ANEXO UNICO
ANEXO UNICO
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1-OBJETO.
1.1 El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto la adquisición de Soluciones Parenterales y Antisépticos descriptos en el Pedido de Cotización adjunto, bajo la modalidad de Acuerdo Marco, según los requisitos detallados en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en las Especificaciones Técnicas.
1.2 La modalidad de contratación dispuesta obedece a que el Hospital no puede determinar con precisión - en virtud de las variaciones estacionales no predecibles -, las cantidades, los plazos y el número de entregas de los medicamentos y productos médicos a adquirir durante todo el período de vigencia del Acuerdo Marco. Esta licitación está compuesta de 37 renglones de conformidad con lo dispuesto en el Pedido de Cotización adjunto.
1.3 Se admitirán cotizaciones por cantidades parciales, siempre que no sean inferiores al cincuenta por ciento (50%) de las cantidades máximas a adquirir indicadas para cada Renglón e incluirán en todos los casos, la totalidad de los costos de su entrega en el Xxxxxxxx (Xx. Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxxx Xxxxxx). El oferente podrá cotizar por uno, varios o todos los Renglones y el Hospital podrá evaluar y adjudicar los renglones sobre la base de su adjudicación integral.
1.4 Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sí solo o como integrante de una Unión Transitoria de Empresas. Se desestimarán todas aquéllas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición.
1.5 Las Solicitudes de Aprovisionamiento se efectuarán únicamente durante la vigencia del Acuerdo Marco y se perfeccionarán mediante la suscripción de la correspondiente Orden de Compra.
1.6 Por tratarse de provisiones de cumplimiento sucesivo de medicamentos y/o productos médicos, el Hospital aplicará a cada Orden de Compra y a solicitud del proveedor, una fórmula de redeterminación de precios, de conformidad con lo dispuesto en el Punto 13 de estas Condiciones Particulares y en los artículos 19 de las Condiciones Generales y 31 y 41 del Reglamento de Contrataciones del Hospital.
1.7 El Acuerdo Xxxxx tendrá una vigencia de dieciocho (18) meses a contar desde su suscripción, pudiendo prorrogarse por hasta seis (6) meses adicionales. Durante la vigencia establecida, el Hospital podrá, según las necesidades y demandas del Área Requirente, disponer ampliar o reducir cantidades de conformidad con lo dispuesto en el Punto 15 (Modificaciones del Acuerdo Marco) de estas Condiciones Particulares. El Hospital no efectuará solicitudes fuera del plazo original del Acuerdo Marco o de su prorroga.
1.8 Por tratarse de un acuerdo plurianual, la autorización y el compromiso de gastos quedarán subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
2-PLAZO MANTENIMIENTO OFERTA.
2.1 Los Oferentes deben mantener sus Ofertas, por el término de sesenta (60) días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura. Toda oferta con un plazo de mantenimiento
menor será rechazada por el Hospital por incumplimiento.
2.2 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de mantenimiento de la oferta, el Hospital podrá solicitarle a los Oferentes que extiendan el período de la validez de sus ofertas. Los oferentes no estarán obligados a prorrogar su oferta y lo expuesto no generará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta del Punto 9 de estas Condiciones Particulares. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito.
3-RETIRO O ENVIO XX XXXXXX - CONSTITUCIÓN DOMICILIO COMUNICACIONES.
3.1 Los Interesados deberán obtener el Pliego de Bases y Condiciones:
3.1.a- Físicamente: en la oficina de Compras del Hospital, o bien
3.1.b- Mediante Correo Electrónico: a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx, informando CUlT de la empresa, razón social, y datos del procedimiento de selección de que se trate.
3.2 En ambos casos hasta dos (2) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura y previa acreditación del depósito en cuenta corriente del Banco de la Provincia de Buenos Aires N° 501749 sucursal 5042, por la suma de Pesos Mil ($ 1.000,00).
3.3 En dichas oportunidades, deberán constituir también el “Domicilio de Comunicaciones” y “Dirección de Correo Electrónico” al que el Hospital enviará todas las comunicaciones previas a dicho acto y que hagan al proceso licitatorio.
3.4 Los interesados podrán consultar el texto xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones accediendo a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx (link licitaciones/compras).
4- CONSULTAS Y ACLARACIONES.
4.1 Los interesados que necesiten cualquier aclaración podrán solicitarla al Hospital hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura, ante la oficina de Compras del Hospital, en el horario de 09:00 a 13:00 horas o vía correo electrónico a la dirección indicada en el Punto 3.1.b- de estas Condiciones Particulares, hasta las 15:00 horas del último día hábil permitido.
4.2 El Hospital responderá por escrito a toda solicitud de aclaración a más tardar dos (2) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura. El Hospital enviará una copia de su respuesta a todos los que adquirentes de los pliegos, incluyendo una explicación de la consulta, pero sin identificar su procedencia. Las Comunicaciones a quienes hubiesen adquirido el Pliego de Bases y Condiciones, se harán en el “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto – Punto 3 de estas Condiciones Particulares. Será responsabilidad del oferente constatar su corrección e informar cambios, de corresponder. El resto de los interesados podrán conocer el texto de las explicaciones, accediendo a las “Circulares Por Consulta” xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx (link licitaciones/compras).
4.3 Antes de la fecha límite de presentación de las ofertas, el Contratante podrá modificar el Pliego de Bases y Condiciones, expidiendo Enmiendas o bien emitir “Circulares de Oficio” las cuales serán notificadas o publicadas de conformidad con lo dispuesto en el punto anterior.
4.4 Cualquier enmienda o aclaración será parte xxx xxxxxx de Bases y Condiciones.
4.5 El Hospital, si fuera necesario, podrá prorrogar la fecha límite de presentación de ofertas, a fin de dar a potenciales oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la preparación de sus ofertas.
5- OFERENTES-CONDICIONES REQUERIDAS.
Podrán formular Oferta quienes reúnan los siguientes requisitos:
5.1 Estén habilitados por el Registro de Proveedores del Hospital.
5.2 Aquellos que no encontrándose inscriptos en el Registro de Proveedores del Hospital, se encuentren habilitados, para el rubro a licitar, por el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado Nacional y/o Provincial, debiendo solicitar su inscripción, en el Registro de Proveedores del Hospital, dentro de los cuatro (4) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de apertura.
6- OFERTAS - SU PRESENTACIÓN.
6.1 Las propuestas deberán confeccionarse y presentarse conforme al siguiente detalle:
6.1.a- Escritas a máquina.
6.1.b- Por duplicado.
