CONTRATO DE OBRA PUBLICA.
CONTRATO DE OBRA PUBLICA.
NOSOTROS: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, de sesenta y siete años de edad, Empleado, del domicilio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, Portador de mi documento Único de Identidad número: XXXXXXXXXXXX, y número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXXX; actuando en mi calidad xx XXXXXXX MUNICIPAL y en representación Legal del Concejo Municipal del Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, que el resto del documento me denominare “EL CONTRATANTE”; y el señor XXXXXXXXXXXXXXXX. de cuarenta y siete años de edad, Arquitecto del domicilio de XXXXXXXX, Departamento xx Xxxxxxx portador de mi documento Único de Identidad número XXXXXXXXXXXXXX, actuando en nombre y representación de la sociedad “ INVERPAV S.A. DE C.V., del domicilio de San Xxxxxx, Departamento xx Xxxxxxx, con número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXXXXX, personería que al final relacionare, quien en lo sucesivo me denominare “El CONTRATISTA”, por medio del presente contrato que se regulara por las cláusulas siguientes: I-CLÁUSULA PRIMERA. Que en vista de que el profesional fue el Ganador del Concurso Llevado a cabo por el contratante, identificado como Licitación Pública, para la Realización del Proyecto “XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX”. Por medio del presente Instrumento se formaliza las obligaciones mutuas, para la ejecución del proyecto antes mencionado; II-CLAÚSULA SEGUNDA: El Contrato incluye los trabajos remodelación del Parque Central Ubicado costado norte de la Alcaldía Municipal, trabajos en cancha de dicho parque, que le darán un mayor atractivo turístico, además de dotar de un espacio, para realización de actividades sociales de la municipalidad y las comunidades, realizando todas las actividades comprometida según consta en oferta económica de fecha trece de diciembre de dos mil dieciséis, la cual consta en expediente de proyecto, para que verifique su fiel cumplimiento por ““El CONTRATISTA” ; III- CLAÚSULA TERCERA; Por su parte “EL CONTRATANTE” ha aceptado la Oferta por la REALIZACION DEL PROYECTO, por la suma de CIENTO VEINTIOCHO MIL, CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 128,100.00), el cual será pagado de acuerdo a la forma siguiente; a) Según avances de Obra, previo aprobación de supervisor y administrador de contrato, y posterior acuerdo municipal de pago. IV- CLAÚSULA CUARTA; El Realizador se compromete a la Ejecución y entrega de los respectivos informes. En los plazos convenidos. V- CLAÚSULA QUINTA: GARANTIAS: A) GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para garantizar el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones consignadas en el presente instrumento, EL CONTRATISTA estará obligado a rendir dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la firma del contrato, a favor de la Municipalidad, una garantía de cumplimiento de contrato por valor igual a DIEZ POR CIENTO del monto total del contrato, equivalente a DOCE MIL OCHOCIENTOS DIEZ DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 12,810.00) . El plazo de la garantía es de CIENTO VEINTE DIAS, a partir de la fecha de su emisión y deberá cubrir el plazo del CONTRATO, si se prorroga el plazo del mismo deberá hacer que la garantía cubra dicha prorroga hasta cubrí el nuevo plazo. De acuerdo al artículo treinta y cinco de la Ley LACAP. B) GARANTÍA DE BUENA INVERSIÓN DEL ANTICIPO (si lo hubiera), la cual no excederá del TREINTA POR CIENTO, del monto total del contrato, por un plazo de CIENTO VEINTE DIAS equivalente a TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA C) GARANTIA DE BUENA OBRA, La cual será por la cantidad xx XXXX POR CIENTO, equivalente a DOCE MIL OCHOCIENTOS DIEZ DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 12,810.00) y tendrá una vigencia de UN AÑO, siguiente a la fecha de la recepción definitiva de la obra. Todo conforme al artículos treinta y siete; treinta y ocho de la Ley LACAP. Aceptando como garantías( Cheques certificados, fianzas o Garantías emitidas por bancos, aseguradoras o afianzadoras con domicilio en El Xxxxxxxx, autorizadas por La Superintendencia del Sistema Financiero; VI- CLAÚSULA SEXTA, El plazo del presente contrato será de CIENTO VEINTE DIAS calendario y tendrá vigencia a partir de la Fecha estipulada por orden de Inicio dada por Administrador de Contratos de dicho proyecto y finalizara cuando el contratista haya hecho