que conforman la asociación.
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P1...n Asociación = Representa la participación porcentual de cada uno de los miembros de la asociación.
FP Asociación = Es el valor del factor obtenido por la asociación.
Los factores deberán ser presentados con 2 decimales, debiendo redondearse al dígito inmediatamente superior en tanto el tercer decimal sea más de 5.
Cada uno de los participantes de una asociación deberá cumplir con el requisito mínimo en cada uno
Es decir, la no obtención, por parte de cualquiera de los integrantes de una asociación, del puntaje mínimo correspondiente a alguno de los factores será causal de descalificación, independientemente del puntaje total obtenido por el oferente.
La información que se debe utilizar para el cálculo de los factores y coeficientes surgirá de las planillas indicadas en el Formulario N° 3 del Anexo N° 1 y a efectos de la valoración en dólares estadounidenses cuando los Estados Contables estén expresados en otra moneda se tomará como tipo de cambio la tasa de cambio tipo vendedor publicada por el Banco Nación, vigente al día 183 del ejercicio correspondiente a la fecha de cierre de cada ejercicio.
Este cálculo deberá estar firmado por Contador Público Nacional y certificado por Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Para cada Factor Parcial se ha establecido un puntaje mínimo aceptable.
Los factores y coeficientes que serán considerados serán los siguientes:
Factor R (Rentabilidad): Para el análisis de la rentabilidad de cada uno de los integrantes de
(CRPN) expresado como el cociente entre el resultado neto del ejercicio antes de impuestos a la renta y el patrimonio neto del ejercicio. A los efectos de calcular el factor se excluirán los resultados extraordinarios y las reservas por revalúo técnico. Se computarán los resultados de los tres últimos estados contables presentados.
Factor S (Solvencia Total): Para el análisis de solvencia se recurrirá
total y el
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pasivo total. Se computarán los registros publicados en el último estado contable presentado.
Factor L (Liquidez):
corriente. Se computarán los registros publicados en el último estado contable presentado.
Factor | Coeficiente | Valor | Puntaje |
R | CRPN | Menor a 0 | No Califica |
Mayor o Igual a 0 | Califica | ||
S | CST | Menor a 1,30 | No Califica |
Mayor o Igual a 1,30 | Califica | ||
L | CLC | Menor a 0,90 | No Califica |
Mayor a Igual a 0,90 | Califica | ||
E | CE | Mayor a 3,00 | No Califica |
Menor o Igual a 3,00 | Califica |
Factor E (Endeudamiento): Para el análisis de Endeudamiento se recurrirá al cálculo del
patrimonio neto. Se computarán los registros publicados en el último estado contable
presentado.
El pun
IEF Total = Factor R Asociación + Factor S Asociación + Factor L Asociación + Factor E Asociación. Para cada factor y coeficiente los puntajes a asignar serán los indicados a continuación:
Para el caso de las sociedades argentinas subsidiarias de sociedades extranjeras referidas en el en el art. 3.1., inc. j), se computarán en el presente cálculo los Estados Contables de las accionistas, controlantes o no, y las sociedades sujetas a control común, en todos los casos directos o indirectos, si la sociedad local decidiere incorporarlos a la oferta en adición a los propios.
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En dicho caso, los coeficientes individuales de cada integrante se calcularán en base a la participación de cada sociedad en los Estados Contables consolidados, cerrados y aprobados de los últimos 3 periodos anuales, incluido el correspondiente al último ejercicio cerrado en el intervalo de doce (12) meses anteriores a la fecha de apertura de ofertas y, al sólo efecto de la evaluación del concepto en cuestión, los resultados correspondientes a cada factor se obtendrán como la sumatoria de los individuales pertenecientes a cada integrante, afectados por las respectivas proporciones con que los mismos participan en la sociedad sujeta a control común.
Este cálculo deberá estar firmado por Contador Público Nacional y certificado por Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Para cada Factor Parcial se ha establecido un puntaje mínimo aceptable.
14.1.2 - Evaluación de capacidad técnica - empresarial
A efectos referenciales se ha considerado que el volumen anual mínimo cuyo dragado probablemente será necesario efectuar para el mantenimiento de la VNT es igual a 26.000.000 m3.
Ello no implica que el volumen total que efectivamente se deba dragar no pueda ser inferior a este valor, o que, al contrario, en caso de ocurrir condiciones hidrosedimentológicas extraordinarias, no pueda alcanzar valores similares o superiores al doble del mismo, para mantener las condiciones de diseño de la VNT indicadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Por lo tanto, parte de la Capacidad Técnica a ser evaluada está relacionada con la Experiencia en el dragado de grandes volúmenes totales a lo largo de un período de 10 años.
Por otro lado, parte de la Capacidad Técnica está relacionada con la experiencia en el dragado de grandes volúmenes en períodos de tiempo reducidos pero representativos de una operatoria normal completa con todas las incidencias que provocan ineficiencias habituales, definiendo las intensidades de dragado mínimas necesarias para el mantenimiento de la VNT, y calificando a las empresas con un puntaje variable en caso de demostrar una capacidad superior a la mínima.
La Información de volúmenes que se incluya en los Formularios N° 4 y 5 que forman parte del Anexo N° 1 deberá ser refrendada mediante la presentación de contratos que indiquen los volúmenes previstos, incluyendo en ese caso una certificación final del Comitente que indique en forma clara el volumen dragado y el período de obra. Se podrán presentar facturas correspondientes a certificados
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de obra, siempre que las mismas incluyan en su texto original el volumen dragado correspondiente. También se podrán presentar certificados parciales o totales de obra que incluyan los volúmenes dragados, validados por firma del Comitente al momento de la certificación.
En caso de obras consistentes en el mantenimiento de las secciones transversales xx xxxxxxx correspondientes a vías de navegación cuyo contrato no prevea la certificación por unidad de medida
de volumen
mantenimiento de vías navegables, se podrán presentar certificados del Comitente validando los volúmenes de dragado removidos, con valores consignados en intervalos de tiempo no mayores al año, o bien indicando claramente el período de tiempo de obra en caso de consignar volúmenes totales sin mayor detalle, a los efectos de poder confirmar los datos a ser empleados para definir los Factores de evaluación.
La información que debe suministrar el Oferente incluirá la descripción detallada y las características de la obra de que se trate, redactada en idioma castellano.
Durante la evaluación de estos Factores la AGPSE podrá excluir volúmenes correspondientes a obras incluidas por el Oferente que a su juicio no correspondan a las características requeridas o que no posea la documentación respaldatoria suficiente, efectuar ajustes de cálculos en caso de detectar errores, y recalcular por sí misma los volúmenes a considerar con los ajustes que considere pertinentes. También podrá requerir al Oferente aclaraciones sobre cualquier información que resulte dudosa o cuestionable (debiendo el mismo responder a la solicitud en el plazo establecido), solicitar la presentación de correcciones a la información brindada y a los Formularios del Anexo N° 1 y solicitar documentación respaldatoria, subsanando los errores que correspondan.
Estos aspectos serán evaluados de acuerdo con los criterios detallados a continuación y se asignarán los puntajes presentados en el cuadro del punto 14.1.3 - .
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14.1.2.1 - Certificado de Visita, listado del personal profesional, técnico y especializado que participará de la obra, Declaración jurada del compromiso de cumplimiento del inciso h) del Artículo 3° del Decreto 427/2021 (DCTO-2021-427-APN-PTE), disponibilidad de equipos, e Información técnica sobre los equipos de dragado y auxiliares
Con respecto a los puntos b), c) d), e), h) e i) que mencionan el punto 3.1 - del ARTÍCULO 3° -, se evaluará la presentación o no presentación de lo solicitado.
Para ello, la documentación presentada deberá cumplir los requisitos mínimos con las certificaciones correspondientes que se establecen en el artículo mencionado.
La no realización de los requisitos exigidos en el inciso b) y j) implicará la automática desestimación de la oferta sin posibilidad de subsanación alguna.
Para los incisos restantes, en caso que la documentación presentada no cumpla con los requisitos formales especificados en dicho artículo, incluyendo la presentación de los formularios requeridos, se podrá solicitar su ajuste y presentación con los formalismos solicitados, en el plazo que esta AGPSE especifique, siempre que ello no represente un cambio sustancial en la oferta. En caso que la nueva presentación continúe sin cumplir los requisitos formales establecidos, el Oferente será descalificado.
14.1.2.2 - Antecedentes de obras y capacidad de dragado
Se computarán las obras que cumplan con las características que se detallan a continuación, certificadas o validadas por información del contrato, de los pliegos de licitación u otra documentación técnica de la obra, realizadas en los últimos 10 años.
Si en la obra presentada como antecedente el actual oferente actuó en Unión Transitoria o Consorcio de Cooperación, su participación en esa UTE no podrá ser inferior al 40%, en caso contrario el antecedente no será considerado válido.
En el caso de presentaciones en Unión Transitoria o Consorcio de Cooperación para el presente contrato, los antecedentes de este criterio se sumarán de acuerdo con lo establecido en cada uno de los factores. El o los miembros de la Unión Transitoria o Consorcio de Cooperación que aporten estos
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antecedentes no podrán tener en conjunto menos del 80% de participación en la Unión Transitoria o Consorcio de Cooperación.
A estos efectos el Oferente deberá informar, según modelos de los Formularios N° 4 y 5 del Anexo N° 1, y con carácter de Declaración Jurada, las obras de dragado ejecutadas durante el periodo indicado, detallando los volúmenes dragados en metros cúbicos, duración del contrato, el Organismo o Ente Comitente de cada una de las obras, citando nombre completo del Comitente y del representante de éste a quien se pueda acudir para realizar consultas, su dirección, dirección de correo electrónico y teléfonos, y las fojas de la oferta en las cuales se presenta la documentación que respalda el antecedente. Asimismo, en caso de haber actuado en UTE, deberá presentar copia del contrato donde surja su porcentual de participación en la misma.