6.1.c- En sobre común sin membrete o en cajas o paquetes si son voluminosos, perfectamente cerrados, identificando claramente:
▪ Expediente Nº: 2915-9709/2019
▪ Licitación Pública Nº
▪ Fecha de Apertura:
▪ Hora Apertura:
6.1.d- Si los sobres o cajas no están sellados e identificados o no son entregados en la Oficina de Compras del Hospital (NO en la Mesa de Entradas y Salidas General), el Hospital no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.
6.1.e- Rubricada por quien detente el uso de la firma social o con poder suficiente para representar a la empresa.
6.1.f- Las enmiendas o raspaduras deberán ser debidamente salvadas por el oferente al pie de la propuesta.
6.1.g- La cotización se efectuará por precio unitario y precio total de cada Renglón. Los precios cotizados deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). Por tratarse de un proceso bajo la modalidad de Acuerdo Marco, los precios totales cotizados sólo tienen por objeto la determinación de los montos de las garantías y la capacidad financiera del oferente. En el caso de presentar ofertas alternativas, las mismas se cotizarán de igual forma.
6.1.h- La presentación de ofertas implica el conocimiento y aceptación de los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares, de las Especificaciones Técnicas y el sometimiento a todas sus disposiciones, y a las del Reglamento de Contrataciones del Hospital, sin que
para ello sea necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones firmados junto con la oferta. No serán consideradas las ofertas que no se ajusten en un todo a lo establecido en dicho Pliego o Reglamento y/o condicionen sus estipulaciones.
6.1.i- La Oferta presentada deberá estar compuesta por la totalidad de la información o documentos dispuestos en el Puntos 7 de estas Condiciones Particulares y/o cualquier otro documento requerido en el presente, de corresponder.
6.1.j- El Oferente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y el Hospital no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos, independientemente del resultado del proceso de licitación.
7- OFERTAS – FORMA DE COTIZAR - DOCUMENTACIÓN A INTEGRAR.
7.1 Cuando fueren documentos o constancias emitidas por Contador Público Nacional, su firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo.
7.2 Aquella documentación que exija este Pliego y no constituya un documento público, revestirá carácter de Declaración Jurada y la omisión de su presentación constituirá causal de inadmisibilidad de la Oferta.
7.3 La presente Licitación Pública se desarrollará en una (1) etapa.
7.4 El acto de apertura se cumplirá en acto público y con presencia de los Oferentes que deseen participar.
7.5 El sobre o paquete de cada oferente deberá contener, la siguiente información y documentación:
SECCIÓN A | CAPACIDAD LEGAL DEL OFERENTE | FOLIOS |
1 | DDJJ con Denominación de la firma, Domicilios legal y real, Tel, fax y correo electrónico; | |
2 | DDJJ con Listado de integrantes de la firma (autoridades): Apellido y nombre, DNI y cargo, refrendado por el Representante legal de la Empresa; | |
3 | Acreditación de la representatividad legal del firmante de la oferta, cuando no surja de la Credencial de Proveedor del Hospital, certificado por Escribano Público y legalizado por el Colegio respectivo; | |
4 | Contrato/Estatuto, Acta de Reunión de Contrato Social, Acta de Reunión de Socios, o Estatutos y Actas de Asamblea y de Directorio; | |
5 | Contrato de Unión Transitoria de Empresas o “Compromiso de Constitución de Unión Transitoria de Empresas” que cumpla con las exigencias de las Condiciones Generales; certificado por Escribano Público y Legalizado por el Colegio respectivo; | |
6 | Estados Financieros auditados correspondientes a los últimos dos (2) ejercicios cerrados, a efectos de la evaluación financiera del Punto 7 (ítems 20) de estas Condiciones Particulares. | |
SECCIÓN B | HABILITACIÓN DEL OFERENTE | FOLIOS |
7 | Constancia de Inscripción en el Registro de Proveedores del Hospital o habilitados para el rubro a licitar, por el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado Nacional y/o Provincial, en todos los casos de acuerdo con lo previsto en el Punto 5 de estas Condiciones Particulares; | |
SECCIÓN C | GARANTIA DE OFERTA | FOLIOS |
8 | Garantía de Oferta según lo establecido en el Punto 9 de estas Condiciones Particulares; | |
SECCIÓN D | ELEGIBILIDAD DEL OFERENTE | FOLIOS |
9 | Declaración en instrumento privado que indique que no ha sido demandado por la Nación y/o la Provincia de Buenos Aires o sus entidades descentralizadas por causas fiscales o contractuales, exigencia que en el caso de UTE, se extiende a todos sus integrantes. En el caso de existir juicios, el Oferente deberá afianzar los montos totales involucrados, costos y costas; | |
10 | Constancia de Inscripción en el Registro Provincial de Microempresas, cuando resulte de aplicación el Punto 13 - Micro, Pequeñas y Medianas Empresas - Condiciones Generales; | |
11 | Certificación del nivel de calidad alcanzado, cuando resulte de aplicación el Punto 14 - Principio de Prioridad y Preferencia en razón de Calidad Certificada - Condiciones Generales; | |
12 | Declaración en instrumento privado que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de los segmentos de sus procesos de conformidad con las normas legales vigentes; | |
13 | Documentación emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que respalde la situación que, como sujeto, reviste frente al Impuesto al Valor Agregado; | |
14 | Para las empresas con domicilio fiscal en la provincia de Buenos Aires documentación emitida por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) dependiente del Ministerio de Economía, que respalde la situación que, como sujeto, reviste frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos; | |
15 | Comprobante de pago xxx Xxxxxx. En virtud de lo dispuesto en el Punto 6.1.h- de estas Condiciones Particulares no se requiere la xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones firmado. | |
SECCIÓN E | INFORMACIÓN TÉCNICA | FOLIOS |
16 | Con el fin de establecer la conformidad de los medicamentos o productos médicos (incluida su entrega, en todos los casos), los Oferentes deberán proporcionar como parte de la Oferta evidencia documentada acreditando que los mismos cumplen con las E.T. y los estándares especificados en los Puntos 17 a 19 de esta Sección E, de corresponder. La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos, folletos, brochures o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas demostrando conformidad de los mismos con las E.T. | |
Los MEDICAMENTOS O ESPECIALIDADES MEDICINALES deberán cumplir con; |
