Expediente: 56975
Expediente: 56975
Documento: 577443
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DE SERVICIOS AVANZADOS DE GESTIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO DE RED Y LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES 2015/16 DEL AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XX XXXXX.
1.- OBJETO, REGIMEN JURIDICO Y PLAZO
1.1 El presente pliego tiene por objeto la contratación de los servicios avanzados de gestión y mantenimiento del equipamiento de Red y los servicios de comunicaciones 2015/16 del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx.
1.2 La presentación se ajustará a las condiciones figuradas en este Pliego. Esta contratación se regirá por lo establecido en el siguiente Pliego, por el TRLCSP, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como por el Pliego de Prescripciones Técnicas que forma parte integrante del mismo. En todo caso será de aplicación a ambos Pliegos lo establecido en el art. 68.3 del RGLCAP.
1.3 El contrato se adjudicará por el procedimiento negociado, sin publicidad, previsto y regulado por los arts. 169 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP).
1.4 La duración del objeto del contrato será el señalado en la cláusula cuarta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
2.- PRESUPUESTO, EXISTENCIA DE CRÉDITO, IMPUESTOS, REVISIÓN DE PRECIOS.
2.1 El presupuesto del presente contrato es el señalado en la cláusula quinta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
2.2 A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden todos los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes.
2.3 El precio del Contrato no podrá ser objeto de revisión, dada la duración del plazo, tal y como establece el art. 89/1 del TRLCSP.
3.- PERFIL DEL CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la trasparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento, cuenta con el Perfil del Contratante, al que se tendrá acceso, según las especificaciones que se regulan, en la página siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.
4.- EMPRESAS PROPONENTES, DOCUMENTACIÓN Y OFERTAS
4.1 Empresas licitadoras. De conformidad con lo establecido en el art. 169 y
178.1 del TRLCSP, la Administración procederá a solicitar ofertas a Empresas que estén capacitadas para la realización del objeto del contrato sin que su número sea inferior a tres, siempre que ello fuera posible.
Podrán presentar proposiciones en el plazo que se indique en la invitación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por el TRLCSP.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando este acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas.
Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el art. 42 del Código de Comercio.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
4.2. Capacidad. Los candidatos o los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar, cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren, la acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro
Mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad local.
4.3. Documentación. Los licitadores presentarán dos sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la Entidad concursante, el título del negociado, y contendrán: el primero (A) la documentación exigida para tomar parte en la licitación, el segundo
(B) la proposición económica ajustada al modelo que se incluye en este Pliego y justificación de los siguientes criterios de adjudicación, señalados en la cláusula sexta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Se podrá otorgar puntuaciones iguales si las propuestas son similares.
4.3.1. Documentación Administrativa. Sobre A DECLARACIÓN RESPONSABLE, conforme al ANEXO II.
Indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
4.3.2. Proposición Económica. Sobre B
La proposición expresará el valor ofertado como oferta económicamente más ventajosa para la realización del trabajo objeto de licitación, excluido el importe del impuesto sobre el valor añadido que corresponda.
Se presentará conforme al modelo que se inserta a continuación:
MODELO DE PROPOSICIÓN
• “Don [.../...] con DNI núm. [.../...], natural de [.../...] provincia de [.../...], mayor de edad y con domicilio en [.../...] C/ [.../...] teléfono [.../...] actuando en nombre (propio o de la empresa a que represente), manifiesta que, recibida la invitación para la licitación para adjudicar mediante procedimiento negociado sin publicidad, el contrato de [.../...] y en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento del citado contrato por el importe de [.../...] euros. Xxxxx, fecha y firma del proponente”.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición, cualquiera que sea el número de dependencias donde esta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.
4.3.3. Sobre C. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN.
Sólo se exigirá, en principio, al licitador, a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, sin perjuicio de que el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, pueda recabar, en cualquier momento anterior a la adopción
de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento, de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Los documentos administrativos que se incorporen en el SOBRE C, deberán ser originales o fotocopias debidamente compulsadas. Asimismo, el propuesto como adjudicatario presentará toda la documentación en español.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, la posesión y validez de los DOCUMENTOS exigidos, que acrediten a fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones, su aptitud, capacidad y la solvencia que se exige, y serán las siguientes:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
En los casos de que el licitador presente certificado en vigor de estar inscrito en el Registro de Contratistas del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx o equivalente del Estado ó de la Comunidad Autónoma y con la clasificación exigida, se dispensará la presentación de la documentación confiada a dicho Registro, siempre que dichos documentos consten expresamente en el Certificado, y se adjunte una declaración jurada de validez y vigencia.
b) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Si el firmante de la proposición actúa en calidad de representante del candidato, deberá acompañar el documento que acredite la personalidad del representante y poder bastante en derecho a su favor que le habilite para concurrir en nombre del representado, a la celebración del contrato. Poder que deberá estar debidamente bastanteado por el Secretario del
Ayuntamiento, o por cualquier letrado ejerciente en la población o en la capital de la Provincia.
c) Acreditación de solvencia técnica, económica y financiera. No procede. Conforme a la modificación introducida por el Real Decreto 773/2015 de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público.
d) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
e) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
f) Escrito firmado por el que hace la proposición en el que conste el núm. de teléfono, fax, dirección o correo electrónico, y persona a la que habrá de dirigirse las comunicaciones o representante que sea preciso pedir.
4.3.4. Plazo y lugar de entrega
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de atención al ciudadano de 9 a 14 horas en el plazo señalado en la invitación de la oferta, que será de cinco días hábiles contados desde el siguiente al de la recepción de la misma o enviados por correo dentro de dicho plazo. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
Si el último día para presentación proposiciones fuera xxxxxx, xxxxxxx o día inhábil en el Municipio, el plazo se prorrogará al primer día hábil siguiente.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. En todo caso, la documentación deberá estar presente en el día de apertura de los sobres.
4.4. Adjudicación. Finalizado el plazo de presentación de ofertas la Mesa de Contratación, de conformidad con el art. 320 TRLCSP evaluará conforme a los aspectos económicos y técnicos señalados de las ofertas presentadas y formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación.
Este acto se celebrará a las 10 horas, del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
En todo caso, deberá dejarse constancia en el expediente de las invitaciones cursadas (al menos 3, según regula el art. 177.1 del TRLCSP) de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el órgano de contratación.
La Mesa de Contratación estará integrada del siguiente modo:
Presidente: El Presidente de la Corporación o Concejal en quién delegue.
Vocales: El Secretario General, o persona en quien delegue.
El Interventor, o persona en quien delegue.
El Presidente de la Comisión de Vigilancia de la Contratación.
El Responsable de la Unidad Administrativa de Informática, o persona en quien delegue.
Secretario: Un funcionario de la Corporación de la Unidad Administrativa de Contratación.
Cuando la Mesa lo considere podrá solicitar que asista a las reuniones de la misma, a efectos de asesoramiento, el personal técnico que determine por su relación con el objeto del contrato. La Mesa podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación con el objeto del contrato.
Si los días señalados para la apertura de los sobres fuera xxxxxx, xxxxxxx o día inhábil en el Municipio, la reunión de la Mesa se aplazará al primer día hábil siguiente sin variación de hora.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 81.2 del RGLCAP, si la Mesa observare defectos u omisiones subsanables o de interpretación, en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados y publicará estas circunstancias en el tablón de anuncios, concediéndoles un plazo no inferior a tres días hábiles para que los licitadores corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación los defectos u omisiones. La comunicación de estas cuestiones se podrá hacer por fax o por teléfono al número y a la persona indicada por el empresario, en el supuesto de que la misma no se pueda materializar se entenderá intentada sin efecto.
A la vista de la propuesta de la Mesa, el órgano de contratación adjudicará al contrato dejando constancia de las razones que han servido de base para la aceptación o el rechazo de las ofertas recibidas.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación deberá motivar expresamente su decisión.
La adjudicación no se realizará hasta tanto conste en el expediente la acreditación documental, en los términos previstos en los arts. 13 a 15 del RGLCAP, de que el licitador propuesto para ser adjudicatario, está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Al efecto, se le concederá un plazo de 10 días hábiles para que aporte la documentación indicada. Advirtiéndole que en caso de no hacerlo quedará excluido del procedimiento licitatorio por estar incurso en la causa de prohibición de contratar del art. 60 del TRLCSP, apartado d).
El órgano de contratación, previos los informes técnicos correspondientes si fueran necesarios, adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses, salvo otro que se indique en el pliego, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición.
Si se presentaran dos o más proposiciones iguales, que resultasen ser la proposición económica más ventajosa, se decidirá la adjudicación de ésta, mediante sorteo.
La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación, siendo de aplicación lo previsto en el art. 153 del TRLCSP en cuanto a la información que debe facilitarse a aquellos aunque el plazo para su remisión será de cinco días hábiles.
