PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA (PROCEDIMIENTO ABIERTO) Nº 030-2018-0053, PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS PARA LOS CENTROS DE MUTUA...
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA (PROCEDIMIENTO ABIERTO) Nº 000-0000-0000, PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS PARA LOS CENTROS DE MUTUA UNIVERSAL – MUGENAT, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 10.
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN:
A.- OBJETO DEL CONTRATO |
Contratación del servicio de recogida, transporte, gestión y valorización/ eliminación de residuos, incluyendo residuos sanitarios y no sanitarios y peligrosos y no peligrosos generados en todos los centros de Mutua Universal. Clasificación del contrato: Contrato de servicios Categoría Anexo II TRLCSP: nº 16- Servicios de alcantarillado y eliminación de desperdicios. Código CPV: 90512000-9, 90520000-8 |
B.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y CONCEPTO PRESUPUESTARIO | |||
Presupuesto total 203.600,00 €, excluido Impuesto Valor Añadido Aplicación Presupuestaria: 2273 | |||
Anualidades: | |||
Presupuesto | IVA | Total | |
Ejercicio 2018 (de 15/10/2018 a 31/12/2018): | 21.491,12 € | 2.149,11 € | 23.640,25 € |
Ejercicio 2019 (de 01/01/2019 a 31/12/2019): | 101.800,00 € | 10.180,00 € | 111.980,00 € |
Ejercicio 2020 (de 01/01/2020 a 14/10/2020): | 80.308,88 € | 8.030,88 € | 88.339,77 € |
C.- PROCEDIMIENTO Y TRAMITACIÓN |
Procedimiento: Abierto Tramitación: Ordinaria |
D.- GARANTÍAS |
Garantía: 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido) |
E.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO, PRÓRROGAS Y LUGAR DE LA PRESTACIÓN |
- Duración del contrato: Dos años desde la fecha de la firma o desde la fecha que se haga constar en el documento contractual. - Número de prórrogas: Dos, de un año de duración cada una. En caso de prórroga esta se acordará por Mutua Universal y será obligatoria para el empresario contratista, comunicándoselo en el plazo de un mes de antelación a la fecha del vencimiento. - Lugar de la prestación: La recogida se realizará en los centros de Mutua Universal indicados en el apartado 12 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, y el tratamiento, valorización y eliminación en los centros indicados por el adjudicatario. |
F.- DETERMINACIÓN DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO |
- Determinación del precio: En base a precios unitarios. - Forma de pago: De acuerdo con el procedimiento interno establecido en Mutua Universal, descrito en el Pliego de condiciones particulares. |
G.- CLASIFICACIÓN EXIGIBLE Y SOLVENCIA |
- Clasificación: No se exige. No obstante, y en el supuesto de que la empresa licitadora presentara clasificación, únicamente acreditará su solvencia cuando dicha clasificación sea la correspondiente al Grupo R – Subgrupo 05 – Categoría 2, todo ello de conformidad con el artículo 74.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Solvencia económica y financiera: se describe en el presente Pliego de condiciones particulares. - Solvencia técnica o profesional: se describe en el presente Pliego de condiciones particulares. |
H.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN |
Los establecidos en el presente Pliego de condiciones particulares. |
I.- REVISIÓN DE PRECIOS |
No se autoriza. |
J.- ADMISIÓN DE VARIANTES |
No se autorizan variantes del objeto del contrato, sin perjuicio de que puedan presentarse mejoras a los servicios que se licitan. |
K.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN |
- No se autoriza la cesión. - Se autoriza la subcontratación del contrato en un 65% de la prestación y siempre dentro de los límites establecidos por la legislación vigente. |
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA (PROCEDIMIENTO ABIERTO) Nº 000-0000-0000,
PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS PARA LOS CENTROS DE MUTUA UNIVERSAL – MUGENAT, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 10.
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO
Pág. | ||
1 | OBJETO DEL CONTRATO.................................................................... | 5 |
2 | NECESIDADES A SATISFACER CON EL CONTRATO................................. | 5 |
3 | RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.................................................... | 7 |
4 | ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.............................................................. | 7 |
5 | PERFIL DE CONTRATANTE.................................................................. | 8 |
6 | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO...................... | 8 |
7 | EXISTENCIA DE CRÉDITO................................................................... | 9 |
8 | DURACIÓN DEL CONTRATO, PLAZO DE EJECUCIÓN............................... | 10 |
9 | PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE ... | 10 |
10 | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS........ | 10 |
11 | CAPACIDAD PARA CONTRATAR........................................................... | 12 |
12 | CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA.................................................... | 15 |
13 | SOLVENCIA DE LOS LICITADORES....... ............................................... | 15 |
14 | OTROS MEDIOS PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN Y LA SOLVENCIA DE LOS LICITADORES................................................ | 17 |
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
15 | PROPOSICIONES............................................................................... | 18 |
16 | MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.............................. | 19 |
17 | CONTENIDO DE LOS SOBRES, DOCUMENTACIÓN A APORTAR................. | 19 |
18 | PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES................. | 22 |
19 | MESA DE CONTRATACIÓN.................................................................. | 22 |
20 | EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES.............................. | 22 |
21 | APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ADMITIDAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN................................................................................. | 23 |
22 | ADJUDICACIÓN................................................................................ | 24 |
23 | DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA .............. | 25 |
Pág. | ||
24 | GARANTÍA...................................................................................... | 27 |
25 | NOTIFICACIÓN A LICITADORES......................................................... | 28 |
26 | FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO...................................................... | 28 |
III. EJECUCION, MODIFICACION Y RESOLUCION DEL CONTRATO
27 | PLAZO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO................................................... | 29 |
28 | OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA..................................................... | 30 |
29 | FACULTADES DE MUTUA UNIVERSAL................................................... | 31 |
30 | CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN ………………………………………………………………….. | 31 |
31 | RECEPCIÓN DEL CONTRATO............................................................... | 32 |
32 | GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES..................................................... | 33 |
33 | PENALIZACIONES............................................................................. | 33 |
34 | PAGO DEL PRECIO............................................................................ | 35 |
35 | REVISIÓN DE PRECIOS...................................................................... | 38 |
36 | CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.................................... | 38 |
37 | COORDINACIÓN ACTIVIDADES EMPRESARIALES................................... | 39 |
38 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO......................................................... | 39 |
39 | DEVOLUCIÓN Y CANCELACIÓN DE GARANTÍA....................................... | 40 |
40 | EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO......................................... | 41 |
41 | MANIFESTACIONES Y GARANTÍAS...................................................... | 42 |
42 | JURISDICCIÓN................................................................................. | 42 |
43 | NOTA ACLARATORIA …………………………………………………………………………………… | 42 |
IV. PLIEGO GENERAL PARA LA CONTRATACIÓN POR LAS MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL
-- | PLIEGO GENERAL PARA LA CONTRATACIÓN POR LAS MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL ………………………………….. | 00 |
XX. XXXXXX
-- | XXXXX XX –MODELO DE SOLICITUD.................................................. | 49 |
-- | ANEXO III–MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA............................ | 50 |
-- | ANEXO IV –MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE ART.60 TRLCSP……. | 52 |
-- -- | ANEXO V – COMPROMISO VINCULANTE DE SUSCRIPCIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL……………………………………………………… ANEXO VI.- MODELO AVAL BANCARIO ………………………………………………….. | 53 54 |
-- | ANEXO VII –MODELO EMPRESA DECLARACION REQUISITOS PYME …… | 55 |
-- | ANEXO VIII –MODELO ACEPTACIÓN COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA … | 56 |
-- | ANEXO IX-MODELO ACEPTACIÓN FIRMA ELECTRÓNICA ………….…………. | 57 |
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO
1 OBJETO DEL CONTRATO
1.1 El objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego es el que se establece en el apartado A) del cuadro de características, para lo que, de conformidad con la legislación vigente, se convoca su contratación, por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria del expediente.
Se hace constar, asimismo, que el objeto de este contrato se corresponde con la siguiente codificación del Vocabulario Común de Contratos (CPV), según el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007: 90512000-9, 90520000-8
1.2 La ejecución del contrato se ajustará, además de a las previsiones contenidas en el presente documento, a las condiciones expresadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se acompaña como Anexo nº I a éste, y del que forma parte inseparable.
2 NECESIDADES A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO
El contrato tiene por finalidad la gestión de los procesos de clasificación, recogida, transporte, tratamiento, valorización y eliminación de los residuos incluyendo residuos sanitarios y no sanitarios, peligrosos y no peligrosos generados en los centros de Mutua Universal relacionados en el apartado 12 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, fundamentando en lo que ya se conoce como técnica de gestión avanzada de los residuos y que cumplirán con los objetivos de calidad que a continuación se indican:
Eliminación de riesgos para la salud y el medio ambiente que pudieran derivarse de los residuos producidos y de su manipulación.
Cumplir la Normativa específica vigente en materia de Residuos.
Cumplir la Normativa específica de Prevención de Riesgos Laborales.
Prestación de un eficaz servicio de gestión que facilite, en su vertiente, el mejor cumplimiento de las labores asistenciales.
Colaboración para conseguir la adecuada clasificación de los residuos desde su generación, para favorecer la adecuación de tratamientos específicos y la reducción de costes.
Cumplir con los requisitos de las normas UNE-EN-ISO ISO 14001:2015, UNE- EN-ISO 9001:2015 y OHSAS 18001, con las cuales está comprometida Mutua Universal.
Listado de residuos que se generan en Mutua Universal:
Nº | Residuo | Código LER* | Descripción |
(si existe) | |||
1 | Residuos punzantes y/o cortantes | 180103 | Residuos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones (jeringuillas,…) |
2 | Residuos Sanitarios no específicos | 180104 | Residuos cuya recogida y eliminación no es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones (gasas, yesos, ropa blanca, ropa desechable…) |
3 | Residuos Orgánicos | 200108 | Residuos biodegradables de cocina y restaurantes |
4 | Otros Residuos. Residuos infecciosos y contagiosos | 108103 | Residuos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones |
5 | Cartón y papel | 200101 | Restos de cartón y otros papel no confidencial |
6 | Plástico | 200139 | Restos de plástico |
7 | Asimilables a urbanos | 200199 | Residuos que no tienen ningún tipo de contaminación específica y que no presentan riesgo de infección |
8 | Residuos de equipos eléctricos y electrónicos (RAEE) | 160209 al 160216 | Equipos desechados que contengan componentes especificados en los códigos LER del 160209 al 160216. |
9 | Pilas y acumuladores | 160604 | Pilas alcalinas excepto 160603 |
160603 | Pilas alcalinas que contienen mercurio (pilas de botón) | ||
10 | Residuos voluminosos | 200307 | Residuos que por su forma, tamaño, volumen o peso, son difíciles de ser recogidos o transportados por los servicios de recogida convencionales (se incluye mobiliario, enseres, etc) |
11 | Tóneres | 080317* 080318 | Residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas. Residuos de tóner de impresión distintos de los especificados en el código 08 03 17. |
12 | Absorbentes, ropa protectora | 150202* 150203 | Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas Absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras distintos de los especificados en el código 15 02 02 |
13 | Bombonas Oxígeno | 160505 | Gases en recipientes a presión distintos de los especificados en el código 160504. |
14 | Medicación caducada | 180109 | Medicamentos caducados |
15 | Otros |
*LER: Lista europea de residuos
3 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
3.1 El contrato al que se refiere el presente Pliego, se regirá además de lo establecido en el mismo, por las siguientes normas:
En lo que se refiere a los supuestos de capacidad de las empresas, publicidad, procedimientos de licitación y de adjudicación, por:
El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; y por el resto de normas concordantes y complementarias vigentes que no se opongan a la normativa indicada con anterioridad, aplicándose supletoriamente, las normas de derecho privado.
En los demás supuestos, concretamente en cuanto a la ejecución, efectos y extinción:
Por las normas de derecho privado vigentes.
3.2 Obligatoriamente tienen carácter contractual los siguientes documentos:
- El presente Pliego de Condiciones Particulares.
- El Pliego de Prescripciones Técnicas.
- El propio documento en el que se formalice el contrato.
- La oferta técnica del adjudicatario respecto al servicio solicitado.
El contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Condiciones Particulares y al de Prescripciones Técnicas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del respectivo contrato.
