Contrato de MERCANTIL CERCIÓN – FORMADOR PARA LA IMPARTICIÓN DE FORMACIÓN PRESENCIAL
En Madrid, a 25 xx Xxxxx de 2016
REUNIDOS
De una parte, EL CENTRO DE FORMACIÓN, S.L. (en adelante, EL CENTRO DE FORMACIÓN), con domicilio en XXXX y con CIF XXXX y, en su nombre y representación, NOMBRE Y DOS APELLIDOS
Y, de otra parte NOMBRE Y DOS APELLIDOS (en adelante, EL PROFESOR), con domicilio en XXXX y con DNI XXX, obrando en su propio nombre y representación.
EXPONEN
PRIMERO.- Que CENTRO DE FORMACIÓN es una centro de formacion profesional para el empleo que ha presentado ante la Administración pública competente una declaración responsable sin estar esta aún resuelta que va a impartir la acción formativa “XXX” en la modalidad presencial.
SEGUNDO.- Que EL CENTRO DE FORMACIÓN requiere al FORMADOR la impartición de la acción formativa cuyos datos serán concretados en la clausula PRIMERA de este contrato.
TERCERO. - Que EL PROFESOR ostenta titulación y cualificación suficiente para impartir dicho curso, además de probada experiencia profesional y académica en relación con las materias objeto del curso.
Por lo que ambas partes se reconocen mutuamente suficiente capacidad jurídica y de obrar para el otorgamiento del presente contrato, a cuyo efecto acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primero.Datos generales de la actividad formativa
NOMBRE DE LA ACCIÓN FORMATIVA:
Fecha inicio:
Fecha fin:
Jornada Presencial:
Centro de formación:
Lugar de impartición:
Horario:
Datos específicos de la acción formativa
Mediante el presente contrato el PROFESOR se compromete a impartir el curso concretado en la cláusula primera en base a la ficha de curso que le será facilitada por EL CENTRO DE FORMACIÓN y donde se indican, objetivos, contenidos, duración, modalidad, metodología y cualquier otra información de interés para la buena ejecución de la acción formativa y que se presenta como anexo al presente contrato.
Segundo.OBLIGACIONES DEL profesor
El PROFESOR se compromete a
Impartir el curso de referencia conforme a su xxxx saber y entender, de manera eficiente y en las mejores condiciones de competencia, calidad y colaboración con EL CENTRO DE FORMACIÓN.
En su caso, preavisar su ausencia con, al menos dos días de antelación y colaborar con EL CENTRO DE FORMACIÓN en la búsqueda de un sustituto suficientemente capacitado.
Permanecer de alta en el régimen de seguridad social que corresponda durante toda la vigencia del contrato.
Informar a los alumnos que bonifiquen el curso a través de las cuotas de la seguridad social, del carácter específico y condiciones del mismo.
Cumplir en la impartición de la acción formativa a que hace referencia el presente contrato las prescripciones que les sean de aplicación en virtud de disposición legal o reglamentaria, incluida la obligación de impartir la formación en los espacios y con los medios formativos acreditados y/o inscritos para tal fin.
Facilitar y corresponsabilizarse en el seguimiento de la participación de los alumnos, del aprendizaje y su evaluación,
Someterse a los controles y auditorías de calidad que establezcan las Administraciones competentes.
Cumplir las obligaciones en materia de control de asistencia de los participantes en la acción formativa a la que hace referencia el presente contrato, así como cumplir la obligación de seguimiento de la participación de los alumnos, su aprendizaje y evaluación, comunicando de manera inmediata a CENTRO DE FORMACIÓN cualquier anomalía que se produjera a tal efecto.
Responsabilizarse de la cumplimentación correcta de los documentos de la acción formativa por parte de los alumnos y posterior entrega a CENTRO DE FORMACIÓN:
control de asistencia
entrega de material didáctico
documento de lopd
entrega de diplomas (cuando proceda)
justificante de entrega de diploma (cuando xxxxxxx)
cuestionario de evaluación de la calidad
prueba de evaluación (cuando xxxxxxx, además en este caso deberá entregarse a debidamente corregida y evaluada).
colocación del cartel de la acción formativa.
Siempre que sea posible y que los alumnos firmen el documento de LOPD foto del grupo y de actividades que se desarrollen.
Presentar la factura o facturas necesarias sobre la/s que se efectuará la correspondiente retención de IRPF. Al tratarse de formación profesional se trata de una operación exenta de IVA (artículo 20.1.9 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre). El profesor facturará como personal física y según el modelo de factura aportado por CENTRO DE FORMACIÓN.
Después de finalizado el curso, colaborar con EL CENTRO DE FORMACIÓN en la solución de cualquier incidencia que pudiera surgir en relación con la impartición del curso, y en particular respecto a la acreditación de cualquier circunstancia relativa a dicha impartición ante el organismo público que haya subvencionado la acción formativa.