Durante el plazo de 10 días, el adjudicatario deberá aportar los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente.
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos:
- Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RGLCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Si en el plazo anteriormente señalado no se recibiese esta documentación o el licitador no justificase que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la Mesa de Contratación, propondrá como adjudicatario al licitador o licitadores siguientes por orden de sus ofertas.
5.- GARANTÍA DEFINITIVA
5.1. Publicada la adjudicación del contrato en el Perfil de Contratante, el adjudicatario estará obligado a constituir, en el plazo xx xxxx (10) días hábiles una fianza definitiva del 5 por ciento (5 %) del importe de adjudicación, IVA excluido. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP, o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el art. 98 del TRLCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
5.2. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 del TRLCSP.
5.3. La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el art. 102 del TRLCSP y el art. 65.2 y 3 del RGLCAP.
6.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO / CESIÓN
6.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 5 días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
6.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 del TRLCSP.
6.3. El contrato se formalizará en documento administrativo del que dará fe el Secretario de la Corporación y deberá contener los requisitos recogidos en el Art. 71.3 y 7 del RGLCAP.
6.4. El contrato podrá elevarse a escritura pública a instancia del interesado, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
7.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
7.1. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
7.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el Ayuntamiento. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas tendrán la cuantía determinada en el Art. 212 del TRLCSP.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento, originados por la demora del contratista.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Ayuntamiento.
7.3. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias.
7.4. El contratista o subcontratista deberá aportar al pagador (el Ayuntamiento) un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido, a estos efectos, por la Administración Tributaria durante los 12 meses anteriores al pago de cada factura correspondiente a la contratación o subcontratación, en cumplimiento de lo recogido en el art. 43. f) de la Ley General Tributaria.
En todo caso, antes de efectuar el pago al contratista éste deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
8.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
8.1. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista el Ayuntamiento.
8.2. En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en los artículos 220, 308 a) y b) del TRLCSP y normas de desarrollo. Si el Ayuntamiento acordara una suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta de Suspensión.
8.3. La ejecución del contrato se realizará por el contratista con las responsabilidades establecidas en el artículo 305 del TRLCSP.
8.4. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en el artículo 307 del TRLCSP.
8.5. El personal que el adjudicatario destina a la ejecución del contrato deberá tener la formación y experiencia exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y/o ofertado por el adjudicatario, en todo caso adecuado a las tareas que va a desarrollar. Este personal no se identificará en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al puesto de trabajo y/o funciones.
Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto del contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento. En su mayor parte este personal deberá estar previamente contratado por la Empresa. Cuando puntualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá realizarse bajo alguna modalidad de contratación que no vincule a los trabajadores directamente a los servicios objeto de éste, sino directamente a la empresa adjudicataria del mismo.
La ejecución del contrato deberá ajustarse estrictamente a lo pactado, tanto en al alcance de las prestaciones, como en su plazo. Los responsables municipales se abstendrán de ejercer sobre el personal del contratista funciones directivas, y en general el personal municipal de dar instrucciones o mandatos directos a este personal. Las comunicaciones que se deban mantener con este personal se realizarán a través del encargado designado a tal efecto por el contratista.
9.- VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS
El abono se realizará de conformidad con lo establecido en el Art. 216 del TRLCSP, mediante la presentación de la correspondiente factura. Debiendo tenerse en cuenta la modificación que se ha producido por la Ley 3/2004, de 29 de Diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad, en las operaciones comerciales, por las que se reducen los plazos de pago del Sector Público a un máximo de 30 días.
La factura se expedirá por el contratista a nombre del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx, señalando entre paréntesis el servicio que solicitó la contratación (Unidad Administrativa de Informática).
Antes de efectuar el pago al contratista, éste deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad social. Por ello juntamente con la factura, deberá presentar certificaciones de estar al corriente de las obligaciones anteriormente indicadas.
La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta
(30) días siguientes a la fecha de aprobación de la certificaciones de obra o de los documentos que acreditan la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados sin perjuicio de lo establecido en el art. 222.4.
10.- PLAZO DE GARANTÍA.
Será de doce meses, cuyo cómputo deberá iniciarse a partir de la finalización del objeto del contrato que deberá ser acreditada mediante informe de la Unidad Administrativa de Informática.
