Contrato de Préstamo BID N° 3791/OC-UR LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA
PROGRAMA DE MEJORA DE CAMINOS RURALES PRODUCTIVOS
Contrato xx Xxxxxxxx BID N° 3791/OC-UR LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Pliego de Condiciones
Proyecto: “REPAVIMENTACIÓN DE LA XXXXX XXXXXXXX XXXXXX (XXXXXXXXXXXX XXXX 00) XXXXX XXXX 00 X XXXXX XXXXX”
LPN No:6 / 2019
Contratante: Intendencia Departamental xx Xxxxxxxxx
Contenido
Contenido 2
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Pública 3
Pliego De Condiciones Particulares 5
Anexo I. Países Elegibles 25
Anexo II. Prácticas Prohibidas 27
Anexo III. Formularios de la Oferta 32
1. Formulario de Oferta 32
2. Declaración de Inspección del Lugar de las Obras 35
Anexo IV. Modelo de contrato 36
Anexo V. Especificaciones Técnicas Particulares 39
1 OBJETIVO 41
2 GENERALIDADES 42
2.1 Obligaciones del Contratista 42
2.2 Organización de los trabajos 42
2.3 Señalización de la xxxx xx xxxxxxxxx xx xxx xxxxxxxx 00
2.4 Limpieza de obra periódica 43
2.5 Prevención de accidentes de trabajo 44
2.6 Afectaciones a terceros 44
2.7 Período de licencia de la construcción 45
2.8 Acceso y obras complementarias 45
2.9 Mantenimiento y retiro de las construcciones provisorias 45
3 DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS 46
3.1 Movilización e implantación 46
3.2 Movimiento de suelos 46
3.3 Sobretransporte de productos de excavación 47
Error: no se encontró el origen de la referencia Error: no se encontró el origen de la referencia Error: no se encontró el
origen de la referencia
3.5 Base granular 48
3.5.1 Materiales de base granular CBR>80% 48
3.6 Reciclado de Pavimento - Estabilización con cemento portland 49
3.6.1 Resumen de las etapas de ejecución 50
3.6.2 Tramo de Prueba 52
3.6.3 Material reclicado con cemento Portland 52
3.7 Tratamiento Bituminoso Doble 53
3.8 Señalización Horizontal y Vertical 54
3.9 Imprevistos 55
3.10 Precio de Oficina xx Xxxxx Sociales 55
3.11 Laboratorio y equipo de topografía 55
3.12 Suministro de vehículo y teléfono 55
3.13 Recusación del Personal de Dirección de Obra 56
3.14 Discrepancias entre la Dirección de Obra y el Contratista 56
3.15 Inspecciones 56
3.16 Vicios de construcción 57
3.17 Recepción Provisoria y Definitiva 57
3.18 Notas 58
Pliego ÚÚ nico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Púú blica. 1
Haga doble click sobre la imagen para acceder al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para losContratos de Obra
Pública.
Pliego De Condiciones Particúlares
1. Disposiciones Generales
La Administración Pública Contratante es la Intendencia Departamental xx Xxxxxxxxx, en el marco del Contrato xx Xxxxxxxx No. 3791/OC-UR “Programa de Mejora de Caminos Rurales Productivos”; el cual es ejecutado a través de la Dirección de Descentralización e Inversión Pública de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
La contratación de las obras se realizará al amparo del artículo 45 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera y de conformidad con las Políticas para la adquisición de bienes y obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN- 2349-9).
Sin perjuicio de lo anterior, se utilizará para la presente licitación el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Pública exceptuando lo dispuesto en los artículos: 10.1b), 11.5, 14.4, 14.5, 14.6, 20.1, 20.2, 47 y 48.1.
2. Glosario
Se incorporan los siguientes términos:
O) Dirección de obra: La dirección de obra tiene por objeto principal controlar que el Contratista ejecute la obra en concordancia con los planos y especificaciones de la documentación contractual. El Director de Obras (Ingeniero o Arquitecto) es la persona autorizada por el Contratante para representarlo en el otorgamiento de instrucciones por escrito al Contratista y en la aprobación de la certificación de los pagos.
P) Supervisión de obra: La supervisión de obra será llevada a cabo por un técnico designado por el Programa. Tiene por objeto principal asesorar a la Dirección de Obra monitoreando la ejecución de las obras, y avalando la certificación de los trabajos realizados.
Q) Especificaciones técnicas particulares: son las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato.
R) Directivas Técnicas de la Dirección de Obra: cualquier modificación o adición indicada por el Director de Obra.
S) Orden de Servicio: Las órdenes de servicios que emita la Dirección de Obras serán por escrito y estarán fechadas, numeradas y firmadas, y tendrán carácter obligatorio para el contratista y subcontratista.
3. Objeto de la Contratación.
Las Obras consisten en: Recargo de 15cm de base granular, estabilizado de capa granular con cemento portland y pavimentación con tratamiento bituminoso doble y sellado de 9km450 xx Xxxx Nº10 entre Ruta Interbalnearia y Punta Negra.
Las ofertas deberán ajustarse sustancialmente a la descripción del objeto requerido, teniendo en cuenta la complejidad técnica del mismo.
4. Aclaraciones de los Pliegos
Se podrán solicitar aclaraciones hasta el 4 de Octubre de 2019. Las respuestas a las solicitudes de aclaraciones serán enviadas como fecha límite el 9 de Octubre de 2019.
[Nota a la ID: Se sugiere establecer estas fechas en un margen de 10 días antes de la fecha de apertura para solicitud de aclaraciones, y 5 días antes de la fecha de apertura para el envío de las respuestas.]
5. Solicitud de prórroga de apertura de ofertas
Las solicitudes de prorroga serán recibidas hasta el 4 de Octubre de 2019.
[Nota a la ID: La fecha debe coincidir con la fecha de solicitud de aclaraciones.]
6. Normalización
Las normas estandarizadas de calidad y otras se encuentra en el Anexo V de Especificaciones Técnicas Particulares de la obra.
7. Proponentes Extranjeros y Consorcios
7.1 En caso de que el proponente sea extranjero, deberá presentar la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras (Ley 16.497 de
15 xx xxxxx de 1994). Dicha constancia se debe tramitar en el Registro Nacional de Representante de Firmas Extranjeras del Ministerio de Economía y Finanzas.
7.2 Las Ofertas presentadas por un Consorcio constituido por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en el punto 10 para cada miembro del Consorcio;
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros del Consorcio;
(e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de Consorcio firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de un Consorcio en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto.
8. Oferentes Elegibles
Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco Interamericano de Desarrollo (Banco). Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En elAnexo I de este pliego se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si:
(a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario (Uruguay) prohíbe relaciones comerciales con ese país; o
(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país.
Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos:
(a) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los bienes objeto de este pliego; o
(b) presentan más de una oferta en este proceso licitatorio. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta
Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3.
Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y
(iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario.
Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite.
8. Requisitos para la presentación de las Ofertas
8.1 Requisitos previos a la presentación de la oferta.
a) El Oferente deberá presentar como parte de su oferta el original el recibo del depósito de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, por el importe de $U 300.000 (pesos uruguayos trescientos mil) .
b) El Oferente deberá presentar como parte de su oferta el original del recibo de la adquisición xxx xxxxxx, por el importe de $U 10.000 (pesos uruguayos diez mil).
8.2 Antecedentes del Oferente:
Los antecedentes técnicos requeridos se encuentran en el Anexo V. Especificaciones Técnicas Particulares.
Asimismo, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos:
1) Para Oferentes nacionales: Estado de Situación Patrimonial (E.S.P.), Estado de Resultados (E.R.), Notas aclaratorias, Anexos de Bienes de Uso y de Evolución del Patrimonio y Estado de Origen y Aplicación de Fondos (EOAF), y la Declaración Jurada xx Xxxxx e Impuesto al Patrimonio anual,presentada ante la Dirección General Impositiva, de los últimos tres (3) ejercicios económicos cerrados anteriores a la fecha de presentación de las ofertas, según el siguiente criterio: Los Estados Contables deberán estar acompañados como mínimo por un Informe de Revisión Limitada emitidos por Contador Público o equivalente con título habilitante. Este será realizado: i) Para empresas constituidas en la República Oriental del Uruguay, de acuerdo a los Pronunciamientos del Colegio de Contadores y Economistas del Uruguay.
ii) Para empresas constituidas en el extranjero, toda esta información se brindará de acuerdo a las normas legales o profesionales, según corresponda, vigentes en el país donde se domicilia o bien de acuerdo a lo dispuesto por la Federación Internacional de Contadores (IFAC) en el Engagements to Review of financialstatements ISA/RS 1 y 2. Los Dictámenes de Auditoria Externa deberán ser emitidos por profesionales que acrediten su solvencia y realizados de acuerdo a las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas emitidas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC).
2) Autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente.
3) Información proporcionada por Carta de Abogado relativa a litigios o laudos arbitrales presentes o habidos durante los últimos diez (10) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados.
4) Declaración de Inspección del lugar de obras (Ver Anexo III). El Oferente debe bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visitar e inspeccionar el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtener por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente.
9. Precio y Cotización
La cotización será por precio unitario.
La moneda de cotización, comparación de ofertas y pago será Pesos Uruguayos.
10. Monto imponible de mano de obra para leyes sociales
Los oferentes deberán identificar en sus propuestas los montos imponibles para cada uno de los rubros sobre los que se calcularán los aportes al Banco de Previsión Social por leyes sociales, aplicando el porcentaje vigente del aporte unificado de la construcción (Decreto 159/2013 de 24/05/2013) siendo de su cargo las diferencias en más que se produzcan por este concepto.
11. Actualización de precios
El Contrato está sujeto a ajuste de precios:
Se aplicará la siguiente fórmula paramétrica de actualización de costo.
El valor actualizado P de la obra realizada en un grupo de rubros "a" se define como:
en cuya fórmula:
Ka = coeficiente de actualización de los rubros que integran Po. Po = liquidación a precios de licitación de la obra considerada.
El coeficiente Ka se calculará de acuerdo con la fórmula siguiente:
en la que:
Ka = subíndice que caracteriza un grupo de rubros
j = porcentaje de incidencia en el costo de la mano de obra
J = importe de Jornal Cuadrilla tipo DNV, según zona a la cual pertenezca la obra, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNVal mes de ejecución de los trabajos.
JO = importe de Jornal Cuadrilla tipo DNV, según zona a la cual pertenezca la obra, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV vigente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la Licitación.
v = porcentaje de incidencia en el costo por concepto de: Gastos Generales, financiación, impuestos, imprevistos, beneficios y demás gastos no considerados en los otros grupos.
CV = Índice de Precios al Consumo base diciembre 2010 para el mes de ejecución de la obra que se liquida, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV.
