Pliego de Condiciones Administrativas Particulares
Pliego de Condiciones Administrativas Particulares
QUE HA DE REGIR EL CONCURSO PARA LA CONCESION DEMANIAL DE USO NORMAL PRIVATIVO DE LOCAL DESTINADO A CAFETERÍA/BAR EN EL COMPLEJO RESIDENCIAL DE APARTAMENTOS DOTACIONALES UBICADOS EN C/ XXXXXXX XXXX XXXXXXX Y MÚSICO XXXXXXXXX XXXXXXX.
CUADRO RESUMEN DEL PROCEDIMIENTO
A. Características y objeto de la licitación
Entidad adjudicadora VIVIENDAS MUNICIPALESDE CÓRDOBA S. A. | ||
Tramitación: ordinaria | Procedimiento: abierto | Forma: concurso |
Título: Concesión demanial de uso normal privativo de local destinado a cafetería/bar en el complejo residencial de apartamentos dotacionales ubicados en C/ Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx y C/ Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. | ||
Expediente número: 1-C/2018 |
B. Canon anual
19.000 € más IVA
C. Plazo de concesión
3 años
D. Garantías
Definitiva: 6.000 €
Provisional: No aplica
E. Revisión de precios
No aplica
F. Presentación de propuestas
Registro de entrada ubicado en la sede social de la empresa en X/ Xxxxx xx Xxxxxxxx 0 00000 Xxxxxxx
G. Plazo de presentación
Hasta el jueves 22 de febrero de 2018 a las 14:00 horas
X. Xxxxxx de anuncios
No aplica
I. Dirección del perfil del contratante
I. INTRODUCCIÓN.
El incremento de las personas de edad avanzada constituye un reto a la hora de planificar servicios idóneos, en los que se preste una atención adecuada, sin desarraigarlas de su ambiente social y familiar. En esta línea, están proliferando no solo en España sino en Europa, sistemas de alojamiento alternativos a las residencias tradicionales, que intentan conjugar la prestación de los servicios necesarios en las etapas de mayor fragilidad y el consiguiente incremento de cuidados, con la cada día mayor demanda de las personas de seguir llevando el estilo de vida que desean.
Más allá de las necesidades de estos cuidados específicos, las razones que pueden llevar a una persona mayor a elegir uno de estos sistemas son múltiples y complejas, teniendo entre ellas un gran peso las referidas a las necesidades propias de la vivienda.
Desde su construcción, los alojamientos han demostrado ser una fórmula exitosa como lo evidencia el alto grado de satisfacción de las personas residentes, los cuales han desarrollado sentimientos de pertenencia, la promoción de solidaridad y la ayuda mutua entre sus usuarios, así como la participación en actividades sociales, especialmente entre aquellos residentes que llevan en el programa varios años. La valoración positiva de las relaciones sociales entre los residentes está en consonancia con uno de los objetivos de estos centros, que es la reducción del aislamiento social de las personas mayores.
Los alojamientos se ocupan durante un período habitualmente transitorio, y resultarán especialmente adecuados para los colectivos que:
1. Tienen necesidad de una residencia a una cuota mensual muy moderada.
2. No necesitan un espacio residencial amplio.
3. Pueden beneficiarse de compartir ciertos servicios con otros residentes.
4. Se resuelven otras necesidades, tales como las relacionadas con la accesibilidad o las derivadas de determinadas demandas asistenciales.
A coadyuvar a los citados fines viene el presente pliego, a través del cual se pretende resolver el normal desenvolvimiento y prestación de los servicios comunes diseñados para la promoción de alojamientos a la que pertenecen.
Asimismo, la importante demanda de plazas que sobre los alojamientos existe en el colectivo de personas mayores, evidencia el éxito de este recurso público, lo que justifica que VMCORSA haya puesto en marcha el proceso para la ampliación del recurso mediante la construcción de 112 nuevos alojamientos.
La experiencia desarrollada ha demostrado igualmente el éxito del centro de mayores existente en el complejo el cual cuenta con un importante nivel de actividad destinado, especialmente a más de sus 1.200 personas mayores asociadas a las que la cafetería/bar ha de prestar igualmente servicio.
II.- OBJETO Y LÍMITE DE LA CONCESIÓN.
Es objeto del presente pliego regular la licitación de la concesión demanial de uso normal privativo de local destinado a cafetería/bar en el complejo residencial de apartamentos dotacionales ubicados en C/ Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx y C/ Músico Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Igualmente dicho servicio se hará extensivo al centro de mayores y servicios anejos ubicados en el mismo conjunto residencial, en los términos que se especifican.
Este servicio quedará ubicado y se desarrollará en el local destinado a tal fin, ubicado en la planta baja del inmueble, con la distribución y cabida que se describen en los anexos del presente pliego.
El local está totalmente preparado y equipado con todas las instalaciones, aparatos, mobiliario y utensilios que generalmente son necesarios para la prestación de la actividad a la que va dirigido, de manera que cumple con los requisitos establecidos en la normativa y disposiciones vigentes que resulten de aplicación.
El local cuenta con la instalación y aparatos de aire acondicionado. Cuenta igualmente con instalación de ventilación, instalación de cocina y de extracción en la misma.
Cuenta igualmente con licencia de apertura y puesta en funcionamiento del negocio, la de calificación ambiental y demás autorizaciones administrativas para el ejercicio de la actividad. Si alguna de estas licencias hubiese sido ya obtenida previamente por Vimcorsa o anterior concesionario, el nuevo concesionario podrá optar a su elección entre subrogarse en las mismas o solicitar otras nuevas a su nombre.
III. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER.
El interés de esta concesión está en que, por parte del concesionario se ofrezca a los usuarios de los apartamentos dotacionales, así como a los usuarios del centro de día de mayores ubicado en planta baja, un espacio destinado a la restauración. Todo ello sin perjuicio de que, a la instalación de cafetería/bar, bajo las condiciones que se establecen en el presente pliego, puedan tener acceso personas ajenas al complejo de apartamentos.
IV. RÉGIMEN JURÍDICO Y NORMATIVA APLICABLE.
Al tratarse de un uso privativo del dominio público, esta concesión se regirá por la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, así como por lo dispuesto en la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 7/99 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y su Reglamento, Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Publicas, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la LCSP, y disposiciones dictadas en desarrollo de las anteriores.
Debido al objeto de la concesión, además, resultará de aplicación también la correspondiente normativa urbanística y de la edificación (Código Técnico de la Edificación, Accesibilidad, etc.), ordenanzas locales (Terraza en Espacios Públicos, etc.), normativa sectorial (calidad ambiental, horarios comerciales, sanitaria, contaminación acústica, etc.), en relación con las obras, actividades y servicios que se deben llevar a cabo en esta concesión.
Será de obligado cumplimiento para el concesionario la legislación y normativa vigente en materia de manipulación de alimentos, productos alimenticios, sanitaria, o cualquier otra que le sea de aplicación o pudiera serlo durante la prestación de los servicios objeto de la concesión, por motivo de los mismos.
V. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se efectuará de acuerdo con sus propios términos, y sus documentos anejos, planos, memoria, pliego de cláusulas administrativas, pliego de prescripciones técnicas, los cuales tendrán carácter contractual, sin que el adjudicatario pueda ser eximido de la obligación de su cumplimiento por su desconocimiento o falta de información sobre el contenido de los pliegos. En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera de los otros documentos contractuales prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
VI. OBRAS E INSTALACIONES QUE, EN SU CASO, HUBIERE DE REALIZAR EL CONCESIONARIO.
El local está totalmente instalado y equipado para ejercer la actividad de hostelería en las condiciones detalladas en el presente pliego. A tal fin se adjunta como anexo al mismo, un inventario detallado con los muebles, enseres, y demás utensilios destinados a la actividad con que cuenta el local.