11.- EJECUCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato será a cargo del Servicio Municipal solicitante de la Contratación (Unidad Administrativa de Informática), que a su vez será el responsable del contrato en virtud de lo dispuesto en el art. 52 del TRLCSP, correspondiendo la inspección al Alcalde-Presidente en virtud de lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85; la fiscalización y control a la Intervención Municipal, en virtud de lo señalado en los arts. 213 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los arts. 223 y 308 del TRLCSP, con los efectos previstos en los arts. 225 y 309 del TRLCSP y 109 a 113 del RGLCAP.
12.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN.
12.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y por RGLCAP.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe del titular de la Asesoría Jurídica Municipal, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
12.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos podrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan
interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.
Expediente: 56512
Documento: 582812
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PROYECTO: SERVICIOS AVANZADOS DE GESTIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO DE RED Y LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES 2015/16
1. OBJETO
Constituye el objeto del presente pliego de prescripciones técnicas el contrato de los Servicios Avanzados de Gestión y Mantenimiento del Equipamiento de Red y los servicios de Comunicaciones del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx.
2. ALCANCE
El alcance del contrato consistirá en dar Servicio de mantenimiento de Hardware sobre todo el equipamiento de la Red de Comunicaciones propiedad del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx incluido en el Anexo I del presente pliego y servicios de asesoría y soporte sobre los equipos y servicios que estén vinculados, de una forma u otra, a los siguientes items del sistema de Networking del Ayuntamiento:
1. Mantenimiento de Hardware de Comunicaciones.
2. Asistencia técnica.
3. Soporte y trabajos de configuración Networking de los siguientes puntos: Redes LAN
• Gestión VLAN
• Configuración física de puertos
• Gestión del Control de Accesos a la LAN
• Gestión de Listas de Acceso (ACLs)
• Enrutamiento
• Gestión de equipamiento HW
• Actualización SW*
Redes Inalámbricas WLAN
• Gestión SSIDs
• Gestión de perfiles de usuarios
• Gestión de usuarios/equipos
• Gestión de equipamiento HW
• Actualización SW*
• Concentrador APs
Seguridad Telemática
• Gestión Firewalls
• Gestión de políticas del firewall
• Enrutamiento
• Definición y gestión de DMZ/MZ
• Filtrado de Contenidos web
• Monitorización de Redes. Pandora
• Vulnerabilidades. GFI Languard
• Renovación de suscripciones y garantías (si procede)
• Gestión de equipamiento HW
• Actualización SW*
• Fortigate
Redes WAN
• Enrutamiento
• Gestión y asesoramiento servicios de datos contratados al operador
• Gestión de Ancho xx Xxxxx
• VPNs
• Gestión de equipamiento HW
• Actualización SW*
VoIP
• Call Manager
• Gestión de equipamiento HW
• Actualización SW*
Otros servicios
• Asesoramiento y consultoría tecnológica
• Servicio de actualización documental
3. CONDICIONES DEL SERVICIO.
El adjudicatario se comprometerá a atender y resolver los avisos efectuados por el Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx, como consecuencia de incidentes, averías, cambios o mejoras en los equipos y servicios incluidos en el Alcance del presente pliego.
Reparación de averías en sistemas físicos
Servicio de asistencia técnica con el fin de detectar y solucionar las averías que se presenten en cualquiera de los elementos de la red de área local (equipos objeto del contrato según anexo I) en cualquier edificio del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx.
Transporte y la reposición de piezas, sin coste adicional.
Cuando se proceda al cambio de equipos en cualquiera de los elementos como consecuencia de una incidencia, si fuera necesario, se realizará una reinstalación del software de base y de los ficheros de configuración propiedad del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx.
Resolución de incidencias y actualizaciones de programas en sistemas lógicos Asistencia técnica a petición del usuario con el fin de solucionar las incidencias de funcionamiento lógico y configuración que se presenten en las redes de área local.
En este ámbito se considera incluido:
La resolución de incidencias, definición, instalación y configuración de los equipos electrónicos de las redes de área local.
Debe proporcionarse asistencia telefónica y presencial para la resolución de problemas relacionados con la configuración, administración e integración de estos sistemas.
Mantenimiento preventivo
Las actualizaciones de SW, se realizarán sólo ante recomendaciones de Seguridad del fabricante o por necesidad ante fallos del sistema y en las especificaciones del
fabricante de cada uno de los equipos, que permitan evitar un deterioro de los mismos así como reducir el riesgo de averías.
En el caso de que el mantenimiento preventivo de un equipo exija una parada planificada del mismo, el responsable del Ayuntamiento decidirá el momento idóneo para realizar dicha parada.