CVo = Índice de Precios al Consumo base diciembre 2010 vigente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la Licitación, de acuerdo a lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV.
m = porcentaje de incidencia en el costo por concepto de materiales, combustibles, fletes, etc.
qn = porcentaje de incidencia de cada material n en el total de materiales correspondiente al grupo de rubros.
Qo = costo unitario del material n para el mes de ejecución de la obra que se liquida según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV para el mes de ejecución de la obra que se liquida.
Qno = costo unitario del mismo material n vigente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la Licitación según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV para el mes de ejecución de la obra que se liquida.
d = porcentaje de incidencia en el costo correspondiente a amortización y reparación de equipos
D' = Coeficiente D', según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV para el mes de ejecución de la obra que se liquida.
D'o = Coeficiente D', según lo indicado en el Boletín de Precios publicado por la DNV vigente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la Licitación.
En caso de que la empresa contratista ejecute trabajos en obra luego de la fecha prevista de terminación definida en el contrato y corregida según los eventos compensables que corresponda, el ajuste de precios será el que resulte menor entre el calculado empleando los valores testigos correspondientes al mes de la fecha prevista de terminación y al mes de ejecución de la obra que se liquida.
12. Mantenimiento de oferta
a) El período de mantenimiento de Oferta es de 240 (doscientos cuarenta) días.
b) El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de mantenimiento de Oferta por un importe de $U 300.000 (pesos uruguayos trescientos mil) pagadera a la vista a primer solicitud.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser una garantía pagadera a la vista ante primer solicitud. La misma deberá ser depositada en Dirección de Tesorería de la Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx.
Al momento de la apertura de las ofertas el Oferente deberá presentar al Contratante el recibo de depósito correspondiente.
Esta garantía se constituirá a la orden de la Intendencia Departamental xx Xxxxxxxxx y se efectivizará a opción del oferente mediante una de las siguientes formas:
1. Depósito en efectivo en pesos Uruguayos. En caso que el referido depósito se realice con cheque, éste deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente; para poder efectuar el referido depósito el oferente deberá estar inscripto previamente como proveedor de la Intendencia, por lo que se recomienda a aquellos interesados en participar, la regularización de dicho trámite con la debida antelación.
2. Fianza o aval de un Banco establecido en la República Oriental del Uruguay;
3. Póliza de Seguros de Fianza, emitida por una institución habilitada por el Banco Central del Uruguay;
4. Bonos xxx Xxxxxx de la República Oriental del Uruguay. (Certificado de afectación de valores públicos extendido por la Sección Custodias xxx XXXX).
En el caso de las opciones 2) y 3) los documentos respectivos deberán estar vigentes hasta la extinción definitiva de las obligaciones que se garantizan. Si en los mismos se estableciera un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo, por períodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Intendencia mediante la entrega del documento al Oferente. Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía el Oferente deberá sustituir la misma, quedando suspendidos todos los derechos que pudiera corresponderle hasta tanto ello suceda.
En el caso de la opción 4) los Títulos deberán ser en Dólares estadounidenses. Se tomará para su cotización en la Bolsa de Valores 10 (diez) días antes de la apertura de las propuestas, de la formalización de contrato o de la presentación de la factura de anticipo si en las CEC estuviera previsto el mecanismo del anticipo. Dicha cotización se justificará con certificado xx xxxxxxxx de Bolsa.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta permanecerá válida por un período de 30 días posteriores a la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde.
El contratante podrá, si lo considera necesario, concederá un plazo de 48hs hábiles, a los efectos que los oferentes subsanen cualquier defecto vinculado a la garantía de mantenimiento de oferta.
13. Presentación, confidencialidad y apertura de ofertas
13.1 Presentación
No se habilita la presentación de ofertas electrónicamente.
El número de copias de la Oferta que los proponentes deberán presentar es: 1 (un) original y
3 (tres) copias. El Oferente también presentará dos CD o DVD (en ambos casos NO regrabables) que contengan su oferta económica en formato digital. El formato de los archivos deberá ser MS Office, Open Office o similar.
Cada sobre contendrá la información solicitada para la oferta en el presente pliego, por lo cual deberá incluir:
Descripción general de método de trabajo y cronograma de acuerdo al Anexo V. Especificaciones Técnicas Particulares.
Todos los documentos y antecedentes mencionados en el Pliego de Condiciones de acuerdo al detalle especificado.
Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es:
Atención: Mesa de Licitaciones
Dirección: Av. Xxxxx xx Xxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Número del Piso/ Oficina: Planta Baja, Sector B Ciudad y Código postal: Xxxxxxxxx XX 00000 País: Uruguay
13.2 Confidencialidad
Cuando los oferentes incluyan información considerada confidencial, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 numeral I) de la Ley N° 18.381 de Acceso a la Información Pública de 17 de octubre de 2008, la misma deberá ser presentada indicando expresamente tal carácter y en archivo separado a la parte pública de su oferta.
La clasificación de la documentación en carácter de confidencial es de exclusiva responsabilidad del proveedor. La Administración podrá descalificar la oferta o tomar las medidas que estime pertinentes, si considera que la información ingresada en carácter confidencial no reúne los requisitos exigidos por la normativa referida.
El oferente deberá realizar la clasificación en base a los siguientes criterios: Se considera información confidencial:
la información relativa a sus clientes,
la que pueda ser objeto de propiedad intelectual,
la que refiera al patrimonio del oferente,
la que comprenda hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, relativos al oferente, que pudiera ser útil para un competidor,
la que esté amparada en una cláusula contractual de confidencialidad, y
aquella de naturaleza similar conforme a lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley Nº 18.381), y demás normas concordantes y complementarias.
No se considera información confidencial:
la relativa a los precios,
la descripción de bienes y servicios ofertados, y
las condiciones generales de la oferta.
Los documentos que entregue un oferente en carácter confidencial, no serán divulgados a los restantes oferentes. El carácter de confidencialidad otorgado a la información presentada, no será de aplicación para el Tribunal de Cuentas ni para otras entidades públicas que deban participar en el presente proceso de contratación a fin de cumplir con sus respectivos cometidos. El oferente deberá incluir en la parte pública de la oferta un resumen no confidencial de la información confidencial que ingrese que deberá ser breve y conciso (artículo 30 del Decreto N° 232/010 de 2 xx xxxxxx de 2010).
Para el caso que las ofertas contengan datos personales cuyo titular no sea el oferente, este último, si correspondiere, deberá recabar el consentimiento de los titulares de los mismos, conforme a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data Nº 18.331 de 11 xx xxxxxx de 2008, normas concordantes y complementarias. Asimismo se deberá informar a los titulares de los datos personales que se incluyen en la oferta, de los derechos reconocidos por el artículo 13 de la mencionada Ley.
13.3 Apertura
La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: Oficina: Mesa de Licitaciones, Planta Baja Sector B del Edificio Comunal
Fecha: 15 de Octubre de 2019; Hora: 11
De acuerdo a la Política del BID no está permitida la apertura electrónica de ofertas.
14. Evaluación
Para el proceso de evaluación de ofertas se utilizará el factor precio de forma exclusiva.
El precio que será utilizado en el proceso de evaluación y comparación de ofertas, será aquel precio global (subtotal, IVA y Leyes Sociales) que figure en el Formulario de Oferta como precio de comparación.
15. Adjudicación
Se adjudicará a la oferta de menor precio que cumpla con los requisitos solicitados en el punto 8.2 xxx Xxxxxx y otros que figuren en los documentos de licitación.
En caso que la oferta de menor precio no cumpla con los requisitos se deberá examinar los requisitos del oferente cuyo precio ocupe el segundo lugar y así sucesivamente hasta que pueda realizarse la adjudicación.
16. Garantía de fiel cumplimiento del contrato
La forma estándar de Garantía de Cumplimiento aceptable al Contratante será una Garantía Bancaria extendida “a la vista” (a primer requerimiento), equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto del contrato.
16.1 Constitución
La Garantía de Fiel cumplimiento de contrato se constituirá mediante depósito efectivo, aval bancario, bonos xxx xxxxxx, póliza de seguros de fianza extendida a la vista o a primer requerimiento.
17. Materiales
Se aplicará lo dispuesto en las especificaciones técnicas del presente Xxxxxx.
18. Control de calidad
El Contratista deberá suministrar el equipo de laboratorio o los servicios tercerizados que correspondan necesario para realizar el control de calidad de la obra, según lo dispuesto en las especificaciones técnicas del presente Xxxxxx. En caso de incumplir con lo solicitado, deberá abonar una multa de 0,03% del valor total del contrato por día de retraso en el cumplimiento hasta un máximo de 0,3%.
El Contratista deberá realizar el control de calidad de los trabajos, según lo dispuesto en las especificaciones técnicas del presente Xxxxxx. En caso de incumplir con el mismo, el Director de Obra podrá solicitar la retención del Certificado mensual. Dicha retención será del 100% del avance de los rubros afectados por la ausencia del control de calidad.
19. Plan de trabajo
a) La empresa deberá presentar un cronograma de avance físico mensual, discriminado por xxxxx.
b) El Contratista deberá disponer en la obra los siguientes equipos en los siguientes momentos:
Equipo | Al inicio de los trabajos en el rubro que se indica, |
Retroexcavadora, motoniveladora, cilindro compactador, camión regador de agua, compactador neumático, camiones para acarreo de material. | Rubros de Movimiento de suelos |
Equipo distribuidor de cemento portland, Equipo Reciclador, camíón cisterna de agua, cilindro compactador y motoniveladora | Rubros de Estabilización de suelos |
Barredora autopropulsada, pala, camión cisterna de asfalto, camión regador de asfalto, gravilladora y camiones para acarreo de material. | Rubros de Tratamiento bituminoso doble con sellado |
c) De acuerdo a las especificaciones técnicas particulares
El Contratista presentará el cronograma solicitado en el literal b) para la aprobación del Director de Obra dentro xx xxxx días a partir de la suscripción del contrato y antes de la firma del Acta de Inicio.
Si el Contratista no presenta dicho cronograma dentro de este plazo, la Administración podrá solicitar la recisión del contrato unilateralmente con pérdida de la garantía de cumplimiento
20. Preventivo de Flujo de Fondos
La empresa deberá presentar un cronograma de avance financiero mensual, discriminado por rubro.
El Contratista presentará el cronograma solicitado para la aprobación del Director de Obra dentro xx xxxx días a partir de la suscripción del contrato y antes de la firma del Acta de Inicio.
Si el Contratista no presenta dicho cronograma dentro de este plazo, la Administración podrá solicitar la recisión del contrato unilateralmente con pérdida de la garantía de cumplimiento
21. Cómputo de plazos de obra
Se entenderá por días calendarios laborales para la construcción, la jornada laboral de 44 horas semanales de lunes a sábado. Los días no laborables serán: los cinco feriados no laborables vigentes, el tercer lunes de octubre (Día de la Construcción), el 2 de noviembre y los dos periodos de licencia de la construcción vigentes.