Adicionalmente, el concesionario podrá incorporar elementos xx xxxxxx y ornamentación los cuales podrán ser retirados a la finalización de la concesión, siempre que ello sea posible sin menoscabo de la instalación.
Cualquier otra obra o modificación de la instalación o que afecte a los bienes y equipos existentes en la misma, deberán ser previamente autorizados por Vimcorsa, sin cuya previa autorización no se podrán llevara a cabo.
VII. CONDICIONES GENERALES DE LOS BIENES AFECTOS A LA CONCESIÓN.
El equipamiento cuenta con el mobiliario interior y exterior, maquinaria, medios y menaje para la prestación de los distintos servicios que figura en el anexo a este documento.
El resto de elementos que se consideren necesarios, deberán ser adquiridos, instalados y financiados íntegramente por el concesionario, y se ajustará a las características recogidas en su propuesta.
El adjudicatario o empresa concesionaria será totalmente responsable del acondicionamiento y adecuación de los locales destinados a cafetería/bar, el cual cuenta ya con las instalaciones básicas para el desarrollo de la actividad ya señalados.
Todos los gastos tanto administrativos (fianzas, permisos, licencias, etc.) como técnicos si fuesen necesarios (redacción de proyectos y documentos técnicos, dirección de obra, asesoramiento, etc.) que sean necesarios para el acondicionamiento de las instalaciones y el equipamiento correrán por cuenta del concesionario.
El adjudicatario está obligado a conservar y mantener en perfectas condiciones el local y el espacio público, así como las instalaciones, muebles, enseres y aparatos, siendo de su cuenta las actividades de reparación y mantenimiento para el correcto funcionamiento de los aparatos e instalaciones, así como su reposición por otros similares o de mejores prestaciones y el abono de
los desperfectos que se observen en los mismos a la finalización del contrato y que excedan del deterioro normal derivado de un uso cuidadoso.
El adjudicatario también se compromete a mantener las dependencias en perfecto estado de decoro (pintura, luminosidad, ventilación, etc.) realizando periódicamente cuantas actuaciones sean necesarias a este fin, pudiendo Vimcorsa dirigir requerimiento en este sentido cuando lo estime oportuno y no se estuviere cumpliendo dicha obligación.
El adjudicatario en ningún caso tendrá derechos algunos sobre los locales y los espacios públicos, a excepción de los derechos derivados de su utilización durante el periodo que dure la concesión, y con el único objetivo de prestar el servicio correspondiente al objeto del presente concurso.
El suministro de energía eléctrica, gas, u otro de cualquier tipo, así como el agua, teléfono y el servicio municipal de recogida de basuras, será siempre x xxxxx del adjudicatario Toda obra o contratación de cualquier instalación para la prestación de los suministros mencionados, será a su cargo.
Asimismo será a su xxxxx la reposición de los elementos necesarios para dichas prestaciones, tales como grifos, tomas de corriente, lámparas, luminarias, etc. De todos los bienes, instalaciones, infraestructura, mobiliario, equipamiento y utensilios que vayan a ser utilizados por el concesionario para la concesión.
A la finalización del periodo de concesión, Vimcorsa será propietaria de todo el equipamiento y obra realizados por el concesionario. En ningún caso se podrán llevar a cabo modificaciones de cualquier índole tanto en las dependencias, instalaciones, etc. como en el funcionamiento del servicio, sin previa autorización de Vimcorsa.
Todas las mejoras y renovaciones en equipamiento, instalaciones, menaje, etc. quedarán en propiedad de Vimcorsa al final del periodo contractual, o tras la rescisión del contrato.
VIII. CONDICIONES GENERALES Y OBLIGACIONES DE LA CONCESIÓN. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA/BAR.
El concesionario deberá explotar directamente la concesión a su riesgo y xxxxxxx, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar directa ni indirectamente la explotación, ni hacer uso en sus relaciones comerciales, laborales o cualesquiera otras del nombre del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, o de la empresa Vimcorsa, salvo autorización por escrito de éstos.
El concesionario está obligado a abonar el canon o cualquier otro derecho económico devengado a favor de Vimcorsa, y no podrá enajenar ni grabar los bienes objeto del presente pliego.
Una vez finalizado el contrato o dentro del plazo de 15 días naturales a contar del siguiente a la resolución contractual, el concesionario deberá abandonar, dejar libres y a disposición de Vimcorsa la cafetería/bar, las instalaciones y el equipamiento en buen estado de conservación y funcionamiento y con el desgaste razonable debido a un correcto uso.
El local destinado a cafetería/bar, además de estar abierto a los usuarios de los apartamentos, podrá admitir la entrada y uso de clientes ajenos a la instalación. En todo caso se deberán respetar los estándares de calidad en el servicio establecidos en el pliego de condiciones técnicas, así como los precios máximos permitidos para los usuarios de los apartamentos así como del centro de día.
La concesionaria podrá tramitar ante el Ayuntamiento los permisos necesarios para colocar en el acerado, frente al local destinado a cafetería, veladores u otros elementos desmontables que sean acordes a las ordenanzas locales, en cuyo caso todos los gastos que se originen correrán de su cuenta. Asimismo, podrá tramitar las autorizaciones pertinentes, en caso de ser necesarias, para prestar de forma puntual o estable el servicio en el centro de mayores.
IX. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
La forma de adjudicación será el concurso, y el procedimiento el abierto, al amparo de lo dispuesto, en el artículo 58.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
X. CANON ANUAL.
Los licitadores deben especificar en sus ofertas el canon anual que se comprometen a abonar a Viviendas Municipales xx Xxxxxxx S. A., caso de resultar adjudicatarios, estableciéndose un canon mínimo anual de 19.000 € más IVA al alza. El canon será pagadero por trimestres anticipados.
El canon ofertado por los licitadores, no podrán ser inferior al fijado en el presente pliego por ninguna de las proposiciones presentadas, so pena de rechazo por la Mesa de Contratación. El canon será revisado por Viviendas Municipales xx Xxxxxxx S. A. tras cada anualidad, y con efectos para el siguiente ejercicio ajustándolo a la variación experimentada por el IPC, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística. Se considerará índice inicial el correspondiente al mes en que se firme el documento de concesión.
De igual manera, una vez se produzca la adjudicación de residentes para los nuevos 112 alojamientos, tras la obra de ampliación, Vimcorsa se reserva el derecho de adecuar el canon a la nueva realidad, que salvo que concurran circunstancias sobrevenidas que a juicio de Vimcorsa justifique una cuantificación menor, se calculará incrementando el canon porcentualmente en proporción al incremento de unidades de apartamentos respecto a las actualmente existentes.
XI. PLAZO DE LA CONCESIÓN.
La duración de la concesión será de 3 años.
Una vez adjudicada, se procederá a la firma del correspondiente documento de concesión de forma inmediata y al comienzo de la actividad.
XII. ABONO DEL CANON.
El canon se abonará por trimestres anticipados, durante los siete primeros días de cada mes en que proceda el abono, en la cuenta que oportunamente se indique a la formalización de la concesión.
XIII. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.