Disponibilidad de repuestos:
El adjudicatario preverá y dispondrá de cualquier clase de repuestos necesario para el mantenimiento de los equipos amparados por el contrato. Las piezas utilizadas en las reparaciones serán iguales a las sustituidas o de superiores características y rendimiento y, en todo caso, adecuadas al equipo. Estas piezas pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento, al tiempo que las sustituidas pasarán a propiedad del adjudicatario. Se incluirá la reconfiguración de los equipos averiados. El número de intervenciones no estará limitado.
En todos los servicios de reparación la empresa contratada se hará cargo de cualquier gasto de desplazamiento del equipo técnico, tiempo de permanencia en el laboratorio, precio de las piezas de repuesto necesarias para llevar a cabo la reparación, así como cualquier otro que fuera necesario realizar durante la actuación a acometer.
En caso de que algún equipamiento indicado en el ANEXO-I, se encuentre descatalogado, se realizará un servicio de Gestión de equipamiento HW (reparación y/o reposición) y se indicará número de repuestos que se prevén para este contrato. En caso de ser necesario para este contrato un repuesto superior en número o modelo a los detallados en dicho ANEXO, debido a cualquier incidencia, éste o estos equipos adicionales o diferentes serán objeto de negociación.
Sustitución de equipos
En el caso de que la reparación de una avería no se pudiese realizar en el plazo previsto en el presente pliego, el adjudicatario sustituirá temporalmente el equipo por otro del mismo modelo. Si no fuera posible la sustitución se hará por otro equipo de similares o superiores características y prestaciones, siempre que se cuente con la aprobación del Ayuntamiento y que ofrezca al usuario, al menos, la misma funcionalidad o superior, hasta la resolución definitiva de la avería. En el caso de lo equipos descatalogados, se aplicará lo indicado en apartado anterior.
Actualización de documentación de red.
Se revisarán y actualizarán los esquemas, planos y listados de equipos existentes que intervienen en la red de datos. La actualización de esquemas y planos se llevará a cabo en formato AUTOCAD.
Servicios de gestión y configuración de los equipos
Los trabajos a realizar sobre el equipamiento, consistirán, en asesoramiento y soporte en:
Gestión de peticiones de servicios y consultas sobre los equipos objeto de esta contratación.
Apoyo a la configuración, mantenimiento y actualización del equipamiento.
Asistencia en el mantenimiento y las actualizaciones realizadas de forma externa y remota.
Gestión de los contratos de mantenimiento con los fabricantes implicados.
Soporte en creación y modificación de reglas y políticas de los equipos cortafuegos. Asesoramiento en los proyectos de ampliación o mejora de los equipos.
El horario en que se realizarán estos trabajos será de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas.
Seguridad de la información
La empresa adjudicataria adoptará las medidas oportunas para asegurar la confidencialidad e integridad de la información y aplicaciones a las que pudiera tener acceso para realizar los servicios de mantenimiento, de acuerdo a los principios de la protección de datos establecidos en la Ley 15/99, de 29 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
Transferencia Tecnológica
Durante la ejecución de los trabajos objetos del contrato, la empresa adjudicataria, se compromete a facilitar, en todo momento, al personal del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx designado, la Información y documentación que estas soliciten, para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en que se desarrollan los trabajos, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas.
Medios personales
Las empresas oferentes indicarán en la memoria descriptiva de la ejecución del contrato el número de personas destinadas a la realización del objeto del contrato y su perfil técnico. Dicho perfil deberá mostrar una adecuada capacitación para realizar las tareas encomendadas.
La empresa adjudicataria tendrá a todo el personal a su cargo dentro de la legislación vigente y establecerá los turnos de trabajo dentro de lo que la ley determina, de forma que pueda responder a la demanda del centro.
Estudio de rendimiento de la red
Se incluirá en el mantenimiento preventivo un estudio semestral del funcionamiento y rendimiento de toda la red objeto de este concurso.
El informe se realizará cada seis meses, y de forma adicional siempre que la red presente problemas de funcionamiento en cualquier ubicación o sede.
Horario del servicio.
El horario requerido por el Ayuntamiento para la prestación de este servicio de forma presencial es de lunes a viernes no festivos de 9:00 a 15:00 y de 24x7x365 de asistencia técnica telefónica.
Los cambios solicitados en los servicios de gestión y configuración de los equipos se atenderán en un plazo máximo de 48 horas laborables.