entrega de la estimación final, a menos que haya procedido la recisión o terminación del contrato, de acuerdo a lo establecidos en los documentos contractuales. Para efectos de computar el Plazo de la realización de los servicios objetos del contrato se tomara como fecha de inicio la fecha señalada en la orden de inicio y como fecha de finalización la establecida en la misma. VII- CLAÚSULA SEPTIMA; MODIFICACIONES: Cualquier reforma a los alcances de trabajo, solo podrán hacerse por escrito, por acuerdo mutuo de las partes y del SUPERVISOR por el MUNICIPIO, su titular aquí consignado constituyendo tales reformas, anexos al presente contrato y señalándose expresamente, si tales reformas significan prorrogas o modificaciones del precio, se hará los cambios de manera estricta y pormenorizada, cualquier ajuste de dichas modificaciones no se considera una renuncia a cualquier condición estipulada, en el presente contrato, ni invalidara disposición alguna de los mismos. VIII- CLAÚSULA OCTAVA: MULTAS, Todo atraso en la entrega avances, estimaciones con sus respectiva documentación de la Obra que constituye el proyecto, significara el pago por parte del CONTRATISTA a EL MUNICIPIO, la cantidad cero punto uno por ciento del valor del presente contrato por cada día de atraso, sobre las partidas incumplidas por EL CONTRATISTA IX- CLAÚSULA NOVENA: TERMINACION DEL CONTRATO; Ambas partes consentimos que El Municipio podrá dar por terminado unilateralmente el contrato, sin juicio previo y sin responsabilidad para él, en cualquier de los siguientes casos: a) Por incumplimiento de parte de El contratista, de cualquiera de las estipulaciones de este contrato, b) Por no realizar las actividades contractuales dentro del tiempo especificado. En este caso “El Contratista” acepta que para probar estas circunstancias, bastara el informe que al respecto emita el administrador de contratos asignado por el Municipio; c) Por la baja calidad e inconsistencia que demuestre el trabajo realizado por el contratista, probándose este extremo de la misma manera, que en el literal anterior. X- CLAÚSULA DECIMA: RECEPCION DE LA OBRA: En La recepción del proyecto se consignara en un acta por medio de la cual “EL CONTRATISTA”, hará entrega a El Municipio del proyecto según el visto bueno del supervisor. Y del Administrador de Contratos de La Alcaldía, quienes determinaran el buen desarrollo de las obligaciones contractuales del presente proyecto. Todo conforme al artículo 82-bis, de la Ley LACAP. XI- CLAÚSULA DECIMO PRIMERA: NOTIFICACIONES la correspondencia entre ambas partes será por escrito, en local de la alcaldía, así mismo se imprimirán dos ejemplares del contrato en dominio de la alcaldía Municipal y el contratista. XII- CLAÚSULA DECIMO SEGUNDA: RIESGOS; Las Partes convenimos que cualquier riesgo, incluyendo caso fortuito o fuerza mayor, mientras no haya sido recepcionado finalmente el proyecto, correrá a cuenta del “CONTRATANTE”. Debiendo en todo caso probar y valorar las circunstancias de dichos acontecimientos y velar por lograr acuerdos para finalizar la obra en mención, XIII- CLAÚSULA DECIMO TERCERA. JURISDICCION: Las partes señalamos como domicilio especial este Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, a cuyos tribunales competentes nos sometemos. Que el primero de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa presenta: a) Credencial emitida por el Tribunal Supremo Electoral, de fecha catorce xx xxxxx del año dos mil quince, en la que consta que el señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, fue electo por votación popular como síndico Municipal, para el periodo constitucional que inicia el uno xx xxxx del año dos mil quince hasta el treinta xx xxxxx de dos mil dieciocho, que por acuerdo Municipal número uno, de Acta número cincuenta y tres, de fecha dieciocho xx xxxxx de dos mil dieciséis, se nombró ALCALDE MUNICIPAL, desde esa fecha hasta finalizar el presente periodo el día treinta xx xxxxx del año dos mil dieciocho, y el segundo de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa presenta, b) El Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, otorgada en la ciudad de San Xxxxxx, a las diez horas del días xxxx xx xxxxx del año dos mil dos, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx, e inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número VEINTICUATRO del Libro UN MIL SETECIENTOS DIECISIETE, del Registro de Sociedades; de la cual consta: Que su denominación es como