CONVENIO MODIFICATORIO AL PEDIDO DE ADQUISICIÓN No. P-28-2012
XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXXX Xx. X-00-0000
Convenio modificatorio al pedido de adquisición xx xxxxx de despensa, número P-28-2012, de fecha 14 de noviembre de 2012 “El Pedido”, que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, representada por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, en su carácter de Procurador General y por la otra, la empresa Edenred México, S.A. de C.V., representada por el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de apoderado legal, a quienes en lo sucesivo se les denominará “LA PROCURADURÍA” y “EL PROVEEDOR” respectivamente, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 14 de noviembre de 2012, “LA PROCURADURÍA” y “EL PROVEEDOR” formalizaron “El Pedido”, cuyo objeto señalado en su cláusula PRIMERA es la entrega xx xxxxx de despensa, de acuerdo con lo establecido en el “El Pedido”.
II. En “El Pedido”, se estableció la cantidad de fajillas y el monto de las mismas de la única partida de “El Pedido” de acuerdo con lo siguiente:
Concepto | Cantidad | Importe de la Fajilla | Total |
EXTRAORDINARIOS | 167 | $2,500.00 | $417,500.00 |
SUBTOTAL | $417,500.00 | ||
BONIFICACIÓN .17% | $ 709.75 | ||
TOTAL | $416,790.25 |
III. En la cláusula 15 se estableció como vigencia de “El Pedido” a partir de la fecha de firma y, hasta noventa días naturales posteriores a la fecha o fechas de entrega total de los bienes.
IV. De acuerdo con lo señalado en el Oficio Circular No. 307-A.6875 de fecha 30 de noviembre de 2012, mediante el cual el Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, podrá realizar el pago extraordinario no recurrente en subsecuentes ejercicios fiscales, al personal operativo con códigos de confianza de niveles 1 al 11, por tal motivo, considerando que las 167 fajillas contempladas en el pedido original, sólo se incluyó los niveles del 1 al 8, es necesario incrementar el referido pedido a fin de incluir los niveles del 9 al 11, para lo cual se cuenta con la conformidad de “EL PROVEEDOR”, de acuerdo con lo señalado en el escrito firmado por el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de representante legal.
V. Mediante memorándum No. D-135 de fecha 7 y 14 de diciembre de 2012, la Subdirección de Programación y Presupuesto de “LA PROCURADURÍA”, comunicó la suficiencia presupuestaria en la siguiente partida 15901 “Otras Prestaciones”.
DECLARACIONES
I. Declara “LA PROCURADURÍA” que:
I.1. En virtud de lo expresado en el Antecedente IV, del presente convenio modificatorio, existe la necesidad de modificar la cantidad de fajillas xx xxxxx señalada en el “El Pedido”, a efecto de incrementarlo en 33 fajillas cada una con vales de despensa de $2,500.00, (Dos mil Quinientos pesos 00/100 M.N.), lo que representa un incremento aproximado del 19.7% del importe a ejercer del referido pedido.
II. Declara “EL PROVEEDOR” que:
II.1. Acepta modificar “El Pedido” mediante escrito de fecha 12 de diciembre de 2012.
III. Declaran ambas partes que:
III.1. Recíprocamente se reconocen la personalidad con la que se ostentan.
III.2. Convienen en suscribir el presente convenio modificatorio, con fundamento en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO MODIFICATORIO: “EL PROVEEDOR” y “LA
PROCURADURÍA” convienen que el objeto del presente convenio es el incremento en 33 fajillas cada una con vales de despensa de $2,500.00, (Dos mil Quinientos pesos 00/100 M.N.), lo que equivale a la cantidad de $82,500.00 (Ochenta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.), menos
$140.25 (ciento cuarenta pesos 25/100 M.N.) por concepto de bonificación, no causa IVA, del importe total de “El Pedido”, mismo que equivale aproximadamente al 19.7% del importe total de “El Pedido” , por lo tanto, las partes acuerdan que a partir de la firma del presente convenio modificatorio, quede de la siguiente forma.
Concepto | Cantidad | Importe de la Fajilla | Total |
EXTRAORDINARIOS | 200 | $2,500.00 | $500,000.00 |
SUBTOTAL | $500,000.00 | ||
BONIFICACIÓN .17% | $ 850.25 | ||
TOTAL | $499,150.00 |
SEGUNDA.- INALTERABILIDAD: Ambas partes convienen en que, con excepción de lo que expresamente se estipula en el presente convenio modificatorio, subsisten con su fuerza legal todas y cada una de las cláusulas de “El Pedido”.
TERCERA.- VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: “LA PROCURADURÍA” y “EL PROVEEDOR”
reconocen que en la celebración y redacción del presente convenio modificatorio, no ha mediado error, dolo, lesión, violencia, ni vicio alguno del consentimiento que pudiera invalidarlo o nulificarlo.
CUARTA.- JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN: Para los efectos de interpretación y cumplimiento del presente convenio modificatorio, las partes se someten a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a sus respectivos Reglamentos, al Código Civil Federal, a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y al Código Federal de Procedimientos Civiles; así como a todas aquellas que resulten aplicables. En caso de controversia para la interpretación y cumplimiento del presente convenio modificatorio, las partes se someterán a la jurisdicción de los tribunales competentes con residencia en México, Distrito Federal, renunciando a la competencia jurisdiccional que les pudiera corresponder por razón de su domicilio presente o futuro.
Leído que fue el presente convenio modificatorio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma por triplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal el día 14 de diciembre de 2012.
“EL PROVEEDOR” | “LA PROCURADURÍA” | |
C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Apoderado Legal de Edenred México, S.A. de C.V. | Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx. Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. |
“Área Administradora del Contrato” |
Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. Subdirector de Administración de Personal. |