Queda excluida y prohibida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
En caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Condiciones Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
3.3 El empresario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes, con respecto al personal que emplee en la ejecución de los servicios objeto de esta licitación, especialmente en lo que respecta a la legislación laboral y fiscal, así como de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
Dicha obligación se extiende a las normas que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato, debiendo el contratista en todo momento acomodar sus actuaciones a dichas normas.
3.4 La celebración de este contrato no supondrá la existencia de relación laboral alguna entre Mutua Universal - Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10 y los trabajadores de que disponga el empresario para la ejecución del contrato.
4 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación de Mutua Universal tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y será competente para su formalización en nombre de
esta Entidad, a través de dos de sus miembros con poderes notariales suficientes para ello.
El órgano de contratación de Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10 tiene su dirección postal en la Avda. Tibidabo, nº 17-19 – (08022) Barcelona; y su dirección de correo electrónico es: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
5 PERFIL DE CONTRATANTE
El perfil de contratante del órgano de contratación de Mutua Universal es accesible públicamente a través de la web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/ y está integrado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, gestionándose y difundiéndose exclusivamente a través de la misma.
En el perfil de contratante se incluye un enlace a la citada Plataforma de Contratación del Sector Público, cuya dirección electrónica es xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx
6 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO
6.1 El presupuesto base de licitación para la ejecución del presente contrato es el que se establece en el apartado B) del cuadro de características, que asciende a doscientos tres mil seiscientos euros (203.600,00 €), IVA excluido, y es el que sirve como referencia para la formulación de la oferta económica a presentar.
La adjudicación no podrá ser, en ningún caso, por importe superior al presupuesto previamente aprobado y que se indica en el mencionado apartado B) del cuadro de características.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido1 e incluirá los servicios y gastos necesarios para el desarrollo del objeto solicitado por Mutua Universal.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego, y se abonará con cargo a las anualidades que se señalan en el indicado apartado B) del cuadro de características, imputándose a la aplicación presupuestaria que, asimismo, se indica en dicho apartado.
La oferta económica deberá presentarse detallando el importe desglosado de cada elemento y deberá comprender como partida independiente, el IVA o IGIC. En ningún caso se pueden facturar separadamente otros gastos que en cualquier caso deberán estar incluidos en el precio. En ningún caso se
1 Cualquier referencia a aquel Impuesto debe entenderse realizada, igualmente, al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.
aceptarán cargos en concepto xx xxxxxx, que deberán estar incluidos en el precio de cada material.
En el supuesto de que se acuerde la prórroga del contrato, el adjudicatario mantendrá el precio ofertado para la correspondiente prórroga.
6.2 El valor estimado del contrato, calculado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ha sido tenido en cuenta tanto a la hora de elección del procedimiento como de la publicidad exigible, y se determina en el siguiente importe:
El valor estimado para este contrato es de seiscientos diez mil ochocientos euros (610.800,00 €) IVA excluido, desglosado de la siguiente forma, y tiene un carácter meramente orientativo y no vinculante.
Importe (IVA no incluido) | IVA (10%) | Importe (IVA incluido) | |
Presupuesto base licitación | 203.600,00 € | 20.360,00 € | 223.960,00 € |
Prórroga prevista un año | 101.800,00 € | 10.180,00 € | 111.980,00 € |
Prórroga prevista un año | 101.800,00 € | 10.180,00 € | 111.980,00 € |
Totalidad modificaciones previstas (50%) | 203.600,00 € | 20.360,00 € | 223.960,00 € |
Total valor estimado del contrato | 610.800,00€ | 61.080,00 € | 671.880,00 € |
La oferta económica deberá presentarse detallando el importe desglosado de cada elemento y deberá comprender como partida independiente, el IVA o IGIC. En ningún caso se pueden facturar separadamente otros gastos que en cualquier caso deberán estar incluidos en el precio. En ningún caso se aceptarán cargos en concepto xx xxxxxx, que deberán estar incluidos en el precio de cada material.
6.3 En la presente licitación no se han previsto lotes, debiendo el licitador, en consecuencia, ofertar por la totalidad del objeto del contrato. En ningún caso, la adjudicación podrá recaer en más de un licitador.
7 EXISTENCIA DE CRÉDITO
Se han cumplido los trámites precisos para asegurar la existencia de crédito para atender las obligaciones que se deriven del cumplimiento del contrato.
En el caso de que el expediente de contratación o sus posibles prórrogas se tramite en el año anterior al de comienzo de su ejecución, se somete la adjudicación, sus prórrogas, así como las posibles modificaciones del contrato a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones del contrato en el ejercicio correspondiente.
Con independencia de ello, debe advertirse que Mutua Universal forma parte del sector público estatal en los términos establecidos en el artículo 2.1 d) de la ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, estando integrados sus presupuestos dentro de los de la Seguridad Social y en consecuencia sometida a la dirección y tutela del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y a las limitaciones por éste determinadas.
En consecuencia, cualquier cambio normativo posterior a la adjudicación de la presente licitación mediante disposición normativa de cualquier rango que afecte al presupuesto de Mutua Universal, podrá derivar en:
- El aplazamiento del inicio de la ejecución del contrato en los términos pactados hasta el momento en que Mutua Universal disponga de suficiente crédito presupuestario.
- Impedir la continuación, cumplimiento o ejecución del presente contrato, en cuyo caso podrá ser causa de resolución del mismo sin que tenga el adjudicatario derecho a reclamar otra cosa que el cobro de los trabajos efectivamente ejecutados hasta el momento, sin derecho alguno al percibo del importe de los que resten por realizarse, ni a la percepción de cualquier otra indemnización.
8 DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato es el que se establece en el apartado E) del cuadro de características, y empezará a contar a partir del día siguiente de su formalización, o desde la fecha que se haga constar en el documento contractual.
9 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRÁMITACIÓN DEL EXPEDIENTE
El contrato al que se refiere el presente Pliego está sujeto a regulación armonizada y se adjudicará por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y con el resto de normas concordantes y complementarias vigentes.
10 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
10.1 La adjudicación recaerá en el licitador que haga la oferta económicamente más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, sino teniendo en cuenta una pluralidad de criterios, y sin perjuicio del derecho de Mutua Universal a declarar desierta la licitación, cuando no exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego.
Si el oferente no presenta la documentación que permita ponderar alguno o algunos de los criterios de adjudicación o aquélla es claramente insuficiente, no se atribuirá al licitador puntuación al calificar dicho criterio.
10.2 Se entenderá que una oferta (de entre todas las “n” ofertas admitidas) es presuntamente anormal o desproporcionada cuando su porcentaje de baja respecto del presupuesto base de licitación sea superior al 20% y además el porcentaje de baja respecto a la media aritmética de las ofertas admitidas sea superior al 10%.
En el supuesto de que únicamente presentará oferta un solo licitador, se considerará oferta desproporcionada o anormal si su proposición económica es inferior en un porcentaje superior a la quinta parte del presupuesto base de licitación.
10.3 De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional cuarta del indicado Texto Refundido, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación.
En caso de empate entre estas empresas, tendrá preferencia en la adjudicación el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
De persistir el empate después de haber aplicado los anteriores criterios, se dirimirá mediante un sorteo.
10.4 Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato, de acuerdo con el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán, por orden decreciente de importancia y con la valoración o ponderación que se les atribuye, los siguientes:
Criterio de Valoración | Puntuación | Valoración Puntos |
Aspectos económicos | ||
Oferta económica (A) | 51 | |
Valoración técnica de la oferta | 49 | |
Memoria prestación del servicio | 0 a 10 | 29 |
Muestras de los envases | 0 a 10 | 10 |
· Informe mensual y acumulado anual | 0 a 10 | 10 |
10.5 Método de valoración de los criterios de adjudicación:
10.5.1 (A) Criterio cuantificable mediante fórmulas: Oferta económica1
Se valorará con una puntuación máxima de 51 puntos, aplicando la fórmula siguiente para las ofertas admitidas:
O = oferta económica a valorar
T = presupuesto base de licitación b = 1 – O/T
P = 51 – {(bmax – b)/7}*100
1 Sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido. Cualquier referencia a aquel Impuesto debe entenderse realizada, igualmente, al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.
10.5.2 Otros criterios: Valoración técnica de la oferta
Se valorará con una puntuación máxima de 49 puntos conforme al siguiente desglose y criterios:
Memoria sobre la prestación del servicio: se valorará en este apartado, con un máximo de 29 puntos, la memoria de prestación del servicio en la que deberá indicar como se dará cumplimiento a lo estipulado en el punto 4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y sus sucesivos apartados.
cualitativo de 0 a 10
Muestras de los envases: se valorará en este apartado, con un máximo de 10 puntos, las muestras presentadas de envases en los que se realizarán las recogidas de los residuos que se indican en el punto 3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
cualitativo de 0 a 10
Informe mensual y acumulado anual: se valorará en este aparatado, con un máximo de 10 puntos, el informe mensual y acumulado anual, que se indica en el punto 9 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
Método de valoración:
Se valorará la presentación de los modelos de informe solicitados de acuerdo a lo establecido en el apartado nº 5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Se valorará que la empresa adjudicataria informe a Mutua Universal de qué tecnologías dispone y cómo tiene organizado el circuito documental entre los diferentes interlocutores.
Cualitativo de 0 a 10
Toda la documentación requerida para optar a la presente licitación se entregará en soporte papel del tamaño DIN A4, y en soporte CD o USB con tamaño de letra Arial 10 e interlineado sencillo, con un índice numerado de acuerdo a los apartados definidos y un máximo de 30 páginas .
En caso de que se presenten proposiciones técnicas con más de 30 páginas, solo se valorará el contenido de las 30 primeras páginas.
La puntuación mínima, de la oferta técnica, para ser adjudicatario será
de 30 puntos.
11 CAPACIDAD PARA CONTRATAR
11.1 Sólo podrán contratar con Mutua Universal las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén
incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en su caso, se encuentren debidamente clasificadas.
11.2 Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
11.3 Los licitadores tendrán que aportar la documentación acreditativa de su capacidad y de la representación de las personas que actúen en su nombre de conformidad con lo determinado a continuación:
11.3.1 Persona jurídica: Caso que el licitador sea una persona jurídica española, la acreditación se realizará mediante copia autenticada de la Escritura o documento de constitución, Estatutos o Acta fundacional, en los cuales conste su objeto social o actividad así como las normas por las cuales se rige dicha persona jurídica y, asimismo cualquier modificación de tales documentos, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, y copia autenticada de la tarjeta de identificación fiscal.
Además, las personas jurídicas han de tener una finalidad, objeto o ámbito de actividad, según sus estatutos o normas fundacionales, relacionadas con el objeto del contrato. Asimismo, cuando se trate de una sociedad profesional, sus miembros han de disponer de la habilitación empresarial o profesional que, si cabe, sea exigible para la realización de la actividad según la normativa vigente.
11.3.2 Persona física: Caso que el licitador sea una persona física española, la acreditación antes citada se hará mediante la presentación de copia autenticada de la tarjeta de identificación fiscal. También será necesaria la acreditación, si es el caso, del nombre comercial con el que opera en el tráfico mercantil. Además, las personas naturales han de disponer de la habilitación empresarial o profesional que, si cabe, sea exigible para la realización de la actividad según la normativa vigente.
11.3.3 Empresas comunitarias o de Estados miembros del Espacio Económico Europeo: Tendrán capacidad para contratar con Mutua Universal las personas jurídicas o físicas del Espacio Económico Europeo las cuales, de conformidad con la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. La capacidad de obrar de estas empresas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o de una certificación, a que hace referencia el apartado 1 del anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en aquél el servicio de que se trate, habrán de acreditar que cumplen con ese requisito.
11.3.4 Otros empresarios extranjeros: Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o no suscriptores del
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española en el Estado correspondiente o de la oficina consular en el ámbito territorial en el cual radique el domicilio del empresario, que figuren inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o bien que actúen de forma habitual en el tráfico local dentro del ámbito de la actividad a las cuales se extiende el objeto del contrato. Asimismo, han de presentar informe, que se acompañará a la documentación que se presente, conforme el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga.
11.3.5 Firmante de la oferta: También se aportará el documento o documentos autenticados que acrediten la legítima y suficiente representación del firmante de la oferta, incluida copia autenticada de su Documento Nacional de Identidad o documento que acredite su identidad.