FACTOR EVT: experiencia específica en volúmenes totales dragados para obras en puertos y canales a efectos de la mejora y/o mantenimiento de las condiciones de navegación en los últimos 10 años
Resultará de considerar el volumen total de material removido en obras de dragado de más de
1.000.000 m3 cuyo objeto principal haya sido el dragado de apertura o mantenimiento xx xxxxxxx de navegación y de áreas náuticas en el interior de áreas portuarias para mejorar las condiciones de navegación, que el Oferente haya ejecutado, y que se hayan finalizado a conformidad del respectivo Comitente dentro de los diez (10) años anteriores al 31/08/2022 (es decir, desde el 1/09/2012). También se podrán incluir las obras que tenga en construcción actualmente, siempre y cuando las mismas tengan un porcentaje de ejecución de por lo menos el cincuenta por ciento (50%) a la fecha 31/08/2022. En caso de que la actividad de la empresa se haya desarrollado por menos xx XXXX (10) años se considerarán los años correspondientes. Para cada obra se debería consignar la longitud de la vía navegable involucrada entre los límites extremos del tramo cuyo dragado se realizó.
En los volúmenes totales consignados se admitirá hasta un 20% de obras de refulado o rellenos.
En el caso de que el Oferente sea un conjunto de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, formando una Unión Transitoria, UT o un Consorcio de Cooperación, se considerarán las obras de dichas características ejecutadas por cada una de las empresas que integren el conjunto, afectando el volumen por el porcentaje de participación que el integrante de la U.T.E. tuvo en la obra que se
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presenta como antecedente y a su vez afectado por el porcentaje de participación en la U.T.E. oferente.
Por ejemplo.
1. Volumen en obra Antecedente: 10.000.000 m3.
2. % de participación del miembro de la UTE oferente en la UTE del Antecedente: 60%
3. % de participación del miembro que aporta el antecedente en la UTE oferente: 40%
4. Volumen considerado para cuantificar los antecedentes: 2.400.000 m3 = (1) x (2) x (3)
A estos efectos el Oferente deberá informar, según modelo de Formulario N° 4 del Anexo N° 1, y con carácter de Declaración Jurada, las obras de dragado ejecutadas durante el periodo indicado, brindando toda la información especificada previamente.
FACTOR EVM: EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN VOLÚMENES MÁXIMOS MENSUALES DRAGADOS PARA OBRAS EN PUERTOS Y CANALES A EFECTOS DE LA MEJORA Y/O MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE NAVEGACIÓN EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS
Resultará de considerar el volumen máximo de material removido en un mes en una obra de xxxxxxx cuyo objeto principal haya sido el dragado de apertura o mantenimiento xx xxxxxxx de navegación y de áreas náuticas en el interior de áreas portuarias para mejorar las condiciones de navegación, que el Oferente haya ejecutado, y que se haya finalizado a conformidad del respectivo Comitente dentro de los diez (10) años anteriores al 31/07/2022 (es decir, desde el 1/08/2012). También se podrá incluir una obra que tenga en construcción actualmente, siempre y cuando se disponga de la información certificada válida correspondiente al dato requerido, sin necesidad de que esté finalizada.
A estos efectos el Oferente deberá informar, según modelo de Formulario N° 5 del Anexo N° 1, y con carácter de Declaración Jurada, una obra de dragado ejecutada durante el periodo indicado, detallando la información correspondiente al mayor volumen mensual dragado en metros cúbicos, el período en el cual se logró esa producción, la longitud de la vía navegable involucrada entre los límites extremos del tramo cuyo dragado se realizó, la duración total del contrato, el Organismo o Ente Comitente de cada una de las obras, citando nombre completo del Comitente y del
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representante de éste a quien se pueda acudir para realizar consultas, su dirección, dirección de correo electrónico y teléfonos, y las fojas de la oferta en las cuales se presenta la documentación que respalda el antecedente.
Para este factor solamente se admitirán dragados en vías navegables e interior de puertos, excluyendo obras de refulado o rellenos.
En el caso de que el Oferente sea un conjunto de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, formando Unión Transitoria de Empresas, U.T.E., se considerarán las obras de dichas características ejecutadas por cada una de las empresas que integren el conjunto, afectando el volumen por el porcentaje de participación que el integrante de la U.T.E. tuvo en la obra que se presenta como antecedente para cada empresa, y a su vez afectado por el porcentaje de participación en la U.T.E. oferente, de forma similar a lo establecido en el Factor EVT. Asimismo, en caso de haber actuado en UTE, deberá presentar copia del contrato donde surja su porcentual de participación en la misma.
El valor mínimo requerido es un volumen dragado más de 2.136.986 m3 en 30 días corridos.
En el caso de que no se disponga de información desagregada al nivel mensual o con un intervalo inferior que pueda acumularse en un mes, se podrá presentar el volumen dragado en un período de tiempo mayor, con el cálculo del ajuste a 30 días para determinar al valor correspondiente. A modo de ejemplo, si el volumen certificado fuera de 26.000.000 m3 en un año, correspondería a 26.000.000 m3/365 días*30 días = 2.136.986 m3. Si se certificaran 10.833.334 m3 en un periodo de 150 días, el cálculo mensual correspondiente sería 10.833.334 m3 * 30 días/150 días = 2.166.667 m3. En ambos casos superando el valor mínimo admisible. No se aceptarán volúmenes dragados en períodos de tiempo inferiores a 30 días como prueba de capacidad, dado que se deben tener en cuenta en esta evaluación las paradas normales por cuestiones técnicas, climáticas, de mantenimiento, de recorrido entre sectores a dragar, de interferencias de tráfico, etc., que no son representadas adecuadamente en períodos cortos de tiempo.
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PUNTAJE MINIMO A SUPERAR POR LA SUMATORIA DE LOS PUNTAJES DEL CRITERIO 14.1.2.2 - DE ACUERDO A LA TABLA DE ASIGNACIÓN PRESENTADA EN EL PUNTO 14.1.3 - . Factor EVT + Factor EVM = 25 PUNTOS.
14.1.2.3 - Disponibilidad xx Xxxxxx, equipos de apoyo y coherencia con la Memoria Descriptiva de oferta. Bandera de las dragas y embarcaciones de apoyo.
FACTOR PM: PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN DE TRABAJO
Los oferentes presentarán en el Sobre N° 1 una Memoria Descriptiva y un Plan de Trabajos indicativo de las tareas a realizar, los volúmenes totales a remover y las dragas a utilizar en cada sector y para cada tarea y volúmenes a remover, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 13° - del presente Pliego.
Se analizará que la Metodología prevea el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en las Especificaciones Técnicas, y que la disponibilidad de recursos materiales (equipamiento de dragado y equipos auxiliares), técnicos y humanos propuestos para realizar los trabajos sean compatibles con las metas exigidas.
La Memoria Descriptiva deberá contener, como mínimo y no limitante, la siguiente información:
Introducción
Descripción de la Obra, que incluya los trabajos que comprende la contratación, las dimensiones y ubicación de la Vía Navegable a mantener, los diferentes ítems de la obra, etc.
Metodología de trabajo: tipo y cantidad de equipos propuestos, descripción de los ciclos de dragado. Atención de situaciones particulares previstas en las especificaciones técnicas, como ser ajustes de traza, varaduras, etc.
Equipos propuestos: identificación de los equipos, características de las dragas y equipos, ubicación actual y tiempo que demoraría la movilización, incluyendo tiempos de traslado y trámites administrativos.
Cálculo de producción de los equipos detallado en cada una de las zonas a las que se prevea destinar, incluyendo rendimientos reales de los equipos ofrecidos en función de la
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problemática de este contrato, distancias a lugares de vaciado, profundidades de la vía navegable y de los vaciaderos, tiempos perdidos por paso de buques, etc.
Organización logística propuesta: distribución territorial de los equipos y centros operativos.
Volúmenes estimados por zona, diferenciando las zonas Confluencia Santa Fe, Santa Fe Puerto San Xxxxxx, Puerto San Xxxxxx Desembocadura Paraná de las Palmas y Desembocadura Paraná de las Palmas Xxxxxx Recalada.
Toda otra información relevante para la evaluación de la oferta y la comprensión de la metodología del trabajo propuesta.
El análisis resultará en un Orden de Calificación de las propuestas metodológicas, el cual se determinará especialmente en función de la demostración del conocimiento técnico de las tareas, conocimiento del área de trabajo y sus problemáticas, y ajuste de las capacidades de los equipos a los trabajos a realizar y los rendimientos requeridos para lograr los objetivos. En dicho ordenamiento se puede considerar también que dos ofertas son equivalentes y se encuentran en el mismo nivel.
Debido a la especificidad de las evaluaciones a ser realizadas para determinar el Orden de Calificación y a la complejidad y variedad de situaciones que pueden presentarse al analizar las propuestas metodológicas, no se asignan puntajes parciales a subcriterios dentro del presente factor que lleven a determinar el orden de cada oferente, sino que se definirá exclusivamente mediante el juicio profesional del área competente de la AGPSE que realizará el Análisis Técnico de la Ofertas.
El puntaje máximo se le asignará al Oferente que, a criterio del área competente de la AGPSE que realizará el Análisis Técnico de la Ofertas, presente la mejor Propuesta de Organización y Metodología para la ejecución de las tareas.
El puntaje mínimo se le asignará al Oferente cuyo Plan de Trabajo y Metodología, resulten en el último lugar del Orden de Calificación.
Los demás oferentes obtendrán un puntaje interpolado en función del ordenamiento determinado. El cálculo que será realizado se ejemplifica de la siguiente manera:
Cantidad de Oferentes: 5
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Orden de Calificación Oferente A: 1 (máximo)
Orden de Calificación Oferente B: 2
Orden de Calificación Oferente C: 3
Orden de Calificación Oferente D: 3 (ejemplo de dos oferentes con igual Orden)
Orden de Calificación Oferente E: 4
Los puntajes se asignarán de la siguiente manera:
Puntaje Oferente A: PMMAX Máximo según tabla del punto 14.1.3 -
Puntaje Oferente E: PMMIN Mínimo según tabla del punto 14.1.3 - Puntaje Oferentes intermedios: PM = interpolación entre PMMAX para Orden 1 y PMMIN para Orden 4, según el Orden de cada uno.