17 | 1. La definición que para “Especialidad medicinal" registra el Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000/00 x xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx VI Edición. Deberán tener NUMERO DE CERTIFICADO que se consignará en la oferta. En caso de ser necesario, el Hospital podrá requerir copia del Certificado expedido por la Administración Nacional del Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) y/o por el Ministerio de Salud (Laboratorio Central de Salud Pública) de la Provincia de Buenos Aires. Se consignará así mismo, el Laboratorio y el Nombre comercial del producto ofrecido. 2. Los oferentes deberán cumplir con lo establecido en la ley 16.463 y sus Decretos reglamentarios, como así también acreditar el cumplimiento de las Resoluciones y Disposiciones de la A.N.M.A.T., respecto a Medicamentos y Establecimientos productores, importadores y distribuidores de Especialidades medicinales y drogas, adjuntando el certificado de habilitación extendido por dicha administración, correspondiente a los fabricantes y/o importadores del producto solicitado. 3. Las Droguerías y Farmacias deberán presentar fotocopia autenticada de la constancia de inscripción en la A.N.M.A.T. del CERTIFICADO DE LIBRE TRÁNSITO INTERPROVINCIAL (Decreto 1299/97 Art. 3º) como así también la inscripción en la BASE UNICA DE ESTABLECIMIENTOS QUE EFECTUAN TRANSITO INTERJURISDICCIONAL según lo establecido en la disposición Nº 5054/2009 de A.N.M.A.T. Asimismo las Droguerías y Farmacias situadas en la Provincia de Buenos Aires, deberán presentar copia de habilitación expedida por el Xxxxxxxxxx xx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Asimismo, deberá estarse a los dispuesto en el ANEXO I del presente Pliego de Condiciones Particulares. | |
18 | Los PRODUCTOS MÉDICOS, deberán cumplir con; 1. REGISTRO DE PRODUCTO MÉDICO según Disposición 2318/02 (TO 2004) o CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DEL PRODUCTO MÉDICO considerando la vigencia de los mismo según lo establecido en la Disposición (ANMAT) 5031/09. Las empresas oferentes deberán indicar en sus ofertas el Número de PM en cada producto cotizado, como así también adjuntar copia del Certificado de PM vigente. 2. Habilitación como EMPRESA COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS. En los siguientes casos los oferentes deberán presentar: A. Empresas Importadoras y fabricantes de Productos Médicos que elaboren sus productos con destino al tránsito interprovincial deberán presentar copia del Certificado de Habilitación del Establecimiento por Disposición ANMAT 2319/02 (TO 2004) junto con el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) del |
rubro correspondiente vigente. B. Empresas distribuidoras de Productos Médicos deberán presentar habilitación por la Autoridad Sanitaria de cada provincia. Aquellas empresas distribuidoras que deseen comercializar sus productos fuera de la jurisdicción donde fueron habilitados, deberán obtener la habilitación ante ANMAT para el tránsito interjurisdiccional de Productos Médicos según lo establece la Disposición ANMAT 6052/2013. Regímenes especiales: Existen algunos productos que son fiscalizados por la Dirección de Tecnología Médica de ANMAT a través de reglamentos especiales. En estos casos los oferentes deberán presentar al momento de la cotización, con la oferta, fotocopia de la documentación prevista en cualquiera de los casos: A. En el caso de productos absorbentes higiénicos descartables comprendidos en la Resolución 288/90 (por ej. pañales): Disposición habilitante y certificado de habilitación de establecimiento donde conste el rubro de los productos para el cual ha sido habilitada. B. En el caso de sanitizantes, desinfectantes y esterilizantes, comprendidos en la Disposición 4324/99: Disposición habilitante de establecimiento, hoja de seguridad y disposición autorizante para cada producto. Asimismo, deberá estarse a los dispuesto en el ANEXO II del presente Pliego de Condiciones Particulares. | ||
19 | Para todos los Renglones: En caso de que alguno de los insumos o productos cotizados posea certificación “en trámite” ante la A.N.M.A.T., y si dicho trámite corresponde a la registración por primera vez del insumo, la mencionada oferta no podrá ser aceptada. | |
SECCIÓN F | ANTECEDENTES FINANCIEROS | FOLIOS |
20 | Promedio anual de ingresos: El oferente deberá demostrar un volumen de facturación por ventas promedio anual de los últimos 2 años deberá ser equivalente, como mínimo, a dos (2) veces el valor del monto a adjudicar. Será acreditado mediante la presentación de copias de los estados financieros auditados correspondientes a los últimos dos (2) ejercicios cerrados. En el caso que la acreditación no alcance a cubrir el volumen requerido, la oferta será rechazada. Asimismo deberá adjuntar el Formulario dispuesto en el Anexo V. | |
SECCIÓN G | INFORMACIÓN ECONÓMICA | FOLIOS |
21 | Planilla de Oferta Económica (en Formulario de Anexo IV) |
7.6 El criterio de calificación (punto 20) para cada Renglón, deberá entregarse por separado.
7.7 Al momento de la preadjudicación y adjudicación se verificará que cada empresa cumpla con las condiciones establecidas en la Resolución 4164 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
7.8 Control De Calidad.
7.8.a- El Hospital, a través de sus profesionales, se reserva el derecho de visitar la planta de producción y el Laboratorio de control de calidad del Laboratorio productor. Una vez adjudicado y de ser necesario someter el producto a CONTROLES DE CALIDAD, el Hospital designara una institución que los efectué y deberán ser repuestas por el Proveedor las unidades utilizadas en los análisis quedando a su exclusivo cargo los gastos que los análisis originen. De no obtener resultados favorables, el Proveedor deberá retirar la mercadería en stock en que se encuentre y reponer la totalidad de la partida entregada.
7.8.b- A solicitud del Hospital, podrá requerirse copia de la última acta de inspección de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) y el Instituto Nacional de Medicamentos (I.N.A.M.E.) al Laboratorio elaborador, protocolo de análisis y metodología de control de la partida remitida. El protocolo de calidad del lote de la muestra presentada según remito, será requerida en caso de ser necesario, el mismo deberá ser entregado para cumplimentar la Orden de Compra correspondiente.
7.9 Estabilidad y Periodo de Caducidad.
7.9.a- Los estudios de estabilidad realizados por el fabricante y/o importador deberán ponerse a disposición del organismo comprador, previa solicitud, debidamente autorizados.
7.9.b- A solicitud del Hospital y de ser necesario, el oferente deberá presentar copia del prospecto vigente de cada producto en idioma español a los fines de corroborar presentación y rotulación. Asimismo, el Hospital podrá requerir muestra de los medicamentos o productos médicos durante el proceso de selección y/o durante la propia ejecución del contrato, de corresponder. El Hospital se reserva el derecho de hacer los análisis que considere conveniente. La no presentación del prospecto o de las muestras, durante el periodo de evaluación de ofertas, podrá resultar en el rechazo de la oferta.
7.9.c- Los oferentes al efectuar las cotizaciones deberán hacerlo sobre la base de unidad de producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad de envase que se comercialice, como así también la cotización de cada insumo por 100 unidades a fin de facilitar la comparativa de precios.
8- DEFECTOS DE FORMA. DESESTIMACIÓN DE OFERTAS. EVALUACIÓN. DESEMPATE DE OFERTAS.