La presentación de proposiciones presume por parte del empresario la aceptación incondicional de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna.
Las proposiciones se presentarán en el Registro General de documentos de Viviendas Municipales xx Xxxxxxx S. A. sito en C/Xxxxx xx Xxxxxxxx nº 9, en horario de 9,00 a las 14,00 horas, y deberán ir dirigidas al Departamento de Servicios Generales, durante los 20 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el Perfil del Contratante de la entidad.
Si el último día del plazo de presentación fuese sábado, festivo x xxxxxxx se ampliará hasta el día hábil siguiente con la misma hora. No serán admitidas las proposiciones recibidas con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a Vimcorsa la remisión de la proposición mediante correo electrónico enviado a la dirección xxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx , debiendo ser recibido en el Registro de entrada, como fecha límite, dos días después del último día del plazo. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha indicada.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Podrán participar personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, residentes en España, a título individual o en unión temporal de empresas. Los licitadores presentarán tres sobres cerrados, lacrados y firmados por el licitador o persona que le represente, señalándolos con las letras A, B y
C. En cada uno figurará una leyenda con el nombre del licitador, su domicilio y la leyenda de la contratación e incluirá la documentación que a continuación se indica, respectivamente en cada uno de los sobres. No podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal.
En cada sobre se indicará con claridad un correo electrónico de contacto, el cual será utilizado preferentemente para realizar todas las comunicaciones que en relación al procedimiento de selección realice Vimcorsa.
Podrán participar personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, residentes en España, a título individual o en unión temporal de empresas. Los licitadores presentarán tres sobres cerrados, lacrados y firmados por el licitador o persona que le represente, señalándolos con las letras A, B y
C. En cada uno figurará una leyenda con el nombre del licitador, su domicilio y la leyenda de la contratación e incluirá la documentación que a continuación se indica en los epígrafes 13.1, 13.2 y 13.3, respectivamente en cada uno de los sobres. No podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal.
Sobre A, título: “Documentación general”.
Se presentará igualmente en sobre cerrado, y firmado por el licitante o persona que lo represente, se consignará el título de la licitación, e identificación del licitante y demás requisitos señalados en la cláusula 13.
En forma y lugar visibles, en la cubierta del sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE A “DOCUMENTACIÓN GENERAL”
Título:
Nombre del licitante: CIF/NIF:
Dirección: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico: Persona de contacto: Firmas:
a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad
El contenido de este sobre estará compuesto por copias visibles de los originales. Concluida la licitación, el adjudicatario deberá aportar los originales a fin de ser cotejados en el plazo que sea requerido para ello. A tal fin las copias podrán ser cotejadas por los servicios administrativos de VIMCORSA.
En las uniones temporales la documentación general deberá ser aportada por todos y cada uno de sus miembros.
La Mesa de Contratación, podrá optar por considerar no presentada la documentación de aquellos apartados de las ofertas que no estén debidamente clasificados, o que por su forma de presentación sean difícilmente examinables.
Si el licitante fuere persona jurídica, deberá presentar copia de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable.
En las escrituras o documentos de constitución, deberá constar que la finalidad o actividad del licitante tiene relación directa con el objeto del presente contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 57 del TRLCSP.
Igualmente será obligatoria la presentación de copia del CIF del licitador.
Para las personas físicas, será obligatorio la presentación de copia del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
Para los licitadores no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, bastará con acreditar su inscripción en los Registros o presentar las certificaciones, que se indican en el artículo 84 del TRLCSP.
Los demás licitadores extranjeros, deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación, expedida por la respectiva representación diplomática española en el Estado correspondiente, acreditativa de figurar inscritos en el correspondiente Registro local profesional, comercial o
análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato; en estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de dicha representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del TRLCSP.
b) Documentos acreditativos de la representación
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación bastante.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
c) Acreditación de la solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la presentación de los documentos que a continuación se relacionan:
Las personas físicas.-
Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de tener contratado un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Tratándose de personas jurídicas.-
Presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas, en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde aquéllas se encuentren establecidas, relativas a los tres últimos ejercicios.
Declaración relativa a la cifra global de negocios en el curso de los tres últimos ejercicios, mediante la presentación de la declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347).
d) Acreditación de la solvencia técnica o profesional
Descripción técnica de los servicios de hostelería desarrollados durante los últimos 10 años por parte de la entidad solicitante, con especificación del tipo de actividad desarrollada de acuerdo con el Nomenclator, situación, instalaciones, organización del servicio, personal, etc.
e) Garantía provisional
Documento justificativo de haber constituido la garantía provisional a favor del órgano de contratación, por el importe indicado en el cuadro resumen.
Sobre B, título: “Oferta técnica”.
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitante o persona que lo represente, con el contenido y título de la licitación e identificación del licitante, además de los requisitos señalados en la presente cláusula.
En forma y lugar visibles, en la cubierta del sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE B
“OFERTA TÉCNICA”
Título:
Nombre del licitante: CIF/NIF:
Dirección: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Este sobre irá comprendido por los siguientes documentos:
7.1. Proyecto global de la concesión de bar/cafetería y terraza.
7.1.1. Memoria descriptiva, firmada por el representante legal de la entidad, sobre la propuesta global de la concesión de cafetería-bar, donde se indique al menos el enfoque y categoría que se pretende dar a la concesión así como las ideas globales que explican y justifican la propuesta, las medidas e iniciativas para procurar la máxima satisfacción de las personas residentes de los alojamientos y usuarios del centro de mayores, organización de actividades para los mismos, tanto estables como eventos especiales en fechas significadas (fiestas locales, Navidad), eventos deportivos, etc., así como la imagen corporativa pretendida para la concesión.
Se especificará con claridad cualquier enfoque o referencia que, a la temática o al contenido al que se destina el edificio principal, se tenga en cuenta en la instalación o en el desarrollo de la actividad hostelera.
7.1.2. Memoria técnica compuesta de:
*Promotor, antecedentes y condicionantes xx xxxxxxx.
*Programa de necesidades y descripción general de la propuesta.
*Cumplimiento de la normativa obligatoria de aplicación y limitaciones de uso de los bienes en su conjunto y de cada una de sus dependencias e instalaciones.
*Definición del equipamiento.
*Plantas generales de distribución acotadas a escala 1/50, con indicación de espacios y usos, reflejando los elementos fijos y los de mobiliario para la comprobación de la funcionalidad de los espacios.
* Descripción del mobiliario interior y exterior en caso de prever nuevas incorporaciones con la siguiente información:
*Diseños, marcas o referencias comerciales y características (modelo, dimensiones, materiales, colores, tipografías, etc.)
*Fotografías, imágenes, etc.
7.1.3. Si se fuese a incorporar, en su caso, presupuesto del mobiliario, equipamiento, utensilios y de la actuación en general, incluyendo los impuestos aplicables, con medición y valoración aproximada por capítulos.
7.2. Proyecto de la organización del servicio de la concesión:
7.2.1. Organización del servicio de cafetería-bar:
- Descripción de la organización, funcionamiento y servicios que se ofrecerán, así como las previsiones que se realizan y que justifican la organización propuesta.
- Descripción y enumeración de los medios personales, indicando el número, formación y cualificación (oficios y categoría), así como los trabajos o labores que desempeñarán y su adscripción temporal (nº de días a la semana, nº de horas al día, etc.). La propuesta que se realice indicará la organización (número de personas y tiempo en horas) para una jornada laboral completa de carácter general (16 horas) para estos dos supuestos, así como la formación que tendrá el personal que forma parte de la organización.