En caso de detectarse errores o inconsistencias en la propuesta técnica que impliquen desvíos con respecto a la disponibilidad de equipos y sus rendimientos que al ser corregidos (sin modificar la flota de equipos de dragado y medios auxiliares propuesta en la Memoria Técnica) aún no permitan alcanzar o superar el volumen de dragado de 26.000.000 m3 en 365 días indicado como referencia, la misma será descalificada, dado que este tipo de errores no son subsanables sin alterar la equidad con el resto de los participantes.
FACTOR EQD: EQUIPOS PROPUESTOS. DRAGAS
Considerando que la mayor parte de la tarea de dragado a ser efectuada corresponde a equipos del tipo Draga de Succión por Arrastre con Cántara (Trailing Suction Xxxxxx Dredger TSHD), este factor mide el compromiso del oferente en cuanto a la puesta a disposición de equipos para realizar las tareas cuya contratación se licita. Si bien desde el año 2019 se están usando también dragas de inyección de agua (WID) las que permiten subsanar inconvenientes puntuales sin movilizar una TSHD y para alguna tarea podría proponerse el empleo de una draga de succión con cortador (CSD), la incidencia en la obra de estos equipos sería mucho menor al de las dragas TSHD.
Se otorgarán los puntajes según tabla a los equipos ofrecidos (sin contar la Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx):
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Equipos de dragado principales:
Dragas de succión por arrastre en marcha (TSHD), calado máximo (cargado) menor a 8,5 metros y mayor a 7,5 metros.
Dragas de succión por arrastre en marcha (TSHD), calado máximo (cargado) menor o igual a 7,5 metros y mayor a 4,9 metros.
Dragas de succión por arrastre en marcha (TSHD), calado máximo (cargado) menor o igual a 4,9 metros y mayor a 3,0 metros.
Equipos de dragado auxiliares:
Dragas de succión por arrastre en marcha (TSHD), calado máximo (cargado) menor o igual a 3,0 metros y mayor a 2,0 metros.
Dragas de succión con cortador (CSD), calado máximo inferior a 10 pies
Dragas de inyección de agua (WID)
No se otorgará puntaje a dragas TSHD con calado máximo (cargado) superior a 8,5 metros o inferior a 2,0 metros.
En caso de que el puntaje asignado sumando los puntos de cada draga sea superior al valor máximo indicado en la tabla, se adoptará el valor máximo.
En caso de que el oferente proponga equipos alternativos, en cada caso se considerará el de menor puntaje.
Se deberá detallar la información de los equipos propuestos de acuerdo al Formulario N° 2 del Anexo N° 1.
FACTOR EQA: EQUIPOS PROPUESTOS. AUXILIARES
Se otorgarán los puntajes según tabla a la cantidad de embarcaciones auxiliares ofrecidas, cuyas características y habilitación sean compatibles con la realización de relevamientos hidrográficos.
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Se deberá detallar la información de los equipos propuestos de acuerdo al Formulario N° 2 del Anexo N° 1.
FACTOR EQB: EQUIPOS PROPUESTOS. BANDERA ARGENTINA
Se otorgarán los puntajes según tabla, de acuerdo a la cantidad de equipos con Bandera Nacional o Tratamiento xx Xxxxxxx Nacional de embarcaciones (sin contar la Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx) ofrecidas.
Se deberá detallar la información de los equipos propuestos de acuerdo al Formulario N° 2 del Anexo N° 1.
PUNTAJE MINIMO A SUPERAR POR LA SUMATORIA DE LOS PUNTAJES DEL CRITERIO 14.1.2.3 -
Factor PM + Factor EQD+ Factor EQA+ Factor EQB = 55 puntos.
14.1.2.4 - Representante Técnico
FACTOR RTT: EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL REPRESENTANTE TÉCNICO EN FUNCIÓN DE LA DURACIÓN DE LAS OBRAS
Se valorarán los antecedentes del Representante Técnico propuesto, con experiencia en ese cargo en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso a puertos o dragado de recintos portuarios en los últimos 10 años o 20 años (de acuerdo a la experiencia).
Los antecedentes se computarán por trabajos de más de 4 meses de duración y se computarán por meses trabajados totales. En caso de presentarse un profesional que no cumpla con un mínimo de 36 meses de antecedentes de obras realizadas en los últimos 10 años o que no se encuentre matriculado y habilitado para ejercer el cargo en la República Argentina, el profesional deberá ser reemplazado por el oferente en el plazo de subsanación que esta AGPSE establezca.
En caso de profesionales que tengan más de 10 años de experiencia en los últimos 20 años se asigna el puntaje máximo.
Los antecedentes deberán contar con certificaciones del cargo desempeñado, o bien referencias comprobables de las tareas ejecutadas, incluyendo contactos personales que permitan verificar su
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veracidad. Además de la presentación del CV se deberá desagregar esta información de acuerdo al Formulario N° 6 del Anexo N° 1.
FACTOR RTV: EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL REPRESENTANTE TÉCNICO EN FUNCIÓN DEL VOLUMEN DE LAS OBRAS
Se valorarán los antecedentes del Representante Técnico propuesto, con experiencia en ese cargo, en proyectos de dragado en vías navegables fluviales en volúmenes equivalentes superiores a
1.000.000 m3 anuales. [Volumen total dragado (m3) / Plazo de ejecución de la obra (días) * 365 (días/año)], en los últimos 10 años. El plazo de ejecución de cada una de las obras a ser consideradas para el cómputo no podrá ser inferior a 30 días. Si el profesional propuesto no presenta 2 obras de más de 1.000.000 m3 equivalentes por año en los últimos 10 años, deberá ser reemplazado por el oferente en el plazo de subsanación que esta AGPSE establezca.
En caso de obras cuya duración sea superior a un año, se computará una obra por cada año en el que se cumpla con el volumen equivalente mínimo de 1.000.000 m3.
Los antecedentes presentados para la calificación deberán contar con certificaciones del cargo desempeñado o referencias personales que permitan verificar su veracidad, incluyendo evidencias comprobables de los volúmenes de obra y plazos de ejecución. Además de la presentación del CV se deberá desagregar esta información de acuerdo al Formulario N° 7 del Anexo N° 1.
PUNTAJE MINIMO A SUPERAR POR LA SUMATORIA DE LOS PUNTAJES DEL CRITERIO 14.1.2.3 -
Factor RTT + Factor RTV = 5 puntos.
14.1.2.5 - Responsable en higiene y seguridad y responsable ambiental
Se busca contar para estos puestos con personal con experiencia previa en contratos de esta problemática y magnitud.
FACTOR RSH: EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL RESPONSABLE EN HIGIENE Y SEGURIDAD
Se valorarán los antecedentes del Responsable de Higiene y Seguridad con experiencia en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso o recintos portuarios, con volúmenes equivalentes superiores a 1.000.000 m3 anuales. (Volumen total dragado (m3) / Plazo de ejecución de la obra (días) * 365 (días/año)), en los últimos 10 años. El plazo de
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ejecución de cada una de las obras a ser consideradas para el cómputo no podrá ser inferior a 30 días. De no alcanzarse el mínimo de 2 obras de estas características, o que no se encuentre matriculado y habilitado para ejercer el cargo en la República Argentina, el profesional deberá ser reemplazado por el oferente en el plazo de subsanación que esta AGPSE establezca.
En caso de obras del tipo requerido cuya duración sea superior a un año, a los fines de la calificación se computará una obra por cada año completo de dedicación.
Los antecedentes que avalen el CV deberán contar con certificaciones, o bien referencias comprobables de las tareas ejecutadas, incluyendo contactos personales que permitan verificar su veracidad. En caso de presentarse un profesional que no cumpla con las condiciones establecidas en el presente Xxxxxx o que no se encuentre matriculado y habilitado para ejercer el cargo en la República Argentina, el profesional deberá ser reemplazado por el oferente en el plazo de subsanación que esta AGPSE establezca.
Además de la presentación del CV se deberá desagregar esta información de acuerdo al Formulario N° 8 del Anexo N° 1.
FACTOR RA: EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL RESPONSABLE AMBIENTAL
Se valorarán los antecedentes del Responsable Ambiental con experiencia en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso o recintos portuarios, con volúmenes equivalentes superiores a 1.000.000 m3 anuales. (Volumen total dragado (m3) / Plazo de ejecución de la obra (días) * 365 (días/año)), en los últimos 10 años. El plazo de ejecución de cada una de las obras a ser consideradas para el cómputo no podrá ser inferior a 30 días. De no alcanzarse el mínimo de 2 obras de estas características, o que no se encuentre matriculado y habilitado para ejercer el cargo en la República Argentina, el profesional deberá ser reemplazado por el oferente en el plazo de subsanación que esta AGPSE establezca.
En caso de obras del tipo requerido cuya duración sea superior a un año, a los fines de la calificación se computará una obra por cada año completo de dedicación.
Los antecedentes que avalen el CV deberán contar con certificaciones, o bien referencias comprobables de las tareas ejecutadas, incluyendo contactos personales que permitan verificar su veracidad. En caso de presentarse un profesional que no cumpla con las condiciones establecidas en
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el presente Pliego o que no se encuentre matriculado y habilitado para ejercer el cargo en la República Argentina, el profesional deberá ser reemplazado por el oferente en el plazo de subsanación que esta AGPSE establezca.
Además de la presentación del CV se deberá desagregar esta información de acuerdo al Formulario N° 8 del Anexo N° 1.
PUNTAJE MINIMO A SUPERAR POR LA SUMATORIA DE LOS PUNTAJES DEL CRITERIO 14.1.2.5 -
14.1.2.3 - Factor RSH + Factor RA = 3 puntos.
14.1.3 - Evaluación de Antecedentes y Capacidad Técnica
El siguiente cuadro resume los puntajes correspondientes a cada Factor.