Tercero.obligaciones de CENTRO DE FORMACIÓN
Pagar el precio del servicio que asciende por cada hora de impartición del curso, según lo indicado en las cláusulas séptima, octava y novena.
Colaborar con EL PROFESOR en todo momento en la correcta ejecución de la formación facilitándole en tiempo y forma la documentación e información necesaria.
Cuarto.MEDIOS DIDÁCTICOS
EL PROFESOR proporcionará a CENTRO DE FORMACIÓN el siguiente material didáctico una semana antes del comienzo del curso:
Manual, dossier, presentación en power point cuya plantilla será aportada por CENTRO DE FORMACIÓN
Prueba de evaluación
Aquella otra documentación que necesite entregar a los alumnos como ejercicios, legislación, artículos, etc.
El profesor entregará el material a los alumnos al inicio de la acción formativa, en mano, y los alumnos firmarán e documento Justificante de entrega de material didáctico.
Quinto.HONORARIOS
El precio pactado por los servicios profesionales de formación es de XXX Euros brutos.
Sexto.Forma de pago.
La forma de pago será la siguiente: el 100% a la finalización de la acción formativa, previa presentación de la factura debidamente cumplimentada y una vez entregad la documentación de curso. El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días a contar desde la recepción de la factura.
Séptimo.Condiciones de prestación del servicio
Los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención serán por cuenta EL CENTRO DE FORMACIÓN, quien queda obligado a indicar al profesor con carácter previo las condiciones particulares de dichos gastos.
Todos los desplazamientos habrán de ser debidamente justificados por el PROFESOR, entregando resguardos, billetes o recibos al CENTRO DE FORMACIÓN y entregando nota de gasto detallada anexa a la factura y según el modelo facilitado por CENTRO DE FORMACIÓN.
Octavo.Duración
El presente contrato tendrá una duración concreta, desde la fecha de su firma hasta la fecha de efectiva terminación del curso, entendiéndose terminado el curso una vez finalizadas las sesiones formativas presenciales y corregidas las pruebas de evaluación correspondientes, entregadada la documentación a CENTRO DE FORMACIÓN y no será prorrogable. La relación contractual permite que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de cancelarlo con una antelación mínima de 30 días antes del inicio.
Noveno.indemnización.
En caso de ser incidentado el curso en los siguientes cinco años por la Administraciones competentes y cuyo motivo/origen afecte a la cláusula tercera del contrato EL PROFESOR deberá indemnizar económicamente a CENTRO DE FORMACIÓN con un importe igual al 50% del precio pactado.
En caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de sus obligaciones por parte DEL PROFESOR, y en concreto de las obligaciones contenidas en la cláusula cuarta del presente apartado, EL PROFESOR deberá indemnizar a EL CENTRO DE FORMACIÓN por los posibles daños y perjuicios causados por tal incumplimiento. A tal fin, EL PROFESOR deberá abonar a EL CENTRO DE FORMACIÓN un 15% del importe total del curso, realizándose dicho abono mediante deducción del citado porcentaje del importe del curso que EL CENTRO DE FORMACIÓN deba abonar al FORMADOR.
Décimo.relación laboral
EL PROFESOR no ostenta ningún derecho de carácter laboral frente a EL CENTRO DE FORMACIÓN ni la firma del contrato supone ningún tipo de relación laboral ni de otra clase distinta del arrendamiento de servicios profesionales que lo justifica. Consecuentemente, en todo lo no previsto en el presente contrato se aplicará lo dispuesto en el Código Civil para los arrendamientos de obras y servicios; subsidiariamente, lo señalado en el mismo texto legal para los contratos en general o las obligaciones que nacen de los mismos; y, de persistir duda o laguna, se resolverá conforme a los principios de buena fe y proporcionalidad.
Decimoprimero.obligaciones tributaria y de seguridad social
EL PROFESOR se compromete durante la vigencia del contrato a cumplir con sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Si se solicitase la documentación correspondiente por parte de una inspección y esta no fuera conforme EL PROFESOR asumirá lo indicado en la cláusula décima de indemnización.
Decimosegundo.SUMISIÓN A TRIBUNALES.
Las partes acuerdan que para las discrepancias que pudieran surgir en la interpretación, ejecución o aplicación de esta hoja de encargo, se someten expresamente a los Juzgados/Tribunales de Madrid y renuncian de forma expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera serles de aplicación.
Y, en prueba de conformidad, los comparecientes firman, en el lugar y fecha que figuran en el encabezamiento, por duplicado ejemplar.
POR EL CENTRO DE FORMACIÓN POR EL PROFESOR
Fdo.: XXXX Fdo.: XXXX