Los siguientes eventos podrán generar corrimiento de los plazos de obra, sin variaciones de precio:
a) Días de lluvia que impidan completar quince (15) días de trabajo durante los meses xx xxxx, xxxxx, xxxxx y agosto; y veinte (20) días de trabajo durante los meses restantes del año. Se restarán del total de días indicados para cada mes las extensiones de plazo generadas por todo otro evento compensable en el transcurso de ese mes.
b) Cuando se realicen paros generales del SUNCA, se generará un corrimiento de plazos según el siguiente detalle:
1. Cuando se produzca un paro de más de 5 hs de duración, se aumentará el plazo de obra en 1 día.
2. Cuando se produzca un paro de 5 hs o menos de duración, se aumentará el plazo de obra en medio día.
d) Ocurrencia de desastres naturales, que se entiendan inimputables, imprevisibles e irresistibles por las partes del contrato.
22. Acta de Inicio
La fecha del Acta de Inicio no podrá exceder los 20 (veinte) días posteriores a la firma del Contrato.
23. Plazos de ejecución de la obra
El plazo previsto de terminación es: seis meses desde la firma del Acta de Inicio.
24. Atrasos en los plazos de ejecución de las obras
En caso de atrasos en el cronograma físico-financiero, el contratista pagará una multa por día de atraso del 3 por mil del precio del Contrato ajustado al mes correspondiente a cada hito, excluido el IVA y las leyes sociales, hasta un máximo del 10 % del precio global del Contrato.
25. Ordenes de Servicio
La Dirección de Obras comunicará a la Supervisión de obra todas las órdenes de servicios cursadas al contratista.
Toda orden, comunicación o nota relativa a las obras quedara registrada en un libro llevado a tales efectos por la Dirección de Obras en orden correlativo de fechas, y deberá ser enviada a la Supervisión de obras para su conocimiento.
Las respuestas comentarios o reservas del contratista a las órdenes de servicios, solo tendrán validez si se presentan por escrito en las notas de pedido en un plazo no superior a los siguientes cinco días hábiles.
El contratista acatará estrictamente las órdenes de servicio aún aunque hubiere expresado reservas sobre ellas. La Dirección de Obras las considerara y se expedirá dentro de los 5 días hábiles siguientes.
Si la empresa contratista dejara transcurrir ese término sin responder la orden se considerara aceptado lo resuelto por la Dirección de Obras y no le serán admitidas reclamaciones ulteriores por tal concepto.
Las órdenes de servicio relacionadas con los trabajos subcontratados deberán enviarse, únicamente, a la empresa contratista.
26. Obligación del contratista de presenciar las inspecciones
Los funcionarios de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Banco Interamericano de Desarrollo, efectuarán la inspección de las obras y/o de los centros de producción todas las veces que lo estimen conveniente, obligándose el contratista a otorgar las facilidades necesarias de acuerdo a lo establecido en el Pliego General.
27. Presencia del contratista en el lugar de los trabajos
El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la siguiente Lista de Personal Clave:
1. Un Profesional indique titulación y especialidad si corresponde como Técnico residente de obra.
Demostrar que ha participado en al menos2 (dos) obras de magnitud igual o superior a las obras motivo de esta licitación, y que tenga una experiencia mayor a 5 años.
Se requerirá la presencia en obra del Técnico Residente indique días por semana, mínimo 3 días por semana y todas las veces que la Dirección o la Supervisión de obra lo dispongan.
2. Un Profesional indique titulación y especialidad si corresponde como Representante Técnico.
Demostrar que ha participado en al menos indique número de obras obras de magnitud igual o superior a las obras motivo de esta licitación, y que tenga una experiencia en la profesión mayor a indique cantidad de añosaños.
El Representante Técnico deberá presentarse en la obra, todas las veces que la Dirección o la Supervisión de obra lo requieran.
3. Un Capataz de Obra:
Demostrar experiencia en el cargo, en la empresa o en otras en al menos 2 (dos) obras similares a las obras motivo de esta licitación.
Se requerirá que el Capataz de Obra tenga presencia en obra todos los días en los cuales exista actividad en la misma.
4. Un Idóneo en Topografía:
Demostrar experiencia en el cargo, en la empresa o en otras, en al menos 1 (una) obra similar a las obras motivo de esta licitación.
Se requerirá la presencia en obra del Topógrafo todas las veces que la Dirección o la
Supervisión de obra lo requieran.
El Director de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista.
28. Modificación de obras, trabajos extraordinarios e imprevistos
Si antes de empezarse las obras o durante su ejecución se hiciesen modificaciones de proyecto que implicaran reducciones o supresiones en el alcance inicial, el Contratista deberá dar cumplimiento a las órdenes escritas que al respecto reciba del Director de la Obra, siempre que el importe de esas reducciones o supresiones no exceda de un 20% del importe total de contrato, sin que tenga derecho a reclamar ninguna indemnización por los beneficios que deje de tener en la parte reducida o suprimida. Si la reducción o supresión fuera superior al 20% del importe del contrato el Contratista podrá exigir la rescisión sin derecho a indemnización alguna.
Cuando el Director de Obra solicite una modificación de obra o la ejecución de trabajos imprevistos; el Contratista deberá presentar una cotización para su ejecución. El Contratista deberá proporcionarla dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Director de Obra así lo hubiera determinado.
La Dirección de Obra realizará la evaluación técnica (metrajes, precios, solución) y definirá la aprobación o no de los trabajos. Adicionalmente se deberá contar en todos los casos con el aval de la Supervisión de Obras.
En los casos en que estos trabajos impliquen la aprobación de rubros no presentes en el proyecto original, la cotización que realice el contratista de éstos, deberá contar además con la aprobación de la Intendencia Departamental.
Este proceso de aprobación debe ser realizado previo a la ejecución da cada uno de los trabajos, siendo que si se realizan sin que se complete el proceso serán a riesgo del contratista.
La suma de los diferentes imprevistos se irá descontando del monto del rubro Imprevistos no pudiendo superar dicho monto.
29. Cesiones
31.1 Cesión de contrato
Aplica lo dispuesto en el Pliego General y se requerirá la aprobación previa del Banco Interamericano de Desarrollo.
30. Penalidades
a) Inicio: El contratista pagará una multa del 3 por mil por día del precio del Contrato excluido el IVA y las Leyes Sociales por día de atraso en la Fecha de Inicio.
b) Plazos: En los casos de atrasos en el cronograma físico-financiero, el contratista pagará una multa por día de atraso del 3 por mil del precio del Contrato, excluido el IVA y las leyes sociales.
c) Equipos y vehículos: En caso de incumplir con los equipos y vehículos solicitados, se deberá abonar una multa de 0,03% del valor total del contrato por día de retraso en el cumplimiento hasta un máximo de 0,3% para multas acumuladas por la presente cláusula.
d) Las órdenes de servicio: El contratista pagará una multa del 3 por mil del precio del Contrato por cada orden de servicio no ejecutado, excluido el IVA y las Leyes Sociales, hasta un máximo del 3 % del precio global del Contrato.
e) Condiciones Contractuales: El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 10% (diez por ciento) del precio final del Contrato.
f) Personal técnico: en caso de que el Contratista no designe y cumpla con lo solicitado para el personal técnico que le es requerido pagará una multa del 3 por mil del precio del Contrato por cada orden de servicio no ejecutado, excluido el IVA y las Leyes Sociales, hasta un máximo del 3 % del precio global del Contrato.
31. Pagos
31.1 Certificaciones mensuales:
Las partes convienen que los trabajos objeto del presente Contrato, se paguen mediante la formulación de certificaciones mensuales, que abarcarán un mes calendario.
Cada mes el Contratista presentará al Director de Obra, dentro de los cinco (5) días siguientes a la terminación del mes inmediato anterior, una certificación mensual que indique el monto total de las sumas correspondientes a los rubros ejecutados.
La certificación debe reflejar el avance real de los trabajos, siendo que no se podrá certificar el 100 % de un rubro sin haber ejecutado la totalidad de este.
Los pagos al Contratista serán efectuados de la forma que se indica a continuación:
Los pagos se realizarán en las monedas especificadas en el Contrato por Rubro ejecutado.
Habrá un único certificado mensual de obra realizada, que será elaborado a precios unitarios del contrato y que será presentado por la empresa contratista y aprobado por el Director de la Obra y el Supervisor de Obra.
Una vez aprobado el Certificado por parte del Contratante y del Programa, el Contratista emitirá la factura correspondiente. El pago de los certificados se efectuará dentro de un plazo de 65 (sesenta y cinco) días calendario a partir de la presentación de la factura.
El contratista deberá presentar, en el lugar que indique la Intendencia, un ejemplar de la planilla de declaración al BPS, de los montos imponibles generados en el mes. No se procesarán certificados de obra sin la constancia de la presentación de dicha planilla.
El contrato tendrá reajuste de acuerdo a la cláusula 12.
Las facturas, las planillas de declaración al BPS, los comprobantes de la constitución del depósito sustitutivo de la retención del 5%, para los casos en que éstos correspondan, o declaración de la empresa de que no efectuará sustitución por ese período, deberán entregarse donde la Administración lo indique, en los primeros 10 (diez) días calendario del plazo de 65 (sesenta y cinco) días para el pago de los certificados. Vencido el plazo, no podrá efectuarse la sustitución de la retención del 5%.
Si el Contratista presentara la factura y/o documentos precedentemente reseñados fuera del plazo indicado, el plazo de 65 (sesenta y cinco) días para el pago de certificados se interrumpirá en el mismo número de días calendario que la demora en presentarlos, aplicándose este criterio tanto para recargos como para descuentos.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 405/2016, el Contratante pagará al Contratista el 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y retendrá el 40 % de dicho impuesto en nombre del Contratista. Se entregarán los resguardos correspondientes.
Las eventuales cesiones de créditos sólo se tendrán por consentidas siempre que haya resolución expresa de la Administración donde conste: a) notificación, b) reserva del derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieren podido oponer al cedente, aún las meramente personales y c) la existencia y cobro de créditos por el cesionario dependerá y se podrá hacer efectiva, en la medida que sean exigibles según contrato, por ejecución de los servicios contratados.
Se retendrá de los de pagos mensuales el 5% (cinco por ciento), como refuerzo de garantía de buena ejecución.
Dicha retención se practicará sobre el precio básico y ajuste paramétrico en todos los certificados incluidos los de trabajos extraordinarios.