FACTOR | CONCEPTO | Puntaje |
Antecedentes de obras y capacidad de dragado | ||
EVT | EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN VOLÚMENES TOTALES DRAGADOS (VTD) PARA OBRAS EN PUERTOS Y CANALES A EFECTOS DE LA MEJORA Y/O MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE NAVEGACIÓN EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS, INCLUYENDO HASTA UN 20% DE OBRAS DE REFULADO/RELLENOS. EL MAYOR VALOR ENTRE LOS CRITERIOS A Y B. | Máximo 20 |
Mínimo 7 | ||
A) SI EL 75% DE LOS VOLÚMENES COMPUTADOS HAN SIDO DRAGADOS EN VIAS NAVEGABLES DE MENOS DE 500 KM DE LONGITUD O EN INTERIOR DE PUERTOS | ||
VTD >= 200.000.000 m3 | 15 | |
50.000.000 m3 <= VTD < 200.000.000 m3 | Interpolación lineal | |
VTD = 50.000.000 m3 | 7 | |
VTD < 50.000.000 m3 | Descalificado | |
B) SI EL 75% DE LOS VOLÚMENES COMPUTADOS HAN SIDO DRAGADOS EN VIAS NAVEGABLES DE LONGITUD MAYOR O IGUAL A 500 KM. | ||
VTD >= 200.000.000 m3 | 20 | |
50.000.000 m3 <= VTD < 200.000.000 m3 | Interpolación lineal | |
VTD = 50.000.000 m3 | 10 | |
VTD < 50.000.000 m3 | Descalificado | |
EVM | EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN VOLÚMENES MÁXIMOS MENSUALES (VMM) DRAGADOS PARA OBRAS EN PUERTOS Y CANALES A EFECTOS DE LA MEJORA Y/O MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE NAVEGACIÓN EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS, EXCLUYENDO OBRAS DE REFULADO/RELLENOS. EL MAYOR VALOR ENTRE LOS CRITERIOS A Y B. | Máximo 20 |
Mínimo 7 |
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A) SI EL 75% DE LOS VOLÚMENES COMPUTADOS HAN SIDO DRAGADOS EN VIAS NAVEGABLES DE MENOS DE 500 KM DE LONGITUD O EN INTERIOR DE PUERTOS | ||
VTD >= 4.273.972 m3 | 15 | |
2.136.986 m3 <= VTD < 4.273.972 m3 | Interpolación lineal | |
VMM = 2.136.986 m3 | 7 | |
VMM < 2.136.986 m3 | Descalificado | |
B) SI EL VOLUMEN MÁXIMO HA SIDO DRAGADS EN UNA VIA NAVEGABLE DE LONGITUD MAYOR O IGUAL A 500 KM | ||
VTD >= 4.273.972 m3 | 20 | |
2.136.986 m3 <= VTD < 4.273.972 m3 | Interpolación lineal | |
VMM = 2.136.986 m3 | 10 | |
VMM < 2.136.986 m3 | Descalificado | |
EVT+EVM | PUNTAJE MINIMO A SUPERAR | 15 |
Disponibilidad xx Xxxxxx, equipos de apoyo y coherencia con la Memoria Descriptiva de oferta. Bandera de las dragas y embarcaciones de apoyo | ||
PM | PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN DE TRABAJO | Máximo 20 |
Mínimo 10 | ||
Mejor Propuesta según Orden de Calificación asignado: PMMAX | 20 | |
Propuestas intermedias en el Orden de Calificación | Interpolación lineal | |
Propuesta en último lugar en Orden de Calificación asignado: PMMIN | 10 | |
Propuesta con errores de tipo no subsanable que no garantice el dragado de 26.000.000 m3 en 365 días. | Descalificado | |
EQD | EQUIPOS PROPUESTOS. DRAGAS | Máximo 40 |
Mínimo 21 | ||
Por cada draga TSHD con calado máximo (cargado) inferior a 8,5 m y mayor a 7,5 m | 4 | |
Por cada draga TSHD con calado máximo (cargado) menor o igual a 7,5 m y mayor a 4,9 m | 6 | |
Por cada draga TSHD con calado máximo (cargado) menor o igual a 4,9 m y mayor a 3,0 m | 1,5 | |
Puntaje mínimo parcial para dragas TSHD menor a 20 | Descalificado | |
Por cada draga TSHD con calado máximo (cargado) menor o igual a 3,0 m y mayor a 2,0 m | 1 | |
Por una o más dragas CSD calado operativo inferior a 10 pies | 1 | |
Por 2 o más dragas WID | 3 | |
Por 1 sola draga WID | 1,5 | |
Puntaje mínimo parcial para dragas auxiliares menor a 1 | Descalificado |
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EQA | EQUIPOS PROPUESTOS. AUXILIARES | Máximo 15 |
Mínimo 5 | ||
7 o más equipos auxiliares con equipamiento hidrográfico | 15 | |
Entre 5 y 6 equipos auxiliares con equipamiento hidrográfico | 10 | |
4 equipos auxiliares con equipamiento hidrográfico | 5 | |
Menos de 4 equipos auxiliares con equipamiento hidrográfico | Descalificado | |
EQB | FACTOR EQB: EQUIPOS PROPUESTOS. BANDERA ARGENTINA | Máximo 35 |
Mínimo 0 | ||
4 o más dragas con bandera nacional | 30 | |
3 dragas con bandera nacional | 20 | |
2 dragas con bandera nacional | 10 | |
1 draga con bandera nacional | 5 | |
7 o más lanchas con bandera nacional | 10 | |
4 a 6 lanchas con bandera nacional | 8 | |
2 a 3 lanchas con bandera nacional | 5 | |
1 lancha con bandera nacional | 2 | |
PM+EQD+EQA+EQB | PUNTAJE MINIMO A SUPERAR | 55 |
Representante Técnico | ||
RTT | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL REPRESENTANTE TÉCNICO EN FUNCIÓN DE LA DURACIÓN | Máximo 10 |
Mínimo 1 | ||
120 meses o más de experiencia en el cargo de Representante Técnico en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso a puertos o dragado de recintos portuarios en los últimos 20 años | 10 | |
Entre 72 y 120 meses de experiencia en el cargo de Representante Técnico en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso a puertos o dragado de recintos portuarios en los últimos 20 años | Interpolación lineal entre 72 y 120 meses | |
72 meses de experiencia en el cargo de Representante Técnico en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso a puertos o dragado de recintos portuarios en los últimos 10 años. | 6 | |
Entre 54 y 72 meses de experiencia en el cargo de Representante Técnico en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso a puertos o dragado de recintos portuarios en los últimos 10 años | Interpolación lineal entre 54 y 72 meses |
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Entre 36 y 54 meses de experiencia en el cargo de Representante Técnico en obras de dragado de apertura y/o mantenimiento en vías fluviales navegables, canales de acceso a puertos o dragado de recintos portuarios en los últimos 10 años | 1 | |
Menos de 36 meses o que no se encuentre matriculado y habilitado para ejercer el cargo en la República Argentina | Descalificado | |
RTV | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL REPRESENTANTE TÉCNICO EN FUNCIÓN DEL VOLUMEN DE LAS OBRAS | Máximo 10 |
Mínimo 1 | ||
Más de 10 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | 10 | |
Entre 2 y 10 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | Interpolación lineal | |
2 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | 1 | |
Menos de 2 obras de más de 1.000.000 m3 equivalentes por año en los últimos 10 años | Descalificado | |
RTT+RTV | PUNTAJE MÍNIMO A SUPERAR | 5 |
Responsable en higiene y seguridad y responsable ambiental | ||
RSH | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL RESPONSABLE EN HIGIENE Y SEGURIDAD | Máximo 10 |
Mínimo 1 | ||
Más de 10 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | 10 | |
Entre y 10 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | Interpolación lineal | |
2 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | 1 | |
Menos de 2 obras de más de 1.000.000 m3 equivalentes por año en los últimos 10 años | Descalificado | |
RA | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL RESPONSABLE AMBIENTAL | Máximo 10 |
Mínimo 1 | ||
Más de 10 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | 10 | |
Entre 2 y 10 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | Interpolación lineal | |
2 obras de más de 1.000.000 m3 equivalente por año, en los últimos 10 años | 1 | |
Menos de 2 obras de más de 1.000.000 m3 equivalentes por año en los últimos 10 años | Descalificado | |
RSH+RA | PUNTAJE MÍNIMO A SUPERAR | 3 |
PUNTAJE MÍNIMO A SUPERAR TOTAL | 100 | |
PUNTAJE MAXIMO TOTAL | 190 |
Para poder ser precalificado, el Oferente deberá alcanzar como mínimo un puntaje por el concepto en análisis de CIEN (100) puntos sobre un puntaje máximo de CIENTO NOVENTA (190) puntos; sin
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embargo, de resultar descalificado en alguno de los Factores parciales o no alcanzar los mínimos parciales indicados, la oferta en su totalidad será descalificada (independientemente del puntaje total obtenido sumando el resto de los Factores).
14.2 - Evaluación del Sobre N° 2 y Evaluación Final de las Ofertas
La evaluación del contenido correspondiente al Sobre N° 2 se basará, en primer lugar, en la verificación del cumplimiento de presentación de la documentación solicitada en los pliegos de condicion
bre N° 1.
reservándose la AGPSE el derecho de pedir aclaraciones respecto del contenido del Sobre N° 2, fijando al efecto los plazos y las formas de presentación de las respuestas correspondientes.
Las Ofertas Económicas que superen el análisis descripto precedentemente serán ordenadas, de menor a mayor, de acuerdo con el valor del precio total cotizado por la provisión de los servicios objeto del llamado en consideración proponiéndose la adjudicación a aquella Oferta que ocupe el primer lugar en dicho ordenamiento.
La Comisión de Preadjudicación aconsejará la preadjudicación de acuerdo al resultado que arroje la fórmula de ponderación de las Ofertas que se describe a continuación.
La evaluación final de las Ofertas será realizada en base a los siguientes parámetros:
El Precio ofertado
La Calidad del proyecto, reflejada en el puntaje mayor o igual que el mínimo admisible en la evaluación del Sobre 1
El Tiempo de Movilización
A los efectos de la ponderación del precio, se establece un Precio Estimado de Contratación igual a 179.000.000 USD + IVA.