- Descripción del uniforme o vestimenta de servicio del personal.
- Descripción y justificación de las mejoras que se proponen sobre la organización mínima prevista en el pliego.
7.2.2. Organización del servicio de terraza:
- En caso de proyectar la instalación exterior de terraza, descripción de la organización, funcionamiento y servicios que se ofrecerán, así como las previsiones que se realizan y que justifican la organización propuesta.
7.2.3. Planificación para la adecuación de la situación y medios actual a la que se proponga.
- Descripción de la planificación prevista para el comienzo de la Concesión mediante diagrama, indicando la programación para el desarrollo de los distintos trabajos, y al menos los siguientes hitos:
*Redacción y preparación de documentación técnica (proyectos, estudios, informes, etc.)
*Solicitud de Licencia de Obras y de Actividad si fuesen necesarias.
*Ejecución de las Obras e Instalaciones adicionales a las existentes, en caso de estar previstas.
*Suministro de equipamiento, mobiliario y utensilios.
*Solicitud de Licencia de Puesta en Funcionamiento.
*Inicio de la prestación de los servicios de cafetería-bar, y en su caso, terraza.
7.3. Lista de Precios Máximos:
Lista de Precios Máximos que se confeccionará de forma similar al modelo del Anexo I del presente pliego, indicando los artículos o productos de consumo así como su precio máximo de venta al público tanto en local interior como en terraza. Además de aportar el Anexo I, deberá aportarse una Carta tipo con la oferta gastronómica a desarrollar, menús del día y los precios máximos de todos los productos ofertados en ella, con especificación de los precios a ofrecer a los residentes y usuarios del centro de día.
El modelo del anexo I es un modelo orientativo, sin que suponga obligación de ofrecer los mismos productos que en el mismo se reflejan, pudiendo presentarse un listado adaptado a los productos reales que se pretendan ofrecer.
En todo caso, se deberá especificar el precio o descuento que se ofrecerá, sobre el listado que se presenta, a los residentes y usuarios del centro de día de mayores.
7.4. Documentación relativa a la viabilidad económica de la concesión.
Breve justificación económica que de a conocer la viabilidad económica del proyecto. En este apartado no se podrá mencionar ni incluir ningún dato que pueda dejar entrever la oferta que se presentará en el “sobre C” relativo a oferta económica. Si así se hiciera, la propuesta quedará directamente descartada.
7.5. Documentación acreditativa de la experiencia profesional de la entidad solicitante relacionada con el objeto de la concesión.
Breve descripción de los servicios de hostelería desarrollados durante los últimos 10 años por parte de la entidad solicitante, con especificación del tipo de actividad desarrollada de acuerdo con el Nomenclator, situación, instalaciones, organización del servicio, personal, etc.
7.6. Documentación complementaria.
Cualquier otro tipo de documentación e información que el licitador estime conveniente y que sea de su interés incluir en su proposición para mejor conocimiento de su oferta.
Sobre C, título: “Oferta económica”.
Se presentará igualmente en sobre cerrado, y firmado por el licitante o persona que lo represente, se consignará el título de la licitación, e identificación del licitante y demás requisitos señalados en esta cláusula.
En forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE C
“OFERTA ECONÓMICA”
Título:
Nombre del licitante: CIF/NIF:
Dirección: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Se incluirá una sola proposición económica, según el modelo que se adjunta como Anexo al presente Xxxxxx. La proposición se presentará mediante cualquier método de impresión mecánica o informática, no aceptándose aquéllas que contengan omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente la oferta. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y en letra, la oferta quedará automáticamente excluida.
XIV. VALORACIÓN, ADJUDICACIÓN Y PERFECCIÓN DEL CONTRATO Mesa de contratación.
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas.
La Mesa estará formada por cinco miembros, actuando como Presidente el de la empresa o, en su caso, el Gerente. Como Secretario no vocal de la Mesa el Secretario del Consejo de Administración de VIMCORSA o miembro de los Servicios Jurídicos por él designado, y como vocales el Director de Servicios Generales de la empresa, el Director Técnico de la empresa y el Interventor del Consejo de Administración de la misma.
La Mesa quedará válidamente constituida cuando asistan tres miembros, siendo necesaria la asistencia del Presidente o persona en quien delegue, y del Secretario. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple, y en caso de empate resolverá el voto de calidad del Presidente.
En casos especiales, podrán asistir a las sesiones de la Mesa como asesores con voz pero sin voto, aquéllas personas con cualificación técnica adecuada a las circunstancias, que puedan ser convocadas por el Presidente.
Recepción de documentación.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el Secretario de la Mesa expedirá certificación comprensiva de las proposiciones recibidas o, en su caso, de la ausencia de licitante.
Certificación y calificación de documentos.
Una vez recibidos los sobres junto con el certificado del Secretario, se reunirá la Mesa de contratación para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma.
A tal efecto, el Presidente ordenará la apertura de los sobres marcados con la letra “A”.
La Mesa de contratación podrá, si así lo estima pertinente, remitir la documentación de estos sobres letra “A” al técnico competente a fin de que por el mismo se realice un estudio pormenorizado de la documentación en ellos presentada, y elevar informe sobre el cumplimiento de los requisitos de solvencia técnica y profesional exigidos.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados y lo hará público a través del perfil del contratante de VIMCORSA, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitantes los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitante si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.
Posteriormente se reunirá la Mesa de Contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitantes a la vista de las subsanaciones ordenadas.
Apertura de proposiciones.
La apertura de las proposiciones técnica y económica se llevará a efecto en acto público, el día y hora que a tal efecto y con antelación suficiente se publicará en el perfil del contratante de la entidad.
El Presidente, en el día y hora señalados en el anuncio, en acto público notificará el resultado sobre la admisión y/o exclusión de los licitantes, con expresión de las proposiciones rechazadas y la causa de la exclusión, procediéndose a la apertura de los sobres marcados con la letra “B”.
Una vez estudiadas y puntuadas por la Mesa las proposiciones técnicas, se anunciará igualmente el día y hora para proceder a la apertura pública de los sobres “C”.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, la Mesa dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas aportadas, y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación.
Igualmente quedarán automáticamente rechazadas, aquéllas proposiciones que no guardasen concordancia con la documentación examinada y admitida, excediesen el presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador, de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
Informes Técnicos.
La Mesa de Contratación, si lo estima pertinente, remitirá al técnico competente la documentación de los sobres “B” y “C”, a fin de que por éste se realice el estudio de las distintas proposiciones
presentadas por los licitadores admitidos, el cual deberá contener la valoración de las mismas conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego.
Una vez realizado el estudio de las distintas ofertas según los criterios indicados, el técnico elaborará un informe en el que expresará la puntuación obtenida por los licitadores, en cada uno de los criterios objetivos de valoración fijados en el presente pliego. Este informe junto con la documentación técnica se elevará a la Mesa de Contratación.
Adjudicación del contrato.
A la vista de la propuesta de la Mesa de contratación, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que en el plazo de 10 días hábiles a contar desde aquél en el que hubiese recibido el requerimiento complete los siguientes trámites:
- Garantía definitiva.
Antes de la formalización del contrato y en el plazo máximo indicado en el párrafo anterior, deberá presentar el resguardo acreditativo de haber constituido por cualquiera de los medios establecidos en el art. 96 del TRLCSP, una garantía definitiva por el importe fijado en el cuadro resumen del presente pliego.