8.1 Serán objeto de desestimación las ofertas:
8.a- Que se aparten de las bases de la contratación.
8.b- Que no estén firmadas por el oferente.
8.c- Formuladas por firmas no inscriptas en el Registro de Proveedores del Hospital o que no regularicen su situación dentro del plazo establecido en el punto 5.2 de éstas Condiciones Particulares.
8.d- Formuladas por firmas dadas de baja, suspendidas o inhabilitadas en dicho Registro. 8.e- Que contengan raspaduras o enmiendas en las partes fundamentales, como ser: “precios”, “cantidades”, “plazo de mantenimiento de oferta”, “plazo de entrega”, o alguna otra
que haga a la esencia del contrato, y no hubieran sido debidamente salvadas.
8.f- Que estén escritas con lápiz.
8.g- Que no contengan la garantía de oferta o la declaración jurada de mantenimiento de oferta correspondiente, de conformidad con lo estipulado en el Punto 9 de estas Condiciones Particulares.
8.h- Que no hayan adquirido y retirado o recibido el pliego en las condiciones previstas en los Puntos 3.1. a, b y 3.2 de estas Condiciones Particulares;
8.2 El Hospital podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o subsanaciones de sus ofertas, una vez abierta las mismas y hasta la preadjudicación. Las aclaraciones que se pidan y las respuestas que se den, ambas por escrito, no podrán alterar el Pliego de Bases y Condiciones, la esencia de la oferta o su precio, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes, razón por la cual no serán tenidas en consideración las respuestas que incurran en transgresión a estos postulados. Las respuestas a las solicitudes de aclaración o subsanación deberán realizarse en el plazo que se estipule en las mismas, el que no será mayor a dos (2) días hábiles, vencido el cual la Oferta podrá ser desestimada por el Comité de Preadjudicación sin más trámite.
8.3 No se divulgará a los Oferentes, ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación y comparación de las ofertas, ni sobre la recomendación de preadjudicación del contrato hasta que se haya publicada y notificada la misma.
8.4 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Hospital en la revisión, evaluación y comparación de las ofertas hasta la adjudicación del contrato, podrá resultar en el rechazo de su oferta, sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 9 (Prácticas Prohibidas) del Reglamento de Contrataciones
8.5 No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de preadjudicación, un Oferente desea comunicarse con el Hospital sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. El hospital solo procederá a dar respuesta a la comunicación presentada, durante la preadjudicación o con posterioridad a la misma, de corresponder.
8.6 En caso de igualdad de precios se invitará a los respectivos oferentes para que formulen la mejora de precios. Para ello se fijará día, hora y lugar y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar y se labrará el acta correspondiente. Si un oferente no se presentara, se considerará que mantiene su oferta original. De subsistir el empate, se estará a lo dispuesto en la cláusula 23 de las Condiciones Generales y en el artículo 82 del Reglamento de Contrataciones del Hospital.
8.7 Se entiende por el término “igualdad de precios” en el presente proceso, todas aquellas ofertas validas que se encuentren dentro de un rango de precios, inferior o igual, al cinco por ciento (5%) de la oferta evaluada favorablemente como la más económica.
9- GARANTÍA DE OFERTA.
9.1 La oferta deberá ser afianzada por el proponente por un importe equivalente al dos por ciento (2%) del valor total de la misma. La garantía de oferta deberá presentarse en la forma de:
9.1.a- Declaración Jurada de Mantenimiento de Oferta (ofertas menores a $299.999 y en la forma dispuesta en el Anexo VI – Condiciones Particulares)
9.1.b- Fianza o Póliza de Seguro de Caución o Garantía Bancaria.
9.2 En el caso de constitución de la garantía mediante Póliza, la misma se deberá presentar en original, y certificada su firma por Escribano Público, legalizada por el Colegio respectivo. La póliza deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
9.3 La garantía de oferta será devuelta en las siguientes condiciones:
9.3.a- Al oferente adjudicatario, se le devolverá su garantía luego de la suscripción del Acuerdo Marco. En caso de que un adjudicatario no firme el Acuerdo Xxxxx por su exclusiva culpa, se le ejecutará la garantía de mantenimiento de oferta o se lo declarará inelegible en los términos del artículo 132 del Reglamento de Contrataciones.
9.3.b- A quienes no resultaron adjudicatarios, se le devolverá a su requerimiento, la garantía de oferta, para lo cual deberán concurrir a las oficinas de Compras del Hospital, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la notificación de la adjudicación, dejando constancia de dicho retiro en el expediente del proceso de contratación.
10- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO MARCO.
10.1 Su constitución será al momento de la firma del Acuerdo Marco y conforme lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Contrataciones, por un importe no inferior al diez por ciento (10%) del valor total adjudicado, de corresponder.
10.2 En el caso de constitución de la garantía mediante Póliza, la misma se deberá presentar en original, y certificada su firma por Escribano Público, legalizada por el Colegio respectivo. La póliza deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
10.3 La garantía será devuelta al PROVEEDOR una vez finalizadas las obligaciones contraídas en el Acuerdo Marco.
10.4 No obstante lo dispuesto en el Punto 10.3 de estas Condiciones Particulares, trascurridos treinta (30) días corridos de efectuada una entrega parcial, el PROVEEDOR podrá requerir al Hospital se libere parcialmente la Garantía de Cumplimiento, por el porcentaje equivalente al de la entrega parcial debidamente recepcionada. La nueva garantía constituida por el nuevo monto, permanecerá vigente hasta la finalización de la totalidad de las obligaciones contraídas en el Acuerdo Marco o su prorroga.
10.5 La garantía de Cumplimiento deberá ser ampliada en el porcentaje respectivo, en oportunidad de ampliarse las cantidades del Acuerdo Marco de conformidad con el Punto 15 de las Condiciones Particulares.
11- SUSCRIPCIÓN DE ACUERDO XXXXX. PERFECCIONAMIENTO.
11.1 La suscripción del Acuerdo Marco, que como XXXXX XXX se adjunta al presente, se realizará bajo el criterio de adjudicación por Renglón y por el plazo de dieciocho (18) meses, con opción de prórroga de hasta seis (6) meses adicionales.
11.2 El Acuerdo Xxxxx tendrá por objeto establecer la intención de adquisición del HOSPITAL
de los medicamentos o productos médicos adjudicados, indicado las cantidades máximas a adquirir, las cantidades máximas de entregas y los precios unitarios por renglón.
11.3 El Acuerdo Xxxxx se perfeccionará con la suscripción de las respectivas Órdenes de Compra con aplicación de fórmula de redeterminación a solicitud del proveedor.
12. LUGAR ENTREGA.
12.1 Servicio de Farmacia, Hospital EL CRUCE, Av. Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxxx Xxxxxx, de lunes a viernes de 8 a 14hs.