11.3.6 Uniones Temporales de Empresas: Podrán presentarse ofertas por uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación. En todo caso aportarán:
a) Un compromiso suscrito por las empresas de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarias.
b) El nombre y circunstancias de las empresas que quieren constituir la unión.
c) El porcentaje en que cada una participará en la unión temporal de empresas.
Estas empresas quedarán obligadas solidariamente ante Mutua Universal y tendrán que nombrar un representante o apoderado de la unión con facultades suficientes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción. Cada uno de los componentes de la unión temporal acreditará su capacidad de conformidad con aquello requerido en el presente apartado.
Las proposiciones presentadas por una Unión Temporal de Empresas han de ser firmadas por los representantes de todas las empresas que la componen o se hayan comprometido a constituirla.
11.3.7 Prohibiciones de contratar, obligaciones tributarias y de Seguridad Social: Los licitadores tendrán que aportar una declaración responsable que se acompaña como Anexo IV, manifestando que no concurre en la empresa licitadora ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con mención expresa a la circunstancia de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
En caso que la empresa no esté obligada a estar dada de alta en algún tributo, a tributar o bien al cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social, de conformidad con la legislación vigente, esta circunstancia se hará constar mediante declaración responsable especificando el supuesto legal de exención que le es aplicable.
12 CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
Conforme al apartado G) del cuadro de características que encabeza este Pliego, no se exige clasificación.
No obstante, y en el supuesto de que la empresa licitadora presentara clasificación, únicamente acreditará su solvencia cuando dicha clasificación sea la correspondiente al Grupo R – Subgrupo 05– Categoría 2, todo ello de conformidad con el artículo 74.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación.
Si estuviera tramitándose la clasificación, el licitador deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo que se otorgue para subsanación de defectos tras la apertura del sobre nº 1.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la indicada Ley, no será exigible la clasificación como contratistas a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia.
13 SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
13.1 La solvencia económica y financiera se acreditarán mediante la aportación de los documentos siguientes:
- Seguro de indemnización por responsabilidad civil, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior a 600.000,00 €.
Acreditación:
Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.
- Compromiso de suscribir, si resulta adjudicatario y en el plazo fijado en el apartado 23 de este pliego, la renovación o prórroga de la póliza.
En el supuesto de personas jurídicas pertenecientes a un grupo de sociedades y a efectos de la valoración de su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al
grupo, siempre y cuando la persona jurídica en cuestión acredite que tendrá efectivamente a su disposición, durante el plazo a que se refiere el artículo
70.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
13.2 La solvencia técnica o profesional de los licitadores se apreciarán teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse por los siguientes medios:
- Una relación, suscrita por el empresario o representante legal de la empresa, de los principales servicios realizados en los últimos cinco años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV1, incluyendo importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
Acreditación:
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante:
Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público.
Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
El importe anual, sin incluir los impuestos, que el licitador deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato será igual o superior al 70% de su anualidad media, equivalente a 105.000€
- Autorización emitida por el organismo competente para la ejecución del objeto de esta licitación (gestor de residuos autorizados, transporte de residuos). En el caso de tratamiento de residuos, será necesario presentar una relación donde se especifiquen las plantas donde se realizará, acompañado de las autorizaciones pertinentes.
Acreditación:
Para acreditar la gestión y seguimiento adecuado el licitador deberá aportar los documentos siguientes:
Modelo de Solicitud de Admisión de Residuos Peligrosos y No Peligrosos.
Modelo de Documentos de Aceptación de residuos peligrosos.
Modelo de Documentos de Control y Seguimiento.
Modelo Documento de Identificación.
1 Vocabulario Común de Contratos (CPV), según el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007
Modelo Contrato Tratamiento.
Modelo de las Notificaciones de Traslado y solicitudes de admisión.
Albaranes o documento equivalente para resto de residuos.
Modelo Ficha de Aceptación de Residuos (específico para Cataluña).
Modelo Ficha de Seguimiento de Residuos (específico para Cataluña).
- Declaración sobre la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, indicando el porcentaje global de subcontratación propuesto. Adicionalmente, deberá aportar un documento donde indique los nombres o razón social de los subcontratistas propuestos, indicando experiencia, cualificación de la empresa y del personal, maquinaria y herramientas disponibles para la ejecución del contrato.
En el supuesto de que no se proponga subcontratación, se deberá adjuntar una declaración indicando tal circunstancia.
Aquellas ofertas que no reúnan los requisitos mencionados, se considerará que no pueden acreditar los aspectos especiales de solvencia profesional, por lo que serán excluidas.
14 OTROS MEDIOS PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN Y LA SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
14.1 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado: El certificado de la inscripción en el citado registro acreditará las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y su capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que hayan de constar en el mismo. En todo caso, será necesario aportar la documentación exigida en los aspectos relativos a la solvencia técnica o profesional.
14.2 Declaración responsable sobre mantenimiento de los datos: Estos certificados habrán de ir acompañados de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
14.3 Documentación previamente entregada a Mutua Universal: Caso que toda o parte de la documentación relacionada a continuación ya se hubiera entregado a Mutua Universal y no hubiera sido objeto de ninguna modificación o actualización, siendo por tanto de plena vigencia, no será necesario que el licitador la aporte de nuevo siempre y cuando acompañe, debidamente cumplimentada y bajo su responsabilidad, certificación de la vigencia de dicha documentación.
14.4 Certificados comunitarios de clasificación: En los términos previstos en el artículo 84 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
14.5 Documento europeo único de contratación: En los términos previstos en el artículo 59 de Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de
26 de febrero de 2014, y el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
15 PROPOSICIONES
15.1 Todo licitador interesado podrá presentar una sola proposición, por sí o por medio de representante/s debidamente autorizado/s. Asimismo, no podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
A tal efecto cumplimentará la solicitud cuyo modelo se une al presente Pliego como Anexo II, y su sola presentación implica la aceptación incondicionada del firmante de todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como la declaración responsable de que reúne las condiciones exigidas para tomar parte en la presente licitación. Esta solicitud se acompañará de forma independiente a los sobres que se citan en el siguiente apartado, al objeto de que sea debidamente sellada por el Área de Contratación de Mutua Universal
– Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10.
15.2 Las proposiciones serán secretas, tal como establece el artículo 145.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hasta el momento de la licitación pública.
15.3 Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 140.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los empresarios podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal.
15.4 El órgano de contratación facilitará copia de dicha documentación a los licitadores que lo soliciten.
15.5 Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 140.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los empresarios podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal.
16 MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
16.1 Todas las proposiciones y su documentación se presentarán por escrito, redactadas en castellano.
Igualmente, la totalidad de la documentación que presenten las empresas extranjeras deberá estar traducida de forma oficial al castellano.
16.2 Los licitadores presentarán, además de la solicitud a que se refiere el apartado anterior, TRES sobres cerrados, señalados con los números 1, 2 y 3.
Cada uno de ellos deberá estar identificado en su exterior, debiendo constar los siguientes datos:
- El objeto de la licitación a la que concurre.
- Número de expediente.
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- Dirección, teléfono y fax de la empresa, a efecto de notificaciones.
- Dirección de correo electrónico, a efecto de notificaciones
- Firmado por el licitador o persona que lo represente.
17 CONTENIDO DE LOS SOBRES, DOCUMENTACIÓN A APORTAR
17.1 Todos los documentos exigidos deberán ser originales o copias autenticadas de los mismos, según se indica. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que se estime fundamental para considerar la oferta.
En el interior de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente.
17.2 El sobre número 1, relativo a la documentación general, contendrá los siguientes documentos y se aportará el CD o memoria USB que se indica:
17.2.1 Índice numerado de los documentos presentados en el sobre.
17.2.2 Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar de acuerdo con lo establecido en la cláusula 11 y 14.
17.2.3 Documento indicando un número de fax y una dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones, presentando en este caso el Anexo VIII de aceptación expresa de la comunicación electrónica en la licitación. Esta dirección servirá a efectos de notificación conforme al art. 151.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.2.4 En su caso, modelo Anexo IX aceptando la firma electrónica del contrato a través de la herramienta disponible en el apartado
<Registro Contratistas – Plyca Portal> que consta en el espacio
<Perfil de Contratante> en la web pública de Mutua Universal (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx).
17.2.5 En su caso, una declaración sobre grupo empresarial cuando empresas del mismo grupo estén en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y concurran a una misma licitación (individualmente o en UTE), haciendo constar las denominaciones sociales de las citadas empresas, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de presentación de esta declaración se entenderá como declaración, por parte del licitador, que no concurre esta circunstancia.
17.2.6 Para las empresas extranjeras, y siendo que el contrato se ejecutará en España, deberá también acompañarse la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier
orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
17.2.7 Designación por parte del licitador del interlocutor para atender reclamaciones de cualquier tipo, donde se indique también el número de teléfono directo, dirección de correo electrónico y el FAX.
17.2.8 La solvencia económica y financiera se acreditará mediante lo dispuesto en las cláusulas 13 y 14 del presente Pliego.
17.2.9 La solvencia técnica o profesional de los licitadores se acreditará mediante lo dispuesto en las cláusulas 13 y 14 del presente Pliego.
17.2.10 En su caso, la documentación que acredite la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento de la misma, en base a la cual pueda ser aplicada la preferencia en la adjudicación en caso de igualdad, según se expone en el punto 10.3 de este Pliego.
NOTA: Debe incluirse en este sobre un CD o memoria USB que contenga la totalidad de los documentos indicados anteriormente en imágenes en formato “pdf” (Adobe Acrobat).
17.3 El sobre número 2, relativo a la documentación técnica contendrá los siguientes documentos y se aportará el CD o memoria USB que se indica:
a) Índice numerado de los documentos presentados en este sobre.
b) Memoria de la prestación del servicio en la que deberá de indicar como se dará cumplimiento a lo estipulado en el punto 4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y sus sucesivos apartados.
c) Muestras de los envases en los que se realizarán las recogidas de los residuos que se indican en el punto 3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
d) Informe mensual y acumulado anual que se indica en el punto 9 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas
Presentación de los modelos de informe solicitados de acuerdo a los establecido en el apartado nº 5 xxx xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Informe a Mutua Universal de qué tecnologías dispone y cómo tiene organizado el circuito documentas entre los diferentes interlocutores.
NOTA: Debe incluirse en este sobre un CD o memoria USB que contenga la totalidad de los documentos indicados anteriormente en imágenes en formato “pdf” (Adobe Acrobat).
NOTA: De incluirse en los sobres 1 ó 2, relativo a la documentación general y a la propuesta técnica, referencias o anotaciones sobre el
valor económico de la oferta que debe presentarse en el sobre 3, la proposición no será admitida.
17.4 El sobre número 3, relativo a la proposición económica, deberá contener dicha proposición, debidamente firmada y fechada, formulando los importes en número y letra, con arreglo al modelo inserto en el presente Pliego como Anexo III. Asimismo, se aportará un CD que contenga dicho documento en imágenes en formato “pdf” (Adobe Acrobat).
Cada oferta incorporará la proposición económica de acuerdo con lo estipulado en este Pliego:
a) Importe total
b) Importes unitarios.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido1 o IGIC que deba ser repercutido.
En la oferta económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas.
Cada licitador solamente podrá presentar una oferta económica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a lo no admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá esta última.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Mutua estime fundamental para la oferta.
No obstante, lo anterior, si en el acto de apertura se observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará mediante fax al licitador, para que, en un plazo no superior a 3 días hábiles, contados a partir del día en que se celebre dicho acto, los corrija o subsane, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador que en el plazo concedido no subsane los defectos correspondientes. La Mesa de Contratación dejará constancia de lo actuado en la correspondiente acta.
18 PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Los tres sobres junto con la solicitud (Anexo II), deberán presentarse en mano, en la sede del Área de Contratación de Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, sita en la Xxxx. Xxxxxxxx, xx 00-00, xx Xxxxxxxxx (X.X. 00000), dirigidos a la Presidencia de la Mesa de Contratación, los días hábiles de lunes a viernes de 9 a 14 horas, antes de las CATORCE HORAS
1 Cualquier referencia a aquel Impuesto debe entenderse realizada, igualmente, al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas.
del último día del plazo de admisión que se señale en el perfil del contratante de la Entidad, cuya dirección electrónica figura en el apartado 5 de este Pliego.