Por su parte, el servicio de monitorización y gestión de la seguridad se prestará con una cobertura de 24x7x365.
4. DURACIÓN.
La contratación del presente servicio tendrá una duración de un año.
5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación asciende a la cantidad máxima anual de VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS EUROS (28.500,00 €), desglosado en 23.553,72 € por importe neto y 4.946,28 € de I.V.A.
Este precio se estimará a la baja y con impuestos incluidos, no admitiéndose proposiciones que superen el presupuesto máximo de licitación.
6. CRITERIO DE VALORACIÓN
OFERTA ECONÓMICA (100 puntos)
Se valorará este apartado con un máximo de 100 puntos, obteniendo la puntuación de cada oferta mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
P = pm X mo / O Siendo:
P = Puntuación completa en la oferta que se está valorando pm = Puntuación máxima del Criterio Económico.
mo = Oferta económica más baja de las presentadas O = Oferta económica que se evalúa
Las ofertas cuya baja supere en más de 10 puntos porcentuales la baja media, se considerarán incursas en presunción de temeridad.
Documento firmado con certificado electrónico de acuerdo a la Política de Firma del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx y según datos generados electrónicamente, que se incluyen en la página de firmas que completa el presente documento.
ANEXO I
EQUIPAMIENTO DE LA RED DE COMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE XXXXXX XX XXXXX
ID | MARCA | NSERIE | ELEMENTO | MODELO |
1081 | CISCO | JMX1001K0B8 | ASA | ASA5510-BUN-K9 |
1156 | AXIS | 00408C78BD2C | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | AXIS | 00408C78BD2D | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | AXIS | 00408C78C0D9 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1160 | AXIS | 00408C78BD2A | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | AXIS | 00408C78BD2B | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | AXIS | 00408C78C0E1 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1163 | AXIS | 00408C78C0D8 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1164 | AXIS | 00408C78C0E3 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1165 | AXIS | . | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1166 | AXIS | 00408C78C0DD | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1167 | AXIS | 00408C78C0DF | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1168 | AXIS | . | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1169 | AXIS | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D | |
1170 | AXIS | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D | |
928 | AXIS | 00408C926E81 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
000 | AXIS | 00408C926E82 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
000 | AXIS | 00408C925972 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | AXIS | 00408CBD3624 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1373 | AXIS | 00408CA1D9AD | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1374 | AXIS | 00408CA1D99C | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 232 D |
1375 | AXIS | 00408C9ECB67 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | AXIS | 00408C9ECB66 | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | AXIS | 00408C9E96EC | CÁMARA VIDEOVIGILANCIA | 000 XX |
0000 | FORTINET | G100D3G13829786 | FORTIGATE FIREWALL UTM | FORTIGATE 100D |
1091 | CISCO | 34190569 | GATEWAY MODULO | VWIC-1MFT-E1 |
1090 | CISCO | FCZ100273ED | GATEWAY ROUTER | CISCO 2821-V/K9 |
1251 | ALLOT | GESTOR DE ANCHO XX XXXXX | NETENFORCER AC-402 | |
1181 | SIEMENS | 358062008561860 | MODEM GPRS | TC351 |
1365 | CISCO | SFCZ1420Q0Y8 | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131AG-E-K9 |
1367 | CISCO | SFCZ1420Q0ZG | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131AG-E-K9 |
1368 | CISCO | SFCZ1420Q0XT | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131AG-E-K9 |
1369 | CISCO | SFCZ1420Q0YT | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131AG-E-K9 |
1430 | CISCO | FCZ1520Q107 | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131G-E-K9 |
1431 | CISCO | FCZ1520Q0Z4 | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131G-E-K9 |
1432 | CISCO | FCZ1520Q05J | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131G-E-K9 |
1433 | CISCO | FCZ1520QZD | PUNTO ACCESO | AIR-AP1131G-E-K9 |
920 | CISCO | FCZ1240Q0FN | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
921 | CISCO | FCW1240V0QF | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
922 | CISCO | FCW1240V0QK | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
