Condiciones generales de compra - v4 Manolo´s Food GmbH
Condiciones generales de compra - v4 Xxxxxx´s Food GmbH
(09-2019)
Artículo 1 Aspectos generales, validez
1. Nuestras condiciones de compra rigen de forma exclusiva; no aceptamos por parte de los suministradores ningún otro tipo de condiciones que se aparten o contradigan lo aquí estipulado. Nuestras condiciones de compra también seguirán teniendo vigencia incluso en caso de aceptar sin reservas el suministro de un proveedor, a sabiendas de nuestra parte de que las condiciones del proveedor se apartan o contradicen las nuestras.
2. Todos los acuerdos que se tomen entre nuestra empresa y los proveedores, destinados al cumplimiento de este contrato, deben ser redactados por escrito.
3. Estas condiciones de compra se aplican a todas las operaciones de servicios y compra y venta de mercaderías relacionados con nuestra actividad.
4. La validez de nuestras condiciones de compra se extiende también a los futuros negocios que tengamos en común con él, salvo que en algún caso especial se hayan acordado otras condiciones.
5. De no haber llegado a otro acuerdo, nuestras condiciones de compra se aplicarán también de modo complementario en los contratos relativos a elaboración y suministro en forma de consignación, de marcas propias y otras marcas comerciales.
Artículo 2
Celebración del contrato, documentación de la oferta
1. Al recibir nuestro pedido el proveedor se compromete a comunicarnos por escrito y de forma inmediata (en un plazo máximo de 24 horas en días hábiles) la anulación del pedido siempre que no se pueda o se vaya atender dicho pedido en los términos establecidos en el mismo; en caso de no hacerlo en ese momento, el contrato adquiere vigencia con la entrada de nuestro pedido.
2. Nos reservamos el derecho de la propiedad intelectual y de autor sobre ilustraciones, imágenes, cálculos y demás documentación, en tanto que hayan sido suministrados por nosotros o realizados por encargo nuestro; no se permite el acceso a estos materiales a terceros sin nuestra expresa autorización por escrito. Solo se podrán usar con fines de producción acordes a nuestros encargos; una vez se haya realizado el pedido, deberán ser devueltos sin necesidad de ser requeridos. Se trata de material reservado, no accesible a terceros.
Artículo 3
Precios, condiciones de pago, embalaje
1. Las condiciones establecidas con nosotros y recogidas en documento aparte (pedido o similar), son la base para los pedidos. A falta de otra cláusula por escrito, el precio para la entrega a domicilio (en caso de proveedores de otro país, o suministro desde el extranjero, “DDP” según INCOTERMS 2010) incluye también el embalaje. Cualquier devolución del embalaje debe ser aclarada por separado.
2. El suministro debe realizarse, mientras no haya otro acuerdo por escrito, usando palés reutilizables e intercambiables y siempre en estado nuevo u óptimo. Se aceptarán en general solamente los siguientes tipos de palés reutilizables:
Dimensiones:
• 800 x 1200
• 800 x 600
• 600 x 400 (para Displays y Muestras) Colores:
• Color madera natural
• Azul (en el caso de CHEP) Tipos:
• EU
• EPAL
• CHEP
• DÜSSELDORFER (1/2 Pale)
No se aceptan palés no indicados en este escrito palets LPR (La Palette Rouge) o desechables de un solo uso.
La mercancía deberá ir paletizada de tal forma que cumpla las normativas de seguridad de transporte terrestre, marítimo o aéreo, debiendo estar siempre la mercancía bien sujeta y asegurada al pale.
La devolución o canje de palés se realiza bajo responsabilidad del proveedor (costes y riesgo). El proveedor garantiza que, en cuanto al embalaje de venta unitario, se compromete a aceptar el sistema ARA [reciclaje de materiales reciclables Austria] para Austria y DSD o INTERSEROH [sistemas punto verde alemanes] para Alemania según artículo 6 xxxxxxx 0 del Reglamento sobre embalaje [Verpackungsverordnung] y que, acorde al contrato, ha abonado las tasas correspondientes de licencia. Si éste no fuera el caso, Manolos Food GmbH, abonará las correspondientes tasas de licencia de residuos, acorde al contrato (número de licencia ARA: 16729 para Austria/ DSD: 5553130 o INTERSEROH: 223528 para Alemania), deduciéndolas del precio de compra en el pedido en base a un promedio porcentual. En el caso de que nosotros, o nuestros clientes, o nuestras empresas cooperativas de adquisición, debamos ocuparnos de la eliminación del embalaje, el proveedor se compromete a compensar los costes ocasionados. El proveedor es libre de buscar otro modelo de recogida de los embalajes; en tal caso estará exento de asumir estos pagos. En todo caso, la tasa, según legislación vigente, se cobrar siempre con el IVA correspondiente.