Asimismo, podrán ser enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado, debiendo el empresario justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación de la Mutua la remisión de la oferta mediante fax, télex o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, está no será admitida en ningún caso.
19 MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación estará constituida por el Director del Área de Inmuebles y Compras Generales, en calidad de Presidente, y dos vocales nombrados por el área funcional a que el contrato se refiera, un vocal independiente y un asesor jurídico que actuará como secretario, actuando estos dos últimos miembros con voz, pero sin voto.
20 EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
20.1 Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación se reunirá para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A estos efectos, el Presidente ordenará la apertura de los sobres que contienen la documentación general (sobre número 1), debiendo certificarse por el Secretario de la Mesa la relación de documentos presentados por cada licitador.
La documentación será examinada por la Mesa de Contratación, acordando la admisión o rechazo, en su caso, de aquella proposición incompleta y no subsanable.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará mediante fax al licitador, para que en un plazo no superior a 3 días hábiles los corrijan o subsanen, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador que en el plazo concedido no subsane los defectos correspondientes. De lo actuado en la reunión se dejará constancia en la correspondiente acta.
20.2 La Mesa, una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección, fijados en este Pliego, con pronunciamiento expreso, mediante la correspondiente acta, sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de rechazo.
21 APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ADMITIDAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
21.1 El acto público de apertura de los sobres número 2 que contengan la proposición técnica se efectuará públicamente ante la Mesa de Contratación, constituida al efecto en el lugar, día y hora que se señale en el anuncio de la presente licitación publicado en el perfil de contratante de Mutua Universal.
21.1.1 Comenzará el acto de apertura de las proposiciones con la lectura del anuncio del contrato, procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas. Seguidamente, se dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los licitadores para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa en idénticas condiciones en que fueron entregados.
21.1.2 El Presidente manifestará el resultado de la admisión de los licitadores de las proposiciones presentadas, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de la inadmisión de éstas últimas.
21.1.3 Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos
21.2 La apertura de los sobres número 3 que contengan la proposición económica se efectuará públicamente ante la Mesa de Contratación, constituida al efecto en el lugar, día y hora que igualmente se señale en el anuncio de la presente licitación publicado en el perfil de contratante de Mutua Universal. En dicho acto se pondrá en conocimiento de los licitadores la valoración previa de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor.
21.3 No obstante lo anterior, si en el acto de apertura se observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará mediante fax al licitador, para que en un plazo no superior a 3 días hábiles, los corrija o subsane, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador que en el plazo concedido no subsane los defectos correspondientes. La Mesa de Contratación dejará constancia de lo actuado en la correspondiente acta.
21.4 En caso de discrepancias entre las proposiciones que obren en poder de la Mesa y las que como presentadas se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o que se presenten dudas sobre las condiciones xx xxxxxxx en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido, volviéndose a anunciar, en su caso, nuevamente en el perfil de contratante de Mutua Universal la reanudación del acto público una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma.
21.5 Antes de la apertura de la primera proposición, bien del sobre número 2 ó número 3 se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
21.6 Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el
importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en informe motivado. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
21.7 Cuando se identifique una propuesta que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato.
Si considerando la justificación efectuada por el licitador, se estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, se excluirá de la clasificación y se acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
21.8 La Mesa de contratación elevará al Órgano de Contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el punto 10.4 del presente Pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones, incluidas las proposiciones de los licitadores.
21.9 La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a Mutua Universal, mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación.
22 ADJUDICACIÓN
22.1 A la vista de la propuesta de la Mesa de contratación, el Órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios establecidos en el apartado 10 de este Pliego, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se indica en el apartado 23 de este Pliego.
22.2 El Órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación que se indica en el apartado 23 de este Pliego.
22.3 No obstante lo previsto en el punto 22.1, la adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el Órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos emitidos en el procedimiento realizada en cumplimiento del artículo 152.3 del citado Texto Refundido.
22.4 El Órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Pliego.
22.5 Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios el plazo para efectuar la adjudicación será como máximo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará en 15 días hábiles en el supuesto previsto de ofertas con valores anormales o desproporcionados.
22.6 Cuando el Órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación deberá motivar su decisión.
22.7 La adjudicación se adoptará por el Órgano de contratación en acuerdo motivado que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil de contratante del Órgano de contratación.
22.8 Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición del recurso especial en materia de contratación sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si estos no retiran su documentación en los cuatro meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, Mutua Universal no estará obligada a seguirla custodiando.
23 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR
23.1 El licitador deberá presentar, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles contados desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de Contratación, la documentación que se relaciona a continuación.
23.2 La acreditación de que el licitador está al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social se realizará mediante la entrega de los documentos que se relacionan a continuación con carácter previo a la formalización del contrato:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Toda esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del citado Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por Tesorería General de la Seguridad Social. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses
23.3 La garantía, en caso de ser exigible, según el apartado D) del cuadro de características que encabeza este Pliego.
23.4 En su caso, deberá presentar documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
23.5 Certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente que designe para el pago del precio del contrato.
23.6 En su caso, deberá presentar documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
23.7 En su caso, declaración relativa a requisitos de pequeña o mediana empresa, según el Anexo VII.
23.8 Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento de la póliza de seguro de responsabilidad civil que se detalla a continuación:
- Póliza de seguro de responsabilidad civil que deberá renovarse anualmente, hasta la fecha de finalización del presente contrato con inclusión de las prórrogas previstas en el mismo y con un capital asegurado de 600.000 € que cubra los daños originados a bienes de Mutua Universal y a personas ajenas al adjudicatario que se ocasionen con motivo de los trabajos derivados del presente contrato.
En caso que el licitador tenga suscrita una póliza de seguro de RC por importe inferior al solicitado en el presente Pliego, deberá formalizar la ampliación de capital asegurado hasta garantizar el mínimo exigido
23.9 En el supuesto de que el contrato fuera adjudicado a una unión temporal de empresas, en cualquier régimen jurídico legalmente admitido, éstas deberán acreditar su constitución en Escritura Pública, en el plazo otorgado para la formalización del contrato, y el código de identificación fiscal asignado a la unión temporal de empresas.
Previamente a la constitución de la unión temporal de empresas, Mutua Universal deberá validar el contenido de los estatutos de creación de dicha unión para verificar que la misma garantiza:
- La responsabilidad solidaria ante Mutua Universal por los actos y operaciones en beneficio común.
- El correcto aseguramiento de los riesgos derivados de posibles problemas entre las empresas que formen la unión temporal.
23.10 El incumplimiento de la presentación de la documentación por parte de la empresa requerida, indicada en los puntos anteriores de este apartado y en los términos expresados, en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
24 GARANTÍA
24.1 El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir, en caso de exigirse, y poner a disposición del Órgano de contratación, la garantía que se indique en el apartado D) del cuadro de características.
24.2 La constitución de esta garantía deberá efectuarse por el licitador requerido en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del Órgano de Contratación.
24.3 La garantía deberá constituirse mediante aval, debiendo entregar la documentación justificativa correspondiente en el área de Contratación de Mutua Universal.
24.4 El aval se realizará de acuerdo al formato que se adjunta como Anexo VI.
24.5 Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación.
Lo anteriormente indicado no será de aplicación en el supuesto de que el importe del reajuste de la garantía fuera inferior a 2.000,00 €.
25 NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
25.1 La adjudicación del contrato se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil de contratante del Órgano de contratación de Mutua Universal.
25.1 La notificación se realizará al número de fax indicado por las empresas licitadoras o a la dirección de correo electrónico según el Anexo VIII y
contendrá información sobre los candidatos descartados y las razones por las que se haya desestimado la candidatura, así como los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación y las razones por las que no se haya admitido su oferta. En todo caso se indicará el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de que haya sido seleccionada su oferta y el plazo en que deberá formalizarse el contrato.
26 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
26.1 El contrato se perfeccionará mediante la formalización y ésta se realizará por escrito, pudiendo realizarse, de manera ágil y con garantía de autenticidad de los documentos, por medios electrónicos a través de la herramienta disponible en el apartado <Registro Contratistas – Plyca Portal> que consta en el espacio <Perfil de Contratante> en la web pública de Mutua Universal (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx), previo registro del/de los representante/s legal/es de la empresa adjudicataria que vayan a proceder a la firma del contrato, y dispongan de un certificado digital de una Autoridad de Certificación reconocida.
26.2 La formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación al licitador.
26.3 Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, el Órgano de Contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días naturales desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
26.4 La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante y en el Boletín Oficial del Estado, enviándose además un anuncio de dicha formalización al Diario Oficial de la Unión Europea en un plazo no superior a cuarenta y ocho días naturales desde la fecha de la misma.
26.5 El documento en que se formalice el contrato será en todo caso privado, al que se unirá como anexo un ejemplar del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que serán firmados en todas sus páginas por el adjudicatario, considerándose a todos los efectos parte integrante del contrato. No obstante, el contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento, comprometiéndose en este caso el adjudicatario a entregar a Mutua Universal una copia autorizada y otra simple de dicha escritura dentro del plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha de otorgamiento.
26.6 Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, Mutua Universal podrá acordar la resolución del mismo, pudiendo reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
26.7 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
III. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
27 PLAZO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
27.1 El plazo de ejecución del contrato es el que se establece en el apartado E) del cuadro de características, y empezará a contar a partir del día siguiente de su firma o desde la fecha que se haga constar en el documento contractual.
27.2 El Órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato perteneciente a la plantilla de Mutua Universal, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
27.3 El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de condiciones particulares y en el de prescripciones técnicas, así como a las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el Órgano de contratación.
27.4 El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista y será de su cuenta indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen tanto a Mutua Universal
– Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, como a sus empresas asociadas o a terceros, como consecuencia de las actuaciones que requieran la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de Mutua Universal.
27.5 El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para Mutua Universal o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
27.6 El contratista proporcionará a Mutua Universal la información necesaria para el seguimiento de los servicios realizados.
27.7 El contratista contará con el personal necesario para la ejecución del contrato, siendo Mutua Universal del todo ajena a dichas relaciones laborales. El contratista procederá inmediatamente, si fuere necesario, a la sustitución del personal preciso de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada. En todo caso, el adjudicatario facilitará a petición de Mutua Universal una relación del personal, el cual se someterá a las normas de control y seguridad establecidas internamente por Mutua Universal
27.8 El contratista deberá contar con toda la información, elementos y equipamiento necesarios para la realización de todos los trabajos a su cargo, a fin de evitar contratiempos e interrupciones, por causas a él imputables, que incidan en el cumplimiento de los trabajos descritos en el pliego de prescripciones técnicas, no pudiendo efectuar ninguna reclamación al respecto.
27.9 El contratista no será responsable de retrasos, interrupciones de prestación del servicio previsto debido a causas de fuerza mayor ajena a su voluntad, tales como: inundaciones, catástrofes, incendios, etc.
27.10 Cuando el contrato se adjudique a una empresa en virtud del criterio preferencial previsto en el punto 10.3 del presente Pliego, el adjudicatario estará obligado a mantener la vigencia del porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato adjudicado, o, en su caso, durante el plazo de garantía si la ejecución no se realizara en tracto sucesivo. El incumplimiento de tal condición será causa de resolución del contrato adjudicado, debiendo constar en el mismo como tal causa de resolución.
27.11 Cuando la ejecución del contrato así lo aconseje, Mutua Universal, Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, nº 10, podrá recabar del contratista la designación de una persona que actúe como delegado suyo, previa aceptación por Mutua Universal, para organizar la realización del contrato a interpretar y poner en práctica las observaciones para el exacto cumplimiento del contrato que le fueren formuladas por el Órgano de Contratación.
27.12 El contrato que regula este Pliego se establece por precios unitarios por lo que el presupuesto de licitación es únicamente estimativo y el compromiso contractual es exclusivamente por los servicios realizados y su abono a los precios unitarios establecidos por dichos servicios. Mutua Universal no tendrá ninguna responsabilidad ni obligación contractual adicional a remunerar los servicios no realizados en caso que el número de servicios encargados sea menor que la estimación de servicios detallada en el Pliego de prescripciones técnicas.