La falta de constitución de la garantía o su falta de acreditación dentro del plazo señalado dará lugar a la resolución del contrato.
- Obligaciones Tributarias.
El licitador requerido para ello, dentro del plazo anteriormente señalado, deberá aportar justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal, Autonómica y Local.
Dicha acreditación se efectuará mediante certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente.
- Obligaciones con la Seguridad Social.
De igual forma, en el plazo concedido para ello, el licitador deberá aportar justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Dicha acreditación se efectuará mediante certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente.
- Abono de anuncios.
El adjudicatario, cuando así se prevea en el cuadro resumen, deberá presentar ante el órgano de contratación, acreditación documental de haber abonado el importe de los anuncios de licitación conforme a la liquidación que le facilitará el Departamento de Administración de VIMCORSA.
- Escritura de formalización de Unión Temporal de Empresarios.
Cuando el adjudicatario del contrato sea una Unión Temporal de Empresarios o grupo de personas que se hayan comprometido a su constitución en caso de resultar adjudicatarias, se deberá aportar escritura constitutiva de la misma.
De no cumplimentar adecuadamente todos los extremos del requerimiento en el plazo establecido, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la citada documentación del licitador siguiente, según el orden en que xxxxx quedado las ofertas.
La adjudicación deberá realizarse en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida. Dicha adjudicación deberá ser motivada y notificarse en los términos previstos en el art. 151 del TRLCSP.
Formalización de la concesión.
La concesión quedará perfeccionada con la formalización del documento de concesión.
A tal efecto, el adjudicatario queda obligado a suscribir, en el plazo de 2 días hábiles a contar desde el siguiente de la notificación de la adjudicación definitiva, el correspondiente documento de formalización de la concesión.
Cuando el adjudicatario solicite la formalización en escritura pública, los gastos derivados de su otorgamiento serán de cuenta del mismo.
En caso de uniones temporales de empresas, la escritura pública de formalización de la misma, deberá aportarse previamente a la firma del documento.
Simultáneamente con la firma del documento de concesión, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que quedará incorporado como anexo del mismo.
Cumplimiento y ejecución del contrato.
El contrato deberá desarrollarse según las previsiones del presente pliego y según la propuesta específica presentada y aprobada por el contratista adjudicatario.
En caso de incumplimiento del contrato, Vimcorsa se reserva la facultad de adoptar cualesquiera medidas de las previstas en la legislación de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y demás de pertinente aplicación, en defensa de sus intereses.
XV. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
Junto a los deberes exigibles al adjudicatario, serán de su cargo, además de las obligaciones recogidas en el pliego técnico, las siguientes:
a) La explotación se llevará a cabo directa y personalmente por el adjudicatario, quedando terminantemente prohibido el traspaso o cualquier otra clase de cesión, sin la autorización expresa de Viviendas municipales xx Xxxxxxx S. A.
b) El adjudicatario establecerá los precios de atención al público según la propuesta presentada en su oferta, la cual deberá respetar a su vez los límites previstos en las prescripciones técnicas, no
pudiendo incrementarlos en años sucesivos por encima del IPC anual correspondiente, salvo autorización expresa de Vimcorsa.
c) El adjudicatario se obliga a tratar con respeto y cortesía a la clientela, pudiendo llegarse a la resolución del contrato, previa incoación del preceptivo expediente, por incumplimiento a lo señalado.
d) Durante la vigencia del contrato, queda obligado a atender la explotación en la forma más adecuada para el buen funcionamiento del servicio, respetando el horario estipulado en el pliego técnico, manteniendo las condiciones de seguridad e higiene tanto las instalaciones como los productos que se expendan y siendo de su cargo los trabajos de conservación y limpieza ordinaria de las distintas dependencias objeto de la concesión.
e) El adjudicatario observará cuantas normas de policía estén contenidas en las Ordenanzas o pudieran establecerse en el futuro.
f) Serán de cuenta del concesionario todas las obras que lleve a cabo en el local para mejorar la instalación o para contribuir al mejor funcionamiento del servicio, quedando condicionadas al requisito de la autorización previa y expresa de Viviendas Municipales xx Xxxxxxx S. A.
g) El adjudicatario se obliga a dar exacto cumplimiento a las condiciones que rigen en esta contratación, así como a cuantas disposiciones estén vigentes al respecto, a satisfacer el importe de los anuncios que se inserten, gastos de formalización del contrato, al pago de toda clase de impuestos, arbitrios, derechos, tasas, etc., que se ocasionen como consecuencia de la presente licitación y subsiguiente explotación.
Asimismo, serán de cuenta del arrendatario las acometidas y el pago de cualesquiera servicios necesarios, (luz, agua, teléfono), y demás gastos de mantenimiento de las instalaciones.
h) El adjudicatario no podrá destinar el establecimiento a otros usos y fines que no sean propios y complementarios a los estrictamente descritos en el pliego técnico, siendo motivo de rescisión del contrato el incumplimiento de esta cláusula, sin perjuicio de que le sean exigidas las responsabilidades que sean procedentes. En cualquier caso requerirá expresa y previa autorización por parte del órgano contratante, el desarrollo de actividades propias de la prestación del servicio fuera del horario habitual de la actividad, que le sea propio según las ordenanzas locales de aplicación.
i) Viviendas Municipales xx Xxxxxxx S. A. podrá en todo momento inspeccionar el servicio objeto de la adjudicación, así como ordenar la corrección de cualquier anomalía o desperfecto que se observe. Asimismo, podrá aplicar en su caso el régimen sancionador previsto en este pliego y legislación vigente.
j) Serán de cuenta del adjudicatario la conservación, mantenimiento (pequeñas fugas, reparaciones eléctricas, fontanería, cerrajería, etc.), y limpieza del local objeto de concesión, con todas sus instalaciones y pertenencias en perfectas condiciones higiénico- sanitarias, debiendo ser devueltas o repuestas al término de la concesión en óptimas condiciones. Cuando la ejecución de una obra no pueda diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla sin que pueda invocar derecho a indemnización alguna.
k) El adjudicatario queda obligado a la observancia de las normas vigentes en materia legislación laboral y en materia sanitaria en todos sus aspectos, de los cuales será personalmente responsable.
Viviendas Municipales xx Xxxxxxx S. A. tendrá la prerrogativa de exigir al concesionario toda la información y documentación necesaria que acredite dicho cumplimiento, a título enunciativo: documentos de cotización a la seguridad social de los trabajadores, cuadrantes de trabajo que acrediten la realización máxima de la jornada ordinaria, y las posibles horas extraordinarias, nóminas que acrediten el cumplimiento del convenio colectivo de aplicación, contratos escritos de trabajo.
l) El empresario gestionará el servicio a su riesgo y xxxxxxx, estará obligado a indemnizar los daños que cause a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo de la explotación, exceptuándose de que tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia de una orden inmediata y directa de la Administración.
n) El empresario se obliga a suscribir con una Compañía de Seguros, una póliza que cubra frente al arrendador y frente a terceros, los riesgos derivados de la actividad que va a ejercer, de responsabilidad civil y un seguro que cubra la maquinaria y enseres. Viviendas Municipales xx Xxxxxxx S. A. se reserva la prerrogativa de exigir al arrendatario la sustitución o modificación de aquellas cláusulas de la póliza que estime que no garantiza las obligaciones que incumben al concesionario, especialmente las referidas a la seguridad de bienes y personas.