923 | CISCO | FCW1240V0QE | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
924 | CISCO | FOC12370AWJ | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
925 | CISCO | FCZ1240Q0FF | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
926 | CISCO | FCW1240V0QT | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
927 | CISCO | FCW1240V0QP | PUNTO ACCESO | 802.11AG LWAPP-AP |
1094 | CISCO | FCZ1001Q0J4 | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1095 | CISCO | FCZ1001Q0J5 | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1096 | CISCO | FCZ1001Q0J6 | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1097 | CISCO | FCZ1001Q0J7 | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1098 | CISCO | FCZ1001Q0J8 | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1099 | CISCO | FCZ1001Q0J9 | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1100 | CISCO | FCZ1001Q0JA | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1101 | CISCO | FCZ1001Q0JB | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1102 | CISCO | FCZ1001Q0JC | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1103 | CISCO | FCZ1001Q0JD | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1104 | CISCO | FCZ1001Q0JF | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1105 | CISCO | FCZ1001Q0JH | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1106 | CISCO | FCZ1001Q0JL | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1107 | CISCO | FCZ1001Q0JM | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1108 | CISCO | FCZ1001Q0JN | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1109 | CISCO | FCZ1001Q0JP | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1110 | CISCO | FCZ1001Q0JR | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1111 | CISCO | FCZ1001Q0JS | PUNTO ACCESO | AIR-LAP1131AG-E-K9 |
1630 | CISCO | F0C1324J05G | RADIO ENLACE | AIRONET POWER INYECTOR |
1177 | CISCO | FCZ1142U004 | RADIO-ENLACE | AIR-BR1310G-EK9R |
1182 | CISCO | FCZ1042U099 | RADIO-ENLACE | AIR.BR1310G-E-K9 |
1183 | CISCO | FCZ1042U098 | RADIO-ENLACE | AIR.BR1310G-E-K9 |
1119 | CISCO | FCZ1050E00A | RADIO-ENLACE | AIR-BR1310G-E-K9 |
1122 | CISCO | FCZ1030U01F | RADIO-ENLACE | AIR-BR1310G-E-K9 |
1123 | CISCO | FCZ1030U01U | RADIO-ENLACE | AIR-BR1310G-E-K9 |
1243 | RADIONET | 0603-07E-102789 | RADIOENLACE WIFI 5GHZ 54MB | FLEXNET LINK RN-700E |
1245 | RADIONET | 0603-07E-102987 | RADIOENLACE WIFI 5GHZ 54MB | FLEXNET LINK RN-900E |
1248 | RADIONET | 0603-07E-102894 | RADIOENLACE WIFI 5GHZ 54MB | FLEXNET LINK RN-900E |
1249 | RADIONET | 02868L0612800E | RADIOENLACE WIFI 5GHZ 54MB | FLEXNET LINK RN-900E |
1498 | ALVARION | 70123719 | RADIOENLACE WIMAX | BU14_CC-TO TIPO PTP-14 |
1499 | ALVARION | 70123776 | RADIOENLACE WIMAX | RB-14_TO-CC TIPO PTP-14 |
1500 | ALVARION | 70123730 | RADIOENLACE WIMAX | RB14_CC-BI TIPO PTP-14 |
1501 | ALVARION | 70123729 | RADIOENLACE WIMAX | RB-14_TO-CC TIPO PTP-14 |
1092 | CISCO | KQACF8Y | SERVIDOR CENTRALITA IP | MCS-7815-I1-IPC3 |
1093 | CISCO | XXXXX0X | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX | XXX-0000-X0-XXX0 |
1148 | CISCO | FOC1148W2SN | SWITCH | WS-2960-24TC-L-V03 |
1149 | CISCO | FOC1148W2T6 | SWITCH | WS-2960-24TC-L-V03 |
1145 | CISCO | FOC1148W25G | SWITCH | WS-2960-24TC-L-V03 |
946 | CISCO | FOC0949Z5L9 | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
947 | CISCO | FOC0949Z5QC | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
948 | CISCO | FOC0949Z5MG | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
949 | CISCO | FOC0949Z5LK | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
950 | CISCO | FOC0949Z5PS | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
951 | CISCO | FOC0949Z5UX | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
952 | CISCO | FOC0949Z5T9 | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
953 | CISCO | FOC0949Z5UM | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
954 | CISCO | FOC0949Z5T2 | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
955 | CISCO | FOC0949Z5UZ | SWITCH | WS-C2950SX-24 |
956 | CISCO | FCZ1001W1AT | SWITCH | WS-C2950T-24 |
957 | CISCO | FCZ1001W1AX | SWITCH | WS-C2950T-24 |
958 | CISCO | CAT1009N16S | SWITCH | WS-C3750G-24TS-S |
1440 | CISCO | FOC1430Z5NH | SWITCH | SW-C2960-24PC-X XXX |
1187 | CISCO | FOC1230W0YH | SWITCH | WS-C2960-48TT-L |
1175 | CISCO | FOC1011ZBNB | SWITCH | WS-C2950T-48-SI |
1435 | CISCO | FCO1451V1N8 | SWITCH | WS-C3560VZ-48PS-SV06 |
1333 | CISCO | FOC1327W1C7 | SWITCH | WS-C3750G-24 T |
1362 | CISCO | FOC1404Y6JL | SWITCH | WS-C3560G-24PS-S |
1363 | CISCO | FOC1404Y77X | SWITCH | WS-C3560G-24PS-S |
1389 | HP | CN0202G6BQ | SWITCH | PROCURVE 1810G-24 |
