CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO MOTORIZADO ENTRE
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO MOTORIZADO ENTRE
(Nombre) (Apellido Paterno) (Apellido Materno) Y
(Nombre del Comprador) (Apellido Paterno) (Apellido Materno)
Placa Patente: (Patente).
- Número de Identificación: (Número de Identificación del Vehículo).
- Color del vehículo: (Color del Vehículo).
- Año de Fabricación: (Año de Fabricación).
- Modelo: (Modelo del Vehículo).
- Marca: (Marca).
Materno), (Nacionalidad), (Estado Civil), cédula nacional de identidad número (RUT del Comprador) , con domicilio en (Domicilio del Comprador), comuna de (Comuna del Domicilio del Comprador), Región Metropolitana de Santiago, en adelante denominado indistintamente "COMPRADOR" o "EL COMPRADOR", han acordado suscribir el presente Contrato de Compraventa de Vehículo Motorizado, el cual se regirá por lo dispuesto en las normas establecidas para la compra de bienes muebles del Código Civil, el Decreto con Fuerza xx Xxx N° 1 de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Xxx xxx Xxxxxxxx, el Decreto Supremo
1.111 del Ministerio de Justicia, promulgado el 9 xx xxxxx de 1985, y las demás disposiciones legales pertinentes.
- Si el vehículo es un automóvil
PRIMERO: EL VENDEDOR declara bajo juramento que es dueño del vehículo motorizado, que en adelante se denominará indistintamente "VEHICULO" o "EL VEHICULO", cuyas características son:
-
- Tipo de Vehículo: Automóvil.
- Número de motor: (Número de motor del Vehículo).
- Número de chasis: (Número de Chasis del Vehículo).
En (Ciudad), a (Fecha), por una parte, don (Nombre) (Apellido Paterno) (Apellido Materno), (Nacionalidad), (Estado Civil), cédula nacional de identidad número (RUT del Vendedor), con domicilio en (Domicilio del Vendedor), comuna de (Comuna del domicilio del Vendedor), Región Metropolitana de Santiago, en adelante denominado indistintamente "VENDEDOR" o "EL VENDEDOR", y por la otra, don (Nombre del Comprador) (Apellido Paterno) (Apellido
Comentado [TC1]: A rt. 38 DFL 1 del Ministerio de T ransportes, que fija el texto coordinado y s istematizado de la Xxx xxx Xxxxxxxx. |
Comentado [TC2]: X xx. 00 Xx 0 xxx Xxxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC3]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC4]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC5]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC6]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC7]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC8]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC9]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
Comentado [TC10]: X xx. 00x Xx 0 xxx X xxxxxx Supremo 1111 del Ministerio de Justicia, de 1985. |
- Si el vehículo es un camión y tractocamión cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos:
PRIMERO:
EL VENDEDOR declara bajo juramento que es dueño del vehículo motorizado, que en adelante se denominará indistintamente "VEHICULO" o "EL VEHICULO", cuyas características son:
- Placa Patente: (Patente).
- Marca: (Marca).
- Modelo: (Modelo).
- Año de Fabricación: (Año de fabricación).
- Tipo de Vehículo: (Tipo de vehículo).
- Número de Vehiculo (VIN): (N° de Vehículo VIN).
- Número de motor: (N° de motor=).
- Número de chasis: (N° chasis) .
- Peso Bruto: (Peso bruta).
- Número de Ejes: (N° de Ejes del vehículo).
- Potencia del Motor: (Ej: Potencia del motor).
Comentado [TC11]: A rt. 10 N° 7 del Decreto 1111
de 1985, del Ministerio de J usticia.
- Tipo de Tracción: (Tipo de tracción).
- Tipo de Carrocería: (Tipo de carrocería).
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SEGUNDO: Por el presente instrumento EL VENDEDOR, vende, cede y transfiere al COMPRADOR, quien acepta, EL VEHÍCULO individualizado en la cláusula precedente, en los términos y condiciones que en el presente contrato se establecen.
- Si el precio se paga en cuotas, se agrega:
TERCERO: El precio de la compraventa será la suma de $ (Precio de la Compraventa), que será pagado por EL COMPRADOR al VENDEDOR, en (N° de cuotas) cuotas mensuales/diarias/semanales, de $(Valor de cada cuota), que se pagarán hasta el día (Día del mes en el que se pagarán las cuotas) del mes en que corresponda hacer el pago. Cada cuota se cancelará a través de una Transferencia Electrónica a la Corriente número (Número de Cuenta) del (Banco de la Cuenta) a nombre del VENDEDOR Para efectos de lo anterior, las partes dejan constancia que la primera cuota se paga el 18 xx xxxxxx de 2017.
El retraso en el pago de 3 cuotas facultará al VENDEDOR para dar por terminado el presente contrato, sin necesidad de declaración judicial, enviando una carta certificada el domicilio del COMPRADOR.
Comentado [TC12]: A rt. 1879 del C ódigo Civil.
En este caso, EL COMPRADOR deberá devolver de inmediato el vehículo al VENDEDOR, quien a su vez deberá restituirle el valor equivalente a todas las cuotas pagadas por EL COMPRADOR, menos un 20% de dicho valor, que conservará EL VENDEDOR como cláusula penal por el incumplimiento del contrato por parte del COMPRADOR.
Sin perjuicio de lo anterior, el retraso por parte del COMPRADOR en el pago de una o mas cuotas, generará un interés equivalente al 1% del valor de la cuota por día de atraso.