28 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Además de las obligaciones generales, derivadas del régimen jurídico del presente contrato, se atenderán especialmente a las siguientes obligaciones:
28.1 El contratista está obligado, bajo su exclusiva responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en material laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
28.2 El contratista está obligado a comunicar a Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, en un plazo de 15 días naturales contados a partir de la fecha en que se haya notificado la adjudicación del contrato, su domicilio, o, en su caso, el de su representante o delegado, a efectos de recibir en él los avisos y notificaciones que requiera la ejecución del contrato, debiendo comunicar al mismo Órgano de Contratación cualquier cambio futuro.
28.3 Serán a cargo del adjudicatario todos los gastos e impuestos que se deriven de la publicación de los anuncios de licitación, adjudicación y formalización en Boletines Oficiales, así como los que se originen por la formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública, y todos los demás exigibles por las disposiciones vigentes.
Los citados gastos de publicación, estimados en 600,00 €, deberán ser abonados a Mutua Universal por parte del adjudicatario tras la formalización del contrato y con anterioridad al inicio de la ejecución del contrato.
28.4 El contratista estará obligado a seguir el procedimiento y protocolo interno establecido por Mutua Universal en cuanto a los requisitos de modelo de
factura y detalle de las prestaciones realizadas requerido, así como a su sistema de pago.
29 FACULTADES DE MUTUA UNIVERSAL
Cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
30 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario del contrato podrá subcontratar hasta un 30%65% del valor de adjudicación, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
30.1 El adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a Mutua Universal la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
30.2 Junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a Mutua Universal del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como estar al corriente de pago en obligaciones tributarias y de seguridad social. Dicha acreditación deberá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista.
30.3 En el caso de que el objeto de la subcontratación conlleve el tratamiento de datos de carácter personal, el subcontratista se deberá ajustar a las instrucciones de Mutua Universal en cuanto a lo referido a la protección de datos de carácter personal, debiendo el adjudicatario suscribir un contrato con la empresa subcontratada en los términos previstos en el presente contrato y siempre de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (LOPD), y en los artículos 20 y siguientes de su Reglamento de Desarrollo, Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. El subcontratista deberá comprometerse, expresamente y por escrito, a asumir obligaciones idénticas a las establecidas para el adjudicatario en el presente contrato. Mutua Universal podrá solicitar al adjudicatario copia del contrato que formalice con el subcontratista. El adjudicatario deberá controlar la calidad y el nivel de cumplimiento de las obligaciones de los subcontratistas con la misma diligencia que debe emplear en el cumplimiento de sus propias obligaciones.
30.4 Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la propuesta incluida en el sobre 1, por celebrarse con empresarios de perfil empresarial distinto a lo indicado en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado la justificación que se indica en el punto 32.1, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que Mutua Universal no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos.
30.5 La infracción de las condiciones indicadas en los párrafos anteriores para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista, podrá dar lugar, en todo caso, a la resolución del contrato.
30.6 El contratista debe obligarse a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en unos plazos y condiciones que no podrán ser más desfavorables que los previstos para las relaciones entre Mutua Universal y el contratista, y se computarán de acuerdo con lo previsto en el presente Pliego.
30.7 Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a Mutua Universal, con arreglo estricto al Pliego de condiciones particulares y a los términos del contrato.
30.8 El conocimiento que tenga Mutua Universal de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones a que se refiere los puntos 32.1 y 32.2, no alterarán la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
30.9 En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 o que no estén al corriente de pago tanto de obligaciones tributarias como de seguridad social.
31 RECEPCIÓN DEL CONTRATO
31.1 El responsable del contrato designado por Mutua Universal determinará, de acuerdo con los pliegos que rigen el contrato, si la prestación realizada por el adjudicatario se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción, con carácter previo al procedimiento establecido para el pago de la prestación contratada.
31.2 Si los trabajos realizados no se adecuasen a la prestación contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al adjudicatario, Mutua Universal podrá rehusar, quedando exenta de la obligación de pago.
31.3 Dentro del plazo de un mes, a contar desde la finalización del contrato, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
32 GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES
32.1 El adjudicatario deberá garantizar los servicios objeto de la presente licitación durante toda la vigencia del contrato, obligándose a realizar los cambios necesarios para solventar las deficiencias detectadas imputables a la firma adjudicataria si así lo solicita Mutua Universal.
32.2 Durante este período, el adjudicatario se compromete a resolver satisfactoriamente todas aquellas incidencias o defectos detectados en la prestación del servicio, imputables a él por acción u omisión. La resolución
de dichas incidencias o defectos deberá garantizar la solución del error detectado y que toda la documentación relacionada con los mismos se actualice correctamente.
32.3 Durante dicho plazo la garantía responderá de la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a Mutua Universal por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de le ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
32.4 Si el Órgano de Contratación de Mutua Universal estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al adjudicatario y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
33 PENALIZACIONES
El adjudicatario realizará las prestaciones objeto del contrato con relación a los parámetros de calidad exigibles para su desarrollo.
En caso de incumplimiento del contrato, Mutua Universal tendrá la facultad, en función de la gravedad, de aplicar penalizaciones, o, alternativamente resolver el contrato.
En cualquier caso, la acumulación de penalizaciones o la reiteración en el incumplimiento de un tipo de indicador podrá ser motivo de resolución del contrato.
El hecho de que se estipulen penalizaciones es una garantía para evitar cualquier tipo de incumplimiento del contrato y, por tanto, su aplicación debe entenderse como una medida de fuerza mayor.
Las penalizaciones se podrán imponer en base a los siguientes indicadores:
32.1 Faltas leves:
Se considerarán faltas leves aquellas que, afectando desfavorablemente a la prestación del servicio, no sean debidas a causas voluntarias o deficiencias en la ejecución, ni lleven unido peligro a personas o cosas, ni reduzcan la vida económica del vestuario, ni causen molestias a los usuarios.
a) A la falta de entrega de albaranes conformados o documentación exigida debidamente cumplimentada se le aplicará una penalización equivalente al 25% de la parte correspondiente al importe mensual del contrato del centro objeto de la falta.
32.2 Faltas graves:
Se considerarán faltas graves aquellas que afecten desfavorablemente a la prestación del servicio y sean debidas a causas voluntarias, a una realización deficiente del control de calidad o causen molestias a los usuarios.
La reiteración o reincidencia en faltas leves de la misma naturaleza en un mes, asociadas a un mismo centro de trabajo, aún en el caso de que no hubiese mediado penalización, y previo informe por escrito a la empresa adjudicataria.
Se aplicará una penalización doble de la señalada por los correspondientes casos: La negativa a la prestación del servicio sin justificación.
Incumplimiento del nivel de servicio propuesto por el licitador.
Conductas indebidas o uso indebido de las instalaciones y medios de Mutua Universal a las que tenga acceso el personal que preste los servicios.
La vulneración de la confidencialidad.
32.3 Faltas muy graves:
Se considerarán faltas muy graves aquellas actuaciones que sean debidas a causas voluntarias o a una realización deficiente del control de calidad o de los trabajos efectuados y que puedan ocasionar peligro a personas o cosas y/o que reduzcan la vida económica de los inmuebles o componentes de las instalaciones.
a) La reiteración o reincidencia en un mismo trimestre, en faltas graves
de la misma naturaleza, incluso en las originadas por reiteraciones en faltas leves, aún en el caso de que no hubiesen mediado penalizaciones, y previa notificación por escrito al adjudicatario se aplicará una penalización doble de la señalada para los correspondientes casos xx xxxxxx graves.
b) La mala ejecución de los trabajos de manera sistemática, hecha su advertencia por escrito en tres intervenciones diferentes, para un mismo centro, conllevará una penalización de 500 euros por actuación.
c) La falta de respuesta adecuada de avisos de carácter urgente o, en cualquier hora o día del año se sancionará con 500 euros por infracción y día. El importe de las penalizaciones será deducido de la primera facturación que se emita una vez se confirme la imposición de las mismas.
La acumulación de tres faltas graves o muy graves en un trimestre será motivo para que Mutua Universal proponga la resolución del contrato.
Las anteriores penalizaciones no se aplicarán cuando las demoras sean ocasionadas por causa fortuita o fuerza mayor.
Las situaciones extraordinarias serán evaluadas y aprobadas, por mayoría, por una comisión de seguimiento formada por dos representantes por parte de Mutua Universal y el adjudicatario.
En caso de incumplimiento grave, se dará apercibimiento por escrito al adjudicatario. Estos apercibimientos podrán ser tenidos en cuenta, como factor negativo, en futuros Pliegos de condiciones particulares de licitaciones por los servicios objeto de este contrato que Mutua Universal pueda establecer en el plazo de los siguientes 5 años a contar desde el último apercibimiento.
El apercibimiento por escrito conllevará una penalización equivalente al 10% de la facturación del mes correspondiente.
Como regla general, quedan excluidas las penalizaciones señaladas con los números 1 y 2 cuando:
- Existan situaciones extraordinarias que den lugar a alteraciones que desvirtúen la medida.
- Existan causas de fuerza mayor.
Las situaciones extraordinarias serán evaluadas y aprobadas, por mayoría, por una comisión de seguimiento formada por dos representantes por parte de Mutua Universal y el adjudicatario.
Penalizaciones respecto al responsable del servicio: De acuerdo con lo requerido para la acreditación de la solvencia técnica o profesional, se establecerá una penalización en el caso de incumplimiento verificado respecto a la experiencia solicitada para el responsable del servicio propuesto por el adjudicatario.
34 PAGO DEL PRECIO
34.1 El pago del precio del servicio se realizará previa conformidad, por parte del área funcional correspondiente de Mutua Universal, de las facturas presentadas por el contratista, a las que anexará un documento justificativo de los servicios realizados. La documentación que se debe anexar en cada factura:
Albarán del transportista / gestor que realiza la retirada del residuo de los centros con el sello del centro correspondiente de Mutua Universal que verifique la realización del servicio que se factura.
Albarán del gestor que tramita y destruye el residuo indicando el tipo de residuo y la cantidad que ha destruido
Detalle en soporte informático (Excel) que detalle por centros los tipos de recogidas de residuos que se facturan:
- el número de asistencias al centro para recoger residuos.
- el número de contenedores/envases retirados en cada asistencia.
- cantidad de residuo real (litros/kilogramos) recogida en cada asistencia.
- el código centro y dirección según detalle de las relaciones incluidas en los apartados 1 a 9 del apartado 12 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
Esta documentación debe garantizar la trazabilidad del proceso completo del residuo.
34.2 Cada mes se deberán emitir dos facturas:
a) una factura que incluya los servicios que tengan periodicidad establecida y que se hayan realizado dicho mes, especificando en la factura el número de pedido, y el número de contrato el cual será facilitado por Mutua Universal.
b) otra factura que incluya los servicios que se realicen a demanda en la que deberá constar para cada una de las recogidas el número de pedido que previamente serán facilitado por Mutua Universal.
34.3 Los servicios deberán facturarse dentro de un período no superior a dos meses, a contar desde la fecha de la prestación del servicio facturado.
Las facturas deberán obrar en poder de Mutua Universal antes del día 10 del mes siguiente a la prestación del servicio.
De conformidad con la ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, el contratista deberá facturar a Mutua Universal, en su condición de Administración Pública, mediante la denominada factura electrónica que deberá ser presentada en la plataforma digital FACe (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas). La mencionada obligación alcanza a aquellas facturas que individualmente superen la cantidad de 5.000 euros. Dicho importe es el límite obligatorio, es decir, las empresas también podrán remitir electrónicamente facturas inferiores a dicho límite.