3. La tasa oficial correspondiente del impuesto del valor añadido (IVA) no está incluida en el precio y el día en que se haga la factura y si según las leyes vigentes procediese, se ha de añadir de forma especificada en la cuantía que marca la ley.
4. Las facturas serán tramitadas a partir de la fecha de recepción en nuestras oficinas en formato papel y solamente podrán ser tramitadas por nuestra parte, si éstas incluyen también la referencia al “número y fecha de pedido correspondiente” que indicamos en nuestra orden. Además, deben incluir los datos adicionales que estipulan las condiciones de compra (según documento de pedido); en caso de no cumplimiento de esta obligación contraída, la responsabilidad recae sobre el proveedor y éste asume todas las consecuencias que de esto se deriven.
5. El lugar de cumplimiento para nuestros pagos es Salzburgo. Los pagos se efectúan por transferencia bancaria a una cuenta corriente indicada por el proveedor, mediante los códigos “IBAN y BIC”. El pago del precio de compra lo realizamos, mientras no haya otro acuerdo por escrito, en los 90 días hábiles, calculados a partir de la fecha de recepción de factura (en formato papel) y como pronto a la entrega del pedido en el lugar indicado en el pedido, con los días fijos de pago 15 y 30 de cada mes. Si el día de recibir la factura la mercancía está incompleta, no ha sido recibida o no ha llegado en las condiciones fijadas en el contrato, el plazo de pago no comienza hasta que se haya recibido la totalidad de la mercancía en el lugar de destino o bien se cumpla el encargo formulado en el contrato. El pago dentro del plazo se cumple considerando la fecha de la orden de pago a nuestro banco.
6. Nos asisten los posibles derechos de compensación o retención considerados según el marco legal.
Artículo 4
Plazo de entrega, cancelación, indemnizaciones
1. El plazo de entrega indicado en la orden de pedido tiene carácter vinculante (a excepción según el Articulo-2, apartado-1). En caso de no estar indicado, se entiende que se acuerda el plazo de entrega más rápido posible. Entregas de carácter provisional, o parciales, así como aumentos o reducciones de la cantidad encargada en el pedido necesitan siempre nuestro consentimiento de antemano y por escrito (e-mail/fax); los costes adicionales que surjan corren a cargo del proveedor.
2. En el caso de mercancías que estén sujetas a una vida útil limitada (fecha de caducidad o de consumo preferente), el proveedor debe suministrarlas con la suficiente antelación, tal y como se indica en el documento de pedido, para que se puedan ofrecer en el punto de destino aún con la suficiente antelación necesaria y habitual para su comercialización.
3. El proveedor se compromete a informar sin demora, y por escrito, en el caso que éste estime, o que surjan circunstancias adversas, y a consecuencia de ello, que no pueda mantener la fecha de entrega acordada.
4. En caso de un retraso en la fecha de entrega, tenemos derecho a hacer las reclamaciones legales pertinentes. Sobre todo, en caso de que la entrega no se produzca satisfactoriamente dentro de un plazo de retraso razonable, nos reservamos el derecho de exigir una indemnización por incumplimiento del contrato.
5. Tratándose de negocios de carácter fijo, no es necesario hacer previamente ninguna reclamación del pago, ni fijar una nueva fecha de entrega, para el ejercicio del derecho de rescisión.
6. De existir en casos aislados algún acuerdo sobre el pago de multa por incumplimiento de contrato, esto no afectaría de ningún modo ni al derecho de rescisión del contrato, ni al de exigir indemnización por daños causados por incumplimiento, sin embargo, la multa pagada se descontará del importe total si fuera un daño de mayor cuantía.
Artículo 5
Entrega, derecho de cesión, reserva de dominio, documentación
1. Mientras no se hayan estipulado por escrito otras condiciones (según pedido), la entrega se realiza a domicilio (en caso de proveedores de otro país, o suministro desde el extranjero, “DDP” según INCOTERMS 2010) en el lugar de entrega fijado. En tal caso, el proveedor se hace responsable de los riesgos de transporte.
2. La mercancía suministrada pasa ser de propiedad nuestra desde el momento del pago de ésta. No obstante, tenemos el derecho de vender la mercancía en el marco de nuestra actividad comercial. No aceptamos ninguna reserva de dominio contraria o adicional (p.ej. posible reserva de dominio extendida, de cuenta corriente o del grupo empresarial).
Todo ello carece de validez si existe entre ambas partes el acuerdo de mercancía en consignación “Contrato de Consignación”. En tal caso entrarían en vigor las condiciones de dicho contrato para la mercancía parte del contrato.