- Si el precio de paga al contado, se agrega:
TERCERO: El precio de la compraventa será la suma de $ (Precio de la Compraventa), que será pagado por EL COMPRADOR al VENDEDOR, al contado, en efectivo entregado en (Lugar donde se entrega el dinero).
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CUARTO: EL COMPRADOR recibe en este acto EL VEHICULO, y declara conocer y aceptar el estado en que se encuentra el mismo.
Para efectos de lo anterior, las partes dejan especial constancia que el vehículo
presenta las siguientes fallas, alteraciones o características especiales:
- (Falla o Defecto del Vehículo).
- Si el vehículo está libre de toda prohibición o gravamen:
QUINTO: EL VENDEDOR declara que el vehículo se encuentra libre de todo gravamen, prohibición, litigio, anotación, deuda, o cualquier otro impedimento judicial, legal o convencional que prohíba realizar la compraventa objeto del presente contrato. En especial, EL VENDEDOR declara que el vehículo no es objeto de prendas, condiciones resolutorias pendientes, acciones rescisorias, posesorias, reivindicatorias, resolutorias, de petición de herencia o de ninguna otra especie o naturaleza por parte de terceros; que no registra deudas ni saldos de precio ni con Municipalidades ni con el Fisco, o terceros. EL COMPRADOR, por su parte, declara que lo señalado por EL VENDEDOR ha sido una condición determinante para adquirir el bien objeto del presente contrato.
Asimismo, declara que la Revisión Técnica está al día y el Permiso de Circulación se encuentra vigente, con su última cuota pagada.
- Si el vehículo no está libre de toda prohibición o gravamen:
QUINTO: EL VENDEDOR declara que sobre EL VEHÍCULO pesa la siguiente prohibición, gravamen, litio o anotación:
- (Gravamen o prohibición).
En razón de lo anterior, EL VENDEDOR declara que el vehículo se encuentra libre de todo otro gravamen, prohibición, litigio, anotación, deuda, o cualquier otro impedimento judicial, legal o convencional que prohíba realizar la compraventa que objeto del presente contrato. En especial, EL VENDEDOR declara que el vehículo no es objeto de otras prendas, condiciones resolutorias pendientes, acciones rescisorias, posesorias, reivindicatorias, resolutorias, de petición de herencia o de ninguna otra especie o naturaleza por parte de terceros; que no registra otras deudas ni saldos de precio ni con Municipalidades ni con el Fisco, o terceros, distintas a las ya especificada en esta claúsula. EL COMPRADOR por su parte, declara que lo señalado por EL VENDEDOR en esta cláusula ha sido una condición determinante para adquirir el bien objeto del presente contrato.
Comentado [TC13]: A rt. 1858 del C ódigo Civil.
Asimismo, declara que la Revisión Técnica está al día y el Permiso de Circulación se encuentra vigente, con su última cuota pagada.
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SEXTO: Las partes declaran que EL VENDEDOR ha retirado del vehículo su dispositivo TAG o Televía, y se hace responsable de hacer los trámites para dar de baja este servicio, pagando las eventuales deudas existentes. Por su parte, EL COMPRADOR declara que se hará responsable, si corresponde, de efectuar los trámites necesarios para suscribir un nuevo contrato o convenio de TAG o Televía.
SÉPTIMO: El Notario deberá requerir del VENDEDOR un certificado del Registro de Multas del Tránsito no pagadas, al momento de la celebración del contrato, y solicitar la inscripción x xxxxx del COMPRADOR.
EL COMPRADOR responderá sólo por las multas empadronadas que figuren en el certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación al momento de la compra. Dicho Servicio se abstendrá de anotar la multa impaga en el Registro de Multas de Tránsito no Pagadas, si el propietario del vehículo que figura en el Registro de Vehículos Motorizados es distinto de quien lo era a la fecha de la infracción. Lo anterior no obsta a la responsabilidad de la persona condenada al pago de la multa.
Sin perjuicio de lo anterior, EL VENDEDOR deberá restituir al COMPRADOR por todas las multas o infracciones cursadas al vehículo o su conductor, de cualquier fecha anterior a la de suscripción del presente contrato.
OCTAVO: Las partes declaran que todos los costos derivados de la suscripción del presente contrato, incluyendo los impuestos, trámites notarias e inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, serán de cargo del COMPRADOR.
NOVENO: Las partes facultan al portador de copia autorizada del presente contrato para requerir y firmar todas las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que procedan en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, y en los demás registros correspondientes.
DÉCIMO: Para todos los efectos derivados de este contrato, las partes fijan domicilio en la comuna de (Ciudad), y se someten a la jurisdicción y competencia de sus tribunales de justicia.
Comentado [TC14]: A rt. 54 Ley DFL 1 del
M inisterio de T ransportes, que fija el texto c oordinado y sistematizado de la Ley del T ránsito.
DÉCIMO PRIMERO: EL COMPRADOR deberá solicitar la inscripción del presente contrato de compraventa, dentro de los 30 días siguientes a su firma
ante Notario.
Comentado [TC15]: A rt. 54 Ley DFL 1 del
M inisterio de T ransportes, que fija el texto c oordinado y sistematizado de la Ley del T ránsito.
(Nombre) (Apellido Paterno) (Apellido Materno)
VENDEDOR
(Nombre del Comprador) (Apellido Paterno) (Apellido Materno)