El formato de factura electrónica admitido por la plataforma FACe es FACTURAE versión 3.2, para más información sobre dicho formato se puede consultar la dirección xxx.xxxxxxxx.xx, y para mayor información sobre factura electrónica se puede consultar en xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
Dentro del documento de factura electrónica es obligatorio, para la correcta remisión de la factura a Mutua Universal, informar bajo la etiqueta
<BuyerParty> los siguientes “RoleTypeCode”:
RoleTypeCode | CentreCode | Description |
01 | GE0000525 | Oficina Contable |
02 | GE0000525 | Órgano Gestor |
03 | GE0000525 | Unidad Tramitadora |
Name, FirstSurname, SecondSurname | Persona de contacto en mutua Universal |
Por otra parte y al objeto de identificar adecuadamente la ejecución del contrato, en su caso, se deberá informar dentro de la etiqueta <Invoice- Items>:
Schema | Name | Description |
3.1.6.1.5 | ReceiverContractReference | Referencia del contrato del receptor |
3.1.6.1.7 | ReceiverTransactionReference | Referencia del número de pedido |
3.1.6.1.11 | SequenceNumber | Línea de pedido |
3.1.6.1.25 | AdditionalLineItemInformation | Nombre del paciente |
En la factura que se emita, tanto en formato papel o en formato electrónico y tramitación mediante plataforma FACe, según proceda, deberá constar la siguiente información, que previamente será facilitada por Mutua Universal al adjudicatario:
La factura deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Con carácter general la factura indicará Nº de factura, lugar y fecha de emisión y, en relación al emisor de la factura su NIF/CIF, domicilio social, nombre y apellidos o razón social completa.
- Las facturas deberán emitirse a nombre de Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, cuyo CIF es X00000000.
- En la factura deberá constar el nº del contrato que soporta el servicio facturado y que será facilitado por Mutua Universal.
- Las facturas deberán incluir en el mismo documento, o documento adjunto a la misma, la descripción de la totalidad de los servicios facturados.
De conformidad con el artículo 23 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, el contratista deberá incluir en las facturas que emita a Mutua Universal la mención "régimen especial del criterio de caja" en el caso de que se encuentre acogido a dicho régimen especial del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El pago de la factura se realizará en un plazo no superior a 30 días naturales desde la fecha de su recepción, coincidiendo con el día veinte más cercano al vencimiento.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que designe el adjudicatario previa aportación del Certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente que designe para el pago del precio.
En caso de necesidad del servicio extraordinario de limpieza por obras, incidencia en el centro u otra casuística, este se cobrará aparte, cumpliendo los siguientes requisitos:
Solicitud de presupuesto del servicio extra a realizar;
Aprobación por parte de Mutua Universal del presupuesto antes mencionado; Número de pedido a incluir en la factura;
Número de contrato a incluir en la factura;
Dirección de los centros de Mutua Universal objeto de la prestación del servicio;
Mes de servicio.
El abono de la facturación no se realizará hasta que el adjudicatario haya entregado el Manual operativo de limpieza de cada de uno los centros, que previamente debe contar con la aprobación de Mutua Universal.
Las facturas vendrán acompañadas del correspondiente albarán de la limpieza xx xxxxxxxxx, realizada por un peón especialista, indicando las horas efectivamente empleadas en dicha tarea. La falta xx xxxxxxx supondrá la retención de la factura hasta la presentación del mismo.
35 REVISIÓN DE PRECIOS
Conforme al apartado I) del cuadro de características que encabeza este Pliego, no se autoriza la revisión de precios.
36 CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
36.1 La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacerlos públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, por tiempo indefinido después de la finalización del contrato.
36.2 El adjudicatario se compromete a mantener estricta confidencialidad y a no revelar o ceder datos, ni aún para su conservación, o documentos proporcionados por Mutua Universal, a terceros, para cualquier otro uso no previsto como necesario para el desempeño de la prestación objeto de este contrato, especialmente los datos de carácter personal.
36.3 Aún sin estar previsto en el objeto de este contrato, si personal a cargo de la empresa adjudicataria autorizado a la realización de la prestación objeto de contratación tuviera acceso a datos de carácter personal de los que es titular Mutua Universal, comunicará este hecho a personal de Mutua Universal, debiendo cumplir con las obligaciones de discreción que, con respecto a los datos de carácter personal, dispone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley.
36.4 La empresa adjudicataria será responsable de todos los daños y perjuicios directos o indirectos sufridos por Mutua Universal como resultado del incumplimiento de la presente obligación de confidencialidad y de protección de datos. En particular, la empresa adjudicataria será responsable de abonar a Mutua Universal:
- Los gastos que le ocasione su defensa frente a eventuales procedimientos sancionadores o de tutela de derechos incoados por la Agencia Española de Protección de Datos y sus recursos ante los Tribunales competentes.
- El importe de la sanción que, en su caso, pudiera imponer la Agencia Española de Protección de Datos.
- Los gastos que le ocasione su defensa frente a eventuales acciones legales que pudiesen promover los titulares de datos o afectados. Dichos gastos incluirán, en todo caso, los honorarios de los abogados y procuradores implicados en la defensa.
- El importe de las indemnizaciones a los titulares de los datos o afectados que, en su caso, pudiera imponer a los tribunales.
36.5 La información incluida en el contrato relativa a sus firmantes, así como en cualquier otro documento adjunto al mismo en los que éstos figuren, se tratará de forma confidencial por Mutua Universal. Asimismo, estos datos serán incluidos en el fichero de Proveedores del que esta Mutua Universal es titular y responsable. Su finalidad es facilitar la prestación de los servicios y las obligaciones que tiene asignadas Mutua Universal. Las partes firmantes del contrato podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, enviando un escrito dirigido a la dirección de la sede social de Mutua Universal que figura al pie de página de este Pliego.
37 COORDINACIÓN ACTIVIDADES EMPRESARIALES
37.1 En aplicación del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales; la empresa adjudicataria que desarrolle trabajos o preste servicios en las instalaciones de Mutua Universal, deberá previamente al inicio de los trabajos, cooperar en la aplicación de dicha normativa, mediante el cumplimiento del procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales desarrollado por Mutua Universal, que le será entregado con anterioridad al inicio de la ejecución del contrato.
Mediante dicho procedimiento se desarrollarán las actividades de coordinación necesarias y se verificará la existencia o idoneidad de aspectos tales como:
- La modalidad organizativa a nivel de prevención.
- La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
- El listado nominal de trabajadores que van a prestar funciones en nuestros centros de trabajo (esta documentación deberá ser actualizada previa incorporación de nuevos trabajadores).
- La formación e información en materia preventiva de los trabajadores.
- La puesta a disposición de los trabajadores de los equipos de protección individual que, en su caso, fueran necesarios.
- La aptitud médica de estos trabajadores.
- la existencia de un protocolo de actuación en caso de accidente.
37.2 Esta normativa será de aplicación a cualquier trabajador de la empresa adjudicataria que deba acceder a las instalaciones de Mutua Universal para ejecutar el contrato, siendo responsabilidad de la empresa adjudicataria velar porque dicho procedimiento sea cumplido por cualquier otra empresa o trabajador autónomo a los que subcontrate la ejecución del contrato.
37.3 Del mismo modo, todas las empresas subcontratadas deberán cumplir el procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales desarrollado por Mutua Universal, por lo que se deberá entregar una relación completa de todas aquellas empresas que se subcontraten.
38 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
38.1 En su caso, serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias, siempre que no supongan un incremento superior al 50 por ciento del importe de adjudicación, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido:
a) Alteraciones, objetivas y debidamente justificadas, de los parámetros utilizados para el cálculo del presupuesto base de licitación, tales como variaciones en la plantilla o en el nº de centros de Mutua Universal, o en el personal que hace uso de nuestras instalaciones.
Apertura de nuevos centros, nueva reglamentación, incremento del número de asistencias que obligue a aumentar el número de recogidas y o contenedores.
38.2 No se considerará modificación de contrato, en cuanto al cómputo total, la reducción de los servicios respecto a las estimaciones del presupuesto base de licitación por el propio carácter del contrato, definido como de precios unitarios, no teniendo derecho el contratista en caso de supresión o reducción de unidades a reclamar indemnización por dichas causas.
38.3 Para la tramitación de la modificación, se adjuntará al expediente de contratación la siguiente documentación:
- Informe justificativo de la incursión en alguno de los supuestos descritos en el punto 37.1.
- Presupuesto detallado.
- Certificado de existencia de crédito presupuestario para atender las obligaciones que se deriven de la modificación.
- Aprobación de la modificación por el órgano de contratación.
- En su caso, presentación de aval por parte del contratista por el importe del reajuste de la garantía.
38.4 Para las modificaciones que eventualmente puedan surgir durante la ejecución del contrato y no se ajusten a los supuestos descritos en el presente Pliego, se estará a lo dispuesto en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
39 DEVOLUCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA
39.1 Aprobada la liquidación del contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía, y transcurrido el plazo de garantía de las prestaciones realizadas, determinado en el apartado D) del presente Pliego, se acordará, en caso de que hubiera sido exigida, la devolución de aquélla o de cancelación del aval.
39.2 En el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía deberá adoptarse y notificarse el acuerdo de devolución o de cancelación del aval o seguro de caución.
39.3 Transcurridos un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación definitiva hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que esté afecta la garantía.
39.4 El plazo indicado en el apartado anterior se reducirá a seis (6) meses en los siguientes casos:
- Cuando el importe del contrato sea inferior a 1.000.000 (Un millón) de euros, si se trata de un contrato de obras.
- Cuando el importe del contrato sea inferior a 100.000 (Cien mil) euros, en el caso de otros contratos.
- Cuando la empresa licitadora reúna los requisitos de pequeña o mediana empresa, definida por según lo establecido en el Reglamento (CE) nº 800/20082 y no esté controlada directa o indirectamente por otra empresa que no cumpla tales requisitos.
2 De conformidad con el Anexo I del referido Reglamento, la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y
40 EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
40.1 El contrato se extinguirá por su cumplimiento o resolución.
40.2 Serán causas de resolución, además de las ya indicadas en este Pliego, las siguientes:
a) Incumplimiento por cualquiera de las partes de sus obligaciones contractuales, así como de los requisitos y obligaciones establecidas en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, previo aviso fehaciente con antelación mínima de un mes. El incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del contrato o de los servicios contratados, dará lugar a que Mutua Universal resuelva el contrato y exija la indemnización de daños y perjuicios.
b) La falta de pago de los servicios facturados, siempre que no se deba a la falta de justificación o a error de lo facturado.
c) Incurrir el contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
d) El levantamiento al contratista, durante la vigencia del contrato, de acta de infracción por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o de la Inspección de Tributos, en el ámbito de sus respectivas competencias, siempre que de la misma se hubiera derivado sanción firme.
e) Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato o la interrupción de la ejecución de la misma, salvo causa de fuerza mayor.
f) Celebrar subcontratos, en el caso de estar previsto en el Pliego, para la prestación del servicio sin haber dado conocimiento previamente y por escrito a Mutua Universal, así como la cesión del contrato en todo o en parte en contra de la prohibición establecida en el apartado K) del cuadro de características.
g) La suspensión por causa imputable a Mutua Universal en la iniciación del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo.
h) El incremento del número de unidades superior al 10% respecto al número estimado.
i) La disolución o extinción del adjudicatario cualquiera que sea su causa excepto los supuestos de transformación o fusión.
j) La declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
k) La interrupción de la entrega de los servicios por parte del contratista durante 15 días hábiles, excepto en el caso de fuerza mayor.
cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
l) Cualquier cambio normativo posterior a la adjudicación del contrato que se produzca en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y demás disposición concordantes, que impidan a Mutua Universal, como entidad colaboradora en la gestión de la Seguridad Social, la continuación, cumplimiento o ejecución del contrato, en cuyo caso ninguna de las partes podrá exigir a la otra responsabilidad alguna.
40.3 Cuando la resolución del contrato sea de mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo estipulado en las normas de derecho privado.
40.4 Los contratos complementarios cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de la prestación objeto de este contrato principal quedarán resueltos, en todo caso, cuando se resuelva el contrato principal.
41 MANIFESTACIONES Y GARANTÍAS
Sin perjuicio de aquellas manifestaciones y garantías que, de forma expresa, figuran en otros apartados de este Pliego, el adjudicatario manifiesta y garantiza que no se encuentra incurso en ningún procedimiento de insolvencia de conformidad con la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
42 JURISDICCIÓN
Para cualquier cuestión litigiosa derivada de la interpretación o ejecución del presente Pliego, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Barcelona, con renuncia del fuero propio que pueda corresponder a cualquiera de ellas.
43 NOTA ACLARATORIA
Cualquier referencia efectuada en el presente Pliego al “contrato”, debe entenderse referida a los posibles contratos a que diera lugar la adjudicación de cada uno de los lotes.