1390 | HP | CN0202G6S6 | SWITCH | PROCURVE 1810G-24 |
1427 | CISCO | FOC1228X1MS | SWITCH | WS-C2960-24TC-L |
1690 | 3COM | 9K2FCDR56F9AS | SWITCH XXX | 4210 PWR |
1438 | CISCO | OPC12143113 | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | SFP 1000/X |
1439 | CISCO | OPC12143253 | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | SFP-1000/X |
1146 | CISCO | AGC1203U4LW | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | GLC-LH-SM |
1150 | CISCO | AGC1203U4LX | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | GLC-LH-SM |
1151 | CISCO | AGC1203U4LN | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | GLC-LH-SM |
1152 | CISCO | AGC1203U7UZ | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | GLC-LH-SM |
1171 | CISCO | AGC1203U4LS | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | GLC-LH-SM |
1172 | CISCO | AGC1203U4LP | TRANSCEIVER FIBRA MONOMODO | GLC-LH-SM |
1436 | CISCO | AGC1449US7B | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO | GLC-LH-SN |
1437 | CISCO | AGC1449US7M | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO | GLC-LH-SN |
1428 | CISCO | OPC12144203 | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO | GLC-LH-SM |
1429 | CISCO | OPC12144215 | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO | GLC-LH-SM |
1277 | CISCO | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO | ||
1278 | CISCO | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO | ||
1240 | CISCO | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO | ||
1241 | CISCO | TRANSCEIVER FIBRA MULTIMODO |
Documento firmado con certificado electrónico de acuerdo a la Política de Firma del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx y según datos generados electrónicamente, que se incluyen en la página de firmas que completa el presente documento.
ANEXO II
De conformidad con lo señalado en el Art. 146.4 del TRLCSP –introducido en virtud de lo señalado por la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización- se estima conveniente que la aportación inicial de la documentación establecida en el apartado 1º de este precepto, se sustituya por una declaración responsable del licitador en que indique que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, C/ , nº , con D.N.I./C.I.F. nº , y a efectos de la participación en la licitación que promueve el Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx cuyo objeto es .
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO.- Que se dispone a participar en la licitación convocada por el Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx para la adjudicación mediante procedimiento
del contrato denominado .
SEGUNDO.- que el que suscribe, declara bajo su responsabilidad y ante el órgano de contratación que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del Art. 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, para contratar y en concreto:
1.- Que posee personalidad jurídica, plena aptitud, capacidad jurídica y de obrar, y en su caso representación.
2.- Que está debidamente clasificada la Empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera, técnica y profesional.
3.- Que no está incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración de las previstas en el Art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuesta por las disposiciones vigentes.
4.- No haber sido adjudicatario, ni haber participado en la ejecución de los contratos que hayan tenido por objeto la redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de licitación, ni ser Empresa vinculada a ellas, en el sentido en que son definidas en el Art. 42 del Código de Comercio, así como tampoco haber sido Empresa colaboradora de los adjudicatarios de estos contratos.
5.- Que en la oferta se han tenido en cuenta las disposiciones vigentes relativas a protección y condiciones de trabajo.
6.- Que forma parte de un Grupo Empresarial SI / NO. (Táchese lo que no proceda).
7.- Desean concurrir integrados en una Unión Temporal SI / NO. (Táchese lo que no proceda).
8.- Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador –en caso de Empresas extranjeras-.
9.- Que la dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones o comunicaciones es . La persona de contacto es
. El número de teléfono es , de FAX
la dirección física
.
Por último, me comprometo a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en esta declaración en cualquier momento en que se me requiera por el Ayuntamiento, y en cualquier caso previamente a la adjudicación del contrato en caso de resultar adjudicatario.
Y para que así conste, y surta los efectos oportunos, firmo la presente declaración.
En a de de 20 .
FIRMA DEL DECLARANTE