se ha dicho, que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, del domicilio de la ciudad de San Xxxxxx, Departamento xx Xxxxxxx, y de nacionalidad Salvadoreña, de plazo indefinido; que está dentro de sus finalidades el Diseño, Supervisión y Construcción de obras de ingeniería civil, y otras, así como la de otorgamientos de actos como el presente; que la administración de la sociedad está confiada a un Administrador Único Propietario, quien durará en sus funciones un periodo de cinco años, que la representación legal de la Sociedad judicial o extrajudicial, le corresponde al Administrador Único Propietario; b) Testimonio de la Escritura Pública de Modificación, otorgada en esta ciudad, a las ocho horas y treinta minutos del día cinco xx xxxx del año dos mil diez, ante los oficios notariales de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, inscrita al número DIECISIETE del Libro DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO del Registro de Sociedades, en la cual se aumentó su capital social; c) Testimonio de Escritura Pública de Modificación, otorgada a las dieciséis horas del día dieciséis xx xxxxxx del año dos mil dieciséis, ante los oficios notariales de Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, de la cual consta que la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, modificó su denominación por la de “INVERPAV, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que podrá abreviarse INVERPAV, S. A. DE C. V.”, inscrita al número NOVENTA Y CUATRO del Libro TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS del Registro de Sociedades; d) La Credencial extendida por la Secretaria de la Junta General de Accionistas, Licenciada Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, el día veinticuatro xx xxxxx del año dos mil doce, e inscrita en el Registro de Comercio al número CUARENTA Y OCHO del Libro DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE del Registro de Sociedades, de la que consta que el compareciente Arquitecto XXXXXXXXXXXXXXXXX, resulto electo como Administrador Único Propietario de la Sociedad, para un periodo de cinco años, por lo que está vigente su periodo de elección Y en FE de todo lo anterior firmamos el presente contrato en el Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, a los doce días del mes de enero de dos mil diecisiete.
En el Municipio de San Xxxxxxxx, del Departamento de Usulután, a las doce horas con treinta minutos del día doce del mes de enero de dos mil diecisiete.-ANTE MI, XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, Notario, de este domicilio, comparecen: por una parte el señor XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, de sesenta y siete años de edad, Empleado, del domicilio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, persona de mi conocimiento e identifico por medio de su documento Único de Identidad número: XXXXXXXXXXXXXXX, y número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXXXXXXX; actuando en su calidad xx XXXXXXX MUNICIPAL y en representación Legal del Concejo Municipal del Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, que el resto del documento se denominara “EL CONTRATANTE”; y el señor XXXXXXXXXXXXXXXXXX. de cuarenta y siete años de edad, Xxxxxxxxxx xxx xxxxxxxxx xx XXXXXXXXXXXX, Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx persona de mi conocimiento e identifico por medio de su documento Único de Identidad número XXXXXXXXXXXXXX, actuando en nombre y representación de la sociedad “ INVERPAV S.A. DE C.V, del domicilio de XXXXXXXXX, Morazán, con número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXXXXXXX, personería que al final relacionare, quien en lo sucesivo se denominara “El CONTRATISTA”, dichos comparecientes en el carácter que actúan ME DICEN: que reconocen como suyas las firmas que calzan al pie del anterior documento y que se leen “XXXXXXX” e “XXXXXXXX”. por haber sido puestas de su puño y letra en el anterior documento que contiene el contrato por medio del cual EL CONTRATISTA, se obliga a prestar los servicios profesionales, técnicos para realizar el proyecto “REMODELACION DE PARQUE CENTRAL DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXX” el cual promete efectuarlo en el plazo de CIENTO VEINTE DIAS CALENDARIOS, contados a partir de la fecha en que EL MUNICIPIO, de por escrito la Orden de Inicio, de parte del contratante, ambos comparecientes me manifiestan que así mismo reconocen el resto de los conceptos expresado en dichos documentos, así como obligaciones pactadas a realizar según constan en oferta económica, presentada por el contratista.