Dichas retenciones podrán sustituirse mediante:
a. Fianza o aval de un banco establecido en el país del Contratante.
b. Fianza o aval de un banco extranjero de reconocido prestigio, aceptable para la Administración.
c. Póliza de Seguro de fianza emitida por el Banco de Seguros del Estado de la República Oriental del Uruguay.
En los casos a, b, y c la garantía respectiva se establecerá en Unidades Hipotecarias Reajustables (Ley Nº 13.728 del 17/12/68) o en dólares estadounidenses.
d. Bonos xxx Xxxxxx de la República Oriental del Uruguay en dólares estadounidenses.
En todos los casos a los efectos de la conversión de moneda para el cálculo del importe de la garantía se tomará el tipo de cambio vendedor que fije la mesa de cambios del BCU para operaciones interbancarias en moneda extranjera el día anterior al de la constitución de la garantía.
31.2 Pago de anticipo financiero
El pago por anticipo será de hasta un 10% (diez por ciento) del precio del Contrato, sin impuestos, imprevistos, ni leyes sociales, actualizado a la fecha de solicitud de anticipo.
El anticipo financiero será garantizado por póliza o aval bancario con cláusula de pago a primer requerimiento.
El uso de este anticipo financiero será optativo del Contratista debiendo ser solicitado por éste al Contratante formalmente por nota, firmada por el Representante Legal y/o Técnico, luego de la firma del contrato.
En caso de que el Contratista solicite dicho anticipo, el mismo deberá ser ajustado a dos meses antes de la fecha de solicitud, por el “Procedimiento de Cálculo Global” por cada grupo de rubros, como se detalla en la cláusula 12.
El Contratista podrá solicitar el anticipo sin la presentación de la póliza o aval bancario con cláusula de pago a primer requerimiento, la cual será requerida al momento de efectuar el
pago.
El pago se realizara dentro de un plazo de 65 (sesenta y cinco) días calendarios siguientes a la presentación de la solicitud con la documentación correspondiente.
Monto anticipo financiero = Monto del contrato x %anticipo x Ajuste Paramétrico
32. Recuperación ambiental
Los requisitos de recuperación ambiental se encuentran en el Anexo V de Especificaciones Técnicas Particulares de la obra.
33. Recepción de las obras
El periodo de conservación y garantía es de 365 días desde la firma del Acta de Recepción Provisoria.
34. Causales de Rescisión
El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato.
Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes:
(a) el Contratista suspende los trabajos por 30 días cuando los Cronogramas vigentes no prevén tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Director de Obra;
(c) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades;
(e) el Director de Obra le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Director de Obra en la notificación;
(f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato;
(g) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por un máximo de 20 días calendario para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios.
(h) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas del Banco sobre Prácticas Prohibidas, que se indican en el Anexo II.
35. Devolución de garantías
35.1 Garantía de Mantenimiento de Oferta
La devolución de la garantía de mantenimiento de oferta se realizará con la firma del contrato.
35.2 Garantía de Anticipo Financiero
La devolución de la Garantía de Anticipo Financiero se realizará al finalizar el descuento del total del mismo.
35.3 Garantía de Refuerzo de buena ejecución
El reintegro del refuerzo de garantía de buena ejecución se devolverá en ocasión de la recepción provisoria de las obras. A estos efectos, cuando se firme el Acta de la recepción provisoria, el Director de Obra indicará simultáneamente la suma que corresponda devolver por este concepto.
35.4 Garantía de Cumplimiento de Contrato
La devolución de la garantía de cumplimiento se realizará con la firma del Acta de recepción Definitiva.
36. Resolución de Controversias
El arbitraje se realizará de acuerdo al procedimiento estipulado por el Centro de Conciliación y Arbitraje (Corte de Arbitraje Internacional para el Mercosur) que funciona en la órbita de la Cámara de Comercio del Uruguay. El lugar de arbitraje será: Montevideo - Uruguay
Anexo I. Paíúses Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco.
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
Anexo II. Praú cticas Prohibidas
El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para
En el sitio virtual del Banco () se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del
caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el
solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un
delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
Anexo III. Formúlarios de la Oferta
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y título del Contrato]
Sr. Intendente Departamental xx Xxxxxxxxx
........que suscribe, estableciendo a todos los efectos legales domicilio especial en .................
(domicilio, número de teléfono, fax, e-mail), se compromete, sometiéndose a las Leyes y Tribunales del país, con exclusión de todo otro recurso, a ejecutar la totalidad de la obra designada “ ”, que declara conocer y aceptar, así como las especificaciones técnicas y
Pliegos, aclaraciones, circulares y demás documentación correspondientes de la Licitación “..........” que también declara conocer y aceptar totalmente, por el siguiente precio total del contrato en letras que se indica en el formulario de oferta.
Se adjuntan:
a) Plan de Desarrollo de los Trabajos y Preventivo de Flujo de Fondos
b) Leyes Sociales discriminados por rubros.
Nota al Oferente: No se puede modificar el Formulario de Oferta.
Rubro | Denominación | Unidad | Metraje | Precio Unitario | Precio Total | Leyes Sociales Unitarias | Leyes Sociales Total |
OBRAS EN LA CALZADA | |||||||
1 | MOVILIZACIÓN E IMPLANTACIÓN | U | 1 | ||||
2 | EXCAVACIÓN A DEPÓSITO | m3 | 108 | ||||
3 | SOBRETRANSPORTE | m3Km | 540 | ||||
4 | SUSTITUCIÓN | m3 | 1.800 | ||||
5 | BASE GRANULAR | m3 | 4.500 | ||||
6 | RECICLADO DE PAVIMENTO | m2 | 37.500 | ||||
7 | CEMENTO PORTLAND PARA BASE ESTABILIZADA CON TRANSPORTE | Ton | 551 | ||||
8 | EJECUCIÓN XX XXXXX BITUMINOSO DE IMPRIMACIÓN | m2 | 35.000 | ||||
9 | EJECUCIÓN DE TRATAMIENTO DOBLE CON XXXXX XX XXXXXX | m2 | 35.000 | ||||
10 | SUMINISTRO, TRANSPORTE Y ELABORACIÓN DE DILUIDOS ASFÁLTICOS | Ton | 39 | ||||
11 | SUMINISTRO, TRANSPORTE Y ELABORACIÓN DE EMULSIONES ASFÁLTICAS MODIFICADAS | Ton | 95 | ||||
12 | AGREGADOS PÉTREOS | m3 | 840 | ||||
OBRAS DE DESAGÜE EN CRUCES Y/O ENTRADAS PARTICULARES | |||||||
13 | CAÑOS DE 500 mm DE DIÁMETRO | ml | 108 | ||||
14 | BASE GRANULAR CEMENTADA (CON TRANSPORTE) | m3 | 17 | ||||
15 | HORMIGÓN ARMADO CLASE VII PARA CABEZALES DE ALCANTARILLAS | m3 | 23 | ||||
16 | BASE GRANULAR | m3 | 86 | ||||
OBRAS DE SEÑALIZACIÓN | |||||||
17 | SEÑALES VERTICALES | m2 | 30 | ||||
18 | SEÑALAMIENTO HORIZONTAL | m2 | 1.500 | ||||
19 | DEFENSAS METÁLICAS | m | 30 |
En este formulario se deberá considerar la Lista de Cantidades, por lo que deberán coincidir
con esta las columnas de rubro, denominación, unidad y metraje.
(*) Subtotal ($U) | |
22% impuesto valor agregado ($U) | |
(*) Aporte por leyes sociales ($U) | |
Total precio comparación ($U) | |
(**) Imprevistos ($U) | |
22% impuesto valor agregado imprevistos ($U) | |
(**) Aporte por leyes sociales imprevistos ($U) | |
Total precio imprevistos ($U) | |
Total Precio de Contrato (Total Precio de Comparación + Total Precio de Imprevistos) (indicar en letras el Precio de Contrato) | $U |
(***) Monto Imponible de mano de obra para las leyes sociales |
Nota al Oferente: No se puede modificar el cuadro de la Oferta
(*) Tanto el Subtotal como los aportes por leyes sociales resultarán de realizar la sumatoria de los metrajes por los precios unitarios y las leyes sociales unitarias respectivamente. El oferente deberá calcular el monto de los aportes que el Contratante estará obligado a efectuar por concepto de cargas sociales emanadas de la obra, el oferente deberá indicar en forma expresa en su oferta el monto de los aportes por concepto de cargas sociales emanadas de las obras (de obras y subcontratos) del personal obrero y capataces (excluido sólo el personal de dirección). La diferencia por omisión o defecto en el cálculo del monto de los aportes por concepto de cargas sociales será de cargo del Contratista.
Las ofertas que coticen por concepto xx xxxxx sociales un porcentaje inferior al 60% del precio de oficina, serán rechazadas.
(**) Las ofertas que no coticen el porcentaje de imprevistos indicado en el Pliego de Condiciones, serán rechazadas.
(***)Los oferentes deberán identificar en sus propuestas los montos imponibles sobre los que se calcularán los aportes al Banco de Previsión Social por leyes sociales, aplicando el porcentaje vigente del aporte unificado de la construcción (Decreto 110/2017 de 24/04/2017) siendo de su cargo las diferencias en más que se produzcan por este concepto.
En ningún caso se admitirán descuentos por lo que se considera el cuadro anterior como precio final. Si el oferente incluye descuentos la oferta será rechazada.
Debidamente autorizado, y en nombre y representación de (nombre de la
empresa o consorcio), le saludamos muy atte.
Firma del Representante Técnico
Firma del Contratista o Representante Legal
2. Declaración de Inspección del Lugar de las Obras.
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y título del Contrato]
Sr. Intendente Departamental xx Xxxxxxxxx
........que suscribe, estableciendo a todos los efectos legales domicilio especial en .................
(domicilio, número de teléfono, fax, e-mail), declara conocer y haber inspeccionado los terrenos y el sitio donde se realizara la obra de la referencia.
Anexo IV. Modelo de contrato
CONTRATO: En la ciudad de .................., el día ...........: POR UNA PARTE: El
Intendente Departamental de ...................., en representación de la misma de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes con sede en la ciudad de ............
y POR LA OTRA PARTE: el señor.........., C.I. ……………….. en nombre y represen- tación de la empresa..........., constituyendo domicilio en ,
calle CONVIENEN lo siguiente:
PRIMERO - ANTECEDENTES: I) La INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE llamó
a la Licitación Pública Nacional Nº... para la ejecución de la Obra del
Departamento ...........; II) Por Resolución de fecha .........se adjudicó la Obra de referencia a la Empresa ..............................................................Dicha obra forma parte del “Programa de Mejora de Caminos Rurales Productivos” a financiarse parcialmente con el Préstamo Nº 3791/OC-UR que se gestionó con el B.I.D.------SEGUNDO - OBJETO: La Empresa se obliga a ejecutar la Obra pre citada. Todo se regirá por: a) El Pliego Particular y todos los documentos de la licitación de referencia, y en particular las Especificaciones Técnicas Particulares para la construcción de la Obra; b) La propuesta presentada por la Empresa ........................ para la ejecución de estos trabajos y c) Las Ordenes de Servicio que sean impartidas a la Empresa para la realización de la Obra.