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Serán desestimadas las ofertas que coticen un precio que difiera significativamente del presupuesto oficial, resulten vil en relación a los valores xxx xxxxxxx, o sean consideradas técnicamente inadmisibles.
Las ofertas que no respeten el tiempo máximo de alistamiento, movilización e implantación, incluyendo todos los trámites descriptos en el Art. 9 xxx Xxxxxx, serán igualmente desestimadas.
El puntaje final de las Ofertas de la última instancia de evaluación se obtendrá como el producto de tres coeficientes, cada uno de los cuales pondera uno de los parámetros indicados:
Coeficiente de Precio (P): Precio / Precio Estimado de Contratación
Coeficiente de Calidad (C): Puntaje Máximo de Calificación Técnica / Puntaje obtenido, superior al mínimo establecido
Coeficiente de Tiempo (T): Plazo de Movilización comprometido en el Plan de Trabajos / Plazo máximo de 30 días establecido en el Art. 9 xxx Xxxxxx.
Puntaje de Oferta = P x 0,65 + C x 0,30 + T x 0,05
A la Oferta que resulte con el Puntaje de Oferta más bajo le corresponderá el primer lugar en el orden de mérito para la preadjudicación.
Se considerará que existe equivalencia entre aquellas ofertas cuya diferencia de puntaje no supere el cinco (5%) por ciento.
En caso de equivalencia de ofertas, será de aplicación lo establecido en el Reglamento de Contrataciones AGPSE.
ARTÍCULO 15° - Impugnaciones
Los oferentes podrán deducir impugnaciones al dictamen de precalificación y/o preadjudicacion dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del correspondiente dictamen. Para ello, deberán constituir ineludiblemente una garantía de impugnación, a través de un depósito o transferencia bancaria por un monto equivalente al uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial. Su constitución se considerará condición normativa de admisibilidad y tratamiento de las
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observaciones de cualquier índole que se deduzcan respecto al dictamen impugnado. La falta de constitución en tiempo y forma hará que la impugnación no surta efectos y sea desestimada por dicha causa.
Aquellos oferentes que no hayan superado la instancia de precalificación no estarán habilitados para impugnar la preadjudicación.
ARTÍCULO 16° - Iniciación de la obra
La Contratista iniciará los trabajos dentro de los QUINCE (15) días corridos siguientes, como máximo, a la fecha de retiro de la Contrato Administrativo de Obra Pública.
En todos los casos los plazos contractuales correrán a partir de los QUINCE (15) días corridos subsiguientes a la fecha de retiro de la Orden de Compra o de la fecha de la firma del Acta de Iniciación cuando esta se labre en un plazo inferior al precedentemente indicado.
ARTÍCULO 17° - Acceso zona portuaria
La Contratista deberá cumplir y hacer cumplir a todo su personal dependiente, las reglamentaciones que rigen para el acceso y desplazamiento dentro de la zona portuaria. Las tramitaciones que deberá efectuar ante la Prefectura Naval Argentina (PNA), la Administración Nacional de Aduanas, la Subsecretaría de Puertos Vías Navegable y Xxxxxx Xxxxxxxx (XXXXXxXX), etc, correrán bajo su exclusivo cargo y responsabilidad, comprometiéndose la AGPSE a entregar certificados en los que conste el motivo por el cual la Contratista deberá ingresar hombres, equipos y materiales a las áreas portuarias.
Una vez emitida la Orden de Compra, la firma Contratista tramitará inmediatamente las autorizaciones correspondientes. AGPSE solo justificará atrasos en la iniciación de los trabajos de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 29 de las Especificaciones Técnicas de este Pliego.
Las justificaciones del contratista por atrasos o demoras en el cumplimiento de los objetivos de la obra deberán ser presentadas ante esta AGPSE, quien las evaluara y en su caso aprobara o rechazara
- parcial o totalmente - por motivo fundado.
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ARTÍCULO 18° - Obrador y muelle
El contratista será responsable del emplazamiento del o los obradores que considere necesarios, así como también de los muelles para amarre de las dragas y equipos auxiliares afectados a la obra, de acuerdo a lo indicado en el Anexo N° 2.
En caso de hacer uso de un muelle en jurisdicción de Puerto Buenos Aires, el contratista deberá solicitar muelle al área de Giro de Buques de esta AGPSE, quien le asignará un sitio dentro de la jurisdicción de acuerdo a la disponibilidad del momento.
ARTÍCULO 19° - Carteles de obra
La Contratista colocará en los lugares que le indique la Comisión de Inspección los carteles de obra cuyo modelo, cantidad y dimensiones se indican en el Anexo N° 4 del presente Pliego y que deberán ser validados con la Gerencia de Comunicación y Asuntos Institucionales de AGPSE.
ARTÍCULO 20° - Superintendencia de los trabajos
La superintendencia de los trabajos será ejecutada por la Comisión de Inspección designada por la AGPSE, la que tendrá a su cargo:
a) Verificación de la ejecución de los trabajos de acuerdo a la documentación técnica.
b) Verificación del cumplimiento del Plan de Trabajos y de los términos contractuales.
c) Certificación de los trabajos.
d) Recepción de los Superioridad.
e) Realización de todas las tareas inherentes a la obra que resulten de su competencia.
La AGPSE podrá disponer de manera adicional una Asistencia Técnica que podrá ser ejercida por terceros con la finalidad de asistir a la Comisión de Inspección en las tareas asignadas, etc. Además, la misma Comisión podrá designar las personas que la representen en cada caso debiendo notificarlo a quien competa.
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ARTÍCULO 21° - Representante Técnico y Administrativo
La Contratista designará para la conducción de la obra como Representante Técnico a un Ingeniero Civil, con título habilitante y con matrícula vigente en el Consejo Profesional de Ingeniería Civil de jurisdicción nacional (CPIC), debiendo acreditar una experiencia mínima de acuerdo a lo establecido en el punto 14.1.2.4 - del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción y dirección de los trabajos objeto de la licitación en nombre y representación de la Contratista. El Representante Técnico podrá ser reemplazado temporalmente por razones fundadas debidamente acreditadas por la Contratista ante al Comitente, debiendo acreditar la misma experiencia que la prevista en la licitación.
El Comitente podrá solicitar por razones fundadas la remoción y reemplazo del Representante Técnico en cualquier etapa del contrato. La Contratista designará también un Responsable Administrativo quien tendrá a cargo la gestión de la documentación a presentar relacionada con la facturación. Dicha gestión se realizará con el Responsable asignado por el área administrativa de esta AGPSE, el cual será informado por la Comisión de Inspección mediante correo electrónico y/o Libro de Órdenes y Servicios. Toda gestión, seguimiento de pagos, consulta o inconveniente que resulten a partir del proceso de facturación de los servicios correspondientes al período, deberán ser resueltos entre dichos responsables, limitándose la Comisión de Inspección de la obra exclusivamente a los aspectos técnicos de la misma.
Ambos representantes deberán ser aceptados por la AGPSE, quien constatara que los mismos cumplan con los requisitos mencionados, y en caso de corresponder, cuente con la matricula requerida vigente.
En caso de reemplazo del profesional propuesto en la oferta, el reemplazante deberá contar con antecedentes del mismo nivel que el oportunamente propuesto, debiendo el Representante Técnico permanecer en obra durante todo el trascurso de la misma.
La Contratista deberá presentar dentro de los DIEZ (10) días de retirada la Orden de Compra, los antecedentes del profesional propuesto, copia autenticada del título habilitante y constancia de la incorporación en el Consejo Profesional de la jurisdicción nacional correspondiente y del pago de la matrícula al día.
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ARTÍCULO 22° - Seguros
22.1 - Accidentes de trabajo
El personal de la Comisión de Inspección de AGPSE está inscripto en la Aseguradora de Riesgo del Trabajo contratada por esta Sociedad del Estado, por lo que la Contratista no deberá contratar ningún seguro adicional por esta causa.
El contratista deberá presentar un seguro por accidentes de trabajo del personal afectado a la obra, o en su defecto un seguro de accidentes personales.
22.2 - Seguro de obra contra todo riesgo
La Contratista deberá cubrir la obra contra todo riesgo mediante Pó eguro de Obra contra todo riesgo" con Cláusula Automática de Actualización por el monto de la Orden de Compra.
Dicha Póliza deberá cubrir la totalidad de la obra como así también a personas, cosas, muebles, inmuebles o semovientes que se hallen dentro de los límites de la obra o fuera de dicho límite y que pudieran ser afectados como consecuencia de accidentes o siniestros producidos en obra. La Póliza deberá ser endosada a favor de la AGPSE y entregada a la misma mediante constancia previa a la iniciación de los trabajos. Dicha cobertura finalizará con la Recepción definitiva de la obra.
En el caso de producirse ampliaciones del monto contractual debido a trabajos adicionales, mayor volumen de obra y/o modificación de proyecto el seguro deberá ampliarse en función de los nuevos montos contractuales.
El Seguro de Obra contra todo riesgo podrá ser reemplazado por las pólizas de cobertura de las embarcaciones más la de responsabilidad civil más todas aquellas pólizas adicionales de manera de cubrir todos los riesgos que puedan ocasionarse a terceros o cosas de terceros, siempre y cuando en caso de adjudicación, contraten un seguro de Responsabilidad Civil a entera satisfacción de esta AGPSE con las cláusulas adicionales de Responsabilidad Civil Cruzada, no anulación, no repetición y coasegurado a favor de AGPSE. La suma asegurada de esta póliza no deberá ser inferior a los USD 15.000.000, debiendo cumplir todas las condiciones previstas en el presente artículo.
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Los seguros se contratarán en la forma de práctica, de acuerdo a la legislación actualmente en vigencia, contando con la correspondiente certificación notarial.
22.3 - Seguro Ambiental
La Contratista deberá dar cumplimiento al requisito de un Seguro por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva, conforme lo establecido en el art. 22 de la Ley N° 25.675, sus modificatorias y reglamentarias y demás normas de aplicación.
En este sentido, deberá presentar, dentro del plazo de 5 días hábiles de firmada el Acta de Iniciación la siguiente documentación:
Copia de la póliza de Seguro Ambiental vigente.