13-PLAZO DE ENTREGA. SUSCRIPCIÓN DE ORDEN DE COMPRA. FÓRMULA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
13.1 El Hospital, a través de su Oficina de Compras y durante la vigencia del Acuerdo Marco suscripto, remitirá al Proveedor la respectiva Solicitud de Aprovisionamiento. Las solicitudes no podrán exceder las “cantidades máximas de entregas” dispuestas en el Punto 1.2 de las presentes Condiciones Particulares.
13.2 El plazo de entrega de cada Renglón, será dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la Solicitud de Aprovisionamiento, a la “dirección de Correo Electrónico” informada por el Proveedor en el Acuerdo Marco. De manera excepcional (casos de urgencia o emergencia), el Hospital podrá solicitar al proveedor que la entrega se efectué dentro de los cinco (5) días hábiles.
13.3 Dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la Solicitud de Aprovisionamiento, el proveedor tendrá a su entera disposición en la Oficina de Compras del Hospital, la respectiva Orden de Compra por las cantidades requeridas.
13.4 El Acuerdo Xxxxx a suscribirse indicará el precio unitario por xxxxxxx. Dicho precio unitario servirá de base para la actualización de los valores correspondientes como consecuencia de la variación del Índice de Precios Mayoristas - Código 24 “Sustancias y productos químicos” del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC). La redeterminación de los precios deberá ser requerida en cada entrega por el proveedor y la misma se efectuará únicamente mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
P1* (C2/C1) = PD
Referencias:
P1 = Precio Unitario del medicamento/producto médico.
C1 = Índice de Precios Mayoristas - Código 24 “Sustancias y productos químicos” (INDEC), del mes anterior al del Acto de Apertura.
C2 = Índice de Precios Mayoristas - Código 24 “Sustancias y productos químicos” (INDEC), del último mes difundido anterior al de la Solicitud de Aprovisionamiento.
PD = Precio Unitario resultante del cálculo de redeterminación aplicado.
13.5 Los porcentajes de variación que correspondiesen serán dispuestos en la Orden de Compra a suscribirse. La misma dará cuenta del precio unitario dispuesto en el Acuerdo Marco, de la variación en porcentajes y del valor final a pagar al Proveedor por todo concepto.
14- PAGO.
14.1 Los precios en Pesos Argentinos que cobre el proveedor por lo suministrado en virtud del Acuerdo Xxxxx no podrán ser diferentes de los cotizados en su oferta, excepto por la aplicación de la redeterminación de precios dispuesta en las respectivas Ordenes de Compras suscriptas e integradas y de conformidad con lo dispuesto en el Punto 13 de las Condiciones Particulares.
14.2 En cada caso, el PROVEEDOR deberá presentar ante la autoridad competente del Hospital:
14.2.a- FACTURA:
▪ Original y copia, deberá ser tipo “B” o “C”, emitida de acuerdo con el Acuerdo Marco, la respectiva Orden de Compra y con lo establecido en el Anexo II de la Resolución General Nº 1415/2003 de la AFIP,
▪ La factura deberá indicar Nº de Expediente que tramitó la contratación, identificación de Acuerdo Marco y Nº de la Orden de Compra correspondiente,
▪ Todo error cometido en el cuerpo de la misma deberá ser enmendado con firma, aclaración y D.N.I. del responsable o apoderado de la firma,
▪ En cada una de las facturas que se presenten en esta institución se deberán adjuntar, en caso de corresponder, las constancias de exclusión de retenciones impositivas ya sean totales o parciales según RG 830 art. 38; asimismo se deberá informar la alícuota del impuesto al valor agregado que contiene su prestación, locación, bien o servicio. En caso de no presentación de la información requerida se entenderá que no posee exclusión de retención de ningún impuesto y que la tasa de impuesto al valor agregado es de 21%.
14.2.b-REMITO:
▪ Original debidamente conformado, emitido de acuerdo en la Orden de Compra y con lo establecido en el Anexo II de la Resolución General Nº 1415/2003 de la AFIP, en el que conste la siguiente información: Nº de certificado y la identificación de lote o serie de fabricación.
14.2.c- ACUERDO MARCO Y ORDEN DE COMPRA PARTICULAR
▪ Copias firmadas por el proveedor y por las Autoridades correspondientes del Hospital.
14.2.d- DOCUMENTACIÓN IMPOSITIVA
▪ Copia Inscripción en la AFIP,
▪ Libre Deuda del Registro de Deudores Alimentarios Morosos,
▪ En caso de estar incluido en Convenio Multilateral presentar copia del formulario,
▪ Constancia de IIBB,
▪ El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos de la fecha de presentación de factura. El plazo comenzara a contarse a partir del día siguiente a la correcta presentación de la factura.
▪ El término fijado se interrumpirá si existieran observaciones sobre la documentación
pertinente u otros trámites a cumplir atribuibles al Proveedor. Se entiende que el pago debe efectuarse después de operada la aceptación definitiva.
▪ En el caso de contratos con precio invariable hasta la finalización de los mismos, una vez producido el vencimiento del plazo establecido para el pago, el Proveedor podrá reclamarlo a partir del día siguiente, como así también la liquidación de intereses que pudiera corresponderle.
▪ Si la demora en el pago no obedeciera a causas imputables al Proveedor, dichos intereses se liquidarán a la tasa pasiva establecida por el Banco de la Nación Argentina, los que correrán desde la fecha del vencimiento del plazo para el pago no efectuado en término hasta el momento en que se remita la comunicación fehaciente al Proveedor de que los fondos se encuentran a su disposición.
▪ La Nota de Débito por intereses podrá ser presentada por el Proveedor hasta treinta
(30) días después de haber hecho efectivo el cobro de su crédito. Vencido dicho plazo perderá todo derecho a su reclamo.
15- MODIFICACIONES DURANTE LA ADJUDICACIÓN Y LA EJECUCIÓN DEL ACUERDO XXXXX
15.1 Al momento de la adjudicación, la autoridad competente del Hospital se reserva la facultad de rechazar las ofertas, mediante resolución fundada, así como adjudicar los artículos requeridos por una cantidad mayor hasta un límite de un veinte por ciento (20%) o menor hasta el porcentaje dispuesto en el Reglamento de Contrataciones del Hospital.
15.2 Durante la ejecución del Acuerdo Marco, el Hospital se reserva la facultad de ampliar las cantidades máximas a adquirir hasta un treinta por ciento (30%) o de reducir las mismas hasta un veinte por ciento (20%).
15.3 En todo momento y previa aceptación del Proveedor, el Hospital podrá ampliar hasta un cien por ciento (100%) las cantidades máximas a adquirir, cuando el monto contratado resulte más favorable para el Hospital que la realización de una nueva convocatoria. En este caso, las partes podrán prorrogar la vigencia del Acuerdo Marco, por hasta igual periodo.