- Y yo el Notario DOY FE.- a) de ser auténticas las firmas que calzan en el documento que antecede por haber sido puestas en mi presencia de sus puños y letras por los comparecientes quiénes también reconocieron como suyos los términos que las mismas amparan.- Que el primero de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa me presenta: b) Credencial emitida por el Tribunal Supremo Electoral, de fecha catorce xx xxxxx del año dos mil quince, en la que consta que el señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, fue electo por votación popular como síndico Municipal, para el periodo constitucional que inicia el uno xx xxxx del año dos mil quince hasta el treinta xx xxxxx de dos mil dieciocho, que por acuerdo Municipal número uno, de Acta número cincuenta y tres, de fecha dieciocho xx xxxxx de dos mil dieciséis, se nombró ALCALDE MUNICIPAL, desde esa fecha hasta finalizar el presente periodo el día treinta xx xxxxx del año dos mil dieciocho, y el segundo de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa me presenta c) El Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, otorgada en la ciudad de San Xxxxxx, a las diez horas del días xxxx xx xxxxx del año dos mil dos, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx, e inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número VEINTICUATRO del Libro UN MIL SETECIENTOS DIECISIETE, del Registro de Sociedades; de la cual consta: Que su denominación es como se ha dicho, que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, del domicilio de la ciudad de San Xxxxxx, Departamento xx Xxxxxxx, y de nacionalidad Salvadoreña, de plazo indefinido; que está dentro de sus finalidades el Diseño, Supervisión y Construcción de obras de ingeniería civil, y otras, así como la de otorgamientos de actos como el presente; que la administración de la sociedad está confiada a un Administrador Único Propietario, quien durará en sus funciones un periodo de cinco años, que la representación legal de la Sociedad judicial o extrajudicial, le corresponde al Administrador Único Propietario; b) Testimonio de la Escritura Pública de Modificación, otorgada en esta ciudad, a las ocho horas y treinta minutos del día cinco xx xxxx del año dos mil diez, ante los oficios notariales de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, inscrita al número DIECISIETE del Libro DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO del Registro de Sociedades, en la cual se aumentó su capital social; c) Testimonio de Escritura Pública de Modificación, otorgada a las dieciséis horas del día dieciséis xx xxxxxx del año dos mil dieciséis, ante los oficios notariales de Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, de la cual consta que la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, modificó su denominación por la de “INVERPAV, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que podrá abreviarse INVERPAV, S. A. DE C. V.”, inscrita al número NOVENTA Y CUATRO del Libro TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS del Registro de Sociedades; d) La Credencial extendida por la Secretaria de la Junta General de Accionistas, Licenciada Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, el día veinticuatro xx xxxxx del año dos mil doce, e inscrita en el Registro de Comercio al número CUARENTA Y OCHO del Libro DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE del Registro de Sociedades, de la que consta que el compareciente Arquitecto XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, resulto electo como Administrador Único Propietario de la Sociedad, para un periodo de cinco años, por lo que está vigente su periodo de elección. Así se expresaron los comparecientes a quienes explique los efectos legales de esta Acta Notarial que consta de cinco folios útiles y leída que les fue por mí en todo lo escrito, sin interrupción alguna ratifican su contenido y firmamos.- DOY FE.
AMPLIACION DE CONTRATO Y PRORROGA DE PLAZO