Copia de la constancia de presentación de la póliza ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Informe de la determinación del Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) conforme normativa vigente, suscripto por profesional idóneo inscripto en el Registro Nacional de Consultores en Evaluación Ambiental de acuerdo a la Resolución SAyDS N° 102/19. La presentación de dicho informe se considera adicional al Programa de Cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes previsto en el Artículo 31.2 - del presente.
En todos los casos, el Contratista deberá acreditar periódicamente la vigencia de los seguros mencionados.
ARTÍCULO 23° - Ejecución de trabajos de acuerdo con las normas vigentes
Los trabajos y/o instalaciones se ejecutarán de acuerdo con los requisitos, normas y reglamentaciones de los organismos con competencia en la materia correspondiente a los lugares de ejecución de los trabajos.
La Contratista deberá abonar los derechos que correspondan por las instalaciones y conexiones o cualquier otro arancel vigente.
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ARTÍCULO 24° - Modificaciones y adicionales
La totalidad de los trabajos (mencionados o no en forma expresa), que sean necesarios para la puesta en servicio y correcto funcionamiento de la obra que se licita, se considerarán incluidos en el monto unitario cotizado. Si durante la ejecución de los trabajos, la AGPSE estimase conveniente realizar otras tareas adicionales que no forman parte del trabajo cotizado, se le podrá solicitar a la firma Contratista un presupuesto que será sometido a consideración. El presupuesto deberá presentarse por triplicado y deberá consignar los trabajos y/o las provisiones en forma unitaria con su correspondiente costo.
Dicho presupuesto deberá tener una validez no menor de SESENTA (60) días. La AGPSE podrá disponer en cada caso las provisiones o efectuar los trabajos por su cuenta, de considerar que los valores consignados en el presupuesto de referencia no son satisfactorios. La determinación de precios para trabajos adicionales que no tengan equivalente en el presupuesto oficial se efectuará siguiendo idéntico criterio al utilizado para la Composición de Costos solicitada en el ARTÍCULO 28° - del presente Pliego.
ARTÍCULO 25° - Liquidación de Certificados
Los pagos se harán por certificados mensuales equivalentes al valor de trabajo ejecutado de acuerdo con la foja de medición que se realizará la Comisión de Inspección entre el 1 y el 5 de cada mes. Emitido el Certificado de obra por parte de la Comisión de Inspección actuante, la Contratista contará con un plazo de CINCO (5) días para impugnarlo; vencido dicho término, el Certificado quedará firme y consentido.
La certificación se ajustará a las siguientes pautas:
a) Alistamiento, movilización de equipos e implantación en el sitio de trabajo: Una vez verificado por la Comisión de Inspección que la totalidad de los equipos principales y auxiliares de dragado propuestos en la oferta o sus eventuales reemplazos se encuentran ubicados en zona y en condiciones operativas de iniciar la obra, así como también, que se hayan presentado y aprobado los documentos técnicos de proyecto se certificará el 80% del Ítem. Aprobado el Programa de Cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes, y gestionada ante los organismos pertinentes las homologaciones o aprobaciones de la
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documentación necesaria para permitir, legal y administrativamente la operación de los equipos de dragado, se certificará el 20% restante del Ítem.
b) Dragado de mantenimiento: mensualmente, el Contratista y la Comisión de Inspección verificarán, mediante relevamientos batimétricos de control, realizados en forma previa y final de cada intervención en cada punto de la vía, los volúmenes dragados en cada oportunidad en el período (mes) a certificar. Los trabajos que se estén desarrollando podrán ser certificados en forma parcial por avance del período, pasando el relevamiento final del período a ser el inicial para el período siguiente. A partir de los volúmenes efectivos dragados calculados para cada tramo o punto en particular, por sumatoria de los mismos se determinará el volumen total dragado en el período, de acuerdo a lo estipulado en el ARTÍCULO 19°.- de las Especificaciones Técnicas.
c) Desmovilización de equipos: Cuando se verifique por la Comisión de Inspección actuante el retiro de la obra de los equipos principales y auxiliares y se haya desmantelado el obrador.
El plazo para la confección de los Certificados de Obra por parte de la Contratista será de CINCO (5) días contados a partir de la fecha del Acta de Medición.
Si la Contratista se excede de dicho plazo el pago de los certificados quedará prorrogado por un lapso igual a la demora incurrida por la Contratista.
El Contratista deberá enviar por correo electrónico a la Comisión de Inspección, el Certificado correspondiente al período, para su conformidad.
Se estima que la aprobación de los Certificados correctamente confeccionados - coincidentes con el Acta de Medición correspondiente, en relación a los datos de la obra, cantidades, y valores de los ítems se efectuara en un plazo máximo de 2 días hábiles desde recibida la misma. Luego, la Comisión de Inspección hará devolución del mismo, conformado digitalmente por sistema GDE (Gestión de Documentación Electrónica). Por último, el Contratista presentará las copias de Actas de Medición, Certificados de Obra conformados por la Comisión de Inspección, factura y toda otra documentación requerida, por la Mesa de Entradas, Salidas y Archivos, dirigida al área Administrativa de la AGPSE.
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A los fines del pago de la factura, el Contratista también deberá acompañar la documentación indicada en el art. 36 punto VI xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para las Compras y Contrataciones de AGPSE.
Las facturas a presentar por el Contratista deberán ser expresadas en pesos, considerando el precio de venta xxx xxxxx estadounidense, cotización divisa del Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior a la fecha de emisión de las respectivas Facturas. En caso de que la factura sea emitida con posterioridad al tercer día hábil desde la aprobación del Certificado correspondiente, se deberá considerar el precio de venta xxx xxxxx estadounidense, cotización divisa del Banco de la Nación Argentina correspondiente al tercer día hábil posterior a la fecha del Certificado.
Los pagos se efectuarán en pesos en el horario y día o días vigentes al efecto en la oficina respectiva de la AGPSE, por transferencia bancaria y de conformidad a lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución N° RESOL-2022-19-APN-AGP#MTR.
En caso de que éste o éstos resultaren inhábiles, el o los pagos se efectuarán el (los) día(s) inmediato(s) posterior(es), por lo tanto, si de acuerdo a la cláusula contractual por vencimiento de pago, cayera en el intervalo que media entre el o los días establecidos al efecto y su(s) inmediato(s) siguiente(s) queda expresamente convenido la prórroga de plazo de pago a todos los fines.
El criterio de pago de los incisos a) y c) del presente artículo, tiene por objeto reconocer y pagar los costos de dicho concepto para las embarcaciones a utilizar por el Contratista, las cuales, se entiende, que se mantendrán constantes durante todo el plazo del contrato.
En caso de que el Contratista por algún motivo y con la aprobación de la Comisión de Inspección, debiera proceder al reemplazo de alguna o algunas de las embarcaciones, el costo de dichas movilizaciones y desmovilizaciones adicionales no tendrá reconocimiento o pago directo.
ARTÍCULO 26° - Plazo de garantía
La presente obra, por sus características, no tiene plazo de garantía una vez procedido a la recepción de los trabajos.
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ARTÍCULO 27° - Garantía de cumplimiento de Contrato.
Deberá constituirse la garantía de cumplimiento de contrato en los términos previstos en el art. 5 inciso b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para las Compras y Contrataciones de AGPSE.
ARTÍCULO 28° - Composición de costos
Los Oferentes deberán presentar junto con su oferta para todos los ítems en forma completa y detallada, los análisis de los costos unitarios y/o globales, según corresponda, que justifique los valores cotizados para cada uno de los renglones e ítems consignados en la planilla de cotización.
En los ítems cotizados en Dólares Estadounidenses, la composición de costos deberá realizarse en Pesos y convertirse a Dólares Estadounidenses considerando el precio de venta xxx Xxxxx Estadounidense, cotización divisa del Banco de la Nación Argentina xxx xxxxxx día hábil anterior a la apertura del llamado, y podrá integrarse de la siguiente forma:
1) Valor de adquisición de los materiales que pudieran incorporarse a la obra sobre la base invariable del precio por mayor, incluyendo el desperdicio a que da lugar la colocación, y transporte a obra.
2) Valor de la mano de obra del personal (terrestre/embarcado) que intervenga directamente en la ejecución de los trabajos incluidas las cargas sociales discriminadas por gremios y categorías.
3) Equipos y herramientas (amortización e interés, reparaciones y repuestos).
4) Combustibles y lubricantes.
5) Gastos generales (x % de 1 + 2 + 3 + 4).
6) Gastos indirectos de obra (x % de 1 + 2 + 3 + 4).
7) Gastos financieros (x % de 1 + 2 + 3 + 4 + 5 + 6).
8) Beneficios (x % de 1 + 2 + 3 + 4 + 5 + 6 + 7).
9) Impuestos y gravámenes.
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El IVA deberá calcularse e incluirse en la cotización por separado, por cuanto la AGPSE está registrada como Responsable Inscripto ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
La suma de los ítems precedentes dará lugar a la determinación del precio final de cada renglón o ítem que compone la obra.
La cotización deberá efectuarse con valores vigentes al mes correspondiente a la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
La AGPSE podrá revisar, observar y/o solicitar aclaraciones las composiciones de costos presentadas por los oferentes, siendo causal de desestimación de la oferta cuando a criterio de ésta, las mismas no sean posibles de salvar sin alterar las bases del llamado.
En la composición de costos que se formule no se admitirá el reconocimiento de valor alguno de subcontrato.
Se deberán adoptar los mismos porcentajes de gastos generales, indirectos y financieros, beneficios, cargas sociales e impuestos para todos y cada uno de los ítems y sub-ítems que forman parte del presupuesto.
La AGPSE no aceptará ningún reclamo adicional sobre los porcentajes antes mencionados establecidos para la composición de costos en la oferta.
ARTÍCULO 29° - Combustibles y lubricantes
La Contratista podrá utilizar en la obra, combustibles y lubricantes de cualquier marca reconocida en plaza. Los mismos deberán ser identificados, almacenados y manipulados de manera segura y minimizando la posibilidad de derrames, y se deberá dar cumplimiento a la normativa vigente que corresponda. Para la disposición final de los sobrantes (tambores usados, descarte de aceites usados, etc.) se deberán seguir las normas de control y seguridad ambiental en vigencia y demás normativa aplicable.