16- MULTAS Y SANCIONES POR XXXX.
16.1 Se aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de los efectos no entregados o que habiéndolo entregados fueran rechazadas, por cada cinco (5) días hábiles de atraso, o fracción no menor de tres (3) días hábiles, al Proveedor que no efectúe la provisión dentro de los términos y condiciones estipuladas en la Solicitud de Aprovisionamiento.
16.2 Se considera la xxxx por el simple vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.
16.3 Ante incumplimientos, el Hospital podrá:
16.3.a- Dar por terminado el Acuerdo Xxxxx por exclusiva culpa del Proveedor,
16.3.b- Deducir de los pagos que deban hacerse al Proveedor, los montos establecidos en concepto de liquidación de daños y perjuicios por demoras en la entrega de los medicamentos o productos médicos, entregándose el recibo correspondiente,
16.3.c- Ejecutar la Garantía de Cumplimiento a los efectos de cubrir la totalidad del monto establecido, si las deducciones del punto 16.3.b no alcanzaren a cubrir el monto de la liquidación,
16.3.d- Iniciar las acciones legales pertinentes,
16.3.e- Suspensión de la habilitación del Proveedor en el Registro de Proveedores del Hospital.
17- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS.
17.1 Si el Proveedor no concurriera a efectuar el retiro de la garantía presentada, dentro de los seis (6) meses de la citación, el Hospital procederá a la anulación del instrumento presentado (fianza o póliza o garantía bancaria).
18- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS.
18.1 Sera del 3% del monto de la oferta del impugnante por el renglón o los renglones observados mediante póliza de caución emitida al efecto a favor del Hospital, la cual se presentará en forma conjunta con la impugnación a que se refiera en los mismos términos y condiciones que la Garantía de oferta establecida en el Punto 9 de las Considiciones Particulares.
18.2 Los importes correspondientes a esta garantia serán reintegrados al impugnante si la presentación que avala es resuelta favorablemente. Lo anterior será aplicado sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento de Contrataciones del Hospital.
MEDICAMENTOS
1) ENVASES
Es imprescindible el envase original.
No se aceptará aquella mercadería que no conserve debidamente el aspecto e integridad de los embalajes y se verificará especialmente el estado de aquellos productos que requieran condiciones especiales de almacenamiento.
ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:
A) TROQUEL: Preferentemente deberá ser anulado con tinta indeleble. Deberán ofertarse preferentemente envases hospitalarios.
B) ETIQUETADO:
ENVASES PRIMARIOS: nombre genérico del producto; número de registro sanitario; forma farmacéutica y concentración de los principios activos; condiciones de conservación; número de lote o partida; fecha de vencimiento; vía de administración: nombre del Laboratorio elaborador o Importador.
ENVASES SECUNDARIOS: nombre genérico del producto en letras destacadas, número de registro sanitario, cantidad de unidades por envase, número de lote o partida, fecha de vencimiento, condiciones de conservación, nombre y dirección del Laboratorio, país de procedencia y Director Técnico
A requerimiento del Hospital, se deberá adjuntar prospecto vigente de cada producto en idioma español, ajustado a lo aprobado en el certificado.
COMPRIMIDOS Y CAPSULAS:Deberán entregarse presentados preferentemente en envases bilaminados (blister), constando en forma individualizada, en el reverso de cada comprimido: nombre de la monodroga, fecha de vencimiento, lote y concentración, que permita su rápida y correcta identificación en el momento del fraccionamiento, dispensación y administración al paciente, así como su trazabilidad.
En todos los casos, deberá ajustarse a la legislación vigente.
Cabe destacar que el fraccionamiento de la cantidad para cada entrega debe siempre priorizar el envase cerrado.
2) FECHAS DE VENCIMIENTO
La fecha de vencimiento no podrá ser inferior a 18 meses contados a partir de la fecha de entrega efectiva. La falta de cumplimiento de lo establecido, será causal de devolución de la mercadería presentada.
El Hospital tendrá opción de recibir la mercadería en caso de considerarlo necesario, aun no pudiendo haber sido cumplimentado este punto. El mismo se realizará bajo el compromiso de canje, por parte del Proveedor, por igual producto de idéntica marca, cantidad de unidades y calidad. El Proveedor deberá responsabilizarse a realizar el canje con la suficiente antelación sin que ello signifique erogación al hospital.
3) CADENA DE FRIO:
Para los medicamentos que requieran cadena de frío, es necesario que sean provistos en contenedores especiales para tal fin y preferentemente, con el control físico-químico de constancia de temperatura entre 2º y 8º grados centígrados.
En todos los casos, deberá ajustarse a la legislación vigente.
PRODUCTOS MÉDICOS
1) ENVASES
Es imprescindible el envase original. No se aceptará aquella mercadería que no conserve debidamente el aspecto e integridad de los embalajes y se verificará especialmente el estado de aquellos productos que requieran condiciones especiales de almacenamiento.
2) FECHAS DE VENCIMIENTO
Cuando se trate de productos estériles, se deberá indicar en el envase, el método de esterilización y fecha de vencimiento del mismo, el cual no deberá ser menor a 18 meses contados a partir de la fecha de entrega efectiva. La falta de cumplimiento de lo establecido, será causal de devolución de la mercadería presentada.
El Hospital tendrá opción de recibir la mercadería en caso de considerarlo necesario, aun no pudiendo haber sido cumplimentado este punto. El mismo se realizará bajo el compromiso de canje, por parte del proveedor, por igual producto de idéntica marca, cantidad de unidades y calidad. El proveedor deberá responsabilizarse a realizar el canje con la suficiente antelación sin que ello signifique erogación al hospital.
3) EMPAQUE Y ROTULADO:
Todas las unidades de dispensación deberán estar rotuladas - Disposición ANMAT 2318/01 (TO 2004). Lo expuesto deberá ser cumplido por los oferentes internacionales. En todos los casos, cada unidad de entrega (paquetes o cajas), deberá estar claramente identificado, mediante rotulo perfectamente adherido.