NOSOTROS: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, de sesenta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, Portador de mi documento Único de Identidad número: XXXXXXXXXXXXXXX, y número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXXXXXX; actuando en mi calidad xx XXXXXXX MUNICIPAL y en representación Legal del Concejo Municipal del Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, que el resto del documento me denominare “EL CONTRATANTE”; y el señor XXXXXXXXX XXXXXXXX. de cuarenta y siete años de edad, Arquitecto del domicilio de XXXXXXXX, Departamento xx Xxxxxxx portador de mi documento Único de Identidad número XXXXXXXXXXXXXXXXXX, actuando en nombre y representación de la sociedad “ INVERPAV S.A. DE C.V., del domicilio de XXXXXXXXXX, Departamento xx Xxxxxxx, con número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXX, personería que al final relacionare, quien en lo sucesivo me denominare “El CONTRATISTA”, por medio del presente contrato que se regulara por las cláusulas siguientes: I-CLÁUSULA PRIMERA. Que las partes habiendo convenido orden de cambio aprobado por Consejo Municipal de San Xxxxxxxx, donde se hace un aumento del DIECINUEVE PUNTO OCHENTA Y NUEVE POR CIENTO del valor contratado, acuerdo aprobado con la aprobación y revisión de la supervisión en sesión de Consejo de veintisiete de febrero de dos mil diecisiete para el proyecto “XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX”. Por medio del presente Instrumento se formaliza los cambios aprobados para el proyecto; II-CLAÚSULA SEGUNDA: dentro de las nuevas actividades a realizar en aumento y disminución del proyecto para garantizar su funcionamiento y calidad de obras, se estará sujeto a la ORDEN DE CAMBIO, NUMERO UNO, de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, adjunta al expediente del proyecto llevado por UACI, a la que EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar de acuerdo con los volúmenes y diseños de las obras y demás especificaciones técnicas; III- CLAÚSULA TERCERA; Por su parte “EL CONTRATANTE” por acurdo municipal antes mencionado contrata nuevas obras de orden de cambio por un monto de VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO 20/100, que representa el aumento de precio del DIECINUEVE PUNTO OCHENTA Y NUEVE POR CIENTO, sobre los CIENTO VEINTIOCHO MIL, CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 128,100.00), pactados inicialmente para este proyecto, dando un monto total de ambas cantidades de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO 20/100 el cual será pagado de acuerdo a la forma siguiente; a) Según avances de Obra, previo aprobación de supervisor y administrador de contrato, y posterior acuerdo municipal de pago. IV- CLAÚSULA CUARTA; El Realizador se compromete a la Ejecución de las obras contratadas por medio de este instrumento tomando como base la orden de cambio y entrega de los respectivos informes. En los plazos convenidos. V- CLAÚSULA QUINTA: GARANTIAS: A) GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para garantizar el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones consignadas en el presente instrumento, EL CONTRATISTA estará obligado a rendir dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la firma del contrato, a favor de la Municipalidad, una garantía de cumplimiento de contrato por valor igual a DIEZ POR CIENTO del monto del presente contrato, equivalente a DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO 42/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 2,548.42). El plazo de la garantía es de CIENTO VEINTE TRES DIAS, a partir de la fecha de la firma del presente contrato y deberá cubrir el plazo adicional así establecido en el presente CONTRATO, De acuerdo al artículo treinta y cinco de la Ley LACAP. B) GARANTIA DE BUENA OBRA, La cual será por la cantidad xx XXXX POR CIENTO, equivalente a DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO 42/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($2,548.42) la cual podrá hacer en una sola garantía de buena obra por los DOCE MIL OCHOCIENTOS DIEZ DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 12,810.00) iniciales pactados en el anterior contrato, haciendo un total de QUINCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO 42/100 y tendrá una vigencia de UN AÑO, siguiente a la fecha de la recepción definitiva de la obra. Todo conforme al artículos treinta y siete; treinta y ocho de la Ley LACAP. Aceptando como garantías( Cheques certificados, fianzas o Garantías emitidas por bancos, aseguradoras o afianzadoras con domicilio en El Xxxxxxxx, autorizadas por La Superintendencia del Sistema Financiero; VI- CLAÚSULA SEXTA, El plazo del presente contrato será de CUARENTA Y CINCO DIAS ADICIONALES A LOS CIENTO VEINTE DEL CONTRATA ANTERIOR y tendrá vigencia a partir del dieciocho xx xxxx de dos mil diecisiete