o) Adquirir e instalar todo el equipamiento básico y complementario necesario para la prestación del servicio. Los útiles que pretenda adquirir el adjudicatario y que para su instalación precisen realizar obras en el inmueble deberán ser objeto de estudio y aprobación previa por Vimcorsa, sin perjuicio de la preceptiva licencia. Antes de comenzar la explotación de los servicios, se extenderá un Acta en la que se hará constar el estado de las instalaciones puestas a disposición del adjudicatario y una vez finalizado el contrato se levantará Acta en la que se especificarán las condiciones en que se devuelven dichas instalaciones, vinculando la cancelación de la garantía si existiese, entre otros extremos, a compensar los vicios o defectos que se pudieran observar.
p) El horario de apertura y cierre del local será el que determine el Ayuntamiento para este tipo de actividad en sus ordenanzas locales que en cada momento estén vigentes, sin que su alteración, ya sea por reducción o ampliación comporte derecho alguno a la indemnización de daños y perjuicios.
q) Solicitar las autorizaciones y/o licencias municipales oportunas, abonando las tasas e impuestos municipales, debiendo ajustar su actividad a la normativa vigente en la materia, y especialmente al Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclator y el Catalogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
r) El concesionario será el único responsable de cuantos daños y perjuicios se ocasionen a personas o cosas durante el cumplimiento de la concesión, quedando totalmente exonerado el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y la empresa municipal Vimcorsa de cuantas reparaciones hubiese que llevar a cabo como consecuencia de aquéllos.
XVI. CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN
El incumplimiento por parte del concesionario de las obligaciones que se contienen en el presente Pliego de Condiciones o en las prescripciones técnicas, facultará al Órgano de Contratación para acordar la resolución del contrato, así como por las causas previstas en la Ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y en su reglamento de desarrollo:
a) Por vencimiento del plazo.
b) Por pérdida física o jurídica del bien sobre el que han sido otorgadas.
c) Por desafectación del bien.
d) Por mutuo acuerdo.
e) Por revocación.
f) Por resolución judicial.
g) Por renuncia del concesionario.
h) Por caducidad.
i) Por cualquier otra causa incluida en los pliegos que rigen esta Concesión.
La extinción de la concesión por alguna de las causas recogidas en el art. 32 de la Ley 7/1999 requerirá la incoación de expediente en el que deberá constar:
- Determinación de la causa de la que pudiera derivarse la extinción, con indicación de si ésta es o no imputable al concesionario.
- Relación de los bienes revertibles.
- Trámite de audiencia del concesionario.
- Resolución del órgano competente declarando la extinción de la concesión.
- Fijación de la indemnización si procede.
La caducidad por vencimiento del plazo es la causa normal de extinción de la concesión. La pérdida física del bien por caso de fuerza mayor no dará lugar a indemnización.
La pérdida física del bien por causa imputable al concesionario conllevará la obligación de éste de indemnizar a Vimcorsa el perjuicio originado.
La existencia de un mejor derecho por parte de un tercero sobre el bien objeto de la concesión, acreditada por resolución administrativa o judicial firme, producirá la pérdida jurídica del bien que amparaba la concesión, debiendo Vimcorsa abonar al concesionario los daños y perjuicios que le hubiese ocasionado, sin perjuicio de que pueda hacer valer frente al nuevo titular sus derechos económicos sobre las construcciones o instalaciones llevadas a cabo por el concesionario.
La pérdida de la condición demanial del bien objeto de la concesión determinará su extinción con la obligación por parte de Vimcorsa de indemnizar los daños y perjuicios que se hubiesen producido al concesionario, en su caso.
La extinción por mutuo acuerdo procederá, cuando sin concurrir causa imputable al concesionario, razones de interés público u otras de carácter excepcional justifiquen la no continuidad de la concesión.
La renuncia del concesionario requerirá la previa aceptación por parte de Vimcorsa.
El incumplimiento grave por parte del concesionario de alguna de las obligaciones establecidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares dará lugar a la revocación de la concesión. En todo caso se considera incumplimiento grave:
-El impago del canon establecido en el plazo de seis meses desde que naciera la obligación de pago.
-La inejecución de las obras o la falta de puesta en marcha del servicio al público en el plazo y condiciones establecida en el pliego.
Acordada la revocación de la concesión, la Vimcorsa podrá exigir el abono de las indemnizaciones que proceda sin perjuicio de las penalidades exigibles en aplicación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
La revocación de la concesión podrá fundarse en el incumplimiento de las obligaciones por el concesionario, en la aparición de circunstancias que, de haber existido, habrían justificado su denegación.
La caducidad por vencimiento del plazo es la causa normal de extinción de la concesión.
La totalidad de los bienes e instalaciones revertirán íntegramente a Vimcorsa sin pago de indemnización alguna.
Vimcorsa se reserva el derecho de dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento, si lo justificasen circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante indemnización.
XVII. INFRACCIONES, SANCIONES Y RESOLUCIÓN DE LA CONCESIÓN
Las faltas o infracciones que pueda cometer la empresa concesionaria en el desarrollo de la concesión se clasifican en leves, graves y muy graves.
Infracciones o faltas leves.
Se considerarán faltas o infracciones leves aquellas que afectando desfavorablemente la prestación de la concesión, no sean debidas a actuaciones maliciosas o deficiencias en la gestión, ni lleven unido peligro para las personas, animales o cosas, no representen una reducción y perjuicio de los bienes, así como todas las acciones u omisiones no encuadradas en las infracciones graves o muy graves.
De este modo, se indican de modo no restrictivo como infracciones leves:
− No hacer frente al pago de los recibos que las compañías suministradoras giren por los servicios y suministros prestados.
− No hacer entrega a requerimiento de Vimcorsa de los recibos sucesivos de pago correspondientes a la Póliza del Seguro de obligatorio cumplimiento.
− El incumplimiento de las obligaciones relativas al cuidado de la instalación y equipamiento y de la obligación de dar parte inmediatamente a la Policía Local de los actos vandálicos que se produjeran en la cafetería, terraza o en sus alrededores, o de cualquier otra circunstancia que implique un mal uso de la misma.
− La falta de conservación, decoro y de limpieza (sin que suponga un riesgo para la salud) de las distintas dependencias de la cafetería-bar, del espacio de terraza ocupado por las sillas, mesas, sombrillas y demás mobiliario y en el entorno afectado de las mismas, así como de las propias sillas, mesas, sombrillas y demás mobiliario, y de todas las instalaciones y equipamiento de las distintas dependencias de la cafetería-bar.
− Cualquiera de las consideradas como faltas leves en la normativa urbanística o sectorial de aplicación para cada una de las actividades y servicios que se desarrollan dentro del objeto de esta concesión.
Infracciones o faltas graves.
Se considerarán faltas o infracciones graves aquellas que como consecuencia de su actuación maliciosa, realización deficiente de la gestión del servicio o de las prestaciones y exigencias contenidas en los pliegos que rigen la concesión, puedan influir negativamente en las instalaciones o causar graves molestias a los usuarios y público en general.
De este modo se indican de modo no restrictivo como infracciones graves:
El retraso injustificado en la apertura de la cafetería y la terraza y el incumplimiento del horario establecido para ambas.
− No obedecer los requerimientos de Vimcorsa para dar cumplimiento a las directrices que se indiquen en relación al mantenimiento, mejora y conservación de los bienes objeto de la concesión y aquellos que resulten afectos.