Cada rótulo de producto deberá contar con la siguiente información:
1. La razón social y dirección del fabricante y del importador, si corresponde;
2. Identificación del producto médico y el contenido del envase
3. Si corresponde, la palabra "estéril";
4. El código del lote precedido por la palabra "lote" o el número de serie según proceda;
5. Si corresponde, fecha de fabricación y plazo de validez o la fecha antes de la cual deberá utilizarse el producto médico para tener plena seguridad;
6. La indicación, si corresponde que el producto médico, es de un solo uso;
7. Las condiciones específicas de almacenamiento, conservación y/o manipulación del producto;
8. Las instrucciones especiales para operación y/o uso de productos médicos;
9. Cualquier advertencia y/o precaución que deba adoptarse;
10. Si corresponde, el método de esterilización;
11. Nombre del responsable técnico legalmente habilitado para la función;
12. Número de Registro del Producto Médico precedido de la sigla de identificación de la Autoridad Sanitaria competente (ANMAT)
ACUERDO XXXXX
ENTRE;
(1) El Hospital de Alta Complejidad en Red El Cruce Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
S.A.M.I.C. (en adelante el Hospital) representado en este acto por xxxxxxxxxx, en su carácter de xxxxxxx, conforme lo establecido en xxxxxxxxxx, con domicilio en la Calle xxxxxxxxxxxxxxxxx, y;
(2) xxxxxxxxxxx (en adelante el Proveedor) representado en este acto por xxxxxxxxxx, en su carácter de xxxxxxx, conforme lo establecido en xxxxxxxxxx, con domicilio en la Calle xxxxxxxxxx.
POR CUANTO;
El Hospital ha llamado a licitación respecto de ciertos medicamentos y/o productos médicos, en el marco del Expediente N° 2915-09709/2019 – Licitación Publica N°32/2019 y ha aceptado la oferta del Proveedor para el suministro de los siguientes Renglones:
RENGLÓN | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD MAXIMA A ADQUIRIR | MONTO UNITARIO SIN IVA | MONTO IVA | MONTO UNITARIO IVA INCLUIDO | CANTIDADES MAXIMAS DE SOLICITUDES DE APROVISIONAMIENTO |
1 | xxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | Ejemplos: Hasta tres (3) entregas | |
2 | xxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | Hasta diez (10) entregas | |
xxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | Hasta dos (2) entregas | ||
3 | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | xxx | ||
4 | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | $ xxxxxxx | xxxxx |
ESTE ACUERDO XXXXX ATESTIGUA LO SIGUIENTE:
PRIMERA. La suscripción del presente Acuerdo Xxxxx se realiza bajo el criterio de adjudicación establecido en las Condiciones Particulares con el Proveedor adjudicatario, en virtud de resultar su oferta la más conveniente a los intereses del Hospital.
SEGUNDA. Objeto: El presente Acuerdo Xxxxx tiene como objeto establecer una intención de compra del Hospital, otorgando al Proveedor adjudicatario únicamente el derecho a suscribir las correspondientes Órdenes de Compra con el Hospital, ante cada Solicitud de Aprovisionamiento emitida y notificada por la Oficina de Compras del Hospital. Se deja expresamente establecido que la celebración del presente Acuerdo Marco no importa ni genera erogación alguna para las partes, las que sólo podrán emanar de las Órdenes de Compra que en lo sucesivo se celebren. El Hospital no garantiza la adquisición de cantidades de medicamentos o productos médicos, objeto del Acuerdo Marco. Esta circunstancia no generará responsabilidad alguna para el Hospital y no dará lugar a reclamo ni a ninguna indemnización en favor de los adjudicatarios.
TERCERA. Vigencia: El plazo de vigencia del presente Acuerdo Marco será de dieciocho (18) meses, contados a partir de la suscripción del presente, con opción a seis (6) meses adicionales de prórroga, en los términos del Punto 1.7 de las Condiciones Particulares. La Resolución del Consejo de Administración del Hospital que autorice la prórroga será comunicado antes del vencimiento del presente Acuerdo Marco. Por tratarse de un Acuerdo Xxxxx xxxxxxxxxx, la autorización y el compromiso de gastos quedarán subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos de conformidad con lo dispuesto en el Punto 1.8 de las Condiciones Particulares.
CUARTA. Obligación del Proveedor: El Proveedor del presente Acuerdo Xxxxx se obliga por el presente a suministrar, previa Solicitud de Aprovisionamiento y suscripción de la respectiva Orden de Compra, los medicamentos o productos médicos ofertados correspondientes al/los Renglón/es indicados en el recuadro que forma parte del presente Acuerdo Marco, de conformidad con el plazo de entrega dispuesto. El Adjudicatario notificado de la Solicitud de Aprovisionamiento deberá asegurar la provisión requerida, bajo apercibimiento de aplicación de las multas y sanciones dispuestas en el Punto 16 de las Condiciones Particulares y/o cualquier otra sanción dispuesta en las Condiciones Generales o el Reglamento de Contrataciones del Hospital.
QUINTA. Instrumentación: La instrumentación de cada uno de los requerimientos se realizará a través de la Solicitudes de Aprovisionamiento emitidas por la Oficina de Compras de Hospital, las cuales se notificarán a la siguiente dirección de correo electrónico; xxxxx@xxxxxxx.xxx.xx conforme lo dispuesto en el Punto 13.2 de las Condiciones Particulares de las Condiciones Particulares.
SEXTA. Suscripción de Orden de Compras: La suscripción de las Ordenes de Compra se efectuará dentro de los CINCO (5) días hábiles de notificada la Solicitud de Aprovisionamiento, por las cantidades requeridas, con su correspondiente redeterminación de precios a solicitud del proveedor.
SEPTIMA. Lugar y Plazo de Entrega: Servicio de Farmacia del Hospital, sito en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxxx Xxxxxx, los días lunes a viernes en el horario de 8 a 14 hs. El plazo de entrega de cada Renglón - o ítems de cada Renglón - en todos los casos, será dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificada la Solicitud de Aprovisionamiento, salvo excepciones debidamente fundadas.
OCTAVA. Con la suscripción del presente Acuerdo Marco, el Proveedor deberá acompañar la correspondiente Garantía de cumplimiento equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación del/los Renglones adjudicado/s. Deberá constituirse en pesos argentinos, mediante la forma establecida en el Punto 10 de las Condiciones Particulares y a satisfacción del Hospital. Dicha garantía es obligatoria y será devuelta al Proveedor en las formas dispuestas en dicho punto.
NOVENA. El detalle de los derechos y obligaciones del Proveedor se describen y especifican en cada una las Ordenes de Compras a suscribirse, en el presente Acuerdo Marco, en el Pliego de Condiciones Particulares, en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios vigente, en el Reglamento de Contrataciones del Hospital el Xxxxx, Xxxx Complejidad en Red (S.A.M.I.C.) y en las Resoluciones del Consejo de Administración vigentes y modificatorias de este último, de corresponder.
DÉCIMA. El Proveedor acepta como único medio de comunicación de todas las derivaciones de este Acuerdo Marco, el correo electrónico constituido en la cláusula Quinta del presente, la cuales se tendrán por válidas.
DÉCIMO SEGUNDA. El Proveedor no podrán ceder o trasferir total o parcialmente el presente Acuerdo Marco, esta prohibición es considerada causal de rescisión en los términos xxx Xxxxxx General y del Reglamento de Contrataciones.