ARTÍCULO 30° - Certificado de Liquidación Final de Obra
No se efectuará la devolución a la Contratista de las fianzas contractuales sin aprobación previa por autoridad competente del Certificado de Liquidación Final de Obra y de la Recepción de las obras.
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Por lo tanto, previo a la firma del Acta de Recepción, la Contratista elevará para su aprobación dicho Certificado que constituirá el balance de la obra en donde quedarán satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios que se hubieran producido y cualquier otra deuda o saldo pendiente inherente a la obra ejecutada, de manera de cerrar definitivamente la ecuación económico - financiera de la obra.
ARTÍCULO 31° - Requisitos en seguridad e higiene en el trabajo y Ambientales. Cumplimiento de normativa vigente y obtención de permisos.
31.1 - Seguridad e Higiene en el Trabajo
A los efectos de dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Ley N° 19.587/72 y su Decreto Reglamentario N° 351/79, Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557, Decreto N° 911/96 para la Industria de la Construcción, Resolución SRT N° 299/11, Resolución SRT 51/1997, y Resolución SRT 319/1999), la Contratista deberá presentar la documentación detallada a continuación previo al inicio de las tareas:
a) Será obligación de la Contratista contar con un profesional especializado en Seguridad e Higiene (licenciado/ingeniero con competencia nacional reconocida en la materia).
b) El Responsable de Higiene y Seguridad deberá ingresar una carta de presentación con datos de contacto, fotocopia de la matrícula habilitante con último comprobante de pago, seguro de accidentes personales y seguro de vida con sus respectivos comprobantes de último pago.
c) La Contratista y/o Subcontratistas (en caso que los hubiere), deberán presentar en tiempo y forma para ser analizado por el área responsable en Seguridad de esta AGPSE la siguiente documentación:
Carta de presentación con: razón social, dirección y teléfono de la empresa, nombre del Responsable de Obra y/o Responsable Técnico, e-mail, teléfono y celulares de contacto.
Aviso de inicio de obra sellado por la ART.
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Programa de Seguridad aprobado por ART que incluya la nómina de personal que realizará tareas dentro de AGPSE, incluyendo el temario de capacitación de acuerdo a los riesgos asociados, y número de teléfono ante situaciones de emergencia.
Certificado de Cobertura de ART con nómina del personal implicado y comprobante de pago.
Seguro de Vida Obligatorio con nómina de todo el personal implicado y comprobante de pago.
Permiso de obra aprobado por la ART.
Análisis seguro de tarea (AST) visado por ART que incluya: Etapas de trabajo, riesgos asociados, acciones preventivas. La duración máxima será de UN (1) año, siempre y cuando se mantengan las condiciones.
Fotocopia de la matrícula del profesional de Higiene y Seguridad (vigente).
Nota vinculante de la empresa con el responsable de Higiene y Seguridad firmada por ambas partes especificando cantidad de horas mensuales.
Cláusula de Subrogación y/o No Repetición contra esta AGPSE.
Constancias de capacitación.
Constancia de entrega de elementos de protección personal según el riesgo a que se encuentre expuesto el trabajador, según Resolución 299/11.
Programa anual de capacitaciones (Uso adecuado de elementos de protección personal, plan de evacuación ante emergencia, riesgo de incendio y uso de extintores, riesgo eléctrico, trabajo en altura, primeros auxilios, etc.).
Registros de capacitaciones firmados por el personal.
Copia vigente xx xxxx de riesgo presentado ante la ART.
Relevamiento General vigente del Riesgos Laborales (RGRL) presentado ante la ART.
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Hojas de seguridad de los productos químicos utilizados. Todos los productos químicos deben cumplir con el Sistema Global Armonizado.
Para equipos móviles y operadores (si corresponde): Certificado de aptitud mecánica e izaje por ente homologado; Carnet de conducir específico del equipo móvil (En caso de utilizar autoelevador, debe ser de acuerdo a la Resolución 960/15); Certificación/capacitaciones específicas de manejo del equipo móvil; Copia de póliza de seguro responsabilidad civil de maquinaria a utilizar que contenga cláusula de no repetición a favor de AGPSE.
Nota: En caso de nuevos ingresos de persona y/o bajas, se deberá informar a AGPSE, mediante expediente por Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo (Av. Ingeniero Xxxxxx 431, CABA), adjuntando toda la documentación requerida en el en presente, que aplique a esta situación particular.
d) Será obligación de la Contratista mantener el orden y limpieza en toda la obra, eliminar y/o proteger todo aquello que pueda significar un riesgo para los trabajadores. Corregir o dar aviso sobre condiciones inseguras. De igual forma, en caso de ser necesario, las zonas de
evitar el tránsito de personal ajeno a la obra.
e) Se deberán tomar las medidas necesarias para aquellas tareas que presenten riesgo de caída a distinto nivel, trabajo en altura (Decreto N° 911/96). Es decir, aquellas labores que involucren trabajar a un nivel cuya diferencia xx xxxx sea igual o mayor a dos metros con respecto del plano horizontal inferior más próximo. El uso de cinturones de seguridad/arnés, anclados a un punto fijo, y la permanencia en el lugar de trabajo de DOS (2) trabajadores con la directa supervisión del Responsable de la tarea o Jefe de Obra, serán las mínimas medidas de seguridad obligatorias a tomar en este punto.
Cuando exista riesgo de caída al agua, la Contratista obligatoriamente deberá proveer a los trabajadores de chalecos salvavidas sin excepción.
f) En aquellas obras donde se realicen trabajos de soldadura y corte se asegurará una adecuada ventilación e iluminación. Asimismo, se tomarán las medidas de seguridad necesarias contra riesgo de incendio (uso de extintores) y/o explosión.
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En caso de realizar este tipo de tarea en sectores que hayan contenido sustancias explosivas o inflamables o en los que se hayan podido formar gases inflamables, se deberá limpiar perfectamente el recipiente y comprobar por procedimiento apropiado que no queden gases o vapores combust Cert
Certificado, deberá ser presentado a esta AGPSE, previó al inicio de las tareas, ya que por
be ser autorizada
previamente (Capítulo 17, Decreto 351/79).
El personal deberá ser provisto de equipos en condiciones y elementos de protección personal propios al tipo de riesgo. Se deberán tomar las precauciones necesarias para proteger a las personas que trabajan o pasan cerca del lugar donde se encuentra realizando la tarea.
g) Para realizar las Visitas De Obra que se lleven a cabo en jurisdicción portuaria, será obligatorio el uso de zapatos de seguridad y casco de seguridad. En aquellas obras en donde haya circulación vehicular y/o de equipamiento portuario, se deberá utilizar chaleco reflectivo, como así también, chaleco salvavidas en caso de existir riesgo de caída al agua.
31.2 - Ambiente
La Contratista deberá adoptar todas las medidas de prevención, mitigación de potenciales impactos ambientales negativos, contención y/o remediación necesarias, acorde con el tipo de tareas a realizar, siendo éste el único responsable ante cualquier accidente o daño al ambiente. Deberá tomar todos los recaudos necesarios para prevenir hechos de contaminación que pudieran originarse a raíz de las tareas, y deberá prever acciones ante contingencias.
Si en cualquier momento durante la ejecución de los trabajos se presentara o detectara actividades susceptibles de provocar impactos ambientales negativos por inobservancia de los Planes de Gestión Ambiental vigentes, el Contratista, a requerimiento de la AGPSE, deberá a sus propias expensas, subsanar dicha situación a satisfacción del Comitente.
Con el fin de establecer los lineamientos en materia ambiental, teniendo como único objetivo el de preservar el ambiente en el cual se lleven a cabo las tareas y de dar cumplimiento a la legislación
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vigente, y compromisos asumidos en el Programa de Cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes, la Contratista deberá contar con:
a) Un responsable de Ambiente (licenciado/ingeniero con incumbencias y competencia nacional reconocida en la materia) inscripto en el Registro Nacional de Consultores en Evaluación Ambiental de acuerdo a la Resolución SAyDS Nº 102/19, con matrícula habilitante vigente.
b) El Responsable de Ambiente (Oceanógrafo, Ingeniero Ambiental, Licenciado en Biología, Ecología o Ciencias Ambientales, títulos de grado con incumbencias específicas para el desempeño de su función) deberá ingresar una carta de presentación con datos de contacto, fotocopia de la matrícula habilitante y Registro Nacional de Consultores en Evaluación Ambiental de acuerdo a la Resolución SAyDS Nº 102/19 con último comprobante de pago, seguro de accidentes personales y seguro de vida con sus respectivos comprobantes del último pago.
La Contratista deberá entregar a esta AGPSE, la siguiente documentación en formato original, con firma y aclaración del responsable de ambiente y número de matrícula correspondiente (sin excepción):
Programa de Cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes: Es el documento que asegurará la observancia de los Planes de Gestión Ambiental del Anexo N° 10, en el cual se establecerá, de manera detallada, las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados durante el desarrollo de la obra; incluyendo también los planes de seguimiento, evaluación, cronograma de muestreos y monitoreo, y plan de contingencia en caso de emergencia.
Sin perjuicio de las mejoras e incorporación de mayores niveles de protección que proponga el Contratista, el documento deberá contener, como mínimo, una descripción general del proyecto con las tareas involucradas, planos y cronograma.
Deberá asimismo establecer, de manera detallada, las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados en desarrollo de la obra, desarrollando los siguientes puntos:
Consignar la fecha de su realización.
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Índice; resumen, información del Oferente, objeto y descripción del proyecto; determinación del área de influencia directa e indirecta; marco legal; identificación de potenciales impactos ambientales; programas y subprogramas, incluyendo monitoreos y medidas de mitigación.
Programas, Subprogramas y Medidas de Mitigación, consignando los objetivos, responsables, procedimientos, indicadores, etc.