TERCERO-PRECIO: El precio de la Obra objeto de este contrato es de $U
…..................... (pesos uruguayos …...............................), que se desglosa: a)
$U.................................. (pesos uruguayos..........................) por básico de obra; b) $U
…..................................... (pesos uruguayos ….................................) por concepto de
IVA. Ambos montos indicados en los numerales a) y b) se ajustarán por la paramétrica establecida en el Pliego Particular y; c) $U …...... (pesos uruguayos …...........) por concepto de aportes al BPS. Dicho precio comprende la totalidad de los trabajos, suministros, impuestos, gravámenes y tributos de cualquier clase, aportes sociales y gastos originados por cualquier concepto requerido.
Los importes indicados serán modificados de pleno derecho concomitantemente con cualquier variación que pudiera surgir en el valor porcentual del IVA que indique el Poder Ejecutivo, lo cual aceptan ambas partes.
CUARTO - APORTES LEYES SOCIALES: El monto de aportes por Leyes Sociales que corresponde pagar a la Administración es la cantidad $U (pesos
uruguayos 00/100). En caso de superarse el monto señalado, las aportaciones
posteriores que la superen, serán de exclusiva cuenta y cargo del contratista.
QUINTO - VARIACIONES DEL COSTO: El precio del contrato se ajustará de acuerdo a las formulas paramétricas definidas en el Pliego Particular.
En particular el monto de aportes por Xxxxx Sociales sufrirá ajustes según las variaciones habidas en el valor de los jornales a partir del mes base, empleado para la aplicación de los ajustes paramétricos. Tales ajustes se procesarán, antes de cada certificado, sobre los saldos no incurridos xx Xxxxx Sociales.
SEXTO - PLAZO: El plazo para la ejecución de la Obra es de ....... meses. Este plazo será contado a partir de la fecha de firma del acta de inicio de obra, instrumentado de acuerdo a lo establecido en el Pliego Particular.
SEPTIMO - FORMA, MONEDA Y LUGAR DE PAGO: El pago del precio se realizará mediante certificados mensuales y de acuerdo con la obra realizada, dentro de los 65 (sesenta y cinco) días calendario siguientes al mes de realización de los trabajos y en un todo de acuerdo con lo establecido en el Pliego Particular.Los certificados deberán ser aprobados por el Director de Obra del Contratante y por el supervisor de la Unidad Coordinadora del Programa. Los mismos se realizarán en la misma moneda utilizadas en la oferta, es decir pesos uruguayos, en la Intendencia Departamental de ........................... ------
OCTAVO - EQUIPAMIENTO: La Empresa queda comprometida a traer el equipo necesario que la Intendencia Departamental de considere imprescindible para el mejor cumplimiento de este contrato. El plazo será fijado por aquella Intendencia para cada caso y comenzará a contarse 48 horas después de haber sido notificado de la solicitud el Contratista. Toda modificación o sustitución de equipos requerirá el consentimiento previo de la Dirección de la Obra.
NOVENO - RECARGO POR XXXX: Se estará a lo establecido en el Pliego Particular y a las modificaciones que por leyes y decretos.
DECIMO - PLAN DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS: De acuerdo a lo previsto en el Pliego de Condiciones, el Plan de Desarrollo de los Trabajos presentado por la firma contratista se anexa a este contrato. En relación con dicho Plan, el contratista deberá tener en cuenta que el No cumplimiento del monto mensual previsto durante dos meses consecutivos da derecho a la Administración a la rescisión del contrato en las condiciones establecidas en las Condiciones Generales del Contrato y de acuerdo a lo dispuesto en el Art 65 xxx Xxxxxx de Condiciones para la Construcción de Obras Públicas. Los incumplimientos del contrato por parte del Contratista serán registrados en el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas del M.T.O.P por parte del Contratante.
-
DECIMO PRIMERO- GARANTIA: La Empresa constituyó garantía de cumplimiento de contrato
mediante
DECIMO SEGUNDO - DOCUMENTACIÓN: La Empresa presentó: a) el Certificado expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas del
M.T.O.P (Certificado VECA) Nº de fecha específico para contratar con la Intendencia Departamental de ;b) el Certificado del BPS ATYR Nº de
fecha de situación regular de pagos con dicho Organismo, previsto en la Ley Nº
16.170 Arts 663 y siguientes vigente y c) Certificado de vigencia anual de la Dirección General de Impositiva con vencimiento el , d) Certificado del Registro Nacional de Actos Personales -Sección Interdicciones- por sus Directores y Administradores, acreditando que no se encuentra registrada en dicho Registro, deuda alguna por concepto de Alimentos según lo establece el Art 3 de la Ley Nº 18.244.---------
DECIMO TERCERO - RETENCION DE IMPORTES EN GARANTIA DE
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Sobre los importes a liquidarse mensualmente de obras realizadas (incluído el ajuste por mayores costos) se efectuará un descuento del 5% (cinco por ciento) por concepto de refuerzo de garantía. Dichas retenciones podrán ser sustituídas según se establece en el Pliego de Especificaciones Particulares.
DECIMO CUARTO: Los contratistas quedan obligados a dar cumplimiento a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia laboral y ambiental. Los con- tratistas de obra pública, deberán incluir en sus relaciones convencionales con los respectivos subcontratistas, la obligación de éstos de cumplir con todas las disposiciones vigentes de derecho laboral.
DECIMO QUINTO - INSPECCION DE OBRAS: Funcionarios de la Intendencia Departamental de , de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Banco
Interamericano de Desarrollo, efectuarán la inspección de las obras y/o de los centros de producción todas las veces que lo estimen conveniente, obligándose el contratista a otorgar las facilidades necesarias. ----------------------------------------------
XXXXXX XXXXX – SOLUCION DE CONTROVERSIAS: Queda establecido que las diferencias o controversias que puedan surgir entre las partes se resolverán de acuerdo a lo establecido a la cláusula 38
DECIMO SEPTIMO - XXXX: Se caerá en xxxx de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos pactados o por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de estipulación judicial o extrajudicial de alguna.
DECIMO OCTAVO - DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales para todos los efectos de este contrato en los establecidos como suyos en el encabezamiento.
DECIMO NOVENO: La Empresa acepta la competencia de los Tribunales del País a todos los efectos que pudiera dar lugar la ejecución de este contrato.
PARA CONSTANCIA y previa lectura, firman ambas partes dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba
indicados.
Anexo V. Especificaciones Técnicas Particulares
El objetivo del presente llamado es la ejecúcioú n de obras de infraestrúctúra vial en la Calle Ameú ricas Únidas (continúacioú n Rúta 10) entre Rúta 93 y la progresiva
5.000 metros úbicada en la coneccioú n con el tramo costero (edificio Moon Light).
Los trabajos principales serán de aporte de base granular, bacheo profundo en lugares puntuales, reciclado de pavimento - estabilización con cemento portland y una vez culminada dichas tareas se pavimentará con tratamiento bituminoso doble y xxxxx xx xxxxxx en los 5.000metros.
Se mejorará la señalización vertical realizando la colocación y/o sustitución de cartelería nueva y se ejecutará la señalización horizontal de las líneas de borde y eje central.
Las obras a cotizar están detalladas en los planos, planillas y memorias que componen los recaudos. El oferente deberá incluir en su oferta todo lo detallado en los recaudos.
Toda tarea que se haya omitido pero que sea necesaria para la concreción de la obra en los niveles de calidad óptimos que la misma requiere, deberá considerarse incluida en la oferta sin dar derecho a reclamo alguno por esta causa.
Cualquier elemento que no se incluya en esta memoria, y que sea de conveniencia incluir a juicio del constructor o subcontratistas, deberá ser tenido en cuenta en el presupuesto.
La presente Memoria se refiere expresamente a los trabajos que son objeto de este proyecto. Son válidas las condiciones xxx Xxxxxx General de Condiciones para la Construcción xx Xxxxxxx y Carreteras de la Dirección Nacional de Vialidad del M.T.O.P. (PGC) y las Especificaciones técnicas complementarias y/o modificativas del PGC de la Dirección Nacional de Vialidad vigente x xxxxxx de 2003 (ETCM). En caso de contradicción, vale lo expresado en esta Memoria.
2.1 _Obligaciones del Contratista
Será responsable del cumplimiento de las leyes que rigen para todas las construcciones y de lo que prescriben las ordenanzas del Departamento xx Xxxxxxxxx y las reglamentaciones de UTE, OSE, ANTEL, etc.
Deberá mantener en perfecto estado de uso las vías de acceso necesarias y señalar la entrada y salida de camiones así como proteger y mantener en perfecto estado de condiciones las obras existentes.
Toda reparación necesaria para corregir los deterioros producidos a las mismas y restituirlas a sus condiciones originales será a su costo y cargo.
2.2 _Organización de los trabajos
Será responsabilidad de la Empresa Contratista la organización general de la obra, la oportuna iniciación de los trabajos y la realización de los mismos, en plazos tales que no se produzcan interferencias entre ellos.
Se deberán tomar las precauciones y medidas necesarias para evitar que en los días de lluvia las aguas pluviales puedan perjudicar las obras existentes, los trabajos realizados y/o a realizar.
2.3 _Señalización de la zona de ejecución de los trabajos
El Contratista deberá disponer de todos los elementos necesarios para una adecuada señalización y balizamiento de la obra (carteles, barreras, etc.).
Se deberá contar con elementos que permitan la señalización nocturna y los eventuales cierres de calles o desvíos de tránsito (guirnaldas, balizas electrificadas, etc). Este señalamiento deberá estar en perfectas condiciones, al igual que cualquier otro que resulte necesario emplazar para la seguridad pública de vehículos, personal y equipos empleados en la obra, siendo responsabilidad exclusiva del contratista el emplazarlo, conservarlo y retirarlo cuando la instalación haya finalizado.
La cartelería de señalización deberá estar pintada con pintura reflectiva.
Las leyendas presentes en la cartelería de señalización, deberán ajustarse en un todo al riesgo potencial del cual se pretende resguardar a personas y vehículos.
En todos los casos en que sea necesario, el contratista deberá tomar las providencias para realizar las obras de manera de no interrumpir totalmente el tránsito o en su defecto de restablecerlo rápidamente.
La inspección podrá juzgar conveniente requerir la agregación de medidas de seguridad adicionales en bien del servicio a prestar por el contratista y de la seguridad vial.