y finalizara el uno de julio de dos mil diecisiete, a menos que haya procedido la recisión o terminación del contrato, de acuerdo a lo establecidos en los documentos contractuales. Para efectos de computar el Plazo de la realización de los servicios objetos del contrato se tomara como fecha de inicio la fecha señalada en la orden de inicio y como fecha de finalización la establecida en la misma. VII- CLAÚSULA SEPTIMA; MODIFICACIONES: Cualquier reforma a los alcances de trabajo, solo podrán hacerse por escrito, por acuerdo mutuo de las partes y del SUPERVISOR por el MUNICIPIO, su titular aquí consignado constituyendo tales reformas, anexos al presente contrato y señalándose expresamente, si tales reformas significan prorrogas o modificaciones del precio, se hará los cambios de manera estricta y pormenorizada, cualquier ajuste de dichas modificaciones no se considera una renuncia a cualquier condición estipulada, en el presente contrato, ni invalidara disposición alguna de los mismos. VIII- CLAÚSULA OCTAVA: MULTAS, Todo atraso en la entrega avances, estimaciones con sus respectiva documentación de la Obra que constituye el proyecto, significara el pago por parte del CONTRATISTA a EL MUNICIPIO, la cantidad cero punto uno por ciento del valor del presente contrato por cada día de atraso, sobre las partidas incumplidas por EL CONTRATISTA IX- CLAÚSULA NOVENA: TERMINACION DEL CONTRATO; Ambas partes consentimos que El Municipio podrá dar por terminado unilateralmente el contrato, sin juicio previo y sin responsabilidad para él, en cualquier de los siguientes casos: a) Por incumplimiento de parte de El contratista, de cualquiera de las estipulaciones de este contrato, b) Por no realizar las actividades contractuales dentro del tiempo especificado. En este caso “El Contratista” acepta que para probar estas circunstancias, bastara el informe que al respecto emita el administrador de contratos asignado por el Municipio; c) Por la baja calidad e inconsistencia que demuestre el trabajo realizado por el contratista, probándose este extremo de la misma manera, que en el literal anterior. X- CLAÚSULA DECIMA: RECEPCION DE LA OBRA: En La recepción del proyecto se consignara en un acta por medio de la cual “EL CONTRATISTA”, hará entrega a El Municipio del proyecto según el visto bueno del supervisor. Y del Administrador de Contratos de La Alcaldía, quienes determinaran el buen desarrollo de las obligaciones contractuales del presente proyecto. Todo conforme al artículo 82-bis, de la Ley LACAP. XI- CLAÚSULA DECIMO PRIMERA: NOTIFICACIONES la correspondencia entre ambas partes será por escrito, en local de la alcaldía, así mismo se imprimirán dos ejemplares del contrato en dominio de la alcaldía Municipal y el contratista. XII- CLAÚSULA DECIMO SEGUNDA: RIESGOS; Las Partes convenimos que cualquier riesgo, incluyendo caso fortuito o fuerza mayor, mientras no haya sido recepcionado finalmente el proyecto, correrá a cuenta del “CONTRATANTE”. Debiendo en todo caso probar y valorar las circunstancias de dichos acontecimientos y velar por lograr acuerdos para finalizar la obra en mención, XIII- CLAÚSULA DECIMO TERCERA. JURISDICCION: Las partes señalamos como domicilio especial este Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, a cuyos tribunales competentes nos sometemos. Que el primero de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa presenta: a) Credencial emitida por el Tribunal Supremo Electoral, de fecha catorce xx xxxxx del año dos mil quince, en la que consta que el señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, fue electo por votación popular como síndico Municipal, para el periodo constitucional que inicia el uno xx xxxx del año dos mil quince hasta el treinta xx xxxxx de dos mil dieciocho, que por acuerdo Municipal número uno, de Acta número cincuenta y tres, de fecha dieciocho xx xxxxx de dos mil dieciséis, se nombró ALCALDE MUNICIPAL, desde esa fecha hasta finalizar el presente periodo el día treinta xx xxxxx del año dos mil dieciocho, y el segundo de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa presenta, b) El Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, otorgada en la ciudad de San Xxxxxx, a las diez horas del días xxxx xx xxxxx del año dos mil dos, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx, e inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número VEINTICUATRO del Libro UN MIL SETECIENTOS DIECISIETE, del Registro de Sociedades; de la cual consta: Que su