− La falta de limpieza y conservación (que suponga un riesgo para la salud) de las distintas dependencias de la cafetería-bar, del espacio de terraza ocupado por las sillas, mesas, sombrillas y demás mobiliario y en el entorno afectado de las mismas, así como de las propias sillas, mesas, sombrillas y demás mobiliario, y de todas las instalaciones y equipamiento de las distintas dependencias de la cafetería-bar. El estado de limpieza se valora respecto a un estándar óptimo de limpieza en el cual no se notaría diferencia si se volviese a limpiar.
− El servicio de consumiciones fuera de los espacios objeto de la concesión u ocupar un espacio y superficie mayor de la autorizada.
− El almacenamiento para su reutilización de productos elaborados que por los procesos de calentamiento y enfriamiento a los que han sido sometidos no aconsejan su uso.
− La conservación fuera de su ámbito de alimentos que deban ser conservados en cámaras frigoríficas.
− El trato desconsiderado del personal del concesionario hacia los clientes, así como la falta de uniformidad, presencia y puntualidad del mismo.
− La no utilización de gorro, mascarilla, etc., por parte del personal del concesionario en los casos que sea obligatorio, así como la falta de higiene del mencionado personal.
− Ocupar con el servicio de terraza la franja de espacio libre público señalado como no ocupable y que deberá dejar libre el acceso y las vistas según las ordenanzas locales de aplicación.
− Cuando la instalación de la terraza se realice no respetando el mobiliario urbano, las zonas ajardinadas o las zonas de juego o descanso existentes.
− No cumplir con el deber de notificar a Vimcorsa la existencia de embargo o ejecución judicial sobre los derechos objeto de esta concesión.
− Llevar a cabo la instalación de elementos de cobertura con carácter permanente y no verificar la instalación del mobiliario con materiales resistentes.
− No poner el Libro de Reclamaciones a disposición de los usuarios en el momento que éste lo requiera o ser sancionado a resultas de la instrucción de cualquier expediente relacionado con la atención a los usuarios.
− No tener en lugar visible la licencia de apertura del establecimiento, la licencia xx xxxxxx, mesas y sombrillas o demás licencias y autorizaciones, así como la lista de precios del establecimiento, y no ajustarse los servicios que se prestan a las mismas.
− La obstrucción por el arrendatario del control y fiscalización que debe ejercer el órgano de supervisión y control de Vimcorsa, cuando no sea calificada como muy grave.
− La acumulación de dos infracciones o faltas leves en un mes.
− Cualquiera de las consideradas como faltas graves en la normativa urbanística o sectorial de aplicación para cada una de las actividades y servicios que se desarrollan dentro del objeto de esta concesión.
Infracciones o faltas muy graves.
Se considerarán faltas o infracciones muy graves:
− Poner en peligro el bien objeto de la concesión.
− La acumulación de dos faltas graves en menos de un mes y de tres faltas graves en total.
− No abonar las primas de las pólizas de seguro que según contrato se deben suscribir, y en el supuesto de lesiones a particulares en el inmueble objeto de la concesión, no tramitar o facilitar la información relativa a la correspondiente póliza de seguros que cubra la responsabilidad que se derive.
− No adoptar las medidas de seguridad precisas a fin de evitar siniestros, o mantener las instalaciones en un estado de peligrosidad que los pueda general.
− Dedicar el local y la terraza objeto de la concesión a un uso distinto a los establecidos en el contrato y en los pliegos que lo rigen.
− El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato, si una vez advertido el concesionario se mantiene el incumplimiento o no se corrigiese la deficiencia de forma inmediata.
− Abandonar la ejecución de las obras autorizadas por el Ayuntamiento por plazo superior a un mes sin causa justificada, o el cese de la actividad para la que está destinado el inmueble cedido por plazo de 20 días en un año, o de 40 días en dos años, de forma continua o discontinua.
− Cobrar precios por encima de los que se hayan establecido para los usuarios del complejo.
− La falsedad comprobada de informes, datos, etc. proporcionados por el concesionario a Vimcorsa o al Ayuntamiento, o el ocultamiento de informes, datos, etc. que resulten importantes en el desarrollo de la concesión y que afecten a la misma.
− El deterioro grave de las instalaciones, ocasionado por negligencia grave o abandono del concesionario.
− La demostración de que la intoxicación de una o más personas ha tenido origen en productos alimenticios librados en el servicio.
− La ausencia total o parcial del servicio, cualquiera que sea la duración, sin causa justificada de fuerza mayor, en el transcurso de todo el período del contrato.
− Tener en funcionamiento la cafetería-bar o instaladas sillas, mesas y sombrillas en el espacio público una vez expirado el plazo establecido por las licencias o autorizaciones municipales y sectoriales correspondientes o si no se hubiesen obtenido las preceptivas licencias o autorizaciones municipales y sectoriales.
− Cualquiera de las consideradas como faltas muy graves en la normativa urbanística o sectorial de aplicación para cada una de las actividades y servicios que se desarrollan dentro del objeto de esta concesión.
Sanciones o penalizaciones.
Las sanciones o penalizaciones que se podrán imponer por la comisión xx xxxxxx o infracciones será la siguiente:
− Faltas leves: multa del 1% al 3% del canon anual.
− Faltas graves: multa del 5% al 25% del canon anual.
− Faltas muy graves: multa del 25% al 50% del canon mensual. También podrá dar lugar a la resolución de la concesión.
Independientemente de todo lo anterior, Vimcorsa se reserva la facultad de realizar controles de calidad del servicio que podrán arrojar informes mensuales con ratios cuantitativos de la misma, de los que será puntualmente informada la empresa adjudicataria. En estos casos y a resultas de aquéllos, se podrán dar al concesionario las instrucciones pertinentes a fin de mejorar la prestación de servicio.
XVIII. PÓLIZA DE SEGURO
El concesionario deberá suscribir una póliza de seguro a favor de Vimcorsa por el tiempo de adjudicación de la concesión. De todo ello se adjuntará copia en el plazo de 15 días desde la notificación del acuerdo de adjudicación y siempre antes del comienzo de la prestación de los servicios objeto de concesión.
* Características del seguro de responsabilidad civil.
El adjudicatario deberá suscribir una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños y perjuicios materiales, personales y consecuenciales, causados a terceros en el ejercicio de la actividad descrita en el objeto de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas.
a) Xxxxxxxxxx a contratar:
− Responsabilidad Civil de Explotación.
− Responsabilidad Civil Patronal.
− Responsabilidad Civil postrabajos/servicios.
− Defensa y Fianzas civiles y criminales.
− Liberación de Gastos incluida.
b) Descripción del riesgo asegurado: actividad señalada en el objeto del contrato, esto es, la responsabilidad civil derivada de la explotación y gestión del servicio de cafetería-bar, incluyendo la responsabilidad derivada de la propiedad, posesión o tenencia de los bienes utilizados para la explotación de este servicio.
No deberá figurar entre las exclusiones de la Póliza, ni como exclusiones generales a todas las coberturas, ni como exclusiones especiales, ninguna exclusión que afecte a obligaciones que el adjudicatario debe de cumplir con arreglo a las prescripciones técnicas de este concurso y por las que se pueda ser reclamado civilmente.