La señalización mencionada al comienzo de este párrafo, así como la que eventualmente pudiera exigir la Dirección de Obra, tanto en cantidad, como en calidad de la misma, no será objeto de pago por separado considerándose la misma prorrateada dentro de los rubros respectivos del Contrato.
El Contratista será totalmente responsable por cualquier tipo de daño a terceros que pudiera ocasionar, durante el desarrollo de los trabajos, así como por una incorrecta señalización de la zona de obras.
2.4 _Limpieza de obra periódica
Se deberá mantener obligatoriamente los distintos lugares de trabajo (obra, depósito, etc.) y la obra en construcción, en adecuadas condiciones de higiene, esto incluye también los locales sanitarios, los que deberán estar permanentemente limpios y desinfectados, teniendo que asegurar el correcto y permanente funcionamiento de todas sus instalaciones.
La zona periférica a los trabajos se mantendrá libre de escombros o desechos de la obra.
2.5 _Prevención de accidentes de trabajo
El Contratista será plenamente responsable de la adecuada estabilidad y seguridad de las obras y los métodos constructivos.
Durante todo el transcurso de la obra el Contratista estará obligado a velar por la seguridad de los obreros y demás personal, tanto en el interior como en el exterior de la misma, así como en la vecindad inmediata.
Se deberán cumplir las leyes, ordenanzas y reglamentos del Banco de Seguros del Estado y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, sobre prevención de accidentes de trabajo y bajo la responsabilidad de un Técnico Prevencionista dispuesto por el Contratista.
Si en cualquier momento, a juicio de la Dirección de Obra los métodos usados por el Contratista parecieran insuficientes para la seguridad de los trabajadores, podrá ordenar un aumento de la seguridad sin costos adicionales para la Administración.
Sin embargo en ningún caso estará el Contratista exonerado de su obligación, de acuerdo a las exigencias del Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de garantizar la seguridad en el trabajo. Será él, responsable por la seguridad en las obras y por cualquier daño que resulte de la falta de la misma.
En casos de urgencia la Dirección de Obra podrá disponer de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y cargar los gastos al Contratista. Los mismos serán descontados en el primer certificado presentado inmediato al surgimiento de la urgencia.
El Contratista deberá instalar en lugares bien visibles carteles prohibiendo el paso a la obra a toda persona y/o vehículo ajenos a la misma y obligando el uso xx xxxxx a toda persona que se encuentre dentro de la zona delimitada como área de trabajo, cualquiera sea su función o tarea dentro de ella.
Las excavaciones deberán ser apropiadamente protegidas para evitar lesiones a trabajadores o terceros.
El Contratista deberá dar detalle de las medidas de seguridad correspondientes a cada fase del avance de obra.
2.6 _Afectaciones a terceros
En el transcurso de la obra, etapas preliminares o finales, se tendrá especial cuidado de no afectar a terceros.
En caso de ser necesario la realización de construcciones transitorias se deberá avisar a los afectados y se tomarán las medidas de seguridad para cada caso. Se avisará en tiempo y forma la duración de dichas afectaciones, y se solicitarán los permisos correspondientes.
Se evacuarán los desechos de construcción rápidamente y se tratará de evitar la producción de
polvo y ruidos molestos.
Se seguirán las disposiciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Banco de Seguro del Estado.
Las construcciones auxiliares, oficinas, servicios higiénicos, vestuarios, etc., no deberán generar ninguna agresión ambiental (basura, efluentes, desperdicios orgánicos, etc.).
También está obligado a suministrar a la Dirección de Obra toda la información que ésta juzgue conveniente y con la anticipación que ésta estime necesaria, a los efectos de mantener adecuadamente informados a los vecinos de la zona afectada por los trabajos.
2.7 _Período de licencia de la construcción
Si durante el transcurso de la obra corresponden períodos de licencia de la construcción, el contratista deberá disponer el personal y equipo necesario para realizar el mantenimiento de la misma de acuerdo al nivel de avance que tenga en ese momento. En todos los casos se deberá mantener y controlar el equipamiento de señalización de obra y todo lo relativo a las condiciones de seguridad de la circulación del tránsito de vehículos y peatones en las zonas de obra.
2.8 _Acceso y obras complementarias
El acceso del personal, carga y descarga de materiales, etc. a la obra, se coordinará con la Dirección de Obra.
Se deberá levantar, mantener y remover un sistema provisorio de cercos y vallados apropiados y aprobados por la Dirección De Obra, para circular por las áreas de trabajo.
2.9 _Mantenimiento y retiro de las construcciones provisorias
Una vez finalizada la obra, el Contratista deberá retirar y/o demoler las construcciones provisorias, retirando los materiales y dejando el terreno nivelado, libre de escombros y cegando los pozos que hubiere construido. Tanto el mobiliario como los materiales de las construcciones provisorias quedarán en su propiedad.
3.1 _ Movilización e implantación
Se pagará al Contratista por concepto de movilización e implantación de Obra el rubo “Movilización e implantación”, cuyo importe no podrá superar el 5% (cinco por ciento) del total del contrato sin impuestos, se incluirá en la oferta.
Se colocarán dos carteles de obra en lugar a indicar por la Dirección de Obra, los mismos se pagarán en el rubro “Movilización e implantación (U)”.
Se colocarán inmediatamente después de la firma del Contrato, y como máximo 15 (quince) días a partir de la fecha de replanteo y antes de dar comienzo a las obras.
El dimensionado de la estructura de los carteles será responsabilidad de la empresa proveedora del cartel, en cada caso de acuerdo a las dimensiones del mismo.
Características técnicas:
- 4,20m x 2,97m (A3 x 100)
- Ploteo xx xxxxx sobre chapa pintada.
- Bastidor en tubular metálico con fondo antióxido y pintado.
- Marco en PNI empotrado en base de hormigón
Se colocará en el lugar determinado por la Dirección de Obra. El diseño gráfico del cartel lo suministrará la Dirección de Obra, la empresa deberá proporcionar los datos necesarios para realizar dicho diseño.
Este rubro se pagará el 50% (cincuenta por ciento) cuando el contratista haya llevado a la obra la totalidad del equipo destinado a la obra, cuente con personal suficiente, y haya inscripto la obra en el Banco de Previsión Social.
El 50% (cincuenta por ciento) restante se pagará cuando se haya certificado por lo menos el 20% (veinte por ciento) del valor del contrato, excluida la “Movilización e implantación”.
3.2 _ Movimiento de suelos
El movimiento de suelos previsto será el necesario para la adecuación de la rasante según proyecto con aporte de base granular y eventuales sustituciones de los terrenos de fundación no aptos a juicio de la Dirección de Obra en zonas localizadas (bacheos profundos).
Se deberán cotizar las excavaciones en base a un subsuelo de tierra vegetal, arena, arcilla o tosca, al mismo precio para todos esos materiales y sin que se reconozca variación alguna en los costos por la presencia de agua. Se incluirá también en el precio de la excavación, el retiro de cordones, canteros, pavimentos de todo tipo y veredas existentes.
En caso de que se produzcan daños en entradas que no esté previsto retirar, las mismas deberán ser reparadas por el contratista, y no serán motivo de pago.
Todas las superficies de las excavaciones terminadas serán conformadas, perfiladas y compactadas de acuerdo a lo establecido en el proyecto y/o a lo que sea fijado por la Dirección de Obra.
El costo de los trabajos, materiales, equipos, herramientas y demás elementos necesarios para la provisión y aplicación del agua necesaria para la compactación de las obras, se considerarán incluidos en el precio unitario establecido en el contrato para el rubro respectivo.
Estas tareas se pagará por el rubro “Excavación no clasificada a depósito (m3)” .
3.3 _Sobretransporte de productos de excavación
El material de excavación a depósito se dispondrá esparciendo de manera uniforme donde lo indique la Direcció de Obra. Para disponer de este material a distancias mayores a los 5.000metros se pagará al precio unitario establecido en el rubro “ Sobretransporte (m3Km)”.
El precio del rubro “Sobretransporte de suelos” será considerado de acuerdo a los metros cúbicos medidos en banco, por lo que no se aceptará la medición sobre camión (se cotizará por m3km geométrico).
3.4 _Sustitución de suelos
Cuando la expansión de los suelos de subrasante de bajo y medio potencial expansivo (IP<25) sea mayor que 0,7% (expansión con sobrecarga de 18.000g) se hará la sustitución de suelos en un espesor de 0,30m.
En los suelos con alto potencial expansivo (IP>25), se efectuará la sustitución de suelos en un espesor no menor a 0,50 m. El espesor requerido en cada tramo uniforme de subrasante de alto potencial expansivo, se determinará en función de la presión de expansión obtenida de muestras indisturbadas extraídas de la capa 0,50 m por debajo de la cota de subrasante.
Se colocará una capa inicial de 0,30 m. de espesor que se tenderá con una humedad que luego de compactado se sitúe entre 1 y 3% por encima de la óptima determinada en el ensayo Xxxxxxx Normal (UY-S-15), con una exigencia de compactación para los 0.15 m. superiores de la capa del 98% del PUSM correspondiente.
La primera capa de material de sustitución se colocará a la brevedad, de forma que la superficie de la subrasante no pierda humedad.
Los suelos con que se realicen las sustituciones serán previamente aprobados por el Director de Obra, y deberán cumplir con los requerimientos indicados en las especificaciones de los materiales y de manera particularmente estricta con las exigencias de humedad de compactación resultantes de los ensayos correspondientes.
La totalidad del trabajo que implique la sustitución, incluyendo la excavación a depósito del material no apto, el material de sustitución y la colocación, tendido y compactación del
mismo, se medirá en metros cúbicos de material compactado, se calculará de acuerdo a la sección transversal indicada en el proyecto, y se pagará en el rubro “Sustitución de suelos (m3)” estando incluido en el mismo el transporte.
3.5 _Base granular
Los trabajos a realizarse son:
En el tramo proyectado se aportará de 12cm de espesor de base granular en 5,0km de la calle Américas Unidas desde la Xxxx 00 hasta el edificio Moon Light (comienzo del tramo costero) en el ancho existente xx xxxxxxx de 7,0m.
El material a emplear cumplirá lo especificado para el material de base granular según el capítulo 3.5.1Materiales de base granular CBR>80%
El contratista deberá escarificar el tratamiento y la base existente del Tramo 1 previo al aporte del material granular, luego unificar y compactar la capa de base aportada con el número necesario de pasadas de equipo de compactación a juicio de la Dirección de Obra sobre toda la superficie de modo de asegurar que todo el material sea uniformemente compactado a un peso unitario seco no inferior al 98% del peso unitario seco máximo obtenido en el ensayo de compactación (UY-S-17- Aastho modificado).