3. Cada entrega debe ir acompañada del correspondiente albarán o nota de entrega, sin indicación de precios. En el albarán se ha de indicar la cantidad de unidades que componen la entrega, caducidad y n° de lote. El paquete que lleve el albarán debe ser fácilmente reconocible.
Las facturas no deben ir acompañando a los suministros.
4. En toda la documentación escrita del proveedor (como p.ej. albaranes, documentación de envío y facturas) que tenga relación con la mercancía o servicio encargada(o)/suministrada(o) en cuanto a la tramitación de pedidos, facturación y pagos, se deben indicar escritos claramente a máquina los datos estipulados, sobre todo el número de pedido. En caso de no respetarse estos términos por parte del proveedor, será imposible evitar demoras en la tramitación, de las que no seremos responsables. Se excluye la posibilidad de ceder reclamaciones que vayan dirigidas contra nosotros.
Artículo 6
Programa básico de productos, hojas de catálogo
1. Con el proveedor se puede fijar de forma temporal una selección de productos básicos, tomada de la lista total de artículos. Sobre estos términos el proveedor recibe un listado extra. El proveedor tiene que garantizar que todas las órdenes de pedidos referidas a estos productos básicos se suministrarán dentro del plazo de entrega acordado para productos básicos.
2. El proveedor deberá suministrar a Manolos Food GMBH fotografías en color (min. 300dpi) de los artículos por separado, que se estén o se vayan a comercializar. También se deberán suministrar todos los datos logísticos, Ingredientes, nutricionales y alergenos actualizados antes de dar de alta el producto nuevo mediante la hoja “plantilla logística”, la cual les será enviada una vez existan productos de interés comercial para ambas partes, con el fin de evitar el envío de falsa información en los pedidos.
Artículo 7
Control de calidad del producto, garantía
1. Nos vemos obligados a realizar un control (por nosotros o por terceros) de la mercancía dentro de un plazo razonable, inspeccionando posibles desviaciones en la calidad o cantidad. Las reclamaciones se producen a tiempo siempre que lleguen al proveedor en las ocho semanas siguientes a partir de la fecha de entrega; si se tratara de productos frescos, el plazo de reclamación es de una semana.
2. Nos corresponde el derecho de garantía estipulado por la ley, sin limitaciones; además, independientemente de esto, tenemos el derecho a exigir de nuestros proveedores una reparación del daño o bien otra entrega sustitutoria, a nuestra elección, la cual se realizará de forma inmediata y gratuita. En tal caso, el proveedor se compromete a cubrir los costes adicionales que surjan a tal fin. No obstante, nos reservamos el derecho a exigir una indemnización por daños, y especialmente a causa de incumplimiento de contrato.
3. En caso de merma, rotura o de rescisión, se elaborará un aviso de cargo sobre la mercancía reclamada, que será enviado al proveedor. Este cargo se considerará aceptado por su parte, en tanto no lo haya rechazado por escrito en un plazo de 1 semana a contar a partir del día en que él haya recibido el aviso o la mercancía reclamada. En la medida en que sea posible, se almacenará esta mercancía defectuosa, tras consultarlo con el proveedor, ésta será devuelta o se pondrá a su disposición durante 15 días hábiles para que sea recogida, corriendo el riesgo y costes a su cargo. La mercancía que sea perecedera, y de cuyo estado defectuoso sea responsable el proveedor, puede ser eliminada, habiendo de cubrir éste los costes.
4. La cuenta del proveedor se cargará con el importe de la mercancía dos semanas después de que reciba el aviso de cargo, mediante una factura de cargo. No aceptamos bonos o vales por el valor de la mercancía reclamada o devuelta. Las entregas sustitutorias, en caso de mercancías devueltas, sólo pueden ser ordenadas por nuestra parte.
Artículo 8
Normas legales, derechos de protección, etiquetado
1. El proveedor garantiza que la mercancía suministrada respeta en el lugar de cumplimiento toda la normativa vigente que estipula su comercialización y utilización, según la ley y normas administrativas, y en especial las relativas al derecho alimentario y sanitario, y que no atenta contra derechos de terceros. Además, el proveedor se hace responsable de que los productos suministrados por él tengan la calidad de las muestras presentadas, de que estén libres de cargas de terceros y de que su comercialización no atente contra los derechos de protección vigentes (derechos de propiedad intelectual, de patentes, de uso, de muestras de sabores y de marcas).