Se cubrirá expresamente la responsabilidad derivada del servicio de comidas, manipulación de alimentos, esto es, los daños y perjuicios derivados de intoxicación alimentaria.
c) Tomador: la empresa adjudicataria. Los asegurados serán el concesionario y Vimcorsa.
d) Límite de indemnización:
− Límite de indemnización por siniestro y año: 1.200.000,00 euros.
− Sublímite por víctima personal y patronal: 150.000,00 euros.
e) Vigencia del contrato (ámbito temporal): la póliza amparará reclamaciones producidas durante el período de seguro y reclamadas durante el mismo o en los 6 meses posteriores a la finalización de la Póliza. En el caso de que en la segunda anualidad del contrato de servicio o a lo largo de la vida del mismo, se cambie de compañía aseguradora, la aseguradora entrante amparará las
reclamaciones producidas desde la fecha de efecto de su Póliza hasta 6 meses posteriores a su fecha de vencimiento.
El adjudicatario deberá entregar a Vimcorsa con al menos cinco días de antelación al inicio del servicio, original de la póliza y recibo justificativo del pago de la prima. En caso de fraccionamiento de la prima, el adjudicatario deberá facilitar con la misma antelación a Vimcorsa, los recibos justificativos de la prima de cada fraccionamiento de pago.
Cualquier modificación que pudiera afectar a elementos esenciales del contrato de seguro deberá ser comunicada y aceptada expresamente por Vimcorsa, pudiendo originar en caso contrario, la rescisión del contrato, sin perjuicio de otro tipo de responsabilidades que se puedan derivar.
ANEXO I. LISTA DE PRECIOS VENTA AL PÚBLICO MÁXIMOS
ANEXO II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don................................................................................mayor de edad, con domicilio a efectos de
notificaciones en......................... C/..........................................................................................
Nº.........CP.................Telefóno.............Fax..................email......................................y con D.N.I.
nº............................. en nombre propio o en representación de la
Empresa. , | con | domicilio | social |
en. , | y NIF nº | ................... que | representa, |
manifiesta lo siguiente: |
Se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a ejecutar la prestación a la que concursa, y a asumir el cumplimiento de todas las obligaciones inherentes a la adjudicación de la concesión, OFERTANDO EL SIGUIENTE CANON (detallar en letras y números):
- CANON ANUAL OFERTADO: .................................................................................................................
Dicho importe se considera excluidos todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto contemplado en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato.
En..........................., a.... de. de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador) Fdo. :
ANEXO III. CRITERIOS DE PUNTUACIÓN.
Los criterios que determinarán la adjudicación de la concesión serán los siguientes en orden de importancia que se le atribuye, de conformidad con el artículo 134 y 136.2 de la LCSP.
CRITERIOS OBJETIVOS
A Mejora del canon anual hasta 50 puntos.
B Lista de precios hasta 15 puntos.
CRITERIOS SUBJETIVOS
C Proyecto global de la concesión hasta 7 puntos.
D Organización del servicio hasta 7 puntos.
E Propuesta de actividades para mayores hasta 7 puntos.
F Prestación de servicios adicionales al centro de mayores… hasta 4 puntos.
G Oferta gastronómica hasta 10 puntos.
Total Baremo 100 puntos.
Explicación de los criterios de puntuación
X. Xxxxxxx de puntuación relativa a la mejora de canon anual.
Con este criterio se pretende valorar la oferta de canon anual que se propone abonar por la concesión demanial cuyo objeto está recogido en los pliegos que rigen este contrato.
De esta forma, se dará la mayor puntuación a la licitación que oferte el mayor canon anual, y proporcionalmente se irán puntuando las restantes.
La licitación que iguale el canon mínimo establecido en el pliego recibirá 0 puntos en este apartado, y el que no llegue al mínimo será descalificado.
B. Lista de precios.
Con este criterio, se pretende promover la concurrencia en relación a los precios que deberán soportar las personas mayores usuarias del servicio, así como los clientes externos a la instalación.
Por tanto, se tendrá en cuenta el mejor precio ofertado para los menús y oferta gastronómica que se ofrezca a las personas mayores usuarias del servicio. Por otra parte, los precios que se oferten en la carta general que se pretenda ofrecer al público en general y que sean clientes externos a la instalación, así como el descuento que sobre dicha carta se ofrezca a las personas mayores usuarias del servicio.
C. Proyecto Global de la Concesión.
Con este criterio se pretende valorar la oferta de la inversión a realizar para llevar a cabo el objeto de esta concesión, y tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes conceptos:
- Posibles obras de mejora de las instalaciones.
-La inversión a realizar en mobiliario, equipamiento, utensilios y similares.
Con este criterio se pretende valorar la calidad del proyecto global que se presenta para la concesión, que engloba el diseño y propuesta para los bienes muebles e inmuebles que están incluidos dentro del objeto de la concesión.
En el proyecto global se habrá propuesto el diseño exterior e interior del local, el mobiliario interior y exterior, el equipamiento previsto, etc. y todo este conjunto deberá presentar la imagen corporativa singular que se pretende para la concesión de cafetería y terraza. El proyecto justificará que se utilizan los conceptos, estilos, materiales, colores, tipografías, etc., adecuados con la imagen corporativa que se persigue, pues el proyecto global no sólo dirá cómo van a ser todos estos elementos, sino que además justificará por qué son así sobre la base de esa pretendida imagen corporativa.
Para valorar este criterio en su conjunto, se otorgará la puntuación en función del grado de cumplimiento de todos los aspectos contemplados anteriormente, contenidos en el proyecto global de la concesión indicado en el pliego de prescripciones técnicas y que justifique la imagen corporativa propuesta.
D. Organización del servicio.
Con este criterio se pretende valorar la oferta de organización del servicio para llevar a cabo el objeto de esta concesión. La oferta especificará de forma separada la organización de los medios personales que se pondrán a disposición de la cafetería y/o restaurante y de la terraza. Será necesario detallar en la oferta, el número de horas por día que cada uno de los trabajadores estará a disposición de la concesión.
Para valorar este criterio se supondrá que como máximo el establecimiento va a estar abierto 16 horas.
E. Propuesta de actividades para mayores.
A través de este criterio, se valorará la posible oferta de actividades a las personas mayores residentes o usuarios del centro de día, y que se pueda implementar por parte del concesionario, debiendo detallar a tal fin la descripción de qué actividades se propone, forma de desarrollo, lugar, y cualesquiera otros datos que puedan servir para valorar la propuesta.
F. Prestación de servicios adicionales al centro de mayores.
Aun cuando la concesión se orienta principalmente a la prestación del servicio de bar-cafetería a las personas mayores residentes, se valorará el hacer extensiva la oferta de los servicios a prestar a las personas mayores usuarias del centro de mayores ubicado en el mismo recinto.
G. Oferta gastronómica.
La importancia de llevar a cabo una dieta sana y equilibrada, es especialmente importante para las personas mayores, las cuales a menudo, deben respetar determinadas restricciones por motivos de salud. Por ello, se valorará por una parte la calidad de la oferta gastronómica basada en los principios y argumentos de nuestra cocina mediterránea, y por otra, la diversidad de la oferta diaria que se ofrezca a los usuarios. De igual forma se valorará la variedad que la oferta diaria, a fin de que en días sucesivos y en tramos semanales o periodos superiores cambien y en su conjunto se garantice una dieta equilibrada y diversa.
Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se obtendrá el total de cada oferta sumando la puntuación por cada concepto de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación total.
En caso de producirse empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que haya obtenido mayor puntuación en los criterios de carácter objetivo.