Los trabajos ejecutados se liquidarán sobre el cubaje geométrico aportado y compactado y de recibo de la base ejecutada al precio unitario fijado para el rubro correspondiente. Se pagará como máximo el volumen geométrico indicado en el proyecto de pavimento correspondiente.
El costo de los trabajos, materiales, equipos, herramientas y demás elementos necesarios para la provisión y aplicación del agua necesaria para la compactación de las obras, se considerarán incluidos en el precio unitario establecido en el contrato para el rubro “Base granular (m3)”.
También se consideran incluidos los derechos de piso, descubierta xx xxxxxxx, servidumbre de paso y todos los gastos que se originen por la extracción, carga, descarga, acarreo y acondicionamiento de los materiales.
3.5.1 _Materiales de base granular CBR>80%
El material a utilizar será suministrado por el Contratista y deberá cumplir con las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas Complementarias y/o Modificativas xxx Xxxxxx de Condiciones para la Construcción xx Xxxxxxx y Carreteras de la Dirección Nacional de Vialidad vigente x xxxxxx de 2003, el Campitulo A Sección IV del PV y las siguientes especificaciones sustitutivas:
- CBR (UY- S-21) > 80% para el 100% del PUSM del AASHTO modificado (UY-S-17)
- CBR > 65% para el 95% del PUSM
- Expansión menor del 0,3% (El ensayo CBR y la expansión se realizaran con una sobrecarga
de 4.500 g.)
_ Límites xx Xxxxxxxxx que verifiquen:
LL < 25
IP < 6
- Equivalente de arena > 35
El material se compactará uniformemente a una densidad de compactación mínima del 98% del PUSM obtenida en el ensayo UY S-17
3.6 _ Reciclado de Pavimento - Estabilización con cemento portland
Las obras de Reciclado de Pavimento será ejecutada a lo largo del tramo de 5,0km. Dichos trabajos consisten en la recarga de 12 cms de base granular y posterior reciclado en sitio con cemento portland del pavimento mediante “tren de estabilizado”en el ancho xx xxxxxxx de 7,0metros.
El pavimento existente consta de una capa superior de Tratamiento Bituminoso Doble, una base granular de 15 cms de espesor promedio, sobre una subrasante de buena calidad, teniendo reparaciones hechas en carpeta asfáltica.. Este pavimento en la actualidad está deteriorado, por tal motivo se realizará un recargo uniforme de 12 cms debidamente compactado, para luego si proceder al reciclado mediante tren de estabilizado.
Las obras se realizarán en una longitud de 5.000 metros.
El Reciclado del pavimento existente se realizará en sitio en un espesor de 20 centímetros mediante un equipo pesado autopropulsado, que realice eficazmente las funciones de escarificar el espesor indicado de los materiales del pavimento existente y mezclar con el cemento portland y agua que se incorporen en la zona que trabaja el rotor del equipo. No se admitirá otro sistema a fin de minimizar las molestias a los vecinos y el daño ambiental.
El cemento puede ser suministrado en forma de polvo, que se distribuye previamente sobre la superficie del pavimento a reciclar con un equipo dosificador y se incorpora al equipo reciclador conjuntamente con el material del pavimento o puede ser suministrado como lechada de cemento y agua. En el primer caso habrá que utilizar un camión cisterna con un caudalímetro para suministrar el agua de mezclado simultáneamente con la operación de reciclado, lo que no es necesario si se utiliza lechada.
La cantidad exacta de cemento a incorporar será determinada en obra, así como la humedad óptima de la mezcla, en base a los ensayos Xxxxxxx, CBR y Compresión simple a los 7 días de probetas representativas de la mezcla obtenida.
De acuerdo a los ensayos previos realizados se estima en 3,5% el porcentaje en peso de cemento a incorporar. Se deberá cotizar por separado en el rubro “Cemento portland para base estabilizada con transporte (ton)” el precio del suministro, transporte y colocación del cemento portland.
La construcción se ejecutará por media calzada, con el tráfico circulando por la media calzada adyacente pero completando el ancho total en la misma jornada buscando minimizar la aparición de una fisura longitudinal en correspondencia con el eje. Los solapes que sean necesarios realizar para completar el ancho de media calzada deberán ser como mínimo de 0,15 m. Se pondrá especial cuidado en no sobredosificar el cemento Portland en los mencionados solapes.
Al inicio de cada jornada y de forma de dar continuidad al reciclado se realizará un solape de por lo menos 2m con lo ejecutado la jornada anterior.
El tipo de compactación a emplear (pata xx xxxxx y rodillo liso) así como la secuencia y número de pasadas para lograr el resultado especificado será establecido en la ejecución del tramo de prueba.
La base estabilizada debe ser compactada a una densidad mayor o igual al 98% del PUSM. Estas tareas deben quedar concluidas y cerradas al tránsito, en un plazo de 2,5 horas a partir de la incorporación del agua al cemento o en el tiempo que se determine mediante ensayo normalizado el inicio de fraguado con un margen de seguridad.
El perfilado de la superficie luego de terminada la compactación sólo consistirá en retiro de material, no podrá agregarse material adicional. En el caso de retiro de material deberá hacerse con la humedad que tenga el material en ese momento, no pudiéndose agregar más agua que la imprescindible para un correcto curado. Si en ese plazo no se ha conseguido la terminación de los trabajos en condiciones de aceptación se procederá a la reconstrucción del tramo.
Finalizado el perfilado se compacta con rodillo neumático pesado para sellar la superficie.
A continuación se debe efectuar un riego de curado con material bituminoso, con una dotación del producto que permita la formación de una película continua del menor espesor posible. De lo contrario, se debe mantener la superficie humedecida mediante riegos de agua durante siete
(7) días mínimo hasta la ejecución del Tratamiento Bituminoso Doble con sellado.
En espacios pequeños donde no pueda accionar correctamente el equipo estabilizador, se hará el reciclado con equipos tradicionales. Se escarificará el pavimento en una profundidad de 20 centímetros, incorporando agua y el cemento necesarios y se mezclará y compactará a la densidad especificada. Rigen las demás recomendaciones efectuadas precedentemente.
3.6.1 _Resumen de las etapas de ejecución
Las operaciones a realizar en la ejecución de los estabilizados in situ son las siguientes:
- preparación de la base: Escarificado, compactación y nivelación
- distribución del cemento portland
- mezcla in situ
- compactación inicial
- refinación o nivelación
- compactación final de sellado
- curado y protección superficial
Debido a la técnica empleada de reciclado en sitio, se deberá contar con el equipamiento apropiado, cuyas características técnicas y de disponibilidad deberán ser detalladas en la oferta.
a) Equipo Distribuidor de cemento
Los equipos dosificadores de cemento deberán asegurar la incorporación de la cantidad de aglomerante determinado en el estudio de la mezcla así como la distribución homogénea del mismo tanto en sentido longitudinal como transversal. Esto se podrá hacer utilizando equipos dosificadores por vía húmeda, que inyecten directamente el cemento en forma de lechada en el tambor del equipo reciclador, o por distribución delante del equipo reciclador utilizando equipos dosificadores en seco, evitando todo tipo de pérdidas y levantamiento de polvo. Está prohibido la distribución manual mediante bolsas o a granel, solo está permitido la distribución dosificada mecanizada del cemento portland de acuerdo a la fórmula de trabajo obtenida.
Debe contar con un sistema de extendido del conglomerante de forma ponderal, sincronizado con la velocidad de avance y el ancho de trabajo.
Además deberá contar con un sistema que pueda realizar correcciones al instante de las diferencias que se detecten entre la dosificación proyectada y la real.
Deberá poder emitir en forma automática un reporte de trabajo para un determinado período en el que conste la información del área cubierta y el peso del cemento portland esparcido.
b) Equipo Reciclador
Para la realización del reciclado en sitio con cemento se empleará una máquina recicladora de última generación formada por un equipo automotriz con un rotor con uno o varios ejes horizontales de paletas o picas situadas dentro de una carcasa x xxxxxx de mezclado en la que se puede inyectar agua.
El equipo deberá garantizar la disgregación del pavimento hasta la profundidad especificada, realizando una mezcla uniforme con el cemento y el agua, para lo que se realizarán el número de pasadas necesarias. La potencia mínima de estos equipos será de cuatrocientos (400) kW y deberá encontrarse en perfecto estado de funcionamiento para lo que se comprobará que la dosificación y el amasado son homogéneos en todo el ancho del equipo.
Todos los trabajos necesarios para la construcción de la capa se pagarán al precio ofertado en los rubros:
“Cemento Pórtland para base estabilizada con transporte (Ton)”.
“Reciclado de pavimentos (m2)”.
Antes de iniciarse la puesta en obra de la capa reciclada con la incorporación de cemento Portland será perceptiva la realización del correspondiente tramo de prueba, para comprobar la fórmula de obra, la forma de actuación del distribuidor de cemento, reciclador, compactadores utilizados para la construcción de la capa, la microfisuración y las demás tareas necesarias.
El tramo de prueba tendrá una longitud aproximada a los 100 m.
La Dirección de Obra determinará si es aceptable su realización como parte de la obra en construcción, en caso contrario no será objeto de pago alguno.
No se podrá proceder a la producción sin que la Dirección de Obra haya autorizado el inicio, en las condiciones aceptadas después del tramo de prueba.
3.6.3 _Material reclicado con cemento Portland
La determinación del porcentaje de cemento Pórtland estará basada en el análisis de los resultados obtenidos aplicando los ensayos AASHTO T-134 (o ASTM D558-96, Ensayo humedad - densidad para mezclas de suelo cemento).
El porcentaje de cemento a utilizar, que deberá ser aprobado por la Inspección, será determinado de modo de obtener:
Resistencia a la compresión inconfinada a los 7 días será mayor a 20 kg/cm2.
Las probetas para la determinación de la resistencia se compactaran en las siguientes condiciones:
En molde cilíndricos xx xxxxx de 101,6 mm de diámetro y 116,6 mm de altura,
en tres capas,
de 25 golpes,
con xxxxx de 4,5 kg,
con la humedad óptima determinada según el ensayo AASHTO T–134 y
procedimiento descripto en la norma VN-E 33-67 (de la Dirección de Vialidad de Buenos Aires, Argentina.
En ningún caso contenido mínimo de cemento será menor de 3 % de la masa total en seco del material que se vaya a estabilizar (árido).
El cemento Pórtland será seleccionado y proporcionado por el Contratista. El cemento Pórtland debe cumplir lo especificado en el Capítulo D de la Sección III xxx Xxxxxx General de Obras Públicas.
La cantidad de agua a agregar será la requerida para poder realizar la compactación con el contenido óptimo de humedad obtenido mediante el ensayo de compactación indicado en el Capítulo C de la Sección IV xxx Xxxxxx General de Obras Públicas realizado con el material granular adicionado de la proporción de cemento establecida.