denominación es como se ha dicho, que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, del domicilio de la ciudad de San Xxxxxx, Departamento xx Xxxxxxx, y de nacionalidad Salvadoreña, de plazo indefinido; que está dentro de sus finalidades el Diseño, Supervisión y Construcción de obras de ingeniería civil, y otras, así como la de otorgamientos de actos como el presente; que la administración de la sociedad está confiada a un Administrador Único Propietario, quien durará en sus funciones un periodo de cinco años, que la representación legal de la Sociedad judicial o extrajudicial, le corresponde al Administrador Único Propietario; b) Testimonio de la Escritura Pública de Modificación, otorgada en esta ciudad, a las ocho horas y treinta minutos del día cinco xx xxxx del año dos mil diez, ante los oficios notariales de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, inscrita al número DIECISIETE del Libro DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO del Registro de Sociedades, en la cual se aumentó su capital social; c) Testimonio de Escritura Pública de Modificación, otorgada a las dieciséis horas del día dieciséis xx xxxxxx del año dos mil dieciséis, ante los oficios notariales de Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, de la cual consta que la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, modificó su denominación por la de “INVERPAV, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que podrá abreviarse INVERPAV, S. A. DE C. V.”, inscrita al número NOVENTA Y CUATRO del Libro TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS del Registro de Sociedades; d) La Credencial extendida por la Secretaria de la Junta General de Accionistas, Licenciada Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, el día veinticuatro xx xxxxx del año dos mil doce, e inscrita en el Registro de Comercio al número CUARENTA Y OCHO del Libro DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE del Registro de Sociedades, de la que consta que el compareciente Arquitecto XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, resulto electo como Administrador Único Propietario de la Sociedad, para un periodo de cinco años, por lo que está vigente su periodo de elección Y en FE de todo lo anterior firmamos el presente contrato en el Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, al uno xx xxxxx de dos mil diecisiete.
La ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, a las doce cuarenta y cinco minutos del día uno xx xxxxx de dos mil diecisiete.- ANTE MI, XXXXXXXXXXXXX, Notario de este domicilio, comparecen: por una parte el señor XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, de sesenta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, persona de mi conocimiento e identifico por medio de su documento Único de Identidad número: XXXXXXXXXXXXXXX, y número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXXXX; actuando en su calidad xx XXXXXXX MUNICIPAL y en representación Legal del Concejo Municipal del Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, que el resto del documento se denominara “EL CONTRATANTE”; y el señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. de cuarenta y siete años de edad, Xxxxxxxxxx xxx xxxxxxxxx xx XXXXXXXXXX, Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx persona de mi conocimiento e identifico por medio de su documento Único de Identidad número XXXXXXXXXXXXXXX, actuando en nombre y representación de la sociedad “ INVERPAV S.A. DE C.V, del domicilio de XXXXXXXXXXXX, Morazán, con número de Identificación Tributaria XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, personería que al final relacionare, quien en lo sucesivo se denominara “El CONTRATISTA”, dichos comparecientes en el carácter que actúan ME DICEN: que reconocen como suyas las firmas que calzan al pie del anterior documento y que se leen “XXXXXXX” e “XXXXXXXX”. por haber sido puestas de su puño y letra en el anterior documento que contiene el contrato por medio del cual EL CONTRATISTA, se obliga a prestar los servicios profesionales, técnicos para realizar obras adicionales fundadas en Orden de Cambio número uno de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecisiete aprobado por Consejo Municipal, con la aprobación de supervisión del proyecto “XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX” que en base la orden de cambio y la prorroga aprobada se le concede en base de la programación de actividades de ejecución de CUARENTA Y CINCO DIAS adicionales a los CIENTO VEINTE DIAS iniciales del anterior contrato sobre dicho proyecto, contados a partir dieciocho xx xxxx de dos mil diecisiete al uno de julio de dos mil diecisiete, ambos comparecientes me manifiestan que así mismo reconocen el resto de los conceptos expresado en dichos documentos, así como obligaciones pactadas a realizar según constan en la ORDEN DE CAMBIO aprobada por consejo municipal, presentada por el contratista con la aprobación de la supervisión.