Plan de Monitoreo Ambiental, el cual deberá ser acorde a las tareas a realizar, que permita el seguimiento, evaluación y monitoreo de las tareas, con una periodicidad o frecuencia mensual y anual.
Incluir Plan de Contingencia en caso de Emergencias, según corresponda.
Incluir los estudios ambientales específicos que sean necesarios para la correcta identificación y análisis de los impactos del proyecto, en caso de que así corresponda.
Contemplar el cumplimiento de la normativa vigente, debiendo adecuarse a toda normativa emitida por autoridad competente que se establezca en el futuro y resulte de aplicación a la obra, o bien a requerimientos concretos realizados por autoridades competentes.
El Programa de cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental vigentes y los informes de cumplimiento respectivos, deberán estar firmados por la consultora y/o los profesionales inscriptos en el Registro Nacional de Consultores en Evaluación Ambiental de acuerdo a la Resolución SAyDS Nº 102/19.
El contratista deberá contar con un equipo profesional especialista en materia ambiental y/o una consultora ambiental asociada, que deberá estar permanentemente abocado a las tareas previstas en los planes de gestión ambiental, produciendo los informe mensuales y trimestrales requeridos en acuerdo al modelo que se adjunta anexo a los citados planes. Además deberá estar disponible para la atención de eventuales contingencias o exigencias que realice la Autoridad de Competente.
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31.3 - Plazos de entrega de la documentación
Será responsabilidad de la Contratista dar cumplimiento a los plazos de entrega de documentación solicitada en los Artículos 31.1 - y 31.2 -, como requisito fundamental para dar inicio a las tareas de dragado contratadas.
Dicha documentación, será analizada por las Áreas Responsables de esta AGPSE, que dispondrán xx XXXX (10) días hábiles para dar respuesta a lo solicitado. El medio de comunicación de la conformidad o no, de lo presentado, podrá ser vía e-mail por personal de esas Áreas.
No se podrá firmar el Acta de Iniciación de las Tareas Mantenimiento, sin antes presentar la totalidad de la documentación descripta en el ARTÍCULO 31° - incisos 1 y 2. El plazo de entrega es de Veinte
(20) días corridos a partir de la firma del Acta de Iniciación.
Los informes de cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental serán presentados en el tiempo y la forma que AGPSE comunique al Contratista, a los efectos de dar cumplimiento a las leyes número 25.831 y número 27.566 en lo atinente al acceso a la información pública ambiental.
Es responsabilidad de la Contratista dar cumplimiento a los plazos aquí fijados.
31.4 - Cumplimiento de normativa vigente y obtención de permisos.
El Contratista será responsable por el cumplimiento de la totalidad de la normativa vigente y de la obtención de los permisos que correspondan que no estén expresamente a cargo de AGPSE.
ARTÍCULO 32° - Dependencia laboral
Todo el personal afectado a la prestación de este servicio estará bajo exclusiva relación de dependencia con la empresa adjudicataria, corriendo por su cuenta, salarios, seguros, leyes sociales y previsionales, así como también toda otra erogación que deba afrontar con motivo del vínculo laboral que los une.
Dicho personal, sin excepción alguna, no tiene relación de dependencia con la AGPSE. Por otra parte, queda entendido que esta AGPSE no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se pudiera generar por cuestiones de índole laboral, gremial o
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sindical entre el adjudicatario y el personal que este ocupara para prestar el servicio que se le ha contratado.
Cada trabajador deberá ser fehacientemente notificado respecto de lo aquí señalado, y suscribir una declaración jurada de estilo, declarando que la única relación de dependencia laboral existente es la que lo vincula con la empresa adjudicataria.
Estas declaraciones deberán ser entregadas a la Comisión de Inspección actuante de esta Sociedad del Estado, junto con las nóminas que se requieren en el presente pliego.
El Contratista también mantendrá indemne a AGPSE de cualquier reclamo de terceros sobre la materia.
ARTÍCULO 33° - Comunicaciones.
La Comisión de Inspección tendrá las más amplias facultades para supervisar y verificar que la ejecución de los trabajos se efectúe con arreglo a los Pliegos, incluyendo pero no limitado para proceder a la fiscalización y verificación de la calidad de las tareas realizadas, incluyendo de proveedores o subcontratistas, a cuyos fines la Contratista deberá adoptar los recaudos necesarios para permitir la respectiva verificación; constatar defectos, errores, mala calidad de los materiales o deficientes procedimientos de trabajo; etcétera. La enunciación precedente no es taxativa ni limitativa, pudiendo efectuar la mayor cantidad de acciones tendientes a cumplir la finalidad de la Comisión de Inspección.
Si la Comisión de Inspección no hubiera formulado observaciones por trabajos defectuosos, ello no implicará la aceptación de los mismos. La Comisión de Inspección podrá ordenar las correcciones que correspondan.
La Comisión de Inspección efectuará sus observaciones y demás comunicaciones a través de la orden de servicio dirigida a la Contratista, numeradas y fechas. Las órdenes de servicio podrán ser comunicadas por correo electrónico o por cualquier medio de comunicación y registro que indique la Comisión de Inspección. Se considerará que toda orden de servicio está comprendida dentro de las estipulaciones del contrato y que no importa modificación de lo pactado ni encomienda de trabajos adicionales.
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Toda orden de servicio será de cumplimiento obligatorio. El CONTRATISTA podrá cuestionarla por medio nota de pedido dentro del plazo de TRES (3) días de notificada la orden de servicio, debiendo fundar y acreditar los motivos de la observación o rechazo.
Si la orden de servicio observada fuese reiterada por la Comisión de Inspección, la Contratista deberá cumplirla. Luego, la Contratista podrá cuestionar la orden de servicio en sede judicial, sin perjuicio de la facultad del Comitente de revisar la orden de servicio impartida por la Comisión de Inspección.
El Representante Técnico podrá efectuar pedidos, reclamos, observaciones o rechazos fundados a órdenes de servicio, y todas las demás comunicaciones que correspondan efectuar en el marco del contrato, mediante notas de pedida numeras y fechadas dirigidas al Comitente. En caso de denuncia o manifestación de algún hecho o circunstancia, la Contratista deberá presentar la nota de pedido dentro del plazo de tres (3) días de producido el hecho en cuestión. El CONTRATISTA deberá fundarlas debidamente con determinación de valores, especies, etc., en el plazo de CINCO (5) días a partir de la presentación del reclamo y/u observación formulados.
La Comisión de Inspección no se encontrará obligada a responder la nota de pedido que no se encuentre debidamente fundados ni acreditados las afirmaciones de la Contratista. En tal caso, la falta de respuesta del Comitente o Inspección en ningún caso importará el reconocimiento del Comitente o la Comisión de Inspección de los hechos y afirmaciones expuestos por la Contratista.
Sin perjuicio de la respuesta a la nota de pedido que el Comitente pueda o no- emitir, en cualquier caso, la Contratista no tendrá motivos ni justificaciones para detener los procesos internos de avance y suministros necesarios para la consecución de los trabajos objeto de la licitación o suspender o disminuir el ritmo de ejecución de las tareas. El tiempo que eventualmente pueda llevarle al Comitente el tratamiento y análisis de la nota de pedido jamás será motivo o causal para demorar los plazos contractuales.
ARTÍCULO 34° - Normativa aplicable
La relación contractual con el contratista se regirá por lo dispuesto en los PLIEGOS y, en subsidio; por las disposiciones previstas en el Código Civil y Comercial, incluyendo los artículos 1251 y siguientes, en cuanto correspondan, resultando de aplicación lo previsto en el art. 6 de la Ley 20.705.
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El contrato deberá interpretarse y ejecutarse de buena fe, obligando no sólo a lo que está formalmente expresado, sino a todas las consecuencias que puedan considerarse comprendidas en ellos, en los términos de los artículos 961 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Las decisiones que adopte AGPSE durante la ejecución del contrato serán considerados a actos jurídicos comerciales y empresariales.
ARTÍCULO 35° - Anticorrupción
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la Oferta en cualquier estado de la Licitación, o de la rescisión de pleno derecho del Contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos, con competencia referida a la Licitación o Contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) Funcionarios o empleados públicos, con competencia referida a la Licitación o Contrato, hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del Contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
ARTÍCULO 36° - Perspectiva de Genero
La Adjudicataria deberá observar, adecuar y cumplir con el marco jurídico vigente en materia de políticas de géneros y diversidades, a saber:
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Ley N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Ley N° 23.179/85, ratificación de la Aprobación de la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
Ley N° 24.632 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
Ley N° 26.743 Derecho a la Identidad de Género.
Objetivos y políticas determinados por esta AGPSE en el área de su competencia.
36.1 - Plan de Igualdad de Género
La Adjudicataria deberá presentar un Programa de Igualdad de Género y Diversidades, para su aprobación.
El Programa deberá como mínimo:
1) Capacitaciones anuales de carácter obligatoria para todo el personal, incluidos los cargos directivos, detallando los contenidos y el alcance de las mismas, con acreditación de su cumplimiento ante esta AGPSE.
2) Definir y detallar el perfil del personal del área de Recursos Humanos, quienes deberán contar con experiencia acreditada y/o formación en materia de igualdad de géneros.
3) Establecer los lineamientos generales y particulares que formarán parte de los protocolos de prevención, abordaje y/o intervención ante situaciones de violencia por motivos de género, con los que debe contar el Contratista.
4) Establecer los lineamientos generales y particulares para garantizar una comunicación organizacional que contemple lenguaje no sexista y que incentive la igualdad entre los géneros.
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5) Garantizar en los espacios laborales administrativos y operativos infraestructura acorde a las necesidades del personal desde una perspectiva de género, como espacios de lactancia y sanitarios adecuados, entre otros.
ARTÍCULO 37° - Jurisdicción
Cualquier controversia suscitada en el ámbito del presente contrato, será sometida al ámbito de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal ubicados en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Las Malvinas son argentinas
Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número: IF-2022-117804405-APN-GCYC#AGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Noviembre de 2022
Referencia: Anexo I - Resolución Nro. 180-2022
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Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Subgerente
Gerencia de Compras Y Contrataciones Administración General de Puertos
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