IV. PLIEGO GENERAL PARA LA CONTRATACIÓN POR LAS MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 14 de enero de 2016, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se aprueban el Pliego general para la contratación y las Instrucciones generales de aplicación en relación con los procedimientos de contratación de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, se incluye el presente Pliego general para la contratación con Mutua Universal
– Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, en la presente licitación.
I. Régimen jurídico
1. Los contratos que celebren las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social tienen la consideración de contratos privados.
2. Los contratos sujetos a regulación armonizada se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose, supletoriamente, las normas de derecho privado.
3. Los contratos no sujetos a regulación armonizada se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las normas de contratación aprobadas por las mutuas de conformidad con las instrucciones de aplicación en relación con los procedimientos de contratación de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social aprobadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En lo no previsto en ellas, se regirán por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose, supletoriamente, las normas de derecho privado.
4. Los efectos y extinción de todos los contratos se regirán por el derecho privado.
5. Serán de aplicación a todos los contratos las normas contenidas en el título V del libro Primero del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sobre modificación de los contratos.
II. Jurisdicción competente
1. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada que pretenda concertar la mutua, incluidos los contratos subvencionados sujetos a regulación armonizada. Será igualmente competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de servicios de las categorías 17 a 27 del anexo II del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público cuyo valor estimado sea igual o superior a 209.000 euros que pretenda concertar la mutua. Este orden jurisdiccional también conocerá de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales previsto en el artículo 41 de la mencionada Ley.
2. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada que celebren las mutuas.
3. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de todos los contratos que celebre la mutua.
III. Aplicación de la normativa sobre contratos públicos
Las mutuas colaboradoras deberán ajustar la actividad contractual que desarrollen, incluida la relacionada con su patrimonio histórico, a las normas de aplicación a los poderes adjudicadores que no revisten el carácter de administración pública, contenidas en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
IV. Arbitraje
1. La mutua podrá remitir a arbitraje, conforme a las disposiciones de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje, la solución de las diferencias que puedan surgir sobre los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos que celebren.
2. La posibilidad de arbitraje se determinará en el correspondiente pliego y deberá ser expresamente aceptada por el contratista en su oferta y pactada en el contrato. La aceptación del arbitraje por el licitador no podrá ser, en ningún caso, un criterio de valoración de la oferta.
V. Órganos de asistencia
Cuando en los procedimientos de contratación de las mutuas colaboradoras, conforme a lo previsto en su regulación de los procedimientos de contratación, los órganos de contratación actúen asistidos por algún órgano de apoyo a cargo de la calificación y admisión de las solicitudes y de la valoración de las ofertas, en la medida de lo posible deberá formar parte del mismo alguna persona con funciones de asistencia jurídica a la mutua.
VI. Plazo de los contratos
1. La duración de los contratos deberá establecerse teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones que sean su objeto, las características de su financiación y la necesidad de someter periódicamente a concurrencia la realización de las mismas.
2. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de ejecución de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los periodos de prórroga. En tal caso, la prórroga se acordará por el órgano de contratación de la mutua y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato expresamente prevea lo contrario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.
3. Los contratos semejantes a los que se consideran contratos menores en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga.
VII. Libertad de pactos
En los contratos que la mutua pretenda celebrar podrán incluirse cualesquiera pactos, cláusulas y condiciones, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios de buena administración. Sólo podrán fusionarse prestaciones correspondientes a diferentes contratos en un contrato mixto cuando esas prestaciones se encuentren directamente vinculadas entre sí y mantengan relaciones de complementariedad que exijan su consideración y tratamiento como una unidad funcional dirigida a la satisfacción de una determinada necesidad o a la consecución de un fin institucional propio de la mutua contratante.
VIII. Documentación preparatoria
1. En el caso de contratos sujetos a regulación armonizada o contratos de servicios de las categorías 17 a 27 del anexo II del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público cuyo valor estimado sea igual o superior a 209.000 euros, habrán de observarse las reglas establecidas en el artículo 117 de la citada norma para la definición y establecimiento de las prescripciones técnicas, siendo igualmente de aplicación lo dispuesto en los artículos 118 (condiciones especiales de ejecución del contrato), 119 (información sobre determinadas obligaciones) y 120 (información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo). Asimismo, las mutuas colaboradoras deberán elaborar un pliego en el que se establezcan las características básicas del contrato, el régimen de admisión de variantes, las modalidades de recepción de las ofertas, los criterios de adjudicación y las garantías que deberán constituir, en su caso, los licitadores o el adjudicatario; dicho pliego será parte integrante del contrato.
2. En contratos distintos a los mencionados en el apartado anterior de cuantía superior a 50.000 euros, las mutuas colaboradoras deberán elaborar un pliego en el que se establezcan las características básicas del contrato, el régimen de admisión de variantes, las modalidades de recepción de las ofertas, los criterios de adjudicación y las garantías que deberán constituir, en su caso, los licitadores o el adjudicatario, siendo igualmente de aplicación lo dispuesto en el artículo 120 (información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; dicho pliego será parte integrante del contrato.
3. En los contratos inferiores a 50.000 euros, que no sean semejantes a los que se consideran contratos menores en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, deberá existir, al menos, un documento previo a la licitación en el cual consten por escrito los elementos esenciales para la definición de la licitación y del contrato correspondiente, de manera que quede justificado el cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, así como que el contrato es adjudicado a quien presente la oferta económicamente más ventajosa.
4. En todos los casos anteriores deberá constar en el expediente una memoria en la que se determinen con precisión la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas.
IX. Contenido de los contratos
1. Salvo que ya se encuentren recogidas en los pliegos, los contratos que celebren las mutuas deberán incluir, necesariamente, las siguientes menciones:
La identificación de las partes.
La acreditación de la capacidad de los firmantes para suscribir el contrato. La definición del objeto del contrato.
La referencia a la legislación aplicable al contrato.
La enumeración de los documentos que integran el contrato, la cual podrá estar jerarquizada según el orden de prioridad acordado por las partes a efectos de determinar la prevalencia respectiva en caso de que existan contradicciones entre diversos documentos.
El precio cierto, o el modo de determinarlo.
La duración del contrato o las fechas estimadas para el comienzo de su ejecución y para su finalización, así como la de la prórroga o prórrogas, si estuviesen previstas.
Las condiciones de recepción, entrega o admisión de las prestaciones. Las condiciones de pago.
Los supuestos en que procede la resolución.
El crédito presupuestario o el programa o rúbrica contable con cargo al que se abonará el precio.
La extensión objetiva y temporal del deber de confidencialidad que, en su caso, se imponga al contratista.
2. El documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintas de los previstos en los pliegos, concretados, en su caso, en la forma que resulte de la proposición del adjudicatario, o de los precisados en el acto de adjudicación del contrato de acuerdo con lo actuado en el procedimiento, de no existir aquéllos.
X. Perfección y forma de los contratos
1. Los contratos que celebren las mutuas se perfeccionan con su formalización. Los contratos se entenderán celebrados, salvo que en ellos se indique otra cosa, en el lugar en donde se encuentra la sede de su órgano de contratación.
2. Las mutuas no podrán contratar verbalmente, salvo que el contrato tenga carácter de emergencia y así quede acreditado.
3. Los contratos que sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación deberán formalizarse en los plazos establecidos en el artículo 156.3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
XI. Precio y valor de los contratos
1. Los contratos tendrán un precio cierto que deberá expresarse en euros, sin perjuicio de que su pago pueda hacerse mediante la entrega de otras contraprestaciones en los casos en que las leyes así lo prevean. Los órganos de contratación cuidarán de que el precio sea adecuado para el efectivo cumplimiento del contrato mediante la correcta estimación de su importe, atendiendo al precio general xx xxxxxxx, en el momento de fijar el presupuesto de licitación y la
aplicación, en su caso, de las normas sobre ofertas con valores anormales o desproporcionados. A estos efectos, deberán observarse las normas sobre cálculo del valor estimado de los contratos contenidas en el artículo 88 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. El precio del contrato podrá formularse tanto en términos de precios unitarios referidos a los distintos componentes de la prestación o a las unidades de la misma que se entreguen o ejecuten, como en términos de precios aplicables a tanto alzado a la totalidad o a parte de las prestaciones del contrato. En todo caso se indicará, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
XII. Garantías
La mutua podrá exigir, en los contratos que celebre, la prestación de una garantía a los licitadores o candidatos para responder del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación y, en su caso, formalización del contrato, o al adjudicatario para asegurar la correcta ejecución de la prestación.
XIII. Exigencia de solvencia
1. Solo podrán contratar con las mutuas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
2. Para celebrar contratos con las mutuas los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación. Este requisito podrá ser sustituido por el de la clasificación cuando así lo determine el órgano de contratación en los pliegos o documento previo equivalente.
3. Los requisitos mínimos de solvencia y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en los pliegos o documento previo equivalente, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo.
XIV. Medios de acreditación de la solvencia
La solvencia económica y financiera y técnica o profesional se podrá acreditar:
1. Mediante la aportación de los documentos que se determinen por el órgano de contratación de entre los previstos en los artículos 75 a 79 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. Mediante la clasificación del empresario que acredite su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquellos para los que se haya obtenido, cuando no se haya exigido estar en posesión de la misma.
3. Mediante medio de prueba de la solvencia distinto de los enumerados en los artículos 75 a 79 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público que se determine por el órgano de contratación para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada.
XV. Valoración de ofertas y adjudicación del contrato
1. Cuando se utilicen, junto con criterios cuantificables automáticamente, criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la evaluación de los criterios cuantificables automáticamente deberá realizarse con posterioridad a aquella que se haga conforme a criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. A tal efecto, deberá necesariamente presentarse en sobres separados la documentación a la que deba aplicarse cada grupo de criterios y la apertura de dichos sobres deberá tener lugar en actos separados.
2. En los pliegos o la documentación del contrato deberán expresarse los criterios objetivos conforme a los cuales podrá apreciarse que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados.
3. Cuando se considere que la oferta de un licitador no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, previamente a tomar la decisión que corresponda deberá darse audiencia a dicho licitador para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma.
XVI. Revisión de precios
En relación con la revisión de precios de los contratos que celebren las mutuas, se estará a lo previsto en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española y, en tanto mantenga su vigencia, en la disposición adicional octogésima octava de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
XVII. Actualización de cuantías
Las cuantías a que se hace referencia en este pliego se entenderán efectuadas a las que resulten de aplicación en cada momento por haber sido objeto de actualización conforme a lo previsto en la normativa de contratos del sector público.
XVIII. Centros mancomunados
Todo lo dispuesto en este pliego será igualmente de aplicación a los centros mancomunados constituidos por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
En Barcelona a 18 de enero de 2018 Dirección de Compras Generales e Inmuebles
Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx
ANEXO II
MODELO DE SOLICITUD
D/Xx .................................................................................................., con
D.N.I. nº ..........................., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ,
con domicilio profesional en ....c/. nº
.................., y N.I.F. ............................, en su calidad de
........................................., Teléfono: ............................. Fax:
...................................., Correo electrónico ............................................
E X P O N E:
Que, enterado del anuncio publicado por esa MUTUA UNIVERSAL. MUGENAT. Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, para la contratación de los servicios de gestión integral de los residuos para los centros de Mutua Universal, por un periodo de tiempo establecido de 2 años. y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento abierto del mencionado contrato de servicios, por un período de dos años de duración, según el expediente nº 030-2018- 0045, y estando interesado en la licitación de la totalidad del objeto del contrato.
S O L I C I T A:
Tomar parte en la mencionada licitación pública, para lo cual acompaña, junto con esta solicitud, los tres sobres cerrados que se citan en los apartados 16 y 17 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares que rige la adjudicación.
En el sobre número 1, se acompañan los documentos relativos a la documentación general, de acuerdo con las indicaciones de la cláusula 17.2 de dicho Pliego.
En el sobre número 2, se aporta la documentación técnica según lo estipulado en la cláusula 17.3 xxx Xxxxxx.
En el sobre número 3, figura la oferta económica de la proposición que se formula, según las previsiones de la cláusula 17.4 xxx Xxxxxx indicado.
Y a tal efecto, expresamente D E C L A R A:
a) Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos para contratar con Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10.
b) Que acepta incondicionalmente la totalidad de las cláusulas xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que rigen esta licitación.
En ................................. , a ...... de ........................ de .......................