2. El etiquetado de la mercancía suministrada deberá ir en el idioma del país de destino para su comercialización y cumpliendo las normativas vigentes europeas como EU 1169-2011 y similares, así como las normativas locales de un correcto etiquetado, debiendo certificar en alemán o inglés que el producto cumple dichas normas a través de un laboratorio independiente y certificado a nivel europeo. La no-conformidad de este punto impediría la comercailización de los productos afectados.
3. La responsabilidad de que el etiquetado sea el correcto sobre caerá en todos los casos sobre el productor y propietario de la marca en cuestión.
4. En caso de recibir cualquier reclamación a este respecto por parte de terceros, el proveedor se compromete a librarnos de esta responsabilidad en cuanto le enviemos petición escrita a tal efecto, y deberá resarcirnos de los costes causados; nosotros por nuestra parte no tenemos derecho a llegar a ningún acuerdo con terceros, y especialmente a ningún arreglo económico, si no contamos con la autorización expresa del proveedor. Estaremos obligados a acudir a los tribunales para aclarar esa alegación de lesión jurídica, solamente si el proveedor se compromete de antemano a cubrir los costes que se ocasionen y a nuestro requerimiento ofrece tal garantía.
5. El proveedor deberá proporcionar todas las informaciones requeridas, acordes al Reglamento REACH (CE n° 1907/2006). Asimismo, éste asegura que dispone de las informaciones necesarias sobre materiales altamente sospechosos en la producción y se compromete a informarnos, por propia iniciativa y sin ser requerido, si sus productos contuviesen alguno de estos materiales. Incluso también en el caso de que la lista de materiales sospechosos sea ampliada (Anexo XIV del Reglamento REACH). Cualquier consulta por nuestra parte ha de ser contestada por el proveedor con la mayor brevedad, manteniendo un plazo máximo de 5 días hábiles para respondernos.
6. Este derecho a exoneración de responsabilidad se refiere a todo tipo de gastos que nos pudieran surgir por la utilización de esta mercancía por terceros o que estén relacionados con dicha utilización.
Artículo 9
Responsabilidad del producto, exención, protección del seguro de responsabilidad civil
1. En tanto el proveedor sea responsable de los daños sufridos por el producto, éste se compromete a asumir su responsabilidad en relación a las reclamaciones que recibamos por parte de terceros, al encontrarse la causa del daño en su campo operativo u organizativo, ya que él mismo deberá responder en lo relativo a relaciones externas.
2. Estamos autorizados a la devolución de toda mercancía contra la que la opinión pública haya sido advertida por las autoridades oficiales, a causa de reclamaciones contra productos cuya compra o uso suponga un riesgo para la seguridad o la salud de los consumidores, así como a un etiquetado no conforme a la normativa vigente de la Comunidad Europea o del país de destino de la mercancía o servicio. El derecho de devolución del producto es de un mes, a partir del momento de hacerse pública esta advertencia. En este contexto, el proveedor también deberá asumir los costes que nos pueda ocasionar directa o indirectamente una eventual operación de retirada de este producto xxx xxxxxxx. En la medida en la que nos sea posible y exigible, el proveedor será informado por nuestra parte sobre los contenidos y el alcance de tales acciones para retirar el producto, y tendrá oportunidad de tomar posición en el asunto.
3. El proveedor se compromete, en tanto que no exista otro acuerdo concreto al respecto, a tener un seguro de responsabilidad civil para el producto, que garantice una cobertura suficiente en caso de necesidad, y acreditárnoslo cuando lo solicitemos; eventuales derechos a indemnización por daños y perjuicios quedarán intactos.
Artículo 10 Gratificaciones al personal
1. El proveedor tiene prohibido brindar, prometer o conceder cualquier tipo de gratificación al personal que trabaja en nuestra empresa o en las empresas asociadas con nosotros. Nos reservamos el derecho a solicitar una indemnización por daños y perjuicios, así como el derecho a rescindir todo contrato u obligación, cancelando de esta forma toda relación comercial con él.
Artículo 11 Jurisdicción, lugar de cumplimiento
1. La competencia jurisdiccional se establece en nuestro domicilio comercial.
La relación comercial con nuestros proveedores se rige exclusivamente por el derecho Austriaco, con excepción del Derecho de Compraventa de las Naciones Unidas (CISG: Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías) – también cuando el proveedor tenga su sede en el extranjero.
Fin de las condiciones de compra – V4 de la empresa XXXXXX´S FOOD GmbH
Salzburgo, 22/09/2019 Xxxxxx´s Food, GmbH Xxxxxxxx-Xxxxxxx-Xxx. 00 X-0000 XXXXXXXX
Teléfono: x00 000 000000 / Fax: x00 000 000000
Correo electrónico: xxxx@xxxxxxx.xxx
NIF: ATU64563902