DÉCIMO PRIMERA. Todos los documentos que integran el presente proceso, así como los que integren el presente Acuerdo Xxxxx, serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: a) Reglamento de Contrataciones y las normas que se dicten en consecuencia, b) Pliego de Bases y Condiciones Generales, c) Pliego de Condiciones Particulares, d) La oferta, e) Las muestras que se hubieran acompañado, f) La adjudicación, g) Este Acuerdo Marco, y h) Las respectiva Orden de compra, en su caso.
DÉCIMO SEGUNDA. Las partes prorrogan jurisdicción y se someten a la competencia de los Tribunales Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Quilmes, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder, inclusive el Federal.
Luego de leído y prestado conformidad con todo lo expresado, las partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de Xxxxxxxxx Xxxxxx a los xxx días del mes de xxxx de 2.019.-
ANEXO IV
Licitación Pública Nº: 32/2019 Ejercicio: 2019
Expediente N°:2915-09709/2019 Datos del Organismo Contratante
OFERTA ECONÓMICA
dd/mm/aaaa
Denominación: Hospital de Alta Complejidad en Red El Cruce Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
S.A.M.I.C .
Domicilio: Xx. Xxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx Xxxxxx
Datos del Oferente
Nombre o Razón Social: [a integrar por oferente]
C.U.I.T.: [a integrar por oferente]
Número Proveedor del Estado Nacional o Provincial: [a integrar por oferente, de corresponder]
Número Proveedor del Hospital el Cruce: [a integrar por oferente, de corresponder]
Domicilio Comercial: Domicilio Legal:
Luego de haber examinado el Pliego de Bases y Condiciones, incluidas todas sus partes y/o enmiendas o circulares, ofrecemos proveer y entregar los medicamentos y/o productos médicos estipulados en el proceso antes nombrado, de plena conformidad con dichos documentos, por la suma total de Pesos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx [en letras] ($ xxxxxxxxxxxxxxxx), IVA Incluido, en adelante denominado "el precio total de la oferta.
El monto total indicado se corresponde con el/los siguiente/s Renglón/es;
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 |
Renglón | Descripción | Cantidades | Precio Unitario sin IVA | IVA unitario (solamente) | Precio Unitario con IVA | Costo Total sin IVA (columnas 3x4) | IVA | Precio total con IVA (columna 7+8) |
Total (solamente) | ||||||||
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
…. | ||||||||
Monto total de la oferta - IVA Incluido =$ xxxxxxxxxxxxxxxx |
(*) En función de lo indicado en los Puntos 1.2, 11.2 y 13 de las Condiciones Particulares, comprendemos y aceptamos que las cantidades máximas a proveer dan cuenta de una intención de compra del Hospital y que las cantidades totales ofertadas, tiene por objeto determinar el monto de las garantías y de la capacidad financiera del oferente.
Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a iniciar las entregas de los medicamentos y/o productos médicos ante cada Solicitud de Aprovisionamiento.
Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a proporcionar una garantía de cumplimiento, en la forma, por las cantidades y dentro de los plazos especificados en los Pliegos de Bases y Condiciones.
Convenimos en mantener esta oferta durante el período de validez de la oferta especificado en el Punto 2.1 de las Condiciones Particulares; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada por ustedes en cualquier momento antes de que venza dicho plazo.
Firma:
Fecha:
En calidad de [indicar: cargo]
Debidamente autorizado para firmar esta oferta por y en nombre de [indicar: nombre del Licitante]
ANEXO V
FORMULARIO FACTURACIÓN PROMEDIO ANUAL1
[El siguiente cuadro deberá ser completado por el Oferente y por cada socio de una UT] Razón Social:
Nombre jurídico de la parte asociada con el Oferente: [Insertar el nombre completo] Licitación Pública Internacional Nro. xxx/19 “Adquisición de xxxxxxx”
FACTURACIÓN ANUAL PROMEDIO | |||
AÑO | MONTOS EN MONEDAS ORIGINALES | EQUIVALENTE EN DÓLAR DE LOS EEUU (PARA ACTUALIZACIÓN DE CORRESPONDER) | VALOR ACTUALIZADO (DE CORRESPONDER) |
año 1 [a integrar por oferente] | [insertar montos y monedas] | [Insertar los montos equivalentes en dólares de los EE.UU.] | [Insertar nuevo monto actualizado] |
año 2 [a integrar por oferente] | [insertar montos y monedas] | [Insertar los montos equivalentes en dólares de los EE.UU.] | [Insertar nuevo monto actualizado] |
Facturación anual promedio ventas de * | [insertar montos y monedas] | [Insertar los montos equivalentes en dólares de los EE.UU.] | [Insertar nuevo monto actualizado] |
1 NOTA*: Facturación anual promedio calculada sobre la base del total de ventas, dividido por el número de años estipulados en el Punto 20 del PCP (últimos 2 ejercicios). La información deberá estar respaldada por Estados Financieros auditados. Para la actualización de los montos de ventas dispuestos en pesos argentinos de los Estados Financieros, los mismos podrán ser convertidos a dólar estadounidense, empleándose el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del último día hábil del ejercicio económico. El valor referenciado en Dólar estadounidense, será nuevamente pesificado, empleándose el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del día anterior al del acto de apertura de ofertas.
ANEXO VI
FORMULARIO DECLARACIÓN JURADA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
[El siguiente formulario deberá ser completado por el Oferente, únicamente en ofertas totales menores a $299.999]
Fecha:
Licitación Pública:
Nosotros, declaramos que:
Entendemos que, de acuerdo con lo dispuesto en las Condiciones Particulares, las ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración Jurada de Mantenimiento de la Oferta.
Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier otro proceso de compras o contrataciones del Hospital por un período de hasta doce (12) meses contados a partir de la fecha de presentación de ofertas, si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la oferta si:
(a) retiráramos nuestra oferta durante el período de vigencia de la oferta especificado por nosotros en nuestra Oferta; o
(b) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra oferta durante el período de validez de la misma,
(i) no ejecutamos o rehusamos ejecutar el Contrato, si es requerido; o
(ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Particulares.
Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará si no somos los seleccionados, y cuando ocurra el primero de los siguientes hechos:
(1) si recibimos comunicación con el nombre del Oferente seleccionado; o
(2) vencido el plazo de nuestra oferta.
Firmada: [firma de la persona cuyo nombre y capacidad se indican].
En calidad de: [indicar la capacidad jurídica de la persona que firma la Declaración de Mantenimiento de la Oferta]
Nombre: [nombre completo de la persona que firma la Declaración de Mantenimiento de la Oferta]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [nombre completo del oferente]