- Y yo la Notario DOY FE.- a) de ser auténticas las firmas que calzan en el documento que antecede por haber sido puestas en mi presencia de sus puños y letras por los comparecientes quiénes también reconocieron como suyos los términos que las mismas amparan.- Que el primero de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa me presenta: b) Credencial emitida por el Tribunal Supremo Electoral, de fecha catorce xx xxxxx del año dos mil quince, en la que consta que el señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, fue electo por votación popular como síndico Municipal, para el periodo constitucional que inicia el uno xx xxxx del año dos mil quince hasta el treinta xx xxxxx de dos mil dieciocho, que por acuerdo Municipal número uno, de Acta número cincuenta y tres, de fecha dieciocho xx xxxxx de dos mil dieciséis, se nombró ALCALDE MUNICIPAL, desde esa fecha hasta finalizar el presente periodo el día treinta xx xxxxx del año dos mil dieciocho, y el segundo de los comparecientes, para legitimar la calidad en que actúa me presenta c) El Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, otorgada en la ciudad de San Xxxxxx, a las diez horas del días xxxx xx xxxxx del año dos mil dos, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx, e inscrita en el Registro de Comercio, bajo el número VEINTICUATRO del Libro UN MIL SETECIENTOS DIECISIETE, del Registro de Sociedades; de la cual consta: Que su denominación es como se ha dicho, que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, del domicilio de la ciudad de San Xxxxxx, Departamento xx Xxxxxxx, y de nacionalidad Salvadoreña, de plazo indefinido; que está dentro de sus finalidades el Diseño, Supervisión y Construcción de obras de ingeniería civil, y otras, así como la de otorgamientos de actos como el presente; que la administración de la sociedad está confiada a un Administrador Único Propietario, quien durará en sus funciones un periodo de cinco años, que la representación legal de la Sociedad judicial o extrajudicial, le corresponde al Administrador Único Propietario; b) Testimonio de la Escritura Pública de Modificación, otorgada en esta ciudad, a las ocho horas y treinta minutos del día cinco xx xxxx del año dos mil diez, ante los oficios notariales de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, inscrita al número DIECISIETE del Libro DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO del Registro de Sociedades, en la cual se aumentó su capital social; c) Testimonio de Escritura Pública de Modificación, otorgada a las dieciséis horas del día dieciséis xx xxxxxx del año dos mil dieciséis, ante los oficios notariales de Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, de la cual consta que la Sociedad "XXXXXXXX Y XXXXXXXXX, ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “V & R ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, S. A. DE C. V.”, modificó su denominación por la de “INVERPAV, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que podrá abreviarse INVERPAV, S. A. DE C. V.”, inscrita al número NOVENTA Y CUATRO del Libro TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS del Registro de Sociedades; d) La Credencial extendida por la Secretaria de la Junta General de Accionistas, Licenciada Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, el día veinticuatro xx xxxxx del año dos mil doce, e inscrita en el Registro de Comercio al número CUARENTA Y OCHO del Libro DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE del Registro de Sociedades, de la que consta que el compareciente Arquitecto XXXXXXXXXXXXXXXXX, resulto electo como Administrador Único Propietario de la Sociedad, para un periodo de cinco años, por lo que está vigente su periodo de elección. Así se expresaron los comparecientes a quienes explique los efectos legales de esta Acta Notarial que consta de cinco folios útiles y leída que les fue por mí en todo lo escrito, sin interrupción alguna ratifican su contenido y firmamos.- DOY FE.