(Firma y sello del licitador o persona que lo represente)
MUTUA UNIVERSAL-MUGENAT, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10
Presidente de la Mesa de Contratación
Dirección Área Contratación y Licitaciones: Xxxx. Xxxxxxxx 00 – 19 – (08022) BARCELONA
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx .................................................................................................., con
D.N.I. nº ..........................., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ,
con domicilio profesional en ..(se debe indicar domicilio completo, incluida localidad y C.P).,............................................... nº .................., y N.I.F.
............................, en su calidad de .........................................
E X P O N E:
Que, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen por esa MUTUA UNIVERSAL. MUGENAT. Colaboradora con la Seguridad Social nº 10 para la contratación de los servicios de gestión integral de los residuos para los centros de Mutua Universal, por un periodo de dos años de duración, según el expediente 000- 0000-0000, se compromete a tomar a su cargo la ejecución de dicho contrato, con estricta sujeción al Pliego de Condiciones Particulares Técnicas que lo definen, por la cantidad máxima total de: ........................................... (en letras) ...............
Euros, teniendo en cuenta que la expresada cantidad comprende tanto el precio del contrato como el Impuesto sobre el Valor Añadido, según el siguiente desglose:
a)
IMPORTE PROPUESTA ECONÓMICA (*):
,- Euros (según detalle)
IVA / IGIC............................................. :
,- Euros
TOTAL ........................................ :
,- Euros
b)
Propuesta licitación | ||||
Número Recogidas | Precios unitario (sin IVA) | Coste (IVA no incluido) | ||
(x) | (y) | (z)=(x)*(y) | ||
Residuos punzantes y/o cortantes | 5L | 2.716 | 0,00 € | |
10L | 640 | 0,00 € | ||
Residuos Sanitarios no específicos | 120L | 816 | 0,00 € | |
360L | 96 | 0,00 € | ||
770L | 0 | 0,00 € | ||
Asimilables a urbanos | 360L | 0 | 0,00 € | |
600L | 208 | 0,00 € | ||
1100L | 416 | 0,00 € | ||
Pilas y acumuladores | 10L | 274 | 0,00 € |
0,00 €
TOTAL PRESUPUESTO EN BASE PRECIOS UNITARIOS
(a)
Residuos Orgánicos | A Demanda | Estimación | 851,00 € | |
Residuos infecciosos y contagiosos | 60L | A Demanda | Estimación | 7.398,00 € |
Cartón y papel | 600L | A Demanda | Estimación | 1.600,00 € |
1100L | A Demanda | Estimación | 2.000,00 € | |
Plástico | 600L | A Demanda | Estimación | 500,00 € |
1100L | A Demanda | Estimación | 1.200,00 € | |
Residuos de equipos eléctricos y electrónicos (RAEE) | A Demanda | Estimación | 27.400,00 € | |
Residuos voluminosos | A Demanda | Estimación | 57.868,56 € | |
Absorbentes, ropa protectora | A Demanda | Estimación | 4.000,00 € | |
Bombas oxígeno | A Demanda | Estimación | 1.000,00 € | |
Tóneres | 60L | A Demanda | Estimación | 1.000,00 € |
Soporte xx xxxxx/pared envases de residuos. | A Demanda | Estimación | 500,00 € | |
Contenedor medicación caducada | 10L | A Demanda | Estimación | 1.000,00 € |
106.317,56 €
(º)TOTAL PRESUPUESTO EN BASE ESTIMACION
(b)
(º) Para presentar ofertas tener en cuenta el presupuesto base estimado pero NO se debe modificar el importe que se indica.
TOTAL PRESUPUSTO BASE LICTACION
( c )= (a)+(b)
0,00 €
IVA (10%)
(d)
0,00 €
TOTAL PRESUPUSTO BASE LICTACION IVA INCLUIDO
( e )= ( c )+(d)
En .................................. , a ...... de ........................ de .......................
(Firma y sello del licitador o persona que lo represente)
(*) Nota: El importe de la propuesta económica (IVA ó IGIC no incluido), no podrá ser superior 203.600 €.
(**) Nota: En el supuesto que se acuerde la prórroga del contrato, el adjudicatario mantendrá el precio ofertado para el periodo inicial.
(**) Nota: Los importes unitarios ofertados nunca podrán ser superiores a los precios de licitación que, de manera individualizada, figuran en el apartado nº 10 xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas
(**) Nota: Donde se indica la estimación de precio de demanda, no se puede modificar.
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA PARA CONTRATAR CON MUTUA UNIVERSAL – MUGENAT, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 10
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR QUE SE ESTABLECEN EN EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
D/Xx .................................................................................................., con
D.N.I. nº ..........................., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ,
con domicilio profesional en ....c/. nº
.................., y N.I.F. ............................, en su calidad de
.........................................
Ante el Órgano de Contratación de la MUTUA UNIVERSAL. MUGENAT. Colaboradora con la Seguridad Social nº 10 para la adjudicación de los servicios de gestión integral de los residuos para los centros de Mutua Universal por un período de dos años, según el expediente nº 000-0000-0000, DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que ni el firmante de la declaración ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que se definen en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, no concurriendo, en consecuencia, circunstancia alguna de las descritas en los apartados que se citan en la indicada referencia legal.
Asimismo, y de forma expresa, se hace constar que la persona física/jurídica a la que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones Tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración, en .......................... , a ...... de ........................ de .......................
(Firma y sello del licitador)
MODELO DE COMPROMISO VINCULANTE DE SUSCRIPCIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
D/Xx ,
con D.N.I. nº .............................., y domicilio profesional en [se debe indicar
domicilio completo, incluida localidad y C.P.] .c/ ..............................................
............................................................. nº , actuando en su propio nombre
y derecho, o en representación de la Empresa................................. con N.I.F.
............................., en su calidad de ........................................
Ante el Órgano de Contratación de la MUTUA UNIVERSAL. MUGENAT. Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10 para la adjudicación de los servicios de gestión integral de los residuos para los centros de Mutua Universal por un período de dos años, según el expediente nº 000-0000-0000, SE COMPROMETE:
A acreditar, si resulta adjudicatario y en el plazo previsto en el apartado 23 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y Técnicas, la suscripción, ampliación, prórroga y renovación de la siguiente póliza de seguro y su mantenimiento durante toda la ejecución del contrato:
Suscripción de póliza de seguro de responsabilidad civil por un capital asegurado de 600.000€ que cubra los daños originados a bienes de Mutua Universal y a personas ajenas al adjudicatario que se ocasionen con motivo de los trabajos derivados del presente contrato.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma el presente compromiso, en .......................... , a ...... de de
.......................
(Firma y sello del licitador)
MODELO DE AVAL BANCARIO
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
(Se formalizará en papel con membrete de la Entidad avalista) Referencia Aval: Nº ...............
El Banco/Caja Ahorros.................................................., con N.I.F. ....................
debidamente representado por D./Dña. , con poderes
suficientes para obligar al Banco/Caja Ahorros, otorgados ante el Notario
............................, en fecha .................................... y nº de Protocolo ,
A V A L A
Tan ampliamente como el derecho requiera, con carácter solidario y con expresa renuncia a los beneficios de excusión de bienes, orden y división, a (nombre y apellidos o razón social del avalado) ........................................... ante Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, por la cantidad de ..............................................................(en letra y cifras)
...................euros, como garantía que responda del fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas con el Contrato nº de expediente 000-0000-0000, requerido en fecha ......................., que ha sido aceptado por
............................................... (nombre y apellidos o razón social del avalado).
El presente aval tendrá validez desde la fecha de emisión hasta transcurridos dos meses desde la finalización del plazo de garantía de los servicios objeto del Contrato correspondiente al nº de expediente 000-0000-0000, momento en el cual Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10 devolverá el original del mismo a .............................................................. (nombre y
apellidos o razón social del avalado), en el plazo estipulado en el apartado 39 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares que ha regido la citada licitación.
El Banco/Caja de Ahorros........................................ (nombre de la Entidad Financiera que avala) hará efectivo este aval, pagando a la primera reclamación, incondicionalmente y sin objeciones de la persona o Empresa avalada, del Banco/Caja Ahorros o terceros, la totalidad de su importe a Mutua Universal – Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10, contra la recepción del requerimiento por escrito que indique el incumplimiento del Contrato, renunciando a entrar a valorar la alegación de incumplimiento manifestada y sin que tal pago prejuzgue la solución de las controversias que puedan surgir entre las partes afectadas.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el registro especial de avales con el nº ........................
En .................................., a ............ de ............. de ...........
(Nombre de la Entidad Financiera) Firmas con indicación del nº de D.N.I. y sello del Banco/Caja Ahorros
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE REQUISITOS CATEGORÍA EMPRESA PYME
D/Xx .................................................................................................., con
D.N.I. nº ..........................., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ,
con domicilio profesional en ....c/. nº
.................., y N.I.F. ............................, en su calidad de
.........................................
Ante el Órgano de Contratación de la MUTUA UNIVERSAL- MUGENAT, MUTUA UNIVERSAL. MUGENAT. Colaboradora con la Seguridad Social nº 10 para la adjudicación del contrato de la prestación de los servicios de gestión integral de los residuos para los centros de Mutua Universal, por un periodo de tiempo establecido de 2 años. según el expediente nº 000-0000-0000, y a los efectos del apartado 5 del artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, DECLARA RESPONSABLEMENTE:
[Se deberá indicar la opción que corresponda a la empresa licitadora]
Que reúne los requisitos de pequeña o mediana empresa, definida según lo establecido en Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 xx xxxxxx de 2008 y no está controlada directa o indirectamente por otra empresa que no cumple tales requisitos.
Que no reúne los requisitos de pequeña o mediana empresa, definida según lo establecido en Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 xx xxxxxx de 2008.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración, en .......................... , a ...... de ........................ de .......................
(Firma y sello del licitador)
[usar membrete de la empresa]
MODELO DE ACEPTACIÓN EXPRESA DE LA COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA EN LA LICITACIÓN
D/Xx .................................................................................................., con
D.N.I. nº ..........................., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ,
con domicilio profesional en ....c/. nº
.................., y N.I.F. ............................, en su calidad de
.........................................
ACEPTA
La comunicación electrónica como medio para la recepción de invitaciones y notificaciones practicadas por el Órgano de Contratación de Mutua Universal a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, y compromete su acceso a dicha plataforma mediante DNI electrónico o con un equipo que disponga de certificado electrónico que sea soportado por la plataforma @firma. (i)
Dirección de Correo Electrónico(ii) (máximo 32 caracteres) | |
Nombre, apellidos y DNI de la persona autorizada para acceder a la Plataforma de Contratación de Sector Público |
Y para que conste y surta los efectos oportunos en el procedimiento de referencia, se expide y firma la presente aceptación, en .......................... , a de
........................ de .......................
(Firma y sello del licitador)
i La empresa deberá registrarse en la web de la Plataforma de Contratación del Sector Público, (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx) mediante un sencillo trámite, que le permitirá recibir notificaciones y avisos sobre cualquier modificación que pudiera producirse en la licitación en el correo electrónico que indique.
ii Deberá coincidir con la dirección previamente designada en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
ANEXO IX
[usar membrete de la empresa]
MODELO DE ACEPTACIÓN EXPRESA DE LA FIRMA ELECTRÓNICA DEL CONTRATO
D/Xx .................................................................................................., con
D.N.I. nº ..........................., actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ,
con domicilio profesional en ....c/. nº
.................., y N.I.F. ............................, en su calidad de
.........................................
ACEPTA
La firma del contrato por medios electrónicos a través de la herramienta disponible en el apartado <Registro Contratistas – Plyca Portal> que consta en el espacio
<Perfil de Contratante> en la web pública de Mutua Universal (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx), previo registro en aquel espacio del/de los siguiente/s representante/s legal/es de la empresa con poder suficiente para proceder a la formalización, al disponer de un certificado digital de una Autoridad de Certificación reconocida.
Nombre, apellidos y DNI del/de los representante/s legal/es que firmarán el contrato. |
Observación: De la/s persona/s propuesta/s deberán haber aportado en el sobre nº 1, según se indica en el apartado 12.3.5 de esta Pliego, el documento o documentos que acrediten su legítima y suficiente representación.
Y para que conste y surta los efectos oportunos en el procedimiento de referencia, se expide y firma la presente aceptación, en .......................... , a de
........................ de .......................
(Firma y sello del licitador)