Tanto el equipo como el procedimiento de ejecución deben asegurar resultados satisfactorios. Se entenderá por tales cuando se logre un mezclado uniforme del cemento, sin la presencia de veteados.
No podrá realizarse el mezclado del cemento cuando la temperatura sea inferior a 5°C.
3.7 _Tratamiento Bituminoso Doble
Aprobada la capa de base reciclada con cemento del tramo se realizará un tratamiento bituminoso doble en un ancho de 7,0 metros con posterior xxxxx xx xxxxxx en una dotación de emulsión asfáltica entre 0,4 y 0,5 litros por metro cuadrado (0,4-0,5 l/m2) sobre la calzada.
El pago de los trabajos y materiales para la realización del xxxxx xx xxxxxx no será objeto de pago directo y su pago se considera incluido en el rubrado de tratamientos bituminosos.
La ejecución del tratamiento bituminoso deberá ajustarse en un todo a lo establecido en la sección “Tratamiento Bituminosos” xxx Xxxxxx General de Condiciones para la Construcción xx Xxxxxxx y Carreteras de la Dirección Nacional de Vialidad del M.T.O.P. (PGC) y las Especificaciones técnicas complementarias y/o modificativas del PGC de la Dirección Nacional de Vialidad vigente x xxxxxx de 2003 (ETCM).
Los materiales bituminosos a emplear en los tratamientos bituminosos dobles y xxxxx xx xxxxxx serán asfaltos emulsificados modificados. Las emulsión asfáltica modificada deberá cumplir la norma IRAM 6698 modificando lo que respecta a la recuperación elástica por torsión, para todos las clasificaciones de emulsiones asfáltica modificadas el valor de recuperación elástica por torsión deberá ser >= 25 %.
Los tratamientos bituminosos se deberán iniciar inmediatamente después de terminadas las superficies que los han de recibir, luego de haber sido aprobadas por la Dirección de Obra, siempre que la fecha de ejecución de los mismos esté fuera del período de prohibición indicado por el Pliego General de Vialidad. En caso que las superficies granulares sean terminadas dentro del período de prohibición, el Contratista mantendrá esa superficie a su costo hasta poder ejecutar el tratamiento superficial.
Los trabajos y los materiales necesarios se pagarán a los precios unitarios establecidos en los siguientes rubros:
“Ejecución xx xxxxx bituminoso de imprimación (m2)”
“Ejecución de tratamiento bituminoso doble con xxxxx xx xxxxxx (m2)” “Agregados pétreos gruesos y medianos para tratamientos (m3)”. “Suministro, transporte y elaboración de diluidos asfálticas (m3)”.
“Suministro, transporte y elaboración de emulsiones asfálticas modificadas (m3)”.
3.8 _Señalización Horizontal y Vertical
Para la realización de los trabajos, la Contratista se ajustará a lo establecido en las ETCM de la Dirección Nacional de Vialidad, vigentes, Normas de Señalización del MTOP, Especificaciones para el Equipamiento de Seguridad Vial y Láminas Tipo de la DNV.
La señalización horizontal y vertical a ejecutarse deberá ser clase 1, de acuerdo a las especificaciones establecidas en la Norma Uruguaya de Señalización.
Sin perjuicio de lo expresado, la Contratista deberá ejecutar el proyecto de señalización vertical suministrado por la Intendencia, pudiendo el mismo contener cambios frente a la señalización existente al comienzo de la obra. La señalización vertical será paga por el rubro “Señales verticales (m2)” en el caso que sea retiro y recolocación de señales, o, en los casos de suministro y colocación de señales nuevas.
La demarcación de pavimentos será clase 1 de acuerdo a la Norma Uruguaya de Señalización, y se ejecutará en eje, borde y superficies con pintura acrílica en frío de 10 cm de ancho en borde y 15cm en el eje. La señalización horizontal será paga por el rubro “Señalamiento horizontal (m2).”
La Contratista deberá hacerse cargo de la ejecución de todos los trabajos de señalización horizontal, incluido el pre-marcado de eje, bordes, los cuales se consideran prorrateados entre los rubros de demarcación.
La demarcación de pavimentos se recibirá en forma definitiva a los doce meses a partir de la recepción provisoria.
3.9 _Imprevistos
Se cotizará un rubro “Imprevistos”, equivalente al 5% del total del contrato, excluidos el rubro “Imprevistos”.
En el caso que no existan imprevistos en el transcurso de la obra el monto del Rubro “Imprevistos” no será objeto de pago por ningún otro concepto.
3.10 _Precio de Oficina xx Xxxxx Sociales
El precio de Oficina estimado xx Xxxxx Sociales es de $ 2.000.000 (pesos uruguayos dos millones), dicho monto incluye las leyes sociales de la oferta y de los imprevistos.
3.11 _Laboratorio y equipo de topografía
El contratista deberá instalar (a partir de la iniciación de la Obra y hasta la recepción provisoria de la misma)los equipos de laboratorio y personal necesario para el control de todos los parámetros y especificaciones técnicas exigidas en el Pliego y las demás consideraciones que se imponen a través de la referencia al Pliego de Condiciones de la Dirección de Vialidad del MTOP.
Deberá contar con el equipo de Topografía adecuado a juicio de la Dirección de Obra y los elementos necesarios para la extracción de muestras y testigos de los distintos elementos de la pavimentación.
3.12 _Suministro de vehículo y teléfono
El contratista deberá suministrar un vehículo tipo auto de 4 puertas, con sistema de frenos abs y 2 airbags, sin chofer, con una antigüedad máxima de 2 años y 30.000 km al comienzo de las obras, en perfectas condiciones de funcionamiento, para uso exclusivo de la Dirección de Obra.
Deberá estar en condiciones adecuadas para tránsito en ruta.
Deberá contar con seguro contra todo riesgo. El vehículo estará a la orden de la Dirección de Obra desde el comienzo de la obra hasta la recepción provisoria.
Todos los gastos inherentes al vehículo serán de cargo del contratista.
El contratista deberá proporcionar un teléfono celular a disposición de la Dirección de Obra. El servicio estará disponible hasta la recepción provisoria.
Los costos del vehículo y sus gastos así como el celular no serán objeto de pago, por lo que deberá estar prorrateado en la oferta.
3.13 _Recusación del Personal de Dirección de Obra
El contratista no podrá recusar el personal de fiscalización e inspección, ni a los técnicos encargados de la dirección de la obra.
Cuando el contratista se considere injustamente perjudicado por los procedimientos empleados por la Dirección de Obra, o por el personal de inspección y fiscalización recurrirá, en queja fundada por escrito, el que se resolverá en definitiva por el Intendente Municipal, sin que por ello se interrumpan los trabajos.
3.14 _Discrepancias entre la Dirección de Obra y el Contratista
No estando conforme el contratista con alguna orden de servicio o decisión de la Dirección de Obra, dentro del término de los diez días calendario, expondrá por escrito los fundamentos de su disconformidad a la referida Dirección, y por su intermedio, a la Dirección General de Obras y Talleres, el que dictará resolución en los quince días calendario subsiguientes. Si se dejara transcurrir el plazo sin presentar reclamación entenderá que acepta lo resuelto por la Dirección y no le será admitido ningún recurso ulterior. En ningún caso este procedimiento tendrá efecto suspensivo con respecto por parte del contratista de las órdenes impartidas por la Dirección de Obra.
3.15 _Inspecciones
Toda obra hecha y todo material empleado estará sujeto a inspección, pero el hecho de que ésta no se realice no exime al contratista de su obligación de realizar el suministro de conformidad con el contrato.
3.16 _Vicios de construcción
Si durante la ejecución de las obras, o una vez terminadas, antes de su recepción definitiva, se advierten vicios de construcción en ellas, el Director de la Obra dispondrá su demolición y reconstrucción, fijando un plazo prudencial para ello, sin que al contratista le sirva de excusa el hecho de que aquel o quien ejerza las funciones, las hubiera examinado y aceptado con anterioridad. Transcurrido el plazo establecido sin que el contratista de cumplimiento a las órdenes impartidas, la Intendencia podrá proceder a realizar los trabajos necesarios por cuenta de aquél, a quien le será impuesta además una multa equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del monto de los trabajos.
Si el Director de Obra tuviera motivos fundados para creer en la existencia de vicios ocultos en la obra ejecutada, podrá ordenar en cualquier momento antes de la recepción definitiva, las demoliciones que estime necesarias a fin de verificar la existencia de tales vicios.
El contratista está obligado a cumplir las órdenes recibidas en tal sentido en el plazo que les sea fijado, transcurrido el cual, sin cumplimiento de su parte, la Intendencia podrá proceder a ejecutar por sí misma o por intermedio de terceros, los trabajos.
En el caso en que no fuera verificada la existencia de vicios de construcción, los gastos de demoliciones y reconstrucciones, correrán por cuenta de la Intendencia.
En caso contrario, serán de cargo del contratista, al que le serán descontados en el primer pago a efectuarse junto con un 25% (veinticinco por ciento) de recargo por concepto de multa, en el caso que, por falta de cumplimiento, los trabajos hayan sido ejecutados por parte de la Intendencia o por terceros.
Todos los materiales a emplearse serán de la mejor calidad dentro de la especie. Los materiales defectuosos o que no estén de acuerdo con las especificaciones de la memoria o las instrucciones de la Dirección de Obra, serán rechazados debiendo el contratista retirarlos de la obra dentro del plazo que se les fije.
En caso contrario será retirados por la mencionada Dirección por cuenta exclusiva del contratista.
3.17 _Recepción Provisoria y Definitiva
La recepción definitiva de la obra ocurrirá transcurridos doce meses de la recepción provisoria, siempre y cuando exista conformidad de la Dirección de Obra. La recepción provisoria se realizará inmediatamente de terminada la obra y requerirá la conformidad de la Dirección Técnica correspondiente.
3.18 _Notas
A los efectos de la realización de la obra, no se considerará al contratista como simple comerciante o industrial, sino como técnico capacitado, experimentado y responsable del trabajo contratado.
Como consecuencia está obligado a indicar a la Dirección de Obra cualquier detalle u omisión que a su juicio, conspirara contra la perfecta ejecución de las obras, así como a proponer modificaciones que a su juicio puedan mejorarlas.
Toda indicación en tal sentido, será debidamente atendida, quedando la Dirección de Obra, con la libertad de aceptarla, rechazarla o de ordenar la realización de lo que crea más conveniente.
Es imprescindible la presencia diaria a la obra del representante técnico.
Es necesario conocer el estado actual de la zona de obra para poder evaluar correctamente la misma. El desconocimiento de esto no generará pago extra por ningún concepto por parte de la IDM a la empresa Contratista.